CNE - Resolución 2169 de 2022
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2169 de 2022
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN No. 2169 DE 2022 (26 de abril)
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO por la vulneración al artículo 10, numeral 1º de la Ley 1475 de 2011, con ocasión del incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, en lo que respecta al otorgamiento de aval para el cargo de Alcalde Municipal de La Victoria – Valle del Cauca en las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, dentro del expediente Radicado No. 9114-19. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 265 de la Constitución Política, y las Leyes 1475 de 2011 y 1909 de 2018, teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS 1.1. Mediante escrito radicado el 30 de mayo de 2019, la ciudadana Nhora Oliva Rentería Álvarez, Presidenta del Directorio Municipal del Partido Conservador Colombiano en el municipio de La Victoria – Valle del Cauca, interpuso impugnación contra la decisión adoptada p or el Representante Legal del Partido Conservador Colombiano, por el aval otorgado al ciudadano Juan Esteban Giraldo Ruiz, como candidato a la Alcaldía del mencionado municipio para las elecciones que se realizaron el 27 de octubre de 2019, en los siguientes términos:
“(…)
1. Conforme a los estatutos del PARTIDO Conservador Colombiano el día 9 de marzo de 2019, en sesión convocada para tal efecto, el Directorio Municipal Conservador del
“(…)
1. Conforme a los estatutos del PARTIDO Conservador Colombiano el día 9 de marzo de 2019, en sesión convocada para tal efecto, el Directorio Municipal Conservador del La Victoria, Valle según acta remitida OPORTUNAMENTE al Directorio Nacional Conservador decidió no tener candidato propio a la Alcaldía Municipal de La Victoria, Valle, sino estratégicamente respaldar un candidato de Coalición en cabeza del Ingeniero MARIO ALEJANDO REYES, quien en la pasada elección se presentó para este mismo cargo como candidato del Partido Conservador Colombiano, y ahora adelanta un proceso similar pero a nombre de un grupo significativo de ciudadanos, en coalición con otros partidos como Centro Democrático, Cambio Radical, y por supuesto el Partido Con servador Colombiano represente municipalmente por el Directorio que presido.
2. El 9 de mayo de 2019, es decir, 2 meses después de lo decidido y comunicado por el Directorio Muncipal Conservador, el Doctor OMAR YEPES ALZATE actuando como Presidente y Representante Legal del Partido Conservador Colombiano tomó la decisión documentada de AVALAR E INSCRIBIR como Candidato a la Alcaldía Municipal de La Victoria, Valle del Cauca al señor JUAN ESTEBAN GIRALDO RUIZ.Resolución No. 2169 de 2022 Página 2 de 21
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO por la vulneración al artículo 10, numeral 1º de la Ley 1475 de 2011, con ocasión del incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, en lo que respecta al otorgamiento de aval para el cargo
de la Ley 1475 de 2011, con ocasión del incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, en lo que respecta al otorgamiento de aval para el cargo de Alcalde Municipal de La Victoria – Valle del Cauca en las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, dentro del expediente Radicado No. 9114-19.
3. Mediante documento fechado 14 de mayo de 20 19 se interpuso solicitud de revocatoria de otorgamiento de aval al señor JUAN ESTEBAN GIRALDO RUIZ como candidato a la Alcaldía de La Victoria, Valle, y como ha pasado con todos documentos remitidos al Directorio Nacional Conservador no se nos ha dado res puesta alguna, viajando incluso el pasado 16 de mayo a la sede del Directorio Nacional - Bogotá sin lograr ni siquiera una entrevista con los miembros del Directorio Nacional mucho menos con su Presidente.
(…)
PRETENSIÓN
1. Se DEJE SIN EFECTO LA DETERMI NACION ADOPTADA el día 9 de mayo de 2019, POR EL D OCTOR OMAR YEPES ALZATE en calidad de Presidente y Representante Legal del Partido Conservador Colombiano, consistente en avalar e inscribir al señor JUAN ESTEBAN GIRALDO RUIZ como candidato del Partido Conservador Colombiano al Cargo de Alcalde Municipal de La Victoria, Valle del Cauca, y en su lugar adopte las decisiones que en derecho y conforme a los estatutos del partido correspondan.
(…)”
1.2. Por reparto de negocios de la Corporación efectuado el 31 de mayo de 2019, le
y en su lugar adopte las decisiones que en derecho y conforme a los estatutos del partido correspondan.
(…)”
1.2. Por reparto de negocios de la Corporación efectuado el 31 de mayo de 2019, le correspondió el conocimiento del asunto bajo radicado 9114 -19, al Despacho del Magistra do
JORGE ENRIQUE ROZO RODRÍGUEZ.
1.3. Mediante Auto No. 081 del 13 de junio de 2019, el Despacho avocó conocimiento y ordenó apertura de indagación preliminar en contra del Partido Conservador Colombiano por la presunta vulneración de los artículos 6 y 7 de la Ley 130 de 1994, con ocasión del presunto incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización, funcionam iento y/o financiación de los partidos y movimientos políticos.
1.4. El 19 de junio de 2019, se notificó al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO del Auto del 13 de junio de esa misma anualidad , la mencionada Agrupación Política no radicó escrito alguno referente a los hechos objeto de la indagación preliminar.
1.5. El 15 de abril de 2020 , la Corporación profirió la Resolución 1698, “Por medio de la cual se ordena la APERTURA DE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS contra el Partido Conservador Colombiano por la presunta vulneración al artículo 10, numeral 1º de la Ley 1475 de 2011, con ocasión del presunto incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización y funcionamiento de los
numeral 1º de la Ley 1475 de 2011, con ocasión del presunto incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, dentro del expediente Radicado No. 9114-19.”Resolución No. 2169 de 2022 Página 3 de 21
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO por la vulneración al artículo 10, numeral 1º de la Ley 1475 de 2011, con ocasión del incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, en lo que respecta al otorgamiento de aval para el cargo de Alcalde Municipal de La Victoria – Valle del Cauca en las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, dentro del expediente Radicado No. 9114-19.
1.6. Por medio de la Subsecretaría de la Corporación, se notificó la Resolución No. 1698 de 2020, al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO , el día 10 de septiembre de 2020, y a la señora Nhora Oliva Rentería Álvarez en calidad de solicitante, el 25 de agosto de 2020.
1.7. En el acto administrativo relacionado en el numeral precedente, se concedió al investigado el término de quince (15) días hábiles a partir de la notificación, para que presentara los descargos, aportara y/o solicitara la práctica de pruebas que pretendiera hacer valer dentro de la actuación administrativa.
1.8. El 7 de septiembre de 2020, el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO remitió escrito
los descargos, aportara y/o solicitara la práctica de pruebas que pretendiera hacer valer dentro de la actuación administrativa.
1.8. El 7 de septiembre de 2020, el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO remitió escrito de descargos frente a la Resolución No. 1698 de 2020 en los siguientes términos:
“(…) Con relación a lo solicitado por su despacho, me permito informales que el Directorio Nacional Conservador profirió la Resolución número 023 del 11 de diciembre de 2018, donde se dio apertura al proceso de inscripción de aspirantes a los distintos cargos de elección popular; Resolución 004 del 17 de enero del 2019 dando prorroga de las inscripciones; de la misma manera la Resolución 006 del 18 de enero se aclara la prórroga de la resolución 004 del mismo mes y año; Resolución número 39 del 1 de abril de 210 9 ; por medio de la cual reglamento el mecanismo y procedimiento estatutarios para escoger los candidatos del Partido a las elecciones regionales del 27 de octubre de 2019; además por intermedio de la Auditoría Interna para las campañas y la Gerencia Admin istrativa del Fondo Nacional Económico de nuestra colectividad; expidieron las circulares número 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 expedidas desde el 14 de Noviembre de 2017 hasta el 23 de marzo de 2019 dirigidas a todos los Candidatos, Gerentes de Campaña s, Contadores; en donde se ilustró en los temas de manejo y rendición de cuentas y todos los asuntos que tendrían que observarse en su momentos todas las campañas en nombre de nuestras Partido, estas fueron publicadas por la
Gerentes de Campaña s, Contadores; en donde se ilustró en los temas de manejo y rendición de cuentas y todos los asuntos que tendrían que observarse en su momentos todas las campañas en nombre de nuestras Partido, estas fueron publicadas por la Pagina web del Partido Conserva dor; de la misma manera la auditoria mediante llamadas telefónicas presto asesoría a nuestro candidatos sobre los procedimientos y términos para rendición de las cuentas, y el manejo del aplicativo de cuentas claras.
El hecho que nos convoca en esta inve stigación es la queja presentada por la señora NHORA OLIVA RENTERIA ALVAREZ, quien manifiesta ser la Presidenta del Directorio Municipal Conservador de la Victoria Departamento del Valle; que alega que a pesar de que el Directorio Municipal de la Victoria había tomado una decisión de no presentar candidato propio a la alcaldía de ese municipio y haber solicitado autorización para integrar la coalición y respaldar el nombre del señor MARIO ALEJANDRO REYES; la Dirección Nacional de nuestro partido en cabeza d el Doctor OMAR YEPES ALZATE tomo una decisión sabia, oportuna, coherente con nuestros principios y la mejor para partido, otorgando el aval al reconocido líder, con arraigo valores y principio del Conservatismo señor JUAN ESTEBAN GIRALDO RUIZ, para en a no mbre del Partido Conservador Colombiano aspira a la Alcaldía de la Victoria - Valle.
Uno de los principios fundamentales de nuestra colectividad, es asegurar que nuestros candidatos son los mejores por su trayectoria política, su compromiso con la comunidad, por sus antecedentes, su comportamiento en la vida pública y privada, reconocemos que es una de las formas de recuperar la credibilidad en la clase política, de tomar una
candidatos son los mejores por su trayectoria política, su compromiso con la comunidad, por sus antecedentes, su comportamiento en la vida pública y privada, reconocemos que es una de las formas de recuperar la credibilidad en la clase política, de tomar una decisión equivocada en el otorgamiento de los avales para representar nuestra colectividad en los cargos de elección popular, es ahondar más la brecha entre el ciudadano votante y los partidos; razón que lleva en particular a nuestro partido a ser mesurado al entregar los avales. De otra parte, se debe considerar un elemento fundamental en los procesos políticos en donde nuestra colectividad hace presencia con candidatos para alcanzar las curules,Resolución No. 2169 de 2022 Página 4 de 21
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO por la vulneración al artículo 10, numeral 1º de la Ley 1475 de 2011, con ocasión del incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, en lo que respecta al otorgamiento de aval para el cargo de Alcalde Municipal de La Victoria – Valle del Cauca en las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, dentro del expediente Radicado No. 9114-19.
recordemos que nuestra colectividad antes de otorgar los avales envía los nombres a Ventanilla Única para que allí se establezca que no se encuentra con inhabilidades por antecedentes que puedan acarrear la perdida de investiduras o futuras sanciones para nuestro Partido; además con nuestros candidatos se tiene en cuenta la conveniencia política y el fortalecimiento ideológico y electoral que permitan crecer con el proceso al
antecedentes que puedan acarrear la perdida de investiduras o futuras sanciones para nuestro Partido; además con nuestros candidatos se tiene en cuenta la conveniencia política y el fortalecimiento ideológico y electoral que permitan crecer con el proceso al cual se enfrenta; razón que tiene para abstenerse de otorgar los avales aplicando el principio de “verdad sabida y buena fe guardada”, de esta manera lo establece el inciso 8 del artículo 109 de nuestros Estatutos. Y lo reglamenta el Articulo 12 de la Resolución 39 del 1 de abril de 2019. Artículo 12 de la Resolución 30 de 1 de abril de 2019.
“Articulo 12Exclusión de candidatos en aplicación del principio de verdad sabida. Adicional a las razones de exclusión expuestas en los Artículos 8 y 9 de la presente Resolución, el Directorio Nac ional, en defensa de los principios, deberes y prohibiciones que fijan los Estatutos, podrá en cualquier momento y en aplicación del principio de “verdad sabida y buena fe guardada” de que trata el inciso 8 del Artículo 109 de los Estatutos, negar o revocar la inscripción de alguno o algunos de los candidatos del partido Conservador para las elecciones regionales del 2019”
Este es uno de los elementos del cual la Dirección Nacional del Partido tiene la plena competencia, sin que tenga la obligación de dar explicación por la decisiones que se tomen al amparo de estos principios, pues hacen parte de la autonomía intrínseca pesando en el bienestar de nuestra colectividad, en el fortalecimiento ideológico y cumpliendo los principios éticos de nuestro Partido; así lo plantea la Corte Constitucional al resolver en alzada una acción de tutela, con ponencia de Magistrada DIANA
pesando en el bienestar de nuestra colectividad, en el fortalecimiento ideológico y cumpliendo los principios éticos de nuestro Partido; así lo plantea la Corte Constitucional al resolver en alzada una acción de tutela, con ponencia de Magistrada DIANA FAJARDO RIVERA en Sentencia T-416/18 al citar la sentencia SU-837 DE 2002.
“Por otra parte, en la Sentencia SU-837 de 2002, este Tribunal conoció el caso de una acción de tutela interpuesta contra un laudo arbitral. Ese fallo distinguió las decisiones adoptadas “en derecho”, “en equidad”, “en conciencia” y “verdad sabida y buena fe guardada”. Frente a este último principio la Corte señaló que las decisiones en conciencia o verdad sabida y buena fe guardada, remiten a la esfera interna del fallador quien adopta una decisión cuya finalidad no es necesariamente la justicia o la equidad, por lo que “Quien falla verdad sabida y buena fe guardada no tiene que hacer explícitos los hechos en que se funda ni justificar con razones sus conclusiones”.
El caso de la Victoria Valle, es uno con los que hoy, deben estar arrepentidos quien se quejaron por la decisión se toma la Dirección Nacional del Partido Conservador Colombiano; los quejos pretendieron hacer caer en un yerro vergonzoso a nuestra colectividad, buscando que se respaldara a un ciudadano que en estos momentos está por cuenta de la Fiscalía General de la Nación, respondiendo por presunta malos manejos con los recurso de todos los ciudadanos de la Victoria, y sobre todos por los recursos de la Salud en esta pandemia de Covid – 19.
Así lo registran los medios en el Valle del Cauca y los medios Nacionales
manejos con los recurso de todos los ciudadanos de la Victoria, y sobre todos por los recursos de la Salud en esta pandemia de Covid – 19.
Así lo registran los medios en el Valle del Cauca y los medios Nacionales
“Fiscalía capturó al Alcalde de La Victoria, Valle Mario Alejandro Reyes Galvis, alcalde del municipio de La Victoria, fue capturado en la mañana de este martes por unidades del CTI de la Fiscalía. Reyes Galvis es sindicado por los delitos de cohecho impropio, celebración indebida de contrato, uso de documento público falso y concierto para delinquir agravado. Junto al alcalde también fueron capturados su exsecretario de Gobierno, que había renunciado hace algunos días, y un contratista ”: https://m.elpais.com.co/judicial/cti-de-la-fiscalia-capturo-al-alcaldede-la-victoria-valle.html “Capturan por corrupción en pandemia al alcalde de La victoria, Valle Al mandatario lo capturaron en compañía del secretario de Gobierno; ambos fueron trasladados por la Fiscalía General de la Nación a Cartago. ”: https://90minutos.co/fiscalia-capturo-alcalde-mario-reyesvictoria10-08-2020/
De la misma manera, lo anunciaron los medios de comunicación como Radio Caracol, RCN radio, la FM Radio; CM&, me permito anexar los links para que si lo estiman convenientes verificar como lo medios nacionales daban la noticia de la captura del Alcalde del municipio de la Victoria Valle del Cauca:Resolución No. 2169 de 2022 Página 5 de 21
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO por la vulneración al artículo 10, numeral 1º
Alcalde del municipio de la Victoria Valle del Cauca:Resolución No. 2169 de 2022 Página 5 de 21
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO por la vulneración al artículo 10, numeral 1º de la Ley 1475 de 2011, con ocasión del incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, en lo que respecta al otorgamiento de aval para el cargo de Alcalde Municipal de La Victoria – Valle del Cauca en las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, dentro del expediente Radicado No. 9114-19.
https://m.elpais.com.co/judicial/cti-de-la-fiscalia-capturo-al-alcaldede-la-victoria-valle.html https://www.google.com.co/amp/s/www.rcnradio.com/colombia/pacifico/capturan -alcaldede-la-victoria-valle-por-corrupcion-enpandemia%3famp https://www.google.com.co/amp/s/www.lafm.com.co/judicial/capturan-alcalde-de-la-victoriavalle-por-corrupcion-en-pandemia%3famp https://www.noticiascartago.com.co/capturado-alcalde-de-lavictoria-valle-marioalejandroreyes-galvis/ https://www.google.com.co/amp/s/noticias.canal1.com.co/nacional/capturan-alcalde-de-lavictoria-corrupcion/ https://www.google.com.co/amp/s/caracol.com.co/emisora/2020/08/10/cali/1597083004_139 155.amp.htm https://90minutos.co/fiscalia-capturo-alcalde-mario-reyes-victoria10-08-2020/
https://www.google.com.co/amp/s/caracol.com.co/emisora/2020/08/10/cali/1597083004_139 155.amp.htm https://90minutos.co/fiscalia-capturo-alcalde-mario-reyes-victoria10-08-2020/ https://www.google.com.co/amp/s/www.wradio.com.co/amp/nota.aspx%3fid=4061457 https://www.fiscalia.gov.co/colombia/corrupcion/judicializadoalcalde-de-la-victoria-valle-ydos-personas-mas-por-supuestasirregularidades-en-contratos-para-mitigar-emergenciasanitaria/
Lo anterior permite tener claridad cuales fueron algunas razones que tubo (SIC) la Dirección Nacional del nuestro Partido, para no acceder a las pretensiones y recomendaciones del Directorio Municipal Conservador; de haber cedido hoy estaríamos lamentando el yerro en el que el partido había caído al respaldar nombre de ciudadanos que llegan a los cargos de elección popular pensando en los interés personales y sin entender que los recursos del estado le pertenece a toda la comunidad.
De lo anterior se desprende que el Partido Conservador Colombiano no le asiste responsabilidad alguna dentro de la investigación que se adelanta en el caso que nos ocupa; toda vez que actuó pegado a nuestros Estatutos y dándole cumplimiento a las resoluciones expedidas por el Directorio Nacional Conservador para adelantar el proceso electoral del 2019.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, solicito al Despacho el archivo definitivo de la investigación que se adelanta contra nuestro Partido Conservador Colombiano (…)”
1.9. El 06 de enero de 2021, el Magistrado Sustanciador, profirió el Auto No. 002, mediante el
definitivo de la investigación que se adelanta contra nuestro Partido Conservador Colombiano (…)”
1.9. El 06 de enero de 2021, el Magistrado Sustanciador, profirió el Auto No. 002, mediante el cual se da traslado para presentar alegatos de conclusión al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO y al MINISTERIO PÚBLICO. Acto administrativo que fue comunicado a las partes en la misma fecha de expedición. 1.10. El 21 de enero de 2021, a través de correo electrónico se recibió escrito de alegatos de conclusión remitidos por el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, en el que manif estó lo siguiente: “(…)En la respuesta presentada por el Partido Conservador Colombiano, a través del oficio del 7 de septiembre de 2020, mediante el cual se brinda respuesta a la Resolución No. 1698 de 15 de abril de 2020, por medio del cual se ordena la Apertura de Investigación Administrativa y se formulan cargos contra el Partido Conservador colombiano, por el presunto incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, se planteó como argumentos de defensa los que a continuación se exponen: Lo primero en advertir es que, las actividades desarrolladas por nuestra colectividad se realizan a través de la oficina de la Auditoria de Campañas y la del Gerente del Fondo Económico del Partido Conservador Colombiano; por ello, las respuestas dadas a este honorable consejo, se encuentran acompañadas por documentos emitidos por dichas oficinas, tales como circulares conjuntas, resoluciones del partido; Así mismo, es ella,Resolución No. 2169 de 2022 Página 6 de 21
honorable consejo, se encuentran acompañadas por documentos emitidos por dichas oficinas, tales como circulares conjuntas, resoluciones del partido; Así mismo, es ella,Resolución No. 2169 de 2022 Página 6 de 21
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO por la vulneración al artículo 10, numeral 1º de la Ley 1475 de 2011, con ocasión del incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, en lo que respecta al otorgamiento de aval para el cargo de Alcalde Municipal de La Victoria – Valle del Cauca en las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, dentro del expediente Radicado No. 9114-19.
quien posee el reco rd de llamadas y mensajes de texto enviados a los celulares acreditados al momento de solicitar el aval, y los correos electrónicos intercambiados, explicando el procedimiento para que los candidatos presenten sus rendiciones de cuentas, y el manejo del aplicativo de las cuentas claras. Asimismo, el Partido Conservador Colombiano explicó que, el Representante legal, Doctor OMAR YEPES ALZATE, tomó la decisión de otorgarle el aval al reconocido líder, el señor JUAN ESTEBAN GIRALDO RUIZ, para en a nombre del Partido Conservador Colombiano aspira a la Alcaldía de la Victoria - Valle. Decisión que fue tomada desde la sabiduría de nuestra idiología (SIC), principios y valores, a la conveniencia política, y respaldada en nuestros Estatutos Internos. Asimismo, ntes (SIC) de otorgar los avales envía los nombres a Ventanilla Única para que allí se establezca que no se encuentra
respaldada en nuestros Estatutos Internos. Asimismo, ntes (SIC) de otorgar los avales envía los nombres a Ventanilla Única para que allí se establezca que no se encuentra con inhabilidades por antecedentes que puedan acarrear la perdida de investiduras o futuras sanciones para nuestro Partido, lo cual se cumplió y su resultado fue favorable para el señor Giraldo Ruiz. Ahora bien, la Dirección Nacional del Partido tiene la plena competencia de otorgar los avales para la representación de la colectividad en las contiendas electorales, sin que tenga la obligación de dar explicación por la decisiones que se tomen al amparo de estos principios, pues hacen parte de la autonomía de los partidos políticos; tal como lo expone la Magistrada DIANA FAJARDO RIVERA en Sentencia T -416/18 al citar la sentencia SU-837 DE 2002, la cual fue citada en el documento de defensa. Ahora bien, en el presente caso, la señora NHORA OLIVA RENTERIA ALVAREZ, quien manifiesta ser la Presidenta del Directorio Municipal Conservador de la Victoria Departamento del Valle, quiere generar confusiones frente a la decisión tomada por el Directorio Nacional, puesto que quien en su momento apoyaba, esto es, el señor MARIO ALEJANDRO REYES, candidato a la alcaldía del municipio, está siendo investigado por parte de la Fiscalía General de la Nación, quien re sponde presuntamente por malos manejos de los recursos de los ciudadanos de dicho municipio, aprovechándose de la situación actual, puesto que utilizo con intereses particulares los recursos dirigidos a la Salud del municipio en la pandemia de Covid – 19. En todo caso, resaltamos que el señor REYES no comparte nuestras ideologías y valores; y es por este motivo que el
situación actual, puesto que utilizo con intereses particulares los recursos dirigidos a la Salud del municipio en la pandemia de Covid – 19. En todo caso, resaltamos que el señor REYES no comparte nuestras ideologías y valores; y es por este motivo que el Directorio Nacional tomó dicha decisión. Innegable tales hechos, puesto que estos fueron registrados innumerables veces por los medios nacionales, televisión, radio, periódicos, y demás medios electrónicos, como se demostró en la defensa del Partido Conservador, y de los cuales esta honorable corporación ya tiene conocimiento. Lo anterior permite tener claridad cuales fueron algunas razones q ue tubo (SIC) la Dirección Nacional del nuestro Partido, para no acceder a las pretensiones y recomendaciones del Directorio Municipal Conservador; de haber cedido hoy estaríamos lamentando el yerro en el que el partido había caído al respaldar nombre de ciudadanos que llegan a los cargos de elección popular pensando en los interés personales y sin entender que los recursos del estado le pertenece a toda la comunidad. Teniendo en cuenta lo anterior, es innegable que, al Partido Conservador Colombiano no le asiste responsabilidad alguna dentro de la investigación, toda vez que su actuación estuvo ajustada a los Estatutos internos del mismo, y a las resoluciones que en su momento se expidieron. Siendo así, una vez más, solicito imperiosamente y de la manera más respetuosa posible, que archive definitivamente la investigación adelanta contra el Partido Conservador Colombiano, teniendo en cuenta lo referido en el presente documento y la defensa construida por el mismo en todo el proceso. (…)” 1.11. El 28 de enero de 2021, el Ministerio Público, allegó alegatos de conclusión en los
Conservador Colombiano, teniendo en cuenta lo referido en el presente documento y la defensa construida por el mismo en todo el proceso. (…)” 1.11. El 28 de enero de 2021, el Ministerio Público, allegó alegatos de conclusión en los siguientes términos:Resolución No. 2169 de 2022 Página 7 de 21
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO por la vulneración al artículo 10, numeral 1º de la Ley 1475 de 2011, con ocasión del incumplimiento de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, en lo que respecta al otorgamiento de aval para el cargo de Alcalde Municipal de La Victoria – Valle del Cauca en las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019, dentro del expediente Radicado No. 9114-19.
“(…) Analizados los documentos aportados por la denunciante cuales son el Acta Nro. 03 de marzo 9 de 2019 de la reunión del Directorio Municipal Conservador de La Victoria (Valle del Cauca), radicada ante el Partido el 3 de abril de 2019, donde en su punto 2 del orden del día se incluyó la “Posición del Directorio para apoyo a candidato a la alcaldía”, asunto que puesto a consideración, se dijo: “El directorio en pleno analiza las opciones de candidatos a la alcaldía y de acuerdo a la evaluación de las alternativas está en revisión la decisión de apoyar a la alcaldía al ingeniero Mario Reyes, quien fuera en la elección pasada el candidato del Partido Conservador Colombiano a la alcaldía de la Victoria - Valle, y que en estas elecciones por conveniencia
evaluación de las alternativas está en revisión la decisión de apoyar a la alcaldía al ingeniero Mario Reyes, quien fuera en la elección pasada el candidato del Partido Conservador Colombiano a la alcaldía de la Victoria - Valle, y que en estas elecciones por conveniencia electoral lo hará por firmas, para lograr así la confluencia de otros partidos a su candidatura y poder salir triunfante en estas elecciones. […] De acuerdo al Artículo 124 de los estatutos del partido, el directorio Municipal Conservador, decide por consenso hacer la votación para el apoyo al Ing. Mario Reyes.” De los doce (12) miembros del Directorio Municipal Conservador de la Victoria (Valle del Cauca), ocho (8) votaron por apoyar al ingeniero Mario Reyes, con lo que se cumplió el requisito de las dos terceras partes señalado en los estatutos de la colectividad. Con comunicación de 29 de marzo de 2019 dirigida por el Directorio Municipal Conservador de La Victoria al Presidente y demás integrantes del Directorio Nacional Conservador y al Presidente y demás integrantes del Directorio Departamental Conservador del Valle, les solicitaron un concepto sobre la decisión adoptada en la sesión de 9 de marzo de 2019 de apoyar como candidato a la alcaldía de La Victoria al Ing. Mario Alejandro Reyes Galvis. No obtuvieron respuesta de ninguno de los directorios a quienes les dirigieron
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