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CNE - Resolución 01120 de 2024

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 01120 de 2024
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2024

RESOLUCIÓN No. 01120 DE 2024 (7 de febrero)

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde , en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018, la Resolución No. 3134 de 2018, modificada por la Resolución No. 3941 de 20 19, y en consideración a las siguientes:

CONSIDERACIONES

Que, el artículo 112 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo No. 1 de 2003, establece que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que se declaren en oposición al gobierno, podrán ejercer libremente la función crítica frente a éste, así como plantear y desarrollar alternativas políticas, además, la norma constitucional señala que, para el ejercicio de la oposición, las organizaciones políticas tendrán acceso a la información y documentación oficial con las restricciones constitucionales y legales, al uso de los medios de comunicación social del Estado o en aquellos que hagan uso del espectro electromagnético, al derecho a la réplica en los mismos medios de comunicación y a participar

información y documentación oficial con las restricciones constitucionales y legales, al uso de los medios de comunicación social del Estado o en aquellos que hagan uso del espectro electromagnético, al derecho a la réplica en los mismos medios de comunicación y a participar en las mesas directivas de los cuerpos colegiados, según su representación en ellos, entre otros aspectos.

Que, en desarrollo del artículo 152 constitucional y en virtud del procedimiento legislativo especial para la paz, fue expedida la Ley 1909 del 9 de julio de 2018, mediante la cual se adoptó el estatuto de la oposición y algunos derechos de las organizaciones políticas independientes, ese estatuto, está dirigido al ejercicio y la protección especial del derecho a la oposición, siendo un claro desarrollo de lo dispuesto en el artículo 112 Superior, en el cual se reconoce a los partidos y movimientos políticos con personería jurídica como titulares de determinadas garantías para el ejercicio de la oposición política, así como también derivado de la interpretación que ha realizado la jurisprudencia constitucional, dichos derechos también se le reconocen a determinadas organizaciones políticas independientes.Resolución No. 01120 de 2024 Página 2 de 6

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.

que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.

Que, la citada Ley, reguló, en su artículo sexto la presentación de las declaraciones políticas por parte de las Organizaciones Políticas, estableciendo que “ Dentro del mes siguiente al inicio del Gobierno , so pena de considerarse falta al régimen contenido en la Ley 1475 de 2011 y ser san cionadas de oficio por la Autoridad Electoral, las organizaciones políticas deberán optar por: 1. Declararse en oposición. 2. Declararse independiente. 3. Declararse organización de gobierno. Las organizaciones políticas que inscribieron al candidato electo como Presidente de la República, gobernador o alcalde se tendrán como de gobierno o en coalición de gobierno. En consecuencia, mientras dure su mandato no podrán acceder a los derechos que se le reconocen a las organizaciones políticas de oposición o independientes, en la presente ley. Parágrafo. Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.

Que, en cuanto a las declaraciones políticas de oposición, independencia o gobierno, que realicen las organizaciones políticas, en los términos del artículo 9° de la Ley 1909 de 2018, deberán registrarse ante la correspondiente Autoridad Electoral, para su respectiva inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas.

Que, mediante la Resolución No. 4033 de 2022, el Consejo Nacional Electoral reconoció personería jurídica al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO.

Que, mediante la Resolución No. 4033 de 2022, el Consejo Nacional Electoral reconoció personería jurídica al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO.

Que, los siguientes candidatos elegidos fueron avalados o inscritos en coalición por el PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO , como gobernadores y alcaldes en las elecciones territoriales realizadas el 29 de octubre de 2023:

Departamento Municipio Circunscripción Tipo de inscripción Candidato Electo

CUNDINAMARCA - DEPARTAMENTAL COALICIÓN JORGE EMILIO REY ÁNGEL

LA GUAJIRA - DEPARTAMENTAL COALICIÓN JAIRO ALFONSO AGUILAR DELUQUE

VALLE - DEPARTAMENTAL COALICIÓN DILIAN FRANCISCA TORO TORRES

ANTIOQUIA ANGELÓPOLIS MUNICIPAL COALICIÓN JOSÉ LUIS MONTOYA QUICENO

ANTIOQUIA ANTIOQUIA MUNICIPAL COALICIÓN YAMID CARVAJAL CARVAJAL

ANTIOQUIA GUARNE MUNICIPAL COALICIÓN DIEGO MAURICIO GRISALES GALLEGO

ANTIOQUIA JERICÓ MUNICIPAL COALICIÓN SEBASTIAN GARCÉS PIEDRAHITA

ANTIOQUIA LA ESTRELLA MUNICIPAL COALICIÓN CARLOS MARIO GUTIÉRREZ ARRUBLA

ANTIOQUIA LA UNIÓN MUNICIPAL COALICIÓN CARMEN JUDITH VALENCIA MORENO

ANTIOQUIA NECOCLÍ MUNICIPAL COALICIÓN GUILLERMO JOSÉ CARDONA MORENO

ANTIOQUIA PUERTO BERRIO MUNICIPAL COALICIÓN ROBINSON ALBERTO BAENA ZULUAGA

ANTIOQUIA NECOCLÍ MUNICIPAL COALICIÓN GUILLERMO JOSÉ CARDONA MORENO

ANTIOQUIA PUERTO BERRIO MUNICIPAL COALICIÓN ROBINSON ALBERTO BAENA ZULUAGA

ANTIOQUIA PUERTO TRIUNFO MUNICIPAL COALICIÓN FRANKLIN PORTILLO GÓMEZ

ANTIOQUIA SANTA BARBARA MUNICIPAL COALICIÓN JORGE MARIO QUINTANA CAÑAVERAL

ANTIOQUIA URAMITA MUNICIPAL AVAL LEONARDO ÚSUGA CORREA ATLÁNTICO SOLEDAD MUNICIPAL COALICIÓN ALCIRA PAOLA SANDOVAL IBÁÑEZ BOLÍVAR CARTAGENA MUNICIPAL COALICIÓN DUMEK JOSÉ TURBAY PAZResolución No. 01120 de 2024 Página 3 de 6

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.

CHOCO NOVITA MUNICIPAL COALICIÓN ALBERTO WILLIAMS RIVAS ASPRILLA

CHOCO UNGUIA MUNICIPAL COALICIÓN MARLON ALBERTO GIL SALINAS

CUNDINAMARCA AGUA DE DIOS MUNICIPAL AVAL ELIANA ANDREA MANZANARES GÓNGORA

CHOCO UNGUIA MUNICIPAL COALICIÓN MARLON ALBERTO GIL SALINAS

CUNDINAMARCA AGUA DE DIOS MUNICIPAL AVAL ELIANA ANDREA MANZANARES GÓNGORA

CUNDINAMARCA ALBAN MUNICIPAL COALICIÓN GERMAN ENRIQUE ESPITIA CRUZ

CUNDINAMARCA APULO MUNICIPAL COALICIÓN JOSÉ IGNACIO SANTOYA CHAPARRO

CUNDINAMARCA BELTRAN MUNICIPAL COALICIÓN NURY BARRAGÁN SUAREZ

CUNDINAMARCA CACHIPAY MUNICIPAL COALICIÓN LUIS ORLANDO GARZÓN ACUÑA

CUNDINAMARCA CAJICÁ MUNICIPAL COALICIÓN FABIOLA JACOME RINCÓN

CUNDINAMARCA CHÍA MUNICIPAL COALICIÓN LEONARDO DONOSO RUIZ

CUNDINAMARCA CHIPAQUE MUNICIPAL COALICIÓN DAISY JHOANA MORENO MORA

CUNDINAMARCA CHOCONTÁ MUNICIPAL COALICIÓN JAVIER GARZÓN FARFÁN

CUNDINAMARCA COGUA MUNICIPAL COALICIÓN CRISTIAN CHÁVEZ SALAS

CUNDINAMARCA COTA MUNICIPAL COALICIÓN NÉSTOR ORLANDO BALSERO GARCÍA

CUNDINAMARCA FOSCA MUNICIPAL COALICIÓN MILTON ALBINO BARBOSA REY

CUNDINAMARCA FUNZA MUNICIPAL COALICIÓN JEIMMY SULGEY VILLAMIL BUITRAGO

CUNDINAMARCA GACHALÁ MUNICIPAL COALICIÓN PEDRO ANTONIO RODRÍGUEZ ROJAS

CUNDINAMARCA FUNZA MUNICIPAL COALICIÓN JEIMMY SULGEY VILLAMIL BUITRAGO

CUNDINAMARCA GACHALÁ MUNICIPAL COALICIÓN PEDRO ANTONIO RODRÍGUEZ ROJAS

CUNDINAMARCA GACHANCIPÁ MUNICIPAL COALICIÓN ALFONSO LÓPEZ SÁNCHEZ

CUNDINAMARCA GACHETA MUNICIPAL COALICIÓN DANIEL ORLANDO BELTRAN BELTRAN

CUNDINAMARCA GAMA MUNICIPAL COALICIÓN ERNESTO AVELINO RUIZ MARTÍNEZ

CUNDINAMARCA GUACHETÁ MUNICIPAL COALICIÓN PABLO ENRIQUE QUICAZAN BALLESTEROS

CUNDINAMARCA GUASCA MUNICIPAL COALICIÓN WILFRIDO RAFAEL COTES PRADA

CUNDINAMARCA LA VEGA MUNICIPAL COALICIÓN FABIO NELSON BERMÚDEZ CORREA

CUNDINAMARCA MANTA MUNICIPAL COALICIÓN LUIS FELIPE VÁSQUEZ LEÓN

CUNDINAMARCA NARIÑO MUNICIPAL AVAL LUZ ASTRID OLARTE ZARTA

CUNDINAMARCA NEMOCÓN MUNICIPAL COALICIÓN CRISTIAN CAMILO CARRILLO CHACÓN

CUNDINAMARCA PACHO MUNICIPAL COALICIÓN CARLOS JAVIER DIAZ SÁNCHEZ CUNDINAMARCA PAIME MUNICIPAL COALICIÓN LUIS FELIPE ROMERO DIAZ CUNDINAMARCA PARATEBUENO (LA NAGUAYA) MUNICIPAL COALICIÓN NORBERTO NOREÑA BERMEO

CUNDINAMARCA RICAURTE MUNICIPAL COALICIÓN CAMPO ELÍAS PRADA ORTIZ

CUNDINAMARCA PARATEBUENO (LA NAGUAYA) MUNICIPAL COALICIÓN NORBERTO NOREÑA BERMEO

CUNDINAMARCA RICAURTE MUNICIPAL COALICIÓN CAMPO ELÍAS PRADA ORTIZ

CUNDINAMARCA SAN CAYETANO MUNICIPAL COALICIÓN LUIS ALEJANDRO RONCANCIO RINCÓN

CUNDINAMARCA SESQUILÉ MUNICIPAL COALICIÓN ELSA QUINTERO MARTÍNEZ

CUNDINAMARCA SILVANIA MUNICIPAL COALICIÓN JOSÉ RICARDO PULIDO GARZÓN

CUNDINAMARCA SUBACHOQUE MUNICIPAL COALICIÓN JORGE ALBERTO CAMACHO LIZARAZO

CUNDINAMARCA SUPATÁ MUNICIPAL COALICIÓN WILMAR JAMITH QUITIAN CHILA

CUNDINAMARCA SUTATAUSA MUNICIPAL COALICIÓN JHONATAN RICARDO OJEDA BARRERA

CUNDINAMARCA TABIO MUNICIPAL COALICIÓN CARLOS JAVIER JULIO TORRES

CUNDINAMARCA TENA MUNICIPAL AVAL CAROLINA NIÑO ARDILA

CUNDINAMARCA TIBACUY MUNICIPAL COALICIÓN EDUAR JAVIER SERRANO ORJUELA

CUNDINAMARCA VERGARA MUNICIPAL COALICIÓN ANA MARÍA MAHECHA OLARTE

CUNDINAMARCA VILLAPINZON MUNICIPAL COALICIÓN GILDARDO ANSISAR MELO GARNICA

CUNDINAMARCA VILLETA MUNICIPAL COALICIÓN YOSIMAR REYES ACEVEDO

CUNDINAMARCA ZIPACÓN MUNICIPAL COALICIÓN EDUARD HERNÁN CORREA SARMIENTO

CUNDINAMARCA VILLETA MUNICIPAL COALICIÓN YOSIMAR REYES ACEVEDO

CUNDINAMARCA ZIPACÓN MUNICIPAL COALICIÓN EDUARD HERNÁN CORREA SARMIENTO

LA GUAJIRA RIOHACHA MUNICIPAL COALICIÓN GENARO DAVID REDONDO CHOLES

LA GUAJIRA URIBIA MUNICIPAL COALICIÓN JAIME LUIS BUITRAGO GARCÍA

MAGDALENA SALAMINA MUNICIPAL AVAL EDUIN JAVIER PABÓN CHARRIS

MAGDALENA SITIONUEVO MUNICIPAL AVAL ALFREDO ANTONIO NAVARRO MANGA

QUINDÍO ARMENIA MUNICIPAL COALICIÓN JAMES PADILLA GARCÍA

SANTANDER CIMITARRA MUNICIPAL COALICIÓN LUIS HERNANDO SANTAMARIA ARIZA

VALLE BUENAVENTURA MUNICIPAL COALICIÓN LIGIA DEL CARMEN CÓRDOBA MARTÍNEZ

VALLE OBANDO MUNICIPAL COALICIÓN DIEGO ARMANDO ORTIZ BUITRAGO VALLE TORO MUNICIPAL AVAL JHON FREDY VALENCIA BEDOYA VAUPÉS CARURÚ MUNICIPAL AVAL JOSÉ ANTONIO FANDIÑO RODRÍGUEZResolución No. 01120 de 2024 Página 4 de 6

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo

Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.

Que, conforme a lo expuesto, se procederá de oficio, a realizar la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, como Organización de Gobierno, en los departamentos y municipios donde el PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO avaló o inscribió en coalición, a los gobernadores y alcaldes electos en las elecciones territoriales realizadas el 29 de octubre de 2023, conforme el cuadro que antecede.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO . INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en las siguientes circunscripciones, conforme a lo expuesto:

Departamento Municipio Circunscripción Declaración

CUNDINAMARCA - DEPARTAMENTAL GOBIERNO

LA GUAJIRA - DEPARTAMENTAL GOBIERNO

VALLE - DEPARTAMENTAL GOBIERNO

ANTIOQUIA ANGELÓPOLIS MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA ANTIOQUIA MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA GUARNE MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA JERICÓ MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA ANTIOQUIA MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA GUARNE MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA JERICÓ MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA LA ESTRELLA MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA LA UNIÓN MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA NECOCLÍ MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA PUERTO BERRIO MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA PUERTO TRIUNFO MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA SANTA BARBARA MUNICIPAL GOBIERNO

ANTIOQUIA URAMITA MUNICIPAL GOBIERNO

ATLÁNTICO SOLEDAD MUNICIPAL GOBIERNO

BOLÍVAR CARTAGENA MUNICIPAL GOBIERNO

CHOCO NOVITA MUNICIPAL GOBIERNO

CHOCO UNGUIA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA AGUA DE DIOS MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA ALBAN MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA APULO MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA BELTRAN MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA CACHIPAY MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA CAJICÁ MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA CHÍA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA CHIPAQUE MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA CHOCONTÁ MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA COGUA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA COTA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA CHOCONTÁ MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA COGUA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA COTA MUNICIPAL GOBIERNO CUNDINAMARCA FOSCA MUNICIPAL GOBIERNO CUNDINAMARCA FUNZA MUNICIPAL GOBIERNOResolución No. 01120 de 2024 Página 5 de 6

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.

CUNDINAMARCA GACHALÁ MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA GACHANCIPÁ MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA GACHETA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA GAMA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA GUACHETÁ MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA GUASCA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA LA VEGA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA MANTA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA NARIÑO MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA NEMOCÓN MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA PACHO MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA NARIÑO MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA NEMOCÓN MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA PACHO MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA PAIME MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA PARATEBUENO (LA NAGUAYA) MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA RICAURTE MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA SAN CAYETANO MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA SESQUILÉ MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA SILVANIA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA SUBACHOQUE MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA SUPATÁ MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA SUTATAUSA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA TABIO MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA TENA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA TIBACUY MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA VERGARA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA VILLAPINZON MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA VILLETA MUNICIPAL GOBIERNO

CUNDINAMARCA ZIPACÓN MUNICIPAL GOBIERNO

LA GUAJIRA RIOHACHA MUNICIPAL GOBIERNO

LA GUAJIRA URIBIA MUNICIPAL GOBIERNO

MAGDALENA SALAMINA MUNICIPAL GOBIERNO

MAGDALENA SITIONUEVO MUNICIPAL GOBIERNO

QUINDÍO ARMENIA MUNICIPAL GOBIERNO

MAGDALENA SALAMINA MUNICIPAL GOBIERNO

MAGDALENA SITIONUEVO MUNICIPAL GOBIERNO

QUINDÍO ARMENIA MUNICIPAL GOBIERNO

SANTANDER CIMITARRA MUNICIPAL GOBIERNO

VALLE BUENAVENTURA MUNICIPAL GOBIERNO

VALLE OBANDO MUNICIPAL GOBIERNO

VALLE TORO MUNICIPAL GOBIERNO

VAUPÉS CARURÚ MUNICIPAL GOBIERNO

ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO al siguiente correo electrónico:Resolución No. 01120 de 2024 Página 6 de 6

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO DEMÓCRATA COLOMBIANO, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.

No. ORGANIZACIÓN

POLÍTICA REPRESENTANTE LEGAL DIRECCIÓN

SEDE CIUDAD SEDE MAIL

1 PARTIDO DEMÓCRATA

dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.

No. ORGANIZACIÓN

POLÍTICA REPRESENTANTE LEGAL DIRECCIÓN

SEDE CIUDAD SEDE MAIL

1 PARTIDO DEMÓCRATA

COLOMBIANO

PEDRO ADÁN TORRES

PÉREZ Cra. 8A No. 19-47 Atlántico partidodemocrata2022@gmail.com

ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.

ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la DIRECCIÓN DE VIGILANCIA E INSPECCIÓN ELECTORAL, mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia.

ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los gobernadores y alcaldes referidos en el numeral primero de la parte resolutiva , así como a las respectivas Corporaciones Públicas.

ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.

Dada en Bogotá D.C., a los siete (7) días del mes de febrero de dos mil dos veinticuatro (2024).

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ

Presidente

MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL

Vicepresidenta

ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ

Presidente

MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL

Vicepresidenta

Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.

Aprobada en Sesión de Sala Plena del 7 de febrero de 2024 Vo.Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaría Técnica de Sala CNE Revisó: Reynel David de La Rosa Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral

Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Especializado

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