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CNE - Resolución 2173 de 2022

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 2173 de 2022
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2022

RESOLUCIÓN No. 2173 de 2022 (26 de abril)

Por medio de la cual se SANCIONA al ex candidato a la Gobernación del departamento del Casanare, señor RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA identificado con cédula de ciudadanía No. 74.770.895 y la ex gerente de campaña , señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA identificada con cédula de ciudadanía No. 23.978.369 , por la responsabilidad en la vulneración de artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de la cuenta única bancaria en el marco de las elecciones para autoridad es territoriales, realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 9602-20.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, los artículos 39 de la Ley 130 de 1994 ; 13 de la Ley 1475 de 2011 ; 47 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 y con fundamento en los siguientes

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

1.1. Mediante oficio CNE -FNFP-2724 presentado por el contador del fondo nacional de financiación política del Consejo Nacional Electoral, radicado en esta Corporación el 21 de septiembre de 2020, se informó una presunta violación del inciso segundo, del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011. En dicho comunicado se remitió el informe de ingresos y gastos junto con el dictamen de auditoría interna de la campaña a la gobernación de Casanare, avalado por el Movimiento Alternativo Indígena y Socialingresos y gastos junto con el dictamen de auditoría interna de la campaña a la gobernación de Casanare, avalado por el Movimiento Alternativo Indígena y SocialMAIS-, para las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019. 1.2. Mediante Resolución No. 0176 del 20 de enero de 2021, se ordenó abrir investigación y formular cargos contra el señor RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA identificado con cédula de ciudadanía No. 74.770.895 y la señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA identificada con cédula de ciudada nía No. 23.978.369 por infracción al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en lo referente al manejo de los recursos en dinero por fuera de la cuenta única bancaria correspondiente, para la administración de recursos de la campaña a la Gobernación de Casanare, en el marco de las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019; y al MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAISidentificado con NIT 900.847.655 -4, Representado Legalmente por MARTHA ISABEL PERALTA EPIEYU, por la infracción al artículo 8 y el nu meral 1 del artículo 10, de la Ley 1475 de 2011, por presuntoResolución No. 2173 de 2022 Página 2 de 61

Por medio de la cual se SANCIONA al ex candidato a la Gobernación del departamento del Casanare, señor RODOLFO

ANDREY PLAZAS MAHECHA identificado con cédula de ciudadanía No. 74.7 70.895 y la ex gerente de campaña, señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA identificada con cédula de ciudadanía No. 23.978.369 , por la responsabilidad en la vulneración de artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de la cuenta única bancaria en el marco de las elecciones para autoridades territoriales, realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 9602-20.

incumplimiento a los deberes de diligencia incurrido en la falta consistente en incumplir la normatividad electoral atinente a la administración de los recursos.

1.3. El mencionado Acto Administrativo fue notificado de la siguiente forma:

SUJETO

PROCESAL CALIDAD NOTIFICACIÓN FECHA

ENTREGA

FORMA

NOTIFICACIÓN

RODOLFO

ANDREY PLAZAS

MAHECHA

CANDIDATO CNE-SSCCS/C01169/RRCO/202000

09 602-00

02-02-2021 CORREO

ELECTRÓNICO

NORMA SOFIA

PLAZAS

MAHECHA

GERENTE CNE-SSCCS/C01171/RRCO/202000

09 602-00

12-02-2021 CORREO

ELECTRÓNICO

MOVIMIENTO

ALTERNATIVO

INDIGENA Y

SOCIAL -MAIS

ORGANIZACIÓN

POLÍTICA CNE-SSCCS/C01179/RRCO/202000

09 602-00

23-02-2021 AVISO

PROCURADURIA

GENERAL DE LA

NACION

MINISTERIO

PÚBLICO

CNE-SSPOLÍTICA CNE-SSCCS/C01179/RRCO/202000

09 602-00

23-02-2021 AVISO

PROCURADURIA

GENERAL DE LA

NACION

MINISTERIO

PÚBLICO CNE-SSCCS/C01135/RRCO/202000

09 602-00

01-02-2021 CORREO

ELECTRÓNICO

1.4. Mediante correo electrónico recibido el 02 de febrero de 2021 , el ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA autorizó ser notificado mediante correo electrónico rplazas64@msn.com del conteni do de la Resolución No. 0176 del 20 de enero de 2021 bajo el radicado 20200009602 -00, lo anterior de conformidad con el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011. 1.5. Mediante correo electrónico recibido el 12 de febrero de 2021, el ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA, se notificó en debida forma del contenido de la Resolución No. 0176 del 20 de enero de 2021 bajo el radicado No. 2020000960200, previamente autorizada por el ex candidato. 1.6. El 05 de marzo de 2021, la señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA presentó descargos en contra de la Resolución No. 0176 de 2021. 1.7. El doctor PRAXERE JOS É OSPINO REY apoderado del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS, allegó escrito de descargos enviado mediante correo electrónico de fecha 11 de marzo de 2021, dentro del término legal para presentarlos. Junto al escrito de d escargos aportó como pruebas los siguientes documentos:

mediante correo electrónico de fecha 11 de marzo de 2021, dentro del término legal para presentarlos. Junto al escrito de d escargos aportó como pruebas los siguientes documentos:

1.7.1. Copia de declaración juramentada de candidatos con el MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS-, firmada por el ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA. 1.7.2. Copia de Acta de compromiso como cand idato(a) del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS-, firmada por el ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS.Resolución No. 2173 de 2022 Página 3 de 61

Por medio de la cual se SANCIONA al ex candidato a la Gobernación del departamento del Casanare, señor RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA identificado con cédula de ciudadanía No. 74.7 70.895 y la ex gerente de campaña, señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA identificada con cédula de ciudadanía No. 23.978.369 , por la responsabilidad en la vulneración de artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de la cuenta única bancaria en el marco de las elecciones para autoridades territoriales, realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 9602-20.

1.7.3. Copia del sistema de auditoría interna, procedimiento para rendición de cuentas de los candidatos adscritos y presentados por el MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL -MAISa las elecciones territoriales de 27 de octubre de 2019. 1.7.4. Copia de circular interna 025, rendición de cuentas elecciones 2019, suscrita

INDÍGENA Y SOCIAL -MAISa las elecciones territoriales de 27 de octubre de 2019. 1.7.4. Copia de circular interna 025, rendición de cuentas elecciones 2019, suscrita por la Presidente y Representante legal del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL - MAIS-, y su auditor interno. 1.7.5. Copia de correo en el que el auditor del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS-, envía instructivo e información del aplicativo cuentas claras para la rendición del informe de ingresos y gastos de las campañas de cad a uno de los candidatos por medio de correo electrónico incluyendo al señor RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA cuyo asunto es: Instructivo de Cuentas Claras - Ingresos y Gastos para las Elecciones Territoriales del 27 de octubre de 2019. 1.7.6. Copia de respuesta de requerimiento No. CNE -FNFP-1111 al informe de ingresos y gastos de la campaña a la Gobernación de Casanare del 27 de octubre de 2019. 1.7.7. Copia de informe integral de ingresos y gastos de la campaña (Formulario 7B). 1.7.8. Copia de la relación de ingresos y gastos reportados por cada uno de los candidatos a la organización política (Anexo 7.6B). 1.7.9. Copia del dictamen del auditor interno al informe integral de ingresos y gastos de las campañas contenido en el formulario 7B y sus respectivos anexos. 1.7.10. Copia de informe in dividual de ingresos y gastos de la campaña, correspondiente al ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA (Formulario 5B).

1.7.10. Copia de informe in dividual de ingresos y gastos de la campaña, correspondiente al ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA (Formulario 5B). 1.7.11. Copia de anexo 5.1B, créditos o aportes que provengan del patrimonio de los candidatos, de sus cónyuges o de sus compañeros permane ntes, o de sus parientes. 1.7.12. Copia de anexo 5.8B, gastos de administración. 1.7.13. Copia de anexo 5.10B, servicio de transporte y correo. 1.7.14. Copia de anexo 5.7B, propaganda electoral. 1.7.15. Copia de certificación de la personería jurídica del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS. 1.7.16. Copia de pantallazo de la página web del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS-, en el que muestra la relación de cuentas claras y los documentos para el proceso de la cuenta única bancaria.Resolución No. 2173 de 2022 Página 4 de 61

Por medio de la cual se SANCIONA al ex candidato a la Gobernación del departamento del Casanare, señor RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA identificado con cédula de ciudadanía No. 74.7 70.895 y la ex gerente de campaña, señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA identificada con cédula de ciudadanía No. 23.978.369 , por la responsabilidad en la vulneración de artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de la cuenta única bancaria en el marco de las elecciones

vulneración de artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de la cuenta única bancaria en el marco de las elecciones para autoridades territoriales, realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 9602-20.

1.7.17. Copia de correo en el que el audito r del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS-, cuyo asunto es: “Entrega de usuarios y contraseñas candidatos elecciones territoriales 2019, para reporte de ingresos y gastos en cuentas claras” 1.7.18. Poder amplio y suficiente al doctor PRAXERE JOSÉ OSPIN O REY identificado con cedula de ciudadanía No. 17.904.672 y portador de la tarjeta profesional 207.335 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, por la representante legal y presidente nacional del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL -MAIS-. 1.7.19. El ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA y su ex gerente NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA, no presentaron descargos, por lo que esta Corporación procederá a cerrar la etapa probatoria y dar traslado al Ministerio Público y a los investigados para que, si a bien lo tienen, presenten escrito de alegatos de conclusión.

1.8. Mediante Auto del 21 de abril de 2021, se dio traslado para la presentación de alegatos dentro de la investigación.

1.8.1. El mencionado Acto Administrativo fue notificado de la siguiente forma:

SUJETO

PROCESAL CALIDAD NOTIFICACIÓN FECHA

ENTREGA

FORMA

NOTIFICACIÓN

RODOLFO ANDREY

PLAZAS MAHECHA CANDIDATO

SUJETO

PROCESAL CALIDAD NOTIFICACIÓN FECHA

ENTREGA

FORMA

NOTIFICACIÓN

RODOLFO ANDREY

PLAZAS MAHECHA CANDIDATO CNE-SSNMHS/09793/RRCO/20190000

9602-00 Jueves 29 de abril de 2021 Correo electrónicoArticulo 56 Ley 1437 de 2011

NORMA SOFIA

PLAZAS MAHECHA GERENTE CNE-SS-NMHS/09794

/RRCO/201900009602-00

Jueves 29 de abril de 2021 Correo electrónicoArticulo 56 Ley 1437 de 2011

MARTHA ISABEL

PERALTA EPIEYU

REPRESENTANTE

LEGAL DE

MOVIMIENTO

ALTERNATIVO

INDIGENA Y SOCIAL -MAISCNE-SSNMHS/09795/RRCO/20190000

9602-00 Jueves 29 de abril de 2021 Correo electrónicoArticulo 56 Ley 1437 de 2011

PRAXERE JOSÉ

OSPINO REY

APODERADO DEL

MOVIMIENTO

ALTERNATIVO

INDIGENA Y SOCIAL -MAISCNE-SSNMHS/09796/RRCO/20190000

9602-00 Jueves 29 de abril de 2021 Correo electrónicoArticulo 56 Ley 1437 de 2011

PROCURADURÍA

GENERAL DE LA

NACIÓN

MINISTERIO

PÚBLICO CNE-SSNMHS/09797/RRCO/20190000

9602-00 Jueves 29 de abril de 2021 Correo electrónicoArticulo 56 Ley 1437

NACIÓN

MINISTERIO

PÚBLICO CNE-SSNMHS/09797/RRCO/20190000

9602-00 Jueves 29 de abril de 2021 Correo electrónicoArticulo 56 Ley 1437 de 2011

1.9. Mediante Auto del 4 de junio de 2021, se corrigió de oficio el Auto del 21 de abril de 2021 relacionando los descargos allegados por RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA y NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA por intermedio de su apoderada, señora y se dio traslado nuevamente para la presentación de alegatos.Resolución No. 2173 de 2022 Página 5 de 61

Por medio de la cual se SANCIONA al ex candidato a la Gobernación del departamento del Casanare, señor RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA identificado con cédula de ciudadanía No. 74.7 70.895 y la ex gerente de campaña, señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA identificada con cédula de ciudadanía No. 23.978.369 , por la responsabilidad en la vulneración de artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de la cuenta única bancaria en el marco de las elecciones para autoridades territoriales, realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 9602-20.

1.9.1. El mencionado Acto Administrativo fue notificado de la siguiente forma:

SUJETO

PROCESAL CALIDAD NOTIFICACIÓN FECHA

ENTREGA

FORMA

NOTIFICACIÓN

RODOLFO ANDREY

PLAZAS MAHECHA CANDIDATO

CNE-SSSUJETO

PROCESAL CALIDAD NOTIFICACIÓN FECHA

ENTREGA

FORMA

NOTIFICACIÓN

RODOLFO ANDREY

PLAZAS MAHECHA CANDIDATO CNE-SSNMHS/27616/RRCO/20190000

9602-00 Jueves 25 de agosto de 2021 Correo electrónicoArticulo 56 Ley 1437 de 2011

NORMA SOFIA

PLAZAS MAHECHA GERENTE CNE-SS-NMHS/27617

/RRCO/201900009602-00

Jueves 25 de agosto de 2021 Correo electrónicoArticulo 56 Ley 1437 de 2011

MARTHA ISABEL

PERALTA EPIEYU

REPRESENTANTE

LEGAL DE

MOVIMIENTO

ALTERNATIVO

INDIGENA Y SOCIAL -MAISCNE-SSNMHS/27618/RRCO/20190000

9602-00 Jueves 25 de agosto de 2021 Correo electrónicoArticulo 56 Ley 1437 de 2011

PROCURADURÍA

GENERAL DE LA

NACIÓN

MINISTERIO

PÚBLICO CNE-SSNMHS/27619/RRCO/20190000

9602-00 Jueves 25 de agosto de 2021 Correo electrónicoArticulo 56 Ley 1437 de 2011

2. ACERVO PROBATORIO

2.1. De las allegadas por el fondo de financiación política del Consejo Nacional

Electoral:

  • Oficio CNE -FNFP-2724 presentado por el contador del fondo nacional de financiación política del Consejo Nacional Electoral, radicado en esta Corporación el 21 de septiembre

Electoral:

  • Oficio CNE -FNFP-2724 presentado por el contador del fondo nacional de financiación política del Consejo Nacional Electoral, radicado en esta Corporación el 21 de septiembre de 2020, se informó una presunta violación del inciso segundo, del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011. En dicho comunicado se remitió el informe de ingresos y gastos junto con el dictamen de auditoría interna de la campaña a la gobernación por la circunscripción electoral de Casanare, avalado por el Movimiento Alternativo Indígena y Social -MAIS-, para las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019.

2.2. De las allegadas por el Movimiento ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL – MAIS:

  • Copia de declaración juramentada de candidatos con el MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS-, firmada por el ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA. - Copia de Acta de compromiso como candidat o(a) del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS-, firmada por el ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS. - Copia del sistema de auditoría interna, procedimiento para rendición de cuentas de los candidatos adscritos y presentados por el MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL -MAISa las elecciones territoriales de 27 de octubre de 2019.Resolución No. 2173 de 2022 Página 6 de 61

Por medio de la cual se SANCIONA al ex candidato a la Gobernación del departamento del Casanare, señor RODOLFO

ANDREY PLAZAS MAHECHA identificado con cédula de ciudadanía No. 74.7 70.895 y la ex gerente de campaña, señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA identificada con cédula de ciudadanía No. 23.978.369 , por la responsabilidad en la vulneración de artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de la cuenta única bancaria en el marco de las elecciones para autoridades territoriales, realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 9602-20.

  • Copia de circular interna 025, rendición de cuentas elecciones 2019, suscrita por la Presidente y Representante legal del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL - MAIS-, y su auditor interno. - Copia de correo en el que el auditor del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS-, envía instructivo e información del aplicativo cuentas claras para la rendición del informe de ingresos y gastos de las campañas de cada un o de los candidatos por medio de correo electrónico incluyendo al señor RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA cuyo asunto es: Instructivo de Cuentas Claras - Ingresos y Gastos para las Elecciones Territoriales del 27 de octubre de 2019. - Copia de respuesta de requ erimiento No. CNE -FNFP-1111 al informe de ingresos y gastos de la campaña a la Gobernación de Casanare del 27 de octubre de 2019. - Copia de informe integral de ingresos y gastos de la campaña (Formulario 7B). - Copia de la relación de ingresos y gastos reportados por cada uno de los candidatos a la organización política (Anexo 7.6B).
  • Copia de informe integral de ingresos y gastos de la campaña (Formulario 7B). - Copia de la relación de ingresos y gastos reportados por cada uno de los candidatos a la organización política (Anexo 7.6B). - Copia del dictamen del auditor interno al informe integral de ingresos y gastos de las campañas contenido en el formulario 7B y sus respectivos anexos. - Copia de informe individual de ingresos y gastos de la campaña, correspondiente al ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA (Formulario 5B). - Copia de anexo 5.1B, créditos o aportes que provengan del patrimonio de los candidatos, de sus cónyuges o de sus compañeros permanentes, o de sus parientes. - Copia de anexo 5.8B, gastos de administración. - Copia de anexo 5.10B, servicio de transporte y correo. - Copia de anexo 5.7B, propaganda electoral. - Copia de certificación de la personería jurídica del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS. - Copia de pantallazo de la página web del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS-, en el que muestra la relación de cuentas claras y los documentos para el proceso de la cuenta única bancaria. - Copia de correo en el que el auditor de l MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDIGENA Y SOCIAL -MAIS-, cuyo asunto es: “Entrega de usuarios y contraseñas candidatos elecciones territoriales 2019, para reporte de ingresos y gastos en cuentas claras” - Poder amplio y suficiente al doctor PRAXERE JOSÉ OSPINO RE Y identificado con cedula de ciudadanía No. 17.904.672 y portador de la tarjeta profesional 207.335
  • Poder amplio y suficiente al doctor PRAXERE JOSÉ OSPINO RE Y identificado con cedula de ciudadanía No. 17.904.672 y portador de la tarjeta profesional 207.335 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, por la representante legal y presidente nacional del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL -MAIS-. - El ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA y su ex gerente NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA, no presentaron descargos, por lo que esta CorporaciónResolución No. 2173 de 2022 Página 7 de 61

Por medio de la cual se SANCIONA al ex candidato a la Gobernación del departamento del Casanare, señor RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA identificado con cédula de ciudadanía No. 74.7 70.895 y la ex gerente de campaña, señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA identificada con cédula de ciudadanía No. 23.978.369 , por la responsabilidad en la vulneración de artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de la cuenta única bancaria en el marco de las elecciones para autoridades territoriales, realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 9602-20.

procederá a cerrar la etapa probatoria y dar traslado al Ministerio Público y a los investigados para que, si a bien lo tienen, presenten escrito de alegatos de conclusión.

2.3. De las allegadas por los investigados, ex candidato RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA y su ex gerente NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA:

  • Certificación de Cuenta Bancaria No. 629-00011993 del Banco Bancolombia S.A

MAHECHA y su ex gerente NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA:

  • Certificación de Cuenta Bancaria No. 629-00011993 del Banco Bancolombia S.A - Formulario 5B. Informe individual de ingresos y gastos de la campaña. Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador. - Anexo 5.1B Código 101, Créditos o aportes que provengan del patrimonio de los candidatos, de sus cónyuges o de sus compañeros permanentes o de sus parientes - Anexo 5.2 B Código 102, Contribuciones, donaciones y créditos, en dinero o especie, que realicen los particulares. En blanco. Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador. - Anexo 5.3 B Código 103, Créditos obtenidos en entidad es financieras legalmente autorizadas. En blanco, Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador. - Anexo 5.4 B Código 105, Financiación estatal anticipos. En blanco, Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador. - Anexo 5.5 B Código 106, Recursos propios de origen privado que los Partidos o Movimientos Políticos destinen para el financiamiento de las campañas en las que participen (Transferencias). En blanco, Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador. - Anexo 5.6B, Obligaciones pendientes de pago, En blanco. Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador - Anexo 5.7B Código 208, Propaganda Electoral. En blanco. Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador. - Anexo 5.8B Código 208, Propaganda Electoral, En blanco, Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador.

Campaña y el Contador. - Anexo 5.8B Código 208, Propaganda Electoral, En blanco, Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador. - Anexo 5.8B Código 201, Gastos de administración. Dos (2 folios). En blanco. Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador. - Anexo 5.9 B Código 204, Actos Públicos dos (2 folios). En blanco. Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador. - Anexo 5.10B Código 205, Servicios de transporte y correo. Tres (3 folios). Firmado por la Gerente de Campaña y el Contador.Resolución No. 2173 de 2022 Página 8 de 61

Por medio de la cual se SANCIONA al ex candidato a la Gobernación del departamento del Casanare, señor RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA identificado con cédula de ciudadanía No. 74.7 70.895 y la ex gerente de campaña, señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA identificada con cédula de ciudadanía No. 23.978.369 , por la responsabilidad en la vulneración de artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de la cuenta única bancaria en el marco de las elecciones para autoridades territoriales, realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 9602-20.

3. NORMAS INFRINGIDAS

Con base en el acto administrativo de apertura de investigación y formulación de cargos 1, se imputó como norma presu ntamente vulnerada el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 . L a formulación de cargos se sustentó en el presunto incumplimiento del deber legal previsto en el

imputó como norma presu ntamente vulnerada el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 . L a formulación de cargos se sustentó en el presunto incumplimiento del deber legal previsto en el precitado artículo, relativo a la no apertura de cuenta única bancaria, en lo referente al manejo de los recursos en dinero por fuera de la cuenta única correspondiente y del manejo parcial de los recursos en dinero a través de la cuenta única bancaria, de acuerdo con el informe entregado por el Fondo Nacional de Financiación Política CNE-FNFP-6019 del 10 de diciembre de 2018, para las elecciones realizadas el 11 de marzo de 2018.

Las presuntas conductas y omisiones endilgadas a los sujetos investigados, en tratándose del partido Liberal Colombiano, también implica la falta prevista en el numeral 1) del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, por probablemente “Incumplir los deberes de diligencia en la aplicación de las disposiciones Constitucionales o legales que regulan la organización, funcionamiento y/o financiación de los partidos y movimientos políticos”.

En consecuencia, la presente actuación administrativa de naturaleza sancionatoria se fundamenta en la investigación por el incumplimiento del deber legal previsto en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, que dispone en lo pertinente:

“ARTÍCULO 25. ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y PRESENTACIÓN DE INFORMES. Los recursos de las campañas electorales cuyo monto máximo de gastos sea superior a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales originados en fuentes de financiación privada serán administr ados por los gerentes de campaña designados por los candidatos a los cargos uninominales y a las

gastos sea superior a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales originados en fuentes de financiación privada serán administr ados por los gerentes de campaña designados por los candidatos a los cargos uninominales y a las corporaciones públicas cuando se trate de listas con voto preferente. En los casos de listas cerradas el gerente será designado de común acuerdo por los candidatos o, en su defecto, por el partido, movimiento o comité promotor del grupo significativo de ciudadanos”.

Los recursos en dinero se recibirán y administrarán a través de una cuenta única que el gerente de campaña abrirá en una entidad financiera legalme nte autorizada, quien podrá igualmente, bajo su responsabilidad, abrir las subcuentas que considere necesarias para la descentralización de la campaña. Estas cuent as estarán exentas del impuesto a las transacciones bancarias. La Superintendencia Financiera establecerá un régimen especial de control y vigilancia que garantice la transparencia en el manejo de dichas cuentas. (…)” . (Subrayado y negrilla fuera de texto original)

1 Ver numeral 1.3 de la presente Resolución.Resolución No. 2173 de 2022 Página 9 de 61

Por medio de la cual se SANCIONA al ex candidato a la Gobernación del departamento del Casanare, señor RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA identificado con cédula de ciudadanía No. 74.7 70.895 y la ex gerente de campaña, señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA identificada con cédula de ciudadanía No. 23.978.369 , por la responsabilidad en la vulneración de artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de la cuenta única bancaria en el marco de las elecciones

vulneración de artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por no manejo de la cuenta única bancaria en el marco de las elecciones para autoridades territoriales, realizadas el 27 de octubre de 2019, conforme al radicado 9602-20.

4. DE LOS DESCARGOS

4.1. El apoderado del MOVIMIENTO ALTERNATIVO Y SOCIAL - MAIS, s eñor PRAXERE JOSE OSPINO REY, presentó escrito de descargos en los siguientes términos:

(…) El suscrito, PRAXERE JOSE OSPINO REY, identificado como aparece el pie de mi firma, actuando en calidad de apoderado y Jurídico Nacional del Movimiento Alternativo Indígena y Social – MAIS conforme poder anexo, estando dentro de los términos legales para la presente diligencia, muy respetuosamente me permito presentar los descargos correspondientes, conforme a los siguientes:

1. HECHOS

1.1 El movimiento Alternativo Indí gena y Social – Mais le confirió aval al ciudadano Rodolfo Andrey Plazas Mahecha para la Gobernación de Casanare para las elecciones del 27 de octubre de 2019.

1.2 A todos los candidatos avalados por nuestra colectividad, incluyendo al candidato Rodolfo Andre y Plazas Mahecha se le brindó la información correspondiente para que diera cumplimiento a las disposiciones normativas relacionadas con la presentación de sus cuentas, la cual fue enviada a través del correo de Auditoria MAIS varios documentos para la rendición de informe de ingresos y gastos de campaña, información que también se encuentra publicada en la página web del movimiento, además de capacitaciones que se les brindó para que pudieran cumplir con sus obligaciones contables, hecho que se puede cons tatar con el

y gastos de campaña, información que también se encuentra publicada en la página web del movimiento, además de capacitaciones que se les brindó para que pudieran cumplir con sus obligaciones contables, hecho que se puede cons tatar con el material probatorio que se adjunta a la presente contestación.

1.3 El señor Rodolfo Andrey Plazas Mahecha suscribió una Declaración Juramentada y/o Carta de Compromiso en cuyo numeral 7 establece su compromiso de acatar las disposiciones y procedimientos consagrados en la Ley específicamente en el proceso de rendición oportuna de cuentas en el aplicativo de cuentas claras registro de libros, presentación de cuentas, atención de requerimientos, apertura de cuenta única bancaria y manejar los recu rsos a través de esta, con el propósito de dar cumplimiento a su obligación como candidato

1.4 En el mes de diciembre de 2019, el auditor Dylan Fabián Fragua Laverde presentó informe integral de ingresos de la campaña contenido en el Formulario 7B y sus anexos del candidato a la Gobernación de Casanare avalado por el movimiento MAIS para el periodo constitucional 2020-2023.

1.5 El día 6 de agosto de 2020 se radicó la respuesta al requerimiento No. CNE-FNPP-1111 de fecha 9 de junio de 2020 informe de ingresos y ga stos de la campaña a la Gobernación de Casanare del 27 de octubre de 2019 allegando el dictamen, formulario 7B y anexos y el formulario 5B y anexos por el Auditorio Nacional del MAIS

1.6 Mediante Resolución 0176 del 20 de enero de 2021, se ordena abrir investigación y se formulan cargos contra el Movimiento Alternativo Indígena y Social

Nacional del MAIS

1.6 Mediante Resolución 0176 del 20 de enero de 2021, se ordena abrir investigación y se formulan cargos contra el Movimiento Alternativo Indígena y Social – MAIS, el ciudadano Rodolfo Andrey Plazas Mahecha a la Gobernación de Casanare y a la señora Norma Sofia Plazas gerente de campaña, por la presunta vulneración del artículo 8 y numeral 1 del artículo 10, de la Ley 1475 de 2011, relativo a la administración de dineros por fuera de la cuenta única.

2. ARGUMENTOS DE DEFENSA DEL MAIS

2.1 Cargos imputados al MAISResolución No. 2173 de 2022 Página 10 de 61

Por medio de la cual se SANCIONA al ex candidato a la Gobernación del departamento del Casanare, señor RODOLFO ANDREY PLAZAS MAHECHA identificado con cédula de ciudadanía No. 74.7 70.895 y la ex gerente de campaña, señora NORMA SOFIA PLAZAS MAHECHA identificada con cédula de ciudadanía No. 23.978.369 , por la respon

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