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CNE - Resolución 0895 de 2021

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 0895 de 2021
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2021

RESOLUCIÓN No. 0895 de 2021 ( 10 DE MARZO) Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las MODIFICACIONES DE LAS DECLARACIONES POLÍTICAS del MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIAAICO, frente a los Gobiernos Municipales de Andes – Antioquia y Purificación – Tolima. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018. CONSIDERANDO A través de la Resolución No. 1724 de 2020, el Consejo Nacional Electoral inscribió las declaraciones políticas emitidas por el MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIAAICO, frente algunos gobiernos locales, entre los cuales se encuentra la declaración política de Gobierno en relación con el Gobierno municipal de Andes – Antioquia e independencia frente al Gobierno municipal de Purificación - Tolima. El artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que “Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”. Mediante comunicación allegada vía correo electrónico el día veintiséis (26) de enero de 2021, la Registradora Municipal de PurificaciónTolima, LEONOR SÁNCHEZ DIAZ remitió a la Asesoría de Inspección y Vigilancia copia del oficio emitido por el señor MARTIN EFRAIN TENGANA NARVAEZ, y mediante el cual, en calidad de representante legal y presidente del MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIAAICO, remite solicitud de modificación de la declaración política inscrita en relación con el Gobierno Municipal de Purificación -Tolima, así:

FECHA DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN INICIAL SENTIDO DE LA MODIFICACIÓN 26/01/21 Tolima Purificación Municipal Independencia OposiciónResolución No. 0895 de 2021 Página 2 de 4 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las MODIFICACIONES DE LAS DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA - AICO, frente a los Gobiernos Municipales de Andes - Antioquia y Purificación - Tolima. Así mismo, mediante comunicación allegada vía correo electrónico el primero (1) de febrero de 2021, el señor MARTIN EFRAIN TENGANA NARVÁEZ, en calidad de Representante Legal y Presidente del MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA -AICO, remitió solicitud de modificación de la declaración política inscrita en relación con el Gobierno Municipal de Andes - Antioquia , así:

Por lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político con personería jurídica, en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018. Luego de una revisión fáctica y jurídica de las solicitudes allegadas por el MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIAAICO, se observa que las mencionadas modificaciones, fueron adoptadas y presentadas conforme a lo dispuesto en los artículos 20 y 32 de los Estatutos de dicha colectividad, los cuales establecieron lo siguiente: “ARTÍCULO 20 FUNCIONES: Son funciones de la Dirección Política Nacional (…) b.) Ejercer la personería del Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia AICO ante las diversas ramas del poder publico, Institucionales y Autoridades Nacionales, Departamentales y Locales y ante sectores no gubernamentales. (…) m.)Las demás que le sean asignadas por la Asamblea Nacional del Movimiento. (…) “ARTÍCULO 32. REPRESENTANTE LEGAL.

FECHA DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN INICIAL SENTIDO DE LA MODIFICACIÓN 01/02/21 Antioquia Andes Municipal Gobierno IndependenciaResolución No. 0895 de 2021 Página 3 de 4 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las MODIFICACIONES DE LAS DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA - AICO, frente a los Gobiernos Municipales de Andes - Antioquia y Purificación - Tolima. (…) Son funciones del Representante Legal de AICO: b) Ejercer la vocería política del Movimiento ante la opinión pública, el Gobierno, ante las instituciones Públicas y Privadas, ante las Directivas de otros Partidos, cuando se requiera.” Con base en lo anterior, se procederá a la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las modificaciones de las declaraciones políticas, adoptadas de acuerdo a lo previsto en sus estatutos y suscritas por la autoridad estatutariamente habilitada por el MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA - AICO. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.

en sus estatutos y suscritas por la autoridad estatutariamente habilitada por el MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA - AICO. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las MODIFICACIONES DE LAS DECLARACIONES POLÍTICAS, emitidas por el MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA - AICO frente a los Gobiernos Municipales de Andes – Antioquia y Purificación - Tolima, las cuales quedarán así: DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTE CARGO DECLARANTE Antioquia Andes Municipal Independencia - MARTIN EFRAIN TENGANA NARVAEZ - Representante Legal y Presidente Tolima Purificación Municipal Oposición - MARTIN EFRAIN TENGANA NARVAEZ - Representante Legal y Presidente ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente modificación y anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011. ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DEResolución No. 0895 de 2021

Página 4 de 4 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las MODIFICACIONES DE LAS DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el MOVIMIENTO DE AUTORIDADES INDÍGENAS DE COLOMBIA - AICO, frente a los Gobiernos Municipales de Andes - Antioquia y Purificación - Tolima. COLOMBIA en la siguiente dirección: calle 16 N° 4-25 oficina 301 edificio continental torre B, en la ciudad de Bogotá D.C., y en el correo electrónico partidoaico@gmail.com ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos. ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Asesoría de Inspección y Vigilancia mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia. ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Procuraduría General de la Nación mediante el correo electrónico notificaciones.cne@procuraduria.gov.co. ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, a los alcaldes de los Municipios de Andes – Antioquia y Purificación – Tolima, así como a sus Concejos Municipales de lo aquí resuelto. ARTÍCULO

SÉPTIMO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, a los alcaldes de los Municipios de Andes – Antioquia y Purificación – Tolima, así como a sus Concejos Municipales de lo aquí resuelto. ARTÍCULO OCTAVO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral. NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los diez (10) días del mes de marzo de dos mil veintiuno (2021). HERNÁN PENAGOS GIRALDO Presidente JORGE ENRIQUE ROZO RODRÍGUEZ Vicepresidente Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificado por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19. Proyectó: JMS.

Revisó: NMG.

Aprobó: JAVY.

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