CNE - Resolución 2454 de 2020
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2454 de 2020
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2020
RESOLUCIÓN No. 2454 DE 2020 (26 de agosto)
Por medio de la cual se RECHAZA la solicitud del Partido Centro Democrático de retirar apoyo político al ciudadano JOSÉ DE JESÚS VILLAR DE LA T ORRE, candidato a la Alcaldía de San Gil, Santander, inscrito por la coalición AUTORIDAD ORDEN Y SEGU RIDAD POR SAN GIL, para las elecciones celebradas el 27 de octubre de 2019.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas en el numeral 6 del artículo 265, y artículo 31 de la Ley 1475 de 2011 y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS
1.1. El 04 de octubre de 2019 , el Partido Centro Democrático radicó ante la Registraduría Nacional del Estado Civil oficio me diante el cual informa del retiro del ap oyo p olítico al candidato JOSE DE JESUS VILLAR DE LA TORR E de la coalición “AUTORIDAD ORDEN Y SEGURIDAD POR SAN GIL” para la alcaldía del municipio de SAN GIL , SANTANDER, para las elecciones celebradas el 27 de octubre de 2019.
1.2. El 01 de noviembre de 2019 fue elegido ALCALDE del mu nicipio de SAN GIL, SANTANDER, para el periodo 2020 -2023, al candidato de la coalición “SAN GIL MERECE MÁS, el ciudadano HERMES ORTÍZ RODRÍGUEZ.
1.3. A través de oficio de 05 de noviembre de 2019 , la Dirección de Gestión Electora l de la
MÁS, el ciudadano HERMES ORTÍZ RODRÍGUEZ.
1.3. A través de oficio de 05 de noviembre de 2019 , la Dirección de Gestión Electora l de la Registraduría Nacional remitió a esta Corporación la solicitud antes mencionada de acuerdo a la competencia del Consejo Nacional Electoral para revocar actos de inscripción.
1.4. Mediante oficio CNE-AIV-9612-19 de 28 de noviembre de 2019, radicado número 3577719, la Asesoría de Inspección y Vigilancia de la Corporación trasladó el oficio presentado por el Partido Cent ro Democrático para estudio y decisión por parte de los Honorables Magistrados de la Corporación.Resolución 2454 de 2020 Página 2 de 4 Por medio de la cual se RECHAZA la solicitud del Partido Centro Democrático de retira r apoyo político al ciudadano JOSÉ DE JESÚS VILLAR DE LA TORRE, candidato a la Alca ldía de San Gil, Santander, inscrito por la coalición AUTORIDAD ORDEN Y SEGUIDAD POR SAN GIL, para las elecciones celebradas el 27 de octubre de 2019.
2. ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA
El 03 de diciembre de 201 9 se asignó al Magistrado Pedro Felipe Gutiérrez Sierra el expediente, radicación No 35777-19, según consta en el acta de reparto.
3. ACERVO PROBATORIO
Acto de 1 de noviembre de 2019 , que declar ó la elección del ciudadano HERMES ORTÍZ RODRÍGUEZ, inscrito por la coalición “SAN GIL MERECE MÁS ” para el cargo de ALCALDE
Acto de 1 de noviembre de 2019 , que declar ó la elección del ciudadano HERMES ORTÍZ RODRÍGUEZ, inscrito por la coalición “SAN GIL MERECE MÁS ” para el cargo de ALCALDE del municipio de SAN GIL, SANTANDER para el periodo 2020 -2023, contenido en el Formulario E-26.
4. CONSIDERACIONES
El Partido Centro Democrático informó que la Dirección Na cional de la organización política decidió retirar el apoyo p olítico al can didato de la coalición “AUTORIDAD O RDEN Y SEGURIDAD POR SAN GIL” para la alcaldía del municipio de S AN GIL, SANTANDER, para las elecciones del 27 de octubre de 2019, JOSE DE JESUS VILLAR DE LA TORRE, así:
“A través de la presente, y con el ánimo de poner en conocimiento a la autoridad electoral de un hecho que consid eramos de relevancia para la trans parencia y legitimidad demo crática del proceso electoral, me permito informales que la Dirección Nacional del partido Centro Democrático tomó l a decisión irrevocable de retirar el apoyo político al candidato a la alcaldía de San Gil José de Jesús Villar de la To rre, previamente inscrito a través de una coalición denominada Autoridad Orden y Seguridad por San Gil, la cual fue conformada en un prin cipio por esta colectividad y el P artido de la U. N o siendo otro el motivo de l a misiva, agradecemos dar traslado a qui en corresponda para los fines pertinentes”.
Ahora bien, en la peti ción expuesta por el Partido Centro D emocrático, no fueron señaladas
la U. N o siendo otro el motivo de l a misiva, agradecemos dar traslado a qui en corresponda para los fines pertinentes”.
Ahora bien, en la peti ción expuesta por el Partido Centro D emocrático, no fueron señaladas y/o indicadas expresamente las razones por las cuale s solicitaron revocar su aval al candidato Jesús Villar de la Torre, inscrito en coalición con el Part ido Social De Unidad Nacional Partido De La U, limitándose únicamente a señala r como f undamento la salvaguarda de la trasparencia y legitimidad democrática del proceso electoral.
Atendiendo a ello, s e tiene q ue la solicitud fue trasladada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia de la Corpo ración el 28 de noviembre de 2019 y someti da a reparto el 03 deResolución 2454 de 2020 Página 3 de 4 Por medio de la cual se RECHAZA la solicitud del Partido Centro Democrático de retira r apoyo político al ciudadano JOSÉ DE JESÚS VILLAR DE LA TORRE, candidato a la Alca ldía de San Gil, Santander, inscrito por la coalición AUTORIDAD ORDEN Y SEGUIDAD POR SAN GIL, para las elecciones celebradas el 27 de octubre de 2019. diciembre de 2019 , fecha en la que ya había sido declarad a la elecc ión del alcalde del Municipio de San Gil, Santander, para el periodo 2020-2023.
Una vez declarada la elección, esta corporación no es competente para pronunciarse sobre la manifestación de retiro de l apoyo político a una aspiración política, pues ya se agotó el certamen electoral. Adicionalm ente, debe tenerse en consideración que en el proceso no
Una vez declarada la elección, esta corporación no es competente para pronunciarse sobre la manifestación de retiro de l apoyo político a una aspiración política, pues ya se agotó el certamen electoral. Adicionalm ente, debe tenerse en consideración que en el proceso no se aportaron elementos de juici o y probatorios que permitieran considerar el retiro de la garantía, teniendo en consideración que solo excepcionalmente, por razones jurídicas, puede darse la revocatoria de un aval después de llevarse a cabo la inscripción de una candidatura.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO : RECHAZAR la solicitud del Partido Centro Democrático de retirar apoyo político al ciudadano JOSÉ DE JESÚS VILLAR DE LA TORRE, candidato a la Alcaldía de San Gil, Santander, po r la coalición AUTORIDAD ORDEN Y SEGUIDAD POR SAN GIL, para las elecciones celebradas el 27 de octubre de 2019 , por las consideraciones expuestas en la parte motiva.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución por intermedio de la Subsecretaría d e la Corporación al Partido Centro D emocrático, en la C alle 66 N° 7 -59,
Bogotá D.C, de conformidad con el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO TERCERO : Contra l a presente resolución procede el recurso de reposición dentro de los diez (10) días sig uientes a la n otificación del presente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y 76 de l Código de Procedimiento
dentro de los diez (10) días sig uientes a la n otificación del presente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y 76 de l Código de Procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo.Resolución 2454 de 2020 Página 4 de 4 Por medio de la cual se RECHAZA la solicitud del Partido Centro Democrático de retira r apoyo político al ciudadano JOSÉ DE JESÚS VILLAR DE LA TORRE, candidato a la Alca ldía de San Gil, Santander, inscrito por la coalición AUTORIDAD ORDEN Y SEGUIDAD POR SAN GIL, para las elecciones celebradas el 27 de octubre de 2019.
ARTÍCULO CUAR TO: En firme la presente resolución ARCHÍVES E el exp ediente con radicado No. 35777-19.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los veintiséis (26) días del mes de agosto de dos mil veinte (2020).
HERNÁN PENAGOS GIRALDO
Presidente
JORGE ENRIQUE ROZO RODRÍGUEZ
Vicepresidente
PEDRO FELIPE GUTIÉRREZ SIERRA
Magistrado Ponente
Aprobado en Sesión Virtual de Sala Plena del veintiséis (26) de agosto de 2020.
Aclara Voto: H.M. Luis Guillermo Pérez Casas.
V.B: Rafael Antonio Vargas González, Asesoría Secretaría.
Proyectó: EPP
Radicado No. 35777-19