CNE - Resolución 01374 de 2024
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 01374 de 2024
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN No. 01374 DE 2024 (21 de febrero)
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por la Agrupación Política INDEPENDIENTES, frente a algunos gobiernos municipales y departamentales.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018 y,
CONSIDERANDO
Que, el artículo 112 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo No. 1 de 2003, establece que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que se declaren en oposición al gobierno, podrán ejercer libremente la función crítica frente a éste, así como plantear y desarrollar alternativas políticas, además, la norma constitucional señala que, para el ejercicio de la oposición, las organizaciones políticas tendrán acceso a la información y documentación oficial con las restricciones constitucionales y legales, al uso de los medios de comunicación social del Estado o en aquellos que hagan uso del espectro electromagnético, al derecho a la réplica en los mismos medios de comunicación y a participar en las mesas directivas de los cuerpos colegiados, según su representación en ellos, entre otros aspectos.
Que, en desarrollo del artículo 152 constitucional y en virtud del procedimiento legislativo especial para la paz, fue expedida la Ley 1909 del 9 de julio de 2018, mediante la cual se
otros aspectos.
Que, en desarrollo del artículo 152 constitucional y en virtud del procedimiento legislativo especial para la paz, fue expedida la Ley 1909 del 9 de julio de 2018, mediante la cual se adoptó el estatuto de la oposición y algunos derechos de las organizaciones políticas independientes, ese estatuto, está dirigido al ejercicio y la protección especial del derecho a la oposición, siendo un claro desarrollo de lo dispuesto en el artículo 112 Superior, en el cual se reconoce a los partidos y movimientos políticos con personería jurídica como titulares de determinadas garantías para el ejercicio de la oposición política, así como también derivado de la interpretación que ha realizado la jurisprudencia constitucional, dichos derechos también se le reconocen a determinadas organizaciones políticas independientes.
Que, la citada Ley, reguló, en su artículo sexto la presentación de las declaraciones políticas por parte de las Organizaciones Políticas, estableciendo que “ Dentro del mes siguiente al inicio del Gobierno, so pena de considerarse falta al régimen contenido en la Ley 1475 de 2011 y ser sancionadas de oficio por la Autoridad Electoral, las organizaciones políticas deberán optar por: 1.Resolución No. 01374 de 2024 Página 2 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por la Agrupación Política INDEPENDIENTES, frente algunos gobiernos municipales y departamentales.
Declararse en oposición. 2. Declararse independiente. 3. Declararse organiz ación de gobierno. Las organizaciones políticas que inscribieron al candidato electo como Presidente de la República,
Declararse en oposición. 2. Declararse independiente. 3. Declararse organiz ación de gobierno. Las organizaciones políticas que inscribieron al candidato electo como Presidente de la República, gobernador o alcalde se tendrán como de gobierno o en coalición de gobierno. En consecuencia, mientras dure su mandato no podrán acceder a los derechos que se le reconocen a las organizaciones políticas de oposición o independientes, en la presente ley. Parágrafo. Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.
Que, en cuanto a las declaraciones políticas de oposición, independencia o gobierno, que realicen las organizaciones políticas, en los términos del artículo 9° de la Ley 1909 de 2018, deberán registrarse ante la correspondiente Autoridad Electoral, para su respectiva inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas.
Que, en desarrollo de lo anterior, el Consejo Nacional Electoral profirió la Resolución No. 3134 de 2018, modificada por la Resolución No. 3941 de 2019, por la cual, en su artículo segundo, se reglamentó lo siguiente:
“Artículo 2°. De la presentación de la declaración política. Los partidos o movimientos políticos con personería jurídica en el nivel nacional dentro del mes siguiente a la posesión del Presidente de la República, presentarán ante el Consejo Nacional Electoral una declaración política en la que manifestarán si se declaran de gobierno, de oposición o independientes. Se except úa de este deber a los partidos que hayan inscrito a quien haya resultado elegido P residente de la República,
Nacional Electoral una declaración política en la que manifestarán si se declaran de gobierno, de oposición o independientes. Se except úa de este deber a los partidos que hayan inscrito a quien haya resultado elegido P residente de la República, Gobernador o Alcalde, los que por mandato legal se entiende que son partidos de gobierno o coalición de gobierno.
La anterior declaración deberá hacerse por la persona estatutariamente habilitada para ello y previo el agotamiento de los procedimientos internos previstos en los estatutos de cada partido o movimiento con personería política.
Para efectuar esta declaración política, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tendrán libertad de medios, por lo que podrán hacer uso tanto de medios digitales como impresos, en todo caso, de conformidad con la Ley 1712 de 2014, deberá estar disponible tanto en medio físico como en la página web de cada partido.
Las declaraciones políticas en los niveles departamental, distrital y municipal deberán presentarse dentro del mes siguiente al inicio del respectivo periodo de gobierno y podrán presentarse ante las registradurías correspondientes, quienes deberán remitirlas de manera oportuna por el medio más expedito al Consejo Nacional Electoral para su respectiva inscripción.
(…)”.
Que, la Agrupación Política INDEPENDIENTES conforme a lo previsto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018, presentó dentro del mes siguiente al inicio de los Gobiernos departamentales y municipales, ante el Consejo Nacional Electoral, las siguientes declaraciones políticas por la persona estatutariamente habilitada:Resolución No. 01374 de 2024 Página 3 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y
declaraciones políticas por la persona estatutariamente habilitada:Resolución No. 01374 de 2024 Página 3 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por la Agrupación Política INDEPENDIENTES, frente algunos gobiernos municipales y departamentales.
CORPORACIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO DECLARACIÓN FECHA DE PRESENTACIÓN
DEPARTAMENTAL ANTIOQUIA - OPOSICIÓN 7/01/2024
MUNICIPAL ANTIOQUIA BELLO INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL ANTIOQUIA MEDELLÍN OPOSICIÓN 31/01/2024
MUNICIPAL ANTIOQUIA MURINDO GOBIERNO 18/01/2024
MUNICIPAL ANTIOQUIA SAN JUAN DE URABÁ GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL ANTIOQUIA TURBO GOBIERNO 30/01/2024
MUNICIPAL BOYACÁ MONIQUIRÁ GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL BOYACÁ NUEVO COLON OPOSICIÓN 31/01/2024
MUNICIPAL BOYACÁ SORA INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL BOYACÁ TÓPAGA OPOSICIÓN 31/01/2024
MUNICIPAL CAUCA CAJIBÍO INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CAUCA FLORENCIA INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CAUCA PADILLA GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL CAUCA CAJIBÍO INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CAUCA FLORENCIA INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CAUCA PADILLA GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL CAUCA SUAREZ INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CESAR CHIMICHAGUA GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL CESAR RIO DE ORO INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CESAR VALLEDUPAR GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL CÓRDOBA CERETE OPOSICIÓN 31/01/2024
MUNICIPAL CÓRDOBA CHINÚ GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL CÓRDOBA PUERTO ESCONDIDO INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CÓRDOBA SAN CARLOS OPOSICIÓN 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA BITUIMA INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA CHAGUANÍ GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA FACATATIVÁ INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA GUADUAS INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA NOCAIMA INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA PARATEBUENO (LA NAGUAYA) INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA PASCA GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA PARATEBUENO (LA NAGUAYA) INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA PASCA GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA SAN FRANCISCO GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA SOPO GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA TABIO INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL CUNDINAMARCA VIANÍ INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL GUAINÍA BARRANCOMINAS INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL GUAINÍA INÍRIDA INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL HUILA ELÍAS INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL HUILA ISNOS INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL LA GUAJIRA DISTRACCIÓN OPOSICIÓN 31/01/2024
MUNICIPAL LA GUAJIRA MAICAO INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL LA GUAJIRA URIBIA GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL META ACACIAS INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL META GRANADA OPOSICIÓN 31/01/2024
MUNICIPAL META MAPIRIPÁN INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL META SAN MARTIN DE LOS LLANOS OPOSICIÓN 31/01/2024
MUNICIPAL META VILLAVICENCIO INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL NARIÑO GUAITARILLA INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL META VILLAVICENCIO INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL NARIÑO GUAITARILLA INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL PUTUMAYO MOCOA INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL SANTANDER LOS SANTOS GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL SUCRE COVEÑAS GOBIERNO 31/01/2024Resolución No. 01374 de 2024 Página 4 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por la Agrupación Política INDEPENDIENTES, frente algunos gobiernos municipales y departamentales.
CORPORACIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO DECLARACIÓN FECHA DE PRESENTACIÓN
MUNICIPAL SUCRE SAN JUAN DE BETULIA (BETULIA) INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL SUCRE TOLÚ GOBIERNO 31/01/2024
MUNICIPAL SUCRE TOLUVIEJO INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL VALLE CAICEDONIA INDEPENDENCIA 31/01/2024
MUNICIPAL VALLE EL CERRITO OPOSICIÓN 31/01/2024
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción o modificación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales,
al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción o modificación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatu tos de cada partido o movimiento político con personería jurídica , en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018.
Que, conforme con lo anterior, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las declaraciones políticas referidas en la parte motiva del presente acto administrativo.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las declaraciones políticas, emitida s por la Agrupación Política INDEPENDIENTES frente algunos gobiernos municipales y departamentales, así:
CORPORACIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO DECLARACIÓN
DEPARTAMENTAL ANTIOQUIA - OPOSICIÓN
MUNICIPAL ANTIOQUIA BELLO INDEPENDENCIA
MUNICIPAL ANTIOQUIA MEDELLÍN OPOSICIÓN
MUNICIPAL ANTIOQUIA MURINDO GOBIERNO
MUNICIPAL ANTIOQUIA SAN JUAN DE URABÁ GOBIERNO
MUNICIPAL ANTIOQUIA TURBO GOBIERNO
MUNICIPAL ANTIOQUIA MURINDO GOBIERNO
MUNICIPAL ANTIOQUIA SAN JUAN DE URABÁ GOBIERNO
MUNICIPAL ANTIOQUIA TURBO GOBIERNO
MUNICIPAL BOYACÁ MONIQUIRÁ GOBIERNO
MUNICIPAL BOYACÁ NUEVO COLON OPOSICIÓN
MUNICIPAL BOYACÁ SORA INDEPENDENCIA
MUNICIPAL BOYACÁ TÓPAGA OPOSICIÓN
MUNICIPAL CAUCA CAJIBÍO INDEPENDENCIA
MUNICIPAL CAUCA FLORENCIA INDEPENDENCIA MUNICIPAL CAUCA PADILLA GOBIERNO MUNICIPAL CAUCA SUAREZ INDEPENDENCIAResolución No. 01374 de 2024 Página 5 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por la Agrupación Política INDEPENDIENTES, frente algunos gobiernos municipales y departamentales.
CORPORACIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO DECLARACIÓN
MUNICIPAL CESAR CHIMICHAGUA GOBIERNO
MUNICIPAL CESAR RIO DE ORO INDEPENDENCIA
MUNICIPAL CESAR VALLEDUPAR GOBIERNO
MUNICIPAL CÓRDOBA CERETE OPOSICIÓN
MUNICIPAL CÓRDOBA CHINÚ GOBIERNO
MUNICIPAL CÓRDOBA PUERTO ESCONDIDO INDEPENDENCIA
MUNICIPAL CÓRDOBA SAN CARLOS OPOSICIÓN
MUNICIPAL CUNDINAMARCA BITUIMA INDEPENDENCIA
MUNICIPAL CÓRDOBA PUERTO ESCONDIDO INDEPENDENCIA
MUNICIPAL CÓRDOBA SAN CARLOS OPOSICIÓN
MUNICIPAL CUNDINAMARCA BITUIMA INDEPENDENCIA
MUNICIPAL CUNDINAMARCA CHAGUANÍ GOBIERNO
MUNICIPAL CUNDINAMARCA FACATATIVÁ INDEPENDENCIA
MUNICIPAL CUNDINAMARCA GUADUAS INDEPENDENCIA
MUNICIPAL CUNDINAMARCA NOCAIMA INDEPENDENCIA
MUNICIPAL CUNDINAMARCA PARATEBUENO (LA NAGUAYA) INDEPENDENCIA
MUNICIPAL CUNDINAMARCA PASCA GOBIERNO
MUNICIPAL CUNDINAMARCA SAN FRANCISCO GOBIERNO
MUNICIPAL CUNDINAMARCA SOPO GOBIERNO
MUNICIPAL CUNDINAMARCA TABIO INDEPENDENCIA
MUNICIPAL CUNDINAMARCA VIANÍ INDEPENDENCIA
MUNICIPAL GUAINÍA BARRANCOMINAS INDEPENDENCIA
MUNICIPAL GUAINÍA INÍRIDA INDEPENDENCIA
MUNICIPAL HUILA ELÍAS INDEPENDENCIA
MUNICIPAL HUILA ISNOS INDEPENDENCIA
MUNICIPAL LA GUAJIRA DISTRACCIÓN OPOSICIÓN
MUNICIPAL LA GUAJIRA MAICAO INDEPENDENCIA
MUNICIPAL LA GUAJIRA URIBIA GOBIERNO
MUNICIPAL META ACACIAS INDEPENDENCIA
MUNICIPAL META GRANADA OPOSICIÓN
MUNICIPAL META MAPIRIPÁN INDEPENDENCIA
MUNICIPAL META SAN MARTIN DE LOS LLANOS OPOSICIÓN
MUNICIPAL META VILLAVICENCIO INDEPENDENCIA
MUNICIPAL META GRANADA OPOSICIÓN
MUNICIPAL META MAPIRIPÁN INDEPENDENCIA
MUNICIPAL META SAN MARTIN DE LOS LLANOS OPOSICIÓN
MUNICIPAL META VILLAVICENCIO INDEPENDENCIA
MUNICIPAL NARIÑO GUAITARILLA INDEPENDENCIA
MUNICIPAL PUTUMAYO MOCOA INDEPENDENCIA
MUNICIPAL SANTANDER LOS SANTOS GOBIERNO
MUNICIPAL SUCRE COVEÑAS GOBIERNO
MUNICIPAL SUCRE SAN JUAN DE BETULIA (BETULIA) INDEPENDENCIA
MUNICIPAL SUCRE TOLÚ GOBIERNO
MUNICIPAL SUCRE TOLUVIEJO INDEPENDENCIA
MUNICIPAL VALLE CAICEDONIA INDEPENDENCIA
MUNICIPAL VALLE EL CERRITO OPOSICIÓN
ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIONES. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental a la Agrupación PolíticaResolución No. 01374 de 2024 Página 6 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por la Agrupación Política INDEPENDIENTES, frente algunos gobiernos municipales y departamentales.
Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por la Agrupación Política INDEPENDIENTES, frente algunos gobiernos municipales y departamentales.
INDEPENDIENTES, en la dirección Calle 47a # 81-06 de la ciudad de Medellín, Antioquia, y a los correos electrónicos jdp297@hotmail.com, elisb10@hotmail.com y movimiento@independientes.com.
ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.
ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental a la DIRECCIÓN DE VIGILANCIA E INSPECCIÓN ELECTORAL mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co.
ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental , a los gobiernos municipales y departamentales referidos en el presente acto administrativo.
ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLICAR el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.
PÚBLIQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los vientiún (21) días del mes de febrero de dos mil veinticuatro (2024).
MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL
Vicepresidenta
Dada en Bogotá D.C., a los vientiún (21) días del mes de febrero de dos mil veinticuatro (2024).
MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL
Vicepresidenta
Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.
Ausente: Magistrado Alfonso Campo Martínez Aprobada en Sesión de Sala Plena del 21 de febrero de 2024
Vo. Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaria Técnica de Sala CNE Revisó: Reynel David de la Rosa.- Técnico operativo Revisó y Aprobó: José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Especializado