🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CNE - Resolución 1737 de 2023

CNE - Consejo Nacional Electoral

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CNE - Resolución 1737 de 2023
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2023

RESOLUCIÓN No. 1737 de 2023 (1 de marzo)

Por medio de la cual se SANCIONA a los miembros del Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.963.281 , RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT YORK MENESES SILVA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.396.923 y a doce (12) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander y se ABSUELVE DE LOS CARGOS FORMULADOS y en consecuencia SE DA POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA a cinco (5) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander , inscritos por esa agrupación política ”, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 130 de 19 94, el artículo 25 inciso 5° de la Ley 1475 de 2011, y los artículos 1, 2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida por el Consejo Nacional Electoral en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de octubre de 2019, en ocasión a la no presentación de los informes de ingresos y gastos , dentro de los radicados 7914-2020 y 0574-2021.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, las

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, las Leyes 130 de 1994 y 1475 de 2011, el artículo 47 y subsiguientes de la Ley 1437 de 2011, así mismo el artículo 52 ibídem, con fundamento en los siguientes:

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

1.1. Mediante escrito con número de oficio CNE-FNFP-803 de fecha 21 de mayo de 2020, la oficina del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió a la Subsecretaría de la Corporación el informe correspondiente a los candida tos inscritos por partidos políticos, grupos significativos de ciudadanos y coaliciones que presuntamente vulneraron lo dispuesto en el Artículo 25 inciso 5 de la Ley 1475 de 2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, al incumplir con la obl igación de presentar los informes de ingresos y gastos de campañas políticas, o que fueron presentados de manera extemporánea para las elecciones que se llevaron a cabo el día 27 de Octubre de 2019 .Resolución 1737 de 2023 Página 2 de 45 Por medio de la cual se SANCIONA a los miembros del Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.963.281, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT

1.090.963.281, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT YORK MENESES SILVA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.396.923 y a doce (12) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander y se ABSUELVE DE LOS CARGOS FORMULADOS y en consecuenc ia SE DA POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA a cinco (5) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander, inscritos por esa agrupación política ”, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 130 de 1994, el artículo 25 inciso 5° de la Ley 1475 de 2011, y los artículos 1, 2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida por el Consejo Nacional Electoral en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de octubre de 2019, en ocasión a l a no presentación de los informes de ingresos y gastos, dentro de los radicados 7914-2020 y 0574-2021. 1.2. Por reparto realizado en Sala Plena del día 17 de junio de 2020 , el presente asunto fue asignado al despacho del Magistrado JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA mediante radicado Número 7914 de 2020 acumulado con el 0574 de 2021.

1.3. Que de acuerdo con el reparto realizado se determinó que a este Despacho Sust anciador le correspondería el estudio de los candidatos que se inscribieron a través de Grupos Significativos de Ciudadanos y Coaliciones correspondientes a las elecciones que se llevaron

1.3. Que de acuerdo con el reparto realizado se determinó que a este Despacho Sust anciador le correspondería el estudio de los candidatos que se inscribieron a través de Grupos Significativos de Ciudadanos y Coaliciones correspondientes a las elecciones que se llevaron a cabo el día 27 de octubre de 2019 debiendo conocer un total de 1.1 92 candidatos a nivel nacional.

1.4. Conforme a lo anterior y en atención al gran número de candidatos que se deben investigar, este despacho consideró necesario desglosar el expediente, por lo que mediante Auto CNE-JLLP-052 del 27 de Julio de 2020, se or denó el desglose y se comunicó esa decisión a la Subsecretaría de la Corporación para los fines pertinentes

1.5. Que, mediante oficio CNE-SS-KMQ/13129/JLLP/202000005079-00 del 11 de agosto de 2020 se comunicó el contenido del Auto CNE-JLLP-052-2020 a la Subsecretaría de la Corporación.

1.6. Que mediante Auto CNE-JLLP-057 del 12 de agosto de 2020, se ordenó la práctica de una prueba, dentro del proceso que adelanta este despacho sustanciador, en el auto en mención se solicitó lo siguiente:

“(…)

ARTÍCULO PRIMERO: Solicitar a la OFICINA DE GESTIÓN ELECTORAL de la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC) para que dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación del presente auto, remita tanto en medio físico como en medio magnético copia de l os formularios E -6 y E -8, acuerdos de coalición y la totalidad de los soportes que acompañen la inscripción de la candidatura de los ciudadanos avalados por los Grupos

medio físico como en medio magnético copia de l os formularios E -6 y E -8, acuerdos de coalición y la totalidad de los soportes que acompañen la inscripción de la candidatura de los ciudadanos avalados por los Grupos Significativos de Ciudadanos y Coaliciones que se encuentran en documento adjunto1 e inf orme las novedades correspondientes a dicha inscripción de haber lugar a ello.

(…)”

1 Se anexa al presente documento, la base de datos en formato Excel con el total de los candidatos respecto de los cuales se requiere la información aquí solicitada.Resolución 1737 de 2023 Página 3 de 45 Por medio de la cual se SANCIONA a los miembros del Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.963.281, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT YORK MENESES SILVA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.396.923 y a doce (12) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander y se ABSUELVE DE LOS CARGOS FORMULADOS y en consecuenc ia SE DA POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA a cinco (5) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander, inscritos por esa agrupación política ”, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la

POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA a cinco (5) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander, inscritos por esa agrupación política ”, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 130 de 1994, el artículo 25 inciso 5° de la Ley 1475 de 2011, y los artículos 1, 2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida por el Consejo Nacional Electoral en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de octubre de 2019, en ocasión a l a no presentación de los informes de ingresos y gastos, dentro de los radicados 7914-2020 y 0574-2021. 1.7. Que, mediante oficio CNE-SS-KWQ-13184JLLP/202000005079-00 del 20 de agosto de 2020 se le comunicó el contenido del Auto CNE-JLLP-057-2020 a la Directora de la Oficina de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

1.8. Que, mediante oficio RDE-DGE-1288 del 01 de septiembre de 2020, la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil respondió a lo requerido mediante Auto CNE-JLLP-057-2020 remitiendo los formularios Formulario E6, Formulario E7 y Formulario E8.

(…)”

1.9. Que, mediante oficio RDE-DGE-1380 del 11 de septiembre de 2020, la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil emiti ó un alcance a lo requerido mediante Auto CNE-JLLP-057-2020 en los siguientes términos:

“(…)

Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil emiti ó un alcance a lo requerido mediante Auto CNE-JLLP-057-2020 en los siguientes términos:

“(…)

En atención al oficio citado en el asunto, de manera atenta me permito dar alcance al radicado RDE-DGE-1288 del 1 de septiembre de 2020, en el cual se adjunta digitalizado en un (1) CD, lo solicitado por su despacho, de acuerdo a la solicitud realizada a la Doctora Ludis Emilse Campo Directora de Gestión Electoral, se envía en medio físico, todos los documentos que inicialmente se remitieron en medio magnético rel acionados, de la siguiente manera:

CARPETA SERIE FOLIOS

CARPETA SERIE FOLIOS 1 1 198 198

12 2210 2423 214 2 199 392 194

13 2424 2626 203 3 393 592 200

14 2627 2831 205 4 593 799 207

15 2832 3035 204 5 800 997 198

16 3036 3229 194 6 998 1195 198

17 3230 3429 200 7 1196 1394 199

18 3430 3627 198 8 1395 1594 200

19 3628 3825 198 9 1595 1795 201

20 3826 4029 204 10 1796 2000 205

21 4030 4223 194 dge 11 2001 2209 209

22 4224 4334 111

(…)”

20 3826 4029 204 10 1796 2000 205

21 4030 4223 194 dge 11 2001 2209 209

22 4224 4334 111

(…)”

1.10. Que, mediante oficio CNE-SS-KMQ-/13343/JLLP/2020000005079-00 de fecha 14 de septiembre de 2020, la Subsecretaría de la Corporación dio respuesta a lo requerido mediante Auto CNE-JLLP-052-2020 en los siguientes términos:

“(…)Resolución 1737 de 2023 Página 4 de 45 Por medio de la cual se SANCIONA a los miembros del Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.963.281, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT YORK MENESES SILVA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.396.923 y a doce (12) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander y se ABSUELVE DE LOS CARGOS FORMULADOS y en consecuenc ia SE DA POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA a cinco (5) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander, inscritos por esa agrupación política ”, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la

Ley 130 de 1994, el artículo 25 inciso 5° de la Ley 1475 de 2011, y los artículos 1, 2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida por el Consejo Nacional Electoral en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de octubre de 2019, en ocasión a l a no presentación de los informes de ingresos y gastos, dentro de los radicados 7914-2020 y 0574-2021. De la manera más atenta y respetuosa, y en cumplimiento a lo ordenado e n el Auto de la referencia, esta asesoría procedió a realizar el debido desglose del radicado número 202000005079-00, relacionando por los Grupos Significativos de Ciudadanos y/o Coaliciones, detallando los ítems de la siguiente manera:

(…)” 1.11. Que med iante acta de fecha 24 de noviembre de 2020 2, en Sala Plena Virtual esta Corporación decidió que los procesos respecto de los cuales el Fondo Nacional del Financiación Política remite investigar una de las conductas de que trata el artículo 25 de la Ley 14 75 de 2011, específicamente por la NO presentación de informes en el aplicativo Cuentas Claras, se llegó a la conclusión que las demás conductas a las que se refiere este mismo artículo, es decir: i) Apertura de cuenta bancaria, ii) Manejo de recursos y, iii) Nombramiento de gerente de campaña, deberán ser investigadas todas en conjunto dentro de un mismo expediente, de manera que las conductas antes descritas sean adelantadas por cada uno de los despachos a quienes les correspondió su investigación, sin q ue se deban investigar por separado.

De lo anterior se desprende entonces, que la no presentación del informe en el aplicativo

cada uno de los despachos a quienes les correspondió su investigación, sin q ue se deban investigar por separado.

De lo anterior se desprende entonces, que la no presentación del informe en el aplicativo cuentas claras conlleva al incumplimiento de otras conductas como lo son: la no apertura de cuenta única bancaria para el manej o de los recursos en dinero que recibió la campaña, el no nombramiento de gerente de campaña, y el no manejo y/o manejo parcial de los recursos en dinero que recibió la misma, aclarando que el incumplimiento de estas conductas está dirigido exclusivamente al candidato y no a los miembros del Grupo Significativo de Ciudadanos, pues a estos últimos se les investigara respecto de la debida y oportuna presentación o no del informe consolidado de ingresos y gastos de la campaña electoral del candidato inscrito.

1.12. Que, con base a lo remitido por parte de la Subsecretaria de la Corporación y con relación al desglose que se realizó al expediente 5079 -2020, como expediente principal, de modo que, el número de expediente a que corresponde este proceso es el 7914-20.

1.13. Que dentro del expediente obra como prueba el Formulario E -8CO expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil en el cual se evidencia que la lista total de excandidatos inscritos por el Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRATICA”, corresponde a un total de dieciocho (18) excandidatos, sin embargo , los excandidatos a que se refiere la presente investigación administrativa corresponde a diecisiete (17) y son los siguientes: 2 Acta No. 044 del 24 de noviembre de 2020.Resolución 1737 de 2023 Página 5 de 45

excandidatos a que se refiere la presente investigación administrativa corresponde a diecisiete (17) y son los siguientes: 2 Acta No. 044 del 24 de noviembre de 2020.Resolución 1737 de 2023 Página 5 de 45 Por medio de la cual se SANCIONA a los miembros del Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.963.281, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT YORK MENESES SILVA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.396.923 y a doce (12) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander y se ABSUELVE DE LOS CARGOS FORMULADOS y en consecuenc ia SE DA POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA a cinco (5) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander, inscritos por esa agrupación política ”, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 130 de 1994, el artículo 25 inciso 5° de la Ley 1475 de 2011, y los artículos 1, 2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida por el Consejo Nacional Electoral en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de octubre de 2019, en ocasión a l a no presentación de los informes de ingresos y gastos, dentro de los radicados 7914-2020 y 0574-2021.

No. NOMBRE CÉDULA

1 HERSON DANIEL HIGUERA SANTIAGO 1.090.388.976

no presentación de los informes de ingresos y gastos, dentro de los radicados 7914-2020 y 0574-2021.

No. NOMBRE CÉDULA

1 HERSON DANIEL HIGUERA SANTIAGO 1.090.388.976

2 JOSÉ FRANCISCO PALACIOS ESPEJO 88.202.492

3 EDGAR IVANNY MILINA CARRILLO 1.093.742.935

4 IRMA WUICHADA LIZCANO 60.292.138

5 ANA ZORAIDA URBINA GARCÍA 60.343.234

6 JOSÉ RICARDO TARAZONA 13.501.694

7 LUDWIN ANDRE SALAZAR PAÉZ 1.090.391.638

8 JESÚS ENRIQUE ARIAS 13.482.382

9 DIEGO ANDRÉS SUAREZ LÓPEZ 1.094.351.550

10 JOSMAR GARCÍA PRADA 88.288.161

11 SERGIO YAMIR DIUSA BERMON 1.090.532.225 12 ROQUELINA GARCÍA 60.363.381

13 MARIBEL MONTES PADILLA 60.327.999

14 JOSÉ DARIO CONTR ERAS SANGUINO 13.485.088

15 JESSICA TATIANA PINTO BUITRAGO 1.090.411.805

16 MARIA FERNANDA ANDRADE PADILLA 1.090.532.222

17 EDGAR RODRIGUEZ PRADA 88.218.561

1.14. Que, mediante Resoluciones 5294 del 15 de septiembre de 2021 y 2339 del 4 de mayo de 20 22, esta corporación ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS, en contra de diecisiete (17) excandidatos al CONCEJO por el Municipio de

de 20 22, esta corporación ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS, en contra de diecisiete (17) excandidatos al CONCEJO por el Municipio de CUCUTA Departamento de NORTE DE SANTANDER y en contra de los miembros del Grupo Significativo de Ciudadano s “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.963.281, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT YORK MENESES SILVA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.396.923 quienes inscribieran su candidatura, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 130 de 1994, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y los artículos 1,2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida por el Consejo Nacional Electoral en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de Octubre de 2019, dentro del radicado 7914-2020.

1.15. Que la s Resoluciones 5294 del 15 de septiembre de 2021 y 2339 del 4 de mayo de 2022, fueron notificadas de la siguiente forma:

 Al comité inscriptor del Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ y BRENT YORK MENESES SILVA mediante oficio CNE -SS-DER-08457-JLLP-202100000574-00 de fecha 12 de enero de 2022 al

RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ y BRENT YORK MENESES SILVA mediante oficio CNE -SS-DER-08457-JLLP-202100000574-00 de fecha 12 de enero de 2022 al correo electrónico alternativademocratica2019@gmail.comResolución 1737 de 2023 Página 6 de 45 Por medio de la cual se SANCIONA a los miembros del Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.963.281, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT YORK MENESES SILVA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.396.923 y a doce (12) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander y se ABSUELVE DE LOS CARGOS FORMULADOS y en consecuenc ia SE DA POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA a cinco (5) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander, inscritos por esa agrupación política ”, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 130 de 1994, el artículo 25 inciso 5° de la Ley 1475 de 2011, y los artículos 1, 2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida por el Consejo Nacional Electoral en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de octubre de 2019, en ocasión a l a

no presentación de los informes de ingresos y gastos, dentro de los radicados 7914-2020 y 0574-2021.

 A los excandidatos inscritos por el Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA

DEMOCRÁ TICA”

 HERSON DANIEL HIGUERA SANTIAGO al correo electrónico alternativademocratica2019@gmail.com mediante oficio CNE -SS-DER-08457-JLLP202100000574-00 de fecha 12 de enero de 2022.

 JOSÉ DARIO CO NTRERAS SANGUINO , al correo electrónico alternativademocratica2019@gmail.com mediante oficio CNE -SS-DER-42085-JLLP2021000000574-00 de fecha 5 de noviembre de 2021

 JOSÉ FRANCISCO PALACIOS ESPEJOS , al correo electrónico alternativademocratica2019@gmail.com mediante oficio CNE -SS-DER-42084-JLLP2021000000574-00 de fecha 5 de noviembre de 2021

 EDGAR RODRIGUEZ ZAPATA , al correo electrónico edgarrodriguez392015@gmail.com

 SERGIO YAMIR DIUSA BERMON al correo electrónico serdy1998@gmail.com mediante oficio CNE -SS-KMQ/51897/JLLP/20200007914-00 de fech a 13 de septiembre de 2022

 IRMA WUICHADA LIZCANO al correo electrónico jhonyesbecerra@gmail.com . mediante oficio CNE -SS-KMQ/52088/JLLP/20200007914-00 de fecha 21 de septiembre de 2022

 JOSÉ RICARDO TARAZ ONA al correo electrónico ricardotarazona1@outlook.com .

mediante oficio CNE -SS-KMQ/52088/JLLP/20200007914-00 de fecha 21 de septiembre de 2022

 JOSÉ RICARDO TARAZ ONA al correo electrónico ricardotarazona1@outlook.com . mediante oficio CNE -SS-KMQ/52089/JLLP/20200007914-00 de fecha 21 de septiembre de 2022

 LUDWIN ANDRE SALAZAR PÁEZ al correo electrónico lusapa14@gmail.com. mediante oficio CNE -SS-KMQ/52090/JLLP/20200007914-00 de fecha 21 de septiembre de 2022

 DIEGO ANDRES SUAREZ LÓPEZ al correo electrónico kate95.ramirez@gmail.com. mediante oficio CNE -SS-KMQ/52091/JLLP/20200007914-00 de fecha 21 de septiembre de 2022

 JOSMAR GARCIA PRADA al correo electrónico naturagravar@hotmail.com. mediante oficio CNE-SS-KMQ/51812/JLLP/20200007914-00 de fecha 2 de septiembre de 2022

 MARIBEL MONTES PADILLA al correo electrónico mary441968@hotmail.com. mediante oficio CNE -SS-KMQ/51813/JLLP/20200007914-00 de fecha 2 de septiembre de 2022Resolución 1737 de 2023 Página 7 de 45 Por medio de la cual se SANCIONA a los miembros del Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.963.281, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT

1.090.963.281, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT YORK MENESES SILVA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.396.923 y a doce (12) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander y se ABSUELVE DE LOS CARGOS FORMULADOS y en consecuenc ia SE DA POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA a cinco (5) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander, inscritos por esa agrupación política ”, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 130 de 1994, el artículo 25 inciso 5° de la Ley 1475 de 2011, y los artículos 1, 2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida por el Consejo Nacional Electoral en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de octubre de 2019, en ocasión a l a no presentación de los informes de ingresos y gastos, dentro de los radicados 7914-2020 y 0574-2021.  EDGAR IVANN Y MOLINA CARRILLO al correo electrónico ivannymolina87@gmail.com. mediante oficio CNE -SS-KMQ/51904/JLLP/2020000791400 de fecha 13 de septiembre de 2022

 ANA ZORAIDA URBINA GARCIA al correo electrónico jhonyesbecerra@gmail.com. mediante oficio CNE -SS-KMQ/51905/JLLP/20200007914-00 de fecha 13 de septiembre de 2022

 JESÚS ENRIQUE ARIAS al correo electrónico elpaparolo-42@hotmail.com. mediante

mediante oficio CNE -SS-KMQ/51905/JLLP/20200007914-00 de fecha 13 de septiembre de 2022

 JESÚS ENRIQUE ARIAS al correo electrónico elpaparolo-42@hotmail.com. mediante oficio CNE-SS-KMQ/51906/JLLP/20200007914-00 de fecha 13 de septiembre de 2022

 ROQUELINA GARCIA al correo electrónico santisimatrinidad1973@gmail.com mediante oficio CNE-SS-KMQ/51808/JLLP/20200007914-00 de fecha 13 de septiembre de 2022

 MARIBEL MONTES PADILLA al correo electrónico mary441968@hotmail.com

 JOSÉ DARIO CONTRERAS SANGUINO al correo electrónico rociojaines71@gmail.com

 JESSICA TATIANA PINTO BUITRAGO al correo electrónico lindatatiana89@hotmail.com mediante oficio CNE -SS-DER-37938-JLLP2021000000574-00 de fecha 19 de octubre de 2021

 MARIA FERNANDA ANDRADE PADILLA al correo electrónico maferandra14@gmail.com mediante oficio CNE -SS-DER-338070-JLLP2021000000574-00 de fecha 10 de noviembre de 2021

 EDGAR RODRIGUEZ PARA DA al correo electrónico tkaudiovisuales@gmail.com mediante oficio CNE -SS-DER-37937-JLLP-2021000000574-00 de fecha 19 de octubre de 2021

1.16. Que, mediante AUTO-CNE-113-2022 del 26 de diciembre de 2022, s e abre el proceso apruebas dentro de la investigación adelantada y se solicita a la oficina del Fondo Nacional de

de 2021

1.16. Que, mediante AUTO-CNE-113-2022 del 26 de diciembre de 2022, s e abre el proceso apruebas dentro de la investigación adelantada y se solicita a la oficina del Fondo Nacional de Financiación Política remitir los formularios 7B y 5B correspondiente al Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” y los excandidatos inscritos por dicho grupo.

1.17. Que mediante oficio CNE-I-2023-000076-FNFPCE-900 el Fondo Nacional de Financiación Política remite los formularios 5B y certificó que el Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA”, no presentó su informe consolidado de ingresos y gastos de campaña al Concejo de Cúcuta, Norte de Santander.Resolución 1737 de 2023 Página 8 de 45 Por medio de la cual se SANCIONA a los miembros del Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.963.281, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT YORK MENESES SILVA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.396.923 y a doce (12) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander y se ABSUELVE DE LOS CARGOS FORMULADOS y en consecuenc ia SE DA POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA a cinco (5) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte

Municipal de Cúcuta; Norte de Santander y se ABSUELVE DE LOS CARGOS FORMULADOS y en consecuenc ia SE DA POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA a cinco (5) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander, inscritos por esa agrupación política ”, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 130 de 1994, el artículo 25 inciso 5° de la Ley 1475 de 2011, y los artículos 1, 2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida por el Consejo Nacional Electoral en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de octubre de 2019, en ocasión a l a no presentación de los informes de ingresos y gastos, dentro de los radicados 7914-2020 y 0574-2021. 1.18. Que, mediante AUTO-CNE-ACM-032-2023 del 16 de enero de 2023 este cuerpo colegiado cierra el periodo probatorio y corre traslado para presentar alegatos de conclusión a los investigados los cuales vencieron el nueve (9) de febrero de 2023 , sin que a la fecha se pronunciaran los investigados.

1.19. Que el AUTO-CNE-ACM-032-2023 del 16 de enero de 2023 , fue comunicada de la siguiente forma:

 Al comité inscript or del Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ y BRENT YORK MENESES SILVA mediante oficio CNE -SS-KMQ/02118/ACM/202000007914/202100000574-00 de fecha 18 de

RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ y BRENT YORK MENESES SILVA mediante oficio CNE -SS-KMQ/02118/ACM/202000007914/202100000574-00 de fecha 18 de enero de 2023 al correo electrónico alternativademocratica2019@gmail.com

 A los excandidatos inscritos por el Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA

DEMOCRÁTICA”

 HERSON DANIEL HIGUERA SANTIAG O al correo electrónico alternativademocratica2019@gmail.com mediante oficio CNE -SSKMQ/02118/ACM/202000007914/202100000574-00 de fecha 18 enero de 2023.

 JOSÉ DARIO CONTRERAS SANGUINO , al correo electrónico alternativademocratica2019@gmail.com mediante oficio CNE -SS-DER-42085-JLLP2021000000574-00 de fecha 5 de noviembre de 2021

 JOSÉ FRANCISCO PALACIOS ESPEJOS , al correo electrónico alternativademocratica2019@gmail.com mediante oficio CNE -SS-DER-42084-JLLP2021000000574-00 de fecha 5 de noviembre de 2021

 EDGAR RODRIGUEZ ZAPATA , al correo electrónico edgarrodriguez392015@gmail.com CNE-SSKMQ/02119/ACM/202000007914/202100000574-00 de fecha 18 enero de 2023.

 SERGIO YAMIR DIUSA BERMON al correo electrónico serdy1998@gmail.com mediante of icio CNE-SS-KMQ/02120/ACM/202000007914/202100000574-00 de fecha 18 enero de 2023.Resolución 1737 de 2023 Página 9 de 45

mediante of icio CNE-SS-KMQ/02120/ACM/202000007914/202100000574-00 de fecha 18 enero de 2023.Resolución 1737 de 2023 Página 9 de 45 Por medio de la cual se SANCIONA a los miembros del Grupo Significativo de Ciudadanos “ALTERNATIVA DEMOCRÁTICA” los ciudadanos JOHAN SEBASTIAN CORREDOR LAZARO identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.963.281, RODOLFO ERNESTO LARREA PAEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 88.218.481 y BRENT YORK MENESES SILVA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.090.396.923 y a doce (12) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander y se ABSUELVE DE LOS CARGOS FORMULADOS y en consecuenc ia SE DA POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA a cinco (5) excandidatos al Concejo Municipal de Cúcuta; Norte de Santander, inscritos por esa agrupación política ”, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 130 de 1994, el artículo 25 inciso 5° de la Ley 1475 de 2011, y los artículos 1, 2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida por el Consejo Nacional Electoral en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de octubre de 2019, en ocasión a l a no presentación de los informes de ingresos y gastos, dentro de los radicados 7914-2020 y 0574-2021.  IRMA WUICHADA LIZCANO al correo electrónico jhonyesbecerra@gmail.com .

no presentación de los informes de ingresos y gastos, dentro de los radicados 7914-2020 y 0574-2021.  IRMA WUICHADA LIZCANO al correo electrónico jhonyesbecerra@gmail.com . mediante oficio CNE-SS-KMQ/02121/ACM/20200007914/202100000574-00 de fecha 18 de septiembre de 2022

 JOSÉ RICARDO TARAZONA al correo electrónico ricardotarazona1@outlook.com . mediante oficio CNE-SS-KMQ/02122/ACM/202000007914/202100000574-00 de fecha 18 enero de 2023.

 LUDWIN ANDRE SALAZAR PÁEZ al correo electrónico lusapa14@gmail.com. mediante oficio CNE-SS-KMQ/02123/ACM/202000007914/202100000574-00 de fecha 18 enero de 2023.

 DIEGO ANDRES SUAREZ LÓPEZ al correo electrónico kate95.ramirez@gmail.com. mediante oficio CNE-SS-KMQ/02124/ACM/202000007914/202100000574-00 de fecha 18 enero de 2023

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...