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CNE - Resolución 0540 de 2023

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 0540 de 2023
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2023

RESOLUCIÓN N o. 0540 de 2023 (25 de enero)

Por medio de la cual se CORRIGE la resolución No.5027 del 02 de noviembre de 2022, por medio de la cual se ordenó el registro e inscripción de los miembros que conforman el DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA del PARTIDO DE LA UNIÓN PARA LA

GENTE – PARTIDO DE LA “U”

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el numeral 6 del artículo 265 de la C onstitución Política , Ley 130 de 1994, Ley 1475 de 2011 y teniendo en cuenta los siguientes:

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

1.1. Que, mediante Resolución No. 5027 de 2022 se ordenó el REGISTRO e INSCRIPCIÓN de los miembros que conforman el DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA del PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE – PARTIDO DE LA “U”, de conformidad con el literal k del artículo 35 y 40 de los estatutos vigentes.

1.2. Que, mediante comunicaciones No. CNE-E-DI-2022-001696, CNE-E-DG-2022-025650 y CNE-I-2022-007994 se presentó recurso de reposición en contra de la Resolución No. 5027 del 2 de noviembre de 2022, expedida por el Consejo Nacional Electoral dentro del rad icado No. CNE-E-DG-2022-022653. El mismo, se sustentó en los siguientes términos:

“En Resolución No. 5027 de 2 de noviembre de 2022, el Consejo Nacional Electoral – CNE ordenó el registro e inscripción de los miembros que

“En Resolución No. 5027 de 2 de noviembre de 2022, el Consejo Nacional Electoral – CNE ordenó el registro e inscripción de los miembros que conforman el Directorio Departamental de Huila del Partido de la Unión por la Gente – Partido de la “U” en el Regist ro Único de Partidos y Movimientos Políticos.

No obstante, una vez revisado el Acto Administrativo referido, se evidencian los siguientes errores susceptibles de modificación a través presente recurso de reposición, veamos:Resolución No. 0540 de 2023 Página 2 de 7

Por medio de la cual se CORRIGE la resolución No.5027 del 02 de noviembre de 2022, por medio de la cual se ordenó el registro e inscripción de los miembros que conforman el DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA del PARTIDO DE LA UNIÓN PARA LA GENTE – PARTIDO DE LA “U”

2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

2.1. Constitución Política

ARTICULO 265. <Artículo modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo 1 de

2009. El nuevo texto es el siguiente:> El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las siguientes atribuciones especiales:

representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las siguientes atribuciones especiales:

1. Ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral.

(…)

6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos Políti cos y de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías.

(…)”

2.2. Ley 1437 de 2011 - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

“ARTÍCULO 45. CORRECCIÓN DE ERRORES FORMALES. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativo s, ya sean aritméticos, de digitación, de

INCONSISTENCIAS

ARTÍCULO DIRECTORIO SECTOR ERROR

EVIDENCIADO

CORRECCIÓN

Primero Departamental del Huila Todos El Despacho omitió registrar los nombres y apellidos completos de todos los miembros Se deben relacionar los nombres y apellidos completos de todos los miembros Primero Departamental del Huila Sector Político “Yuber Carvajal” Yuberley Carvajal GómezResolución No. 0540 de 2023 Página 3 de 7

miembros Primero Departamental del Huila Sector Político “Yuber Carvajal” Yuberley Carvajal GómezResolución No. 0540 de 2023 Página 3 de 7

Por medio de la cual se CORRIGE la resolución No.5027 del 02 de noviembre de 2022, por medio de la cual se ordenó el registro e inscripción de los miembros que conforman el DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA del PARTIDO DE LA UNIÓN PARA LA GENTE – PARTIDO DE LA “U”

transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”

3. CONSIDERACIONES

Esta Corporaci ón, mediante Resolución No. 5027 del 02 de noviembre de 2022 ordenó el REGISTRO e INSCRIPCIÓN de los miembros que conforman el DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA del PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE – PARTIDO DE LA “U”, de conformidad con el literal k del artículo 35 y el artículo 40 de los estatutos del partido.

Sin embargo, el 29 de noviembre de 2022 , estando dentro del término , el PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE – PARTIDO DE LA “U” por intermedio de su apoderada YINNA JASBLEYDI MORA CARDOZO presentó recurso de reposición en contra de la Resolución 5027 de 2022, al considerar que, el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL en ese acto

JASBLEYDI MORA CARDOZO presentó recurso de reposición en contra de la Resolución 5027 de 2022, al considerar que, el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL en ese acto administrativo incurrió en algunos errores mecanográficos, relacionados con los nombres de los miembros que conforman el DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA.

Así las cosas, en atención a la solicitud presentada, se procedió a verificar la integralidad del expediente No. CNE-E-DG-2022-022653, particularmente en lo relativo a los nombre s de los miembros del referido Directorio D epartamental, evidenciándose que, en efecto, por error de digitación del abogado sustanciador, en la ya citada resoluci ón No. 5027 del 2022, se omitió registrar los nombres y apellidos completos , se cambió uno de los nombres y a su vez, se modificó el número de identificación de uno de ellos.

Así pues, establecido como está que el mencionado yerro en la Resolución 5027 del 2022 es meramente formal, y en aras de garantizar la integralidad de la actuación y la consecución de las finalidades del proceso administrativo sancionatorio, esta Corporación de conformidad con el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, dispondrá corregi r los errores en la transcripción o digitación de los nombres e identificación de los miembros del DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA del PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE – PARTIDO

DE LA “U”.

Por lo anterior, se ordenará corregir el registro de los miembros, así:Resolución No. 0540 de 2023 Página 4 de 7

Por medio de la cual se CORRIGE la resolución No.5027 del 02 de noviembre de 2022, por medio de la cual se ordenó el registro e inscripción de los miembros que conforman el DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA del PARTIDO DE LA UNIÓN PARA LA GENTE – PARTIDO DE LA “U”

DIRECTIVOS

CARGO NOMBRE CÉDULA

Presidente Jorge Andrés Gechem Artunduaga 1.075.237.628 Vicepresidente Néstor Iván Rodríguez Andrade 1.075.256.111 Secretario Luceny Valenzuela Mayorca 36.163.128

REPRESENTANTES DEL SECTOR POLÍTICO

REPRESENTANTE ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES

NOMBRE CÉDULA

Cesar Andrés Benito García Segura 7.704.449

REPRESENTANTE ORGANIZACIONES ÉTNICAS

NOMBRE CÉDULA

Héctor Andrés Quiñones Cárdenas 7.711.345

REPRESENTANTE ORGANIZACIONES DE MUJERES

NOMBRE CÉDULA

Alba Segura de Castaño 36.161.261

REPRESENTANTE MOVIMIENTO NACIONAL DE JUVENTUDES

NOMBRE CÉDULA

Óscar Alberto Murcia Silva 1.080.935.935

A su turno, como el escrito del recurso de reposición fue allegado por poder especial otorgado por DILIAN FRANCISCA TORO TORRRES identificada con cédula de ciudadanía No. 29.538.603, en calidad de Directora Única del PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE –

NOMBRE CÉDULA

Jorge Andrés Gechem Artunduaga 1.075.237.628

29.538.603, en calidad de Directora Única del PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE –

NOMBRE CÉDULA

Jorge Andrés Gechem Artunduaga 1.075.237.628 Néstor Iván Rodríguez Andrade 1.075.256.111 Luceny Valenzuela Mayorca 36.163.128 Jhon Sebastián Gómez Ortiz 1.075.273.121 Patricia Lugo Avendaño 52.818.230 Yuberley Carvajal Gómez 12.263.416 Sandra Milena Ninco Gutiérrez 36.089.377Resolución No. 0540 de 2023 Página 5 de 7

Por medio de la cual se CORRIGE la resolución No.5027 del 02 de noviembre de 2022, por medio de la cual se ordenó el registro e inscripción de los miembros que conforman el DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA del PARTIDO DE LA UNIÓN PARA LA GENTE – PARTIDO DE LA “U”

PARTIDO DE LA “U” a la profesional del derecho YINNA JASBLEYDI MORA CARDOZO , identificada con cédula de ciudadanía No. 52.261.342 y portadora de la tarjeta profesional No. 102.159 del Consejo Superior de la Judicatura para que los represente ante esta autoridad electoral, el cual una vez verificada su información en el sistema de información de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial de la Rama Judicial, el profesional del derecho no posee sanciones que limiten el ejercicio de la profesión (Certificado No . 2312661), del mismo modo validada la información en el sistema de infor mación SIRNA de la Rama Judicial reporta la vigencia de su Tarjeta Profesional (Certificado de vigencia No. 826796), por ello y ante el

validada la información en el sistema de infor mación SIRNA de la Rama Judicial reporta la vigencia de su Tarjeta Profesional (Certificado de vigencia No. 826796), por ello y ante el mandato otorgado se le reconocerá como apoderada especial del PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE – PARTIDO DE LA “U” identificado con NIT No. 830.124.379-1.

En mérito de lo expuesto esta Corporación,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a YINNA JASBLEYDI MORA CARDOZO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.261.342 y portadora de la tarjeta profesional No. 102.159 del Consejo Superior de la Judicatura como apoderada especial del PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE – PARTIDO DE LA U identificado con NIT No. 830.124.379 -1, conforme al poder aportado y lo considerado en el presente proveído.

ARTÍCULO SEGUNDO: CORREGIR los errores formales contenidos en la Resolución 5027 de 2022, en el sentido de indicar los nombres correctos completo s con el número de identificación de los miembros del DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA del PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE – PARTIDO DE LA “U”; así:

DIRECTIVOS

CARGO NOMBRE CÉDULA

Presidente Jorge Andrés Gechem Artunduaga 1.075.237.628 Vicepresidente Néstor Iván Rodríguez Andrade 1.075.256.111 Secretario Luceny Valenzuela Mayorca 36.163.128

REPRESENTANTES DEL SECTOR POLÍTICO

NOMBRE CÉDULA

Vicepresidente Néstor Iván Rodríguez Andrade 1.075.256.111 Secretario Luceny Valenzuela Mayorca 36.163.128

REPRESENTANTES DEL SECTOR POLÍTICO NOMBRE CÉDULA Jorge Andrés Gechem Artunduaga 1.075.237.628Resolución No. 0540 de 2023 Página 6 de 7

Por medio de la cual se CORRIGE la resolución No.5027 del 02 de noviembre de 2022, por medio de la cual se ordenó el registro e inscripción de los miembros que conforman el DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA del PARTIDO DE LA UNIÓN PARA LA GENTE – PARTIDO DE LA “U”

REPRESENTANTE ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES

NOMBRE CÉDULA

Cesar Andrés Benito García Segura 7.704.449

REPRESENTANTE ORGANIZACIONES ÉTNICAS

NOMBRE CÉDULA

Héctor Andrés Quiñones Cárdenas 7.711.345

REPRESENTANTE ORGANIZACIONES DE MUJERES

NOMBRE CÉDULA

Alba Segura de Castaño 36.161.261

REPRESENTANTE MOVIMIENTO NACIONAL DE JUVENTUDES

NOMBRE CÉDULA

Óscar Alberto Murcia Silva 1.080.935.935

ARTÍ CULO TERCERO – NOTIFICACIÓN: el presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente anotación en el Registro único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, en los términos del artículo 70 de la Ley 1437 de 2011 y del artículo 1 de la Resoluc ión 2599 de 2019 proferida por la Corporación.

Políticos y Agrupaciones Políticas, en los términos del artículo 70 de la Ley 1437 de 2011 y del artículo 1 de la Resoluc ión 2599 de 2019 proferida por la Corporación.

ARTÍCULO CUARTO . COMUNICAR el presente acto administrativo por intermedio de la Subsecretaría de la Corporación al PARTIDO DE LA UNIÓN POR LA GENTE – PARTIDO DE LA “U” por intermedio de su representante lega l, en el correo electrónico info@partidodelau.com

ARTÍCULO QUINTO : COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a la Asesoría de Inspección y Vigilancia del Consejo Nacional Electoral, remitiéndole copia integral de este acto administrativo,

Néstor Iván Rodríguez Andrade 1.075.256.111 Luceny Valenzuela Mayorca 36.163.128 Jhon Sebastián Gómez Ortiz 1.075.273.121 Patricia Lugo Avendaño 52.818.230 Yuberley Carvajal Gómez 12.263.416 Sandra Milena Ninco Gutiérrez 36.089.377Resolución No. 0540 de 2023 Página 7 de 7

Por medio de la cual se CORRIGE la resolución No.5027 del 02 de noviembre de 2022, por medio de la cual se ordenó el registro e inscripción de los miembros que conforman el DIRECTORIO DEPARTAMENTAL DEL HUILA del PARTIDO DE LA UNIÓN PARA LA GENTE – PARTIDO DE LA “U”

ARTÍCULO SEXTO: Contra la presente no procede recurso alguno.

NOTIFÍQUESE , COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

del PARTIDO DE LA UNIÓN PARA LA GENTE – PARTIDO DE LA “U”

ARTÍCULO SEXTO: Contra la presente no procede recurso alguno.

NOTIFÍQUESE , COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., el día veinticinco (25) del mes de enero del año dos mil veintitrés (2023).

FABIOLA MÁRQUEZ GRISALES

Presidenta

ÁLVARO HERNÁN PRADA ARTUNDUAGA

Vicepresidente

ALFONSO CAMPO MARTÍ NEZ

Magistrado Ponente

Aprobada Sala Plena del 25 de enero de 2023.

Vo Bo: Adriana Milena Charari Olmos - Secretaria General.

Revisó: Reynel David De La Rosa Saurith.

Revisó: Yalil Arana Payares

Proyectó: David Alejandro Rodríguez

Radicado No. CNE-E-DG-2022-022653

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