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CNE - Resolución 3181 de 2020

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 3181 de 2020
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2020

RESOLUCIÓN No. 3181 de 2020 (21 de octubre)

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA del PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE, frente al Gobierno municipal de Chía - Cundinamarca.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018.

CONSIDERANDO

A través de la Resolución No. 1725 de 2020, el Consejo Nacional Electoral inscribió las declaraciones políticas emitidas por el Partido COLOMBIA RENACIENTE , frente algunos gobiernos locales, entre los cuales se encuentra la declaración política de gobierno frente al gobierno municipal de Chía - Cundinamarca.

El artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que “Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.

Mediante solicitud recibida vía correo electrónico el día dieciséis (16) de septiembre de 2020, la señora VIVIAN JHOANNA SAA SILVA, en calidad de Secretaria General del Partido COLOMBIA RENACIENTE, remitió solicitud suscrita por el señor ANDRÉS MATEO BELTRÁN ROJAS, quien en calidad de único concejal de esa organización política en el municipio de Chía - Cundinamarca, solicita la modificación de la declaración política inscrita frente al Gobierno municipal, así:

ROJAS, quien en calidad de único concejal de esa organización política en el municipio de Chía - Cundinamarca, solicita la modificación de la declaración política inscrita frente al Gobierno municipal, así:

Por lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral, pronunciarse sobre la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraci ones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político

FECHA DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN

INICIAL

SENTIDO DE

LA

MODIFICACIÓN

16/09/2020 Cundinamarca Chía Municipal Gobierno OposiciónResolución No. 3181 de 2020 Página 2 de 3

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA emitida por el PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE, frente al Gobierno municipal de Chía - Cundinamarca.

con personería jurídica, en relación con la autoridad competente , el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018.

Luego de una revisión fáctica y jurídica de la solicitud allegada por el Partido COLOMBIA RENACIENTE, se observa que la modificación de la declaración polí tica, fue adoptada y

la Ley 1909 de 2018.

Luego de una revisión fáctica y jurídica de la solicitud allegada por el Partido COLOMBIA RENACIENTE, se observa que la modificación de la declaración polí tica, fue adoptada y presentada conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de los estatutos del partido, conforme al cual:

“ARTÍCULO 37. Mecanismo para realizar la declaración política de que trata la ley 1909 de 2018 . Los miembros de las Bancadas de cada nivel definirán por votación uninominal, publica y de mayoría simple, su declaración de oposición, independencia o de gobierno.”

Con base en lo anterior, s e procederá a la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de l a modificación a la declaración política correspondiente al municipio de Chía - Cundinamarca adoptada de acuerdo a lo previsto en sus estatutos y suscrita por las autoridades estatutarias competentes del Partido COLOMBIA

RENACIENTE.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA, emitida por el PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE, frente al Gobierno municipal de Chía - Cundinamarca, la cual quedará así:

DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTE CARGO

DECLARANTE

Cundinamarca Chía Municipal Oposición Andrés Mateo Beltrán Rojas Concejal

la cual quedará así:

DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN DECLARANTE CARGO

DECLARANTE

Cundinamarca Chía Municipal Oposición Andrés Mateo Beltrán Rojas Concejal

ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente modificación y anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE en la Cra. 37 A No. 5B 2-56 Barrio San Fernando Nuevo, en la ciudad de Cali, Valle del Cauca, y en el correo electrónico partidorenaciente@gmail.com.Resolución No. 3181 de 2020 Página 3 de 3

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA emitida por el PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE, frente al Gobierno municipal de Chía - Cundinamarca.

ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.

ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Asesoría de Inspección y Vigilancia mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia.

Subsecretaría de la Corporación a la Asesoría de Inspección y Vigilancia mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia.

ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación a la Procuraduría General de la Nación mediante el correo electrónico notificaciones.cne@procuraduria.gov.co.

ARTÍCULO SÉPTIMO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría de la Corporación, al Alcalde Municipal de Chía - Cundinamarca, así como al Concejo Municipal de lo aquí resuelto.

ARTÍCULO OCTAVO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veintiún (21) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020).

HERNÁN PENAGOS GIRALDO

Presidente

JORGE ENRIQUE ROZO RODRÍGUEZ

Vicepresidente

Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificad o por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.

Proyectó: NMG.

Revisó: MSR.

Aprobó: JAVY.

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