CNE - Resolución 00219 de 2025
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 00219 de 2025
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN No. 00219 DE 2025 (22 de enero)
Por medio de la cual se NIEGA la solicitud de impugnación parcial presentada en contra de la Resolución 76 del 6 diciembre de 2024 por la cual se convoca a la Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025 y se convoca a la inscripción de planchas a las postulaciones de cargos directivos dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. El día 7 de enero de 2025, fue presentado escrito anónimo con radicado número CNEE-DG-2025-000220, presuntamente presentado por militantes del partido político ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, en el que se solicita aplazamiento del calendario electoral para la Convención Nacional del citado partido, por no haber realizado la convocatoria, ni difundido la Resolución 76 de l 6 de diciembre de 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE
REGLAMENTA Y SE CONVOCA LA XIV CONVENCIÓN NACIONAL ORDINARIA DEL
PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI”.
1.2. Al respecto se manifiesta lo siguiente:
“Elevamos respetuosamente esta solicitud haciendo uso del derecho de petición que consagra el Artículo 23 de la constitución política y de conformidad con la ley 1755 de 2015, para que como Consejo Nacional Electoral expidan una medida cautelar o se ordene a la autoridad correspondiente en el partido Alianza Social Independiente, la modificación de la resolución 76 del 06 diciembre de 2024 que convoca a la
2015, para que como Consejo Nacional Electoral expidan una medida cautelar o se ordene a la autoridad correspondiente en el partido Alianza Social Independiente, la modificación de la resolución 76 del 06 diciembre de 2024 que convoca a la inscripción de planchas para la elección de los nuevos directivos del Comité Ejecutivo Nacional, Veedor Nacional y Tribunal Disciplinario y de Ética.
Lo anterior basado en que no se dio de manera efectiva la convocatoria , ni la difusión de la resolución para que las diferentes personas militantes del partido, interesados en aspirar y conformar planchas lo pudieran organizar. Esto teniendo en cuenta los estatutos del partido, así:
ARTÍCULO 32. Composición. El Comité Ejecutivo Nacional estará integrado por siete (7) miembros, con los siguientes cargos:
1. Presidente Nacional.
2. Secretaría General.
3. Secretaría de Capacitación y Asuntos Sociales, Sectoriales y Programáticos.
4. Secretaría de Juventud.
5. Secretaría de Mujer y Grupos poblacionales.
6. Secretaría de Asuntos Étnicos.
7. Secretaría de Medio Ambiente.Resolución 00219 de 2025 Página 2 de 31
Por medio de la cual se NIEGA la solicitud de impugnación parcial presentada en contra de la Resolución 76 del 6 diciembre de 2024 por la cual se convoca a la Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025 y se convoca a la inscripción de planchas a las postulaciones de cargos directivos
dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
PARÁGRAFO 2. El Comité Ejecutivo Nacional deberá contar como mínimo con tres mujeres, un integrante de las minorías étnicas y un joven. Para tal efecto, pueden concurrir varias calidades en una misma persona.
PARÁGRAFO 3. Ningún departamento podrá desempeñar más de un cargo en órganos nacionales.
Se requiere de tiempo para cumplir a cabalidad con la conformación de las planchas, poder organizar entre los departamentos a candidatos que cumplan con las condiciones y cualidades necesarias para poder presentarse y que además cumplan con lo requerido por los estatutos.
Adicionalmente es de conocimiento que el Comité Ejecutivo Nacional y su Presidente Nacional son los encargados de elaborar la reglamentación respectiva de la convención y los únicos que conocían sus términos, fe chas y su contenido, lo que llevó a la inscripción de una única lista, al Ejecutivo Nacional, Tribunal Disciplinario y de Ética y un único candidato a Veedor Nacional, con la posibilidad de que tres de los ejecutivos actuales repitan, así como el mismo veedor, lo que a todas luces constituyo un obstáculo para que se divulgara de manera efectiva, la convocatoria y la resolución, como en efecto como ocurrió.
El medio que usó el partido para “legitimar” la difusión de la convención es la página web, donde no se puede verificar en qué fecha fue subida la resolución de la convocatoria a la Convención Nacional. Es de resaltar que este medio es de muy poco uso y po co se frecuenta, ya que el partido cuenta con otros canales de
web, donde no se puede verificar en qué fecha fue subida la resolución de la convocatoria a la Convención Nacional. Es de resaltar que este medio es de muy poco uso y po co se frecuenta, ya que el partido cuenta con otros canales de comunicación, como medio de difusión de manera constante, como lo son; Facebook, Instagram, Twitter y el grupo de presidentes departamentales de WhatsApp y correos electrónicos de todos sus corporados y militantes, donde cotidianamente se comparte información de interés del partido, pero en donde nunca se publicó la convocatoria a la convención y la resolución , sino que a escasas horas, antes de vencer el plazo para terminar la inscripción de planchas el día 20 de diciembre se nos envió mediante correo electrónico un oficio que nos informa que somos convencionistas, además indica la fecha y lugar donde se llevara a cabo la convención, pero no adjunta la resolución y menos el calendario de postulación de los cargos a elección,(ver imagen 1) haciendo imposible la conformación e inscripción de una lista a los cargos que se postulan dentro de los términos de tiempo establecidos.
El partido cuenta con un software de militantes y tiene toda la información actualizada de corporados y directivos departamentales y municipales, pero a estos correos electrónicos y números de WhatsApp nunca fue enviada la convocatoria ni la resolución de la convención
Lo que termina dándole una cómoda ventaja a la directiva del partido e impide la participación de los militantes de la organización, por eso para evitar que se configure una violación fragrante al derecho fundamental de la participación política consagrado en la constitución, es menester de que se aplace la convocatoria a la convención del partido y se permita contar con un mayor tiempo
configure una violación fragrante al derecho fundamental de la participación política consagrado en la constitución, es menester de que se aplace la convocatoria a la convención del partido y se permita contar con un mayor tiempo para la inscripción de otras planchas, toda vez que si se mantiene tal como esta, los participantes de la convención no tendrán otra alternativa, más que votar por dichas planchas, adicionalmente la reglamentación no señala que pasa si el voto en blanco vence a la plancha inscrita, o si una s egunda plancha adquiere una votación importante a que tendría derecho y otras circunstancias que deberían quedar claras por el partido para el momento de la elección.
Según el calendario que se adjunta con su respectiva resolución en este oficio, el día 2 de enero del año 2025 se publicara en la página del partido las planchas que se hayan inscrito con sus respectivos integrantes (ver imagen 2). Por lo que como militantes del partido decidimos esperar para ver que compañeros de losResolución 00219 de 2025 Página 3 de 31
Por medio de la cual se NIEGA la solicitud de impugnación parcial presentada en contra de la Resolución 76 del 6 diciembre de 2024 por la cual se convoca a la Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025 y se convoca a la inscripción de planchas a las postulaciones de cargos directivos dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
diferentes departamentos se habrían presentado, pero con sorpresa encontramos, como se puede constatar en la página web del partido, que solo existe una única
dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
diferentes departamentos se habrían presentado, pero con sorpresa encontramos, como se puede constatar en la página web del partido, que solo existe una única plancha postulada para el Comité Ejecutivo Nacional, así como un único candidato a Veedor Nacional y Tribunal Disciplinario y de Ética. Donde e n su mayoría son las mismas personas ejercen el mismo cargo en este momento.
Es por esto que en aras de transparencia y democracia solicitamos de manera anónima por temor a represalias, pero como firmes militantes activos del partido se haga lo pertinente para que se disponga de nuevos tiempos que nos permitan postular nuestros nombres a dichos cargos y que sea en Convención Nacional donde democráticamente militantes y convencionista tengamos la oportunidad de elegir y ser elegidos”.
1.3. Que, el día 7 de enero de 2025, fue efectuado el reparto en el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL del expediente con radicado CNE-E-DG-2025-000220 y le correspondió al Despacho del Magistrado ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ.
1.4. Que mediante AUTO CNE-ACM-003-2025 del 14 de enero de la presente anualidad, el Despacho Sustanciador decidió (i) AVOCAR conocimiento de la solitud; (ii) correr traslado de la misma al partido político ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, para que ejerciera su derecho de defensa y contradicción pronunciándose frente a los hechos descritos en la queja; y (iii) ordenar la práctica de algunas pruebas a cargo del partido político ALIANZA SOCIAL
derecho de defensa y contradicción pronunciándose frente a los hechos descritos en la queja; y (iii) ordenar la práctica de algunas pruebas a cargo del partido político ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI y de la DIRECCIÓN DE VIGILANCIA E INSPECCIÓN ELECTORAL del Consejo Nacional Electoral, para que remitieran documentación pertinente en el actuación. Decisión que fue debidamente comunicada a los interesados.
1.5. El día 15 de enero de 2024 , fue allegado escrito radicado bajo el número CNE-E-DG2025-000692 suscrito por la señora SOR BERENICE BEDOYA PÉREZ en su condición de Represente Legal del partido político ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, en el que se pronuncia frente al citado AUTO CNE-ACM-003-2025.
1.6. Mediante escrito de fecha 15 de enero de 2024, radicado bajo el No. CNE-I-2025000201-DVIE-700, suscrito por el Director de VIGILANCIA E INSPECCIÓN ELECTORAL del Consejo Nacional Electoral, se dio respuesta al requerimiento efectuado por el Despacho Sustanciador a través del AUTO CNE-ACM-003-2025, en el cual se informa la fecha de la última Convención Nacional realizada por el partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI (27 y 28 de enero del año 2023), y se remite copia de los Estatutos vigentes y actualizados del citado partido.
1.7. El día 16 de enero de 2025, fue radicado a través de correo electrónico desde la dirección AdeAl_Blanco@hotmail.com, escrito presentado por los peticionarios con radicado
del citado partido.
1.7. El día 16 de enero de 2025, fue radicado a través de correo electrónico desde la dirección AdeAl_Blanco@hotmail.com, escrito presentado por los peticionarios con radicado CNE-E-DG-2025-000787, en el que se pronuncian frente a lo decidido en el AUTO CNE-ACM-Resolución 00219 de 2025 Página 4 de 31
Por medio de la cual se NIEGA la solicitud de impugnación parcial presentada en contra de la Resolución 76 del 6 diciembre de 2024 por la cual se convoca a la Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025 y se convoca a la inscripción de planchas a las postulaciones de cargos directivos dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
003-2025 del 14 de enero de 2025. El contenido de este citado documento será descrito en el acápite de pruebas.
1.8. El día 17 de enero de 2025, fue allegado escrito radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025000871 suscrito por la señora SOR BERENICE BEDOYA PÉREZ en su condición de Represente Legal del partido político ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, con el que suministra material probatorio.
2. PRUEBAS
La presente actuación cuenta con los siguientes medios de prueba:
2.1. Con la petición fueron anexadas las siguientes imágenes:
Imagen No. 1Resolución 00219 de 2025 Página 5 de 31
2. PRUEBAS
La presente actuación cuenta con los siguientes medios de prueba:
2.1. Con la petición fueron anexadas las siguientes imágenes:
Imagen No. 1Resolución 00219 de 2025 Página 5 de 31
Por medio de la cual se NIEGA la solicitud de impugnación parcial presentada en contra de la Resolución 76 del 6 diciembre de 2024 por la cual se convoca a la Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025 y se convoca a la inscripción de planchas a las postulaciones de cargos directivos dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
Imagen No. 2
Imagen No. 3Resolución 00219 de 2025 Página 6 de 31
Por medio de la cual se NIEGA la solicitud de impugnación parcial presentada en contra de la Resolución 76 del 6 diciembre de 2024 por la cual se convoca a la Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025 y se convoca a la inscripción de planchas a las postulaciones de cargos directivos dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
2.2. Copia de la Resolución No. 76 del 6 de diciembre de 2024 suscrita por la ciudadana BERENICE BEDOYA PÉREZ en su condición de Presidente y Representante Legal del partido político ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, “POR MEDIO DE LA CUAL SE
BERENICE BEDOYA PÉREZ en su condición de Presidente y Representante Legal del partido político ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, “POR MEDIO DE LA CUAL SE
REGLAMENTA Y SE CONVOCA LA XIV CONVENCIÓN NACIONAL ORDINARIA DEL
PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI”.
2.3. Escrito de fecha 15 de enero de 2024, radicado bajo el número CNE-E-DG-2025-000692 suscrito por la señora SOR BERENICE BEDOYA PÉREZ en su condición de Represente Legal del partido político ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, en el que se pronuncia frente al citado AUTO CNE-ACM-003-2025, en los siguientes términos:
“(i) la fecha en que fue remitido a los militantes del Partido la convocatoria para la convención a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025, y la invitación para conformar las planchas.
En atención a su requerimiento me permito indicar que no solamente anexo evidencia contentiva de tal publicidad sino que delanteramente les manifiesto que, es de público conocimiento de nuestros militantes y corporados su obligatoriedad de ingresar a las redes sociales y visitar la página web para verificar los avances del partido, pues son estos los medios que el Partido ASI utiliza para poner en conocimiento su actividad política.
ahora bien revisa la página web https://alianzasocialindependiente.org/ se evidencia que la información fue publicada el día 06 de diciembre de 2024 y replicada por redes sociales el día 11 de diciembre del mismo año como se evidencia en la siguiente captura de pantalla que podrá ser verificada en la pagina de Instagram
que la información fue publicada el día 06 de diciembre de 2024 y replicada por redes sociales el día 11 de diciembre del mismo año como se evidencia en la siguiente captura de pantalla que podrá ser verificada en la pagina de Instagram @partidoasi https://www.instagram.com/partidoasi?igsh=MzB1NXU3b210ejFp
Anudado a ello se realizó un video institucional publicado en la página oficial de Instagram del partido ASI, como se puede verificar en el siguiente link https://www.instagram.com/reel/DDyF4fVNjZm/?igsh=OWo5a2FrcmliczFq donde se invita nuevamente a la militancia, corporados y demás interesados, a participar en la convocatoria a la XIV Convención Nacional Ordinaria del Partido Alianza Social Independiente – ASI, indicando, tanto como la fecha de realización, la invitación aResolución 00219 de 2025 Página 7 de 31
Por medio de la cual se NIEGA la solicitud de impugnación parcial presentada en contra de la Resolución 76 del 6 diciembre de 2024 por la cual se convoca a la Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025 y se convoca a la inscripción de planchas a las postulaciones de cargos directivos dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
inscribirse y donde se encuentra toda la reglamentación para la participación y conformación de planchas, el cual hasta la fecha cuenta con más de 1.037 vistas.
(ii) la fecha en que se publicó en la página web del Partido la Resolución 76 del 6 de
inscribirse y donde se encuentra toda la reglamentación para la participación y conformación de planchas, el cual hasta la fecha cuenta con más de 1.037 vistas.
(ii) la fecha en que se publicó en la página web del Partido la Resolución 76 del 6 de diciembre de 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE REGLAMENTA Y SE CONVOCA
LA XIV CONVENCIÓN NACIONAL ORDINARIA DEL PARTIDO ALIANZA SOCIAL
INDEPENDIENTE – ASI”
Teniendo en cuenta que el principal canal oficial de comunicación con nuestros militantes y corporados es la página Web del Partido ASI, se tiene que en esta se publicó, con suficiente antelación el día 6 de diciembre de 2024, toda la información y material de apoyo, lector y audiovisual sobre la reglamentación (Resolución 76 del 6 de diciembre de 2024 POR MEDIO DE LA CUAL SE REGLAMENTA Y SE CONVOCA LA XIV CONVENCIÓN NACIONAL ORDINARIA DEL PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE) la cual se podrá visualizar en el siguiente link https://alianzasocialindependiente.org/wpcontent/uploads/2024/12/REGLAMENTACION-CONVENCIONNACIONAL2.pdf, así como los formatos para inscripción de planchas, veedor y tribunal de ética; información que se podrá verificar en el siguiente link https://alianzasocialindependiente.org/
Así mismo al realizar la consulta en el buscados de Google se evidencia que la meta data que arroja el buscador es del 06 de diciembre de 2024 como se puede verificar en el siguiente link
https://www.google.com/search?q=resolucion+no.76+partido+alianza+social+indepe
data que arroja el buscador es del 06 de diciembre de 2024 como se puede verificar en el siguiente link
https://www.google.com/search?q=resolucion+no.76+partido+alianza+social+indepe ndiente&rlz=1C1ONGR_esCO1067CO1067&oq=resolucion+No.76+partido+&gs_lcr p=EgZjaHJvbWUqBwgBECEYoAEyBggAEEUYOTIHCAEQIRigATIHCAIQIRigAdIBC jE0NTQwajBqMTWoAgiwAgE&sourceid=chrome&ie=UTF8#vhid=zephyr:0&vssid=atritem-https://alianzasocialindependiente.org/wpcontent/uploads/2024/12/REGLAMENTACION-CONVENCION-NACIONAL-2.pdfResolución 00219 de 2025 Página 8 de 31
Por medio de la cual se NIEGA la solicitud de impugnación parcial presentada en contra de la Resolución 76 del 6 diciembre de 2024 por la cual se convoca a la Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025 y se convoca a la inscripción de planchas a las postulaciones de cargos directivos dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
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(ii) (..) y que para que informe la fecha en la que fue realizada la última Convención Nacional de que trata el artículo 108 de la Constitución Política, por parte de la Organización Política
De conformidad con lo solicitado me permito informar que la XII Convención Nacional Ordinaria del Partido Alianza Social Independiente ASI, se realizó los días 27 y 28 de enero de 2023 en la ciudad de Bogotá; siendo esta la última convención del partido ASI, la cual fue aprobada mediante Resolución No. 4381 de 2023 del 15 de junio proferida por el Consejo Nacional Electoral CNE, la cual se adjunta en archivo PDF”
2.4. Copia de los Estatutos vigentes y actualizados del partido político ALIANZA SOCIAL
INDEPENDIENTE – ASI.
2.5. Oficio de fecha 15 de enero de 2024, radicado bajo el No. CNE-I-2025-000201-DVIEINDEPENDIENTE – ASI.
2.5. Oficio de fecha 15 de enero de 2024, radicado bajo el No. CNE-I-2025-000201-DVIE700, emanado de la Dirección de VIGILANCIA E INSPECCIÓN ELECTORAL del Consejo Nacional Electoral, a través del cual se dio respuesta al requerimiento efectuado por el Despacho Sustanciador mediante AUTO CNE-ACM-003-2025, en el cual se informa que la última Convención Nacional realizada por el Partido Político ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, fue llevada a cabo los días 27 y 28 de enero del año 2023.Resolución 00219 de 2025 Página 9 de 31
Por medio de la cual se NIEGA la solicitud de impugnación parcial presentada en contra de la Resolución 76 del 6 diciembre de 2024 por la cual se convoca a la Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025 y se convoca a la inscripción de planchas a las postulaciones de cargos directivos dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
2.6. Copia de la Resolución No. 4381 del 15 de junio de 2023 emanada del Consejo Nacional Electoral, por medio de la cual se REGISTRA la reforma de los estatutos del PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTEASI, dentro del expediente con número de radicado CNE-E-DG2023-003585.
2.7. Copia de la Resolución No. 7475 del 29 de agosto de 2023, por medio de la cual se
PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTEASI, dentro del expediente con número de radicado CNE-E-DG2023-003585.
2.7. Copia de la Resolución No. 7475 del 29 de agosto de 2023, por medio de la cual se procede a ACLARAR de la resolución No. 4381 del 15 de junio de 2023, por medio del cual se REGISTRA la reforma de los estatutos del PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE-ASI, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2023-003585.
2.8. Copia de 2 certificaciones de fecha 23 de junio de 2023 y 11 de septiembre de 2023, suscritas por el Director de Inspección y Vigilancia del Consejo Nacional Electoral, en las que consta que se realizó la correspondiente anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, del contenido de las resoluciones mencionadas en los numerales anteriores.
2.9. Escrito de fecha 16 de enero de 2025, radicado a través de correo electrónico desde la dirección AdeAl_Blanco@hotmail.com, presentado por los peticionarios y radicado bajo el número CNE-E-DG-2025-000787, en el que se pronuncian frente a lo decidido en el AUTO CNE-ACM-003-2025 del 14 de enero de 2025, en los siguientes términos:
“1. Agradecemos al Consejo Nacional Electoral el abocar conocimiento de las sendas irregularidades y la falta de transparencia que rodea el proceso de Convocatoria y Difusión de la reglamentación de la resolución 76 del 6 de diciembre de 2024 “POR
irregularidades y la falta de transparencia que rodea el proceso de Convocatoria y Difusión de la reglamentación de la resolución 76 del 6 de diciembre de 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE REGLAMENTA Y SE CONVOCA LA XIV CONVENCIÓN NACIONAL ORDINARIA DEL PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI”; y solicitamos respetuosa y perentoriamente establecer medida cautelar para que se suspenda la mencionada convención, en atención que su desarrollo no cuenta con las garantías de transparencia, imparcialidad y publicidad, abonado a que causaría un mayor detrimento a los fines del est ado y agotamiento de los recursos que administra el Partido ASI.
2. Con el fin de dar claridad a los siguientes interrogantes manifestados por el Consejo Nacional Electoral en la repuesta emitida el día 14 de enero de 2025 consideramos pertinente indicar lo siguiente.
PRIMERO:
(CNE) ‘‘No se tiene certeza de la fecha en que se realizó la última Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI;’’
Podemos indicar que; la última Convención Nacional del PARTIDO POLÍTICO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, fue realizada en la ciudad de Bogotá los días 26, 27 y 28 de enero del año 2023. Pero en esta convención no se realizó elección de los cargos de del Comité Ejecutivo Nacional, Veedor Nacional y Tribunal Disciplinario y de Ética, teniendo en cuenta que en los estatutos del partido en su “ARTÍCULO 31. Periodo. El Comité Ejecutivo Nacional se elegirá para un periodo de
elección de los cargos de del Comité Ejecutivo Nacional, Veedor Nacional y Tribunal Disciplinario y de Ética, teniendo en cuenta que en los estatutos del partido en su “ARTÍCULO 31. Periodo. El Comité Ejecutivo Nacional se elegirá para un periodo de cuatro (4) años.”. Razón por la cual para esta convención no se realizó elección.Resolución 00219 de 2025 Página 10 de 31
Por medio de la cual se NIEGA la solicitud de impugnación parcial presentada en contra de la Resolución 76 del 6 diciembre de 2024 por la cual se convoca a la Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025 y se convoca a la inscripción de planchas a las postulaciones de cargos directivos dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
SEGUNDO:
(CNE) “tampoco se tiene conocimiento de la fecha en que fue remitido a los militantes del Partido la invitación o convocatoria para la convención y para conformar las planchas, como quiera que en el pantallazo de correo electrónico correspondiente a la imagen No. 1 suministrada con la queja, no se puede verificar fecha alguna.”
Para este interrogante nos permitimos aclarar lo siguiente: el PARTIDO POLÍTICO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, Jamás envió mediante los correo electrónico ni grupos de WhatsApp o redes sociales como Facebook, Instagram o Twitter de los Directivos Departamentales, Municipales o corporados como; Senadores, Diputados, Concejales, Ediles, Militantes Activos y ni siquiera a los demás miembros del Ejecutivo Nacional exceptuando a su presidente, la convocatoria y la
Twitter de los Directivos Departamentales, Municipales o corporados como; Senadores, Diputados, Concejales, Ediles, Militantes Activos y ni siquiera a los demás miembros del Ejecutivo Nacional exceptuando a su presidente, la convocatoria y la reglamentación para la convención y la conformación de las planchas.
Lo que desde el PARTIDO POLÍTICO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, se comunicó el día 20 de diciembre de 2024, mismo día en que se vencía el plazo para inscripción de las planchas, a los correos electrónicos, fue únicamente la Invitación que informa a algunos corporados (porque no se envió a todos quienes por estatutos tiene derecho) que han sido designados como convencionistas, además de la fecha, lugar y hora y la obligatoriedad de asistir, como se puede evidenciar en la imagen 1 a continuación, donde n i en el texto del correo, ni en el archivo adjunto se encuentra el contenido de la resolución 76 del 6 de diciembre de 2024 que reglamenta la convención y que contiene el calendario para inscripción a los cargos de elección como Comité Ejecutivo Nacional, Veedor Nacional y Tribunal Disciplinario y de Ética.
Me permito enfatizar que; desde la Dirección Nacional del Partido se negó todo esfuerzo para que corporados y militantes tuviéramos la posibilidad de conocer el contenido de la resolución que reglamenta la convención ya que nunca se remitió directamente a los correos de los militantes y por ningún otro medio, la convocatoria y la invitación para conformar las planchas.
Cito pantallazos tomados del correo electrónico.
1. Imagen 1. Estos pantallazos tomados directamente del correo electrónico con el
y la invitación para conformar las planchas.
Cito pantallazos tomados del correo electrónico.
1. Imagen 1. Estos pantallazos tomados directamente del correo electrónico con el archivo adjunto abierto evidencian que lo escrito en el cuerpo del correo y lo adjunto en el archivo corresponde meramente a una comunicación de la designación como convencionista.
Aquí, por el mismo carácter de anónimo se cubre el nombre del destinatario y el nombre del archivo adjunto que es el mismo del destinatario.Resolución 00219 de 2025 Página 11 de 31
Por medio de la cual se NIEGA la solicitud de impugnación parcial presentada en contra de la Resolución 76 del 6 diciembre de 2024 por la cual se convoca a la Convención Nacional del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI, a realizarse los días 23, 24 y 25 de enero de 2025 y se convoca a la inscripción de planchas a las postulaciones de cargos directivos dentro de la organización política; tramite radicado bajo el No. CNE-E-DG-2025-000220.
TERCERO: (CNE) ‘‘la fecha en que se publicó en la página web del Partido la Resolución 76 del 6 de diciembre de 2024 “PO
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