CNE - Resolución 2065 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2065 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 2065 de 2023 (14 de marzo)
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA DE OPOSICIÓN del PARTIDO CAMBIO RADICAL, frente al Gobierno Municipal de VENADILLO
– TOLIMA.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018.
CONSIDERANDO
Qué, a través de la Resolución No. 1069 del 03 de marzo del 2020, el Consejo Nacional Electoral ordenó inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las declaraciones emitidas por el PARTIDO CAMBIO RADICAL, frente algunos gobiernos locales , entre los cuales se enc uentra la declaración política frente a la Administración Municipal de VENADILLO – TOLIMA, así:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTES CARGO
DECLARANTES
TOLIMA VENADILLO Municipal Gobierno Germán Edmundo Córdoba Ordóñez
Representante Legal
Qué, el artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que “Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.
Qué, mediante solicitud allegada a la Asesoria de Inspección y Vigilancia, el doctor GERMÁN
podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.
Qué, mediante solicitud allegada a la Asesoria de Inspección y Vigilancia, el doctor GERMÁN EDMUNDO CÓRDOBA ORDÓÑEZ , quien funge como Representante Legal del PARTIDO CAMBIO RADICAL, presentó la solicitud de modificación de declaración política con radicadosResolución No. 2065 de 2023 Página 2 de 4
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA DE OPOSICIÓN del PARTIDO CAMBIO RADICAL, frente al Gobierno Municipal de
VENADILLO – TOLIMA.
de entrada CNE-E-DG-2023-005695 y CNE-E-DI-2023-000215, en los cuales remite el oficio, respecto de la Cinrcunscripción Municipal anteriormente referida, asi:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN
INICIAL
SOLICITUD DE
MODIFICACIÓN
DE
DECLARACIÓN
DECLARANTES CARGO
DECLARANTES
TOLIMA VENADILLO Municipal Gobierno Oposición Germán Edmundo Córdoba Ordóñez Representante Legal
Por lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción o modificación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, d e las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los
en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, d e las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político con personería jurídica, en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y, a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018.
Luego de una revis ión fáctica y jurí dica de la s solicitudes remitidas por parte del PARTIDO CAMBIO RADICAL, se observa que la modificación de la declaración política fue adoptada y presentada conforme a lo dispuesto en la Resolución No. 022 del 26 de diciembre de 2019 de la referida organización política, indica:
“(…) Articulo 1º. Adicionar el parágrafo tercero al articulo 13. El cual quedara asi:
Parágrafo tercero. De no haberse realizado y hasta la constitución de los correspondientes directorios departamentales, distritales y municipales, será facultad del Director Nacional realizar o modificar la respectiva declaración política (…).”
Con base en lo anterior, s e procederá a la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políti cos y Agrupaciones Políticas, la modificacion de la declaración política, adoptada de acuerdo a lo previsto en sus estatutos y suscritas por la autoridad estatutariamente habilitada por el PARTIDO CAMBIO RADICAL para tales fines.Resolución No. 2065 de 2023 Página 3 de 4
adoptada de acuerdo a lo previsto en sus estatutos y suscritas por la autoridad estatutariamente habilitada por el PARTIDO CAMBIO RADICAL para tales fines.Resolución No. 2065 de 2023 Página 3 de 4
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA DE OPOSICIÓN del PARTIDO CAMBIO RADICAL, frente al Gobierno Municipal de
VENADILLO – TOLIMA.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA, emitida por el PARTIDO CAMBIO RADICAL, frente al siguiente Gobierno Municipal, la cual quedará así:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTE CARGO
DECLARANTE
TOLIMA VENADILLO Municipal Oposición Germán Edmundo Córdoba Ordóñez Representante Legal
ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente modificación y anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no procede recurso.
ARTÍCULO CUARTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la
la ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no procede recurso.
ARTÍCULO CUARTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al PARTIDO CAMBIO RADICAL a los correos electrónicos: german.cordoba@partidocambioradical.org, ella.ayus@partidocambioradical.org y cambioradical@partidocambioradical.org.
ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Asesoría de Inspección y Vigilancia mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co.
ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al Alcalde Municipal y Concejo Municipal de VENADILLO – TOLIMA.Resolución No. 2065 de 2023 Página 4 de 4
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA DE OPOSICIÓN del PARTIDO CAMBIO RADICAL, frente al Gobierno Municipal de
VENADILLO – TOLIMA.
ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.
PÚBLIQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).
PÚBLIQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del mes de marzo de dos mil veintitrés (2023).
FABIOLA MÁRQUEZ GRISALES
Presidenta
ÁLVARO HERNÁN PRADA ARTUNDUAGA
Vicepresidente
Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.
Aprobada en Sesión de Sala Plena del 14 de marzo de 2023 Vo. Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaria General CNE
Revisó: Reynel David de la Rosa.
Revisó y Aprobó: Carlos Javier Hoyos Pérez.
Proyectó: Daniel Leonardo Quintero Castillo.
Radicados: CNE-E-DG-2023-005695 y CNE-E-DI-2023-000215