CNE - Resolución 2467 de 2014
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2467 de 2014
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2014
ORG¡\ .•'flZ¡\CIÓN tLECTOR.\L
Consejo Nacional Electoral REPÚBLICADE COT.OMBTA RESOLUCiÓN No. 2467 de 2014 (9 de julio) Por el cual se resuelve la solicitud presentada por la candidata FANNY CECILIA ROMERO ROJAS, inscrita por el Partido ALIANZA VERDE, con ocasión de los escrutinios de las votaciones para las elecciones del Senado de la República, período 2014-2018.Radicado 2203 de 2014. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 265 de la Constitución Política y el Decreto 2241 de 1986, teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS 1.1El 9 de marzo de 2014 se realizaron en todo el territorio nacional las elecciones para el Congreso de la República y Parlamento Andino, período constitucional 2014-2018, iniciándose en la misma fecha los correspondientes escrutinios zonales y municipales.
En la misma fecha, esta Corporación dio inició al escrutinio de las votaciones depositadas en el territorio nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1475 de 2011. 1.2 El día 11 de marzo se reinició la audiencia pública con el escrutinio general de las votaciones depositadas en todos los departamentos del país. 1.3.- El 20 de marzo del año en curso, la candidata inscrita por el Partido Alianza Verde, señora FANNY CECILIA ROMERO ROJAS radicó, bajo el número 2203, una solicitud para el
recuento de votos y verificación de su votación al Senado de la República. En reparto de negocios de la Corporación, correspondió al Magistrado Ponente, doctor JUAN PABLO CEPERO MÁRQUEZ, el conocimiento de la citada solicitud.
2. LA SOLICITUD Dice la peticionaria:ORG.••.•'fIZ¡\CIÓN Eucroaxt
ConsejoNacionalElectoral
Rr.PÚBLICADr. COLOMBIA
Página No. 2 Resolución N° 2467 de 2014 "Yo FANNY CECILIA ROMERO ROJAS identificada con cédula de ciudadanía número 41.771.574 de Bogotá, CANDITA AL SENADO No. 73 por ALIANZA VERDE, en la elecciones del 9 de marzo del 2014, y el resultado es de 240 votos, mi votación fue bastante y ese resultado para mí no es viable, ya que hice mi campaña personalizada voz a voz y puedo llevar pruebas necesarias, para confirmar necesito el favor de parte de ustedes, que se me confirme la votación mesa por mesa a nivel Colombia. Porque a cada persona que le iba dando el volante les recomendaba multiplicarlo de 7 en 7 llamando a familiares fuera de Bogotá para votar por la SENADORA por sus grandes proyectos, para acabar con la delincuencia en las calles que azota a los 47.000.000 millones de Colombianos, y que todo joven que sale de 11 grado tiene trabajo seguro y estudios universitarios, para estratos 1,2 y 3, bien pobre de los pobres van totalmente gratis y los estratos 1,2 y 3 no tan pobres pagan el 50% de las carreras y que el producto de
reciclaje esa riqueza, que vota el pueblo, debe volver al pueblo para sus hijos. Y de esta manera acabamos con la delincuencia en la calle y no dejamos a la juventud ni respirar porque los mantenemos ocupados trabajando y estudiando. La juventud lo que necesita es oportunidades, para que no den malos pasos y dejen su rebeldía y sean excelentes estudiantes. Y además está el proyecto macro de gran impulso, para lograr la paz en Colombia y a nivel mundial, que genera trabajo masivo en bloque de 18 a 60 años y dejar el desempleo en O dígitos, para disparar las economías y el proyecto también ampara al empleado despedido, para mantener las economías estables. Además este proyecto genera empresas tipo exportación con varios socios, para cuidar capitales. Al industrializar a nuestra Colombia se genera mucho más empleo y de esta manera acabaremos con la pobreza y violencia en Colombia y a nivel mundial.
Importante: analizar la obra literaria el SER EXITOSO, que abre paso a la democracia, para derrotar las maquinarias políticas y de esta manera cortar de raíz la corrupción política, favor visitar mi página web: www.fannvalsenado.com Ustedes, deben tener en cuenta que trabajan, para el futuro de nuestra Colombia y de nuestros hijos y no para una corrupción politiquera, que su único objetivo es los afanes de esta tierra " dinero y más dinero" y no gobiernan para el futuro del ser humano; que es la esencia para lograr la paz mundial.
Las personas que llevan buenas ideas no las dejan gobernar porque no les conviene, no sé qué
pasó con mi votación, quiero por favor que se haga el conteo minuciosamente de la candidata 73 al senado por el partido ALIANZA VERDE, les aseguro que si revisan bien mis votos superan los 50.000 votos por las siguientes razones que explico:
ANTECEDENTESORG;\.'lI7_\OÓN E'I..ECTORAI.
ConsejoNacionalElectoral
Rr.PÚBLlCADF,COLOMBIA
Página No. 3 Resolución N° 2467 de 2014 Analicen, porque es más de 50.000 votos
1. Cantidad de volantes 41.000, multiplicados de 7 en 7 por volante dan 287.000 dividido en 2, que se hayan perdido la mitad dan 143.000 votos.
2. Supongamos, que se haya multiplicado de 3 en 3 dan 123.000 votos, supongamos que se hayan perdido la mitad dan 61.500 votos. Ósea que el trasteo de votos parece que fue de 61.500 votos.
3. Hago la multiplicación sobre los 2 ejemplos sobre los 41.000 votos y los divido en 2, para dar ana confirmación más clara votantes. del trasteo de votos que supera al parecer los 50.000
4. Me tocó voz a voz, ya que al parecer todos los partidos grandes y pequeños tenían que dar a cada candidato al senado, la suma de $20.000.000 (veinte millones de pesos J.
5. Yo FANNY CECILIA ROMERO ROJAS identificada como aparece al pie de mi firma, NO RECIBí NADA Y me tocó hacer la campaña al senado pulso a pulso con escasez de
recursos.
6. Sin publicidad por RCN y CARACOL las más vistas, ni publicidad en radio, la única fue una sola vez por la emisora mariana, ya que no tuve para pagar los $380.000 pesos, para que me sacaran 10 anuncios más en dicha emisora.
7. La única publicidad, que obtuve fue por el canal institucional el cual puede verificar el día 2 de marzo de 2014 y lo pueden ratificar en Internet está la grabación en YouTube, FANNY ROMERO AL SENADO para que puedan ver la grabación.
HECHOS Se manifieste a través de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el porqué de 240.000 votos y en donde están la otra votación masiva, ya que me siento defraudada con esa votación tan pequeña, por tal motivo les pido el favor se verifique bien, por las siguientes razones:
1. El 10 de marzo de 2014 hice una llamada al partido ALIANZA VERDE Y hable con la Doctora ASTRID el resultado de la votación al senado no. 73 fue de 128 votos.
2. El día 11 de marzo de 2014, consulté por internet y veo 240 votos
3. Con estos dos informes se ve claro el trasteo de votos porque cuando llamo a la Doctora ASTRID me dice son 128 votos y cuando hago la reclamación automáticamente se multiplica a 240 votos.
4. Hablando con otras personas que no puedo dar sus nombres, me dicen: que en todos los partidos tienen la costumbre de trasteo de votos internamente, para completar las curules no sé qué tan cierto sea esto.
PRETENSIONESORG..cnz..\OÓN Eu:croRAL
Consejo Nacional Electoral
Rr.PÚBT.TCADr. COLOMBTA
Página No. 4 Resolución N° 2467 de 2014
1. Revisar bien con lupa las elecciones del 9 de marzo de 2014, para detectar el trasteo de votos.
2. Verificar mesa a mesa - puesto a puesto e indagar a los responsables de los hechos.
3. Cuando se hace reclamo por teléfono a la Doctora ASTRID dice lo siguiente: les no sé qué tan cierto sea esto. 1.(sic) El 9 de marzo dice 128 votos y luego le llamo y le digo Doctora como va a ser posible, que me ha llamado más de 200 personas a preguntarme que si gané, que ellos votaron por mí y al día siguiente cuando ingreso al internet me aparecen 240 votos ósea se dobla la votación, entonces me crea la duda cuando me dicen algunas personas, que cuando no se completan las curules, trastean los votos de los nuevos candidatos del CONGRESO, para completar la votación a las curules, que no completaron las curules.
4. Creo que no es justo que personas que trabajaron duro en la calle le quiten votos, para completar las curules sin previo aviso de los candidatos nuevos y reconocerle algo por esta votación.
5. Creo que /0 justo es /0 justo. Si todos los partidos utilizan esta estrategia de trasteo de votos de los nuevos senadores en la política es justo que cada candidato que le quitan votos, para completar las curules se le reconozca en dinero. Porque yo estoy de acuerdo que los partidos que hacen esto se beneficien, pero siendo justos con los candidatos a quien se les
quitan votos, para completar las curules de cada partido.
6. Si en este caso el partido ALIANZA VERDE, tuvo que hacer estrategia, para completar la curules no me opongo siempre y cuando hablen con los candidatos, que no hayan cumplido con la curul, para completar las curules de los que tienen más posibilidad, de ir al CONGRESO, pero reconociéndole dinero a los candidatos, que se le quitan votos para dar a otros, /0 importante es que se beneficien con principios éticos y mora/es a favor de los que no llegaron a cumplir, para completar las curules, de los que sí pueden ir al CONGRESO.
7. En el caso de LA CANDIDA TA AL SENADO 73 por ALIANZA VERDE yo FANNY CECILIA ROMERO ROJAS obtuve mucho más votación de lo especificado por la Registraduría, ya que mi campaña fue voz a voz, solo multipliquen 24.000 volantes por 3 daría 72.000 votos y la publicidad fue de 41.000 volantes que multiplicado de 3 en 3 daría 123.000 votos dividido en dos que se hubiera perdido la mitad seria 61.500 votos, esto es, para que ustedes analicen y piensen la corrupción que hay en nuestra Colombia referente a elecciones al CONGRESO cada 4 años. Al parecer el trasteo de votos vienen de mesa en mesa y otros que Ustedes, ya saben a través de la experiencia de los casos internos de la Registraduría, dejo esta inquietud a todos Ustedes, que no solamente ocurre con la SENADORA 73 sino con otros candidatos más y
que de ahí vienen las reclamaciones de otros candidatos."
3. CONSIDERACIONESORG;\.\lI7_\(1ÓN ELECTDR.U.
Consejo Nacional Electoral
REPÚBT.ICADE COLOMBIA
Página No. 5 Resolución N° 2467 de 2014 3.1 COMPETENCIA 3.1.1 CONSTITUCiÓN POLíTICA El numeral 8° del artículo 265 (Modificado por el Acto Legislativo 01/2009) de la Carta Política, confirió competencia a esta Corporación para realizar el escrutinio general, así: "ARTíCULO 265. El Consejo Nacional Electoral tendrá, de conformidad con la ley, las siguientes atribuciones especiales": (...) "Efectuar el escrutinio general de toda votación nacional, hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales a que haya lugar (.. .) ". 3.1.2 Por otra parte, dispone el Código Electoral que esta Corporación es competente para decidir sobre las reclamaciones que se les formulen con fundamento en cualquiera de las causales contempladas en el artículo 192, apreciando cuestiones de hecho o de derecho y que hayan sido presentadas por escrito, durante los escrutinios respectivos, por los candidatos inscritos, sus apoderados o los testigos electorales legalmente constituidos. 4.- EL CASO CONCRETO 4.1 Como es indudable, la candidata FANNY CECILIA ROMERO ROJAS manifiesta su inconformidad con la votación que señala ha obtenido. Resalta la Corporación que en nada se refiere a los escrutinios realizados por las diferentes
comisiones escrutadoras, como tampoco presenta reclamación concreta que tenga fundamento en causal legal. Su solicitud que evidentemente persigue un recuento de su votación, es genérica y ambigua, lo que imposibilita su atención. 4.2 También se refiere al fenómeno del "trasteo de votos" también conocido como trashumancia electoral. Al respecto debe recordarse que las votaciones efectuadas para el Senado de la República, corresponden a una circunscripción de carácter nacional, es decir, que los ciudadanosORG:I..'lJZ.\(.lÓN [mORAL Consejo Nacional Electoral
Rr.PÚBLlCADE COLOMBIA
Página No. 6 Resolución N° 2467 de 2014 colombianos pueden votar para la conformación del Senado, en cualquier parte del territorio nacional, e incluso en el exterior. Existe por lo tanto una gran diferencia con las elecciones de carácter local en las que tiene plena aplicación la prohibición consagrada en el artículo 316 de la Constitución. La falta de concreción en sus pretensiones, así como del señalamiento concreto de causal de reclamación y de pruebas de sus alegaciones, conducen ineludiblemente al rechazo de su solicitud. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE ARTíCULO PRIMERO: RECHAZAR la solicitud presentada por la candidata FANNY CECILIA ROMERO ROJAS, identificada con la cédula de ciudadanía número 41.771.574, inscrita por el Partido Alianza Verde, ocasión de los escrutinios de las votaciones para el Senado de la República.
ARTíCULO SEGUNDO: La presente Resolución se notificará en estrados y contra ella no procede recurso alguno.
NOTIFIQUESE y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 9 días del mes de julio de 2014.
OLlMA CARRILLO PÉREZ !~/l \/ \/. ' \i J~C.M.
SGA. RAD. 2203/14 presente Resolución fue aprobada en sesión del 9 de julio de 2014J salvqento de voto Magistrada NORA TAPIA MONTOYA. \ ~.¡;;;-<- Vicepresidenta