CNDJ - F11001080200020240120300
Detalles
- Título
- CNDJ - F11001080200020240120300
- Autor
- Comisión Nacional de Disciplina Judicial
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
Medellín, veintidós (22) de abril de dos mil veintiséis (2026) Magistrada Ponente: MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202401203 00 Aprobado según Acta No. 07 de la fecha. Subsala N° 01
OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Se procede a evaluar el mérito de la investigación disciplinaria ordenada mediante providencia del 17 de febrero de 20251, dentro de las presentes diligencias seguidas en contra de los doctores Carlos Iban Mejía, Andrés Alberto Palencia Fajardo, Juan Martín Parada Arango Néstor Orlando Millán Gámez y Julio Ospino Gutiérrez, los cuatro primeros, en calidad de Fiscales 10° Delegados ante la Corte Suprema de Justicia y, el último, en condición de Fiscal 11° Delegado ante la misma Corporación.
HECHOS
Dio origen a este asunto, la expedición de copias que realizó la Presidencia de esta Corporación, en auto del 3 de julio de 20242, en el que puso de presente, la noticia periodística publicada en la col umna “Los Danieles”, que dio cuenta de la presunta mora judicial en que
1 Archivo digital titulado “081 APERTURA DE INVESTIGACION” 2 Archivo digital titulado “001 Queja”.República de Colombia Rama Judicial
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pudieron incurrir las Fiscalías 10° y 11° Delegadas ante la Corte Suprema de Justicia, que asumieron el conocimiento de los procesos penales adelantados contra el exgobernador de Norte de Santander, William Villamizar Laguado.
ACONTECER PROCESAL
1. De conformidad con lo consagrado en el acta individual de reparto del 4 de ju lio de 202 43, le correspondió el conocimiento de las presentes diligencias a quien hoy funge como ponente.
2. En auto previo del 5 de ju lio de 202 44, se dispuso que por Secretaría Judicial, se oficiara a la Coordinación de la Unidad de Fiscales Delegados ante la Corte Suprema de Justicia , para que rindiera informe de los radicados de las causas criminales seguidas contra William Villamizar Laguado , en especial, aquellos que involucraran la extinción de dominio del predio vereda “El Urengue” a las afueras del municipio de Chinácota, Norte de Santander , en el que estaría ubicado el hotel resort La Montaña e identificar los fiscales a cargo. Asimismo, comision ó a un Magistrado Auxiliar del despacho , para realizar inspección judicial a dicho asunto, con el propósito de establecer los impulsos procesales y decisiones de fondo.
En virtud de lo cual, se recaudó lo siguiente:
para realizar inspección judicial a dicho asunto, con el propósito de establecer los impulsos procesales y decisiones de fondo.
En virtud de lo cual, se recaudó lo siguiente:
- En oficio 2024 5400058511 del 10 de julio de 2024 5, la doctora
Sandra Patricia Arciniegas Patiño de la Dirección Especializada de
3 Archivo digital titulado “002 Acta.pdf”” 4 Archivo digital titulado “007 AUTO PREVIO.pdf” 5 Archivo digital titulado “009 RtaParcialOficioSj.29567-GABD InformeCoordinaciónFiscalíaDelegada_CorteSuprema””República de Colombia Rama Judicial
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Extinción de Dom inio, comunicó que tras verificar el sistema de información de extinción de dominio, encontró que Willi am Villamizar Laguado, figura como mencionado en el proceso 110016099068202100399 a cargo de la Fiscalía 26 Especializada de Extinción de Dominio, cuyo titular es el doctor Jorge Enrique Pardo Ardila. Precisó que el asunto est aba en fase inicial, sin que e xistieran bienes afectados a la fecha de la consulta. Destacó que la información señalada tenía carácter de reserva, por disposición de la Ley 1708 de 2014, artículo 10 y artículo 151 modificado por el artículo 46 de la Ley 1849 de 2017, la cual limita ba la publicidad de las actuaciones dentro de los procesos de extinción de dominio . S in embargo, fue
2014, artículo 10 y artículo 151 modificado por el artículo 46 de la Ley 1849 de 2017, la cual limita ba la publicidad de las actuaciones dentro de los procesos de extinción de dominio . S in embargo, fue suministrada en el marco del principio de colaboración armónica consagrado por la Fiscalía General de la Nación en su Directiva 002 del 10 de enero de 2019.
-En comunicación del 15 de julio de 2024 6, el Departamento de Administración de Personal de la Fiscalía General de la Nación, allegó copia del nombramiento, acta de posesión, dirección y certificación del doctor Jorge Enrique Pardo Ardila Fiscal 26 Especializado.
-Mediante despacho comisorio SJ 30187 del 11 de julio de 2024 7, fue fijada diligencia de inspección judicial al proceso 110016099068202100399 adelantado por la Fiscalía 26 de Extinción de Dominio, para el 19 de julio de 2024 , en las instalaciones del Bunker de la Fiscalía General de la Nación.
6 Archivo digital titulado “016 RtaOficioSj30168 -GABD-CalidadesyDatosdeNotificación” 7 Archivo digital titulado “014 DespachoComisorioSj 30187-GABD-pdf”República de Colombia Rama Judicial
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-En oficio del 15 de j ulio de 2024 8, el titular de la Fiscalía 26 de Extinción de Dominio, señaló que el referido asunto se encontraba en
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-En oficio del 15 de j ulio de 2024 8, el titular de la Fiscalía 26 de Extinción de Dominio, señaló que el referido asunto se encontraba en fase inicial, que es de carácter reservada de conformidad con el artículo 10° de la Ley 1708 de 2014 modificado por el artículo 2° de la Ley 1849 de 2017 y destacó el parágrafo 2° de esa normativa:
«Cuando la Procuraduría General de la Nación, el Consejo Superior de la Judicatura o quien haga sus veces, o alguna autoridad judicial no penal requiera información acerca de un trámite de exti nción de dominio sometido a reserva, o trasladar medios de prueba, así lo solicitará al Fiscal que tenga asignado el conocimiento de la actuación. En cada caso, el Fiscal correspondiente evaluará la solicitud y determinará qué medios de prueba puede entreg ar, sin afectar la investigación ni poner en riesgo el éxito de la misma». (Resaltado fuera del texto)
Así las cosas, le solicitó copia del auto del 5 de julio de 2024 en el cual se dispuso la inspección judicial y, ad emás, concretar los medios de prueba a trasladar a efectos de evaluar su entrega.
-En oficio del 16 de julio de 20249, el secretario judicial William Moreno Moreno, dio respuesta al requerimiento formulado por la Fiscalía 26 de Extinción de Dominio, así:
«Al respecto, me permito informar que de conformidad con el artículo 115 del Código General Disciplinario, las presentes diligencias gozan de reserva, por lo que no es posible acceder a su solicitud de copias,
Extinción de Dominio, así:
«Al respecto, me permito informar que de conformidad con el artículo 115 del Código General Disciplinario, las presentes diligencias gozan de reserva, por lo que no es posible acceder a su solicitud de copias, sin embargo, con el ánimo de armonizar la diligenc ia a su pedimento, se le remite copia del despacho comisorio que faculta al doctor Juan Pablo Cabra González para realizar la inspección judicial el día 19 de julio. Por otro lado, me permito indicar que el día de la d iligencia el doctor Cabra González ind icará las piezas procesales que a su criterio gozan de importancia y que se requerirán trasladar a la presente investigación disciplinaria».
8 Archivo digital titulado “015 SolicitudPreviaalnspecciónJudicial.pdf” 9 Archivo digital titulado “017 Oficio Sj.. 30929-GABD-RespuestaSolicitudCopiaAuto.pdf””República de Colombia Rama Judicial
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-En esa misma fecha 10, el titular de la mencionada Fiscalía acusó recibido de dicha contestación.
-En oficio del 22 de julio de 2024 11, fue dado cumplimiento a la comisión conferida en auto del 5 anterior, en la cual, se ordenó realizar inspección judicial, en dicha diligencia, fueron obtenidos los radicados en los que estaba indagado William Villamizar Laguado en las Fiscalías Delegadas ante la Corte Suprema de Justicia:
inspección judicial, en dicha diligencia, fueron obtenidos los radicados en los que estaba indagado William Villamizar Laguado en las Fiscalías Delegadas ante la Corte Suprema de Justicia:
-Mediante constancia secretarial del 1° de agosto de 202412, el doctor William Moreno Moreno , Secretario Judicial de esta Corporación, indicó que, revisado el sistema de gestión siglo XXI, no cursan ni han cursado otras actuaciones relacionadas con estos hechos.
-En auto del 12 de agosto de 202413, fue dejada constancia de que esta Comisión carec ía de competencia funcional para investigar en primera y segunda instancia a los Fiscales 39 y 26 de Delegados ante los Jueces Penales del Circuito Especializados de Extinción de Dominio y, por ello, remitió lo pertinente a la Seccional de Bogotá para
10 Archivo digital titulado “018 SolicitudFiscalíaEspecializadaExtincióndeDominio.pdf” 11 Archivo digital titulado “022 CUMPLIDA COMISIÓN.PDF” 12 Archivo digital titulado “021 Cursan” 13 Archivo digital titulado “022 CUMPLIDA COMISIÓN. pdf”República de Colombia Rama Judicial
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verificar si se estructuró una posible mora en el proceso 110016099068202100399.
De otra parte, comisionó a los Magistrados Auxiliares del despacho ,
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verificar si se estructuró una posible mora en el proceso 110016099068202100399.
De otra parte, comisionó a los Magistrados Auxiliares del despacho , para que el 27 de septiembre de 2024, realizaran inspección judicial a los siguientes radicados:
Así mismo, se dispuso el recaudo de otros medios de convicción.
-El 28 de agosto de 2024 14, la Fiscalía 12 Delegada ante la Corte Suprema de Justicia remitió la relación y el estado de los procesos de connotación nacional a cargo de ese despacho desde 2019.
-En oficio del 29 de agosto de 2024 15, el doctor Julio Ospino Gutiérrez, en su calidad de Fiscal 11 Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, puso a disposición en el presente trámite para lo pertinente.
-En comunicación del 30 de agosto de 2024 16, Sandra Milena Sierra Peñaloza del Departamento de Administración de Pers onal de la Fiscalía General de la Nación , allegó el listado de las personas que
14 Archivo digital titulado “045 RtaOficio Sj37625-GABD-EstadisticasProcesosConnotaciónFiscalía12.pdf” 15Archivo digital titulado “047 Memorial DrJulioOspinoGutiérrez.pdf” 16 Archivo digital titulado “048 RtaParcialOficioSj37625-GABD-Calidades-Salarios-Fiscalía12DCSJ.pdf”República de Colombia Rama Judicial
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han fungido como titulares de la Fiscalía 12 Delegada ante la Corte Suprema de Justicia desde 2019 a la fecha:
A la par, anexó la resolución de nombramiento, acta de posesi ón, datos de notificación , así como el extracto de la hoja de vida con la información salarial de dichos titulares.
-En oficio del 2 de septiembre de 202417, la Fiscalía 7ª Delegada ante la Corte Suprema de Justicia informó los titulares de ese despacho desde 2022 a la fecha, así lo indicó:
En cuanto a los procesos de connotación nacional o alta complejidad , destacó que dentro de su carga laboral, tiene considerables casos, ya sea por el indiciado , imputado y/o acusado , o la particularidad de los hechos investigados. Además, precisó que tenía asignaciones
17 Archivo digital titulado “050 RtaParcialOficioSj.38999-GABD-TitularesFiscalía7a-ProcesosConnotación.pdf”República de Colombia Rama Judicial
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especiales y delegaciones efectuadas por la Fiscal General de la Nación y, en ese orden, todos los asuntos a su cargo eran
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especiales y delegaciones efectuadas por la Fiscal General de la Nación y, en ese orden, todos los asuntos a su cargo eran considerados distinguidos. Con todo, refirió que era de especial importancia el radicado 1100160001012202310104 , el cual es conocido como caso pasaportes y, por ello, anexó un informe ejecutivo de dicho asunto.
-En oficio del 4 de septiembre de 202418, la Fiscalía 10ª Delegada ante la Corte Suprema de Justicia adjuntó la matriz en Ex cel de la estadística de ese despacho desde 2011 a 2023.
-En memorial del 10 de septiembre de 2024 19, el Secretario Administrativo de las Fis calías Delegadas ante la Corte Suprema de Justicia, indicó que no tenía relación de la planta de personal de la Unidad; sin embargo, precisó los funcionarios adscritos a la Fiscalía 11
Delegada:
En cuanto a los casos de connotación nacional señaló:
18 Archivo digital titulado “053 RtaParcialOficio37625-GABD-EstadísticasFiscalía10DCSJ.pdf” 19 Archivo digital titulado “052 RtaOficioSj.37625-GABD-Fiscalía_11DCSJ-ProcesosConnotación-PlantaPersonal.pdf”República de Colombia Rama Judicial
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-En comunicación del 26 de septiembre de 2024 20, Sandra Milena Sierra Peñaloza del Departamento de Administración de Personal de la Fiscalía General de la Nación , allegó la información salarial , fecha de posesión, así como los titulares de las Fiscalías 7ª , 10ª, 11 y 12. Asimismo, refirió que el doctor Julio Ospino Gutiérrez ha fungido como Fiscal 11 Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, desde el 2018 a la fecha.
-En auto del 30 de septiembre de 2024 21, la magistrada auxiliar del despacho, dejó constancia del cumplimiento parcial de la comisión designada en proveído del 12 de agosto de ese mismo año, en la cual, se realizó inspección judicial a los radicados 110016000102201100243 y 110016000102201200590 , de conocimiento de la Fiscalía 10ª Delegada ante la Corte Suprema de Justicia. Ello, por cuanto, a causa del volumen del asunto , quedó pendiente la verificación del radicado 110016000102201200589.
En la misma fecha 22, los magistrados auxiliares dieron cuenta del cumplimiento de la s comisiones que les fueron asignadas y , en las cuales, realizaron inspecciones judiciales a los procesos 110016000102202200209, 110016000102201900004,
20 Archivo digital titulado “054 RtaOficioSj.38999-GABD-CertificadoSalarios.pdf”
cuales, realizaron inspecciones judiciales a los procesos 110016000102202200209, 110016000102201900004,
20 Archivo digital titulado “054 RtaOficioSj.38999-GABD-CertificadoSalarios.pdf” 21 Archivo digital titulado “056 cumplidocomisiónparcialmente. pdf” 22 Archivos digitales titulados “058 y 060 5CUMPLIDACOMISIÓN.pdf”República de Colombia Rama Judicial
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110016000102201100360; 540016008780201900062, 540016001131201903983 y 540016008780201800061.
-En oficio del 28 de agosto de 2024 23, la Fiscalía 12 Delegada ante la Corte Suprema de Justicia remitió su estadística de producción.
-El 21 de agosto de 2024 24, la Fiscalía 9° Delegada ante la Corte Suprema de Justicia remitió el archivo de la estadística para el año 2022 a la fecha; además, indicó cómo estaba conformada la planta de personal así:
-El 21 de septiembre de 2024 25, la Fiscalía 7° Delegada ante la Corte Suprema de Justicia complet ó su respuesta , envió la estadística de producción desde 2022 a esa fecha y , precisó los casos de connotación nacional a su cargo.
-El 12 de noviembre de 2024 26, se cumplió en su totalidad la comisión ordenada en auto del 12 de agosto de ese mismo año, esto es, fue
connotación nacional a su cargo.
-El 12 de noviembre de 2024 26, se cumplió en su totalidad la comisión ordenada en auto del 12 de agosto de ese mismo año, esto es, fue
23 Archivo digital titulado “065 RtaOficioSj,47922-GABD-ProcesosConnotación-PlantaPersonalFiscalía12DCSJ.pdf” 24 Archivo digital titulado “067, 069 y 074 RtaOficioSj,47922-GABD-Fiscalía9DCSJ.pdf. 25 Archivo digital titulado “071 RtaOficioSj,47922-GABD-Fiscalía7°DCSJ.pdf” 26 Archivo digital titulado “076 CUMPLIDA LA COMISIÓN.pdf”República de Colombia Rama Judicial
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realizada la inspección judicial al proceso 110016000102201200589 a cargo de la Fiscalía 10ª Delegada ante la Corte Suprema de Justicia.
-En oficio del 1° de noviembre de 202427, la Fiscalía 10ª Delegada ante la Corte Suprema de Justicia informó cómo est aba conformado el despacho.
-En constancia secretarial del 6 de diciembre de 202428,el asunto pasó al despacho.
3. Mediante proveído del 17 de febrero de 202529, se dispuso a abrir investigación di sciplinaria contra los doctores Carlos Iban Mejía, Néstor Orlando Millán Gámez y Julio Ospino Gutiérrez , los dos
3. Mediante proveído del 17 de febrero de 202529, se dispuso a abrir investigación di sciplinaria contra los doctores Carlos Iban Mejía, Néstor Orlando Millán Gámez y Julio Ospino Gutiérrez , los dos primeros, en calidad de Fiscales 10° Delegados ante la Corte Suprema de Justicia y, el último, en condición de Fiscal 11° Delegado ante la misma Corporación , ante la presunta mora relacionada con los
procesos:
27Archivo digital titulado “079 RtaParcialOficioSj-51315-ConstanciaPlantadePersonal.pdf” 28 Archivo digital titulado “080 PasoalDespacho.pdf” 29 Archivo digital titulado “081 APERTURA DE INVESTIGACION.pdf”República de Colombia Rama Judicial
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Etapa en la cual , se decretaron y recaudaron los siguientes medios probatorios que interesan a la actuación:
-En oficio del 4 de marzo de 2025 30, el doctor Néstor Orlando Millán Gámez, titular de l a Fiscalía 10° Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, remitió informe de los procesos activos y asignados a ese despacho. Para el efecto, puso de presente que «la información suministrada la extrajo de los expedientes conforme al conoc imiento que han tenido de los mismos los funcionarios que me antecedieron».
Precisó que los radicados 110016000102201200589,
suministrada la extrajo de los expedientes conforme al conoc imiento que han tenido de los mismos los funcionarios que me antecedieron».
Precisó que los radicados 110016000102201200589, 110016000102201200590 y 110016000102201100243 le fueron asignados el 6 de mayo de 2024 , esto es, a su llegada como titular de esa delegada. Adujo que fue el doctor Carlos Iban Mejía quien lo antecedió en esa función desde marzo de 2014 a noviembre de 2022, Andrés Palencia de Fajardo entre diciembre de 2022 y enero de 2024, y Juan Martín Parada Arango de enero 2024 al m omento en que asumió el cargo. Luego, en cada uno de los mencionados consecutivos, detalló los hechos jurídicamente relevantes, así como la
30Archivo digital titulado “086 RtaParcialOficioSj_05274_GABD_y_OficioSj05287_GABD.pdf”República de Colombia Rama Judicial
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actividad procesal, lo cual , por metodología será abordado más adelante.
-En comunicación del 3 de marzo de 202531, la Secretaría Administrativa de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, certificó los casos de connotación nacional a cargo de la Fiscalía 10ª Delegada ante dicha Corporación. Asimismo, relacionó los nombres de los funcionarios que han sido designados a ese despacho así:
Justicia, certificó los casos de connotación nacional a cargo de la Fiscalía 10ª Delegada ante dicha Corporación. Asimismo, relacionó los nombres de los funcionarios que han sido designados a ese despacho así:
Luego, detalló, la planta de personal:
Refirió, además, que el doctor Julio Ospino Gutiérrez, quien estaba adscrito a la Fiscalía 11 Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, se desempeñó en ese cargo entre 2011 a febrero de 2025, y relacionó los funcionarios y servidores que presta ban sus labores en esa delegada.
31 Archivo digital titulado “087 RtaParcial OficioSj_05272_GABD_InformeProcesosConnotaciínPlantadePersonal.pdf”República de Colombia Rama Judicial
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-En oficio remitido el 5 de marzo de 2025 32, la Subdirección Financiera del Departamento de Tesorería de la Fiscalía General de la Nación , adjuntó los documentos cor respondientes a lo devengado y deducido a los funcionarios : Carlos Iban Mejía Abello, Néstor Orlando Millán Gámez y Julio Ospino Gutiérrez. También remitió los actos administrativos de nombramiento y posesión , así como los datos de notificación de cada uno de ellos.
-En memorial del 14 de marzo de 2025 33, el doctor Néstor Orlando
Gámez y Julio Ospino Gutiérrez. También remitió los actos administrativos de nombramiento y posesión , así como los datos de notificación de cada uno de ellos.
-En memorial del 14 de marzo de 2025 33, el doctor Néstor Orlando Millán Gámez, titular de la Fiscalía 10ª Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, allegó versión libre, en la cual , en primer lugar, informó las fechas en que fueron recibidos e n ese despacho los radicados adelantados contra William Villamizar Laguado:
Además, anexó el link de acceso al expediente digital 1100160000102201200589, en el que ya se realizó la formulación de
32 Archivo digital titulado “089 RtaOficioSj_05244_GABD-DatosdeNotificación.pdf” 33 Archivo digital titulado “095 RtaOficioSj_06996_GABD-InformeFiscalía10DCSJ.pdf”República de Colombia Rama Judicial
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acusación contra el procesado Villamizar Laguado y, por ende, fueron descubiertas la totalidad de las pruebas pretend idas hacer valer en el juicio. De otra parte, respecto de los consecutivos 110016000102201200590, 110016000102201100243 y 540016008780201800061, estimó que aún los hechos indaga dos, eran materia de verificación y recaudo de los elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida , la
110016000102201200590, 110016000102201100243 y 540016008780201800061, estimó que aún los hechos indaga dos, eran materia de verificación y recaudo de los elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida , la cual, en gran medida se concentra en la Gobernación de Norte de Santander en la que actualmente el procesado es el primer mandatario.
En ese orden, refirió su imposibilidad de expedir copia íntegra de las actuaciones, pues ello comportaría un grave riesgo para los resultados de l as pesquisas que aún se encontraban en curso y, por ende, respecto de las futuras y eventuales determinacion es que se adoptaran contra Villamizar Laguado, así como de personas que pudieron haber participado en la presunta comisión de las conductas examinadas. Lo anterior, con sustento en el artículo 212B del Código de Procedimiento Penal, adicionado por el canon 22 de la Ley 1908 de 2018, con todo, se remitió al contenido del informe rendido en anterior oportunidad.
A la par, destacó que el 6 de mayo de 2024 asumió el cargo de Fiscal 10º Delegado ante la Corte Suprema de Justicia, despacho en el cual, encontró 88 indagaciones y 17 juicios seguidos bajo la égida de la Ley 906 de 2004 , así como 4 indagaciones previas que cursaban con las previsiones de la Ley 600 de 2000. Refirió que una vez posesionado y, solo hasta el 3 de julio siguiente, además de ir conocer paulatinamente la carga laboral asignada , debió ocuparse de 4 audiencias de juicioRepública de Colombia Rama Judicial
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solo hasta el 3 de julio siguiente, además de ir conocer paulatinamente la carga laboral asignada , debió ocuparse de 4 audiencias de juicioRepública de Colombia Rama Judicial
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oral y 3 audiencias propias del trámite del recurso extraordinario de casación, eventos que ocuparon especial concentración y estudio, debido a la naturaleza y complejidad de los casos.
En tal virtud, señaló que en menos de 2 meses , resultaba compresible que algunos procesos como los seguidos contra Villamizar Laguado 110016000102201100243 y 110016000102201200590 estuvieren en turno de estudio y, pendiente de ordenar activida des investigativas, como en efecto ha adoptado con posterioridad, con un modelo más amplio que permitiera la compresión de lo sucedido en un contexto de corrupción, tendiente a identificar la participación de otros ciudadanos que intervinieron en la celebr ación de contratos estatales, que al parecer, se pudieron apropiar del patrimonio público.
En cuanto al expediente 110016000102201200589, adujo que no tuvo la oportunidad de actuar, pues ese asunto se encontraba en la Sala de Casación Penal de la Corte Su prema de Justicia , pendiente de ser resuelto el recurso de apelación que interpuso el defensor del procesado contra el auto a través del cual fueron de cretadas las pruebas que se ha brían d e practicar en juicio , inclusive desde antes
resuelto el recurso de apelación que interpuso el defensor del procesado contra el auto a través del cual fueron de cretadas las pruebas que se ha brían d e practicar en juicio , inclusive desde antes del 6 de mayo de 2024, cuando se posesionó en ese cargo.
Por último, r especto del radicado 540016008780201800061, concretó que le fue asignado el 6 de agosto de 2024 y, en ese orden, desconocía lo que se dijo del mismo en la noticia periodística.
-Mediante correo electrónico del 11 de abril de 202534, la doctora Angélica Mireya Vallejo Narváez de la Secretaría Administrativa de la
34 Archivo digital titulado “101 RtaComplementariaOficioSj05272-GABD-36957-Carga Laboral.pdf”-”República de Colombia Rama Judicial
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202401203 00
Referencia: FUNCIONARIO PRIMERA INSTANCIA
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Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia , allegó una gráfica que da ba cuenta de la carga laboral y la estadística de producción de las Fiscalías 10° y 11° de 2012 a 2024 y, además, explicó la visualización de la misma.
-Con certificados del 25 de abril de 2025, la Secretaría de esta Comisión35 y la Procuraduría General de la Nación 36 acreditaron que los doctores Carlos Iban Mejía Abello, Néstor Orlando Millán Gámez y Julio Ospino Gutiérrez , no registra ban antecedentes disciplinarios
Comisión35 y la Procuraduría General de la Nación 36 acreditaron que los doctores Carlos Iban Mejía Abello, Néstor Orlando Millán Gámez y Julio Ospino Gutiérrez , no registra ban antecedentes disciplinarios como tampoco inhabilidades vigentes.
-En constancia secretarial del 28 de abril de 2025 37, pasó al despacho tras haber cumplido lo dispuesto en el auto del 17 de febrero de 2025.
4. En auto del 15 de agosto de 2025 38, tras recaudar nuevas pruebas, se ordenó vincular a la presente investigación a los doctores Andrés Alberto Palencia Fajardo y Juan Martín Parada Arango , en calidad de Fiscales 10° Delegados ante la C orte Suprema de Justicia y abrir investigación disciplinaria en su contra.
-El 7 de julio de 2025 39, fue remitido mediante correo electrónico, el poder otorgado por el doctor Julio Ospino Gutiérrez al abogado Fabio Hernández Ramírez, a efectos de que lo re presentara en el presente asunto.
35 Archivo digital titulado “103 CertificadoAntecedentesDisciplinariosCNDJ. (FL 1-5) 36 Archivo digital titulado “104 CertificadoAntecedentesDisciplinariosPrciraduría. (FL 1-3) 37 Archivo digital titulado “105 PasoalDespacho.pdf” 38 Archivo digital titulado “106 APERTURA DE INVESTIGACIÓN” 39 Archivo digital titulado “108 MemorialAportaPoderParaActuarAbogadoFabioHernándezRamírez”República de Colombia Rama Judicial
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL
M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS
Rama Judicial
COMISIÓN NACIONAL DE DISCIPLINA JUDICIAL M.P. DRA. MAGDA VICTORIA ACOSTA WALTEROS Radicación No. 110010802000202401203 00
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-El 25 de julio de 202540, la Coordinaci
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