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CNE - Resolución 0896 de 2021

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 0896 de 2021
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2021

RESOLUCIÓN No. 0896 de 2021 (10 DE MARZO) Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, frente al Gobierno Municipal de Salamina - Caldas. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018. CONSIDERANDO A través de la Resolución No. 1588 de 2020, el Consejo Nacional Electoral inscribió las declaraciones políticas emitidas por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, frente algunos gobiernos locales, entre los cuales se encuentra la declaración política de independencia en relación con el Gobierno municipal de Salamina – Caldas. El artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que “Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”. Mediante comunicación allegada vía correo electrónico el veintisiete (27) de enero de 2021, la Registraduría Municipal de Salamina - Caldas, remitió copia del acta suscrita por: BLANCA ROCIO MARULANDA VICTORIA, JORGE IVÁN CORREA OSPINA, FRANKLIN ANDRES HENAO CASTAÑO, GUILLERMO LOAIZA HENAO E IVÁN DARÍO POSADA BALLESTEROS concejales de la bancada del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, donde manifestaron su intención de modificación de la declaración política inscrita en relación con el Gobierno Municipal de Salamina - Caldas, así:

FECHA DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN INICIAL SENTIDO DE LA MODIFICACIÓN 26/01/21 Caldas Salamina Municipal Independencia OposiciónResolución No. 0896 de 2021 Página 2 de 6 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, frente al Gobierno Municipal de Salamina – Caldas.

Por lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político con personería jurídica, en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018. Mediante Oficio CNE-AIV-0106-2021 emitido por la Asesoría de Inspección y Vigilancia el día 02 de febrero de 2021, se solicitó de manera respetuosa a la Bancada de concejales del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, del municipio de Salamina – Caldas, aclararar lo dispuesto en el ARTÍCULO 202 de los Estatutos del Partido de la U, en cuanto a lo concerniente a la vigencia del Directorio Municipal en el Municipio de Salamina, y de no estarlo la del Directorio Departamental del departamento de Caldas por parte de esa organización política, pues no se aportaron los documentos pertinentes, en los cuales se pueda verificar el cumplimiento del procedimiento establecido en los estatutos, para la modificación de la declaración política inicialmente inscrita. En respuesta se recibió el oficio OFI21-SGPU-084 del 9 de febrero de 2021 por parte de la señora YINNA JASBLEYDI MORA CARDOZO, Secretaria General del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, en el cual hace mención en los puntos 1 y 2 al procedimiento establecido en los estatutos de la referida colectividad, en cuanto

por parte de la señora YINNA JASBLEYDI MORA CARDOZO, Secretaria General del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, en el cual hace mención en los puntos 1 y 2 al procedimiento establecido en los estatutos de la referida colectividad, en cuanto a la autoridad estatutariamente habilitada para solicitar la modificación de la declaración política, en los siguientes términos: “(…) A. DEL MECANISMO PARA INFORMAR LA POSTURA ANTE EL GOBIERNO POR PARTE DEL PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL 1. El artículo 202 de los estatutos de está colectividad, dispone lo siguiente: “ARTÍCULO 202.- MECANISMO PARA INFORMAR LA POSTURA ANTE EL GOBIERNO.- El Partido de la U, informará su postura ante el gobierno nacional, departamental, distrital, municipal y local en cada periodo constitucional, así: (…) En el Nivel Distrital o Municipal: La declaratoria de oposición, independencia u Organización de Gobierno será adoptada por la mayoría de miembros de la bancada del Concejo Distrital o Municipal, los Diputados de la respectiva circunscripción, los Senadores de la República y Representantes a la Cámara más votados en la misma circunscripción en la última elección y, a falta de cualesquiera de estos, los candidatosResolución No. 0896 de 2021 Página 3 de 6 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en

Página 3 de 6 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, frente al Gobierno Municipal de Salamina – Caldas.

más votados en la referida circunscripción; previa convocatoria efectuada por el Directorio Distrital o Municipal del Partido, a falta de éstos, por el Directorio Departamental y en defecto de los anteriores, por parte de la Secretaria General del Partido de la U. Adoptada la decisión, ésta será registrada ante la autoridad electoral que corresponda a través del Presidente del Directorio Distrital o Municipal y al no encontrarse éste vigente, por el Directorio Departamental y, en ausencia de ambos por el Secretario General del Partido de La U. PARÁGRAFO PRIMERO. - La omisión en el registro de la postura, constituye falta disciplinaria. PARÁGRAFO SEGUNDO. - La modificación a la postura registrada inicialmente, se tramitará atendiendo el procedimiento señalado en este artículo.”. (Negrillas y subrayas fuera del texto) 2. En este orden de ideas, se evidencia que el legitimado en principio para solicitar el registro de la declaración política es el presidente del Directorio Municipal, y de no hallarse vigente, lo estará el presidente del Directorio Departamental, y sólo en ausencia de ambos puede presentarlo la Secretaria General del Partido.” (subrayas fuera del oficio) En cuanto al requirimeinto de esclarecer en el caso concreto, la vigencia de los Directorios Municipal de Salamina y Departamental de Caldas de la colectividad, indica en los puntos 6 y 9, lo siguiente : “(…) 6. De lo anterior, se advierte que los Directorios ordinarios y provisionales de orden Departamental, Distrital, y Municipales del Partido de la “U”, en la actualidad se encuentran en proceso de conformación, es decir, que a la fecha NO se encuentran vigentes, por ende, la solicitud de información del cambio de postura política ante el gobierno no puede ser adelantada por los mismos. (…) 9. Así pues, de lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 de los estatutos del Partido, a la fecha la

fecha NO se encuentran vigentes, por ende, la solicitud de información del cambio de postura política ante el gobierno no puede ser adelantada por los mismos. (…) 9. Así pues, de lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 202 de los estatutos del Partido, a la fecha la Secretaria General del Partido, es quien se encuentra legitimada para informar la modificación de la declaratoria Política del Partido de la U en el MUNICIPIO DE SALAMINA – CALDAS, puesto que de conformidad con la Resolución No. 045 del 10 de noviembre del 2020 emanada por la Dirección Única del Partido, los directorios ordinarios y provisionales de orden Departamental, Distrital, y Municipales del Partido de la “U”, solo se encontraban vigentes hasta el 31 de diciembre del 2020”. (Negrillas fuera del texto original) Puede concluirse entonces, que al no encontrarse vigentes los Directorios Departamentales y Municipales de la reiterada Colectividad, la Secretaria General del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, está legitimada para adelantar el trámite de modificación de la declaración política que nos ocupa. Finalmente, en el oficio en cita se lee: “(…) En atención a lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el inciso 3 del artículo 202 de los estatutos de esta colectividad, en mi calidad de Secretaria GeneralResolución No. 0896 de 2021 Página 4 de 6 Por medio de la cual

Página 4 de 6 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, frente al Gobierno Municipal de Salamina – Caldas.

del Partido de la Unidad Nacional – Partido de la “U” por medio del presente me permito informar que la postura política de nuestros concejales BLANCA ROCIO MARULANDA VICTORIA, JORGE IVÁN CORREA OSPINA, FRANKLIN ANDRÉS HENAO CASTAÑO, GUILLERMO LOAIZA HENAO e IVÁN DARÍO POSADA BALLESTEROS representantes en la Corporación del Concejo Municipal de Salamina – Caldas, en relación al Gobierno del Alcalde de Salamina – Caldas es de OPOSICIÓN, por tanto, solicito respetuosamente proceder a la inscripción de dicha manifestación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas”. Así las cosas, luego de una revisión fáctica y jurídica de la solicitud allegada por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, se observa que la modificación de la declaración política, fue adoptada y presentada conforme a lo dispuesto en los artículos 201 y siguientes de los Estatutos, en los cuales se lee: “ARTICULO 201.- DE LA DECLARATORIA.- Incluir en los Estatutos del Partido de la U, un capítulo sobre el derecho a la oposición, independencia u Organización de Gobierno, en cumplimiento del ordenamiento jurídico Colombiano disponiéndose lo pertinente para que esta colectividad, establezca los procedimientos internos necesarios a fin de dar cumplimiento a dichas preceptivas. ARTÍCULO 202:.- MECANISMO PARA INFORMAR LA POSTURA ANTE EL GOBIERNO.- El partido de la U, informará su postura ante el gobierno nacional, departamental, distrital, municipal y local en cada periodo constitucional, así: (…) En el Nivel Distrital o Municipal: La declaratoria de oposición, independencia u Organización de Gobierno será adoptada por la mayoría de los miembros de la Bancada del Consejo Distrital o Municipal, los Diputados de la respectiva circunscripción,

cada periodo constitucional, así: (…) En el Nivel Distrital o Municipal: La declaratoria de oposición, independencia u Organización de Gobierno será adoptada por la mayoría de los miembros de la Bancada del Consejo Distrital o Municipal, los Diputados de la respectiva circunscripción, los Senadores y Representantes a la Cámara más votados de la respectiva circunscripción en la última elección; previa convocatoria efectuada por el Directorio Departamental y en efecto de los anteriores, por parte de la Secretaria General del Partido de la U. Adoptada la decisión, esta será registrada ante la autoridad electoral que corresponda a través del Presidente del Directorio Distrital o Municipal y al no encontrarse este vigente, por el Director Departamental, y por ausencia de ambos, por el Secretario General del Partido de la U. PARAGRAFO PRIMERO: La omisión en el registro de la postura, constituye falta disciplinaria. PARAGRAFO SEGUNDO: La modificación a la postura registrada inicialmente, se tramitará atendiendo el procedimiento señalado en este artículo.” Con base en lo anterior, se procederá a la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de la modificación a la declaración política, adoptada de acuerdo a lo previsto en sus estatutos y suscrita por la autoridad estatutariamente habilitada del Partido SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U.Resolución No. 0896 de 2021

Página 5 de 6 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, frente al Gobierno Municipal de Salamina – Caldas.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA, emitida por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U frente al Gobierno municipal de Salamina - Caldas, la cual quedará así: DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTE CARGO DECLARANTE Caldas Salamina Municipal Oposición Yinna Jasbleydi Mora Cardozo Secretaria General

ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente modificación y anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011. ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U en la siguiente dirección: Calle 36 No. 20-41 en la ciudad de Bogotá D.C., y en el correo electrónico info@partidodelau.com ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos. ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Asesoría de Inspección y Vigilancia mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia. ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Procuraduría General de la Nación mediante el correo electrónico notificaciones.cne@procuraduria.gov.co.Resolución No. 0896 de 2021 Página 6 de 6 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, frente al Gobierno Municipal de Salamina – Caldas.

ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al Alcalde Municipal de Salamina - Caldas, así como al Concejo Municipal de lo aquí resuelto. ARTÍCULO OCTAVO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral. NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los diez (10) días del mes de marzo de dos mil veintiuno (2021). HERNÁN PENAGOS GIRALDO Presidente JORGE ENRIQUE ROZO RODRÍGUEZ Vicepresidente Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificado por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19. Proyectó: JAMS.

Revisó: NMG.

Aprobó: JAVY.

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