CNE - Resolución 2513 de 2022
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2513 de 2022
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN No. 2513 de 2022 (04 de mayo)
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas , las MODIFICACIONES DE LA S DECLARACIONES POLÍTICAS del PARTIDO ALIANZA VERDE frente a los Gobiernos Municipales de ARMENIA – QUINDIO y SUESCA – CUNDINARMARCA.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018.
CONSIDERANDO
A través de la Resolución N°. 1586 del 01 de abril del 2020, expedida por Consejo Nacional Electoral, se inscribieron las DECLARACIONES POLÍTICAS emitidas por el PARTIDO ALIANZA VERDE , frente algunos gobiernos locales , entre la s cuales se encuentra n las DECLARACIONES POLÍTICAS , frente a los Gobiernos Municipales de ARMENIA –
QUINDIO y SUESCA CUNDINAMARCA.
El artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que “Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.
Que mediante las comunicaciones allegadas a la Asesoria de Inspección y Vigilancia por medio del Gestor Documental ePx, de fecha 23 de marzo de la corriente anualida d, bajo los radicados CNE-E-DG-2022-008677 y CNE-E-DG-2022-008679, los Doctores RODRIGO
medio del Gestor Documental ePx, de fecha 23 de marzo de la corriente anualida d, bajo los radicados CNE-E-DG-2022-008677 y CNE-E-DG-2022-008679, los Doctores RODRIGO ROMERO HERNÁNDEZ , en calidad de Director Ejecutivo y JAIME NAVARRO WOLFF , quien funge como Secretario General del PARTIDO ALIANZA VERDE , remitieron la presentación de las declaraciones políticas en relación con l os Gobiernos municipales de
ARMENIA – QUINDIO y SUESCA - CUNDINAMARCA, asi:
FECHA DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN
INICIAL
SENTIDO DE LA
MODIFICACIÓN 23/03/2022 Quindio Armenia Municipal Independencia Oposición 23/03/2022 Cundinamarca Suesca Municipal Independencia OposiciónResolución No. 2513 de 2022 Página 2 de 4
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la s MODIFICACIONES DE LA S DECLARACIONES POLÍTICAS del PARTIDO ALIANZA VERDE frente a los Gobiernos Municipales de ARMENIA – QUINDIO y SUESCA – CUNDINARMARCA.
Por lo anterior y de acuerdo a lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraciones políticas qu e emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales,
políticas qu e emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político con personería jurídica, en relación con la autoridad competente , el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018.
Que mediante oficio allegado a esta Corporación bajo radicado CNE-E-DG-2022-008679, el Director Ejecutivo del PARTIDO ALIANZA VERDE el Doctor RODRIGO ROMERO HERNÁNDEZ y el Secretario General del PARTIDO ALIANZA VERDE el Doctor JAIME NAVARRO WOLFF manifestaron lo siguiente frente a la postura política del Gobierno municipal de ARMENIA – QUINDIO:
“(…) En desarrollo del Estatuto de la Oposición (Ley 1909 de 2018), y teniendo en cuenta el parágrafo del Artículo 6 de la Ley Estatutaria 1909 de 2020, nos permitimos solicitar la modificación de la declaración política a oposición, frente al gobierno municipal de Armenia - Quindio, radicada con fecha de 31 de enero de 2020.
A partir de la fecha manifestamos que nos declaramos en oposición constructiva y autónoma frente al Gobierno del alcalde electo en el municipio de Armenia en el departamento de Quindio.
(…)
El Secretario General del Partido Alianza Verde certifica que la declaración del Partido Alianza Verde en el marco del parágrafo del artículo 6 de la Ley 1909 del 2018 fue aprobada por unanimidad en la reunión de Comité Ejecutivo Nacional
(…)
El Secretario General del Partido Alianza Verde certifica que la declaración del Partido Alianza Verde en el marco del parágrafo del artículo 6 de la Ley 1909 del 2018 fue aprobada por unanimidad en la reunión de Comité Ejecutivo Nacional que se llevo a cabo el 16 de marzo de 2022. (…)”
Que de igual manera, mediante el oficio allegado con radicado CNE-E-DG-2022-008677, el Director Ejecutivo del PARTIDO ALIANZA VERDE el Doctor. RODRIGO ROMERO HERNÁNDEZ y el Secretario General del PARTIDO ALIANZA VERDE el Doctor JAIME NAVARRO WOLFF solicitaron lo siguiente frente a la postura política al Gobierno municipal
de SUESCA - CUNDINARMARCA:
“(…) En desarrollo del Estatuto de la Oposición (Ley 1909 de 2018), y teniendo en cuenta el parágrafo del Artículo 6 de la Ley Estatutaria 1909 de 2020, nos permitimos solicitar la modificación de la declaración política a oposición, frente al gobierno municipal de Suesca - Cundinamarca, radicada con fecha de 31 de enero de 2022.Resolución No. 2513 de 2022 Página 3 de 4
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la s MODIFICACIONES DE LA S DECLARACIONES POLÍTICAS del PARTIDO ALIANZA VERDE frente a los Gobiernos Municipales de ARMENIA – QUINDIO y SUESCA – CUNDINARMARCA.
A partir de la fecha manifestamos que nos declaramos en oposición constructiva y autónoma frente al Gobierno del alcalde electo en el municipio
ARMENIA – QUINDIO y SUESCA – CUNDINARMARCA.
A partir de la fecha manifestamos que nos declaramos en oposición constructiva y autónoma frente al Gobierno del alcalde electo en el municipio de Suesca en el departamento de Cundinamarca.
(…)
El Secretario General del Partido Alianza Verde certifica que la declaración del Partido Alianza Verde en el marco del parágrafo del artículo 6 de la Ley 1909 del 2018 fue aprobada por unanimidad en la reunión de Comité Ejecutivo Nacional que se llevo a cabo el 16 de marzo de 2022. (…)”
Que una vez verificado los requisitos minimos de procedibilidad , s e dará trámite a la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las MODIFICACIONES DE LAS DECLARACIONES POLÍTICAS inicialmente inscritas por el PARTIDO ALIANZA VERDE frente a los Gobiernos municipales de ARMENIA – QUINDIO y SUESCA CUNDINAMARCA. Lo anterior, al haber sido adoptadas de acuerdo a lo previsto en sus estatutos y suscritas por la autoridad estatutaria mente habilitada del PARTIDO ALIANZA VERDE para tales fines.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Politicos y Agrupaciones Politicas, la s siguientes MODIFICACIONES DE LAS DECLARACIONES POLÍTICAS, emitidas por el PARTIDO ALIANZA VERDE, frente a los Gobiernos municipales de ARMENIA – QUINDIO y SUESCA CUNDINAMARCA, conforme a lo expuesto en la parte
POLÍTICAS, emitidas por el PARTIDO ALIANZA VERDE, frente a los Gobiernos municipales de ARMENIA – QUINDIO y SUESCA CUNDINAMARCA, conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, asi:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTES CARGO
DECLARANTES
Quindio Armenia Municipal Oposición Rodrigo Romero HernándezJaime Navarro Wolff Director Ejecutivo
- Secretario
General Cundinamarca Suesca Municipal Oposición
ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente modificación y anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.Resolución No. 2513 de 2022 Página 4 de 4
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la s MODIFICACIONES DE LA S DECLARACIONES POLÍTICAS del PARTIDO ALIANZA VERDE frente a los Gobiernos Municipales de ARMENIA – QUINDIO y SUESCA – CUNDINARMARCA.
ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al PARTIDO ALIANZA VERDE en la siguiente dirección: Calle 36 N °. 28 A 24 en la ciudad de Bogotá D.C. y en los correos electrónicos administrativo@partidoverde.org.co y secretariageneral@partidoverde.org.co
Calle 36 N °. 28 A 24 en la ciudad de Bogotá D.C. y en los correos electrónicos administrativo@partidoverde.org.co y secretariageneral@partidoverde.org.co
ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.
ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Asesoría de Inspección y Vigilancia mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia.
ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Procuraduría General de la Nación mediante el correo electrónico notificaciones.cne@procuraduria.gov.co.
ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, a los Alcaldes Municipales de ARMENIA – QUINDIO y SUESCA – CUNDINAMARCA, así como a los Concejos de los respectivos Municipios.
ARTÍCULO OCTAVO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (04) días del mes de mayo de dos mil veintidos (2022).
CÉSAR AUGUSTO ABREO MÉNDEZ
Presidente Reglamentario
Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o
Presidente Reglamentario
Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.
Proyectó: DLQC.
Revisó: JAPF
Aprobado en Sala Plena el cuatro (4) de mayo de 2022.