CNE - Resolución 00522 de 2024
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 00522 de 2024
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN 00522 DE 2024 17 de Enero
Por medio del cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa frente a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y las organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 12 de los Departamentos de Cesar – La Guajira y Magdalena, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expediente radicado CNE-E-DG-2022-023362
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 1 de 2009, las leyes 1475 de 2011 y 1437 del mismo año, y con fundamento en los siguientes:
1. ANTECEDENTES
1.1. Mediante oficio CNE-I-2022-007267-FNFPCE-900 de fecha 7 de octubre de 2022, la Asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió a la Subsecretaria de la Corporación para someter a reparto la relación de NO presentación de informes de ingresos y gastos de campaña – Circunscripciones Transi torias Especiales de Paz – Elecciones 2022, en los siguientes términos:
(…)
“En atención a la obligación dispuesta en el Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y en
Elecciones 2022, en los siguientes términos:
(…)
“En atención a la obligación dispuesta en el Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y en los Artículos 7° y 8° de la Resolución No. 5881 de 2021, remitimos un (1) archivo formato Excel la relación de los Candidatos por cada una de las Circunscripciones, que incumplieron con la presentación de los Informes de ingresos y gastos, así:
1. Candidatos que NO presentaron en físico ante el Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales”. (…)Resolución 00522 de 2024 Página 2 de 22
Por medio del cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa frente a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y las organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 12 de los Departamentos de Cesar – La Guajira y Magdalena, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expedien te radicado CNE -E-DG-2022023362
CORPORACIO
N
ORGANIZACIÓN /MOVIMIENTO
POLITICO CIRCUNSCRIPCION MARCA_CANDIDA
TO No.
DOCUME
NTO
NOMBRE1 NOMBRE2 APELLIDO1 APELLIDO2
CITREP
CABILDO DE RESGUARDO
INDÍGENA MAYABANGLOMA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRADOCUME
NTO
NOMBRE1 NOMBRE2 APELLIDO1 APELLIDO2
CITREP
CABILDO DE RESGUARDO
INDÍGENA MAYABANGLOMA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
RESGUARDO
INDÍGENA 17959337 FRANCISCO ERNESTO ACOSTA RODRIGUEZ
CITREP
CABILDO DE RESGUARDO
INDÍGENA MAYABANGLOMA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
RESGUARDO
INDÍGENA 36489155 JUDITH
DEL
SOCORRO FONSECA
FERNANDE
Z
CITREP
ASOCIACIÓN COLOMBIA
PROFUNDA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS 77184254 ARQUIMEDES ARIAS SARMIENTO
CITREP
ASOCIACIÓN COLOMBIA
PROFUNDA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS 49609674 LUZ DEIDE YARURO ALVERNIA
CITREP
FUNDACIÓN
AFRODESCENDIENTE GENTE
ACTIVA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 17809490 ANGEL SANTIAGO NIETO MIRANDA
CITREP
FUNDACIÓN
AFRODESCENDIENTE GENTE
ACTIVA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAORGANIZACIONES
SOCIALES 17809490 ANGEL SANTIAGO NIETO MIRANDA
CITREP
FUNDACIÓN
AFRODESCENDIENTE GENTE
ACTIVA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 49770783 ADAMILIS MARIA RAMOS VALDES
CITREP
ASOCIACIÓN DE VÍCTIMAS DEL
CESAR ASOVICE
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS
10655756
85 ELVIA CRISTINA JIMENEZ GARCIA
CITREP
ASOCIACIÓN DE VÍCTIMAS DEL
CESAR ASOVICE
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS 77025560 JUAN ARIEL HINOJOSA GONZALEZ
CITREP
CONSEJO COMUNIT. CMUDS.
NEGRAS GUACOCHE - LOS
CARDONALES
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
CONSEJOS
COMUNITARIOS 77028716 NIVALDO ALBERTO QUIROZ CHURIO
CITREP
CONSEJO COMUNIT. CMUDS.
NEGRAS GUACOCHE - LOS
CARDONALES
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
CONSEJOS
COMUNITARIOS 49718122 YINA PAOLA CORDOBA DIAZ
CITREP ASOCIACIÓN MARIA MECHE
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
CONSEJOS
COMUNITARIOS 49718122 YINA PAOLA CORDOBA DIAZ
CITREP ASOCIACIÓN MARIA MECHE
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS 19480994 ROBERTO
LACOUTUR
E MENDEZ
CITREP ASOCIACIÓN MARIA MECHE
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS
11224081
60 MARYORI DE JESUS PEREZ ALVAREZ
CITREP
ASOCIACIÓN DE CAMPESINOS
Y POBLACIÓN DESPLAZADA Y
COMUNIDADES NEGRAS EN
VALLEDUPAR - CAMPODES
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 49789816 MAGNOLIA MARMOL VILLA
CITREP
ASOCIACIÓN DE CAMPESINOS
Y POBLACIÓN DESPLAZADA Y
COMUNIDADES NEGRAS EN
VALLEDUPAR - CAMPODES
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 77031709 EVER CACERES RANGEL
CITREP
FUNDACIÓN DE VÍCTIMAS DEL
CESAR - FUNDAVICE
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS
10655800
84 KAREN
MARGARIT
CESAR - FUNDAVICE
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS
10655800
84 KAREN
MARGARIT
A GUERRA JIMENEZ
CITREP
FUNDACIÓN DE VÍCTIMAS DEL
CESAR - FUNDAVICE
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS 18385369 HUGO ALIRIO ACOSTA URBANO
CITREP
FUNDACIÓN POR UN VIVIR
MEJOR - FUNVIMEJOR
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 77029015 PEDRO NORBERTO CASTRO ARAUJO
CITREP
FUNDACIÓN POR UN VIVIR
MEJOR - FUNVIMEJOR
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 49743819 MARLENY ESTHER KAMMERER THERAN
CITREP
ASOCIACIÓN NACIONAL DE
DESPLAZADOS UNIDOS DE
COLOMBIA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 70127880 CARLOS ALBERTO RAIGOZA VIVAS
CITREP ANDEMVI
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 7997044 ALFONSO PEDROZO AYALA
CITREP ANDEMVI
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 37323002 ARLEN AMPARO BAYONA PEREZ
CITREP
CON. COMUNIT. CMUDS.
NEGRAS LA JAGUA DE IBIRICO
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
CONSEJOS
COMUNITARIOS
10659973
15 HENRRY ALBERTO RINCON CAMACHO
CITREP
CON. COMUNIT. CMUDS.
NEGRAS LA JAGUA DE IBIRICO
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
CONSEJOS
COMUNITARIOS
10639662
57 TATIANA CAROLINA MERIÑO VILORIA
CITREP
CON. COMUNIT. AFROCOL.
MARCELINO OCHOA ALVAREZ
"CATELO"
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
CONSEJOS
COMUNITARIOS
10656156
MARCELINO OCHOA ALVAREZ
"CATELO"
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
CONSEJOS
COMUNITARIOS
10656156
14 JOSE SEBASTIAN OCHOA DE LA HOZ
CITREP
CON. COMUNIT. AFROCOL.
MARCELINO OCHOA ALVAREZ
"CATELO"
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
CONSEJOS
COMUNITARIOS 45764789 INGRID JOHANA TETAY PADILLA
CITREP FUNDACIÓN PROCRECER
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 77152460 ARSECIO DE JESUS VELEZ ACEVEDO
CITREP FUNDACIÓN PROCRECER
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 49699343 LANDIA YESITH ZEDAN LONDOÑO
CITREP
ASOCIACIÓN PAZ ES VIDA (PAVIDA)
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES
10656105
73 JORGE RODRIGO TOVAR VELEZ
CITREP
ASOCIACIÓN PAZ ES VIDA (PAVIDA)
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 56087982 NAIROBIS BEATRIZ JIMENEZ MARTINEZ
CITREP
ASOCIACIÓN ALIANZA POR LA
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 56087982 NAIROBIS BEATRIZ JIMENEZ MARTINEZ
CITREP
ASOCIACIÓN ALIANZA POR LA
VIDA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 77013774 WILLIAM ALFONSO ROMERO OVALLE
CITREP
ASOCIACIÓN ALIANZA POR LA
VIDA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 56085748 DALIA
DEL
CARMEN MOLINA RODRIGUEZ
CITREP
ASOC. USUARIOS HOSPITAL
ROSARIO PUMAREJO DE
LÓPEZ
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES
10851723 10 MARIA MAGDALEN A FONSECA OSPINOResolución 00522 de 2024 Página 3 de 22 Por medio del cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa frente a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y las organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 12 de los Departamentos de Cesar – La Guajira y Magdalena, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso
los Departamentos de Cesar – La Guajira y Magdalena, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expedien te radicado CNE -E-DG-2022023362
CITREP
ASOC. USUARIOS HOSPITAL
ROSARIO PUMAREJO DE
LÓPEZ
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES
10656003
56 FREDIS ENRIQUE CHARRIS GONZALEZ
CITREP
ASOCIACIÓN
AGROPECUARIOS TRONCAL
DEL CARIBE
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN
CAMPESINA 12561080 JESUS MARIA HENRIQUEZ
CITREP
ASOCIACIÓN
AGROPECUARIOS TRONCAL
DEL CARIBE
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN
CAMPESINA 36552865 NURIS LAUDITH MEDRANO BRITO
CITREP
ASOCIACIÓN DE ASPIRANTES
AL RETORNO DEL PREDIO
"RENACER"
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS 72279493 ADNER TOVAR ANDRADE
CITREP
ASOCIACIÓN DE ASPIRANTES
AL RETORNO DEL PREDIO
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS 72279493 ADNER TOVAR ANDRADE
CITREP
ASOCIACIÓN DE ASPIRANTES
AL RETORNO DEL PREDIO
"RENACER"
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIÓN DE
VÍCTIMAS
10828592
59 YENIFER ESTHER
DOMINGUE
Z OROZCO
CITREP PAÍS DE POCABUY
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 7604215 ERNESTO FIDEL VILLA SANCHEZ
CITREP PAÍS DE POCABUY
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 27005356 NELCYDA JUDITH VILLERO MOLINA
CITREP
FUNDACIÓN DE DESPLAZADOS
DE ARACATACA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES
10101749
44 CARLOS HUGO PIRO VITULLO
CITREP
FUNDACIÓN DE DESPLAZADOS
DE ARACATACA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES
10847306
97 VANESSA JIMENEZ AMARIS
CITREP FUNDACIÓN PESCAITO
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES
10847306
97 VANESSA JIMENEZ AMARIS
CITREP FUNDACIÓN PESCAITO
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 84456542 MAXIMO JOSE POLO PEREZ
CITREP FUNDACIÓN PESCAITO
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 36562991 PATRICIA ELENA OBREGON MORAN
CITREP FUNDACIÓN HUELLA NATIVA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES
10829816
78 CLAUDIA ALEJANDRA VASQUEZ GONZALEZ
CITREP FUNDACIÓN HUELLA NATIVA
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 19597974 DAIMER ELIAS DANGOND DE LA CRUZ
CITREP FUNDACIÓN MVC
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 18970507 YAMIL ERNESTO SILVA BASTIDAS
CITREP FUNDACIÓN MVC
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES
10829075
26 KATHERIN VANESA
CASTRILLO
N ESCALANTE
CITREP FUNDACIÓN AYUDÉMOSNOS
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
MAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES
10829075
26 KATHERIN VANESA
CASTRILLO
N ESCALANTE
CITREP FUNDACIÓN AYUDÉMOSNOS
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES
10829582
47 ALDO DE JESUS SIERRA ROMERO
CITREP FUNDACIÓN AYUDÉMOSNOS
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 52477089 ALEJANDRA MARIA CORTES RODRIGUEZ
CITREP
FUNDACIÓN DE MUJERES
DESPLAZADAS Y VÍCTIMAS
POR EL CONFLICTO
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES 12539040 WILLIAM ALFONSO RUIZ MIRANDA
CITREP
FUNDACIÓN DE MUJERES
DESPLAZADAS Y VÍCTIMAS
POR EL CONFLICTO
CIRCUNSCRIPCIÓN 12
(CESAR - LA GUAJIRAMAGDALENA)
ORGANIZACIONES
SOCIALES
11188417
25 JANINA NAZIRA DUARTE PINTO
1.2. A través de acta de reparto No. 12 de fecha 20 de octubre de 2022, le correspondió a la suscrita Magistrada Alba Lucia Velásquez Hernandez, actuar como ponente del presente asunto, que fuera radicado con el número CNE-E-DG-2022-023362
suscrita Magistrada Alba Lucia Velásquez Hernandez, actuar como ponente del presente asunto, que fuera radicado con el número CNE-E-DG-2022-023362
1.3. Mediante correo electrónico el Despacho Instructor solicitó a la Direccion de Gestion Electoral de la Registraduria General del Estado Civil, copia del formulario E-6, E-7 Y E8 correspondiente a los candidatos inscritos por la Organizaciones que conforman la CITREP de los departamentos del Cesar - La Guajira y Magdalena, mismos que fueron allegados mediante oficio No. RNEC-S-2023-0132290
2. COMPETENCIA
De acuerdo con el artículo 39 de la Ley 130 de 1994, y según lo presupuestado en el artículo 265 Constitucional, esta Corpo ración es competente para adelantar las investigaciones administrativas paras verificar el estricto cumplimiento de las normas contenidas en la leyResolución 00522 de 2024 Página 4 de 22 Por medio del cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa frente a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y las organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 12 de los Departamentos de Cesar – La Guajira y Magdalena, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expedien te radicado CNE -E-DG-2022023362
electoral y para sancionar con multas su incumplimiento. Ahora bien, el procedimiento
de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expedien te radicado CNE -E-DG-2022023362
electoral y para sancionar con multas su incumplimiento. Ahora bien, el procedimiento administrativo tendien te a investigar y sancionar a partidos políticos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos se encuentra regulado en el artículo 13 de la Ley 1475 de 2011.
Con relación a la presentación de informes de ingresos y gastos de campañas electorales, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 establece el término que tienen los candidatos a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, así como las organizaciones promotoras de las listas que hayan avalado sus correspondientes candidaturas, señalando que en el primer caso deberán hacerlo ante la colectividad dentro del mes siguiente a la fecha de la elección, mientras que, en el segundo caso, éstas consolidarán la información y la presentarán dentro de los dos (2) meses siguientes ante el Consejo Naci onal Electoral, so pena de que, al realizarse fuera de tales lapsos, se entienda hecha extemporáneamente, o bien al no realizarse, dé lugar a la aplicación de las sanciones respectivas.
Adicionalmente, con relación al conocimiento de recursos de reposició n interpuestos contra decisiones de ésta Corporación, es la misma Sala Plena, conforme señala el artículo 74 1 del CPACA, la que habrá de conocerlos y decidirlos.
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
3.1. LEY 1475 DE 2011
(…)
ARTÍCULO 25. ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y PRESENTACIÓN DE
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
3.1. LEY 1475 DE 2011
(…)
ARTÍCULO 25. ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y PRESENTACIÓN DE INFORMES. Los recursos de las campañas electorales cuyo monto máximo de gastos sea superior a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales originados en fuentes de financiación privada serán administrados por los gerentes de campaña designados por los candidatos a los cargos uninominales y a las corporaciones públicas cuando se trate de listas con voto preferente. En los casos de listas cerradas el gerente será designado de común acuerdo por los candidatos o, en su defecto, por el partido, movimiento o comité promotor del grupo significativo de ciudadanos.
(…)
Los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos presentarán ante el Consejo Nacional Electoral los informes consolidados de ingresos y gastos de las campañas electorales en las que hubiere participado dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la votación. Los gerentes de campaña y candidatos deberán presentar ante el respectivo partido, movimiento político o grupo significativo de
1 ARTÍCULO 74. RECURSOS CONTRA LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS. Por regla general, contra los actos definitivos procederán los siguientes recursos:
1. El de reposición, ante quien expidió la decisión para que la aclare, modifique, adicione o revoque.Resolución 00522 de 2024 Página 5 de 22
Por medio del cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa frente a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y las organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 12 de
Por medio del cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa frente a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y las organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 12 de los Departamentos de Cesar – La Guajira y Magdalena, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expedien te radicado CNE -E-DG-2022023362
ciudadanos los informes individuales de ingresos y gastos de sus campañas dentro del mes siguiente a la fecha de la votación.
PARÁGRAFO 1o. Los informes que corresponde presentar a los partidos y movimientos políticos ante el Consejo Nacional Electoral se elaborarán co n base en los informes parciales que les presenten los gerentes y/o candidatos, de conformidad con la reglamentación a que se refiere el artículo anterior. Dichos informes incluirán el manejo dado a los anticipos y los demás gastos realizados con cargo a l os recursos propios.
3.2. RESOLUCIÓN No. 5881 DEL 1 DE OCTUBRE DE 20212
(…)
“ARTÍCULO CAPITULO II
PRESENTACIÓN Y REVISIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE
CAMPAÑA, RECONOCIMIENTO Y PAGO DEL DERECHO A LA REPOSICIÓN DE
GASTOS
ARTÍCULO SÉPTIMO. OBLIGATORIEDAD DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMES
CAMPAÑA, RECONOCIMIENTO Y PAGO DEL DERECHO A LA REPOSICIÓN DE
GASTOS
ARTÍCULO SÉPTIMO. OBLIGATORIEDAD DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE CAMPAÑA. Los candidatos, gerentes de campaña y las Organizaciones Promotoras de Listas deberán presentar de manera obligatoria y en físico, el informe individual y consolidado de ingreso s y gastos de campaña, respectivamente en los términos establecidos en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011. La presentación en formato electrónico del informe de ingresos y gastos de campaña a través del software aplicativo cuentas claras será opcional.
ARTÍCULO OCTAVO. RESPONSABILIDAD Y TÉRMINO PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE CAMPAÑA. Los candidatos a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, son responsables de presentar ante las Organizaciones Promotoras de la Lista, el informe individual de ingresos y gastos de campaña en el término establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011.
Las organizaciones promotoras de la lista presentarán al Consejo Nacional Electoral por conducto del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales o los Tribunales Electorales Transitorios de Paz el informe consolidado de ingresos y gastos de las campañas a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz en las que hubieren participado, en los términos establecidos en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011.
PARÁGRAFO. Las Organizaciones Promotoras de la lista al momento de la radicación
hubieren participado, en los términos establecidos en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011.
PARÁGRAFO. Las Organizaciones Promotoras de la lista al momento de la radicación de los informes de ingresos y gastos de campaña, deberán entregar una relación de los candidatos que no cumplieron con su deber de presentar el informe. El Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales remitirá dicha información a la Sala Plena de la Corporación, quien adelantará las investigaciones a las que haya lugar.
(…)”
2 Por medio de la cual se establece el procedimiento para el registro de libros contables, la presentación de informes de ingresos y gastos de campañas electorales, y la reposición de gastos de campaña para las elecciones de las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes 2022-2026 y 2026-2030.Resolución 00522 de 2024 Página 6 de 22 Por medio del cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa frente a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y las organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 12 de los Departamentos de Cesar – La Guajira y Magdalena, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expedien te radicado CNE -E-DG-2022023362
4. ACERVO PROBATORIO
de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expedien te radicado CNE -E-DG-2022023362
4. ACERVO PROBATORIO
4.1. Oficio CNE-I-2022-007267-FNFPCE-900 de 7 de octubre de 2022 suscrito por la doctora Zamira Gómez Carrillo, Asesora del Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral, el cual relaciona a los candidatos a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 12 que no presentaron el informe de ingresos y gastos de sus respectivas campañas en el marco de las elecciones celebradas el 13 de marzo del año 2022, en atención a la obligación dispuesta en el a rtículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y en los artículos 7° y 8° de la Resolución No. 5881 de 2021.
4.2. Formularios E -6, E -7 y E8 correspondientes a los candidatos inscritos por por la Organizaciones que conforman la CITREP de los departamentos del Cesar - La Guajira y Magdalena
5. CONSIDERACIONES
5.1. Problema Jurídico
De acuerdo con la situación objeto de estudio, corresponde a esta Sala Plena determinar si, con ocasión a no haber presentado el respectivo informe de ingresos y gastos de campaña algunos excandidatos a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 12 de los Departamentos de Cesar – La Guajira y Magdalena , en los términos señalados por el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y la Resolución No. 5881 de 2021
Especial de Paz No. 12 de los Departamentos de Cesar – La Guajira y Magdalena , en los términos señalados por el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y la Resolución No. 5881 de 2021 del Consejo Nacional Electoral; existe mérito suficiente para considerar que l os ciudadanos pudieron haber trasgredido el ordenamiento jurídico respecto de la financiación de campañas políticas, y si como consecuencia de ello debe in iciárseles actuación administrativa sancionatoria.
Así mismo, debe la Sala de ésta Corporación establecer si las organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 01, que avalaron las candidaturas relacionadas, tuv ieron responsabilidad en la omisión objeto de estudio, y con ello incurrieron en falta a la misma prerrogativa legal.Resolución 00522 de 2024 Página 7 de 22 Por medio del cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa frente a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y las organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 12 de los Departamentos de Cesar – La Guajira y Magdalena, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expedien te radicado CNE -E-DG-2022023362
Para absolver tales cuestionamientos se expondrá de manera general lo relacionado con los deberes señalados por el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 respecto de la financiación de
023362
Para absolver tales cuestionamientos se expondrá de manera general lo relacionado con los deberes señalados por el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 respecto de la financiación de campañas políticas, para, finalmente, examinar el caso concreto.
5.2. Respecto de los deberes señalados en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011
Sobre la presentación del informe de ingresos y gastos de la campaña
El inciso quinto del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 establece la obligación que tienen los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos de presentar ante el Consejo Nacional Electoral, los informes consolidados de ingresos y gastos de las campañas electorales en las que hubieren participado, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de votación, los cuales deben ser elaborados a partir de los informes parciales que les presentan los gerentes y/o candidatos dentro del mes siguiente a la fecha de votación, también de forma obligatoria.
De lo expuesto se colige que, en la norma se establecieron deberes y responsabilidades individuales respecto a las organizaciones políticas, los candidatos y los gerentes, con relación a la presentación de informes de ingresos y gastos de campañas electorales, específicamente para conocer sobre el volumen, origen y destino de los recursos de campañas, con el fin de garantizar la materialización de los princi pios de transparencia, moralidad e igualdad en el debate electoral, existiendo dos momentos para su total cumplimiento:
- El primero, le corresponde a los gerentes y los candidatos, presentar informes individuales dentro del mes siguiente a la fecha de vota ción, ante el partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos que los avaló; y
- El primero, le corresponde a los gerentes y los candidatos, presentar informes individuales dentro del mes siguiente a la fecha de vota ción, ante el partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos que los avaló; y
- El segundo, es responsabilidad de los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, presentar ante el Consejo Nacional Electoral, el informe consolidado de ingresos y gastos en las campañas en las que hubiere participado, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de votación.
Ahora bien, con relación a las campañas relacionadas con las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz (CITREP), la Corporación reglamentó la obligación contenida en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 de manera especial a través de la Resolución No. 5881 del año 2021, mediante la cual dispuso expresamente, lo siguiente:Resolución 00522 de 2024 Página 8 de 22 Por medio del cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa frente a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y las organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 12 de los Departamentos de Cesar – La Guajira y Magdalena, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expedien te radicado CNE -E-DG-2022023362
(…)
“ARTÍCULO SÉPTIMO. OBLIGATORIEDAD DE LA PRESENTACIÓN DE
023362
(…)
“ARTÍCULO SÉPTIMO. OBLIGATORIEDAD DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE CAMPAÑA. Los candidatos, gerentes de campaña y las Organizaciones Promotoras de Listas deberán presentar de manera obligatoria y en físico, el informe individual y consolidado de ingreso s y gastos de campaña, respectivamente en los términos establecidos en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011.
La presentación en formato electrónico del informe de ingresos y gastos de campaña a través del software aplicativo cuentas claras será opcional.
ARTÍCULO OCTAVO. RESPONSABILIDAD Y TÉRMINO PARA LA
PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE CAMPAÑA.
Los candidatos a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, son responsables de presentar ante las Organizaciones Promotoras de la Lista, el informe individual de ingresos y gastos de campaña en el término establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011.
Las organizaciones promotoras de la lista presentarán al Consejo Nacional Electoral por conducto del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales o los Tribunales Electorales Transitorios de Paz el informe consolidado de ingresos y gastos de las campañas a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz en las que hubi
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