CNE - Resolución 1055 de 2021
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 1055 de 2021
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2021
RESOLUCIÓN No. 1055 DE 2021 (24 de marzo)
Por medio de la cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria del Consejo Nacional Electoral dentro de la actuación administrativa , adelantada por la no presentación dentro del término legal de los info rmes de ingresos y gastos de las campañas electorales a cargos y corporaciones públicas para las elecciones del 25 de octubre de 2015 y se confirma la Resolución No. 3115 de 2018.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el artículo 265 de la Constitución Política, 39 de la ley 130 de 1994 y teniendo en cuenta el siguiente:
1.- HECHO
1.1.- La Asesoría del Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral señaló que los partidos y candidatos a cargos y corporaciones de elección popular en los departamentos de Magdalena, Cundinamarca, Casanare, Risaralda, Guainía, Guaviare y San Andrés, no presentaron en la oportunidad legal el informe de ingresos y gastos de las campañas electorales para las elecciones territoriales de 25 de octubre de 2015, dentro de los radicados No. 1250, 1251, 1257, 1260, 1261, 1262, 1267 de 2017.
2.- ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
2.1.- Mediante la Resolución No. 3115 de 12 de diciembre de 2018, se ordenó sancionar a los candidatos que se relacionan a continuación, por la no presentación en la oportunidad legal de
2.- ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
2.1.- Mediante la Resolución No. 3115 de 12 de diciembre de 2018, se ordenó sancionar a los candidatos que se relacionan a continuación, por la no presentación en la oportunidad legal de los informes de ingresos y gastos de sus campañas electorales a cargos y corporaciones públicas, en las elecciones realizadas el 25 de octubre de 2015, así:
No. PARTIDO DEPARTAMENTO/MUNICIPIO NOMBRE C.C. CARGO / CORPORACIÓN
1 LIBERAL MAGDALENA/ARACATACA JHOSEP BRAHYAND GARAY 1019074416 CONCEJO
2 LIBER RISARALDA/MARSELLA JAVIER MAURICIO ECHEVERRI OSPINA 1089745173 CONCEJO 3 LIBERAL RISARALDA/MARSELLA LUIS CARLOS ROJAS GALEANO 4452046 CONCEJO 4 LIBERAL CUNDINAMARCA/SOACHA ELSA CORTÉS HUERTAS 52263241 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL 5 LIBERAL CUNDINAMARCA /SOACHA EDGAR HERNAN NIÑO 79553375 JUNTA ADMINISTRADORA LOCALResolución 1055 de 2021 Página 2 de 23
Por medio de la cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria del Consejo Nacional Electoral dentro de la actuación administrativa, adelantada por la no presentación dentro del término legal de los informes de ingresos y gastos de las campañas electorales a cargos y corporaciones públicas para las elecciones del 25 de octubre de 2015 y se confirma la Resolución No. 3115 de 2018.
6 LIBERAL CUNDINAMARCA/TOCANCIPA DORIS ANDREA PAPAGAYO POVEDA 1077085969 CONCEJO 7 LIBERAL RISARALDA/BELEN DE UMBRIA CRISTIAN CAMILO ZAPATA 1087493291 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL 8 UP RISARALDA/PEREIRA ALEJANDRO GIRALDO SALAZAR 7526732 CONCEJO 9 LIBERAL RISARALDA/ BELEN DE UMBRIA NELFFY GALLON RIOS 42019181 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL 10 LIBERAL MAGDALENA/CIENAGA ADRIANO JOSE RADA 12618733 JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL
11 UP MAGDALENA/CIENAGA JOHANA MARCELA TONCEL 1221969585 CONCEJO
12 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO KAREN PAOLA CUELLO BORDA 39143220 CONCEJO 13 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO DAMIAN DAVID MELENDEZ 85490548 CONCEJO 14 CONSERVADOR MAGDALENA/BANCO MARELVI DEL CARMEN PEINADO ALVARADO 27591182 CONCEJO
15 CONSERVADOR MAGDALENA/BANCO YUDIS PAOLA RAMOS RAMOS 39023752 CONCEJO
16 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO ALBERTO ANTONIO PRIETO LÓPEZ 72131851 CONCEJO 17 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO LUIS MANUEL VARELA DOMINGUEZ 85490491 CONCEJO 18 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO MAURO DE JESUS FIHOLL OJEDA 5074725 CONCEJO
19 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO JOSE LUIS MANJARRES PALACIO 19.535.713 ALCALDÍA
18 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO MAURO DE JESUS FIHOLL OJEDA 5074725 CONCEJO
19 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO JOSE LUIS MANJARRES PALACIO 19.535.713 ALCALDÍA
20 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO MILENIS YOHANA NOGUERA 26848312 CONCEJO
21 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO WILFRIDO RODRIGUEZ ESCOBAR 19535177 CONCEJO
22 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO ARNOBIS DE JESUS CANTILLO 85.490.742 CONCEJO 23 UP CUNDINAMARCA/VIOTA JOSE MILAN MERCHAN MORENO 19247501 CONCEJO 24 CONSERVADOR CUNDINAMARCA/EL COLEGIO RAFAEL ANTONIO VALLEJO CORREDOR 17087351 CONCEJO 25 CONSERVADOR MAGDALENA/CONCORDIA JOAQUIN RAMÓN CASTRO THORNE 1065809901 CONCEJO 26 CONSERVADOR MAGDALENA/EL BANCO CLAUDIA DANIELA CORDOBA 1216972833 CONCEJO 27 CONSERVADOR MAGDALENA/TENERIFE SANDRA MILENA GUTIERREZ PEÑA 1082067654 CONCEJO
28 CONSERVADOR MAGDALENA/TENERIFE EDUARDO MOISES OSPINO 12563110 CONCEJO
29 CONSERVADOR CUNDINAMARCA/ANAPOIMA JAIME LUIS VARGAS BADILLO 79241148 CONCEJO
30 CONSERVADOR CUNDINAMARCA/ANAPOIMA HECTOR PAUL TORRES LOPEZ 3108947 CONCEJO
31 LIBERAL MAGDALENA/SANTA ANA ERASMO RAFAEL LOPEZ DÍAZ 19310144 CONCEJO
30 CONSERVADOR CUNDINAMARCA/ANAPOIMA HECTOR PAUL TORRES LOPEZ 3108947 CONCEJO 31 LIBERAL MAGDALENA/SANTA ANA ERASMO RAFAEL LOPEZ DÍAZ 19310144 CONCEJO 32 LIBERAL MAGDALENA/SANTA ANA LILIANA MARCELA TORTELLO ALVEAR 1085230535 CONCEJO
33 LIBERAL MAGDALENA/SANTA ANA MILADYS GREGORIA OSPINO SEGOVIA 33219018 CONCEJO
34 LIBERAL CUNDINAMARCA/PUERTO
SALGAR MARIA INES TORRES 30349040 CONCEJO
35 LIBERAL CUNDINAMARCA/PUERTO
SALGAR DORA LUZ MONTENEGRO AVILA 20829101 CONCEJO
36 LIBERAL CUNDINAMARCA/FOSCA CARLOS EMILIO OCAMPO 328.499 CONCEJO
37 LIBERAL CUNDINAMARCA/FOSCA MARIA MARGARITA CASTRO DE ROJAS 20440509 CONCEJO
38 LIBERAL CUNDINAMARCA/UBATÉ CAMILO ANDRES PEDRAZA DÍAZ 1.076.647.226 CONCEJO 39 CAMBIO RADICAL RISARALDA/QUINCHIA DOLORES RENDON DE VINASCO 25035627 CONCEJO 40 CAMBIO RADICAL RISARALDA/QUINCHIA JOSE OVIDIO HERNANDEZ TAPASCO 4509081 CONCEJO 41 CAMBIO RADICAL RISARALDA/QUINCHIA JOSE ARLEY TORRES 9893742 CONCEJO 42 PARTIDO DE LA U RISARALDA/MARSELLA JHON ALEXANDER LONDOÑO OROZCO 1.089.745.045 CONCEJO 43 PARTIDO DE LA U RISARALDA/MARSELLA LEISLY JOHANA VIATELA CEBALLOS 1088263527 CONCEJO
44 DOSQUEBRADAS
43 PARTIDO DE LA U RISARALDA/MARSELLA LEISLY JOHANA VIATELA CEBALLOS 1088263527 CONCEJO
44 DOSQUEBRADAS
MEJOR RISARALDA/DOSQUEBRADAS DARIO DE JESUS ARICAPA CARDONA 4389111 CONCEJO 45 SUBACHOQUE SOMOS TODOS CUNDINAMARCA/SUBACHOQUE MARYLUZ CONTRERAS HERNANDEZ 20.958.633 CONCEJO 46 SUBACHOQUE SOMOS TODOS CUNDINAMARCA/SUBACHOQUE JORGE DAVID FORERO PULIDO 1077033129 CONCEJO 47 SUBACHOQUE SOMOS TODOS CUNDINAMARCA/SUBACHOQUE CARLOS ALBERTO QUEVEDO RIAÑO 79494507 CONCEJO 48 SUBACHOQUE SOMOS TODOS CUNDINAMARCA/SUBACHOQUE RICHARD DARIO VILLEGAS 11224888 CONCEJOResolución 1055 de 2021 Página 3 de 23
Por medio de la cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria del Consejo Nacional Electoral dentro de la actuación administrativa, adelantada por la no presentación dentro del término legal de los informes de ingresos y gastos de las campañas electorales a cargos y corporaciones públicas para las elecciones del 25 de octubre de 2015 y se confirma la Resolución No. 3115 de 2018.
2.2.- La Resolución No. 3115 de 12 de diciembre de 2018 del Consejo Nacional Electoral se notificó, así:
No. PARTIDO DEPARTAMENTO/MUNICIPIO NOMBRE C.C. CARGO /
CORPORACIÓN CARGO / CORPORACIÓN
1 LIBERAL MAGDALENA/ARACATACA JHOSEP BRAHYAND
GARAY 1019074416 CONCEJO
No. PARTIDO DEPARTAMENTO/MUNICIPIO NOMBRE C.C. CARGO /
CORPORACIÓN CARGO / CORPORACIÓN
1 LIBERAL MAGDALENA/ARACATACA JHOSEP BRAHYAND
GARAY 1019074416 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018. 2 LIBERAL RISARALDA/MARSELLA JAVIER MAURICIO ECHEVERRI OSPINA 1089745173 CONCEJO Notificación Personal 4 de enero de 2019. 3 LIBERAL RISARALDA/MARSELLA LUIS CARLOS ROJAS GALEANO 4452046 CONCEJO Notificación Personal 4 de enero de 2019
4 LIBERAL CUNDINAMARCA/SOACHA ELSA CORTÉS
HUERTAS 52263241
JUNTA
ADMINISTRADORA
LOCAL Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018
5 LIBERAL CUNDINAMARCA /SOACHA EDGAR HERNAN NIÑO 79553375
JUNTA
ADMINISTRADORA
LOCAL Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
6 LIBERAL CUNDINAMARCA/TOCANCIP
A
DORIS ANDREA
PAPAGAYO POVEDA 1077085969 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970
2018.
6 LIBERAL CUNDINAMARCA/TOCANCIP
A
DORIS ANDREA
PAPAGAYO POVEDA 1077085969 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
7 LIBERAL RISARALDA/BELEN DE
UMBRIA
CRISTIAN CAMILO
ZAPATA 1087493291
JUNTA
ADMINISTRADORA
LOCAL Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018. 8 UP RISARALDA/PEREIRA ALEJANDRO GIRALDO SALAZAR 7526732 CONCEJO Notificación Personal 9 de enero de 2019.
9 LIBERAL RISARALDA/ BELEN DE
UMBRIA NELFFY GALLON RIOS 42019181
JUNTA
ADMINISTRADORA
LOCAL Oficio Nro. CNE-SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
10 LIBERAL MAGDALENA/CIENAGA ADRIANO JOSÉ RADA 12618733
JUNTA
ADMINISTRADORA
LOCAL Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
11 UP MAGDALENA/CIENAGA JOHANA MARCELA
TONCEL 1221969585 CONCEJO
Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
11 UP MAGDALENA/CIENAGA JOHANA MARCELA
TONCEL 1221969585 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018. 12 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO KAREN PAOLA CUELLO BORDA 39143220 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018. 13 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO DAMIAN DAVID MELENDEZ 85490548 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018.Resolución 1055 de 2021 Página 4 de 23
Por medio de la cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria del Consejo Nacional Electoral dentro de la actuación administrativa, adelantada por la no presentación dentro del término legal de los informes de ingresos y gastos de las campañas electorales a cargos y corporaciones públicas para las elecciones del 25 de octubre de 2015 y se confirma la Resolución No. 3115 de 2018.
14 CONSERVADOR MAGDALENA/BANCO MARELVI DEL CARMEN
PEINADO ALVARADO 27591182 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
15 CONSERVADOR MAGDALENA/BANCO YUDIS PAOLA RAMOS
RAMOS 39023752 CONCEJO
Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018. 15 CONSERVADOR MAGDALENA/BANCO YUDIS PAOLA RAMOS RAMOS 39023752 CONCEJO Notificación Personal 8 de enero de 2019. 16 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO ALBERTO ANTONIO PRIETO LÓPEZ 72131851 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018. 17 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO LUIS MANUEL VARELA DOMINGUEZ 85490491 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018. 18 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO MAURO DE JESUS FIHOLL OJEDA 5074725 CONCEJO Notificación Personal 24 de diciembre de 2018. 19 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO JOSE LUIS MANJARRES PALACIO 19.535.713 ALCALDÍA Notificación Personal 24 de diciembre de 2018. 20 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO MILENIS YOHANA NOGUERA 26848312 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018. 21 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO WILFRIDO RODRIGUEZ ESCOBAR 19535177 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018. 22 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO ARNOBIS DE JESUS CANTILLO 85.490.742 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018.
23 UP CUNDINAMARCA/VIOTA JOSE MILAN MERCHAN
22 UP MAGDALENA/PUEBLO VIEJO ARNOBIS DE JESUS CANTILLO 85.490.742 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018.
23 UP CUNDINAMARCA/VIOTA JOSE MILAN MERCHAN
MORENO 19247501 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
24 CONSERVADOR CUNDINAMARCA/EL
COLEGIO
RAFAEL ANTONIO VALLEJO CORREDOR 17087351 CONCEJO Notificación Personal 25 de enero de 2019. 25 CONSERVADOR MAGDALENA/CONCORDIA JOAQUIN RAMÓN CASTRO THORNE 1065809901 CONCEJO Notificación Personal 25 de enero de 2019. 26 CONSERVADOR MAGDALENA/EL BANCO CLAUDIA DANIELA CORDOBA 1216972833 CONCEJO Notificación Personal 8 de enero de 2019. 27 CONSERVADOR MAGDALENA/TENERIFE SANDRA MILENA GUTIERREZ PEÑA 1082067654 CONCEJO Notificación Personal 10 de enero de 2019. 28 CONSERVADOR MAGDALENA/TENERIFE EDUARDO MOISES OSPINO 12563110 CONCEJO Notificación Personal 4 de enero de 2019.
29 CONSERVADOR CUNDINAMARCA/ANAPOIMA JAIME LUIS VARGAS
BADILLO 79241148 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018
BADILLO 79241148 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
30 CONSERVADOR CUNDINAMARCA/ANAPOIMA HECTOR PAUL TORRES
LOPEZ 3108947 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
31 LIBERAL MAGDALENA/SANTA ANA ERASMO RAFAEL
LOPEZ DÍAZ 19310144 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
32 LIBERAL MAGDALENA/SANTA ANA LILIANA MARCELA
TORTELLO ALVEAR 1085230535 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
33 LIBERAL MAGDALENA/SANTA ANA MILADYS GREGORIA
OSPINO SEGOVIA 33219018 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.Resolución 1055 de 2021 Página 5 de 23
Por medio de la cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria del Consejo Nacional Electoral dentro de la actuación administrativa,
y des fijación 28 de diciembre de 2018.Resolución 1055 de 2021 Página 5 de 23
Por medio de la cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria del Consejo Nacional Electoral dentro de la actuación administrativa, adelantada por la no presentación dentro del término legal de los informes de ingresos y gastos de las campañas electorales a cargos y corporaciones públicas para las elecciones del 25 de octubre de 2015 y se confirma la Resolución No. 3115 de 2018.
34 LIBERAL CUNDINAMARCA/PUERTO
SALGAR MARIA INES TORRES 30349040 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
35 LIBERAL CUNDINAMARCA/PUERTO
SALGAR
DORA LUZ
MONTENEGRO AVILA 20829101 CONCEJO
Oficio Nro. CNE-SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
36 LIBERAL CUNDINAMARCA/FOSCA CARLOS EMILIO
OCAMPO 328.499 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
37 LIBERAL CUNDINAMARCA/FOSCA MARIA MARGARITA
CASTRO DE ROJAS 20440509 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera
2018.
37 LIBERAL CUNDINAMARCA/FOSCA MARIA MARGARITA
CASTRO DE ROJAS 20440509 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
38 LIBERAL CUNDINAMARCA/UBATÉ CAMILO ANDRES
PEDRAZA DÍAZ
1.076.647.2
26 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
39 CAMBIO RADICAL RISARALDA/QUINCHIA DOLORES RENDON DE
VINASCO 25035627 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
40 CAMBIO RADICAL RISARALDA/QUINCHIA JOSE OVIDIO
HERNANDEZ TAPASCO 4509081 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
41 CAMBIO RADICAL RISARALDA/QUINCHIA JOSE ARLEY TORRES 9893742 CONCEJO
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
Oficio Nro. CNE -SS-JFM-17970 Aviso Notificación por Cartelera Fijación 21 de diciembre de 2018 y des fijación 28 de diciembre de 2018.
42 PARTIDO DE LA U RISARALDA/MARSELLA JHON ALEXANDER
LONDOÑO OROZCO
1.089.745.0 45 CONCEJO Notificación Personal 4 de enero de 2019.
43 PARTIDO DE LA U RISARALDA/MARSELLA LEISLY JOHANA VIATELA CEBALLOS 1088263527 CONCEJO Notificación Personal 4 de enero de 2019.
44 DOSQUEBRADAS
MEJOR
RISARALDA/DOSQUEBRADA
S DARIO DE JESUS ARICAPA CARDONA 4389111 CONCEJO Notificación Personal 16 de enero de 2019.
45 SUBACHOQUE
SOMOS TODOS
CUNDINAMARCA/SUBACHOQ
UE MARYLUZ CONTRERAS HERNANDEZ 20.958.633 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018.
46 SUBACHOQUE
SOMOS TODOS
CUNDINAMARCA/SUBACHOQ
UE JORGE DAVID FORERO PULIDO 1077033129 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018.
47 SUBACHOQUE
SOMOS TODOS
CUNDINAMARCA/SUBACHOQ
UE CARLOS ALBERTO QUEVEDO RIAÑO 79494507 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018.
48 SUBACHOQUE
SOMOS TODOS
CUNDINAMARCA/SUBACHOQ
UE
RICHARD DARIO
QUEVEDO RIAÑO 79494507 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018.
48 SUBACHOQUE
SOMOS TODOS
CUNDINAMARCA/SUBACHOQ
UE RICHARD DARIO VILLEGAS 11224888 CONCEJO Notificación Personal 26 de diciembre de 2018.
2.3.- Contra la Resolución 3115 de 12 diciembre de 2018 del Consejo Nacional Electoral que sancionó a 48 candidatos, formularon recurso de reposición, los siguientes:Resolución 1055 de 2021 Página 6 de 23
Por medio de la cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria del Consejo Nacional Electoral dentro de la actuación administrativa, adelantada por la no presentación dentro del término legal de los informes de ingresos y gastos de las campañas electorales a cargos y corporaciones públicas para las elecciones del 25 de octubre de 2015 y se confirma la Resolución No. 3115 de 2018.
No.
PARTIDO Y/O MOVIMIENTO POLÍTICO FECHA DE PRESENTACIÓN DEL RECURSO Y
RADICADO CANDIDATO 1 Partido Político Unión Patriótica-UP. Enero 4 de 2019, Radicado No. 0009. 2 Partido Conservador Colombiano. Marzo 4 de 2019, Radicado No. 2744 3 Mary Luz Contreras Hernández Enero 8 de 2019, Radicado No. 0079. 4 Jorge David Forero Pulido. Enero 11 de 2019, Radicado No. 0146. 5 Javier Mauricio Echeverry Ospina. Enero 14 de 2018, Radicado 0295
4 Jorge David Forero Pulido. Enero 11 de 2019, Radicado No. 0146. 5 Javier Mauricio Echeverry Ospina. Enero 14 de 2018, Radicado 0295 6 John Alexander Londoño Orozco. Enero 15 de 2019, Radicado No. 0235. 7 Luis Carlos Rojas Galeano. Enero 15 de 2019, Radicado 0295 8 Joaquín Ramón Castro Thorne. Marzo 12 de 2019, Radicado No. 3329. 9 Alejandro Giraldo Salazar Enero 23 de 2019, Radicado No 0699 10 Eduardo Moisés Ospino Medina Enero 22 de 2019, Radicado No 0424 11 Sandra Milena Gutiérrez Peña 21 de enero de 2019, Radicado 0449 12 Leisly Johana Viatela Ceballos Enero 22 de 2019, Radicado 0427. 13 Darío de Jesús Aricapa Cardona Enero 29 de 2019, Radicado 0683 14 Rafael Antonio Vallejo Corredor Febrero 6 de 2019, Radicado 1154 15 Edgar Hernán Niño Julio 9 de 2019, Radicado Nro. 12490
3.- DE LOS RECURSOS DE REPOSICIÓN
3.1.- El 4 de enero de 2019, el partido Unión Patriótica - UP presentó recurso de reposición en contra de la Resolución 3115 de diciembre de 2018, manifestando:
“ …Declarar la caducidad de la actuación objeto de recurso y en consecuencia se revoque la Resolución No. 3115 de 2018 “Por medio de la cual se sancionan candidatos, por la no presentación y/o presentación extemporánea de los informes de ingresos y gastos de sus
la Resolución No. 3115 de 2018 “Por medio de la cual se sancionan candidatos, por la no presentación y/o presentación extemporánea de los informes de ingresos y gastos de sus campañas electorales a cargos y corporaciones públicas en las elecciones realizadas el 25 de octubre de 2015 y se dictan otras disposiciones” por pérdida de competencia en la facultad sancionatoria de la Corporación sobre este caso…”
3.2.- Mediante escrito de 4 de marzo de 2019 , el Partido Conservador Colombiano solicitó reponer la Resolución No. 3115 de 2018, argumentando:
“… El Consejo Nacional Electoral, si bien tiene la competencia para iniciar investigación administrativa y sancionar a los partidos y a los diferentes candidatos a elecciones, esa competencia está limitada en el tiempo, es decir cuenta con y tres años contados desde el momento de ocurrido el hecho generador de la investigación para proferir y notificar el acto administrativo sancionador, de lo contrario debe entender que perdió la competencia por caducidad de la facultad sancionatoria del cual estaba revestida…”
3.3.- Con escrito de 8 de enero de 2019 , la señora Mary Luz Contreras Hernández formuló recurso de reposición en contra de la Resolución 3115 de 2018, argumentando:
“…1. Mediante comunicado CNE -FNFP-3226 de fecha 22 de agosto de 2017 se nos comunicó la apertura del software Aplicativo “cuentas claras” a partir del 25 de agosto de 2017. 2. Se hizo el respectivo informe individual de ingresos y gastos de la campaña, conResolución 1055 de 2021 Página 7 de 23
2017. 2. Se hizo el respectivo informe individual de ingresos y gastos de la campaña, conResolución 1055 de 2021 Página 7 de 23
Por medio de la cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria del Consejo Nacional Electoral dentro de la actuación administrativa, adelantada por la no presentación dentro del término legal de los informes de ingresos y gastos de las campañas electorales a cargos y corporaciones públicas para las elecciones del 25 de octubre de 2015 y se confirma la Resolución No. 3115 de 2018.
el número de radicación 815F5ACO158712, por la contadora Diveana Liseth Rodríguez Acero.”
3.4.- El 11 de enero de 2019 el señor Jorge David Forero Pulido presentó recurso de reposición contra la Resolución 3115 de 2018, así:
“ …Yo Jorge David Forero Pulido, candidato al Concejo por el Grupo Significativo “ Subachoque Somos Todos” radiqué en el despacho de la Registraduría Nacional del Estado Civil de Subachoque y al Comité Inscriptor del partido los respectivos libros contables dentro de los plazos correspondientes y establecidos por la Ley para tal fin; toda vez que es responsabilidad de este comité cargar la información a que haya lugar en la plataforma Cuentas Claras, plataforma de la cual yo no contaba con usuario ni contraseña para acceder a la misma …”
3.5.- Mediante escrito de fecha 15 de enero de 2019, el señor Jhon Alexander Londoño Orozco señaló en su recurso, lo siguiente:
“…Teniendo en cuenta los anteriores hechos, solicito a su despacho revocar la sanción, Resolución No 3115, diciembre 12/2018 mediante la cual no se me concedió el recurso de
señaló en su recurso, lo siguiente:
“…Teniendo en cuenta los anteriores hechos, solicito a su despacho revocar la sanción, Resolución No 3115, diciembre 12/2018 mediante la cual no se me concedió el recurso de apelación contra la Resolución 3115 de fecha 12/12/2018 y en su lugar conceder el recurso de apelación contra la mencionada providencia…”
3.6.- El 12 de marzo de 2019 , el señor Joaquín Ramón Castro Thorne interpuso recurso de reposición, aduciendo: “… Es absurdo sancionarme por una suma superior, a la irrisoria suma registrada en mis libros de campaña. Como se puede apreciar los ingresos de mi campaña obedecieron al único aporte efectuado por mi persona (candidato), en la suma de $50.000, tal y como se pudo corroborar en el expediente.
De todos modos y a pesar de lo irrisorio del monto manejado por la campaña, dentro de los términos establecidos por esa entidad para hacer los reportes al sistema de cuentas claras, no los pude subir debido a que la plataforma presentaba error al momento de subir la documentación, igualmente intenté en varias oportunidades y la plataforma nunca me dejo entrar…”
3.7.- El 12 de enero de 2018, el señor Javier Mauricio Echeverry Ospina recurrió la Resolución 3115 de 2018, con fundamento en las siguientes consideraciones:
“…En el transcurso de la campaña electoral no conseguí recursos económicos ni logísticos, no adelanté ninguna actividad para conseguirlos porque simplemente no incurrí en ningún gasto propio de las actividades proselitistas como son básicamente: afiches, pasacalles,
“…En el transcurso de la campaña electoral no conseguí recursos económicos ni logísticos, no adelanté ninguna actividad para conseguirlos porque simplemente no incurrí en ningún gasto propio de las actividades proselitistas como son básicamente: afiches, pasacalles, volantes, perifoneo, pautas en radio, prensa o televisión, movilización de electores, etc ni mucho menos adelanté actividades propi as del clientelismo como agasajos, fiestas rifas, dádivas o estímulos a los posibles electores …”
3.8.- Mediante escrito de 15 de enero de 2019, el señor Luis Carlos Rojas Galeano se opuso a la resolución 3115 de 2018 del Consejo Nacional Electoral, señalando:
“…La circunstancia de marginalidad, ignorancia, o extrema pobreza, en la que he vivido y las condiciones especiales de mi familia, me hacen una persona que no está en la capacidad de conocer y entender de los p rocesos de control como lo era la rendición de informes contables, así mismo no tengo ninguna información que me permita el manejo de sistemas y plataformas para la rendición de los informes, no conté con el apoyo del partido para el cual fui llamado a ins cribirme ni con el gerente de la campaña electoral, en otras palabras me dejaron solo…”Resolución 1055 de 2021 Página 8 de 23
Por medio de la cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria del Consejo Nacional Electoral dentro de la actuación administrativa, adelantada por la no presentación dentro del término legal de los informes de ingresos y gastos de las campañas electorales a cargos y
corporaciones públicas para las elecciones del 25 de octubre de 2015 y se confirma la Resolución No. 3115 de 2018.
3.9.- Mediante oficio de 23 de enero de 2019, Alejandro Giraldo Salazar interpuso recurso de reposición contra la Resolución 3115 de 2018, en los siguientes términos:
“…resultado de esto es que el proyecto electoral en el que intervine, no se necesitó de ningún tipo de ingresos de dinero, toda vez que la campaña se destacó, como ya se mencionó por su sencillez y austeridad para con ello lograr no incurrir en ningún tipo de gastos. Habida cuenta de esto es que en los reportes que aparecen como anexos al formulario 5B, todos y cada uno de ellos aparecen con cuenta en ceros.
Vale resaltar que ni durante la campaña ni al finalizar la misma, se me informó de las claves para hacer el ingreso a la plataforma motivo por el cual no realicé a tiempo dicho reporte…”
3.10.- Con memorial de 22 de enero de 2019, el señor Eduardo Moisés Ospin o Medina, interpuso recurso de reposición contra la Resolución No. 3115 de 2018, así:
“…El día 25 de julio del año 2015 presenté mi libro de ingresos y gastos de la campaña ante la Registraduría Municipal de Tenerife, Magdalena.
…El día 25 de agosto decido retirarme de la contienda política. El 18 de septiembre del año 2015, mediante resolución No. 2174 de 2015 por el Consejo Nacional Electoral, me anularon la inscripción de mi cédula motivando más mi decisión de no participar en el certamen electoral, por consiguiente, los ingresos y gastos de la campaña fueron en cero…”
anularon la inscripción de mi cédula motivando más mi decisión de no participar en el certamen electoral, por consiguiente, los ingresos y gastos de la campaña fueron en cero…”
3.11.- Mediante oficio de 22 de enero de 2019, la señora Sandra Milena Gutiérrez Peña interpuso recurso de reposición contra la Resolución No. 3115 de 2018, manifestando lo siguiente:
“…El día 25 de julio de 2015 presenté mi libro de ingresos y gastos de la campaña ante la Registraduria Municipal de Tenerife, Magdalena. 45 días después decido renun ciar verbalmente ante el directorio municipal del Partido Conservador, teniendo en cuenta que no tuve el apoyo económico para dicha aspiración, esto lo podemos evidenciar en el total de votos que obtuve (5) según formulario E26, cuyos archivos reposan en la Registraduría Municipal de Tenerife, Magdalena, por tal motivo los ingresos y gastos fueron ceros…”
3.12.- Leisly Johana Viatela Ceballos presentó recurso de reposición contra la Resolución 3115 de 2018, en los siguientes términos:
“…Desconocí en todo momento que debía realizar registro de gastos de campaña y más aún desconocía que debería llenar informes sobre los mismos y que debía enviarlos al Consejo Nacional Electoral, desconocía que debería llenar formularios y hacer registros en plataformas de información, pues nunca hice campaña, no realicé gastos, solo me inscribí para favorecer a una candidata al Concejo Municipal y que esta tuviera la lista completa…”
3.13.- Con memorial de 6 de febrero de 2019, el ciudadano Rafael Anton io Vallejo Corredor
para favorecer a una candidata al Concejo Municipal y que esta tuviera la lista completa…”
3.13.- Con memorial de 6 de febrero de 2019, el ciudadano Rafael Anton io Vallejo Corredor formuló recurso de reposición en los siguientes términos:
“…Bien es sabido por el Consejo Nacional Electoral que fueron muchas las dificultades que se presentaron y que impidieron el acceso a la plataforma y a las claves de ingreso del aplicativo “Cuentas Claras”, así como las dificultades al diligenciar los formularios y su cargue en el sistema…”Resolución 1055 de 2021 Página 9 de 23
Por medio de la cual se declara la caducidad de la facultad sancionatoria del Consejo Nacional Electoral dentro de la actuación administrativa, adelantada por la no presentación den
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