CNE - Resolución 01112 de 2024
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 01112 de 2024
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN No. 01112 DE 2024 (7 de febrero)
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones , conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018, la Resolución No. 3134 de 2018, modificada por la Resolución No. 3941 de 20 19, y en consideración a las siguientes:
CONSIDERACIONES
Que, el artículo 112 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo No. 1 de 2003, establece que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que se declaren en oposición al gobierno, podrán ejercer libremente la función crítica frente a éste, así como plantear y desarrollar alternativas políticas, además, la norma constitucional señala que, para el ejercicio de la oposición, las organizaciones políticas tendrán acceso a la información y documentación oficial con las restricciones constitucionales y legales, al uso de los medios de comunicación social del Estado o en aquellos que hagan uso del espectro electromagnético, al derecho a la réplica en los mismos medios de comunicación y a participar
información y documentación oficial con las restricciones constitucionales y legales, al uso de los medios de comunicación social del Estado o en aquellos que hagan uso del espectro electromagnético, al derecho a la réplica en los mismos medios de comunicación y a participar en las mesas directivas de los cuerpos colegiados, según su representación en ellos, entre otros aspectos.
Que, en desarrollo del artículo 152 constitucional y en virtud del procedimiento legislativo especial para la paz, fue expedida la Ley 1909 del 9 de julio de 2018, mediante la cual se adoptó el estatuto de la oposición y algunos derechos de las organizaciones políticas independientes, ese estatuto, está dirigido al ejercicio y la protección especial del derecho a la oposición, siendo un claro desarrollo de lo dispuesto en el artículo 112 Superior, en el cual se reconoce a los partidos y movimientos políticos con personería jurídica como titulares de determinadas garantías para el ejercicio de la oposición política, así como también derivado de la interpretación que ha realizado la jurisprudencia constitucional, dichos derechos también se le reconocen a determinadas organizaciones políticas independientes.Resolución No. 01112 de 2024 Página 2 de 5
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunsc ripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunsc ripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
Que, la citada Ley, reguló, en su artículo sexto la presentación de las declaraciones políticas por parte de las Organizaciones Políticas, estableciendo que “ Dentro del mes siguiente al inicio del Gobierno , so pena de considerarse falta al régimen contenido en la Ley 1475 de 2011 y ser san cionadas de oficio por la Autoridad Electoral, las organizaciones políticas deberán optar por: 1. Declararse en oposición. 2. Declararse independiente. 3. Declararse organización de gobierno. Las organizaciones políticas que inscribieron al candidato electo como Presidente de la República, gobernador o alcalde se tendrán como de gobierno o en coalición de gobierno. En consecuencia, mientras dure su mandato no podrán acceder a los derechos que se le reconocen a las organizaciones políticas de oposición o independientes, en la presente ley. Parágrafo. Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.
Que, en cuanto a las declaraciones políticas de oposición, independencia o gobierno, que realicen las organizaciones políticas, en los términos del artículo 9° de la Ley 1909 de 2018, deberán registrarse ante la correspondiente Autoridad Electoral, para su respectiva inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas.
Que, mediante la Resolución No. 3587 del 04 de agosto de 2022, el Consejo Nacional Electoral
en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas.
Que, mediante la Resolución No. 3587 del 04 de agosto de 2022, el Consejo Nacional Electoral declaró cuáles partidos y movimientos políticos conservaron la personería jurídica con ocasión de las elecciones para Congreso de la República efectuadas el 13 de marzo de 2022, entre los cuales figura el MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA.
Que, los siguientes candidatos elegidos fueron avalados o inscritos en coalición por el MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA, como gobernadores y alcaldes en las elecciones territoriales realizadas el 29 de octubre de 2023:
Departamento Municipio Circunscripción Tipo de inscripción Candidato Electo
HUILA - DEPARTAMENTAL COALICIÓN RODRIGO VILLALBA MOSQUERA
TOLIMA - DEPARTAMENTAL COALICIÓN ADRIANA MAGALI MATIZ VARGAS
VALLE - DEPARTAMENTAL COALICIÓN DILIAN FRANCISCA TORO TORRES
ANTIOQUIA ANORÍ MUNICIPAL COALICIÓN GUSTAVO ALFREDO SILVA GUTIÉRREZ
ANTIOQUIA CAMPAMENTO MUNICIPAL COALICIÓN CRISTIAN ANDRÉS AGUDELO POSADA
ANTIOQUIA LA PINTADA MUNICIPAL COALICIÓN HERMAN ANTONIO CORREA BEDOYA
ANTIOQUIA URRAO MUNICIPAL COALICIÓN NILSON JAVIER BARRERA HOLGUÍN
BOYACÁ CHIQUINQUIRÁ MUNICIPAL COALICIÓN JEFFERSON LEONARDO CARO CASAS
CAUCA BUENOS AIRES MUNICIPAL AVAL PABLO CESAR PEÑA
BOYACÁ CHIQUINQUIRÁ MUNICIPAL COALICIÓN JEFFERSON LEONARDO CARO CASAS
CAUCA BUENOS AIRES MUNICIPAL AVAL PABLO CESAR PEÑA
CAUCA MIRANDA MUNICIPAL AVAL WALTER ZÚÑIGA BARONA
CAUCA SANTANDER DE QUILICHAO MUNICIPAL COALICIÓN LUIS EDUARDO GRIJALBA MUÑOZ
CESAR EL COPEY MUNICIPAL COALICIÓN ASSAD CESAR RAISH GÁMEZ
CESAR TAMALAMEQUE MUNICIPAL COALICIÓN LEONARDO VEGA SÁNCHEZ CHOCO BAGADÓ MUNICIPAL COALICIÓN MARINELA PALOMEQUE SERNA CHOCO EL LITORAL DEL SAN JUAN MUNICIPAL COALICIÓN JHON JAIRO GUTIÉRREZ PRETEL MAGDALENA ARIGUANÍ (EL DIFÍCIL) MUNICIPAL COALICIÓN MARÍA PAOLA ÁLVAREZ PUERTA META CUMARAL MUNICIPAL COALICIÓN JOSÉ ALBEIRO SERNA RESTREPOResolución No. 01112 de 2024 Página 3 de 5
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunsc ripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunsc ripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
NARIÑO EL CHARCO MUNICIPAL AVAL DIANA MILENA PALACIOS ESTUPIÑÁN
NORTE DE SAN DURANIA MUNICIPAL COALICIÓN MARLYN YOHANA MÁRQUEZ RIVERA
PUTUMAYO MOCOA MUNICIPAL COALICIÓN CARLOS HUGO PIEDRAHITA PÉREZ
SANTANDER BARRANCABERMEJA MUNICIPAL COALICIÓN JONATHAN STIVEL VÁSQUEZ GÓMEZ
SANTANDER CURITÍ MUNICIPAL COALICIÓN CARLOS FERNANDO MÁRQUEZ RIBERO
SANTANDER FLORIDABLANCA MUNICIPAL COALICIÓN JOSÉ FERNANDO SÁNCHEZ CARVAJAL
SANTANDER LA PAZ MUNICIPAL COALICIÓN CIELO CARYN DIAZ AMADO
SANTANDER MÁLAGA MUNICIPAL COALICIÓN RUBÉN DARÍO MORENO MÉNDEZ
SANTANDER RIONEGRO MUNICIPAL COALICIÓN HÉCTOR JOHANNY SANTANA MUÑOZ
SANTANDER SOCORRO MUNICIPAL COALICIÓN ÁNGEL ANTONIO ACEVEDO MARTÍNEZ
TOLIMA HERVEO MUNICIPAL COALICIÓN GINA VANESA SILVA BURITICÁ
TOLIMA IBAGUÉ MUNICIPAL COALICIÓN JOHANA XIMENA ARANDA RIVERA
TOLIMA MELGAR MUNICIPAL COALICIÓN RODRIGO HERNÁNDEZ LOZANO
TOLIMA IBAGUÉ MUNICIPAL COALICIÓN JOHANA XIMENA ARANDA RIVERA
TOLIMA MELGAR MUNICIPAL COALICIÓN RODRIGO HERNÁNDEZ LOZANO
TOLIMA NATAGAIMA MUNICIPAL COALICIÓN ASTRID PAVA YARA
TOLIMA ORTEGA MUNICIPAL COALICIÓN DIEGO ARBEY MATIZ GARZÓN
TOLIMA SALDAÑA MUNICIPAL COALICIÓN HERNÁN RIVERA
TOLIMA SAN ANTONIO MUNICIPAL COALICIÓN JOSÉ DAYLER LASSO MOSQUERA
VALLE FLORIDA MUNICIPAL AVAL DIMAS ANTONIO MARTÍNEZ TORO
VALLE ZARZAL MUNICIPAL AVAL ALEXANDER GÓMEZ SALAZAR
Que, conforme a lo expuesto, se procederá de oficio, a realizar la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, como Organización de Gobierno, en los departamentos y municipios donde el MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA avaló o inscribió en coalición, a los gobernadores y alcaldes electos en las elecciones territoriales realizadas el 29 de octubre de 2023, conforme el cuadro que antecede.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO . INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA , como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en las siguientes circunscripciones, conforme a lo expuesto:
Departamento Municipio Circunscripción Declaración
DEMOCRÁTICA AMPLIA , como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en las siguientes circunscripciones, conforme a lo expuesto:
Departamento Municipio Circunscripción Declaración
HUILA - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
TOLIMA - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
VALLE - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
ANTIOQUIA ANORÍ MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA CAMPAMENTO MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA LA PINTADA MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA URRAO MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ CHIQUINQUIRÁ MUNICIPAL GOBIERNO
CAUCA BUENOS AIRES MUNICIPAL GOBIERNO
CAUCA MIRANDA MUNICIPAL GOBIERNO
CAUCA SANTANDER DE QUILICHAO MUNICIPAL GOBIERNO
CESAR EL COPEY MUNICIPAL GOBIERNO
CESAR TAMALAMEQUE MUNICIPAL GOBIERNO
CHOCO BAGADÓ MUNICIPAL GOBIERNO CHOCO EL LITORAL DEL SAN JUAN MUNICIPAL GOBIERNO MAGDALENA ARIGUANÍ (EL DIFÍCIL) MUNICIPAL GOBIERNOResolución No. 01112 de 2024 Página 4 de 5
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y
municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunsc ripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
META CUMARAL MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO EL CHARCO MUNICIPAL GOBIERNO
NORTE DE SAN DURANIA MUNICIPAL GOBIERNO
PUTUMAYO MOCOA MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER BARRANCABERMEJA MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER CURITÍ MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER FLORIDABLANCA MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER LA PAZ MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER MÁLAGA MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER RIONEGRO MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER SOCORRO MUNICIPAL GOBIERNO
TOLIMA HERVEO MUNICIPAL GOBIERNO
TOLIMA IBAGUÉ MUNICIPAL GOBIERNO
TOLIMA MELGAR MUNICIPAL GOBIERNO
TOLIMA NATAGAIMA MUNICIPAL GOBIERNO
TOLIMA ORTEGA MUNICIPAL GOBIERNO
TOLIMA SALDAÑA MUNICIPAL GOBIERNO
TOLIMA SAN ANTONIO MUNICIPAL GOBIERNO
VALLE FLORIDA MUNICIPAL GOBIERNO
VALLE ZARZAL MUNICIPAL GOBIERNO
ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos
VALLE ZARZAL MUNICIPAL GOBIERNO
ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA a la siguiente dirección:
No. ORGANIZACIÓN POLÍTICA REPRESENTANTE LEGAL DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE
1 MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA
AMPLIA PAULINO RIASCOS RIASCOS
Carrera 7 N° 26-62, oficina 1101 Edificio Quimbaya Centro Internacional Bogotá D.C
ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.
ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la DIRECCIÓN DE VIGILANCIA E INSPECCIÓN ELECTORAL, mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia.
ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los gobernadores y alcaldes referidos en el numeral primero de la parte resolutiva , así como a las respectivas Corporaciones Públicas.Resolución No. 01112 de 2024 Página 5 de 5
Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los gobernadores y alcaldes referidos en el numeral primero de la parte resolutiva , así como a las respectivas Corporaciones Públicas.Resolución No. 01112 de 2024 Página 5 de 5
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al MOVIMIENTO ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunsc ripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.
Dada en Bogotá D.C., a los siete (7) días del mes de febrero de dos mil dos veinticuatro (2024).
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ
Presidente
MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL
Vicepresidenta
Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.
Aprobada en Sesión de Sala Plena del 7 de febrero de 2024
por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.
Aprobada en Sesión de Sala Plena del 7 de febrero de 2024 Vo.Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaría Técnica de Sala CNE Revisó: Reynel David de La Rosa Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Especializado