CNE - Resolución 3129 de 2022
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 3129 de 2022
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN No. 3129 de 2022 (08 de junio)
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO , frente al Gobierno Municipal de TRINIDAD –
CASANARE.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018.
CONSIDERANDO
Qué, a través de la Resolución N° 1587 del 01 de abril del 2020, el Consejo Nacional Electoral ordenó inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las declaraciones emitidas por el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, frente algunos gobiernos locales , entre los cuales se enc uentran la declaración política frente a la Administración Municipal de TRINIDAD – CASANARE, así:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTES CARGO DECLARANTES
Casanare Trinidad Municipal Gobierno Omar Yepes Alzate
Representante Legal y Presidente
Qué, el artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que “Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.
Qué, mediante solicitud allegada a la Asesoria de Inspección y Vigilancia , el doctor OMAR YEPES ALZATE , quien funge como Presidente y Representante Legal del PARTIDO
el periodo de gobierno”.
Qué, mediante solicitud allegada a la Asesoria de Inspección y Vigilancia , el doctor OMAR YEPES ALZATE , quien funge como Presidente y Representante Legal del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, presentó la solicitud de modificación de declaración política con radicado de entrada CNE-E-DG-2022-012348, en el cual remite el oficio PCC/PDTE-0382022, respecto de la Cinrcunscripción Municipal anteriormente referida, asi:Resolución No. 3129 de 2022 Página 2 de 4
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, frente al Gobierno Municipal de TRINIDAD – CASANARE.
DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN
INICIAL
SOLICITUD DE
MODIFICACIÓN
DE
DECLARACIÓN
DECLARANTES CARGO
DECLARANTES
Casanare Trinidad Municipal Gobierno Independencia Omar Yepes Alzate
Representante Legal y Presidente
Por lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción o modificación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, d e las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o
declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político con personería jurídica, en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018.
Luego de una revis ión fáctica y jurí dica de la s solicitudes remitidas por parte del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, se observa que la modificación de la declaración política fue adoptada y presentada conforme a lo dispuesto en el numeral 18 del articulo 45 de los Estatutos de la refeida organización política, el cual indica:
“ARTÍCULO 45. (Modificado por la Conferencia de Directorios Regionales) Son funciones del Directorio Nacional Conservador:
(…)
18. Interpretar y reglamentar los presentes Estatutos.”
En cuanto al procedimiento y la autoridad estatutariamente establecida para la presentación de la solicitud de modificación de la declaración política, se encuentra que las mismas cumplen con lo estipulado en el articulo primero de la Resolucion N° 001 del 2020 “Por medio de la cual se establece el mecanismo interno para la aplicación de la Ley estatutaria 1909 de 2018 a nivel departamental y municipal” , en la cual el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO estableció el procedimiento interno para la expedición de la declaración política, así:
“ARTÍCULO 1 - PROCEDIMIENTO INTERNO DE DECLARACIÓN
POLÍTICA.
Cada una de las bancadas debidamente conformadas en los niveles
estableció el procedimiento interno para la expedición de la declaración política, así:
“ARTÍCULO 1 - PROCEDIMIENTO INTERNO DE DECLARACIÓN
POLÍTICA.
Cada una de las bancadas debidamente conformadas en los niveles departamentales y municipales deberán realizar una reunión levantando un acta de asistencia, con firma y fecha en la cual expondrán cuál es el sentido de la declaración política. Podrán declar arse de gobierno, oposición o independientes. Esta decisión deberá estar motivada en el acta y enviada inmediatamente al Directorio Nacional Conservador, por intermedio de la Secretaria General para que la misma proceda a enviar comunicación conResolución No. 3129 de 2022 Página 3 de 4
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, frente al Gobierno Municipal de TRINIDAD – CASANARE.
el soporte del acta al Consejo Nacional electoral, con la declaración políticamente tomada (…)”.
Con base en lo anterior, s e procederá a la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de l a modificacion de la declaración política, adoptada de acuerdo a lo previsto en sus estatutos y suscritas por la autoridad estatutariamente habilitada por el PARTIDO C ONSERVADOR COLOMBIANO para tales fines.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y
fines.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA, emitida por el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, frente al siguiente Gobierno Municipal, la cual quedará así:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTE CARGO
DECLARANTE
Casanare Trinidad Municipal Independencia Omar Yepes Alzate Representante Legal y Presidente
ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente modificación y anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al partido político:
PARTIDO O
MOVIMIENTO
POLÍTICO
DIRECCIÓN CIUDAD CORREO ELECTRÓNICO
Partido Conservador Colombiano Av.Cra. 24 N°. 3709 Bogotá D.C secretariageneral@partidoconservador.org juridica@partidoconservador.org
ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.Resolución No. 3129 de 2022 Página 4 de 4
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones
recursos.Resolución No. 3129 de 2022 Página 4 de 4
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, frente al Gobierno Municipal de TRINIDAD – CASANARE.
ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Asesoría de Inspección y Vigilancia mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co.
ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Procuraduría General de la Nación mediante el correo electrónico notificaciones.cne@procuraduria.gov.co.
ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al Alcalde Municipal de TRINIDAD – CASANARE, así como al concejo municipal a los correos electrónicos contactenos@trinidad-casanare.gov.co, juridica@trinidad-casanare.gov.co, concejo@trinidad-casanare.gov.co y concejo@trinidadcasanare.gov.co.
ARTÍCULO OCTAVO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los ocho (08) días del mes de junio de dos mil veintidós (2022).
CÉSAR AUGUSTO ABREO MÉNDEZ
Dada en Bogotá D.C., a los ocho (08) días del mes de junio de dos mil veintidós (2022).
CÉSAR AUGUSTO ABREO MÉNDEZ
Presidente Reglamentario
Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.
Proyectó: DLQC.
Revisó y Aprobó: JAPF.
Aprobado en Sala Plena el ocho (8) de junio de 2022