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CNE - Resolución 1756 de 2022

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 1756 de 2022
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2022

RESOLUCIÓN No. 1756 de 2022 (25 de marzo)

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE - ASI, frente al Gobierno municipal de Acacias - Meta.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018.

CONSIDERANDO

A través de la Resolución No. 2153 de 2020, el Consejo Nacional Electoral inscribió las declaraciones políticas emitidas por el Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE - ASI, frente algunos gobiernos locales , entre los cuales se enc uentra la declaración política de independencia frente al Gobierno Municipal de Acacias - Meta.

El artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que “Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.

Mediante comunicación remitida por el señor ISMAEL VARGAS GRACIA , en calidad de Presidente del Comité Ejecutivo Departamental de l Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE - ASI, present ó solicitud de modificación de la declaración inscri ta en relación con el Gobierno municipal de Acacias - Meta, así:

Por lo anterior, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción en el Registro

relación con el Gobierno municipal de Acacias - Meta, así:

Por lo anterior, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaracio nes políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político

FECHA DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN

INICIAL

SENTIDO DE LA

MODIFICACIÓN

30/11/21

Meta

Acacias

Municipal

Independencia

OposiciónResolución No.1756 de 2022 Página 2 de 5

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE - ASI, frente al Gobierno Municipal de Acacias - Meta.

con personería jurídica, en relación con la autoridad competente , el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018.

Que una vez realiza da la verificación de los requisitos formales, y al no encontrarse acorde con el procedimiento estatutariamente establecido por el partido político en referencia para tales fines, mediante oficio CNE-S-2022-000737-DVIE-700 de fecha 25 de febrero de 2022, la

con el procedimiento estatutariamente establecido por el partido político en referencia para tales fines, mediante oficio CNE-S-2022-000737-DVIE-700 de fecha 25 de febrero de 2022, la Asesoría de Inspección y Vigilancia solicitó al Señor ISMAEL VARGAS GRACIA en calidad de Presidente del Comité Ejecutivo Departamental del Meta del PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE ASI, aclarar al Consejo Nacional Electoral, cual es la disposición estatutaria y/o normativa que faculta al Presidente del Comité Ejecutivo Departamental, para remplazar la fusiones del Presidente del Comité Ejecutivo Municipal.

Que en respuesta al oficio anteriormente referenciado, mediante oficio con radicado CNE-EDI-2022-000247 de fecha 01 de marzo de 2022, suscrito por la señora SOR BERENICE BEDOYA PEREZ , en calidad de representante legal del PARTIDO POLITICO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE ASI , se subsanó lo relacionado con el procedimiento para la modificación de la declaración política en el Municipio de Acacias – Meta aclarando “que en el Municipio de Acacías Meta , no existe comisión Municipal del Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE – ASI. Por lo anterior es natural que el respectivo comité Departamental pueda asumir la responsabilidad de realizar la declaración política de la bancada”. Por lo anterior, y habiéndose procedido a la subsanación de la solicitud en referencia y luego de una revisión fáctica y jurídica del oficio aclaratorio allegado por la señora SOR BERENICE BEDOYA PEREZ, en su calidad de representante legal del PARTIDO POLITICO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE ASI, se observa que el oficio recibido mediante Gestor Documental

BEDOYA PEREZ, en su calidad de representante legal del PARTIDO POLITICO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE ASI, se observa que el oficio recibido mediante Gestor Documental ePx, fue emanado por autoridad estatutariamente habilitada, conforme a lo dispuesto en el artículo 143 de los estatutos, en cuyo numeral 3 se lee:

“ARTÍCULO 143. De la competencia y término para la declaratoria. Dentro del mes siguiente al inicio del gobierno nacional, departamental, distrital y municipal, son competentes para realizar la declaratoria de que trata el artículo 141 de los estatutos, los siguientes:

(…)

3. Gobierno Municipal o Distrital. La declaratoria política deberá adoptarse entre los concejales y ediles electos por el respectivo municipio o distrito y el Presidente (a) del Comité Ejecutivo Municipal, su delegado o quien haga sus v eces. En caso de presentarse un empate en la votación para adoptar la declaratoria, la decisión seráResolución No.1756 de 2022 Página 3 de 5

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE - ASI, frente al Gobierno Municipal de Acacias - Meta.

dirimida por el Comité Ejecutivo Departamental, excepto en el caso de Bogotá y ciudades similares, en los que la decisión corresponderá al Comité Ejecutivo Nacional. En ausencia de concejales o ediles electos en el municipio o distrito, la declaratoria será adoptada por el Comité Ejecutivo municipal o comisión de trabajo en ausencia del primero (…)”.

En cuanto al procedimiento de modificación de la declaración política, se encuentra que cumple

declaratoria será adoptada por el Comité Ejecutivo municipal o comisión de trabajo en ausencia del primero (…)”.

En cuanto al procedimiento de modificación de la declaración política, se encuentra que cumple con lo estipulado en el artículo 144 de los estatutos, en le cual se determinó:

“ARTÍCULO 144. De la modificación de la declaración política. El partido Alianza Social Independiente a través de sus órganos competentes y bajo el procedimiento utilizado para la primera declaración política, podrán modificar su declaración política por una sola vez durante el periodo constitucional del ejercicio del respectivo cargo.

La modificación de la declaración política se podrá realizar durante el periodo constitucional para el cual el gobernante fue elegido o mientras se mantenga en ejercicio del cargo, salvo en el evento que se presente falta absoluta (muerte, incapacidad físi ca permanente, renuncia aceptada, declaratoria de nulidad de la elección, declaratoria de pérdida del cargo, revocatoria del mandato, destitución, interdicción judicial, condena a pena privativa de la libertad, etc) que de lugar a la convocatoria de una nu eva elección, caso en el cual procederá una nueva declaración política.

En el caso que uno de los partidos o movimientos políticos con personería jurídica declarados de Gobierno, distinto al que inscribió al candidato elegido, tenga representación en el mismo y modifique su declaración política, solicitará a sus militantes apartarse del cargo que ejerza en el gobierno del respectivo nivel territorial”.

Con base en lo anterior, s e procederá a la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de l a modificación a la declaración política, adoptada de acuerdo a lo previsto en sus estatutos y suscrita por la autoridad estatutariamente

Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de l a modificación a la declaración política, adoptada de acuerdo a lo previsto en sus estatutos y suscrita por la autoridad estatutariamente habilitada por el Partido ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE - ASI.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,Resolución No.1756 de 2022 Página 4 de 5

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE - ASI, frente al Gobierno Municipal de Acacias - Meta.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA, emitida por el PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE - ASI frente al Gobierno municipal de Acacias

  • Meta, la cual quedará así:

DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTE CARGO

DECLARANTE

Meta Acacias Municipal Oposición Ismael Vargas Gracia Presidente del Comité Departamental del Meta.

ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente modificación y anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la

Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE - ASI en la siguiente dirección: Calle 34 No. 21 – 46, Barrio La Soledad en la ciudad de Bogotá D.C. y al correo electrónico alianzasocialindependiente@yahoo.com

ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.

ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Asesoría de Inspección y Vigilancia mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia.

ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Procuraduría General de la Nación mediante el correo electrónico notificaciones.cne@procuraduria.gov.co.Resolución No.1756 de 2022 Página 5 de 5

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE - ASI, frente al Gobierno Municipal de Acacias - Meta.

ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al Alcalde municipal de Acacias - Meta, así como al Concejo municipal de lo aquí resuelto.

ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al Alcalde municipal de Acacias - Meta, así como al Concejo municipal de lo aquí resuelto.

ARTÍCULO OCTAtVO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veinticinco (25) días del mes de marzo del dos mil veintidos (2022).

CÉSAR AUGUSTO ABREO MÉNDEZ

Presidente Reglamentario

Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.

Proyectó: FDMQ.

Revisó: JAPF

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