CNE - Resolución 1059 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 1059 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN N° 1059 DE 2023 (8 de febrero)
Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a los excandidatos inscritos a los Concejos Municipales de Achí, Altos del Rosario, Arjona, Arroyohondo, Cantagallo, Cartagena, El Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar, cuya campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA , para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 , respecto de la no presentación del inform e de ingresos y gastos , y se ordena el ARCHIVO del expediente radicados No. 202100001977-00 y 202100002046-00.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 109 y 265 de la Constitución Política, los artículos 8, 13 y 25 de la Ley 1475 de 2011 y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante oficio CNE-FNFP-2386 del 20 de agosto de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió la relación de candidaturas que presuntamente incumplieron la obligación de presentar informes de ingresos y gastos de campaña, en el marco de las elecciones de autoridades locales del 27 de octubre de 2019, solicitando a la Subsecretaría del Consejo Nacional Electoral que efectuara el reparto de las mismas.
el marco de las elecciones de autoridades locales del 27 de octubre de 2019, solicitando a la Subsecretaría del Consejo Nacional Electoral que efectuara el reparto de las mismas.
1.2. Por reparto especial en la Corporación correspondió al Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO, actuar como ponente del asunto que fuera radicado bajo el número 9178-20, en los cuales se relacionaron las candidaturas con presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 inscritas por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO.
1.3. Mediante Auto de mejor proveer del 25 de noviembre de 2020, el Despacho Sustanciador solicitó la aclaración del oficio CNE-FNFP-2386 del 20 de agosto de 2020, y se ordenó la práctica de una prueba.
1.4. Mediante oficio CNE-VAO-082 de 3 de febrero de 2021, el Despacho del Magistrado Sustanciador solicitó a la Subsecretaría de la Corporación efectuara el desglose delResolución No. 1059 de 2023 Página 2 de 37 Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a los excandidatos inscritos a los Concejos Municipales de Achí, Altos del Rosario, Arjona, Arroyohondo, Cantagallo, Cartagena, El Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar, cuya campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión
campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la no presentación del informe de ingresos y gastos, y se ordena el ARCHIVO del expediente radicados No. 202100001977-00 y 202100002046-00. expediente que se surtía bajo el radicado No. 9178 -20, con el propósito de que los procedimientos administrativos relacionados con los candidatos a cargos y corporaciones públicas se agruparan en actuaciones susceptibles de surtirse en distintos expedientes, al considerar que esto facilita la labor de la Sala Plena a momento de decidir sobre los casos en específico, dada la complejidad de efectuar un único procedimiento administrativo respecto de más de mil (1.000) candidaturas a investigar.
1.5. Mediante oficio CNE -SS/01028 de 4 de febrero de 2021, la Subsecretaria de la Corporación en cumplimiento a lo ordenado por el Despacho Sustanciador, desglosó el expediente con radicado No. 9178 -20 y en consecuencia correspondió a la presente actuación administrativa el radicado No. 1975 -21, respecto de las candidaturas que en adelante se relacionan, avaladas por el Partido Centro Democrático, quienes presuntamente trasgredieron el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al no presentar los informes de ingresos y gastos de sus campañas, con ocasión a las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019:
CANDIDATO CÉDULA CARGO O
informes de ingresos y gastos de sus campañas, con ocasión a las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019:
CANDIDATO CÉDULA CARGO O
CORPORACIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO
ANA MILENA PAREDES
CARCAMO 1.046.402.151
Concejo BOLIVAR ACHI
ELVIS MEDARDO
VILLACOB RANGEL 8.727.611
MARIBEL PEREZ
ACONCHA 1.046.400.896
RICARDO POLANCO
ORTEGA 19.788.159
AURA LORENA
TRESPALACIOS
GUTIERREZ
1.042.000.703
Concejo BOLIVAR ALTOS DEL
ROSARIO
RAFAEL ANTONIO
MIELES SALAS 85.433.802
REINEL JIMENEZ
PEDROZO 73.583.722
SOFIA HERAZO
GARCIA 22.819.656
CARLOS MARIO
SIMANCAS PEREIRA 7.938.743
Concejo BOLIVAR ARJONA JORGE LUIS MONTERO ESPINOSA 73.559.614Resolución No. 1059 de 2023 Página 3 de 37 Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a los excandidatos inscritos a los Concejos Municipales de Achí, Altos del Rosario, Arjona, Arroyohondo, Cantagallo, Cartagena, El Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar, cuya campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión
campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la no presentación del informe de ingresos y gastos, y se ordena el ARCHIVO del expediente radicados No. 202100001977-00 y 202100002046-00.
LIDIA AMELIA PAJARO
SALAS 1.143.340.718
JULIO ANGEL RINCON
CASTELLON 73.556.992
MEREDITH AMANDA
CARRASQUILLA
SIERRA
33.358.247
OSCAR SEGUNDO
CASTRO TORRES 7.882.703
PEDRO ANTONIO
ROMERO RINCON 73.556.064
AMPARO DE JESUS
PADILLA OSPINO 30.896.671 Concejo BOLIVAR ARROYO
HONDO
FABIOLA ESTHER
MEJIA GARCIA 1.051.635.470
Concejo BOLIVAR CANTAGALLO
HENRY GUZMAN
MORON 91.325.464
HOLGER DUBAN DIAZ
GIL 1.051.634.984
JERSON DUVAN LEON
BETANACURT 1.051.637.048
EBERTO BERNAL
CORTES 79.824.307
LUIS ALFREDO MENA
MARTINEZ 1.051.634.894
DANIAN ENRIQUE
CASTELLAR
FIGUEROA
73.211.829
Concejo BOLIVAR CARTAGENA
ALFREDO DE JESUS
PINEDA CORENA 9.052.939
DANIAN ENRIQUE
CASTELLAR
FIGUEROA
73.211.829
Concejo BOLIVAR CARTAGENA
ALFREDO DE JESUS
PINEDA CORENA 9.052.939
ANTONIO VIVANCO
CARABALLO 73.124.046
JOSE VICTOR
HERRERA TORRES 73.153.356
LILIANA RAQUEL
MENDOZA RAMOS 45.515.083
VERONICA ISABEL
GAVIRIA CHIMA 45.767.091
YEZID ANTONIO LUGO BENITEZ 7.917.843Resolución No. 1059 de 2023 Página 4 de 37 Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a los excandidatos inscritos a los Concejos Municipales de Achí, Altos del Rosario, Arjona, Arroyohondo, Cantagallo, Cartagena, El Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar, cuya campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la no presentación del informe de ingresos y gastos, y se ordena el ARCHIVO del expediente radicados No. 202100001977-00 y 202100002046-00.
ELSA MARIA ARROYO
RIVERA 1.052.095.941
Concejo BOLIVAR EL CARMEN DE
BOLIVAR KATERIN PAOLA SILVA
MIRANDA 1.052.085.216
ELSA MARIA ARROYO
RIVERA 1.052.095.941
Concejo BOLIVAR EL CARMEN DE
BOLIVAR KATERIN PAOLA SILVA
MIRANDA 1.052.085.216
1.6. Mediante auto proferido el 12 de febrero de 2021, el Magistrado Sustanciador ordenó a través de la Secretaria Técnica del Despacho incorporar al expediente los formularios de inscripción de las candidaturas de los ciudadanos relacionados en el numeral 1.5. , almacenados en el Visor de Documentos suministrado a la Corporación por la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, para efectos de conocer con certeza sus datos de notificación.
1.7. El 21 de octubre de 2021 a través de Resolución No. 7702 de 2021, la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral decidió abrir investigación y formular cargos a los ciudadanos antes relacionados, así como a la agrupación política que avaló sus respectivas campañas, el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTIC O, por la presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en las elecciones de autoridades locales realizadas el 27 de octubre de 2019, y a dicha colectividad por la supuesta configuración de falta contenida en el artículo 10 de la citada ley de conformidad con la responsabilidad que se señala el artículo 8 de la misma.
1.8. Los ciudadanos vinculados a la actuación administrativa fueron notificados del acto administrativo relacionado, así:
CANDIDATO
MODO NOTIFICACIÓN
APERTURA
CANDIDATO
INICIO TÉRMINO
DESCARGOS
CANDIDATO
FIN TÉRMINO
administrativo relacionado, así:
CANDIDATO
MODO NOTIFICACIÓN
APERTURA
CANDIDATO
INICIO TÉRMINO
DESCARGOS
CANDIDATO
FIN TÉRMINO
DESCARGOS
CANDIDATO
FECHA
DESCARGOS
CANDIDATO
ANA MILENA PAREDES CARCAMO Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 ELVIS MEDARDO VILLACOB RANGEL Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021 MARIBEL PEREZ ACONCHA Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021 RICARDO POLANCO ORTEGA Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021
AURA LORENA
TRESPALACIOS GUTIERREZ Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022Resolución No. 1059 de 2023 Página 5 de 37 Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a los excandidatos inscritos a los Concejos Municipales de Achí,
Altos del Rosario, Arjona, Arroyohondo, Cantagallo, Cartagena, El Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar, cuya campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la no presentación del informe de ingresos y gastos, y se ordena el ARCHIVO del expediente radicados No. 202100001977-00 y 202100002046-00. RAFAEL ANTONIO MIELES SALAS Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021 REINEL JIMENEZ PEDROZO Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 SOFIA HERAZO GARCIA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 CARLOS MARIO SIMANCAS PEREIRA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022
JORGE LUIS
MONTERO ESPINOSA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 LIDIA AMELIA PAJARO SALAS Aviso en cartelera por
ESPINOSA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 LIDIA AMELIA PAJARO SALAS Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 JULIO ANGEL RINCON CASTELLON Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022
MEREDITH AMANDA
CARRASQUILLA SIERRA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 OSCAR SEGUNDO CASTRO TORRES Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 PEDRO ANTONIO ROMERO RINCON Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 AMPARO DE JESUS PADILLA OSPINO Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 FABIOLA ESTHER MEJIA GARCIA Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021 HENRY GUZMAN MORON Correo electrónico por
FABIOLA ESTHER MEJIA GARCIA Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021 HENRY GUZMAN MORON Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021 HOLGER DUBAN DIAZ GIL Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 JERSON DUVAN LEON BETANCURT Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021 EBERTO BERNAL CORTES Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021 LUIS ALFREDO MENA MARTINEZ Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021Resolución No. 1059 de 2023 Página 6 de 37 Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a los excandidatos inscritos a los Concejos Municipales de Achí, Altos del Rosario, Arjona, Arroyohondo, Cantagallo, Cartagena, El Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar, cuya campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política
Altos del Rosario, Arjona, Arroyohondo, Cantagallo, Cartagena, El Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar, cuya campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la no presentación del informe de ingresos y gastos, y se ordena el ARCHIVO del expediente radicados No. 202100001977-00 y 202100002046-00.
DANIAN ENRIQUE
CASTELLAR FIGUEROA Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021 ALFREDO DE JESUS PINEDA CORENA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 ANTONIO VIVANCO CARABALLO Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 JOSE VICTOR HERRERA TORRES Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 LILIANA RAQUEL MENDOZA RAMOS Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022
VERONICA ISABEL
GAVIRIA CHIMA
MENDOZA RAMOS Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 VERONICA ISABEL GAVIRIA CHIMA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 YEZID ANTONIO LUGO BENITEZ Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 ELSA MARIA ARROYO RIVERA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 KATERIN PAOLA SILVA MIRANDA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 20 de diciembre de 2021 21/12/2021 11/01/2022 PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 2 de noviembre de 2021 3/11/2021 24/11/2021 12/11/2021
1.9. De igual forma el Ministerio Público fue notificado de dicha Resolución mediante correo electrónico el día 2 de noviembre de 2021.
1.10. Cumplido el término, salvo el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO , ninguno de los investigados vinculados al procedimiento administr ativo sancionatorio presentó escrito de descargos, eligiendo por lo tanto guardar silencio.
1.10. Cumplido el término, salvo el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO , ninguno de los investigados vinculados al procedimiento administr ativo sancionatorio presentó escrito de descargos, eligiendo por lo tanto guardar silencio.
1.11. Mediante Auto de fecha 23 de marzo de 2022, se decretó el cierre del debate probatorio y se corrió traslado a los investigados para que presentaran sus alegatos de conclusión. Los ciudadanos vinculados a la actuación administrativa fueron notificados del acto administrativo referido, así:Resolución No. 1059 de 2023 Página 7 de 37 Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a los excandidatos inscritos a los Concejos Municipales de Achí, Altos del Rosario, Arjona, Arroyohondo, Cantagallo, Cartagena, El Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar, cuya campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la no presentación del informe de ingresos y gastos, y se ordena el ARCHIVO del expediente radicados No. 202100001977-00 y 202100002046-00.
CANDIDATO
MODO NOTIFICACIÓN
AUTO TRASLADO
CANDIDATO
INICIO TÉRMINO
ALEGATOS
CANDIDATO
FIN TÉRMINO
ALEGATOS
CANDIDATO
FECHA
ALEGATOS
CANDIDATO
ANA MILENA PAREDES CARCAMO Aviso en cartelera por
ALEGATOS
CANDIDATO
FIN TÉRMINO
ALEGATOS
CANDIDATO
FECHA
ALEGATOS
CANDIDATO
ANA MILENA PAREDES CARCAMO Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 ELVIS MEDARDO VILLACOB RANGEL Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 24 de marzo de 2022 25/03/2022 18/04/2022 MARIBEL PEREZ ACONCHA Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 24 de marzo de 2022 25/03/2022 18/04/2022 RICARDO POLANCO ORTEGA Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 24 de marzo de 2022 25/03/2022 18/04/2022
AURA LORENA
TRESPALACIOS GUTIERREZ Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 RAFAEL ANTONIO MIELES SALAS Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 24 de marzo de 2022 25/03/2022 18/04/2022 REINEL JIMENEZ PEDROZO Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 SOFIA HERAZO GARCIA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022
12/04/2022 4/05/2022 SOFIA HERAZO GARCIA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 CARLOS MARIO SIMANCAS PEREIRA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 JORGE LUIS MONTERO ESPINOSA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 LIDIA AMELIA PAJARO SALAS Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 JULIO ANGEL RINCON CASTELLON Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022
MEREDITH AMANDA
CARRASQUILLA SIERRA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 OSCAR SEGUNDO CASTRO TORRES Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 PEDRO ANTONIO ROMERO RINCON Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022
AMPARO DE JESUS
PADILLA OSPINO
PEDRO ANTONIO ROMERO RINCON Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 AMPARO DE JESUS PADILLA OSPINO Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 FABIOLA ESTHER MEJIA GARCIA Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 24 de marzo de 2022 25/03/2022 18/04/2022 HENRY GUZMAN MORON Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 24 de marzo de 2022 25/03/2022 18/04/2022Resolución No. 1059 de 2023 Página 8 de 37 Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a los excandidatos inscritos a los Concejos Municipales de Achí, Altos del Rosario, Arjona, Arroyohondo, Cantagallo, Cartagena, El Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar, cuya campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la no presentación del informe de ingresos y gastos, y se ordena el ARCHIVO del expediente radicados No. 202100001977-00 y 202100002046-00. HOLGER DUBAN DIAZ GIL Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022
del expediente radicados No. 202100001977-00 y 202100002046-00. HOLGER DUBAN DIAZ GIL Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 JERSON DUVAN LEON BETANCURT Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 24 de marzo de 2022 25/03/2022 18/04/2022 EBERTO BERNAL CORTES Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 24 de marzo de 2022 25/03/2022 18/04/2022 LUIS ALFREDO MENA MARTINEZ Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 24 de marzo de 2022 25/03/2022 18/04/2022
DANIAN ENRIQUE
CASTELLAR FIGUEROA Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 24 de marzo de 2022 25/03/2022 18/04/2022 13/04/2022 ALFREDO DE JESUS PINEDA CORENA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 ANTONIO VIVANCO CARABALLO Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 JOSE VICTOR HERRERA TORRES Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022
LILIANA RAQUEL
JOSE VICTOR HERRERA TORRES Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 LILIANA RAQUEL MENDOZA RAMOS Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 VERONICA ISABEL GAVIRIA CHIMA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 YEZID ANTONIO LUGO BENITEZ Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 ELSA MARIA ARROYO RIVERA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 KATERIN PAOLA SILVA MIRANDA Aviso en cartelera por Art. 69 del CPACA, el 11 de abril de 2022 12/04/2022 4/05/2022 PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO Correo electrónico por Art. 56 del CPACA, el 24 de marzo de 2022 25/03/2022 18/04/2022
1.12. El Ministerio Público fue comunicado de dicho Auto mediante correo electrónico el día 24 de marzo de 2022.
1.13. Cumplido el término, salvo el ciudadano DANIAN ENRIQUE CASTELLAR FIGUEROA, ninguno de los investigados vinculados al procedimiento administrativo sancionatorio
de marzo de 2022.
1.13. Cumplido el término, salvo el ciudadano DANIAN ENRIQUE CASTELLAR FIGUEROA, ninguno de los investigados vinculados al procedimiento administrativo sancionatorio presentó escrito de alegatos de conclusión, eligiendo por lo tanto guardar silencio.
1.14. Transcurrido más de quince días hábiles del auto a través del cual se corrió traslado para la presentación de alegatos de conclusión, conforme lo dispone el artículo 13 de la LeyResolución No. 1059 de 2023 Página 9 de 37 Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a los excandidatos inscritos a los Concejos Municipales de Achí, Altos del Rosario, Arjona, Arroyohondo, Cantagallo, Cartagena, El Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar, cuya campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la no presentación del informe de ingresos y gastos, y se ordena el ARCHIVO del expediente radicados No. 202100001977-00 y 202100002046-00. 1475 de 2011, y, por lo tanto, vencido el termino para radicar escrito de defensa, resulta necesario decidir el procedimiento administrativo sancionatorio que aquí se surte.
1.15. Al concluir el período Constitucional del Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO , correspondió actuar y/o conocer de los asuntos o procesos por reparto asignados a dicho
1.15. Al concluir el período Constitucional del Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO , correspondió actuar y/o conocer de los asuntos o procesos por reparto asignados a dicho despacho, al Magistrado CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO.
2. FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES
2.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA
(…)
“ARTÍCULO 265. El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las siguientes atribuciones especiales:
(…)
6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos Políticos y de l as disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías.” (…)
“ARTICULO 109. El Estado concurrirá a la financiación política y electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica, de conformidad con la ley
(…)
Los partidos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos y candidatos deberán rendir públicamente cuentas sobre el volumen, origen y destino de sus ingresos” (…)
2.2. LEY 1437 DE 2011
(…)
“ARTÍCULO 47. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO. Los
2.2. LEY 1437 DE 2011
(…)
“ARTÍCULO 47. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO. Los procedimientos administrativos de carácter sancionatorio no regulados por leyes especiales o por el Código Disciplinario Único se sujetarán a las disposiciones de esta Parte Primera del Código. Los preceptos de este Código se aplicarán también en lo no previsto por dichas leyes.
Las actuaciones administrativas de naturaleza sancionatoria podrán iniciarse de oficio o por solicitud de cualquier persona. Cuando como resultado de averiguaciones preliminares, la autoridad establezca que existen méritos para adelantar un procedimiento sancionatorio, así lo comunicará al interesado. Concluidas las averiguaciones preliminares, si fuere del caso, formulará cargos mediante acto administrativo en el que señalará, con precisión y claridad, los hechos que lo originan, las personas naturales o jurídicas objeto de la investigación, las disposiciones presuntamente vulneradas y las sanciones o medidas que serían procedentesResolución No. 1059 de 2023 Página 10 de 37 Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados a los excandidatos inscritos a los Concejos Municipales de Achí, Altos del Rosario, Arjona, Arroyohondo, Cantagallo, Cartagena, El Carmen de Bolívar en el departamento de Bolívar, cuya campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión
campaña fuera avalada únicamente por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO o por coalición entre dicha agrupación política y el PARTIDO POLÍTICO MIRA, para las elecciones territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019, por la presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, respecto de la no presentación del informe de ingresos y gastos, y se ordena el ARCHIVO del expediente radicados No. 202100001977-00 y 202100002046-00. Este acto administrativo deberá ser notificado personalmente a los investigados. Contra esta decisión no procede recurso.
Los investigados podrán, dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación de la formulación de cargos, presentar los descargos y solicitar o aportar las pruebas que pretendan hacer valer. Serán rechazadas de manera moti vada, las inconducentes, las impertinentes y las superfluas y no se atenderán las practicadas ilegalmente.
PARÁGRAFO. Las actuaciones administrativas contractuales sancionatorias, incluyendo los recursos, se regirán por lo dispuesto en las normas especiales sobre la materia.”
“ARTÍCULO 48. PERÍODO PROBATORIO. Cuando deban practicarse pruebas se señalará un término no mayor a treinta (30) días. Cuando sean tres (3) o más investigados o se deban practicar en el exterior el término probatorio podrá ser hasta de sesenta (60) días.
Vencido el período probatorio se dará traslado al investigado por diez (10) días p ara que presente los alegatos respectivos” (…).
2.3. LEY 1475 DE 2011
(…)
Vencido el período probatorio se dará traslado al investigado por diez (10) días p ara que presente los alegatos respectivos” (…).
2.3. LEY 1475 DE 2011
(…)
“ARTÍCULO 8o. RESPONSABILIDAD DE LOS PARTIDOS. Los partidos y movimientos políticos deberán responder por toda violación o contravención a las normas que rigen su organización, funcionamiento o financiación, así como por las conductas de sus directivos consideradas como faltas en el artículo 10 de la presente ley.”
(…)
“ARTÍCULO 10. FALTAS. Constituyen faltas sancionables las siguientes acciones u omisiones imputables a los directivos de los partidos y movimientos políticos
1. Incumplir los deberes de diligencia en la aplicación de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización, funcionamiento y/o financiación de los partidos y movimientos políticos.”
(…)
“ARTÍCULO 12. SANCIONES APLICABLES A LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS. Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica podrán ser objeto de las siguientes sanciones según la gravedad o reiteración de las faltas, la categoría de las entidades territoriales, cuando ellas sean imputables a sus directivos, a sus candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o, en general, cuando sus directivos no adopten las medidas tendientes a evitar la realización de tales acciones u omisiones o cuando no inicien los procedimientos internos tendientes a su investigación y sanción:
1. Suspensión o privación de la financiación estatal y/o de los espacios otorgados en los
medidas tendientes a e
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