CNE - Resolución 5516 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 5516 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 5516 DE 2023 (26 de julio)
Por medio de la cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la p osible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALDAS del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las atribuidas por el a rtículo 265 de la Constitución Política , el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. En concordancia con el calendario electoral establecido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 y el 29 de agosto del 2023, se llevará a cabo la inscripción de cédulas de ciudadanía para las elec ciones territoriales y locales que tendrán lugar el próximo 29 de octubre del 2023.
1.2. El Consejo Nacional Electoral mediante Acta de reparto del 6 de octubre del año 2022, designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.
1.3 Mediante Auto MMA -027 del 11 de abril del 2023 el despacho avocó conocimiento y dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.
1.4 El Auto mencionado en el numeral an terior, fue notificado en debida forma a la
dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.
1.4 El Auto mencionado en el numeral an terior, fue notificado en debida forma a la Registraduría y a la Alcaldía del municipio de CALDAS. 1.5. En cumplimiento de lo dispuesto en el Auto del 11 de abril de 2023, la oficina de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el 09 d e m ayo del 2023 entreg ó al despacho sustanciador las bases de datos del Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social -ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPSy Archivo Nacional de Identificación -ANI-.Resolución 5516 de 2023 Página 2 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALDAS del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
1.6. El 21 de junio de 2023 la Registraduría Nacional del Estado Civil remitió el listado de cédulas inscritas en el departamento de ANTIOQUIA, entre los cuales se relaciona el nombre de los registrados a 31 de mayo de 2023, en el municipio de CALDAS. 1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar posi ble inscripción
1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar posi ble inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALDAS.
2. CONSIDERACIONES
2.1. Competencia.
De conformidad con el artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 11 del Decreto 2241 de 1986, así como la Ley 1475 del 2011 y l a Resolución 2857 de 2018 frente a lo dispuesto en el artículo 316 Superior, esta Corporación es competente para conocer, vigilar e inspeccionar los temas concernientes a la inscripción irregular de cédulas.
2.2. Inscripción de cédulas y residencia electoral.
De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 1475 del 2011, la inscripción para votar es un acto que se realiza de forma automática al momento de expedir la cédula de ciudadanía, sin embargo, la ley contempla que en caso de que el ciudadano cambie el lugar de domicilio o residencia, dicho proceso se llevará a cabo dentro del año anterior al respectivo proceso electoral y se cerrará dos (2) meses antes de la respectiva jornada electoral de que se trate. Así las cosas, para el presente proceso electoral dicha inscripción se llevará a cabo durante el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 hasta el 29 de agosto del 2023.
De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de autorida des locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.
De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de autorida des locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.
Para efectos de lo dispuesto en la norma en cita, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 precisa que, la residencia es aquella en la que se encuentra registrado el votante en el censo electoral, pues mediante dicha inscripción declara bajo la gravedad del juramento residir en el municipio en el que se lleva a cabo la elección. La jurisprudencia1 señala que sólo cuando se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio el Consejo Nacional Electoral dejará sin efecto la última inscripción.
1 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 2719. 30 de noviembre de 2001. C.P. MARIO ALARIO MÉNDEZ. Actor: DANIEL ART URO MORALES RIVEROS. Demandado: ALCALDE DEL MUNICIPIO DE FOSCA.Resolución 5516 de 2023 Página 3 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALDAS del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
La Sección Quinta del Consejo de Estado2 ha delimitado el concepto de residencia electoral como el lugar en el que se encuentra registr ado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde
como el lugar en el que se encuentra registr ado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde una persona habita, (ii) el lugar en el que una persona de manera regular está de asiento, (iii) el lugar donde una persona ejerce su profesión u oficio, o (iv) el lugar en el que una persona posee alguno de sus negocios o empleo.
En ese orden de ideas , la Corporación en cita ha manifestado que no se puede limitar la residencia electoral a aquellas personas q ue solo habiten o residen en el municipio, dichos presupuestos materiales pueden determinar que una persona posea al mismo tiempo la opción de varias residencias electorales, tal como puede ocurrir con el domicilio. No obstante, respecto de aquélla, la ley establece que debe ser única y se determina por la decisión del ciudadano de inscribir su cédula en el municipio o en alguno de los municipios en relación con los cuales tiene uno cualquiera o varios de los vínculos previstos.
2.3. Fraude en inscripción de cédulas y trashumancia electoral.
El artículo 389 de la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal, modificado por el artículo 4 de la Ley 1864 de 2017, tipific ó como delito el fraude de inscripción irregular de cédulas, al señalar que “El que por cualquier medio indebido logre que personas habilitadas para votar inscriban documento o cédula de ciudadanía en una localidad, municipio o distrito diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá
diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá en prisión de cuatro (4) a nueve (9) años y multa de cincuenta a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
La misma norma advierte que, e n igual pena incurri rá quien con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para terceros , inscriba su documento o cédula de ciudadanía en localidad, municipio, o distrito diferente a su lugar de nacimiento o residencia.
Asimismo, e l Consejo de Estado 3 ha definido l a trashumancia electoral como la acción de inscribir la cédula para votar por un determinado candidato u opción política en un lugar distinto al que se reside o en el que se encuentre un verdadero arraigo o interés, así mismo advirtió que aquel ciudadano ( i) que no resida en el respectivo municipio, (ii) que no tenga asiento regular en el mismo, (iii) que no ejerza allí su profesión u oficio y (iv) que tampoco posea algún negocio o empleo serán declarados como trashumantes y en consecuencia se
2 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 1203. 18 de noviembre de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: LUIS ÁNGEL VELÁSQUEZ MILLÁN. Demandado: ANDRÉS FELIPE RAMÍREZ RESTREPO - ALCALDE DE JAMUNDÍ- VALLE DEL CAUCA, PERÍODO 2020-2023. 3 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 0004. 29 de abril de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: DANIEL ELÍAS CEBALLOS
2020-2023. 3 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 0004. 29 de abril de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: DANIEL ELÍAS CEBALLOS BRITO. Demandado: DIPUTADOS A LA ASAMBLEA DE LA GUAJIRA, PERIODO 2020-2023.Resolución 5516 de 2023 Página 4 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALDAS del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
dejará sin ef ecto la inscripción de la cédula a través del procedimiento breve y sumario estipulado en la Resolución Nº. 2857 del 2018 del Consejo Nacional Electoral.
En ese mismo sentido, el Consejo Nacional Electoral en la Resolución N.º 2857 de 2018 indicó que la trashumancia electoral consiste en participar indebidamente en elecciones de autoridades territoriales y decisiones de la misma naturaleza, mediante la inscripción de la cédula de ciudadanía sin tener residencia electoral en la respectiva circunscripción.
2.4 Procedimiento para dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
El Consejo Nacional Electoral debe someterse a los límites y formalidades establecidos en la Constitución y la ley en todas las actuaciones que adelante, incluida la orientada a comprobar la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.
En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la
la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.
En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la competencia para declarar sin efecto la inscripci ón cuando en el marco de un procedimiento breve y sumario se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio.
El procedimiento orientado a tal fin se encuentra desarrollado en la Resolución Nº. 2857 de 2018 proferida por el Consejo Nacion al Electoral. En el artículo 1 de la Resolución en cita faculta al Consejo Nacional Electoral para iniciar la actuación administrativa por trashumancia electoral para que de oficio o a solicitud de parte realice el procedimiento administrativo breve y sumario orientado a dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
Cuando se presente queja por parte de cualquier ciudadano , el Consejo Nacional Electoral estableció en el artículo 4 de la mencionada Resolución, los siguientes requisito s para que la queja sea tramitada por la autoridad electoral:
“Artículo cuarto. Requisitos de la queja . La queja que se presentará de manera escrita, o en el formulario diseñado para el efecto y deberá contener:
a) Nombres y apellidos completos del solic itante o de su apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y la dirección de notificación física y/o electrónica y manifestación de si acepta recibir notificación por este medio. b) El objeto de la queja. c) Narración de los hechos en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que
medio. b) El objeto de la queja. c) Narración de los hechos en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que presuntamente no residen en el municipio donde se inscribieron para sufragar o de elementos probat orios que permitan identificarlos. Esta relación deberá entregarse igualmente, en medio digital. e) Indicación de las pruebas que pretende hacer valer o de aquellas cuya práctica solicita.Resolución 5516 de 2023 Página 5 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALDAS del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
f) Copia de la solicitud en medio magnético. g) Firma del solicitante.
PARÁGRAFO. - Cuando el ciudadano considere que la solicitud pone en riesgo su integridad o la de su familia, antes de presentar la queja, podrá solicitar ante el Ministerio Público el procedimiento especial de solicitud con identificación reservada, conforme lo dispone el parágrafo del artículo 4 de la Ley 1712 de 2014”.
Asimismo, según el artículo 6 de la misma normativa, las quejas que no reúnan los requisitos señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.
Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la
señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.
Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la queja y de la nueva solicitud que eventualmente decida presentar el pe ticionario con cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Resolución N.º 2857 de 2018.
2.5 Control del Consejo Nacional Electoral para combatir la trashumancia electoral.
El Decreto 1294 del 2015 establec ió los mecanismos que pos ibilitan un control efectivo y oportuno por parte del Consejo Nacional Electoral sobre la inscripción de cédulas de ciudadanía para combatir la trashumancia electoral, el cual en su artículo 2.3.1.8.5, dispuso que la Registraduría Nacional del Estado Civil remitirá́ al Consejo Nacional Electoral, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes calendario durante el periodo de inscripciones y dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento de las mismas, el resultado del cruce de base de datos.
Así las cosas, u na vez se analice el comportamiento atípico en la inscripción de cédulas de ciudadanía en el departamento, se decretará el cruce de las bases de datos que servirán como soporte para adoptar decisiones. El cruce de la información suministrada e n las bases de datos se realiza de forma simultánea considerando como prueba de residencia, la coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social ,
coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social , Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPS-, Archivo Nacional de Identificación -ANIy censo electoral.
Adicional, la Registraduría Naci onal del Estado Civil durante el periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía, pondrá a disposición del Consejo Nacional Electoral la siguiente información i) bases de datos de inscritos en el respectivo distrito o municipio, ii) Archivo Nacional de Ide ntificación ANI, iii) Potencial de Inscritos y iv) Datos Históricos del Censo Electoral.Resolución 5516 de 2023 Página 6 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALDAS del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
De conformidad con el artículo 9 de la Resolución N.º 2857 del 2018, con base en los resultados de los cruces de las bases de datos , el Consej o Nacional Electoral podrá comisionar servidores públicos vinculados o adscritos a la Organización Electoral para la práctica de pruebas, incluidas visitas especiales a los municipios.
2.6. Caso concreto.
Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de reparto del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal
2.6. Caso concreto.
Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de reparto del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.
El despacho sustanciador consider ó pertinente verificar los r egistros de los ciudadanos inscritos para sufragar en las próximas elecciones de autoridades locales en el municipio de CALDAS. Para el efecto se cruzaron las bases de datos, entre las que se encuentran: SISBEN, ADRES, DPS, ANI y Censo Electoral, verificac ión que permitió comprobar a través de un procedimiento breve y sumario si existe o no inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
Para la referida verificación, la Registraduría Nacional del Estado Civil durante el periodo de inscripciones, remitió a l Consejo Nacional Electoral dentro de los diez (10) primeros días de cada mes el consolidado de inscripción de cédulas y las mencionadas bases de datos.
El análisis de datos se realizó conforme dispone el artículo 8 de la Resolución Nº. 2857 de 2018 expedida por esta Corporación, de manera simultánea, así: El registro del SISBEN a fin de identificar la afiliación de los ciudadanos en el mismo; el registro del ADRES teniendo en cuenta tanto el régimen contributivo como el subsidiado; el DPS para corroborar información de los programas de del sector de inclusión social y reconciliación, el censo electoral con el propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023.
propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023. Para efectos de la decisión, se tom ó única y exclusivamente con base en el criterio general de coincidencia positiva sobre residencia electoral, es decir, la que coincida con el lugar de inscripción para votar y al menos se encuentre en alguna de las bases de datos utilizadas, un vínculo que permita establecer la relación con el municipio. En los casos en que la información suministrada en la inscripción de cédula de ciudadanía no coincidió como mínimo en una de las bases de dat os anteriormente relacionadas, la Sala resolverá dejar sin efecto la última inscripción.Resolución 5516 de 2023 Página 7 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALDAS del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
El declarado trashumante no podrá volver a inscribir su cédula de ciudadanía para el mismo proceso electoral en el lugar del cual fue excluida como consecuencia del p rocedimiento aquí previsto, tampoco podrá ser designado ni ejercer como jurado de votación en tal entidad territorial. Lo anterior, sin perjuicio de l recurso de reposición que pueda presentar a efectos de probar su residencia electoral.
Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadas
Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadas anteriormente, relacionados con el municipio de CALDAS del departamento de ANTIOQUIA.
Conforme a lo expuesto, una vez adelantados los procedimientos establecidos , recaudado el material probatorio y teniendo en cuenta la verificación de la información contenida e n el censo electoral del municipio de CALDAS y el cruce las bases de datos (SISBEN, ADRES, DPS y ANI), la Sala procede a dejar sin efecto la inscripción de cédulas que se relacionan en la parte resolutiva teniendo en cuenta que se evidenció que no correspo nden a su s residencias electorales.
Lo anterior, sin perjuicio que el ciudadano pueda ejercer su derecho al voto, en el lugar en que tenía inscrita su cédula de ciudadanía previamente a dejar sin efecto la última inscripción y que corresponda en efecto, con su residencia electoral.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO : DEJAR SIN EFECTO la inscripción de las cé dulas de ciudadanía realizada en el municipio de CALDAS, del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales a realizarse el veintinueve (29) de octubre del 2023, al no acreditarse la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación:
N.º C.C. NOMBRES FECHA Y HORA DE INSCRIPCIÓN 2835826 GOMEZ MEDINA RAMIRO 2023/03/16 15:38:06
la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación: N.º C.C. NOMBRES FECHA Y HORA DE INSCRIPCIÓN 2835826 GOMEZ MEDINA RAMIRO 2023/03/16 15:38:06 3438542 MARIN DELGADO JOSE RICARDO 3/05/2023 9:12 3474315 DOMINGUEZ JARAMILLO BERNARDO 31/05/2023 14:29 3517614 BETANCUR SANCHEZ OSCAR 10/05/2023 14:26 5401895 HERNANDEZ APARICIO ANDERSON ANTONIO 31/05/2023 8:37 6786123 LONDOÑO MEJIA ARMANDO 20/02/2023 12:18:06 PM 6786210 JARAMILLO AMAYA JAIRO ENRIQUE 19/05/2023 12:01 7318247 ZAMBRANO WEYMAN 28/02/2023 3:41:16 PM 8037512 ECHAVARRIA HIGUITA CAMILO ALBERTO 19/05/2023 14:50 8163397 VELEZ ZAPATA LUIS JADER 2023/03/15 9:19:48 8343478 TAMAYO ESCOBAR JESUS ALFREDO 16/11/2022 10:23:23 AMResolución 5516 de 2023 Página 8 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALDAS del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
8458577 RESTREPO HENAO JORGE MARIO 11/05/2023 14:35
autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
8458577 RESTREPO HENAO JORGE MARIO 11/05/2023 14:35 8853233 FRANCO ORTEGA SERGIO ALFONSO 13/02/2023 11:12:11 AM 13959355 LEON MARIN EDWIN 10/11/2022 1:39:03 PM 15258470 ALZATE ARRUBLA ORLANDO DE JESUS 26/05/2023 11:05 15335116 RAMIREZ CORREA JHON OSCAR 16/05/2023 14:41 15345227 CARO CARO RODRIGO DE JESUS 15/05/2023 11:12 16401370 MONDRAGON TORRES ROBERT ALESANDER 2023/03/14 10:22:02 18412982 HOYOS QUESADA HENRY 3/05/2023 14:19 21548698 SEPULVEDA HERNANDEZ LUZBIELA 2/11/2022 8:49:29 AM 22228082 CADAVID BUILES LUZ MARINA DEL SOCORRO 29/05/2023 16:05 22651975 SAAVEDRA CERVANTES BELKYS MARIA 10/05/2023 9:59 24362870 PATIÑO AGUIRRE CLARA INES 20/02/2023 12:14:15 PM 24705263 CORTES GOMEZ NINFA AYDEE 2023/03/16 15:44:42 25181678 CEFERINO PEREZ ELENA PATRICIA 13/04/2023 11:09:32 AM 25290622 RICO SANCHEZ SANDRA MILENA 15/05/2023 14:35 27605895 PALLARES DELGADO YAJAIRA 23/05/2023 15:02
25290622 RICO SANCHEZ SANDRA MILENA 15/05/2023 14:35 27605895 PALLARES DELGADO YAJAIRA 23/05/2023 15:02 28984979 GIRALDO TEJADA DORA ELCY 16/05/2023 15:24 30082086 GARCIA LUZ DARY 30/05/2023 11:44 30373666 CARDONA GALVIS ROSMERY 12/05/2023 10:37 30662038 HERNANDEZ NIEVES YOMAIRA JUDITH 2023/03/31 14:12:16 31474065 CASTRILLON CHICAIZA ROSA ELENA 26/04/2023 11:55:43 AM 32208269 BRAVO VASQUEZ ERICA LILIANA 30/05/2023 15:57 32352614 CANO ZAPATA MONICA MARIA 2023/03/03 9:29:02
32466028 ORTIZ ORTIZ AMADA DE JESUS 2023/03/28 11:58:45
39160524 GIL VARGAS NOHELIA DE LAS MERCEDES 27/02/2023 3:41:03 PM 39164997 CHAVARRIAGA RESTREPO ANA DEL CARMEN 11/05/2023 15:21 39387371 OSPINA CORRALES LUZ DARY 2023/03/17 12:45:44 39706590 ATEHORTUA MOLINA IRLESA MARIA 2023/03/15 11:59:36 42732583 OCHOA ARIAS BIBIANA 3/05/2023 10:33 42745595 RESTREPO CARTAGENA BLANCA EUNICE 10/05/2023 14:30
42757583 BERRIO BOLIVAR MARTHA LUCIA 27/02/2023 2:45:06 PM
42745595 RESTREPO CARTAGENA BLANCA EUNICE 10/05/2023 14:30 42757583 BERRIO BOLIVAR MARTHA LUCIA 27/02/2023 2:45:06 PM 42796024 GIL RODRIGUEZ MARTHA CECILIA 2023/03/09 16:09:05 42799235 ARIAS TAMAYO LILIANA MARIA 11/11/2022 8:51:04 AM 42820435 MOLINA CORREA LUZ STELLA 5/05/2023 14:29 42986743 PATIÑO AGUIRRE OLGA CECILIA 20/02/2023 12:22:02 PM 42989088 ACEVEDO RIVAS MARTA OLGA 8/05/2023 13:23 43093318 ARROYAVE VARGAS MARTA CECILIA 2023/03/27 12:34:18 43095736 HERRERA FORONDA MARIA SOL 30/05/2023 9:03 43165300 JARAMILLO VILLEGAS CLAUDIA 19/05/2023 11:56 43182223 CASTRO JULIO MARIA DEL PILAR GREGORIA 23/05/2023 15:08 43437776 OSORIO AGUDELO DIANA PATRICIA 31/05/2023 8:12 43441308 SANCHEZ MARIN ALBA LUCIA 2023/03/15 15:23:44 43448172 RAMIREZ MONICA MARIA 29/10/2022 8:22:07 AM 43454228 GAÑAN CARDONA MARIA EUGENIA 28/04/2023 2:44:27 PM 43478087 DIEZ ORFILIA DE JESUS 18/04/2023 3:13:21 PM 43547021 CUADROS MARLENY DEL SOCORRO 31/05/2023 8:24
43478087 DIEZ ORFILIA DE JESUS 18/04/2023 3:13:21 PM 43547021 CUADROS MARLENY DEL SOCORRO 31/05/2023 8:24 43571673 DIAZ RAMIREZ CLAUDIA CRISTINA 30/05/2023 11:03 43577545 FERNANDEZ SANCHEZ SANDRA JOEMY 26/05/2023 11:59 43609469 JARAMILLO VASQUEZ TATIANA MARIA 3/05/2023 10:37 43614828 ARANZAZU ALZATE SANDRA MILENA 13/02/2023 2:57:15 PM 43633391 ARBOLEDA GALEANO ADRIANA MARIA 9/05/2023 8:34 43681176 SANCHEZ AGUDELO LUZ MARINA 5/05/2023 9:25 43681472 BUSTAMANTE GONZALEZ MARTHA DIANA 2023/03/08 9:56:57 43685271 ESCOBAR CORREA MONICA 29/05/2023 14:43 43685990 MUNERA QUINTERO DIANA ISABEL 28/04/2023 3:47:00 PMResolución 5516 de 2023 Página 9 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de CALDAS del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
43707733 GOMEZ YADIRA ALEXANDRA 24/04/2023 10:57:55 AM 43739633 MORENO GOMEZ LUZ AMPARO 3/05/2023 9:48
43707733 GOMEZ YADIRA ALEXANDRA 24/04/2023 10:57:55 AM 43739633 MORENO GOMEZ LUZ AMPARO 3/05/2023 9:48 43871702 GUERRA GOMEZ LINA MARIA 24/05/2023 9:09 43873038 SANMARTIN MUÑOZ MARIA ANGELICA 3/05/2023 9:15 43907025 ARIAS RESTREPO ERIKA YULIET 23/02/2023 1:33:36 PM 43983973 BEDOYA MONCADA MARIA ISABEL 3/05/2023 10:29 52741574 FAURA ARELLANO ERIKA MIOSOTI 26/05/2023 11:01 52745680 MANCIPE CLAUDIA PATRICIA 2023/03/16 15:58:40 52782732 MONDRAGON GIL LUZ CARIME 19/05/2023 14:41 63359534 VARGAS MOYA AMANDA 2023/03/28 13:43:38 70422240 AGUDELO ALVAREZ FREDY ALEXANDER 2023/03/06 15:02:54 70501254 PARRA OROZCO ROBERTO LUIS 27/04/2023 2:30:32 PM 70502066 CIFUENTES AYALA GONZALO DE JESUS 27/02/2023 2:54:11 PM 70528236 MARTINEZ MADERA JOSE MANUEL 29/05/2023 10:21 71110608 IDARRAGA GIRALDO URIEL ANTONIO 2023/03/14 10:38:42 71141777 GUTIERREZ FRANCO JHOFREDY 24/04/2023 3:34:56 PM 71225458 BARRIENTOS LUIS FERNANDO 14/02/2023 3:33:20 PM
71141777 GUTIERREZ FRANCO JHOFREDY 24/04/2023 3:34:56 PM 71225458 BARRIENTOS LUIS FERNANDO 14/02/2023 3:33:20 PM 71275365 MARTINEZ VASQUEZ JOSE ALEJANDRO 29/05/2023 14:33
71293040 VANEGAS CARDONA RUBEN DARIO 13/02/2023 11:37:30 AM
71396310 QUICENO JIMENEZ EVERHT DE JESUS 13/04/2023 1:55:55 PM 71398615 MICOLTA CASTAÑO WALTER EDWIN 12/04/2023 12:24:37 PM 71577993 QUINTERO QUINTERO JAIRO 2023/03/27 12:39:04 71629820 GIRALDO GRISALES JAVIER DARIO 12/04/2023 12:50:03 PM 71737210 RUIZ LOPEZ JUAN NICOLAS 26/05/2023 11:18 71765141 MARROQUIN PINEDA LINARCO 10/04/2023 1:11:10 PM 78708763 HERNANDEZ ALVARO SEGUNDO 29/05/2023 13:25 79214205 GOMEZ CORTES MIGUEL ANGEL 2023/03/16 15:54:02 79318524 PARDO CELY RAUL HERNANDO 18/05/2023 14:15 80006873 GALEANO GIRALDO OSCAR DARIO 2023/03/02 13:12:26 80213396 ESCAMILLA TRIANA CRISTIAN CAMILO 18/04/2023 12:26:49 PM 80363050 PULIDO SIERRA GUILLERMO 26/04/2023 11:51:22 AM 98451526 LOPERA CALDERON ELDER JAMES 17/05/2023 13:50
80363050 PULIDO SIERRA GUILLERMO 26/04/2023 11:51:22 AM 98451526 LOPERA CALDERON ELDER JAMES 17/
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