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CNE - Resolución 01376 de 2024

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 01376 de 2024
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2024

RESOLUCIÓN No. 01376 DE 2024 (21 de febrero)

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el PARTIDO POLÍTICO MIRA, frente a algunos gobiernos municipales y departamentales.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018 y,

CONSIDERANDO

Que, el artículo 112 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo No. 1 de 2003, establece que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que se declaren en oposición al gobierno, podrán ejercer libremente la función crítica frente a éste, así como plantear y desarrollar alternativas políticas, además, la norma constitucional señala que, para el ejercicio de la oposición, las organizaciones políticas tendrán acceso a la información y documentación oficial con las restricciones constitucionales y legales, al uso de los medios de comunicación social del Estado o en aquellos que hagan uso del espectro electromagnético, al derecho a la réplica en los mismos medios de comunicación y a participar en las mesas directivas de los cuerpos colegiados, según su representación en ellos, entre otros aspectos.

Que, en desarrollo del artículo 152 constitucional y en virtud del procedimien to legislativo especial para la paz, fue expedida la Ley 1909 del 9 de julio de 2018, mediante la cual se adoptó el estatuto de la oposición y algunos derechos de las organizaciones políticas

especial para la paz, fue expedida la Ley 1909 del 9 de julio de 2018, mediante la cual se adoptó el estatuto de la oposición y algunos derechos de las organizaciones políticas independientes, ese estatuto, está dirigido al ejercicio y la protección especial del derecho a la oposición, siendo un claro desarrollo de lo dispuesto en el artículo 112 Superior, en el cual se reconoce a los partidos y movimientos políticos con personería jurídica como titulares de determinadas garantías para el ejercicio de la oposición política, así como también derivado de la interpretación que ha realizado la jurisprudencia constitucional, dichos derechos también se le reconocen a determinadas organizaciones políticas independientes.

Que, la citada Ley, reguló, en su artículo sexto la presentación de las declaraciones políticas por parte de las Organizaciones Políticas, estableciendo que “ Dentro del mes siguiente al inicio del Gobierno, so pena de considerarse falta al régimen contenido en la Ley 1475 de 2011 y ser sancionadas de oficio por la Autoridad Electoral, las organizaciones políticas deberán optar por: 1. Declararse en oposición. 2. Declararse independiente. 3. Declararse organización de gobierno. Las organizaciones políticas que inscribieron al c andidato electo como Presidente de la República,Resolución No. 01376 de 2024 Página 2 de 7

Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el PARTIDO POLÍTICO MIRA , frente algunos gobiernos municipales y departamentales.

gobernador o alcalde se tendrán como de gobierno o en coalición de gobierno. En consecuencia,

algunos gobiernos municipales y departamentales.

gobernador o alcalde se tendrán como de gobierno o en coalición de gobierno. En consecuencia, mientras dure su mandato no podrán acceder a los derechos que se le reconocen a las organizaciones políticas de oposición o independientes, en la presente ley. Parágrafo. Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.

Que, en cuanto a las declaraciones políticas de oposición, independencia o gobierno, que realicen las organizaciones políticas, en los términos del artículo 9° de la Ley 1909 de 2018, deberán registrarse ante la correspondiente Autoridad Electoral, para su respectiva inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas.

Que, en desarrollo de lo anterior, el Consejo Nacional Electoral profirió la Resolución No. 3134 de 2018, modificada por la Resolución No. 3941 de 2019, por la cual, en su artículo segundo, se reglamentó lo siguiente:

“Artículo 2°. De la presentación de la declaración política. Los partidos o movimientos políticos con personería jurídica en el nivel nacional dentro del mes siguiente a la posesión del Presidente de la República, presentarán ante el Consejo Nacional Electoral una declaración política en la que manifestarán si se declaran de gobierno, de oposición o independientes. Se exceptúa de este deber a los partidos que hayan inscrito a quien haya resultado elegido P residente de la República, Gobernador o Alcalde, los que por mandato legal se entiende que son partidos de gobierno o coalición de gobierno.

La anterior declaración deberá hacerse por la persona estatutariamente habilitada

Gobernador o Alcalde, los que por mandato legal se entiende que son partidos de gobierno o coalición de gobierno.

La anterior declaración deberá hacerse por la persona estatutariamente habilitada para ello y previo el agotamiento de los procedimientos internos previstos en los estatutos de cada partido o movimiento con personería política.

Para efectuar esta declaración política, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tendrán libertad de medios, por lo que podrán hacer uso tanto de medios digitales como impresos, en todo caso, de conformidad con la Ley 1712 de 2014, deberá estar disponible tanto en medio físico como en la página web de cada partido.

Las declaraciones políticas en los niveles departamental, distrital y municipal deberán presentarse dentro del mes siguiente al inicio del respectivo periodo de gobierno y podrán presentarse ante las registradurías correspondientes, quienes deberán remitirlas de manera oportuna por el medio más expedito al Consej o Nacional Electoral para su respectiva inscripción.

(…)”.

Que, el PARTIDO POLÍTICO MIRA conforme a lo previsto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018, presentó dentro del mes siguiente al inicio de los Gobiernos departamentales y municipales, ante el Consejo Nacional Electoral, las siguientes declaraciones políticas por la persona estatutariamente habilitada:

CORPORACIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO DECLARACIÓN FECHA DE PRESENTACIÓN

DEPARTAMENTAL ANTIOQUIA - GOBIERNO 26/01/2024

DEPARTAMENTAL CALDAS - GOBIERNO 26/01/2024Resolución No. 01376 de 2024 Página 3 de 7

Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y

DEPARTAMENTAL CALDAS - GOBIERNO 26/01/2024Resolución No. 01376 de 2024 Página 3 de 7

Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el PARTIDO POLÍTICO MIRA , frente algunos gobiernos municipales y departamentales.

CORPORACIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO DECLARACIÓN FECHA DE PRESENTACIÓN

DEPARTAMENTAL CAUCA - GOBIERNO 26/01/2024

DEPARTAMENTAL QUINDÍO - GOBIERNO 26/01/2024

DEPARTAMENTAL RISARALDA - GOBIERNO 26/01/2024

DEPARTAMENTAL TOLIMA - GOBIERNO 26/01/2024

DEPARTAMENTAL VALLE - GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL ANTIOQUIA APARTADO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL ANTIOQUIA ARAUCA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL ANTIOQUIA CARMEN DE VIBORAL GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL ANTIOQUIA COPACABANA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL ANTIOQUIA NECOCLÍ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL ARAUCA ARAUCA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL ARAUCA TAME GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL BOGOTÁ D.C. BOGOTÁ. D.C. GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL BOYACÁ SÁCHICA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL BOGOTÁ D.C. BOGOTÁ. D.C. GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL BOYACÁ SÁCHICA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL BOYACÁ SOGAMOSO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CALDAS AGUADAS GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CALDAS ANSERMA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CALDAS CHINCHINÁ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CALDAS LA DORADA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CALDAS MANIZALES GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CALDAS PACORA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CALDAS RISARALDA INDEPENDENCIA 26/01/2024

MUNICIPAL CALDAS SUPÍA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CALDAS VILLAMARÍA INDEPENDENCIA 26/01/2024

MUNICIPAL CALDAS VITERBO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CAQUETÁ FLORENCIA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CAUCA CORINTO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CAUCA GUACHENÉ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CAUCA MIRANDA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CAUCA PATÍA (EL BORDO) GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CAUCA POPAYÁN GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CAUCA PATÍA (EL BORDO) GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CAUCA POPAYÁN GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CESAR AGUSTÍN CODAZZI GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CHOCO CONDOTO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CHOCO ISTMINA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CHOCO QUIBDÓ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA CAJICÁ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA CHÍA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA FACATATIVÁ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA FUNZA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA FUSAGASUGÁ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA GUASCA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA MOSQUERA INDEPENDENCIA 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA SAN BERNARDO INDEPENDENCIA 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA SILVANIA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA SOACHA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA TABIO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA UBATÉ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA TABIO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA UBATÉ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL CUNDINAMARCA VILLETA GOBIERNO 26/01/2024Resolución No. 01376 de 2024 Página 4 de 7

Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el PARTIDO POLÍTICO MIRA , frente algunos gobiernos municipales y departamentales.

CORPORACIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO DECLARACIÓN FECHA DE PRESENTACIÓN

MUNICIPAL META ACACIAS GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL META RESTREPO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL META VILLAVICENCIO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL QUINDÍO ARMENIA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL QUINDÍO CALARCÁ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL QUINDÍO CIRCASIA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL QUINDÍO FILANDIA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL QUINDÍO GÉNOVA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL QUINDÍO LA TEBAIDA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL QUINDÍO MONTENEGRO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL QUINDÍO QUIMBAYA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL QUINDÍO MONTENEGRO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL QUINDÍO QUIMBAYA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL QUINDÍO SALENTO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL RISARALDA DOSQUEBRADAS INDEPENDENCIA 26/01/2024

MUNICIPAL RISARALDA LA CELIA INDEPENDENCIA 26/01/2024

MUNICIPAL RISARALDA LA VIRGINIA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL RISARALDA PEREIRA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL RISARALDA SANTUARIO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL SANTANDER BARBOSA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL SANTANDER FLORIÁN INDEPENDENCIA 26/01/2024

MUNICIPAL TOLIMA CHAPARRAL GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL TOLIMA GUAMO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL TOLIMA IBAGUÉ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL TOLIMA LÍBANO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL TOLIMA VILLARRICA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL VALLE ANSERMANUEVO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL VALLE BUENAVENTURA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL VALLE CARTAGO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL VALLE JAMUNDÍ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL VALLE BUENAVENTURA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL VALLE CARTAGO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL VALLE JAMUNDÍ GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL VALLE PALMIRA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL VALLE RIOFRIO GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL VALLE SEVILLA GOBIERNO 26/01/2024

MUNICIPAL VALLE TULUÁ INDEPENDENCIA 26/01/2024

Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción o modificación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatu tos de cada partido o movimiento político con personería jurídica , en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018.Resolución No. 01376 de 2024 Página 5 de 7

Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el PARTIDO POLÍTICO MIRA , frente algunos gobiernos municipales y departamentales.

Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el PARTIDO POLÍTICO MIRA , frente algunos gobiernos municipales y departamentales.

Que, conforme con lo anterior, se procederá a realizar la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las declaraciones políticas referidas en la parte motiva del presente acto administrativo.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las declaraciones políticas, emitida s por el PARTIDO POLÍTICO MIRA frente algunos gobiernos municipales y departamentales, así:

CORPORACIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO DECLARACIÓN

DEPARTAMENTAL ANTIOQUIA - GOBIERNO

DEPARTAMENTAL CALDAS - GOBIERNO

DEPARTAMENTAL CAUCA - GOBIERNO

DEPARTAMENTAL QUINDÍO - GOBIERNO

DEPARTAMENTAL RISARALDA - GOBIERNO

DEPARTAMENTAL TOLIMA - GOBIERNO

DEPARTAMENTAL VALLE - GOBIERNO

MUNICIPAL ANTIOQUIA APARTADO GOBIERNO

MUNICIPAL ANTIOQUIA ARAUCA GOBIERNO

MUNICIPAL ANTIOQUIA CARMEN DE VIBORAL GOBIERNO

MUNICIPAL ANTIOQUIA COPACABANA GOBIERNO

MUNICIPAL ANTIOQUIA NECOCLÍ GOBIERNO

MUNICIPAL ARAUCA ARAUCA GOBIERNO

MUNICIPAL ARAUCA TAME GOBIERNO

MUNICIPAL ANTIOQUIA COPACABANA GOBIERNO

MUNICIPAL ANTIOQUIA NECOCLÍ GOBIERNO

MUNICIPAL ARAUCA ARAUCA GOBIERNO

MUNICIPAL ARAUCA TAME GOBIERNO

MUNICIPAL BOGOTÁ D.C. BOGOTÁ. D.C. GOBIERNO

MUNICIPAL BOYACÁ SÁCHICA GOBIERNO

MUNICIPAL BOYACÁ SOGAMOSO GOBIERNO

MUNICIPAL CALDAS AGUADAS GOBIERNO

MUNICIPAL CALDAS ANSERMA GOBIERNO

MUNICIPAL CALDAS CHINCHINÁ GOBIERNO

MUNICIPAL CALDAS LA DORADA GOBIERNO

MUNICIPAL CALDAS MANIZALES GOBIERNO

MUNICIPAL CALDAS PACORA GOBIERNO

MUNICIPAL CALDAS RISARALDA INDEPENDENCIA

MUNICIPAL CALDAS SUPÍA GOBIERNO

MUNICIPAL CALDAS VILLAMARÍA INDEPENDENCIA

MUNICIPAL CALDAS VITERBO GOBIERNO

MUNICIPAL CAQUETÁ FLORENCIA GOBIERNO

MUNICIPAL CAUCA CORINTO GOBIERNO

MUNICIPAL CAUCA GUACHENÉ GOBIERNO

MUNICIPAL CAUCA MIRANDA GOBIERNO

MUNICIPAL CAUCA PATÍA (EL BORDO) GOBIERNO MUNICIPAL CAUCA POPAYÁN GOBIERNO MUNICIPAL CESAR AGUSTÍN CODAZZI GOBIERNOResolución No. 01376 de 2024 Página 6 de 7

MUNICIPAL CAUCA POPAYÁN GOBIERNO MUNICIPAL CESAR AGUSTÍN CODAZZI GOBIERNOResolución No. 01376 de 2024 Página 6 de 7

Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el PARTIDO POLÍTICO MIRA , frente algunos gobiernos municipales y departamentales.

CORPORACIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO DECLARACIÓN

MUNICIPAL CHOCO CONDOTO GOBIERNO

MUNICIPAL CHOCO ISTMINA GOBIERNO

MUNICIPAL CHOCO QUIBDÓ GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA CAJICÁ GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA CHÍA GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA FACATATIVÁ GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA FUNZA GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA FUSAGASUGÁ GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA GUASCA GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA MOSQUERA INDEPENDENCIA

MUNICIPAL CUNDINAMARCA SAN BERNARDO INDEPENDENCIA

MUNICIPAL CUNDINAMARCA SILVANIA GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA SOACHA GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA TABIO GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA UBATÉ GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA VILLETA GOBIERNO

MUNICIPAL META ACACIAS GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA TABIO GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA UBATÉ GOBIERNO

MUNICIPAL CUNDINAMARCA VILLETA GOBIERNO

MUNICIPAL META ACACIAS GOBIERNO

MUNICIPAL META RESTREPO GOBIERNO

MUNICIPAL META VILLAVICENCIO GOBIERNO

MUNICIPAL QUINDÍO ARMENIA GOBIERNO

MUNICIPAL QUINDÍO CALARCÁ GOBIERNO

MUNICIPAL QUINDÍO CIRCASIA GOBIERNO

MUNICIPAL QUINDÍO FILANDIA GOBIERNO

MUNICIPAL QUINDÍO GÉNOVA GOBIERNO

MUNICIPAL QUINDÍO LA TEBAIDA GOBIERNO

MUNICIPAL QUINDÍO MONTENEGRO GOBIERNO

MUNICIPAL QUINDÍO QUIMBAYA GOBIERNO

MUNICIPAL QUINDÍO SALENTO GOBIERNO

MUNICIPAL RISARALDA DOSQUEBRADAS INDEPENDENCIA

MUNICIPAL RISARALDA LA CELIA INDEPENDENCIA

MUNICIPAL RISARALDA LA VIRGINIA GOBIERNO

MUNICIPAL RISARALDA PEREIRA GOBIERNO

MUNICIPAL RISARALDA SANTUARIO GOBIERNO

MUNICIPAL SANTANDER BARBOSA GOBIERNO

MUNICIPAL SANTANDER FLORIÁN INDEPENDENCIA

MUNICIPAL TOLIMA CHAPARRAL GOBIERNO

MUNICIPAL TOLIMA GUAMO GOBIERNO

MUNICIPAL TOLIMA IBAGUÉ GOBIERNO

MUNICIPAL TOLIMA LÍBANO GOBIERNO

MUNICIPAL TOLIMA CHAPARRAL GOBIERNO

MUNICIPAL TOLIMA GUAMO GOBIERNO

MUNICIPAL TOLIMA IBAGUÉ GOBIERNO

MUNICIPAL TOLIMA LÍBANO GOBIERNO

MUNICIPAL TOLIMA VILLARRICA GOBIERNO

MUNICIPAL VALLE ANSERMANUEVO GOBIERNO

MUNICIPAL VALLE BUENAVENTURA GOBIERNO

MUNICIPAL VALLE CARTAGO GOBIERNO

MUNICIPAL VALLE JAMUNDÍ GOBIERNO

MUNICIPAL VALLE PALMIRA GOBIERNO

MUNICIPAL VALLE RIOFRIO GOBIERNO MUNICIPAL VALLE SEVILLA GOBIERNO MUNICIPAL VALLE TULUÁ INDEPENDENCIAResolución No. 01376 de 2024 Página 7 de 7

Por medio de la cual se ORDENA INSCRI BIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el PARTIDO POLÍTICO MIRA , frente algunos gobiernos municipales y departamentales.

ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIONES. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al C iudadano y Gestión Documental al PARTIDO POLÍTICO MIRA,

ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al C iudadano y Gestión Documental al PARTIDO POLÍTICO MIRA, en la dirección Trasnversal 29 No. 36 - 40 de la ciudad de Bogotá D.C, y al correo electrónico Representacionlegal@partidomira.org.

ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.

ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental a la DIRECCIÓN DE VIGILANCIA E INSPECCIÓN ELECTORAL mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co.

ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental , a los gobiernos municipales y departamentales referidos en el presente acto administrativo.

ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLICAR el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.

PÚBLIQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veintiún (21) días del mes de febrero de dos mil veinticuatro (2024).

MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL

Vicepresidenta

Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de

Vicepresidenta

Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.

Ausente: Magistrado Alfonso Campo Martinez Aprobada en Sesión de Sala Plena del 21 de febrero de 2024

Vo. Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaria Técnica de Sala CNE Revisó: Reynel David de la Rosa.- Técnico operativo Revisó y Aprobó: José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral

Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Especializado

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