CNE - Resolución 01120 de 2024
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 01120 de 2024
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN No. 01120 DE 2024 (7 de febrero)
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde , en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018, la Resolución No. 3134 de 2018, modificada por la Resolución No. 3941 de 20 19, y en consideración a las siguientes:
CONSIDERACIONES
Que, el artículo 112 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo No. 1 de 2003, establece que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que se declaren en oposición al gobierno, podrán ejercer libremente la función crítica frente a éste, así como plantear y desarrollar alternativas políticas, además, la norma constitucional señala que, para el ejercicio de la oposición, las organizaciones políticas tendrán acceso a la información y documentación oficial con las restricciones constitucionales y legales, al uso de los medios de comunicación social del Estado o en aquellos que hagan uso del espectro electromagnético, al derecho a la réplica en los mismos medios de comunicación y a participar
información y documentación oficial con las restricciones constitucionales y legales, al uso de los medios de comunicación social del Estado o en aquellos que hagan uso del espectro electromagnético, al derecho a la réplica en los mismos medios de comunicación y a participar en las mesas directivas de los cuerpos colegiados, según su representación en ellos, entre otros aspectos.
Que, en desarrollo del artículo 152 constitucional y en virtud del procedimiento legislativo especial para la paz, fue expedida la Ley 1909 del 9 de julio de 2018, mediante la cual se adoptó el estatuto de la oposición y algunos derechos de las organizaciones políticas independientes, ese estatuto, está dirigido al ejercicio y la protección especial del derecho a la oposición, siendo un claro desarrollo de lo dispuesto en el artículo 112 Superior, en el cual se reconoce a los partidos y movimientos políticos con personería jurídica como titulares de determinadas garantías para el ejercicio de la oposición política, así como también derivado de la interpretación que ha realizado la jurisprudencia constitucional, dichos derechos también se le reconocen a determinadas organizaciones políticas independientes.Resolución No. 01120 de 2024 Página 2 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
Que, la citada Ley, reguló, en su artículo sexto la presentación de las declaraciones políticas por parte de las Organizaciones Políticas, estableciendo que “ Dentro del mes siguiente al inicio del Gobierno , so pena de considerarse falta al régimen contenido en la Ley 1475 de 2011 y ser san cionadas de oficio por la Autoridad Electoral, las organizaciones políticas deberán optar por: 1. Declararse en oposición. 2. Declararse independiente. 3. Declararse organización de gobierno. Las organizaciones políticas que inscribieron al candidato electo como Presidente de la República, gobernador o alcalde se tendrán como de gobierno o en coalición de gobierno. En consecuencia, mientras dure su mandato no podrán acceder a los derechos que se le reconocen a las organizaciones políticas de oposición o independientes, en la presente ley. Parágrafo. Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.
Que, en cuanto a las declaraciones políticas de oposición, independencia o gobierno, que realicen las organizaciones políticas, en los términos del artículo 9° de la Ley 1909 de 2018, deberán registrarse ante la correspondiente Autoridad Electoral, para su respectiva inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas.
Que, mediante la Resolución No. 4033 de 2022, el Consejo Nacional Electoral reconoció personería jurídica al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO.
Que, mediante la Resolución No. 4033 de 2022, el Consejo Nacional Electoral reconoció personería jurídica al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO.
Que, los siguientes candidatos elegidos fueron avalados o inscritos en coalición por el PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO , como gobernadores y alcaldes en las elecciones territoriales realizadas el 29 de octubre de 2023:
Departamento Municipio Circunscripción Tipo de inscripción Candidato Electo
CUNDINAMARCA - DEPARTAMENTAL COALICIÓN JORGE EMILIO REY ÁNGEL
LA GUAJIRA - DEPARTAMENTAL COALICIÓN JAIRO ALFONSO AGUILAR DELUQUE
VALLE - DEPARTAMENTAL COALICIÓN DILIAN FRANCISCA TORO TORRES
ANTIOQUIA ANGELÓPOLIS MUNICIPAL COALICIÓN JOSÉ LUIS MONTOYA QUICENO
ANTIOQUIA ANTIOQUIA MUNICIPAL COALICIÓN YAMID CARVAJAL CARVAJAL
ANTIOQUIA GUARNE MUNICIPAL COALICIÓN DIEGO MAURICIO GRISALES GALLEGO
ANTIOQUIA JERICÓ MUNICIPAL COALICIÓN SEBASTIAN GARCÉS PIEDRAHITA
ANTIOQUIA LA ESTRELLA MUNICIPAL COALICIÓN CARLOS MARIO GUTIÉRREZ ARRUBLA
ANTIOQUIA LA UNIÓN MUNICIPAL COALICIÓN CARMEN JUDITH VALENCIA MORENO
ANTIOQUIA NECOCLÍ MUNICIPAL COALICIÓN GUILLERMO JOSÉ CARDONA MORENO
ANTIOQUIA PUERTO BERRIO MUNICIPAL COALICIÓN ROBINSON ALBERTO BAENA ZULUAGA
ANTIOQUIA NECOCLÍ MUNICIPAL COALICIÓN GUILLERMO JOSÉ CARDONA MORENO
ANTIOQUIA PUERTO BERRIO MUNICIPAL COALICIÓN ROBINSON ALBERTO BAENA ZULUAGA
ANTIOQUIA PUERTO TRIUNFO MUNICIPAL COALICIÓN FRANKLIN PORTILLO GÓMEZ
ANTIOQUIA SANTA BARBARA MUNICIPAL COALICIÓN JORGE MARIO QUINTANA CAÑAVERAL
ANTIOQUIA URAMITA MUNICIPAL AVAL LEONARDO ÚSUGA CORREA ATLÁNTICO SOLEDAD MUNICIPAL COALICIÓN ALCIRA PAOLA SANDOVAL IBÁÑEZ BOLÍVAR CARTAGENA MUNICIPAL COALICIÓN DUMEK JOSÉ TURBAY PAZResolución No. 01120 de 2024 Página 3 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
CHOCO NOVITA MUNICIPAL COALICIÓN ALBERTO WILLIAMS RIVAS ASPRILLA
CHOCO UNGUIA MUNICIPAL COALICIÓN MARLON ALBERTO GIL SALINAS
CUNDINAMARCA AGUA DE DIOS MUNICIPAL AVAL ELIANA ANDREA MANZANARES GÓNGORA
CHOCO UNGUIA MUNICIPAL COALICIÓN MARLON ALBERTO GIL SALINAS
CUNDINAMARCA AGUA DE DIOS MUNICIPAL AVAL ELIANA ANDREA MANZANARES GÓNGORA
CUNDINAMARCA ALBAN MUNICIPAL COALICIÓN GERMAN ENRIQUE ESPITIA CRUZ
CUNDINAMARCA APULO MUNICIPAL COALICIÓN JOSÉ IGNACIO SANTOYA CHAPARRO
CUNDINAMARCA BELTRAN MUNICIPAL COALICIÓN NURY BARRAGÁN SUAREZ
CUNDINAMARCA CACHIPAY MUNICIPAL COALICIÓN LUIS ORLANDO GARZÓN ACUÑA
CUNDINAMARCA CAJICÁ MUNICIPAL COALICIÓN FABIOLA JACOME RINCÓN
CUNDINAMARCA CHÍA MUNICIPAL COALICIÓN LEONARDO DONOSO RUIZ
CUNDINAMARCA CHIPAQUE MUNICIPAL COALICIÓN DAISY JHOANA MORENO MORA
CUNDINAMARCA CHOCONTÁ MUNICIPAL COALICIÓN JAVIER GARZÓN FARFÁN
CUNDINAMARCA COGUA MUNICIPAL COALICIÓN CRISTIAN CHÁVEZ SALAS
CUNDINAMARCA COTA MUNICIPAL COALICIÓN NÉSTOR ORLANDO BALSERO GARCÍA
CUNDINAMARCA FOSCA MUNICIPAL COALICIÓN MILTON ALBINO BARBOSA REY
CUNDINAMARCA FUNZA MUNICIPAL COALICIÓN JEIMMY SULGEY VILLAMIL BUITRAGO
CUNDINAMARCA GACHALÁ MUNICIPAL COALICIÓN PEDRO ANTONIO RODRÍGUEZ ROJAS
CUNDINAMARCA FUNZA MUNICIPAL COALICIÓN JEIMMY SULGEY VILLAMIL BUITRAGO
CUNDINAMARCA GACHALÁ MUNICIPAL COALICIÓN PEDRO ANTONIO RODRÍGUEZ ROJAS
CUNDINAMARCA GACHANCIPÁ MUNICIPAL COALICIÓN ALFONSO LÓPEZ SÁNCHEZ
CUNDINAMARCA GACHETA MUNICIPAL COALICIÓN DANIEL ORLANDO BELTRAN BELTRAN
CUNDINAMARCA GAMA MUNICIPAL COALICIÓN ERNESTO AVELINO RUIZ MARTÍNEZ
CUNDINAMARCA GUACHETÁ MUNICIPAL COALICIÓN PABLO ENRIQUE QUICAZAN BALLESTEROS
CUNDINAMARCA GUASCA MUNICIPAL COALICIÓN WILFRIDO RAFAEL COTES PRADA
CUNDINAMARCA LA VEGA MUNICIPAL COALICIÓN FABIO NELSON BERMÚDEZ CORREA
CUNDINAMARCA MANTA MUNICIPAL COALICIÓN LUIS FELIPE VÁSQUEZ LEÓN
CUNDINAMARCA NARIÑO MUNICIPAL AVAL LUZ ASTRID OLARTE ZARTA
CUNDINAMARCA NEMOCÓN MUNICIPAL COALICIÓN CRISTIAN CAMILO CARRILLO CHACÓN
CUNDINAMARCA PACHO MUNICIPAL COALICIÓN CARLOS JAVIER DIAZ SÁNCHEZ CUNDINAMARCA PAIME MUNICIPAL COALICIÓN LUIS FELIPE ROMERO DIAZ CUNDINAMARCA PARATEBUENO (LA NAGUAYA) MUNICIPAL COALICIÓN NORBERTO NOREÑA BERMEO
CUNDINAMARCA RICAURTE MUNICIPAL COALICIÓN CAMPO ELÍAS PRADA ORTIZ
CUNDINAMARCA PARATEBUENO (LA NAGUAYA) MUNICIPAL COALICIÓN NORBERTO NOREÑA BERMEO
CUNDINAMARCA RICAURTE MUNICIPAL COALICIÓN CAMPO ELÍAS PRADA ORTIZ
CUNDINAMARCA SAN CAYETANO MUNICIPAL COALICIÓN LUIS ALEJANDRO RONCANCIO RINCÓN
CUNDINAMARCA SESQUILÉ MUNICIPAL COALICIÓN ELSA QUINTERO MARTÍNEZ
CUNDINAMARCA SILVANIA MUNICIPAL COALICIÓN JOSÉ RICARDO PULIDO GARZÓN
CUNDINAMARCA SUBACHOQUE MUNICIPAL COALICIÓN JORGE ALBERTO CAMACHO LIZARAZO
CUNDINAMARCA SUPATÁ MUNICIPAL COALICIÓN WILMAR JAMITH QUITIAN CHILA
CUNDINAMARCA SUTATAUSA MUNICIPAL COALICIÓN JHONATAN RICARDO OJEDA BARRERA
CUNDINAMARCA TABIO MUNICIPAL COALICIÓN CARLOS JAVIER JULIO TORRES
CUNDINAMARCA TENA MUNICIPAL AVAL CAROLINA NIÑO ARDILA
CUNDINAMARCA TIBACUY MUNICIPAL COALICIÓN EDUAR JAVIER SERRANO ORJUELA
CUNDINAMARCA VERGARA MUNICIPAL COALICIÓN ANA MARÍA MAHECHA OLARTE
CUNDINAMARCA VILLAPINZON MUNICIPAL COALICIÓN GILDARDO ANSISAR MELO GARNICA
CUNDINAMARCA VILLETA MUNICIPAL COALICIÓN YOSIMAR REYES ACEVEDO
CUNDINAMARCA ZIPACÓN MUNICIPAL COALICIÓN EDUARD HERNÁN CORREA SARMIENTO
CUNDINAMARCA VILLETA MUNICIPAL COALICIÓN YOSIMAR REYES ACEVEDO
CUNDINAMARCA ZIPACÓN MUNICIPAL COALICIÓN EDUARD HERNÁN CORREA SARMIENTO
LA GUAJIRA RIOHACHA MUNICIPAL COALICIÓN GENARO DAVID REDONDO CHOLES
LA GUAJIRA URIBIA MUNICIPAL COALICIÓN JAIME LUIS BUITRAGO GARCÍA
MAGDALENA SALAMINA MUNICIPAL AVAL EDUIN JAVIER PABÓN CHARRIS
MAGDALENA SITIONUEVO MUNICIPAL AVAL ALFREDO ANTONIO NAVARRO MANGA
QUINDÍO ARMENIA MUNICIPAL COALICIÓN JAMES PADILLA GARCÍA
SANTANDER CIMITARRA MUNICIPAL COALICIÓN LUIS HERNANDO SANTAMARIA ARIZA
VALLE BUENAVENTURA MUNICIPAL COALICIÓN LIGIA DEL CARMEN CÓRDOBA MARTÍNEZ
VALLE OBANDO MUNICIPAL COALICIÓN DIEGO ARMANDO ORTIZ BUITRAGO VALLE TORO MUNICIPAL AVAL JHON FREDY VALENCIA BEDOYA VAUPÉS CARURÚ MUNICIPAL AVAL JOSÉ ANTONIO FANDIÑO RODRÍGUEZResolución No. 01120 de 2024 Página 4 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo
Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
Que, conforme a lo expuesto, se procederá de oficio, a realizar la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, como Organización de Gobierno, en los departamentos y municipios donde el PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO avaló o inscribió en coalición, a los gobernadores y alcaldes electos en las elecciones territoriales realizadas el 29 de octubre de 2023, conforme el cuadro que antecede.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO . INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en las siguientes circunscripciones, conforme a lo expuesto:
Departamento Municipio Circunscripción Declaración
CUNDINAMARCA - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
LA GUAJIRA - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
VALLE - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
ANTIOQUIA ANGELÓPOLIS MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA ANTIOQUIA MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA GUARNE MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA JERICÓ MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA ANTIOQUIA MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA GUARNE MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA JERICÓ MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA LA ESTRELLA MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA LA UNIÓN MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA NECOCLÍ MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA PUERTO BERRIO MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA PUERTO TRIUNFO MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA SANTA BARBARA MUNICIPAL GOBIERNO
ANTIOQUIA URAMITA MUNICIPAL GOBIERNO
ATLÁNTICO SOLEDAD MUNICIPAL GOBIERNO
BOLÍVAR CARTAGENA MUNICIPAL GOBIERNO
CHOCO NOVITA MUNICIPAL GOBIERNO
CHOCO UNGUIA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA AGUA DE DIOS MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA ALBAN MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA APULO MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA BELTRAN MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA CACHIPAY MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA CAJICÁ MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA CHÍA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA CHIPAQUE MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA CHOCONTÁ MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA COGUA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA COTA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA CHOCONTÁ MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA COGUA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA COTA MUNICIPAL GOBIERNO CUNDINAMARCA FOSCA MUNICIPAL GOBIERNO CUNDINAMARCA FUNZA MUNICIPAL GOBIERNOResolución No. 01120 de 2024 Página 5 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
CUNDINAMARCA GACHALÁ MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA GACHANCIPÁ MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA GACHETA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA GAMA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA GUACHETÁ MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA GUASCA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA LA VEGA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA MANTA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA NARIÑO MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA NEMOCÓN MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA PACHO MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA NARIÑO MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA NEMOCÓN MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA PACHO MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA PAIME MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA PARATEBUENO (LA NAGUAYA) MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA RICAURTE MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA SAN CAYETANO MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA SESQUILÉ MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA SILVANIA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA SUBACHOQUE MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA SUPATÁ MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA SUTATAUSA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA TABIO MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA TENA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA TIBACUY MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA VERGARA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA VILLAPINZON MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA VILLETA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA ZIPACÓN MUNICIPAL GOBIERNO
LA GUAJIRA RIOHACHA MUNICIPAL GOBIERNO
LA GUAJIRA URIBIA MUNICIPAL GOBIERNO
MAGDALENA SALAMINA MUNICIPAL GOBIERNO
MAGDALENA SITIONUEVO MUNICIPAL GOBIERNO
QUINDÍO ARMENIA MUNICIPAL GOBIERNO
MAGDALENA SALAMINA MUNICIPAL GOBIERNO
MAGDALENA SITIONUEVO MUNICIPAL GOBIERNO
QUINDÍO ARMENIA MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER CIMITARRA MUNICIPAL GOBIERNO
VALLE BUENAVENTURA MUNICIPAL GOBIERNO
VALLE OBANDO MUNICIPAL GOBIERNO
VALLE TORO MUNICIPAL GOBIERNO
VAUPÉS CARURÚ MUNICIPAL GOBIERNO
ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO al siguiente correo electrónico:Resolución No. 01120 de 2024 Página 6 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
No. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA REPRESENTANTE LEGAL DIRECCIÓN
SEDE CIUDAD SEDE MAIL
1 PARTIDO DEMÓCRATA
dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
No. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA REPRESENTANTE LEGAL DIRECCIÓN
SEDE CIUDAD SEDE MAIL
1 PARTIDO DEMÓCRATA
COLOMBIANO
PEDRO ADÁN TORRES
PÉREZ Cra. 8A No. 19-47 Atlántico partidodemocrata2022@gmail.com
ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.
ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la DIRECCIÓN DE VIGILANCIA E INSPECCIÓN ELECTORAL, mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia.
ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los gobernadores y alcaldes referidos en el numeral primero de la parte resolutiva , así como a las respectivas Corporaciones Públicas.
ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.
Dada en Bogotá D.C., a los siete (7) días del mes de febrero de dos mil dos veinticuatro (2024).
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ
Presidente
MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL
Vicepresidenta
ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ
Presidente
MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL
Vicepresidenta
Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.
Aprobada en Sesión de Sala Plena del 7 de febrero de 2024 Vo.Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaría Técnica de Sala CNE Revisó: Reynel David de La Rosa Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Especializado