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CNE - Resolución 0362 de 2023

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 0362 de 2023
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2023

RESOLUCIÓN No. 362 de 2023 (18 de enero)

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya en el Departamento de Quindío, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE-, por la presunta violación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1475 del 2011, en lo referente a la no presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No. CNE-E-DG-2022-009841.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo 01 de 2009; los artículos 39 de la Ley 130 de 1994, 47 de la Ley 1437 de 2011 y 13 de la Ley 1475 de 2011 y con fundamento en los siguientes:

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS.

1.1. Mediante oficio No. CNE -I-2021-0003663-FNFPCE-900, de fecha 17 de Diciembre de 2021, radicado en esta Corporación el 1 de julio de 2020 con No. 5076 -00, la A sesora del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió una relación d e candidatos a las campañas de gobernación, alcaldía, asamblea, concejo y juntas administradoras locales, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICAPRE, que presuntamente vulneraron el inciso 5 del

de gobernación, alcaldía, asamblea, concejo y juntas administradoras locales, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICAPRE, que presuntamente vulneraron el inciso 5 del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y los artículos 1 y 2 de la Resolución No. 3097 de 2013, al incumplir presuntamente con la obligación de presentar el in forme de ingresos y gastos, para las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019.

1.2. Por reparto efectuado por la Corporación el 06 de agosto de 2020 correspondiente a los expedientes 5075-20, 5076 -20, 5077 -20, f ue asignado su conocimiento al M agistrado

RENATO RAFAEL CONTRERAS ORTEGA.

1.3. Por medio de Auto de fecha 25 de enero de 2021 se ordenó el desglose de los expedientes identificados con los radicados No 5075 -20, 5076 -20, 5077 -20, por cada organización política, en este se dispuso:Resolución No. 362 de 2023 Página 2 de 47

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya en el Departamento de Quindío, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE-, por la presunta violación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1475 del 2011, en lo referente a la no presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No.

CNE-E-DG-2022-009841.

“(…)

gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No.

CNE-E-DG-2022-009841.

“(…)

PRIMERO: ÓRDENESE el desglose del expediente 5075-20, 5076-20, 5077-20, por

cada organización política así:

RADICADO ORGANIZACIÓN POLÍTICA

5075-20 ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA - ADA

5076-20 REIVINDICACIÓN ÉTNICA -PRE5077-20 COLOMBIA RENACIENTE

(…)”.

1.4. Mediante Oficio CNE -SS-NMHS-09626 del 07 de abril de 2021, la Subsecretaría informó sobre el desglose de los expedientes con números de radicados 5075-20; 5076-20; y 5077-20, los cuales corresponden a las organizaciones políticas MOVIMIENTO POLÍTICO

ALIANZA DEMOCRÁTICA AFROCOLOMBIANA -ADA-, PARTIDO DE REIVINDICACIÓN

ÉTNICA -PREy PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE, respectivamente.

1.5. Dichos expedientes quedaron divididos en tres radicados independientes así: 5075-20 para el MOVIMIENTO POLÍTICO ALIANZA DEMOC RÁTICA AFROCOLOMBIANA - ADA-; 5076-20 para el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA -PRE-; y 5077-20 para el PARTIDO

COLOMBIA RENACIENTE.

1.6. Al expediente 507 6-20 le fueron abonados, inicialmente los siguientes oficios, en los cuales el Fondo Nacional de Financia ción Política informó una presunta violación al artículo

COLOMBIA RENACIENTE.

1.6. Al expediente 507 6-20 le fueron abonados, inicialmente los siguientes oficios, en los cuales el Fondo Nacional de Financia ción Política informó una presunta violación al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en lo concerniente a la obligación de presentar el informe de ingresos y gastos:

a) CNE-FNFP-803 de fecha 21 de mayo de 2020. b) CNE-FNFP-2386-2020 de fecha 20 de agosto de 2020. c) CNE-FNFP-3781 de fecha 26 de octubre de 2020. d) CNE-FNFP-3911 de fecha 30 de octubre de 2020. e) CNE-FNFP-3910 de fecha 30 de octubre de 2020.

1.7. Mediante Auto de fecha 8 de noviembre de 2021, se realizó el desglose del expediente No. 5076 -20, r eferente a los Oficios abonados por el Fondo de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral.Resolución No. 362 de 2023 Página 3 de 47

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya en el Departamento de Quindío, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE-, por la presunta violación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1475 del 2011, en lo referente a la no presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No.

CNE-E-DG-2022-009841.

gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No.

CNE-E-DG-2022-009841.

1.8. El Fondo Nacional de Financiación Política remitió los siguientes oficios como abonos al radicado 5076-20:

1. Oficio No. CNE-I-2022-001395-FNFPCE-900, de fecha 23 de febrero de 2022.

2. Oficio No. CNE-I-2022-001392-FNFPCE-900, de fecha 23 de febrero de 2022.

3. Oficio No. CNE-I-2022-001389-FNFPCE-900, de fecha 23 de febrero de 2022.

4. Oficio No. CNE-I-2022-000351-FNFPCE-900, de fecha 19 de enero de 2022.

5. Oficio No. CNE-I-2022-000471-FNFPCE-900, de fecha 25 de enero de 2022.

6. Oficio No. CNE-I-2022-000362-FNFPCE-900, de fecha 20 enero de 2022.

7. Oficio No. CNE-I-2021-003663-FNFPCE-900, de fecha 17 de diciembre de 2021.

8. Oficio No. CNE-I-2021-003552-FNFPCE-900, de fecha 15 de diciembre de 2021.

9. Oficio No. CNE-I-2021-003182-FNFPCE-900, de fecha 2 de diciembre de 2021.

10. Oficio No. CNE-I-2021-001929-FNFPCE-900, de fecha 28 de octubre de 2021.

11. Oficio No. CNE-I-2021-001329-FNFPCE-900, de fecha 6 de octubre de 2021.

10. Oficio No. CNE-I-2021-001929-FNFPCE-900, de fecha 28 de octubre de 2021.

11. Oficio No. CNE-I-2021-001329-FNFPCE-900, de fecha 6 de octubre de 2021.

12. Oficio No. CNE-FNFP-4846, de fecha 9 de julio de 2021.

13. Oficio No. CNE-FNFP-4703, de fecha 9 de julio de 2021.

14. Oficio no. CNE-S-FNFP-0374-2021-FNFPCE-900, de fecha 19 de agosto de 2021

15. Oficio No. CNE-I-2022-000173-FNFPCE-900, de fecha 13 de enero de 2021.

1.9. Mediante Auto del 1 de marzo de 2022, se ordenó el desglose del Expediente 507620, en los siguientes términos:

“ARTÍCULO PRIMERO: ORDÉNESE el desglose del Expediente 5076-20, respecto de los radicados relacionados a continuación y abonados a dicho expediente y como consecuencia se designe un radicado independiente para cada uno de ellos:

7. Oficio No. CNE-I-2021-003663-FNFPCE-900, de fecha 17 de diciembre de 2021.

(…)”.

1.10. Una vez realizado el desglose, bajo el radicado No. CNE-E-DG-2022-009841, se recibió oficio No. CNE-S-2021-003396-FNFPCE-900 del 20 de diciembre de 2022 a través del cual la Asesoría del Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral remitió la revisión efectuada al informe de ingresos y gastos consolidado de la campaña a CONCEJO

Asesoría del Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral remitió la revisión efectuada al informe de ingresos y gastos consolidado de la campaña a CONCEJO del MUNICIPIO de QUIMBAYA de los candidatos avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICAPRE, para las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, en el cual se manifestó:

“(…) La lista de los candidatos avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICAPRE para el CONCEJO municipal de QUIMBAYA Departamento de QUINDIO, elecciones 27 de octubre de 2019 son los siguientes:Resolución No. 362 de 2023 Página 4 de 47

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya en el Departamento de Quindío, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE-, por la presunta violación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1475 del 2011, en lo referente a la no presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No.

CNE-E-DG-2022-009841.

NO NOMBRE DE LOS CANDIDATOS CÉDULA

1 MARÍA ALEJANDRA SAAVEDRA QUINTERO 1007269033

2 CARLOS FABIÁN GIRALDO LONDOÑO 1097034732

3 JESÚS ANTONIO HENAO MURIEL 18465187

4 NANCY ORDOÑEZ OSSA 25026881

5 JHONY ANDRÉS LLANO LÓPEZ 18470926

3 JESÚS ANTONIO HENAO MURIEL 18465187

4 NANCY ORDOÑEZ OSSA 25026881

5 JHONY ANDRÉS LLANO LÓPEZ 18470926

6 GLORIA INÉS MARÍN RAMÍREZ 15021501

7 JUAN CARLOS DÍAZ DÍAZ 18464875

8 SAMUEL CORTÉS ARIAS 1097032283

9 JORGE ENRIQUE MARTÍNEZ LÓPEZ 18463704

10 LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA 7510480 11 LEONEL VARGAS 14450884

En el dictamen suscrito por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA –PRE Dra. FANNY LUCÍA CASTRO VEGA con T.P. No. 25172-T. No se allegaron los informes de ingresos y gastos del candidato registrado en el cuadro, y se evidencia que No cumplieron con la presentación Física.

Que una vez revisado el informe de Ingresos y Gastos consolidad (sic), de la campaña al respecto me permito informar, que se evidencia una PRESUNTA VULNERACIÓN del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, párrafo quinto: (...)Los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos presentarán ante el Consejo Nacional Electoral los informes consolidados de ingresos y gastos de las campañas electorales en las que hubiere participado dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la votación. Los gerentes de campaña y candidatos deberán presentar ante el respectivo partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos los informes individuales de i ngresos y gastos de sus campañas dentro del mes siguiente a la fecha de la votación. (...).

partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos los informes individuales de i ngresos y gastos de sus campañas dentro del mes siguiente a la fecha de la votación. (...).

En el dictamen suscrito por FANNY LUC ÍA CASTRO VEGA con T.P No.25172 -T Auditora Interna PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICAPRE infiere “ABSTENCIÓN DE OPINI ÓN POR PRESENTACIÓN Los siguientes candidatos fueron declarados renuentes por no presentación de los informes de ingresos y gastos al no cumplir con la normatividad establecida por el CNE, y por lo tanto me abstengo de emitir concepto alguno por no tener los elementos necesarios para hacerlo”

Comentarios: con respecto al dictamen cabe aclarar que los candidatos no hicieron su presentación de sus informes físicos de acuerdo al informe radicado ante FNFP.

Se rinde el presente informe para los fines pertinentes, anexando los siguientes documentos:

 Copias del Dictamen de la Auditora Interna del PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICAPRE (5 folios)

 Censo Electoral (1 Folio)

(…)”.

1.11. Adjunto al informe de la contadora del Fondo Nacional de Financiación Política, se remitió el alcance realizado por FANNY LUCÍA CASTRO VEGA, Auditora Interna del PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA-PRE, del cual se destacan los siguientes apartes:

“(...)Resolución No. 362 de 2023 Página 5 de 47

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya

“(...)Resolución No. 362 de 2023 Página 5 de 47

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya en el Departamento de Quindío, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE-, por la presunta violación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1475 del 2011, en lo referente a la no presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No.

CNE-E-DG-2022-009841.

ASBTENCIÓN DE OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN

Los siguientes candidatos fueron declarados renuentes por no presentación de los informes de ingresos y gastos al no cumplir con la normatividad establecida por el CNE, y por lo tanto me abstengo de emitir concepto alguno por no tener los elementos necesarios para hacerlo.

NO NOMBRE DE LOS CANDIDATOS CÉDULA

1 MARÍA ALEJANDRA SAAVEDRA QUINTERO 1007269033

2 CARLOS FABIÁN GIRALDO LONDOÑO 1097034732

3 JESÚS ANTONIO HENAO MURIEL 18465187

4 NANCY ORDOÑEZ OSSA 25026881

5 JHONY ANDRÉS LLANO LÓPEZ 18470926

6 GLORIA INÉS MARÍN RAMÍREZ 15021501

7 JUAN CARLOS DÍAZ DÍAZ 18464875

8 SAMUEL CORTÉS ARIAS 1097032283

9 JORGE ENRIQUE MARTÍNEZ LÓPEZ 18463704

10 LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA 7510480

8 SAMUEL CORTÉS ARIAS 1097032283

9 JORGE ENRIQUE MARTÍNEZ LÓPEZ 18463704

10 LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA 7510480 11 LEONEL VARGAS 14450884

(…)”

1.12. Por medio de Resolución No. 4012 de fecha 10 de agosto de 2022, la Corporación ordenó abrir investigación administrativa y formular cargos en contra de los ciudadanos: MARÍA ALEJANDRA SAAVEDRA QUINTERO con cédula 1007269033, CARLOS FABIÁN GIRALDO LONDOÑO con cédula 109 7034732, JESÚS ANTONIO HENAO MURIEL con cédula 18465187, NANCY ORDOÑEZ OSSA con cédula 25026881, JHONY ANDRÉS LLANO LÓPEZ con cédula 18470926, GLORIA INÉS MARÍN RAMÍREZ con cédula 15021501, JUAN CARLOS DÍAZ DÍAZ con cédula 18464875, SAMUEL CORTÉS ARIAS con cédula 1097032283, JORGE ENRIQUE MART ÍNEZ LÓPEZ con cédula 18463704, LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA con cédula 7510480, LEONEL VARGAS con cédula 14450884, en condición de excandidatos al concejo del MUNICIPIO de QUIMBAYA en el departamento del QUINDÍO, por la presunta omisión de presentación de los respectivos informes individuales de ingresos y gastos de sus campañas, con transgresión al inciso 5 del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y del entonces PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, por la presunta

ingresos y gastos de sus campañas, con transgresión al inciso 5 del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y del entonces PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, por la presunta transgresión al artículo 8º y los numerales 1º y 4º del artículo 10º de la Ley 1475 de 2011, dentro de las campañas de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019. “(…)

ARTÍCULO PRIMERO: ABRIR INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y FORMULAR CARGOS a los ciudadanos que se identifican e individualizan en el siguiente cuadro, en calidad de candidatos, por la presunta responsabilidad en la infracción al inciso 5 del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la omisión al no presentar losResolución No. 362 de 2023 Página 6 de 47

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya en el Departamento de Quindío, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE-, por la presunta violación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1475 del 2011, en lo referente a la no presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No.

CNE-E-DG-2022-009841.

respectivos informes individuales de ingresos y gastos de sus campañas, de acuerdo con lo establecido en la parte considerativa de la presente resolución.

NO NOMBRE DE LOS CANDIDATOS CÉDULA

1 MARÍA ALEJANDRA SAAVEDRA QUINTERO 1007269033

con lo establecido en la parte considerativa de la presente resolución.

NO NOMBRE DE LOS CANDIDATOS CÉDULA

1 MARÍA ALEJANDRA SAAVEDRA QUINTERO 1007269033

2 CARLOS FABIÁN GIRALDO LONDOÑO 1097034732

3 JESÚS ANTONIO HENAO MURIEL 18465187

4 NANCY ORDOÑEZ OSSA 25026881

5 JHONY ANDRES LLANO LÓPEZ 18470926

6 GLORIA INÉS MARÍN RAMÍREZ 15021501

7 JUAN CARLOS DÍAZ DÍAZ 18464875

8 SAMUEL CORTES ARIAS 1097032283

9 JORGE ENRIQUE MARTÍNEZ LÓPEZ 18463704

10 LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA 7510480 11 LEONEL VARGAS 14450884

ARTÍCULO SEGUNDO: ABRIR INVESTIGACIÓN ADMINISTRAT IVA Y FORMULAR CARGOS contra él entonces, PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA PRE-, representado por WILSON RENTERÍA RIASCOS identificado con la cédula de ciudadanía 16.858.644, por presunta responsabilidad en la infracción al artículo 8, el numeral 1 del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, por incumplimiento a los deberes de diligencia, de acuerdo con lo establecido en la parte considerativa de la presente resolución.

(…)”.

1.13. Que los investigados y el Ministerio Público, fueron notificados de la siguiente manera: Investigados e interviniente: Notificación Término para descargos Presentó descargos

resolución.

(…)”.

1.13. Que los investigados y el Ministerio Público, fueron notificados de la siguiente manera: Investigados e interviniente: Notificación Término para descargos Presentó descargos

MARÍA ALEJANDRA SAAVEDRA QUINTERO 15/09/2022 Correo E. 06/10/2022 No presentó

CARLOS FABIÁN GIRALDO LONDONO 15/09/2022 Correo E. 06/10/2022 No presentó JESÚS ANTONIO HENAO MURIEL 03/10/2022 Cartelera 25/10/2022 No presentó NANCY ORDOÑEZ OSSA 03/10/2022 Cartelera 25/10/2022 No presentó JHONY ANDRÉS LLANO LÓPEZ 03/10/2022 Cartelera 25/10/2022 No presentó GLORIA INÉS MARÍN RAMÍREZ 15/09/2022 Correo E. 06/10/2022 No presentó JUAN CARLOS DÍAZ DÍAZ 15/09/2022 Correo E. 06/10/2022 No presentó SAMUEL CORTÉS ARIAS 15/09/2022 Correo E. 06/10/2022 No presentó JORGE ENRIQUE MARTÍNEZ LÓPEZ 03/10/2022 Cartelera 25/10/2022 No presentó LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA 03/10/2022 Cartelera 25/10/2022 No presentó LEONEL VARGAS 03/10/2022 Cartelera 25/10/2022 No presentó MINISTERIO PÚBLICO 31/08/2022 Correo E. 21/09/2022 No intervino

LEONEL VARGAS 03/10/2022 Cartelera 25/10/2022 No presentó MINISTERIO PÚBLICO 31/08/2022 Correo E. 21/09/2022 No intervino

1.14. Dentro del término legal, el doctor Germán Ernesto Escobar Higuera, profesional en derecho, identificado con la cédula de ciudadan ía No. 88.259.798 y tarjeta profesional No. 167.565 del Consejo Superior de la Judicatura; con poder debidamente otorgado, presenta escrito de descargos, en representación del Partido de Reivindicación Étnica - “PRE”.Resolución No. 362 de 2023 Página 7 de 47

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya en el Departamento de Quindío, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE-, por la presunta violación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1475 del 2011, en lo referente a la no presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No.

CNE-E-DG-2022-009841.

1.15. Mediante oficio No. CNE -E-DG-2022023258, la D octora Lena Hoyos González, en calidad de Ex Subsecretaria de esta Corporación y en cumplimiento de lo ordenado en el artículo cuarto de la Resolución No. 4115 de 2022, se sirvió a remitir con destino a esta actuación la siguiente certificación:

“(…)

Que revisada la base de datos de la Subsecretaria (sic) del Consejo Nacional

artículo cuarto de la Resolución No. 4115 de 2022, se sirvió a remitir con destino a esta actuación la siguiente certificación:

“(…)

Que revisada la base de datos de la Subsecretaria (sic) del Consejo Nacional Electoral no se encontró sanción alguna en contra de los ciudadanos MARIA ALEJANDRA SAAVEDRA QUINTERO con cédula 1007269033, CARLOS FABIÁN GIRALDO LONDOÑO con cédula 1097034732, JESÚS ANTONIO HENAO MURIEL con cédula 18465187, NANCY ORDOÑEZ OSSA con cédula 25026881, JHONY ANDRÉS LLANO LÓPEZ con cédula 18470926, GLORIA INÉS MARÍN RAMÍREZ con cédula 15021501, JUAN CARLOS DÍAZ DÍAZ con cédula 18464875, SAMUEL CORTÉS ARIAS con cédula 1097032283, JORGE ENRIQUE MARTINEZ LÓPEZ con cédula 18463704, LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA con cédula 7510480, LEONEL VARGAS con cédula 14450884 y respecto al PARTIDO DE

REIVINDICACIÓN ÉTNICA - PRE:

 La Resolución No. 8695 de noviembre de 2021 , “Por medio del cual el Consejo Nacional Electoral sanciona al PARTIDO DE REINVIDICACIÓN ETNICA “PRE” Y AL MOVIMIENTO POLÍTICO TODOS SOMOS COLOMBIA “TSC”, por el incumplimiento en el deber de rendición publica de cuentas del periodo 2018, radicado 7668-19

(…)”.

1.16. Al vencimiento del periodo constitucional de los Magistrados del Consejo Nacional

en el deber de rendición publica de cuentas del periodo 2018, radicado 7668-19

(…)”.

1.16. Al vencimiento del periodo constitucional de los Magistrados del Consejo Nacional Electoral elegidos en el periodo que finalizó el pasado 31 de agosto de 2022, se llevó a cabo nuevo reparto, correspondiendo el presente asunto a la Magistrada FABIOLA MÁRQUEZ GRISALES, quién se posesionó el día 7 de septiembre de 2022. Recibiendo el presente expediente el día 15 de septiembre de los corrientes por parte de Subsecretaría, dependencia que tenía en custodia todos los expedientes de cada Despacho de la Corporación desde la terminación del periodo constitucional de los anteriores Magistrados.

1.17. Mediante Auto del 21 de noviembre de 2022, se corrió traslado a los investigados para presentar alegatos de conclusión, en los siguientes términos:

“ARTÍCULO TERCERO: CÓRRASE TRASLADO PARA ALEGAR DE CONCLUSIÓN por el término de quince (15) días hábiles a los investigados y al MINISTERIO PÚBLICO, remitiéndoles copia íntegra del exp ediente No. CNE-E-DG2022-009841, para su conocimiento:

MINISTERIO PÚBLICO Dirección y/o correo electrónico PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN notificaciones.cne@procuraduria.gov.coResolución No. 362 de 2023 Página 8 de 47

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya en el Departamento de Quindío, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE-, por la presunta violación

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya en el Departamento de Quindío, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE-, por la presunta violación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1475 del 2011, en lo referente a la no presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No.

CNE-E-DG-2022-009841.

ARTÍCULO SEXTO: Los investigados, así como el Ministerio Público, dispondrán de un término de quince (15) días hábiles contados a partir de la comunicación del presente auto, para rendir alegatos de conclusión. El mismo plazo se concede al

PARTIDO REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE. (…)”.

1.18. El Auto del 21 de noviembre de 2022 fue comunicado de la siguiente manera:

Investigados e interviniente: Notificación Presentó descargos

MARIA ALEJANDRA SAAVEDRA QUINTERO 25/11/2022

Correo E. No presentó

CARLOS FABIÁN GIRALDO LONDONO 25/11/2022

Correo E. No presentó

JESÚS ANTONIO HENAO MURIEL 02/12/2022

Cartelera No presentó

NANCY ORDOÑEZ OSSA 02/12/2022

Cartelera No presentó

JHONY ANDRÉS LLANO LÓPEZ 02/12/2022

Cartelera No presentó

Cartelera No presentó

NANCY ORDOÑEZ OSSA 02/12/2022

Cartelera No presentó

JHONY ANDRÉS LLANO LÓPEZ 02/12/2022

Cartelera No presentó

GLORIA INÉS MARÍN RAMÍREZ 25/11/2022

Correo E. No presentó

JUAN CARLOS DÍAZ DÍAZ 25/11/2022

Correo E. No presentó

SAMUEL CORTÉS ARIAS 25/11/2022

Correo E. No presentó

JORGE ENRIQUE MARTÍNEZ LÓPEZ 02/12/2022

Cartelera No presentó

LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA 02/12/2022

Cartelera No presentó

LEONEL VARGAS 02/12/2022

Cartelera No presentó

MINISTERIO PÚBLICO 25/11/2022

Correo E No intervino

No. INVESTIGADO DIRECCIÓN DE NOTIFICACIÓN

1 MARÍA ALEJANDRA SAAVEDRA QUINTERO saavedramariaalejandra20@gmail.com 2 CARLOS FABIÁN GIRALDO LONDOÑO fabian_im13@hotmail.com

3 JESÚS ANTONIO HENAO MURIEL Cartelera

4 NANCY ORDOÑEZ OSSA Cartelera

5 JHONY ANDRÉS LLANO LÓPEZ Cartelera

6 GLORIA INÉS MARÍN RAMÍREZ quimbayaunida@gmail.com 7 JUAN CARLOS DÍAZ DÍAZ juancarlos68diaz@gmail.com 8 SAMUEL CORTÉS ARIAS samuelcortesarias0@gmail.com

9 JORGE ENRIQUE MARTÍNEZ LÓPEZ Cartelera

10 LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA Cartelera

8 SAMUEL CORTÉS ARIAS samuelcortesarias0@gmail.com

9 JORGE ENRIQUE MARTÍNEZ LÓPEZ Cartelera

10 LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA Cartelera

11 LEONEL VARGAS Cartelera Apoderado

GERMÁN ERNESTO ESCOBAR HIGUERA.

PARTIDO REIVINDICACIÓN ÉTNICA - PRE

germanescobarhiguera@gmail.comResolución No. 362 de 2023 Página 9 de 47

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya en el Departamento de Quindío, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE-, por la presunta violación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1475 del 2011, en lo referente a la no presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No.

CNE-E-DG-2022-009841.

1.19. Mediante oficio presentado el 15 de diciembre de 2022, el Doctor GERMÁN E. ESCOBAR HIGUERA, profesional en derecho y actuando en representación del señor WILSON RENTERÍA RIASCOS , representante legal del entonces partido político de Reivindicación Étnica –PRE-, investigado dentro de la presente actuación, presentó escrito de alegatos de conclusión.

1.20. Mediante oficio CNE -I-2022-008369 de 22 de diciembre de 2022, la Doctora Zamira Marcela G ómez, Asesora del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales, alleg ó información sobre los formularios 5B (informe ind ividual de ingresos y

Marcela G ómez, Asesora del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales, alleg ó información sobre los formularios 5B (informe ind ividual de ingresos y gastos de candidatos) de varios radicados.

“(…)

En atención a su solicitud radicada en el Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales el 02 de diciembre de 2022, bajo el número del asunto, a través del cual solicita:

“(...)Copia formularios 5B (informe individual de ingresos y gastos de candidatos) – varios radicado. (...)”.

Nos permitimos dar respuesta en los siguientes términos:

Expedientes CNE-E-DG-2022-009841, CNE-E-DG-2022-009844, y CNE-E-DG-2022009843: Adjunto al presente se remiten los formularios 5B y anexos – Informe Individual de Ingresos y Gastos de Campaña, de los candidatos relacionados en cada uno de los expedientes de los numerales 2, 3, y 4, a excepción de los señores SAITH ALBERTO POSADA F ERRER y JULIO CESAR TORRES ROMERO (Expediente CNE-E-DG-2022009844), quienes no remitieron su informe a través del software aplicativo “Cuentas Claras”.

(…)”

2. ACERVO PROBATORIO

2.1. Oficio CNE-I-2021-003663-FNFPCE-900 concerniente al informe realizado por el señor RICARDO BENITO RODRIGUEZ ROSALES, contador adscrito al Fondo Nacional de Financiación Política de esta Corporación, mediante el cual informó acerca de la presunta

RICARDO BENITO RODRIGUEZ ROSALES, contador adscrito al Fondo Nacional de Financiación Política de esta Corporación, mediante el cual informó acerca de la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1474 de 2011, por parte de la campaña de los ciudadanos LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA, SAMUEL CORT ÉS ARIAS, JUAN CARLOS D ÍAZ DÍAZ, CARLOS FABIÁN GIRALDO LONDOÑO, JESÚS ANTONIO HENAO MURIEL, JHONY ANDRÉS LLANO L ÓPEZ, GLORIA IN ÉS MARÍN RAMÍREZ, JORGE ENRIQUE MART ÍNEZ LÓPEZ, NANCY ORDOÑEZ OSSA, MARÍA ALEJANDRA SAAVEDRA QUINTERO, LEONELResolución No. 362 de 2023 Página 10 de 47

Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a once (11) excandidatos al Concejo Municipal de Quimbaya en el Departamento de Quindío, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE-, por la presunta violación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1475 del 2011, en lo referente a la no presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña, para las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 octubre de 2019, dentro del radicado No.

CNE-E-DG-2022-009841.

VARGAS, al Concejo del MUNICIPIO de QUIMBAYA, para las elecciones celebradas el 27 de octubre de 2019.

2.2. Dictamen realizado por Fanny Luc ía Castro Vega, Auditora Interna del partido, a los informes de ingresos y gastos presentados por la campaña de los ciudadanos LUIS ENRIQUE

octubre de 2019.

2.2. Dictamen realizado por Fanny Luc ía Castro Vega, Auditora Interna del partido, a los informes de ingresos y gastos presentados por la campaña de los ciudadanos LUIS ENRIQUE CARDONA CARDONA, SAMUEL CORT ÉS ARIAS, JUAN CARLOS D ÍAZ D ÍAZ, CARLOS FABIÁN GIRALDO LONDOÑO, JESÚS ANTONIO HENAO MURIEL, JHONY ANDRES LLANO LÓPEZ, BIBIAN ANDREA LOAIZA CARMONA, GLORIA IN ÉS MAR ÍN RAM ÍREZ, JORGE ENRIQUE MARTÍNEZ LÓPEZ, NANCY ORDOÑEZ OSSA, MARÍA ALEJANDRA SAAVEDRA QUINTERO, LEONEL VARGAS, ex candidatos al Concejo del Municipio de QUIMBAYA.

2.3. Copia de censo electoral.

2.4. Copia del formulario 7B con sus anexos de la lista al Concejo de Municipio de Quimbaya.

2.5. Copia de los informes individuales de ingresos y gastos de la campaña , reportados en el aplicativo de “Cuentas Claras” de los ciudadanos: Luis Enrique Cardona Cardona, Samuel Cortés Arias, Juan Carlos Díaz Díaz, Carlos Fabián Giraldo Londoño, Jesús Antonio Henao Muriel, Jhony Andrés Llano López, Bibian Andrea Loaiza Carmona, Gloria Inés Marín Ramírez, Jorge Enrique Mart ínez López, Nancy Ordoñez Ossa, Mar ía Alejandra Saavedra Quintero, Leonel Vargas, Luz Yaned Velásquez Ocampo , excandidatos al Concejo M unicipal de Quimbaya, para las elecciones celebradas el 27 de octubre de 2019.

Leonel Vargas, Luz Yaned Velásquez Ocampo , excandidatos al Concejo M unicipal de Quimbaya, para las elecciones celebradas el 27 de octubre de 2019. 2.6. Oficio No. CNE-E-DG-2022023257, mediante el cual la doctora Lena Hoyos González, en calidad de Ex Subsecretaria de e

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