🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CNE - Resolución 1279 de 2022

CNE - Consejo Nacional Electoral

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CNE - Resolución 1279 de 2022
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2022

RESOLUCIÓN No. 1279 de 2022 (11 de febrero)

Por medio de la cual se DECIDE el trámite de revocatoria de inscripción de la lista inscrita la cámara de representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz – CITREP No. 16 por la organización social CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ dentro del expediente radicado bajo el No. CNE-E-2021-027022.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de las atribuciones Constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 12 del artículo 265 de la Carta Política, artículos 39 de la Ley 130 de 1994, 47 de la Ley 1437 de 2011, y con fundamento en los siguientes:

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

1.1. Mediante correo electrónico1 del 23 de diciembre de 2021 el Doctor JAIME EDUARDO BAUTE ARIZA coordinador (e) del grupo SIRI de la Procuraduría General de la Nación remitió el Oficio No. 4226 YRLR de fecha 23 de diciembre de 2021 con asunto “Validación Remisión listado de candidatos inscritos a las elecciones de Congreso 20222026”. Anexo al cual se adjuntó documento titulado “REPORTE DE SANCIONES POR ARCHIVO”2, dentro del anterior listado, en el acápite correspondiente al cargo: REPRESENTANTE A LA CÁMARA, figura la siguiente información:

No. Id Nombre Indicado B/duria Indicador Sanción Sanción Indicador inhabilidad Inhabilidad General Indicador especial cargo Fundamento legal

7010804 AGUSTIN

No. Id Nombre Indicado B/duria Indicador Sanción Sanción Indicador inhabilidad Inhabilidad General Indicador especial cargo Fundamento legal

7010804 AGUSTIN

SIERRA

MANZUR SI NO NO Inhabilitado para desempeñar el cargo de:

REPRESENTANTE

A LA CÁMARA

Constitución Política Art. 179, Ley 5 De 1992 Art. 280 Num. 1

1.2. A este asunto por asignación efectuada por la Subsecretaría del Consejo Nacional Electoral correspondió el radicado CNE-E-2021-027022, el que por reparto del 28 de diciembre de 2021 correspondió al despacho del magistrado RENATO RAFAEL

CONTRERAS ORTEGA.

1 Folio 2 2 Folio 4Resolución No. 1279 de 2022 Página 2 de 40

Por medio de la cual se DECIDE el trámite de revocatoria de inscripción de la lista inscrita la cámara de representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz – CITREP No. 16 por la organización social CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ dentro del expediente radicado bajo el No. CNE-E-2021-027022.

2. ACTUACIONES DEL DESPACHO

2.1. Mediante Auto del 29 de diciembre de 2021 3 se asumió conocimiento y ordenó la práctica de pruebas, en los siguientes términos:

“(…)ARTÍCULO PRIMERO: ASÚMA SE el conocimiento de los hechos puestos en

práctica de pruebas, en los siguientes términos:

“(…)ARTÍCULO PRIMERO: ASÚMA SE el conocimiento de los hechos puestos en conocimiento del Consejo Nacional Electoral por parte de JAIME EDUARDO BAUTE ARIZA, coordinador (e) Grupo SIRI de la Procuraduría General de la Nación, el día 24 de diciembre de 2021, a los que correspondió el ra dicado CNE-E-2021-027045, en relación con la eventual inhabilidad del candidato a la Cámara de Representantes en la Circunscripción Transitoria Especial para la Paz, CITREP No. 3 inscrito por la CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ – COAPAZ, ciudadano MANZUR AGUSTÍN SIERRA, identificado con cédula de ciudadanía No. 70.108.040, a efectos de establecer si hay lugar a que se configure los presupuestos de una eventual inhabilidad que dé lugar a una posible revocatoria de su inscripción.

ARTÍCULO SEGUNDO: ORDÉNASE la práctica de las siguientes pruebas: 1.- Requiérase a la dirección de gestión electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil para que en el término de cinco (5) días remita copia auténtica de los formularios de solicitud de inscripción y constancia de aceptación de candidatura (E6) y lista definitiva de inscritos (E-8), así como de sus anexos, correspondientes a la inscripción por la CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ – COAPAZ a la Cámara de Representantes Representantes en la Circunscripción

Transitoria Especial para la Paz, CITREP No. 3 del ciudadano MANZUR AGUSTÍN SIERRA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.108.040.

COAPAZ a la Cámara de Representantes Representantes en la Circunscripción Transitoria Especial para la Paz, CITREP No. 3 del ciudadano MANZUR AGUSTÍN SIERRA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.108.040. 2.- Incorporase el certificado especial No. 185669949 consultado en la página web de la Procuraduría General de la Nación. 5.- Requiérase a la ventanilla única del Ministerio del Interior los antecedentes especiales para aspirar como candidato por la CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ – COAPAZ a la Cámara de Representantes Representantes en la Circunscripción Transitoria Especial par a la Paz, CITREP No. 3 del ciudadano MANZUR AGUSTÍN SIERRA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.108.040. 6.- Las demás que sean necesarias (…)”

2.2. En cumplimiento a lo ordenado en el Auto del 29 de diciembre de 2021, se adelantaron las siguientes actuaciones:

2.2.1. -Mediante oficio CNE -SS-NMHS/61469/RRCO/202100027022-004 de fecha 29 de diciembre de 2021 se comunicó el anterior auto a la directora de Gestión Electoral, lo que se hizo mediante correo electrónico5 enviado el día 30 de diciembre de 2021 a la dirección electrónica lecampos@registraduria-gov.co.

2.2.2. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/61470/RRCO/202100027022-006 de fecha 29 de diciembre de 2021 se comunicó el anterior auto a la VENTANILLA ÚNICA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, mediante correo electrónico 7 enviado el día 30 de

3 Folios 7-9

diciembre de 2021 se comunicó el anterior auto a la VENTANILLA ÚNICA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, mediante correo electrónico 7 enviado el día 30 de

3 Folios 7-9 4 Folio 10 5 Folio 11 6 Folio 12 7 Folio 13Resolución No. 1279 de 2022 Página 3 de 40

Por medio de la cual se DECIDE el trámite de revocatoria de inscripción de la lista inscrita la cámara de representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz – CITREP No. 16 por la organización social CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ dentro del expediente radicado bajo el No. CNE-E-2021-027022.

diciembre de 2021 a la dirección electrónica ventanillaunica@mininterior.gov.co; del cual del cual se recibió notificación de lectura el día 30 de diciembre de 2021.

2.2.3. Mediante oficio CNE-SS-NMHS/03738/RRCO/202100027022-008 de fecha 18 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto a la CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ, a la dirección carrera 46 No 41-16 Apto 436, el día 19 de enero de 2022 mediante guía No. 230011135180 de Inter-rapidísimo9 y mediante correo electrónico 10 enviado el día 19 de enero de 2022 a la dirección electrónica manzuragustin31@gmail.com.

2.2.4. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/61471/RRCO/202100027022-0011 de fecha 29 de diciembre de 2021 se comunicó el anterior auto al ciudadano MANZUR AGUSTÍN

2.2.4. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/61471/RRCO/202100027022-0011 de fecha 29 de diciembre de 2021 se comunicó el anterior auto al ciudadano MANZUR AGUSTÍN SIERRA, lo que se hizo mediante correo electrónico 12 dirigido el día 30 de diciembre de 2021 a la dirección electrónica reportada, manzuragustin31@gmail.com.

2.2.5. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/61471/RRCO/202100027022-0013 de fecha 29 de diciembre de 2021 se comunic ó el anterior auto al coordinador del grupo de control electoral de la Procuraduría General de la Nación, lo que se hizo mediante correo electrónico14 dirigido el día 30 de diciembre de 2021 a la dirección electrónica notificaciones.cne@procuraduria.gov.co.

2.2.6. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/61472/RRCO/202100027022-0015 de fecha 29 de diciembre de 2021 se comunicó el anterior auto a la Oficina de Comunicaciones y Prensa de la Registraduría Nacional de l Estado Civil , lo que se hizo mediante correo electrónico16 enviado el 30 de diciembre de 2021 a la dirección electrónica jfsanchez@registraduria.gov.co, eugui@registraduria.gov.co, dcortes@registraduria.gov.co.

2.2.7. Mediante oficio CNE-I-2021-003912-RRCO-DGC 17 de fecha 30 de diciembre de 2021 se comunicó el anterior auto a la doctora JUDY MARCELA ULLOA BE LTRAN asesora de Comunicaciones y prensa - Oficina de Comunicaciones Estratégicas, lo que se

se comunicó el anterior auto a la doctora JUDY MARCELA ULLOA BE LTRAN asesora de Comunicaciones y prensa - Oficina de Comunicaciones Estratégicas, lo que se hizo mediante gestor documental dirigido el día 30 de diciembre de 2021 y enviado el

8 Folio 15 9 Folio 16 10 Folio 17 11 Folio 19 12 Folio 20 13 Folio 21 14 Folio 22 15 Folio 23 16 Folios 24-26 17 Folio 28Resolución No. 1279 de 2022 Página 4 de 40

Por medio de la cual se DECIDE el trámite de revocatoria de inscripción de la lista inscrita la cámara de representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz – CITREP No. 16 por la organización social CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ dentro del expediente radicado bajo el No. CNE-E-2021-027022.

30 de diciembre a la dirección electrónica 18 publicacionesweb@cne.gov.co, jmulloa@registraduria.gov.co. En suma, el Auto fue publicado por la asesoría de prensa en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

2.3. Mediante correo electrónico19 allegado a esta Corporación el 03 de enero de 2022, la ventanilla única electoral del Ministerio del Interior, allegó respuesta de lo solicitado mediante Auto del 29 de diciembre de 2021 en los siguientes términos:

“(…) Es necesario insistir que la Ventanilla Única Electoral Permanente NO hace ningún tipo de expedición, actualización, aclaración, notificación, cruce, o declaración sobre antecedentes, sino que es una herramienta mediante la cual se busca agilizar

“(…) Es necesario insistir que la Ventanilla Única Electoral Permanente NO hace ningún tipo de expedición, actualización, aclaración, notificación, cruce, o declaración sobre antecedentes, sino que es una herramienta mediante la cual se busca agilizar y tramitar las solicitudes remitidas directamente por los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos sobre personas específicas, a las instituciones que en el Estado generan algún tipo de antecedente, tal y como fue mencionado en el oficio enviado. Toda vez que la ventanilla no es una plataforma que tenga registros actualizados de antecedentes, sino que es una herramienta por la cual los partidos solicitan a las entidades. Haciendo la claridad que en el Ministerio del Interior no rep osa una base de datos de antecedentes o investigaciones, porque no es su competencia. De acuerdo a la solicitud relacionada, radicadas por ustedes donde solicitan la información de Ventanilla Única Electoral Permanente, nos permitimos informar que el señor MANZUR AGUSTÍN SIERRA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.108.040., no se encuentra consultado en nuestra base de datos (…)”

2.4. Mediante correo electrónico20 del 05 de enero de 2022 la dirección de gestión electoral de la Registraduria Nacional del Estado Civil allegó los formatos E -621 y E -822 del candidato MANZUR AGUSTÍN SIERRA.

2.5. Mediante oficio No. 259 del 17 de enero de 202223, la Procuraduría General de la Nación solicitó que las comunicaciones del Auto del 29 de diciembre de 2021 y en general las referentes a temas de revocatoria fueran efctuadas a través de los correos electrónicos

solicitó que las comunicaciones del Auto del 29 de diciembre de 2021 y en general las referentes a temas de revocatoria fueran efctuadas a través de los correos electrónicos procjudadm127@procuraduria.gov.co y 127p.notificaciones@gmail.com, señalando que la actuación en comento había sido comunicada a un correo no competente para intervenir en el presente caso.

2.6. Mediante Auto del 18 de enero de 2022 24 se corrigió el Auto del 29 de diciembre de 2021 en lo que respecta a la comunicación de la Procuraduría General de la Nación, en los siguientes términos: “(…) ARTÍCULO PRIMERO: ORDENASE corregir parcialmente el Auto del 29 de diciembre de 2021 en cuanto a la comunicación a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN en virtud de las consider aciones expuestas en el presente proveído y manténgase incólume las decisiones proferidas por este despacho en el Auto del 29

18 Folios 29-31 19 Folios 36-38 20 Folios 39-41 21 Folios 33-34 22 Folio 35 23 Folios 46-47 24 Folios 48-50Resolución No. 1279 de 2022 Página 5 de 40

Por medio de la cual se DECIDE el trámite de revocatoria de inscripción de la lista inscrita la cámara de representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz – CITREP No. 16 por la organización social CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ dentro del expediente radicado bajo el No. CNE-E-2021-027022.

de diciembre de 2021 para los demás investigados bajo el expediente CNE -E-2021SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ dentro del expediente radicado bajo el No. CNE-E-2021-027022.

de diciembre de 2021 para los demás investigados bajo el expediente CNE -E-2021027022.

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNÍQUESE por intermed io de la subsecretaría de la Corporación el presente proveído, a la Procuraduría General de la Nación, a los correos prociudadm127aprocuraduria.qovto y 127p.notificacionesagmail.com (…)”

2.7. En cumplimiento a lo ordenado en el Auto del 18 de enero de 2022, se adelantaron las siguientes actuaciones:

2.7.1. Mediante oficio CNE -SS-MCV/03827/RRCO/CNE-E-2021-02702225 de fecha 19 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto al coordinador del grupo de control electoral de la Procuraduría General de la Nación, lo que se hizo mediante correo electrónico26 el día 19 de enero de 2022 a la dirección electrónica procjudadm127@procuraduria.gov.co 127p.notificaciones@gmail.com, del que se acusó recibo el 20 de enero de 202227.

2.8. Mediante Auto del 20 de enero de 2022 28 se convocó a audiencia pública dentro de la presente actuación para el día 27 de enero de 2022, en los siguientes términos:

“(…) ARTÍCULO PRIMERO: CONVOCASE a los interesados, a la CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ — COAPAZ, al candidato MANZUR AGUSTÍN SIERRA identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.108.040, a la

AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ — COAPAZ, al candidato MANZUR AGUSTÍN SIERRA identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.108.040, a la Procuraduría General de la Nación y a la ciudadanía en general a Audiencia Pública para el día veintisiete (27) de enero de dos mil veintidós (2022), a partir de las 8:30 a.m. en el auditorio del Consejo Nacional Electoral, ubi cada en el Edificio de la Organización Electoral en la Avenida Calle 26 N° 51 — 50 primer piso de Bogotá D.C., a fin que aporten pruebas y sean escuchados dentro de la presente actuación, la cuál será presidida por el Honorable Magistrado RENATO RAFAEL CONTRER AS

ORTEGA.

PARÁGRAFO: Para el cabal cumplimiento de la audiencia aquí convocada, publíquese tal convocatoria a través de un medio impreso de amplia circulación.

ARTÍCULO SEGUNDO: INCORPÓRENSE las siguientes pruebas: Aportadas por la Subsecretaría del Consejo Nacional Electoral: Formularios de solicitud de inscripción y constancia de aceptación de candidatura (E6 OV) y lista definitiva de inscritos (E -8 OV), así como de sus anexos, correspondientes a la inscripción por la CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ — COAPAZ a la Cámara de Representantes en la

Circunscripción Transitoria Especial de Paz, CITREP No. 3 del ciudadano MANZUR AGUSTÍN SIERRA, titular de la cédula de ciudadanía No. 70.108.040.

ARTÍCULO TERCERO: DESARROLLO DE LA AUDIENCIA. La audiencia convocada

AGUSTÍN SIERRA, titular de la cédula de ciudadanía No. 70.108.040.

ARTÍCULO TERCERO: DESARROLLO DE LA AUDIENCIA. La audiencia convocada mediante el presente acto administrativo se llevará a cabo de manera MIXTA, para que en ella participen de manera presencia o remota la CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ — COAPAZ, el candidato MANZUR AGUSTÍN SIERRA y al delegado del Ministerio Público, para lo cual se les informará de las dos opciones existentes, así como de los enlaces dispuestos para ello.

La Audiencia Pública se transmitirá en directo a través de la página web del Consejo Nacional Electoral (https:// ww w.cne.gov.co) y de las plataformas de redes sociales Facebook (Consejo Nacional Electoral) y Twitter (@CNE_COLOMBIA), y/o del magistrado ponente Facebook @renatocontreraso y Twitter @recortt.

25 Folio 51 26 Folios 52-53 27 Folio 54 28 Folios 55-57Resolución No. 1279 de 2022 Página 6 de 40

Por medio de la cual se DECIDE el trámite de revocatoria de inscripción de la lista inscrita la cámara de representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz – CITREP No. 16 por la organización social CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ dentro del expediente radicado bajo el No. CNE-E-2021-027022.

Las intervenciones en la audiencia pública se harán en el siguiente orden: a) El agente del Ministerio Público.

b) La CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ — COAPAZ.

Las intervenciones en la audiencia pública se harán en el siguiente orden: a) El agente del Ministerio Público. b) La CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ — COAPAZ. c) El candidato MANZUR AGUSTÍN SIERRA (…)” 2.9. En cumplimiento a lo ordenado en el Auto del 20 de enero de 2022, se adelantaron las siguientes actuaciones:

2.9.1. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/03913/RRCO/CNE-E-2021-02702229 de fecha 20 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto a la CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ – COAPAZ, mediante correo electrónico30 dirigido el día 20 de enero de 2022 a la dirección electrónica reportada Spuerta45@gmail.com.

2.9.2. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/03914/RRCO/CNE-E-2021-027022 31 de fecha 20 de enero de 2022, se comunicó el anterior auto al ciudadano MANZUR AGUSTÍN SIERRA, lo que se hizo mediante correo electrónico32 dirigido el día 20 de enero de 2022 a la dirección electrónica reportada manzuragustin31@gmail.com.

2.9.3. Mediante oficio CNE -SS-MCV/038915/RRCO/CNE-E-2021-02702233 de fec ha 20 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto a la Procuraduría General de la Nación, lo que se hizo mediante correo electrónico 34 el día 20 de enero de 2022 a la dirección electrónica procjudadm127@procuraduria.gov.co, 127p.notificaciones@gmail.com, del que se acusó recibo el 21 de enero de 202235.

que se hizo mediante correo electrónico 34 el día 20 de enero de 2022 a la dirección electrónica procjudadm127@procuraduria.gov.co, 127p.notificaciones@gmail.com, del que se acusó recibo el 21 de enero de 202235.

2.9.4. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/03916/RRCO/CNE-E-2021-02702236 de fecha 20 de enero de 2022 se comu nicó el anterior auto a la directora de Gestión Electoral, lo que se hizo mediante correo electrónic o37 enviado el día 20 de enero de 2022 a las direcciones electrónicas lecampos@registraduria-gov.co, gsccongreso2022@registraduria.gov.co, del que se acusó recibo el 20 de enero de 2022.

2.9.5. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/03917/RRCO/CNE-E-2021-02702238 de fecha 20 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto al doctor BENJAMÍN ORTIZ TORRES secretario general Registraduría Nacional del Estado Civil, lo que se hizo mediante

29 Folio 58 30 Folio 60 31 Folio 61 32 Folio 62 33 Folio 63 34 Folios 64-65 35 Folio 66 36 Folio 68 37 Folios 69-70 38 Folio 72Resolución No. 1279 de 2022 Página 7 de 40

Por medio de la cual se DECIDE el trámite de revocatoria de inscripción de la lista inscrita la cámara de representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz – CITREP No. 16 por la organización social CORPORACIÓN AMBIENTAL Y

Por medio de la cual se DECIDE el trámite de revocatoria de inscripción de la lista inscrita la cámara de representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz – CITREP No. 16 por la organización social CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ dentro del expediente radicado bajo el No. CNE-E-2021-027022.

correo electrónico 39 dirigido el día 20 de enero de 2022 a la dirección electrónica bortiz@registraduria.gov.co, lcvelasquez@registraduria.gov.co, gfuuen@registrauria.gov.co, del que se acusó recibo el 22 de enero de 202240.

2.9.6. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/03918/RRCO/CNE-E-2021-02702241 de fecha 20 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto a la doctora JUDY MARCELA ULLOA BELTRAN asesora de Comunicaciones y prensa - Oficina de Comunicaciones Estratégicas , lo que se hizo mediante correo electrónico42 dirigido el día 20 de enero de 2022 a la dirección electrónica publicacionesweb@cne.gov.co, jmulloa@registraduria.gov.co, publicado en fecha 20 enero de 202243.

2.10. Mediante correo electrónico44 allegado a esta Corporación el 21 de enero de 2022, la sustanciadora PJ-127 de la Procuraduría General de la Nación presentó oficio No. 274 en el que manifestaban lo siguiente: “(…)6. Por consiguiente, con el acostumbrado respeto, le solicito corregir el Auto de 20 de enero de 2022 y citar a la audiencia al JAIME EDUARDO BAUTE

en el que manifestaban lo siguiente: “(…)6. Por consiguiente, con el acostumbrado respeto, le solicito corregir el Auto de 20 de enero de 2022 y citar a la audiencia al JAIME EDUARDO BAUTE (jbautes@procuraduria.gov.co) Coordinador (E) del Grupo SIRI de la Procuraduría General de la Nación, quien como peticionario habrá de intervenir en primer lugar en la diligencia, luego el partido político, posteriormente el candidato y finalmente el suscrito agente del Ministerio Público.

7. Desde ya se anuncia que esta Procuraduría Judicial participará en la audiencia de forma REMOTA, por lo que solicito comedidamente al Despacho disponer lo pertinente para que el link conexión remitido los buzones

procjudadm127@procuraduria.gov.co y 127p.notificaciones@gmail.com.

8. Cabe precisar que ya se remitió comunicación en el mismo sentido al buzón

nasaldarriaga@cne.gov.co conforme se indicó en el correo de citación a la audiencia.

9. Adicionalmente, pongo en conocimiento del Honorable Magistrado que a la fecha esta agencia del Ministerio Público no tiene acceso al expediente digital del caso no obstante las peticiones que, en ese sentido, ha formulado esta Procuraduría a la Subsecretaría de esa Corporación, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 277-9 Superior, respetuosamente le solicito adoptar las medidas pertinentes para que el Ministerio Público pueda acceder el expediente objeto de la audiencia.

(…)”

2.11. Mediante correo electrónico 45 allegado a esta Corporación el 21 de enero de 2022 la sustanciadora PJ-127 de la Procuraduría General de la Nación solicitó enlace URL para

(…)”

2.11. Mediante correo electrónico 45 allegado a esta Corporación el 21 de enero de 2022 la sustanciadora PJ-127 de la Procuraduría General de la Nación solicitó enlace URL para asistir de manera vitual a la audiencia programada el 27 de enero de 2022.

2.12. Mediante correo electrónico 46 enviado el 24 de enero de 2022 , la secretaría del despacho envió copia pdf del expediente CNE-E-2021-027022 y enlace URL del mismo expediente en digital, al candidato MANZUR AGUSTÍN SIERRA por medio del correo

39 Folios 73-74-76 40 Folio 75 41 Folio 77 42 Folios 78-79 43 Folio 80 44 Folios 118-119 45 Folio 111 46 Folio 81Resolución No. 1279 de 2022 Página 8 de 40

Por medio de la cual se DECIDE el trámite de revocatoria de inscripción de la lista inscrita la cámara de representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz – CITREP No. 16 por la organización social CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ dentro del expediente radicado bajo el No. CNE-E-2021-027022.

manzuragustin31@gmail.com, a la organización social CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ por medio del correo manzuragustin31@gmail.com y al MINISTERIO PÚBLICO por medio de los correos procjudadm127@procuraduria.gov.co y 127p.notificaciones@gmail.com.

SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ por medio del correo manzuragustin31@gmail.com y al MINISTERIO PÚBLICO por medio de los correos procjudadm127@procuraduria.gov.co y 127p.notificaciones@gmail.com.

2.13. Mediante Auto del 24 de enero de 2022 47, se ordenó modificar el Auto del 24 de enero de 2022, ratificándose la fecha inicialmente prevista para el 27 de enero de 2022, en los siguientes términos:

“(…) ARTÍCULO PRIMERO: MODIFÍCASE el artículo primero del auto del 20 de enero de 2022 proferido dentro del radicado CNEE-2021-027022, el que quedará así: "ARTÍCULO PRIMERO: CONVOCASE a los interesados, al doctor JAIME EDUARDO BAUTE ARIZA coordinador (e) del grupo SIRI de la Procuraduría General de la Nación a la CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONT RUYENDO PAZ - COAPAZ, al candidato MANZUR AGUSTÍN SIERRA identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.108.040. a la Procuraduría General de la Nación y a la ciudadanía en general a Audiencia Pública para el día veintisiete (27) de enero de dos mil veint idós (2022), a partir de las 8:30 a.m. en el auditorio del Consejo Nacional Electoral, ubicado en el Edificio de la Organización Electoral en la Avenida Calle 26 N° 51 -50 primer piso de Bogotá D.C., a fin que aporten pruebas y sean escuchados dentro de la presente actuación, la cuál será presidida por el Honorable Magistrado RENATO RAFAEL

CONTRERAS ORTEGA.

Bogotá D.C., a fin que aporten pruebas y sean escuchados dentro de la presente actuación, la cuál será presidida por el Honorable Magistrado RENATO RAFAEL

CONTRERAS ORTEGA.

PARÁGRAFO: Para el cabal cumplimiento de la audiencia aquí convocada, publiquese tal convocatoria a través de un medio impreso de amplia circulación" (…)” ARTÍCULO SEGUNDO: MODIFÍCASE el artículo primero del auto del 20 de enero de 2022 proferido dentro del radicado CNEE-2021-027022, el que quedará asi: “ARTÍCULO TERCERO: DESARROLLO DE LA AUDIENCIA. La audiencia convocada mediante el presente acto admi nistrativo se llevará a cabo de manera MIXTA, para que en ella participen de manera presencial o remota la CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ -COAPAZ, el candidato MANZUR AGUSTÍN SIERRA y al delegado del Ministerio Público, para lo cual se les informará de las dos opciones existentes, así como de los enlaces dispuestos para ello.

La Audiencia Pública se transmitirá en directo a través de la página web del Consejo Nacional Electoral (https://www.cne.gov.co) y de las plataformas de redes sociales Facebook (Consejo Nacional Electoral) y Twitter (@CNE_COLOMBIA), y/o del magistrado ponente Facebook @renatocontreraso y Twitter @recortt. Las intervenciones en la audiencia pública se harán en el siguiente orden: a) El doctor JAIME EDUARDO BAUTE ARIZA co ordinador del grupo SIRI de la Procuraduría General de la Nación. b) La CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ-COAPAZ. c) El candidato MANZUR AGUSTÍN SIERRA.

Procuraduría General de la Nación. b) La CORPORACION AMBIENTAL Y SOCIAL CONTRUYENDO PAZ-COAPAZ. c) El candidato MANZUR AGUSTÍN SIERRA. d) El agente del Ministerio Público. (…)”

2.14. En cumplimiento a lo ordenado en el Auto del 24 de enero de 2022, se adelantaron las siguientes actuaciones:

2.14.1. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/04008/RRCO/CNE-E-2021-02702248 de fecha 24 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto al doctor JAIME EDUARDO BAUTE ARIZA - Coordinador del Grupo SIRI de la Procuraduría General de la Nación, lo que se

47 Folios 83-84 48 Folio 85Resolución No. 1279 de 2022 Página 9 de 40

Por medio de la cual se DECIDE el trámite de revocatoria de inscripción de la lista inscrita la cámara de representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz – CITREP No. 16 por la organización social CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ dentro del expediente radicado bajo el No. CNE-E-2021-027022.

hizo mediante correo electrónico 49 dirigido el día 24 de enero de 2022 a la dir ección electrónica reportada, siri@procuraduria.gov.co, apenuela@procuraduria.gov.co del que se acusó recibo el 26 de enero de 202250.

2.14.2. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/04009/RRCO/CNE-E-2021-02702251 de fecha

que se acusó recibo el 26 de enero de 202250.

2.14.2. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/04009/RRCO/CNE-E-2021-02702251 de fecha 24 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto a la CORPORACIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL CONSTRUYENDO PAZ - COAPAZ, lo que se hizo mediante correo electrónico52 dirigido el día 24 de enero de 2022 a la dirección electrónica reportada, Spuerta45@gmail.com.

2.14.3. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/04010/RRCO/CNE-E-2021-02702253 de fecha 24 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto al ciudadano MANZUR AGUSTÍN SIERRA, lo que se hizo mediante correo electrónico 54 dirigido el día 24 de enero de 2022 a la dirección electrónica reportada,manzuragustin31@gmail.com.

2.14.4. Mediante oficio CNE-SS-MCV/04011/RRCO/CNE-E-2021-02702255 de fecha 24 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto a la Procuraduría General de la Nación, lo que se hizo mediante correo electrónico56 el día 24 de enero de 2022 a la dirección electrónica procjudadm127@procuraduria.gov.co, 127p.notificaciones@gmail.com, del que se acusó recibo el 21 de enero de 2022.

2.14.5. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/04012/RRCO/CNE-E-2021-02702257 de fecha 24 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto a la directora de Gestión Electoral, lo que se hizo mediante correo electrónic o58 enviado el día 24 de enero de 2022 a las

24 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto a la directora de Gestión Electoral, lo que se hizo mediante correo electrónic o58 enviado el día 24 de enero de 2022 a las direcciones electrónicas lecampos@registraduria.gov.co, gsccongreso2022@registraduria.gov.co.

2.14.6. Mediante oficio CNE -SS-NMHS/04013/RRCO/CNE-E-2021-02702259 de fecha 24 de enero de 2022 se comunicó el anterior auto al doctor BENJAMÍN ORTIZ TORRES secretario general Registraduría Nacional del Estado Civil, lo que se hizo mediante correo electrónico 60 dirigido el día 24 de enero de 2022 a la dirección electrónica

49 Folios 86-88 50 Folio87 51 Folio 89 52 Folio 90 53 Folio 91 54 Folio 92 55 Folio 93 56 Folio 94 57 Folio 98 58 Fo

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...