CNE - Resolución 0476 de 2022
CNE - Consejo Nacional Electoral
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CNE - Resolución 0476 de 2022
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN No. 476 de 2022 (13 de enero)
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas , la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO , frente a l Gobierno municipal de Villavicencio, Meta.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018.
CONSIDERANDO
A través de la Resolución N°.1587 del 01 de abril del 2020, el Consejo Nacional Electoral ordenó inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las declaraciones emitidas por el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO , frente algunos gobiernos locales , entre los cuales se enc uentran la declaración política de independencia , frente al Gobierno municipal de Villavicencio, Meta.
El artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que “Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.
Mediante comunicación allegada a la Ases oria de Inspección y Vigilancia, por medio del Gestor Documental ePx , de fecha fecha 05 de octubre del 2021 con radicado de entrada CNE-E-2021-019970, el señor RICARDO GÓMEZ BOTERO , quien funge como Honorable
Gestor Documental ePx , de fecha fecha 05 de octubre del 2021 con radicado de entrada CNE-E-2021-019970, el señor RICARDO GÓMEZ BOTERO , quien funge como Honorable Concejal por parte de la bancada del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO , en municipio de Villavicencio, Meta, presenta una solicitud de modificación de declaración política.Resolución No. 476 de 2022 Página 2 de 5
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO ,frente al Gobierno municipal de Villavicencio, Meta. En virtud de lo anterior, una vez revisada la solicitud incoada, por medio del oficio bajo radicado CNE-S-2021-002005-DVIE-700 de fecha 07 de octubre de 2021, dirijido a nombre del Doctor GÓMEZ BOTERO , enviado con copia al correo electrónico secretariageneral@partidoconservador.org, por parte de la Asesoria de Inspeccion y Vigilancia de esta Corporación se procede a solicitar la subsanación respecto de la solictud de registro, toda vez que la m isma NO cumple con los requisitos formales de presentación frente a la modificación de la declaración política solicitada.
Por medio de la plataforma del Gestor Documental ePx, se allega la contestación al oficio arriba descrito, identificado con el radicado CNE-E-2021-020567 de fecha 11 de octubre del 2021, bajo el cual se remite la solicitud de modificación de la declaración política suscrita por parte del Doctor OMAR YEPES ALZATE , quien funge como Representante Legal y
2021, bajo el cual se remite la solicitud de modificación de la declaración política suscrita por parte del Doctor OMAR YEPES ALZATE , quien funge como Representante Legal y Presidente del PARTIDO CONSER VADOR COLOMBIANO , bajo el oficio PCC/PTE 0322021 de fecha 08 de octubre del 2021 por parte del Honorable Concejal RICARDO GÓMEZ BOTERO, frente al Gobierno Municipal de Villavicencio – Meta, asi:
Por lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraci ones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político con personería jurídica, en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018.
Luego de una revis ión fáctica y jurí dica de la solicitud remitida por parte del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, se observa que la modificación de la declaración política fue adoptada y presentada conforme a lo dispuesto en el articulo 45 de los Estatutos, en cuyo numeral 18 se lee:
“ARTÍCULO 45. (Modificado por la Conferencia de Directorios Regionales) Son funciones del Directorio Nacional Conservador:
FECHA
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
cuyo numeral 18 se lee:
“ARTÍCULO 45. (Modificado por la Conferencia de Directorios Regionales) Son funciones del Directorio Nacional Conservador:
FECHA
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
CIRCUNSCRIPCIÓN
DECLARACIÓN
INICIAL
SENTIDO DE LA
MODIFICACIÓN
11/10/202 1
Meta
Villavicencio
Municipal
Independencia
OposiciónResolución No. 476 de 2022 Página 3 de 5
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO ,frente al Gobierno municipal de Villavicencio, Meta. (…)
18. Interpretar y reglamentar los presentes Estatutos.”
En cuanto al procedimiento y la autoridad estatutariamente establecida para la presentación de la solicitud de modificación de la declaración política, se encuentra que las mismas cumplen con lo estipulado en el articulo primero de la Resolucion N° 001 del 2020 “Por medio de la cual se establece el mecanismo interno para la aplicación de la Ley estatutaria 1909 de 2018 a nivel departamental y municipal” , en la cual el Partido CONSERVADOR COLOMBIANO estableció el procedimiento interno para la expedición de la declara ción política, así:
“ARTÍCULO 1 - PROCEDIMIENTO INTERNO DE DECLARACIÓN
POLÍTICA.
Cada una de las bancadas debidamente conformadas en los niveles
política, así:
“ARTÍCULO 1 - PROCEDIMIENTO INTERNO DE DECLARACIÓN
POLÍTICA.
Cada una de las bancadas debidamente conformadas en los niveles departamentales y municipales deberán realizar una reunión levantando un acta de asistencia, con firma y fecha en la cual expondrán cuál es el sentido de la declaración política. Podrán declararse de gobierno, oposición o independientes. Esta decisión deberá estar motivada en el acta y enviad a inmediatamente al Directorio Nacional Conservador, por intermedio de la Secretaria General para que la misma proceda a enviar comunicación con el soporte del acta al Consejo Nacional electoral, con la declaración políticamente tomada”.
Asi las cosas, a la solicitud de modificación de la declaración política de Villavicencio - Meta, se adjuntó la solicitud dirigida a nombre de la Doctora ORFA PATRICIA MONTOY GARCIA, donde se expone la solicitud de modificación por parte donde del Doctor GÓMEZ BOTERO donde se expresa la decisión de modificación de postura.
Con base en lo anterior, s e procederá a la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de l as modificaciones de las declaraciones políticas, adoptadas de acuerdo a lo previsto en sus estatutos y suscrita por la autoridad estatutariamente habilitada por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO para tales fines.Resolución No. 476 de 2022 Página 4 de 5
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO ,frente al Gobierno municipal de Villavicencio, Meta. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACION POLÍTICA, emitida por el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, frente al Gobierno municipal de Villavicencio
- Meta, la cuale quedará así:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTE CARGO
DECLARANTE
Villavicencio
Meta Municipal
Oposición
Omar Yepes Alzate
Representante Legal y Presidente
ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente modificación y anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación , al PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, en la siguiente dirección: Avenida Cra. 24 N° 37 – 09 (Park Way) en la ciudad de Bogotá D.C., y en los
Subsecretaría de la Corporación , al PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, en la siguiente dirección: Avenida Cra. 24 N° 37 – 09 (Park Way) en la ciudad de Bogotá D.C., y en los siguientes correos electrónicos secretariageneral@partidoconservador.org. ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.
ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Asesoría de Inspección y Vigilancia mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia.Resolución No. 476 de 2022 Página 5 de 5
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO ,frente al Gobierno municipal de Villavicencio, Meta. ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Procuraduría General de la Nación mediante el correo electrónico notificaciones.cne@procuraduria.gov.co.
ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al alcalde municipal de Villavicencio – Meta, así como a l concejo municipal.
ARTÍCULO OCTAVO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTÍCULO OCTAVO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los trece (13) días del mes de enero de dos mil veintidos (2022).
DORIS RUTH MÉNDEZ CUBILLOS
Presidenta
VIRGILIO ALMANZA OCAMPO
Vicepresidente
Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.
Proyectó: PVEC.
Revisó: NMG.
Aprobó: JAVY.