CNE - Resolución 2878 de 2021
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 2878 de 2021
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2021
RESOLUCIÓN No. 2878 de 2021 (12 de agosto) Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA y se FORMULAN CARGOS contra algunos excandidatos avalados por el Partido Conservador Colombiano para los Concejos Municipales de Alcalá, Buenaventura, Buga, Bugalagrande, Candelaria, Cartago, Dagua, El Cerrito, Florida, Ginebra, Jamundí, Pradera, Restrepo, San Pedro, Sevilla, Toro, Trujillo, Tuluá, Zarzal, del Departamento de Valle del Cauca en las elecciones realizadas el día 27 de octubre de 2019, contra los exgerentes de campaña por éstos designados, con ocasión de la no presentación de sus informes de ingresos y gastos de campañas, conforme a lo dispuesto en el inciso 8º del artículo 109 de la Constitución Política, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y la Resolución Interna No. 3097 de 2013; y se FORMULA CARGOS contra el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, en su calidad de organización avalista, por la presunta vulneración del artículo 8 y numeral 1º del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, dentro del expediente No. 20200005068-00. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 3 9 de la Ley Estatutaria 130 de 1994, y el artículo 13 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
el artículo 13 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS 1.1 Mediante oficio CNE -FNFP-803 de fecha 21 de mayo de 2020, la Asesora del Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral, remitió a la Subsecretaría de esta Corporación, la relación de los candidatos avalados por el Partido Conservador Colombiano para las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, que, presuntamente, vulneraron el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al no presentar el informe de ingresos y gastos de sus campañas, entre los cuales, se e ncuentran relacionados algunos excandidatos a los diferentes concejos municipales del Departamento de Valle del Cauca . En lo pertinente , el mencionado oficio indicó lo siguiente: “REFERENCIA: candidatos que presuntamente incumplieron con la obligación de presentar su informe de ingresos y gastos de las campañas, elecciones de octubre 2019. (…) De acuerdo con el tema de la referencia, adjunto al presente la relación de los candidatos por partidos que presuntamente vulneraron el Artículo 25 Inciso Quinto de la Ley 1475 de 2011 y los artículos 1 y 2 de Resolución 3097 de 2013, al incumplir con su obligación de presentar su informe de ingresos y gastos de campaña en los términos de ley o que la presentaron de manera extemporánea.
Lo anterior a fin de que sea sometido a reparto para que se adelanten los correspondientes procesos administrativos sancionatorios.Resolución No. 2878 de 2021 Página 2 de 28
ley o que la presentaron de manera extemporánea. Lo anterior a fin de que sea sometido a reparto para que se adelanten los correspondientes procesos administrativos sancionatorios.Resolución No. 2878 de 2021 Página 2 de 28 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA y FORMULAN CARGOS contra algunos excandidatos avalados por el Partido Conservador Colombiano para los Concejos Municipales de Alcalá, Buenaventura, Buga, Bugalagrande, Candelaria, Cartago, Dagua, El Cerrito, Florida, Ginebra, Jamundí, Pradera, Restrepo, San Pedro, Sevilla, Toro, Trujillo, Tuluá, Zarzal, del Departamento de Valle del Cauca en las elecciones realizadas el día 27 de octubre de 2019, contra los exgerentes de campaña por éstos designados, con ocasión de la no presentación de sus informes de ingresos y gastos de campañas, conforme a lo dispuesto en el inciso 8º del artículo 109 de la Constitución Política, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y la Resolución Interna No. 3097 de 2013; y se FORMULA CARGOS contra el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, en su calidad de organización avalista, por la presunta vulneración del artículo 8 y numeral 1º del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, dentro del expediente No. 20200005068-00. Anexado (1) cuadro en Excel debidamente organizado por movimientos y partidos políticos.
(…)
No. PARTIDO DEPTO MUNICIPIO
CARGO O
CORPORACION
IDENTIFICACIO
N NOMBRES Y APELLIDOS
1
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
políticos.
(…)
No. PARTIDO DEPTO MUNICIPIO
CARGO O
CORPORACION
IDENTIFICACIO
N NOMBRES Y APELLIDOS
1
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA ALCALA CONCEJO 6110735 JAIME CORRALES ZULETA
2
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA CONCEJO 12930918 WILBERTO SALAZAR RODRIGUEZ
3
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA CONCEJO 16489551 JULIO CESAR SANCHEZ CARDONA
4
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA CONCEJO 1087557248 MARCELA SALAZAR AGUIRRE
5
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA CONCEJO 94442872 GAMAL VALENCIA SAA
6
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUGA CONCEJO 1115068634 KAREN ELIANA HINCAPIE LOPEZ
7
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUGA CONCEJO 14875907 CARLOS ALFONSO CAMACHO GONZALEZ
8
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUGA CONCEJO 14885332 VICTOR MANUEL URDINOLA RODRIGUEZ
9
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUGA CONCEJO 31642844 SURY YANNETH ROCHA RAMIREZ
9
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUGA CONCEJO 31642844 SURY YANNETH ROCHA RAMIREZ
10
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUGA CONCEJO 38853506 FRANCIA IDALIA VASCO GOMEZ
11
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUGA CONCEJO 41925023 LUZ DARY PARRA BERNAL
12
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUGA CONCEJO 94477126 ARLEX AUGUSTO AGUDELO MONCADA
13
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUGALAGRANDE CONCEJO 2515328 JORGE ROSENDO TAMAYO ZULETA
14
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUGALAGRANDE CONCEJO 6197132 CARLOS HERNANDO RAMIREZ MARTINEZ
15
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA BUGALAGRANDE CONCEJO 29305972 LUZ AMPARO ZAPATA TORRES
16
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA CANDELARIA CONCEJO 1113515513 MIGUEL OSVALDO MEDINA TORRES
17
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA CANDELARIA CONCEJO 1113517589 ALVARO JOSE MAYA FLOREZ
18
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
17
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA CANDELARIA CONCEJO 1113517589 ALVARO JOSE MAYA FLOREZ
18
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA CANDELARIA CONCEJO 1113540217 YESID ALEXANDER MARTINEZ URCUNQUI
19
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA CANDELARIA CONCEJO 2467786 AGUSTIN DANIEL PINZON POVEDA
20
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA CARTAGO CONCEJO 16221253 HECTOR BURITICA GIRALDO
21
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA CARTAGO CONCEJO 6244707 ALFREDO DUQUE VALENCIA
22
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA DAGUA CONCEJO 94400875 RICARDO ZAPATA MARIN
23
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA EL CERRITO CONCEJO 16863008 EDWIN LOPEZ MIRANDA
24
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA EL CERRITO CONCEJO 16864105 ROGER EDGARDO CAICEDO PEÑA
25
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA FLORIDA CONCEJO 1130592849 JUAN PABLO OROZCO SOLANO
26
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA FLORIDA CONCEJO 16251359 JUAN LUCAS MANCHABAJOY GUERRERO
27
26
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA FLORIDA CONCEJO 16251359 JUAN LUCAS MANCHABAJOY GUERRERO
27
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA FLORIDA CONCEJO 16894887 ANDRES MAURICIO GONZALEZ TOMBE
28
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA FLORIDA CONCEJO 1114874574 LEIDY LORENA NAVAS SANDOVAL
29
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA FLORIDA CONCEJO 16894959 YERSON BEDOYA PEREA
30
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA FLORIDA CONCEJO 25380354 ELIZABETH ARBELAEZ TABORDA
31
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA GINEBRA CONCEJO 1112104991 ANDRES MAURICIO MEJIA ARIAS
32
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA GINEBRA CONCEJO 1112970195 MARIA MERCEDES OSORIO MOLINARI
33
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA JAMUNDI CONCEJO 16844578 JOHN JAVIER MOSQUERA CAICEDO
34
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO VALLE DEL CAUCA PRADERA CONCEJO 6407666 JHON FERNANDO SANCHEZ CESPEDESResolución No. 2878 de 2021 Página 3 de 28
34
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO VALLE DEL CAUCA PRADERA CONCEJO 6407666 JHON FERNANDO SANCHEZ CESPEDESResolución No. 2878 de 2021 Página 3 de 28
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA y FORMULAN CARGOS contra algunos excandidatos avalados por el Partido Conservador Colombiano para los Concejos Municipales de Alcalá, Buenaventura, Buga, Bugalagrande, Candelaria, Cartago, Dagua, El Cerrito, Florida, Ginebra, Jamundí, Pradera, Restrepo, San Pedro, Sevilla, Toro, Trujillo, Tuluá, Zarzal, del Departamento de Valle del Cauca en las elecciones realizadas el día 27 de octubre de 2019, contra los exgerentes de campaña por éstos designados, con ocasión de la no presentación de sus informes de ingresos y gastos de campañas, conforme a lo dispuesto en el inciso 8º del artículo 109 de la Constitución Política, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y la Resolución Interna No. 3097 de 2013; y se FORMULA CARGOS contra el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, en su calidad de organización avalista, por la presunta vulneración del artículo 8 y numeral 1º del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, dentro del expediente No. 20200005068-00.
No. PARTIDO DEPTO MUNICIPIO
CARGO O
CORPORACION
IDENTIFICACIO
N NOMBRES Y APELLIDOS
35
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA PRADERA CONCEJO 6405262 HUBERT GUTIERREZ BURBANO
36
CORPORACION
IDENTIFICACIO
N NOMBRES Y APELLIDOS
35
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA PRADERA CONCEJO 6405262 HUBERT GUTIERREZ BURBANO
36
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA PRADERA CONCEJO 94302195 LUIS EDWIN PAZ VARGAS
37
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA RESTREPO CONCEJO 2617399 ORLANDO ERAZO IBARRA
38
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA SAN PEDRO CONCEJO 2631537 JOSE ALVARO ROJAS GIRALDO
39
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA SEVILLA CONCEJO 6215726 NAVOR JOEL NARANJO LOPEZ
40
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA SEVILLA CONCEJO 1113308777 SANDRA MILENA QUINTERO ZULUAGA
41
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA SEVILLA CONCEJO 4346808 LUIS CARLOS MORENO CASTAÑO
42
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA SEVILLA CONCEJO 94281715 JOSE ALBEIRO GRISALES GALEANO
43
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA TORO CONCEJO 16643359 LUIS HERNANDO CEBALLOS
44
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
43
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA TORO CONCEJO 16643359 LUIS HERNANDO CEBALLOS
44
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA TRUJILLO CONCEJO 1116260939 MONICA NOREÑA GONZALEZ
45
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA TRUJILLO CONCEJO 6510580 LUIS DONCEY ATEHORTUA OSORIO
46
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA TULUA CONCEJO 1116248278 DANIEL ALFREDO CABRERA LONDONO
47
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA ZARZAL CONCEJO 1116439015 YAIR ANDRES IBARGUEN SAAC
48
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA ZARZAL CONCEJO 1143867317 JESUS ANDRES APONTE JARAMILLO
49
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA ZARZAL CONCEJO 16750751 ALVARO ALEXANDER PEREZ RAMIREZ
50
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA ZARZAL CONCEJO 66683410 MARIA ISABEL MORALES GONGORA
51
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA ZARZAL CONCEJO 94230984 JULIAN ENRIQUE QUINTERO POSSO
52
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
51
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA ZARZAL CONCEJO 94230984 JULIAN ENRIQUE QUINTERO POSSO
52
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA ZARZAL CONCEJO 94232759 YEIBI HINESTROZA LOZANO (…) 1.2 Por reparto especial efectuado en Sala Plena el día 17 de junio de 2020, le correspondió al Magistrado JORGE ENRIQUE ROZO RODRÍGUEZ, actuar como ponente del presente asunto, radicado No. 20200005068-00. 1.3. Mediante oficio CNE -FNFP-2386-2020 del 20 de agosto de 2020, la Asesora del Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral remitió a la Subsecretaría de esta Corporación, la relación de candidatos declarados como renuentes y de aque llos cuyo informe de ingresos y gastos no fueron radicados en forma física ante el Consejo Nacional Electoral por parte de las agrupaciones responsables, así: “ASUNTO. Relación de candidatos renuentes y relación de informes de candidatos que no fueron radi cados en físico ante el Consejo Nacional Electoral por parte de las agrupaciones políticas responsables. (…) Por medio del presente oficio me permito remitir dos (2) listados en Excel con la relación de candidatos renuentes y la relación de informes de can didatos que no fueron radicados en físico ante el Consejo Nacional Electoral por parte de la agrupación política responsable, con el objetivo de que se realice el correspondiente reparto a los Honorables Magistrados para que procedan a las respectivas inve stigaciones por la
radicados en físico ante el Consejo Nacional Electoral por parte de la agrupación política responsable, con el objetivo de que se realice el correspondiente reparto a los Honorables Magistrados para que procedan a las respectivas inve stigaciones por la posible vulneración al inciso 5 del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y los artículos 1° y 2° de la Resolución 3097 de 2013.”Resolución No. 2878 de 2021 Página 4 de 28 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA y FORMULAN CARGOS contra algunos excandidatos avalados por el Partido Conservador Colombiano para los Concejos Municipales de Alcalá, Buenaventura, Buga, Bugalagrande, Candelaria, Cartago, Dagua, El Cerrito, Florida, Ginebra, Jamundí, Pradera, Restrepo, San Pedro, Sevilla, Toro, Trujillo, Tuluá, Zarzal, del Departamento de Valle del Cauca en las elecciones realizadas el día 27 de octubre de 2019, contra los exgerentes de campaña por éstos designados, con ocasión de la no presentación de sus informes de ingresos y gastos de campañas, conforme a lo dispuesto en el inciso 8º del artículo 109 de la Constitución Política, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y la Resolución Interna No. 3097 de 2013; y se FORMULA CARGOS contra el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, en su calidad de organización avalista, por la presunta vulneración del artículo 8 y numeral 1º del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, dentro del expediente No. 20200005068-00.
No. PARTIDO DEPTO MUNICIPIO
CARGO O
dentro del expediente No. 20200005068-00.
No. PARTIDO DEPTO MUNICIPIO
CARGO O
CORPORACION CC NOMBRES Y APELLIDOS CANDIDATO
1
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA SAN PEDRO CONCEJO 1113037775 ERNESTO MORALES GUARNIZO
2
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA SAN PEDRO CONCEJO 25026519 GLADYS CANO CORTES
3
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA SAN PEDRO CONCEJO 4860213 JHON JAIRO OSPINA LOPEZ
4
PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO
VALLE DEL
CAUCA ZARZAL CONCEJO 31193057
GLORIA AMPARO MOSQUERA ROMERO 1.4. A través de Auto No. 52 del 3 de agosto de 2020, el Magistrado Ponente solicit ó a la Subsecretaría de la Corporación el desglose del expediente radicado No. 20200005068-00, con el fin de que se separara las actuaciones en relación con los cargos y circunscripciones electorales a los que aspiraron los distintos candidatos avalados por el Partido Conservador Colombiano para las elecciones del 27 de octubre de 2019. 1.5. La Subsecretaría de esta Corporación por medio del oficio CNE-SS-APV-310820C2020000506800 del 31 de agosto de 2020, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto No. 52 del 3 de agosto de 2020, procedió a realizar el debido desglose del radicado número 2020000506800.
2020000506800 del 31 de agosto de 2020, en cumplimiento a lo ordenado en el Auto No. 52 del 3 de agosto de 2020, procedió a realizar el debido desglose del radicado número 2020000506800. 1.6. En Sala Plena del 02 de diciembre de 2020, los Magistrados del Consejo Nacional Electoral acordaron que las actuaciones administrativas relacionadas con la transgresión al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas de candidatos avalados por las distintas organizaciones políticas para las elecciones de autoridades territoriales realizadas el 27 de octubre de 2019 , deberían adelantarse en un solo expediente por cada organización según el reparto inicial efectuado el 03 de julio de 2019. 1.7. Mediante Auto No. 104 del 16 de diciembre de 2020, el Magistrado Ponente solicitó a la Subsecretaría de la Corporación la ACUMULACIÓN de los radicados asignados mediante el oficio de Subsecretaría CNE-SS-LFR/8654/JERR/2020000005068-00 de 24 de agosto de 2020, bajo el único número 20200005068-00. 1.8. A través del Oficio CNE-JERR-174-2021 del 14 de julio de 2021, el Magistrado Sustanciador solicitó al Director Nacional de Identificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil , información sobre el tipo y número de identificaci ón de los siguientes ciudadanos, quienes fungieron como gerentes de campaña según los formularios de inscripción de candidaturas, pero de los cuales no reposa dicha información que permita su plena individualización en la presente investigación:
No. NOMBRES Y APELLIDOS GERENTE
1 RAMIRO ANTONIO GALVEZ NARANJO
de los cuales no reposa dicha información que permita su plena individualización en la presente investigación:
No. NOMBRES Y APELLIDOS GERENTE
1 RAMIRO ANTONIO GALVEZ NARANJO 2 DIANA MARIA HINCAPIE 3 CRUZ SELVIA NAVARRETEResolución No. 2878 de 2021 Página 5 de 28
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA y FORMULAN CARGOS contra algunos excandidatos avalados por el Partido Conservador Colombiano para los Concejos Municipales de Alcalá, Buenaventura, Buga, Bugalagrande, Candelaria, Cartago, Dagua, El Cerrito, Florida, Ginebra, Jamundí, Pradera, Restrepo, San Pedro, Sevilla, Toro, Trujillo, Tuluá, Zarzal, del Departamento de Valle del Cauca en las elecciones realizadas el día 27 de octubre de 2019, contra los exgerentes de campaña por éstos designados, con ocasión de la no presentación de sus informes de ingresos y gastos de campañas, conforme a lo dispuesto en el inciso 8º del artículo 109 de la Constitución Política, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y la Resolución Interna No. 3097 de 2013; y se FORMULA CARGOS contra el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, en su calidad de organización avalista, por la presunta vulneración del artículo 8 y numeral 1º del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, dentro del expediente No. 20200005068-00.
4 YESID NAVARRO
5 JOSE HUMBERTO CASTAÑO CARDONA
6 WILSON HOYOS BERMUDEZ
7 BRAYAN FARID GOMEZ ANTURI
8 RAFAEL ORLANDO ERAZO LAVERDE
4 YESID NAVARRO
5 JOSE HUMBERTO CASTAÑO CARDONA
6 WILSON HOYOS BERMUDEZ
7 BRAYAN FARID GOMEZ ANTURI
8 RAFAEL ORLANDO ERAZO LAVERDE
9 OTONIEL QUICENO RUIZ
10 MAURICIO GOMEZ LLANOS 11 JAMES APONTE ARANA 1.9. Por medio del oficio No. 530 del 2 4 de junio de 2021, la Dra. Gloria Patricia Bastidas, funcionaria de la Coordinación Jurídica de la Dirección Nacional de Identificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil , en respuesta al requerimiento realizado a través del oficio CNE-JERR-174-2021, informó lo siguiente: “En atención al oficio relacionado en la referencia en el que indica que: (...) "bajo radicado No. 20200005068-00, adelanta investigación administrativa con ocasión de la presunta vulneración a las normas contenidas en el inciso 8° del artículo 109 de la Constitución Política, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y la Resolución Interna No. 3097", y que, por lo anterior, solicita se remita constancia con la información que repose en el Archivo Nacional de Identificación sobre el tipo y número de identificación de 10 ciudadanos, dando cumplimiento a su solicitud, se realizó la búsqueda en la base de datos biográfica que contiene la información de los colombianos a quienes la Registraduría Nacional del Estado Civil ha expedido una cédula de ciudadanía. Archivo Nacional de Identificación por lo que, se informa:
Nombres Apellidos Estado Descripción RAMIRO ANTONIO GALVEZ NARANJO Vigente Se anexa certificado de vigencia DIANA MARIA HINCAPIE Vigente Se anexa certificado de vigencia
Nombres Apellidos Estado Descripción RAMIRO ANTONIO GALVEZ NARANJO Vigente Se anexa certificado de vigencia DIANA MARIA HINCAPIE Vigente Se anexa certificado de vigencia YESID NAVARRO Vigente Se anexa certificado de vigencia WILSON HOYOS BERMUDEZ Vigente Se anexa certificado de vigencia BRAYAN FARID GOMEZ ANTURI Vigente Se anexa certificado de vigencia RAFAEL ORLANDO ERAZO LAVERDE Vigente Se anexa certificado de vigencia OTONIEL QUINCENO RUIZ Vigente Se anexa certificado de vigencia MAURICIO GOMEZ LLANO Vigente Se anexa certificado de vigencia JAMES APONTE ARANA Vigente Se anexa certificado de vigencia Conforme a lo anterior, me permito indicar que, de los ciudadanos encontrados con los datos indicados en su oficio, se remiten los correspondientes certificados de vigencia que da cuenta de los datos de identificación de éstos que corresponden a colombianos cedulados.
Respecto de: 1. “CRUZ SELVIA NAVARRETE” e “ANDREA ALVAREZ”, no se encontró información en la base de datos.
2. Así mismo, verificada la base de datos a nombre de “JOSE HUMBERTO CASTAÑO CARDONA” y “CARLOS ALBERTO CASTAÑO” se observa homonimia, para lo cual, seResolución No. 2878 de 2021 Página 6 de 28
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA y FORMULAN CARGOS contra algunos excandidatos avalados por el Partido Conservador Colombiano para los Concejos Municipales de Alcalá, Buenaventura, Buga, Bugalagrande,
Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA y FORMULAN CARGOS contra algunos excandidatos avalados por el Partido Conservador Colombiano para los Concejos Municipales de Alcalá, Buenaventura, Buga, Bugalagrande, Candelaria, Cartago, Dagua, El Cerrito, Florida, Ginebra, Jamundí, Pradera, Restrepo, San Pedro, Sevilla, Toro, Trujillo, Tuluá, Zarzal, del Departamento de Valle del Cauca en las elecciones realizadas el día 27 de octubre de 2019, contra los exgerentes de campaña por éstos designados, con ocasión de la no presentación de sus informes de ingresos y gastos de campañas, conforme a lo dispuesto en el inciso 8º del artículo 109 de la Constitución Política, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y la Resolución Interna No. 3097 de 2013; y se FORMULA CARGOS contra el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, en su calidad de organización avalista, por la presunta vulneración del artículo 8 y numeral 1º del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, dentro del expediente No. 20200005068-00. hace necesario allegar datos adicionales como fecha y lugar de nacimiento, para determinar cuál de los registros corresponde al requerido por su despacho”.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
2.1 COMPETENCIA 2.1.1 Constitución Política “ARTICULO 265. <Artículo modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo 1 de 2009.
El nuevo texto es el siguiente: > El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos,
El nuevo texto es el siguiente: > El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las
siguientes atribuciones especiales: (…)
6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos Políticos y de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías.
(…)
14. Las demás que le confiera la ley.” 2.1.2 Ley 130 de 19941 “Artículo 39. Funciones del Consejo Nacional Electoral. El Consejo Nacional Electoral tendrá las siguientes funciones, además de las que le confiere la Constitución, el Código Electoral y la legislación vigente. a) <Valores reajustados por el artículo primero de la Res olución No. 0140 de 2021> Adelantar investigaciones administrativas para verificar el estricto cumplimiento de las normas contenidas en la presente ley y sancionar a los partidos, movimientos y candidatos con multas cuyo valor no será inferior a CATORCE MI LLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($14.167.395) MONEDA LEGAL COLOMBIANA, ni superior a CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($ 141.673.956) MONEDA LEGAL COLOMBIANA , de conformidad con la gravedad,
SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($ 141.673.956) MONEDA LEGAL COLOMBIANA , de conformidad con la gravedad, eximentes y atenuantes de la infracción cometida. Las violaciones atribuibles a otras personas serán sancionadas con multas aplicables dentro de los límites aquí establecidos. Para la imposición de estas sanciones, el Cons ejo formulará cargos y el inculpado dispondrá de un plazo de quince (15) días para responderlos ”. 2.1.3 Ley 1475 de 20112 “ARTÍCULO 8o. RESPONSABILIDAD DE LOS PARTIDOS. Los partidos y movimientos políticos deberán responder por toda violación o contravención a las normas que rigen su organización, funcionamiento o financiación, así como por las
1 “Por la cual se dicta el estatuto básico de los partidos y movimientos políticos, se dictan normas sobre su financiación y la de las campañas electorales se dictan otras disposiciones”. 2 “Por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones”.Resolución No. 2878 de 2021 Página 7 de 28 Por medio de la cual se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA y FORMULAN CARGOS contra algunos excandidatos avalados por el Partido Conservador Colombiano para los Concejos Municipales de Alcalá, Buenaventura, Buga, Bugalagrande, Candelaria, Cartago, Dagua, El Cerrito, Florida, Ginebra, Jamundí, Pradera, Restrepo, San Pedro, Sevilla, Toro, Trujillo, Tuluá,
Candelaria, Cartago, Dagua, El Cerrito, Florida, Ginebra, Jamundí, Pradera, Restrepo, San Pedro, Sevilla, Toro, Trujillo, Tuluá, Zarzal, del Departamento de Valle del Cauca en las elecciones realizadas el día 27 de octubre de 2019, contra los exgerentes de campaña por éstos designados, con ocasión de la no presentación de sus informes de ingresos y gastos de campañas, conforme a lo dispuesto en el inciso 8º del artículo 109 de la Constitución Política, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y la Resolución Interna No. 3097 de 2013; y se FORMULA CARGOS contra el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, en su calidad de organización avalista, por la presunta vulneración del artículo 8 y numeral 1º del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, dentro del expediente No. 20200005068-00. conductas de sus directivos consideradas como faltas en el artículo 10 de la presente ley.”
(…)
“ARTÍCULO 10. FALTAS. Constituyen faltas sancionables las siguientes acciones u omisiones imputables a los directivos de los partidos y movimientos políticos
1. Incumplir los deberes de diligencia en la aplicación de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización, funcionamiento y/o financiación de los partidos y movimientos políticos.”
(…)
“ARTÍCULO 12. SANCIONES APLICABLES A LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS.
Los partidos y movimientos políticos con personería ju rídica podrán ser objeto de las siguientes sanciones según la gravedad o reiteración de las faltas, la categoría de las
Los partidos y movimientos políticos con personería ju rídica podrán ser objeto de las siguientes sanciones según la gravedad o reiteración de las faltas, la categoría de las entidades territoriales, cuando ellas sean imputables a sus directivos, a sus candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o, en general, cuando sus directivos no adopten las medidas tendientes a evitar la realización de tales acciones u omisiones o cuando no inicien los procedimientos internos tendientes a su investigación y sanción:
1. Suspensión o privación de la financiación estatal y/o de los espacios otorgados en los medios de comunicación social que hacen uso del espectro electromagnético, en los casos de incumplimiento grave de los deberes de diligencia en la aplicación de las disposiciones constitucionales o legales que regulan la organización, funcionamiento y/o financiación de dichas organizaciones políticas, y cuando se trate de las faltas a que se refieren los numerales 1 al 8 del artículo 10.
2. Suspensión de su personería jurídica, hasta por cuatro (4) años, cuando se trate de las faltas a que se refieren los numerales 1 al 4 del artículo 10.”
“ARTÍCULO 13. COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO PARA IMPONER SANCIONES A LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS. El Consejo Nacional Electoral es titular del ejercicio preferente en la competencia y procedimiento para imponer sanciones a partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos.
1. La resolución mediante la cual ordene la apertura de la correspondiente investigación deberá formular cargos, claramente las faltas atribuibles, los hechos objeto de investigación, las pruebas de que dispone, las disposiciones infringidas y las
1. La resolución mediante la cual ordene la apertura de la correspondiente investigación deberá formular cargos, claramente las faltas atribuibles, los hechos objeto de investigación, las pruebas de que dispone, las disposiciones infringidas y las sanciones aplicables. Si el Consejo Nacional Electoral no dispusiere de elementos de juicio suficientes para formular cargos, adelantar á previamente la correspo
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