CNE - Resolución 1241 de 2021
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 1241 de 2021
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2021
RESOLUCIÓN No. 1241 de 2021 (14 de abril)
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ , identificado con cédula de ciudadanía No. 92.521.106, en el cargo de secretario general y representante legal delegado y el registro de la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA , identificada con cédula de ciudadanía No. 52.062.180 , en el cargo de auditora interna, del
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 3 y 9 de la Ley 1475 de 2011, y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante escrito presentado el 24 de febrero de 2021, radicado bajo e l No. 3053-21, el señor JORGE LUIS JARABA DÍAZ , solicitó que se le reconociera e inscribiera como secretario general y representante legal delegado del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U . De igual manera, solicitó que se reconociera e inscribiera a la señora CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA , como auditora interna de esta misma colectividad, en los siguientes términos: “(…)
En atención al asunto de la referencia, por medio del presente me permito informar que la Directora Única del Partido Del Partido Social de Unidad Nacional -Partido de la "U", Dra. DILIAN FRANCISCA TORO en uso de sus de sus atribuciones legales y
En atención al asunto de la referencia, por medio del presente me permito informar que la Directora Única del Partido Del Partido Social de Unidad Nacional -Partido de la "U", Dra. DILIAN FRANCISCA TORO en uso de sus de sus atribuciones legales y estatutarias contenidas en los artículos 20, 29 y 35, emitió la Resolución No. 003 de fecha 13 de febrero de 2021 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DESIGNA A LA AUDITORA INTERNA DEL PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL -PARTIDO DE LA "U" Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" y la Res olución No. 004 del 16 de febrero del 2021 “Por medio de la cual se nombra el SECRETARIO GENERAL del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL -PARTIDO DE LA "U" y se dictan otras disposiciones" en los siguientes términos:
1. El día 15 de febrero de 2021 se reunió la Dirección Nacional de esta colectividad y nombró al doctor JORGE LUIS JARABA DÍAZ como SECRETARIO GENERAL DEL PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, tal como consta
en el Acta No. 1 de SESIÓN ORDINARIA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL, PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.RESOLUCIÓN 1241 de 2021 Página 2 de 20
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.521.106, en el cargo de secretario general y representante legal delegado y el registro de la ciudadana CLAUDIA
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.521.106, en el cargo de secretario general y representante legal delegado y el registro de la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.062.180 , en el cargo de auditora inter na, del PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
2. Consecuente de lo anterior, mediante Resolución No. 004 del 16 de febrero del año en curso se dispuso el nombramiento con carácter de libre nombramiento y remoción al suscrito, identificado con la cédula de ciudadanía número 92.521.106 de Bogotá y T.P. No. 133.128 del C.S. de la Judicatura, como Secretario General del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA "U", de acuerdo con
la decisión tomada por la Dirección Nacional y que consta en Acta No. 1 de SESIÓN ORDINARIA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL, del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, que de acuerdo al literal g del artículo 35 de los estatutos ejercerá la Representación Legal del Partido.
3. Así las cosas, se registre como Secretario General y representante legal del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL-PARTIDO DE LA "U", al doctor JORGE LUIS JARABA DÍAZ identificado con la cédula de ciudadanía número 92.521.106 de Bogotá y T.P. No. 133.128 del C. S. de la Judicatura.
4. De igual forma, el doctor GUILLERMO SENÉN ZÚÑIGA RODRÍGUEZ identificado
Bogotá y T.P. No. 133.128 del C. S. de la Judicatura.
4. De igual forma, el doctor GUILLERMO SENÉN ZÚÑIGA RODRÍGUEZ identificado
con cédula de ciudadanía No. 4.779.702 de Timbiquí (Cauca), de profesión Contador Público con tarjeta profesional No. 42.332 -T expedida por la Junta Central de Contadores, cumplió f unciones como Auditor Interno del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA “U”, hasta el día 12 de febrero de 2021.
5. Así pues, realizar la inscripción del AUDITOR INTERNO del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, de acuerdo al nombramiento realizado mediante Resolución No. 003 de fecha 13 de febrero del 2021, a la doctora CLAUDIA SUAREZ MIRANDA identificada con la cédula de ciudadanía número 52.062.180 de Bogotá, de profesión Contadora Pública con tarjeta profesional número 17295 3-T expedida por la Junta Central de Contadores, como AUDITORA INTERNA de esta organización, dignidad que ejerce a partir del 13 de febrero del 2021.
(…)”
1.2. Por reparto efectuado en la Corporación el 25 de febrero de 2021, le correspondió el conocimiento del asunto al Magistrado RENATO RAFAEL CONTRERAS ORTEGA.
1.3. Mediante Auto de fecha 10 de marzo de 2021, se avocó conocimiento de la solicitud y se decretaron unas pruebas, en los siguientes términos:
“(…)
ARTÍCULO PRIMERO: AVÓQUESE el conocimiento de la solicitud de inscripción de
decretaron unas pruebas, en los siguientes términos:
“(…)
ARTÍCULO PRIMERO: AVÓQUESE el conocimiento de la solicitud de inscripción de directivos del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la U-, en los cargos de Secretario General y Representante Legal Delegado en cabeza del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ y Auditora Interna en cabeza de la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA, con fundamento en la solicitud relacionada en el numeral 1.1 del presente proveído.
ARTÍCULO SEGUNDO: SOLICÍTESE a la Asesoría de Inspección y Vigilancia del Consejo Nacional Electoral, para que dentro de los cinco (5) días siguientes a laRESOLUCIÓN 1241 de 2021 Página 3 de 20
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.521.106, en el cargo de secretario general y representante legal delegado y el registro de la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.062.180 , en el cargo de auditora inter na, del PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
comunicación del presente Auto allegue con destino a la presente actuación administrativa la siguiente información:
a. Copia de los estatutos vigentes del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la U.
b. Certifique los nombres e identificación del Secretario General y al Representante Legal del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la U -, que se encuentra inscrito ante la Corporación y adjunte fiel copia del original de la Resolución mediante la cual se autorizó el respectivo registro.
Legal del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la U -, que se encuentra inscrito ante la Corporación y adjunte fiel copia del original de la Resolución mediante la cual se autorizó el respectivo registro.
c. Certifique el nombre e identificación del Auditor Interno del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la U, que se enc uentra inscrito ante la Corporación y adjunte fiel copia del original de la Resolución mediante la cual se autorizó el respectivo registro.
ARTÍCULO TERCERO: REQUIÉRASE al Representante Legal del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la Uo a quien haga sus veces, para que dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación del presente Auto allegue con destino a la presente actuación administrativa la Información relacionada con la solicitud consignada en el numeral 1.1. del acápite de los hechos del presente proveído, así:
a. Copia del acta de la sesión ordinaria de la Dirección Nacional del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U-, calendada el 15 de febrero de 2021.
b. Copia de los actos administrativos proferidos por la Dirección Nacional del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA Uen atención a las designaciones y remociones de directivos designados para integrad sus órganos de gobierno, administración y control.
c. Carta de aceptación del cargo como Secretario General y Representante Legal delegado del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la U - suscrita por el ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ.
d. Aceptación de renuncia o documento de remoción del cargo del ciudadano GUILLERMO SENÉN ZÚÑIGA RODRÍGUEZ, como Auditor Interno del Partido Social
ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ.
d. Aceptación de renuncia o documento de remoción del cargo del ciudadano GUILLERMO SENÉN ZÚÑIGA RODRÍGUEZ, como Auditor Interno del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la U.
e. Carta de aceptación del cargo como Auditor Interno del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la U, suscrita por la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA
(…)”.
1.4. El precitado proveído fue comunicado por conducto de la subsecretaría de la Corporación de la siguiente manera:
DESTINATARIO CNE-SS-NMHS ASUNTO FECHA DE ENVÍO Asesoría Inspección y Vigilancia 03321/RRC0/202100003053-00 Comunicación 11/03/2021RESOLUCIÓN 1241 de 2021 Página 4 de 20
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.521.106, en el cargo de secretario general y representante legal delegado y el registro de la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.062.180 , en el cargo de auditora inter na, del PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
DESTINATARIO CNE-SS-NMHS ASUNTO FECHA DE ENVÍO Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la U 03322/RRC0/202100003053-00 Comunicación 11/03/2021 (enviado a la dirección electrónica info@partidodelau.com)
Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la U 03322/RRC0/202100003053-00 Comunicación 11/03/2021 (enviado a la dirección electrónica info@partidodelau.com)
1.5. Mediante oficio CNE-AIV-0429-2021, el doctor JORGE ELIECER GIL PÉREZ, asesor de Inspección y Vigilancia de esta Corporación, procedió a dar respuesta a lo solicitado a través del Auto de fecha 10 de marzo de 2021, adjuntado lo siguiente:
a. Copia de los estat utos vigentes del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL –
PARTIDO DE LA U.
b. Certificación R.U.P.M.P.A.P – C No. 045 -21, mediante la cual se manifestó lo siguiente:
“(…)
Que mediante la Resolución No. 4085 del 16 de diciembre de 2020, se inscribió y registró el nombramiento temporal de la señora YINNA JASBLEIDY MORA CARDOZO, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.261.342 como representante legal del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
(…)
Que a la fecha no obra en el expediente de Secretario (a) General, que haya ocupado el cargo en esta organización política con posterioridad al 1 de marzo de la presente anualidad.
Que conforme a los establecido en la Resolución No. 3182 del 21 de octubre de 2020, se ordenó el registro del en cargo de la ciudadana JENNIFER ANDREA KOOP MANRIQUE, identificada con cédula de ciudadanía 1.098.673.148, en el cargo de Auditora Interna del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA
se ordenó el registro del en cargo de la ciudadana JENNIFER ANDREA KOOP MANRIQUE, identificada con cédula de ciudadanía 1.098.673.148, en el cargo de Auditora Interna del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U.
Que a través de la Resolución No. 0182 del 20 de enero de 202 1, se registró la ampliación del término del encargo como Auditora Interna del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, a la ciudadana JENNIFER ANDREA KOOP MANRIQUE, identificada con la cédula de ciudadanía 1.098.673.148, desde el 31 de mayo de 2020 hasta el 16 de junio de 2020.
Que si bien en la parte motiva de la Resolución No. 0182 del 20 de enero de 2021, se hace mención a la designación del señor GUILLERMO SENEN ZUÑIGA RODRÍGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 4.779.702, como auditor interno de esa organización política desde el 17 de junio de 2020, a la fecha no obra anotación alguna en ese sentido en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas.
(…)”.RESOLUCIÓN 1241 de 2021 Página 5 de 20
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.521.106, en el cargo de secretario general y representante legal delegado y el registro de la ciudadana CLAUDIA
SUÁREZ MIRANDA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.062.180 , en el cargo de auditora inter na, del PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
c. Copia de la Resolución No. 4085 del 16 de diciembre de 2020, por medio de la cual se ordenó la inscripción y el registro de la modificación de los artículos 27 y 30 de los estatutos de la organización política radicados: 12699-20, 12700-20 y 12550-20 y se ordenó el registro del nombramiento temporal de la señora YINNA JASBLEIDY MORA CARDOZO , identificada con cédula ciudadanía No. 52.261.342 , como secretaria general del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL - PARTIDO DE LA U, desde el 1 de diciembre del 2020 hasta el 01 de marzo de 2021.
d. Copia de la Resolución No. 3182 del 21 de octubre de 2020, por medio de la cual se ordenó el registro del encargo de la ciudadana JENNIFER ANDREA KOPP MANRIQUE, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.098.673.148, como auditora interna del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONALPARTIDO DE LA U, desde el 11 de mayo de 2020 hasta el 30 de mayo de 2020.
e. Copia de la Resolución No. 0182 del 20 de enero de 2021, por medio de la cual se registró la ampliación del término de encargo de JENNIFER ANDREA KOPP MANRIQUE, como auditora interna del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONALPARTIDO DE LA U , del 31 de mayo de 2020 hasta el 16 de junio de 2020.
MANRIQUE, como auditora interna del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONALPARTIDO DE LA U , del 31 de mayo de 2020 hasta el 16 de junio de 2020.
1.6. Mediante oficio CNERRCO-211-2021, de fecha 25 de marzo de 2021, enviado a la dirección electrónica: info@partidodelau.com, el día 30 de marzo de 2021, se reiteró lo solicitado en el artículo tercero del Auto de fecha 10 de marzo de 2021, al PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
1.7. Mediante oficio OFI21-SGPU-220, la doctora YINNA MORA CARDOZO , en calidad de apoderada judicial del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U, remitió con destino a este expediente documento de “ RESPUESTA A REQUERIMIENTO - OFICIO CNE - RRCO-211-2021R.I.2202101309 DEL 05/04/2021” , en los siguientes términos: “(…)
En atención a lo anterior, me permito informar que el pasado 15 de marzo del año en curso se envió a los correos electrónicos de notificaciones judiciales atencionalciudadano@cne.gov.co y cnenotificaciones@cne.gov.co OFI21 -SGPU173 por medio del cual se dio respuesta al re querimiento CNESSNMHS/03322/RRCO/202100003053-00, en el que se anexo la siguiente documentación:RESOLUCIÓN 1241 de 2021 Página 6 de 20
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía
documentación:RESOLUCIÓN 1241 de 2021 Página 6 de 20
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.521.106, en el cargo de secretario general y representante legal delegado y el registro de la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.062.180 , en el cargo de auditora inter na, del PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
a. Copia del acta de la sesión ordinaria de la Dirección Nacional del PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U-, calendada el 15 de febrero de 2021 en cuatro (4) folios.
b. Copia de los actos administrativos expedidos por esta colectividad, por medio de los cuales se dispuso las designaciones y remociones de los directivos designados para integrar los órganos de gobierno, administración y control del Partido en treinta y siete (37) folios.
c. Copia de la carta de aceptación del cargo como Secretario General y Representante Legal delegado del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la Ususcrita por el ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ en un (1) folio.
d. Copia del escrito de terminación del contrato laboral a término indefinido dirigido al Doctor GUILLERMO SENÉN ZÚÑIGA RODRÍGUEZ con fecha de recibido del 12 de febrero del año en curso en un (1) folio.
e. Carta de aceptación del cargo como Auditor Interno del Partido Social de Unida d Nacional – Partido de la U, suscrita por la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA
febrero del año en curso en un (1) folio.
e. Carta de aceptación del cargo como Auditor Interno del Partido Social de Unida d Nacional – Partido de la U, suscrita por la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA en un (1) folio.
Aunado a lo anterior, el 17 de marzo del año en curso se envió a los correos electrónicos atencionalciudadano@cne.gov.co y cnenotificaciones@cne.gov.co OFI21-SGPU-175, por medio del cual se solicitó que el trámite de registro del cargo del doctor Oscar Eduardo Apolinar Martínez identificado con cédula de ciudadanía No. 86.079.792 como COORDINADOR POLÍTICO del partido y del señor Brayan Javier Forero Ávila ident ificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.107.496 como TESORERO, se acumulará a la actuación administrativa bajo el radicado CNE No. 202100003053-00, por medio de la cual se adelanta por su despacho judicial la inscripción del Secretario General y Auditor a Interna de esta colectividad política.
(SUBRAYADO FUERA DEL TEXTO ORIGINAL).
(…)”.
1.8. Mediante el oficio OFI21-SGPU-220, mencionado anteriormente, se anexaron tres (3) archivos así referenciados:
“(…)
ANEXO 1. PODER GENERAL FIRMADO Y ANEXOS
ANEXO 2 - OFI21-SGPU-173 RTA SOLICITUD CNE - NOMBRAMIENTOS FMADO
ANEXO 3 - OFI21-SGPU-175 SOLICITUD ACUMULACIÓN - TESORERO Y COOR.
POLITICO”
(…)”
ANEXO 3 - OFI21-SGPU-175 SOLICITUD ACUMULACIÓN - TESORERO Y COOR.
POLITICO”
(…)”
1.9. A través del “ANEXO 3 - OFI21-SGPU-175 SOLICITUD ACUMULACIÓN - TESORERO Y COOR. POLITICO” el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONALPARTIDO DE LA U, solicitó a esta Corporación realizar el trámite de registro en los cargos de coordinador político y tesorero, a los señores OSCAR EDUARDO APOLINAR MARTÍNEZ, identificadoRESOLUCIÓN 1241 de 2021 Página 7 de 20
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.521.106, en el cargo de secretario general y representante legal delegado y el registro de la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.062.180 , en el cargo de auditora inter na, del PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
con cédula de ciudadanía No. 86.079.792 y BRAYAN JAVIER FORERO ÁVILA , identificado con cédula de ciudadanía No. 1.019.107.496, respectivamente, de manera adicional a la solicitud primaria, adjuntado los document os de identificación y nombramientos respectivos.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
2.1. Constitución Política1
“(…)
ARTÍCULO 265. Artículo modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo 1 de 2009.
El nuevo texto es el siguiente: > El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará,
2.1. Constitución Política1
“(…)
ARTÍCULO 265. Artículo modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo 1 de 2009.
El nuevo texto es el siguiente: > El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las
siguientes atribuciones especiales:
(…)
6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos Políticos y de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías.
(…)”.
2.2. Ley 130 de 19942
“(…)
“ARTÍCULO 7o. OBLIGATORIEDAD DE LOS ESTATUTOS. La organización y el funcionamiento de los partidos y movimientos se regirá por lo establecido en sus propios estatutos. Cualquier ciudadano, dentro de los veinte días siguientes a la adopción de la respectiva decisión, podrá impugnar ante el Consejo Nacional Electoral las cláusulas estatutarias contrarias a la Constitución, a la ley o a las disposiciones del Consejo Nacional Electoral, o las decisiones de las autoridades de los partidos y movimientos tomadas contraviniendo las mismas normas.
Los partidos y movimientos inscribirán ante el Consejo Nacional Electoral los nombres de las per sonas que, de acuerdo con sus estatutos, hayan sido designados para
los partidos y movimientos tomadas contraviniendo las mismas normas.
Los partidos y movimientos inscribirán ante el Consejo Nacional Electoral los nombres de las per sonas que, de acuerdo con sus estatutos, hayan sido designados para dirigirlos y para integrar sus órganos de gobierno y administración, dentro de los
1 “Capítulo 2: DE LAS AUTORIDADES ELECTORALES” 2 "Por la cual se dicta el estatuto básico de los partidos y movimientos políticos, se dictan normas sobre su financiación y la de las campañas electorales y se dictan otras disposiciones".RESOLUCIÓN 1241 de 2021 Página 8 de 20
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.521.106, en el cargo de secretario general y representante legal delegado y el registro de la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.062.180 , en el cargo de auditora inter na, del PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
veinte (20) días siguientes a la fecha de la respectiva designación . El Consejo Nacional Electoral podrá, de oficio o a solicitud de cualquier persona, exigir que se verifique la respectiva inscripción y aun realizarla si dispone de la prueba correspondiente. Cualquier ciudadano podrá impugnar ante el Consejo Nacional Electoral la designación de esas directiv as dentro de los quince (15) días siguientes a la misma, por violación grave de los estatutos del partido o movimiento. Para todos los efectos, el Consejo Nacional Electoral sólo reconocerá como autoridades de los partidos y movimientos a las personas debidamente inscritas ante él.
(…)”.
a la misma, por violación grave de los estatutos del partido o movimiento. Para todos los efectos, el Consejo Nacional Electoral sólo reconocerá como autoridades de los partidos y movimientos a las personas debidamente inscritas ante él.
(…)”.
2.3. Ley 1475 de 20113
“(…)
ARTÍCULO 3o. REGISTRO ÚNICO DE PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS.
Artículo CONDICIONALMENTE exequible . El Consejo Nacional Electoral llevará el registro de partidos, movimientos y agrupaciones políticas. Los respectivos representantes legales registrarán ante dicho órgano las actas de fundación, los estatutos y sus reformas, los documentos relacionados con la plataforma ideológica o programática, la designación y remoción de sus dir ectivos, así como el registro de sus afiliados. Corresponde al Consejo Nacional Electoral autorizar el registro de los mencionados documentos previa verificación del cumplimiento de los principios y reglas de organización y funcionamiento consagrados en la Constitución, la ley y los correspondientes estatutos.
(…)
“ARTÍCULO 9o. DIRECTIVOS . Entiéndase por directivos de los partidos y movimientos políticos aquellas personas que, de acuerdo con los estatutos de la organización, hayan sido inscritas ante el Consejo Nacional Electoral como designados para dirigirlos y para integrar sus órganos de gobierno, administración y control. El Consejo Nacional Electoral podrá de oficio, exigir que se verifique la respectiva inscripción si ella no se ha realizado dentro de los diez (10) días siguientes a su elección o designación, y aun realizarla si dispone de la prueba correspondiente. Cualquier delegado al congreso o convención del partido podrá impugnar ante el
respectiva inscripción si ella no se ha realizado dentro de los diez (10) días siguientes a su elección o designación, y aun realizarla si dispone de la prueba correspondiente. Cualquier delegado al congreso o convención del partido podrá impugnar ante el Consejo Nacional Electoral la designación de esas directivas dentro de los quince (15) días siguientes a su inscripción, por violación grave de los estatutos del partido o movimiento.
Para todos los efectos, el Consejo Nacional Electoral sólo reconocerá como autoridades de los partidos y movimientos a las per sonas debidamente inscritas en él.
Los partidos y movimientos políticos ajustarán a sus estatutos las disposiciones de esta ley dentro de los dos (2) años siguientes a su vigencia. Mientras tanto, las directivas democráticamente constituidas podrán tomar todas las decisiones que las organizaciones políticas competen en desarrollo de la misma. (Subrayado fuera de
3 “Por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones”.RESOLUCIÓN 1241 de 2021 Página 9 de 20
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.521.106, en el cargo de secretario general y representante legal delegado y el registro de la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.062.180 , en el cargo de auditora inter na, del PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
texto).
(…)”.
2.4. Estatutos del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la “U”
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
texto).
(…)”.
2.4. Estatutos del Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la “U”
“(…)
ARTÍCULO 20. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN. Son Órganos de Dirección del Partido los siguientes:
- La Asamblea Nacional. 2) La Dirección Nacional. 3) La Bancada de Congresistas del Partido. 4) La Secretaría General del Partido. 5) La Secretaría Nacional de Juventudes y demás secretarías nacio nales de los Movimientos Nacionales de participación del Partido. 6) Las Direcciones Departamentales, Distritales y Municipales. 7) Las Bancadas del Partido en las Asambleas, Concejos y Juntas Administradoras Locales 8) Las Secretarías Departamentales, Distritales y Municipales de la Juventud y demás secretarias Departamentales, Distritales y Municipales de los Movimientos Nacionales de Participación del Partido, acorde con su organización interna.
- El Comité Financiero.
- La Dirección Administrativa y Financiera.
PARÁGRAFO. El Partido tendrá una estructura regional y local abierta y flexible, promoviendo la participación amplia de sus militantes, que permita la democracia participativa en el proceso de la toma de decisiones.
ARTÍCULO 21. ÓRGANOS DE CONTROL . Son órganos de control del Partido los siguientes: a. La Veeduría del Partido. b. La Defensoría del Afiliado c. El Consejo Nacional Disciplinario y de Control Ético d. Los Consejos Departamentales Disciplinarios y de Control Ético e. Auditor Interno f. Revisor Fiscal.
b. La Defensoría del Afiliado c. El Consejo Nacional Disciplinario y de Control Ético d. Los Consejos Departamentales Disciplinarios y de Control Ético e. Auditor Interno f. Revisor Fiscal.
(…)
ARTÍCULO 25: DIRECTIVOS. Entiéndase por directivos de Partido aquellas personas que, de acuerdo con los estatutos de la organización, hayan sido inscritas ante el Consejo Nacional Electoral como designados para dirigirlos y para integrar sus órganos de gobierno, administración y control. El Consejo Nacional Electoral podrá de oficio, exigir que se verifique la respectiva inscripción si ella no se ha realizado dentro de los diez (10) días siguientes a su elección o designación, y aun realizarla si dispone de la prueba correspondiente. Cualquier delegado al congreso o convención del partido podrá impugnar ante el Consejo Nacional Electoral la designación de esas directivas dentro de los quince (15) días siguientes a su inscripción, por violación grave de los estatutos del partido o movimiento. Para todos los efectos, el ConsejoRESOLUCIÓN 1241 de 2021 Página 10 de 20
Por medio de la cual se ordena el registro del ciudadano JORGE LUIS JARABA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 92.521.106, en el cargo de secretario general y representante legal delegado y el registro de la ciudadana CLAUDIA SUÁREZ MIRANDA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.062.180 , en el cargo de auditora inter na, del PARTIDO
SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
Nacional Electoral sólo reconocerá como autoridades de los partidos y movimientos a las personas debidamente inscritas en él
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SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL – PARTIDO DE LA U.
Nacional Electoral sólo reconocerá como autoridades de los partidos y movimientos a las personas debidamente inscritas en él
(…)
ARTÍCULO 35. SECRETARIO GENERAL. Corresponde al Secretario General:
(…)
k) Llevar el Registro Nacional de Afiliados y el registro de los integrantes de las Direcciones Regionales, y de las Organizaciones afiliadas al Partido.
(…)
TÍTULO CUARTO: SISTEMA DE AUDITORÍA INTERNA
(…)
ARTÍCULO 191 CALIDADES DEL RESPONSABLE DEL SISTEMA: El responsable del sistema de auditoria interna deberá ser Contador Público Titulado.
(…)”.
3. ACERVO PROBATORIO
Obran en el expediente los siguientes medios probatorios:
3.1. Copia de los estatutos
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