CNE - Resolución 1925 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 1925 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 1925 DE 2023 8 de marzo
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, por la violación del artículo 8 ° y numeral 1° del artículo 10° de la Ley 1475 de 2011, respecto de unos radicados acumulados al presente proceso administrativo sancionatorio, y se DECLARA LA CADUCIDAD, frente a la presunta infracción del artículo 28 de la Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, los artículos 39 de la Ley 130 de 1994 ; 13 de la Ley 1475 de 2011 ; 47 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante Oficio No. CNE -FNFP 803, de fecha 21 de mayo de 2020, radicado en esta Corporación el 1 de julio de 2020 con No. 507 6-00, la Asesora del Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral, remitió una relación de 542 candidatos a las campañas de gobernación, alcaldía, asamblea, concejo y juntas administradoras locales , avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA-PRE-, que presuntamente vulneraron el inciso 5 del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al incumplir presuntamente, con
avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA-PRE-, que presuntamente vulneraron el inciso 5 del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al incumplir presuntamente, con la obligación de presentar el informe de ingresos y gastos, para las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019. El funcionario en su informe indicó: “(…)
De acuerdo con el tema de la referencia, adjunto al presente la relación de los candidatos por partidos que presuntamente vulneraron el Artículo 25 Inciso Quinto de la Ley 1475 de 2011 y los artículos 1 y 2 de Resolución 3097 de 2013, al incumplir con su obligación de presentar su informe de ingresos y gastos de campaña en los términos de ley o que la presentaron de manera extemporánea.
Lo anterior a fin de que sea sometido a reparto para que se adelanten los correspondientes procesos administrativos sancionatorios.
(…)”.Resolución No. 1925 de 8 de marzo de 2023 Página 2 de 88
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, por la violación del artículo 8° y numeral 1° del artículo 10° de la Ley 1475 de 2011, respecto de unos radicados acumulados al presente proceso administrativo sancionatorio, y se DECLARA LA CADUCIDAD, frente a la presunta infracción del artículo 28 de l a Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20.
1.2. Mediante reparto efectuado por la Corporación el 06 de agosto de 2020, correspondió
octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20.
1.2. Mediante reparto efectuado por la Corporación el 06 de agosto de 2020, correspondió el conocimiento del asunto, referente al expediente 5075-20, 5076-20, 5077-20, al Magistrado Renato Rafael Contreras Ortega. 1.3. A través de Oficio No. CNE-FNFP-2386-2020, de fecha 20 de agosto de 2020, radicado en esta Corporación el 14 de septiembre de 2020 con No. 9241 -00, la Asesora del Fondo Nacional de Financiación Política , remitió la relación de candidatos renuentes al Concejo, avalados por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA -PRE-, y relación de candidatos cuyos informes no fueron radicados en físico ante el Consejo Nacional Elector al por parte de la agrupación política responsable. 1.4. Por medio de Oficio No. CNE -RRCO-322-2020, se requirió al Fondo Nacional de Financiación Política, con la finalidad de facilitar la revisión del expediente, el envío de la información en formato Excel de los candidatos relacionados en los oficios 803 y 2386 de 2020. 1.5. Mediante oficio FNFP -CNE-3781 de fecha 26 de octubre de 2020, la contadora del Fondo Nacional de Financiación Política informó, que una vez revisado el informe de ingresos y gastos consolidado de la campaña a la Alcaldía de Sincelejo, avalado por el PARTID O DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA -PRE-, para las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, se evidenció una presunta contravención del inciso 5, artículo 25 de la Ley 1475 de 2011:
REIVINDICACIÓN ÉTNICA -PRE-, para las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, se evidenció una presunta contravención del inciso 5, artículo 25 de la Ley 1475 de 2011:
“1. El candidato no cumplió con la presentación de Informes ante la Organización Política y ante la Organización Electoral, teniendo en cuenta que no se allegaron en Forma Física los Formularios 5B y Anexos. (Realizaron presentación de Informes únicamente por el Aplicativo Cuentas Claras, no se allega declaratoria de Renuencia por no presentación por parte del Representante Legal.
1.6. Por medio de Oficio CNE -FC-3911 de fecha 30 de octubre de 2020, la contadora del Fondo Nacional de Financiación Política informó que una vez revisado el informe de ingresos y gastos consolidado de la campaña al Concejo de Yopal (Casanare), de la lista avalada por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA -PRE-, para las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, se evidenció una presunta contravención del inciso 5, artículo 25 de la Ley 1475 de 2011:
“1. Los siguientes candidatos no cumplieron con la presentación de Informes ante la Organización Electoral, teniendo en cuenta que no se allegaron en forma física los formularios 5B y Anexos. (Realizaron presentación de Informes únicamente por el Aplicativo Cuentas Claras, mas sin embargo la Organización P olítica NO allega declaratoria de Renuencia por no presentación).”
No. NOMBRE DE LOS CANDIDATOS CÉDULA OBSERVACION () DICTAMEN AUDITORÍA
1 JOSÉ EDER JAIRO ALZATE ZULUAGA 71672296
por no presentación).”
No. NOMBRE DE LOS CANDIDATOS CÉDULA OBSERVACION () DICTAMEN AUDITORÍA
1 JOSÉ EDER JAIRO ALZATE ZULUAGA 71672296
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS, EL CUAL NO
SE ALLEGÓ CON EL INFORME
SE EMITE ABSTENCIÓN DE OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓNResolución No. 1925 de 8 de marzo de 2023 Página 3 de 88
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, por la violación del artículo 8° y numeral 1° del artículo 10° de la Ley 1475 de 2011, respecto de unos radicados acumulados al presente proceso administrativo sancionatorio, y se DECLARA LA CADUCIDAD, frente a la presunta infracción del artículo 28 de l a Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20.
1.7. Mediante oficio CNE-FC-3910 de fecha 30 de octubre de 2020, la contadora del Fondo Nacional de Financiación Política informó que una vez revisado el informe de ingresos y gastos consolidado de la campaña al Concejo de Villavicencio, de la lista avalada por el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA -PRE-, para las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, se evidenció una presunta contravención del inciso 5, artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, artículo 7 de la Resolución 330 de 2013 y del artículo 4 de la Resolución 4121 de 2019:
se evidenció una presunta contravención del inciso 5, artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, artículo 7 de la Resolución 330 de 2013 y del artículo 4 de la Resolución 4121 de 2019:
“1.Los siguientes candidatos no cumplieron con la presentación de Informes ante la Organización Electoral, teniendo en cuenta que no se allegaron en Forma Física los formularios 5B y Anexos. (Realizaron presentación de Informes únicamente por el Aplicativo Cuentas Claras, mas sin embargo la Organización Política NO allega declaratoria de Renuencia por no presentación)”
No. NOMBRE DE LOS CANDIDATOS CÉDULA OBSERVACIÓN () DICTAMEN AUDITORÍA
1 CRISTIAN FERNEY NIEVES GARCIA 1121896396
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
2 BERNARDO SALDARRIAGA RAMÍREZ 17326761
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
3 CECILIA TORRES HUERTAS 41737727
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
4 JACQUELINE URREA LEÓN 51790400
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
5 EDELMIRA GONZÁLEZ CÁCERES 69801617
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
5 EDELMIRA GONZÁLEZ CÁCERES 69801617
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
6 EDDUAR GIOVANI RENGIFO BERNAL 79691241
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
7 JORGE ENRIQUE ARANGUREN BELTRÁN 86074240
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
1.8. Por medio de Auto de fecha 25 de enero de 2021, se ordenó el desglose de los expedientes identificados con los radicados No 5075 -20, 5076 -20, 5077 -20, por cada organización política, en este se dispuso:
“PRIMERO: ORDÉNESE el desglose del expediente 5075-20, 5076-20, 5077-20, por cada organización política así:
RADICADO ORGANIZACIÓN POLÍTICA
5075-20 ADA
5076-20 REIVINDICACIÓN ÉTNICA-PRE5077-20 COLOMBIA RENACIENTE
No. NOMBRE DE LOS CANDIDATOS CÉDULA OBSERVACIÓN () DICTAMEN AUDITORÍA
1 GERSON REYES LÓPEZ 1118554672
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
2 DUVÁN LÓPEZ MUÑOZ 1274096
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
2 DUVÁN LÓPEZ MUÑOZ 1274096
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
3 OLGA EMILSE ROJAS GÓMEZ 23709474
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN 4 YAMILE GUERRERO 37178151
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS
SE EMITE ABSTENCIÓN DE
OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓN
5 OVER EDWIN GONZÁLEZ DÍAZ 79799857
REPORTÓ INFORME POR
CUENTAS CLARAS SE EMITE ABSTENCIÓN DE OPINIÓN POR NO PRESENTACIÓNResolución No. 1925 de 8 de marzo de 2023 Página 4 de 88
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, por la violación del artículo 8° y numeral 1° del artículo 10° de la Ley 1475 de 2011, respecto de unos radicados acumulados al presente proceso administrativo sancionatorio, y se DECLARA LA CADUCIDAD, frente a la presunta infracción del artículo 28 de l a Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20.
1.8.1. A través del comunicado No. CNE -SS-CCS/C-01120/RRCO/202000005075007202000005076-007/202000005077-00, de fecha 27 de enero de 2021, este Despacho comunicó a la Subsecretaría del Auto de fecha 25 de enero de 2021.
1.8.2. Mediante respuesta No. CNESS/04829/202000005075/202000005076/202000005077, al oficio No. CNE -SS-CCS/C01120/RRCO/202000005075-00/202000005076-00/202000005077-00, la Subsecretaría informó el desglose realizado de los radicados 5075 -20, 5076-20, 5077-20, remitiendo dicho desglose en 11 radicados, cada uno con 4 folios, pa ra un total de 44 folios y detallado de la siguiente manera:
1.8.3. Mediante Oficio No. CNERRCO-2021-189, de fecha 15 de marzo de 2021, se solicitó a la Subsecretaría, la corrección del desglose realizado en 11 radicados y s u reemplazo, de acuerdo con cada Partido Político, es decir, un radicado por el partido ADA, un radicado por el partido REIVINDICACI ÓN ÉTNICA -PREy un radicado por el pa rtido COLOMBIA
RENACIENTE.
1.9. Por medio del Oficio CNE-SS.NMHS-09626 de fecha 7 de abril de 2021, la Subsecretaría informó la corrección del desglose realizado y procedió a asignar los siguientes radicados:
RADICADO ORGANIZACIÓN POLÍTICA
5075-20 ADA
informó la corrección del desglose realizado y procedió a asignar los siguientes radicados:
RADICADO ORGANIZACIÓN POLÍTICA
5075-20 ADA
5076-20 REIVINDICACIÓN ÉTNICA-PRE5077-20 COLOMBIA RENACIENTE
1.10. Mediante Auto de fecha 25 de mayo de 2021, se ordenó la apertura de indagación preliminar por la presunta infracción a las normas que regulan la presentación de informes No. ORGANIZACIÓN POLÍTICA CORPORACIÓN CANDIDATOS RADICADO ASIGNADO 1 ADA GOBERNACIÓN (Lista de 2) 2767-21 2 ADA ALCALDÍA (Lista de 40) 2768-21 3 ADA ASAMBLEA (Lista de 12) 2769-21 4 ADA CONCEJO (Lista de 569) 2770-21 5 ADA JAL (Lista de 207) 2771-21 6 REIVINDICACIÓN ÉTNICAPREGOBERNACIÓN (Lista de 1) 2772-21 7 REIVINDICACIÓN ÉTNICAPREALCALDIA (Lista de 28) 2773-21 8 REIVINDICACIÓN ÉTNICAPREASAMBLEA (Lista de 2) 2774-21 9 REIVINDICACIÓN ÉTNICAPRECONCEJO (Lista de 471) 2775-21 10 REIVINDICACIÓN ÉTNICAPREJAL (Lista de 59) 2777-21 11 COLOMBIA RENACIENTE JAL (Lista de 69) 2778-21Resolución No. 1925 de 8 de marzo de 2023 Página 5 de 88
PREJAL (Lista de 59) 2777-21 11 COLOMBIA RENACIENTE JAL (Lista de 69) 2778-21Resolución No. 1925 de 8 de marzo de 2023 Página 5 de 88
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, por la violación del artículo 8° y numeral 1° del artículo 10° de la Ley 1475 de 2011, respecto de unos radicados acumulados al presente proceso administrativo sancionatorio, y se DECLARA LA CADUCIDAD, frente a la presunta infracción del artículo 28 de l a Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20.
de ingresos y gastos de las campañas, de unos candidatos avalados por el Partido de Reivindicación Étnica -PREy a la organización política. En el auto citado, se dispuso:
“ARTÍCULO PRIMERO: REQUI ÉRASE a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, al PARTIDO REIVINDICACI ÓN ETNICA -PRE-, al grupo de acceso a la información y protección de datos personales y a la dirección de gestión electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, a fin de que aporten los correos electrónicos, direcciones de re sidencia, números de teléfono fijo y/o celular, correspondiente a los candidatos avalados por el PARTIDO REIVINDICACI ÓN ETNICA -PRE-, relacionados en el numeral 12 del presente Auto, referente a las elecciones del 27 de octubre de 2019, en un término improrrogable de diez (10) días, a partir de la comunicación del presente proveído.
ETNICA -PRE-, relacionados en el numeral 12 del presente Auto, referente a las elecciones del 27 de octubre de 2019, en un término improrrogable de diez (10) días, a partir de la comunicación del presente proveído.
PARÁGRAFO: REMITIR, el listado de candidatos avalados por el PARTIDO REIVINDICACIÓN ETNICA -PREy relacionados en el numeral 12 del presente Auto, referente a las eleccion es del 27 de octubre de 2019, en medio magnético y en formato de archivo Excel.
ARTÍCULO SEGUNDO: REQUI ÉRASE al PARTIDO REIVINDICACIÓN ETNICAPREy a la dirección de gestión electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, para que en un término improrrogable de diez (10) días a partir de la comunicación del presente proveído, aporte los nombres, apellidos, número de cédula, correos electrónicos, direcciones de residencia, números de teléfono fijo y/o celular, de quienes aparecen como gerentes de Campaña de los candidatos a las elecciones del 27 de octubre de 2019, relacionados en el numeral 12 del presente
Auto.
PARÁGRAFO: REMITIR, el listado de candidatos relacionados en el numeral 12 del presente Auto, avalados por el PARTIDO REIVINDICACI ÓN ETNICA -PRE-, referente a las elecciones del 27 de octubre de 2019, en medio magnético y en formato de archivo Excel.
PARÁGRAFO SEGUNDO: OFICIAR a los candidatos relacionados en el numeral 12 del presente Auto, para que hagan entrega de certificado bancario de la cuenta única, los extractos correspondientes a esta y acta de nombramiento de gerente de campaña.
PARÁGRAFO SEGUNDO: OFICIAR a los candidatos relacionados en el numeral 12 del presente Auto, para que hagan entrega de certificado bancario de la cuenta única, los extractos correspondientes a esta y acta de nombramiento de gerente de campaña.
ARTÍCULO TERCERO: REQUIÉRASE a la dirección nacional de identificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil, a fin de que certifiquen las personas con cedulas canceladas por muerte y/o personas fallecidas reportadas en el Archivo Nacional de Identificación -ANIque estén incluidas en el Censo Nacional Electoral, correspondiente a los candidatos relacionados en el numeral 12 del presente Auto y avalados por el PARTIDO REIVINDICACI ÓN ETNICA -PRE-, referente a las elecciones del 27 de octubre de 2019, en un término improrrogable de diez (10) días, a partir de la comunicación del presente proveído.
(…)”.
1.11. El Auto de Indagación preliminar de fecha 25 de mayo de 2021, fue comunicado al Partido de Reivindicación Étnica –PREa través del correo electrónico autorizado, el 28 de mayo de 2021. 1.12. La Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante correo electrónico de fecha 16 de junio de 2021, remitió la informaciónResolución No. 1925 de 8 de marzo de 2023 Página 6 de 88
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, por la violación del artículo 8° y numeral 1° del
artículo 10° de la Ley 1475 de 2011, respecto de unos radicados acumulados al presente proceso administrativo sancionatorio, y se DECLARA LA CADUCIDAD, frente a la presunta infracción del artículo 28 de l a Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20.
solicitada mediante Auto del 25 de mayo de 2021 (correos electrónicos, direcciones de residencia, números de teléfono fijo y/o celular) en archivo Excel. 1.13. Por medio de correo electrónico de fecha 10 de junio de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, dio respuesta al requerimiento dispuesto mediante Auto del 25 de mayo de 2021, remitiendo listado con los datos solicitados (Nit/cc, nombre o razón social, dirección, teléfono y correo electrónico) a través de formularios No. 14749023198419. 1.14. La dirección nacional de ident ificación, con oficio No. SIC 063889, remitió listado en archivo Excel el cual relaciona NUIP, nombres y apellidos, vigencia de la cédula y fecha de expedición. 1.15. La Dirección de Censo Electoral mediante oficio RDE – DCE – 1959, con radicado SIC 065472-2021 de fecha 9 de junio de 2021, dio respuesta al requerimiento dispuesto mediante Auto de 25 de mayo de 2021, remitiendo listado en archivo Excel con los datos solicitados (correos electrónicos, direcciones de residencia, números de teléfono fijo y/o celular y cédulas canceladas por muerte). 1.16. Al Auto de Indagación preliminar del 25 de mayo de 2021, el Partido de Reivindicación Étnica – PRE, no presentó respuesta al requerimiento realizado.
canceladas por muerte). 1.16. Al Auto de Indagación preliminar del 25 de mayo de 2021, el Partido de Reivindicación Étnica – PRE, no presentó respuesta al requerimiento realizado. 1.17. A través de la Resolución No. 2598 del 28 de julio 2021, esta Corporación abrió investigación y formuló cargos a unos excandidatos a corporaciones y cargos uninominales, en todo el territorio nacional, por la presunta violación de los incisos 1, 2 y 5 del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por la no presentación de los informes de ingresos y gastos, la omisión en la designación de gerente de campaña, por no abrir la cuenta única bancaria para el manejo de los recursos, y el no manejo de los mismos en la respectiva cuenta; y contra la Organización Política PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA - PRE, por la presunta vulneración de los artículos 8 y 10 numeral 1 °, artículo 25 y 28 de la Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019; y se abstuvo de continuar con la actuación administrativa respecto de unos ciudadanos dentro del expediente radicado bajo el No. 507620. 1.18. La Resolución No. 2598 de 28 de julio de 2021, citada en el punto anterior, fue notificada al Partido de Reivindicación Étnica – PRE, mediante correo certificado, Interrapid ísimo, guía No. 230009356731, el 18 de agosto de 2021 (folios 988). 1.19. Frente a la Resolución No. 2598 de 2021, el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, no presentó escrito de descargos.
No. 230009356731, el 18 de agosto de 2021 (folios 988). 1.19. Frente a la Resolución No. 2598 de 2021, el PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, no presentó escrito de descargos.
1.20. Con el Auto de 15 de marzo de 2022, se le dio traslado a los excandidatos que no habían presentado solicitud de pruebas, para la presentación de alegatos dentro de la investivaciónResolución No. 1925 de 8 de marzo de 2023 Página 7 de 88
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, por la violación del artículo 8° y numeral 1° del artículo 10° de la Ley 1475 de 2011, respecto de unos radicados acumulados al presente proceso administrativo sancionatorio, y se DECLARA LA CADUCIDAD, frente a la presunta infracción del artículo 28 de l a Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20.
administrativa con Radicado 5076-20, (folios 2976). Dicho acto administrativo fue comunicado a través de los correos autorizados al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE., el 17 de marzo de 2022, (folios 2987 - 2990).
1.21. Mediante el Auto de 10 de mayo de 2022, “Por medio del cua se da traslado para la presentación de alegatos dentro de la investivación administrativa con Radicado 5076 -20”, a los excandidatos que solicitaron pruebas y al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE,
presentación de alegatos dentro de la investivación administrativa con Radicado 5076 -20”, a los excandidatos que solicitaron pruebas y al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, (folios 4091) . Este acto administrativo fue comunicado al partido, a través de los correos autorizados el 12 de mayo de 2022 (folios 4209-4211). 1.22. A través de Resolución 4329 del 18 de agosto de 2022, se procedió a sancionar a a UNOS EXCANDIDATOS a corporaciones y cargos uninominales, en todo el territorio nacional, avalados por el Partido Reivindicación Étnica – PRE, por la presunta violación del inciso 5 del artículo 25, de la Ley 1475 de 2011, por la no presentación de los informes de ingresos y gastos, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20. El partido fue notificado a través de correo certificado, Interrapidísimo, guía No. 230013324056, el 05 de octubre de 2022 (folios 4371), así:
“ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR a los ciudadanos detallados en el siguiente cuadro y avalados por el entonces Partido de Reivindicación Étnica –PRE-, en su calidad de candidatos y gerentes, con multa equivalente a la suma de CATORCE MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($14.167.956) , MONEDA
LEGAL COLOMBIANA, cada uno, por incumplir el deber de no presentar el informe de ingresos y gastos previsto en el inciso 5 artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, con ocasión de las elecciones realizadas el 27 de octubre 2019, de conformidad con las razones expuestas en la parte considerativa del presente proveído.
CORPORACION O
CARGO SUJETO CÉDULA (CIRCUNSCRIPCIÓN)
DEPARTAMENTO
(CIRCUNSCRIPCIÓN)
MUNICIPIO
ALCALDIA IVAN ALEXANDER
FAJARDO PUERTA 71253081 ANTIOQUIA CAREPA
ALCALDIA VICENTE ANTONIO
HURTADO MONSALVE 8456432 ANTIOQUIA FREDONIA
ALCALDIA LUIS GUILLERMO HOYOS
MENESES 71677449 ANTIOQUIA MEDELLIN
ALCALDIA EDGAR ALBERTO ORTIZ
GONZALEZ 8039382 ANTIOQUIA TARAZA
ALCALDIA RAUL LANDINEZ PINZON 91325767 BOLIVAR CANTAGALLO
ALCALDIA MAURICIO ALBERTO
LANDAZABAL SUAZA 80179387 BOYACA CHIQUINQUIRA
ALCALDIA FREDY HERNANDEZ
SALCEDO 74847661 CASANARE SAN LUIS DE PALENQUE
ALCALDIA GUSTAVO ADOLFO
MARTINEZ ARCOS 1061694062 CAUCA POPAYAN
ALCALDIA DIEGO GUSTAVO
SALGADO CAMPILLO 78111067 CORDOBA AYAPEL
ALCALDIA YASSER BAUTISTA
ALVEAR SOTELO 10768977 CORDOBA MONTERIA
ALCALDIA MANUEL DEL CRISTO
SALGADO CAMPILLO 78111067 CORDOBA AYAPEL
ALCALDIA YASSER BAUTISTA
ALVEAR SOTELO 10768977 CORDOBA MONTERIA
ALCALDIA MANUEL DEL CRISTO
HERAZO TUIRAN 15683870 CORDOBA PURISIMA
ALCALDIA HERNAN BARRERA
PRADA 91285006 MAGDALENA NUEVA GRANADA
ALCALDIA ISRAEL ANTONIO MANGA
RUDAS 85082262 MAGDALENA SITIONUEVO
ALCALDIA NATALIA PINEDA
PANQUEBA 40439180 META VILLAVICENCIO
ALCALDIA FEDERICO ESTUPIÑAN
ANGULO 16285667 NARIÑO SANTA BARBARA
(ISCUANDE)
ALCALDIA HERNANDO DE JESUS
SANGUINO SALCEDO 88282634 NORTE DE SANTANDER OCAÑA ALCALDIA LUIS EDUARDO MOGOLLON CANDIA 18493631 QUINDIO MONTENEGROResolución No. 1925 de 8 de marzo de 2023 Página 8 de 88
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, por la violación del artículo 8° y numeral 1° del artículo 10° de la Ley 1475 de 2011, respecto de unos radicados acumulados al presente proceso administrativo sancionatorio, y se DECLARA LA CADUCIDAD, frente a la presunta infracción del artículo 28 de l a Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20.
CORPORACION O
CARGO SUJETO CÉDULA (CIRCUNSCRIPCIÓN)
DEPARTAMENTO
octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20.
CORPORACION O
CARGO SUJETO CÉDULA (CIRCUNSCRIPCIÓN)
DEPARTAMENTO
(CIRCUNSCRIPCIÓN)
MUNICIPIO
ALCALDIA JUAN CARLOS HOYOS
GARCIA 94350680 VALLE ARGELIA
ALCALDIA CARLOS ALFREDO
MINOTA CUERO 14475700 VALLE BUENAVENTURA
ALCALDIA OSCAR FERNANDO LOPEZ
VALENCIA 16273121 VALLE CANDELARIA
ALCALDIA DUVERNEY RUBIO
TABAREZ 6427977 VALLE RIOFRIO
ASAMBLEA MANUEL ALEJANDRO
QUINTERO VERA 1094942104 QUINDIO NO APLICA
CONCEJO KAREN DAYANA SILGADO
OVIEDO 1028006660 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO DAIRO LUIS PEÑA
ENAMORADO 1033367122 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO DEIMER ANTONIO
ROMERO PEÑATA 1033371533 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO EDER LUIS PEREZ
HERNANDEZ 1033372665 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO ALEJANDRA INES
MONTIEL RAMOS 1033373700 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO GUSTAVO LOPEZ
VELASQUEZ 15661813 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO MARTHA INES ESPITIA
CERPA 32894461 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO CLEOTILDE CECILIA
CASTRO LOPEZ 50861981 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO AVILIO VALDELAMAR DE
LA ROSA 70529633 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO CLEOTILDE CECILIA
CASTRO LOPEZ 50861981 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO AVILIO VALDELAMAR DE
LA ROSA 70529633 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO ASCARIO MANUEL PETRO
BALLESTA 7376638 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO ORLANDO RAMON
ATENCIO MONTIEL 78023092 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO AYICER TEODORO
VARGAS SUAREZ 78691775 ANTIOQUIA ARBOLETES
CONCEJO JAIME ALEXANDER LARA
MUÑOZ 1020766301 ANTIOQUIA BELLO
CONCEJO YONI ALEXANDER
HERNANDEZ ROLDAN 71795745 ANTIOQUIA BELLO
CONCEJO SANDRA PATRICIA
IBARGUEN MURILLO 1040377678 ANTIOQUIA CAREPA
CONCEJO LUZ AMELIA JIMENEZ
TABORDA 32480536 ANTIOQUIA CAREPA
CONCEJO LEIDY MARYORI TOBON
ZAPATA 1001389725 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO SHARA ROBAYO
MALDONADO 1001390773 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO MARIA FERNANDA
GUERRERO SIERRA 1035427946 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO JUAN DANIEL
BUSTAMANTE CARMONA 1035436508 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO MARIANO ANDRES SOSA
SOTO 1035442758 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO SEBASTIAN MONSALVE
MISAS 1035865228 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO ALEXANDRA LOPEZ
MIRANDA 1035865464 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO SEBASTIAN MONSALVE
MISAS 1035865228 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO ALEXANDRA LOPEZ
MIRANDA 1035865464 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO SARA VANEGAS
VANEGAS 1035870396 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO JOSE ENRIQUE SOTO
MONTALVO 1035877815 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO JULIAN ARIAS CARBALLO 1146435220 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO JORGE HERNAN GAVIRIA
BUSTAMANTE 15459170 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO HERNANDO DE JESUS
ALVAREZ BRAN 15507819 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO ANA RUTH BENITEZ
CARTAGENA 43816694 ANTIOQUIA COPACABANA
CONCEJO JULIANA GOMEZ DIEZ 1007633845 ANTIOQUIA FREDONIA
CONCEJO MANUEL JOSE GOMEZ
ECHEVERRI 1041151978 ANTIOQUIA FREDONIA
CONCEJO OSCAR DE JESUS
RAMIREZ CASTAÑEDA 19665101 ANTIOQUIA FREDONIA CONCEJO ANA GABRIELA CASTAÑEDA FIGUEROA 21734600 ANTIOQUIA FREDONIAResolución No. 1925 de 8 de marzo de 2023 Página 9 de 88
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO DE REIVINDICACIÓN ÉTNICA – PRE, por la violación del artículo 8° y numeral 1° del
artículo 10° de la Ley 1475 de 2011, respecto de unos radicados acumulados al presente proceso administrativo sancionatorio, y se DECLARA LA CADUCIDAD, frente a la presunta infracción del artículo 28 de l a Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 5076-20.
CORPORACION O
CARGO SUJETO CÉDULA (CIRCUNSCRIPCIÓN)
DEPARTAMENTO
(CIRCUNSCRIPCIÓN)
MUNICIPIO
CONCEJO MARIA LIGIA DIEZ
MONCADA 21737499 ANTIOQUIA FREDONIA
CONCEJO MARIA ISABEL CARDONA
HERNANDEZ 21739232 ANTIOQUIA FREDONIA
CONCEJO JESUS ALEJANDRO
CORREA HENAO 71618795 ANTIOQUIA FREDONIA
CONCEJO FABIO DE JESUS
VILLEGAS ARRUBLA 8456298 ANTIOQUIA FREDONIA
CONCEJO OLIVERIO DE JESUS
RENDON RIOS 8457179 ANTIOQUIA FREDONIA
CONCEJO PEDRO ANTONIO
GIRALDO 8457213 ANTIOQUIA FREDONIA
CONCEJO LUIS FERNANDO
CASTAÑO MOLINA 8461667 ANTIOQUIA FREDONIA
CONCEJO ADOLFO ALBERTO
LEDESMA URIBE 8462319 ANTIOQUIA FREDONIA
CONCEJO CARLOS MARIO ALVAREZ
MEJIA 98515766 ANTIOQUIA FREDONIA
CONCEJO OSCAR DE JESUS
MONTOYA SOTO 70507306 ANTIOQUIA ITAGUI
CONCEJO JUAN DE LA CRUZ
PALACIOS RUBIO 12023179 ANTIOQUIA MEDELLIN
CONCEJO OSCAR DE JESUS
MONTOYA SOTO 70507306 ANTIOQUIA ITAGUI
CONCEJO JUAN DE LA CRUZ
PALACIOS RUBIO 12023179 ANTIOQUIA MEDELLIN
CONCEJO SANDRA MILENA VARELA
SALDARRIAGA 42691867 ANTIOQUIA MEDELLIN
CONCEJO PAOLA CRISTINA RAMIREZ
USUGA 43104602 ANTIOQUIA MEDELLIN
CONCEJO MARTHA ISABEL
MENDOZA MORENO 43252515 ANTIOQUIA MEDELLIN
CONCEJO JOSE DE JESUS
ATEHORTUA SANCHEZ 70121483 ANTIOQUIA MEDELLIN
CONCEJO ANA LUISA MARTINEZ
LOPEZ 1001551338 ANTIOQUIA NECHI
CONCEJO DAVID SNEIDER
MOSQUERA VILLEGAS 1018498417 ANTIOQUIA NECHI
CONCEJO ARIEL DE JESUS ACOSTA
GAVIDES 1038111965 ANTIOQUIA NECHI
CONCEJO YULADYS ORTEGA
VANEGAS 1038439424 ANTIOQUIA NECHI
CONCEJO YOLEIDA ROZO
RODRIGUEZ 43694435 ANTIOQUIA NECHI
CONCEJO RONAL DE JESUS
RODRIGUEZ DIAZ 8204698 ANTIOQUIA NECHI
CONCEJO JOE WILMER DORADO
PASTRANA
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