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CNE - Resolución 5536 de 2023

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 5536 de 2023
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2023

RESOLUCIÓN No. 5536 DE 2023 (26 de julio)

Por medio de la cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la p osible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de ENVIGADO del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las atribuidas por el artículo 265 de la Constitución Política , el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 y con fundamento en los siguientes:

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

1.1. En concordancia con el calendario electoral establecido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 y el 29 de agosto del 2023, se llevará a cabo la inscripción de cédulas de ciudadanía para las elec ciones territoriales y locales que tendrán lugar el próximo 29 de octubre del 2023.

1.2. El Consejo Nacional Electoral mediante Acta de reparto del 6 de octubre del año 2022, designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.

1.3 Mediante Auto MMA -027 del 11 de abril del 2023 el despacho avocó conocimiento y dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.

1.4 El Auto mencionado en el numeral anterior, fue notificado en debida a la Registraduría y a

dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.

1.4 El Auto mencionado en el numeral anterior, fue notificado en debida a la Registraduría y a la Alcaldía del municipio de ENVIGADO. 1.5. En cumplimiento de lo dispuesto en el Auto del 11 de abril de 2023, la oficina de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el 09 de mayo del 2023 entreg ó al despacho sustanciador las bases de datos del Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social -ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPSy Archivo Nacional de Identificación -ANI-.Resolución 5536 de 2023 Página 2 de 33

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de ENVIGADO del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

1.6. El 21 de junio de 2023 la Registraduría Nacional del Estado Civil remitió el listado de cédulas inscritas en el departamento de ANTIOQUIA, entre los cuales se relaciona el nombre de los registrados a 31 de mayo de 2023, en el municipio de ENVIGADO. 1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar p osible inscripción

1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar p osible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de ENVIGADO.

2. CONSIDERACIONES

2.1. Competencia.

De conformidad con el artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 11 del Decreto 2241 de 1986, así como la Ley 1475 del 201 1 y la Resolución 2857 de 2018 frente a lo dispuesto en el artículo 316 Superior, esta Corporación es competente para conocer, vigilar e inspeccionar los temas concernientes a la inscripción irregular de cédulas.

2.2. Inscripción de cédulas y residencia electoral.

De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 1475 del 2011, la inscripción para votar es un acto que se realiza de forma automática al momento de expedir la cédula de ciudadanía, sin embargo, la ley contempla que en caso de que el ciudadano cambie el lugar de domicilio o residencia, dicho proceso se llevará a cabo dentro del año anterior al respectivo proceso electoral y se cerrará dos (2) meses antes de la respectiva jornada electoral de que se trate. Así las cosas, para el presente proceso electoral dicha inscripción se llevará a cabo durante el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 hasta el 29 de agosto del 2023.

De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de aut oridades locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.

De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de aut oridades locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.

Para efectos de lo dispuesto en la norma en cita, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 precisa que, la residencia es aquella en la que se encuentra registrado el votante en el censo electoral, pues mediante dicha inscripción declara bajo la gravedad del juramento residir en el municipio en el que se lleva a cabo la elección. La jurisprudencia1 señala que sólo cuando se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio el Consejo Nacional Electoral dejará sin efecto la última inscripción.

1 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 2719. 30 de noviembre de 2001. C.P. MARIO ALARIO MÉNDEZ. Actor: DANIEL ARTUR O MORALES RIVEROS. Demandado: ALCALDE DEL MUNICIPIO DE FOSCA.Resolución 5536 de 2023 Página 3 de 33

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de ENVIGADO del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

La Sección Quinta del Consejo de Estado2 ha delimitado el concepto de residencia electoral como el lugar en el que se encuentra re gistrado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde

como el lugar en el que se encuentra re gistrado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde una persona habita, (ii) el lugar en el que una persona de manera regular está de asiento, (iii) el lugar donde una persona ejerce su profesión u oficio, o (iv) el lugar en el que una persona posee alguno de sus negocios o empleo.

En ese orden de ideas , la Corporación en cita ha manifestado que no se puede limitar la residencia electoral a aquellas perso nas que solo habiten o residen en el municipio, dichos presupuestos materiales pueden determinar que una persona posea al mismo tiempo la opción de varias residencias electorales, tal como puede ocurrir con el domicilio. No obstante, respecto de aquélla, l a ley establece que debe ser única y se determina por la decisión del ciudadano de inscribir su cédula en el municipio o en alguno de los municipios en relación con los cuales tiene uno cualquiera o varios de los vínculos previstos.

2.3. Fraude en inscripción de cédulas y trashumancia electoral.

El artículo 389 de la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal, modificado por el artículo 4 de la Ley 1864 de 2017, tipific ó como delito el fraude de inscripción irregular de cédulas, al señalar que “El que por cualquier medio indebido logre que personas habilitadas para votar inscriban documento o cédula de ciudadanía en una localidad, municipio o distrito diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá

diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá en prisión de cuatro (4) a nueve (9) años y multa de cincuenta a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

La misma norma advierte que, e n igual pena in currirá quien con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para terceros , inscriba su documento o cédula de ciudadanía en localidad, municipio, o distrito diferente a su lugar de nacimiento o residencia.

Asimismo, e l Consejo de Estado 3 ha defin ido la trashumancia electoral como la acción de inscribir la cédula para votar por un determinado candidato u opción política en un lugar distinto al que se reside o en el que se encuentre un verdadero arraigo o interés, así mismo advirtió que aquel ciudad ano (i) que no resida en el respectivo municipio, (ii) que no tenga asiento regular en el mismo, (iii) que no ejerza allí su profesión u oficio y (iv) que tampoco posea algún negocio o empleo serán declarados como trashumantes y en consecuencia se dejará s in efecto la inscripción de la cédula a través del procedimiento breve y sumario estipulado en la Resolución Nº. 2857 del 2018 del Consejo Nacional Electoral.

2 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 1203. 18 de noviembre de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: LUIS ÁNGEL VELÁSQUEZ MILLÁN. Demandado: ANDRÉS FELIPE RAMÍREZ RESTREPO - ALCALDE DE JAMUNDÍ- VALLE DEL CAUCA, PERÍODO 2020-2023.

VELÁSQUEZ MILLÁN. Demandado: ANDRÉS FELIPE RAMÍREZ RESTREPO - ALCALDE DE JAMUNDÍ- VALLE DEL CAUCA, PERÍODO 2020-2023. 3 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 0004. 29 de abril de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: DANIEL ELÍAS CEBALLOS BRITO. Demandado: DIPUTADOS A LA ASAMBLEA DE LA GUAJIRA, PERIODO 2020-2023.Resolución 5536 de 2023 Página 4 de 33

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de ENVIGADO del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

En ese mismo sentido, el Consejo Nacional Electoral en la Resolución N.º 2857 de 2018 indicó que la trashumancia electoral consiste en participar indebidamente en elecciones de autoridades territoriales y decisiones de la misma naturaleza, mediante la inscripción de la cédula de ciudadanía sin tener residencia electoral en la respectiva circunscripción.

2.4 Procedimiento para dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.

El Consejo Nacional Electoral debe someterse a los límites y formalidades establecidos en la Constitución y la ley en todas las actuaciones que adelante, incluida la orientada a comprobar la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.

En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la

la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.

En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la competencia para declarar sin efecto la insc ripción cuando en el marco de un procedimiento breve y sumario se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio.

El procedimiento orientado a tal fin se encuentra desarrollado en la Resolución Nº. 2857 de 2018 proferida por el Consejo N acional Electoral. En el artículo 1 de la Resolución en cita faculta al Consejo Nacional Electoral para iniciar la actuación administrativa por trashumancia electoral para que de oficio o a solicitud de parte realice el procedimiento administrativo breve y sumario orientado a dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.

Cuando se presente queja por parte de cualquier ciudadano , el Consejo Nacional Electoral estableció en el artículo 4 de la mencionada Resolución, los siguientes requisitos para que la queja sea tramitada por la autoridad electoral:

“Artículo cuarto. Requisitos de la queja . La queja que se presentará de manera escrita, o en el formulario diseñado para el efecto y deberá contener:

a) Nombres y apellidos completos del solicitante o de su apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y la dirección de notificación física y/o electrónica y manifestación de si acepta recibir notificación por este medio. b) El objeto de la queja. c) Narración de los he chos en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que

b) El objeto de la queja. c) Narración de los he chos en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que presuntamente no residen en el municipio donde se inscribieron para sufragar o de elementos p robatorios que permitan identificarlos. Esta relación deberá entregarse igualmente, en medio digital. e) Indicación de las pruebas que pretende hacer valer o de aquellas cuya práctica solicita. f) Copia de la solicitud en medio magnético. g) Firma del solicitante.Resolución 5536 de 2023 Página 5 de 33

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de ENVIGADO del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

PARÁGRAFO. - Cuando el ciudadano considere que la solicitud pone en riesgo su integridad o la de su familia, antes de presentar la queja, podrá solicitar ante el Ministerio Público el procedimiento especial de solicitud con identificación reservada, conforme lo dispone el parágrafo del artículo 4 de la Ley 1712 de 2014”.

Asimismo, según el artículo 6 de la misma normativa, las quejas que no reúnan los requisitos señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.

Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la

señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.

Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la queja y de la nueva solicitud que eventualmente decida presentar el peticionario con cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Resolución N.º 2857 de 2018.

2.5 Control del Consejo Nacional Electoral para combatir la trashumancia electoral.

El Decreto 1294 del 2015 establec ió los mecanismos qu e posibilita n un control efectivo y oportuno por parte del Consejo Nacional Electoral sobre la inscripción de cédulas de ciudadanía para combatir la trashumancia electoral, el cual en su artículo 2.3.1.8.5, dispuso que la Registraduría Nacional del Estado Civil remitirá́ al Consejo Nacional Electoral, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes calendario durante el periodo de inscripciones y dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento de las mismas, el resultado del cruce de base de datos.

Así las cosas, u na vez se analice el comportamiento atípico en la inscripción de cédulas de ciudadanía en el departamento, se decretará el cruce de las bases de datos que servirán como soporte para adoptar decisiones. El cruce de la información suministrada en las bases de datos se realiza de forma simultánea considerando como prueba de residencia, la coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Soci ales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social ,

coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Soci ales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social , Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPS-, Archivo Nacional de Identificación -ANIy censo electoral.

Adicional, la Registraduría Nacional del Estado Civil durante el periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía, pondrá a disposición del Consejo Nacional Electoral la siguiente información i) bases de datos de inscritos en el respectivo distrito o municipio, ii) Archivo Nacional d e Identificación ANI, iii) Potencial de Inscritos y iv) Datos Históricos del Censo Electoral.Resolución 5536 de 2023 Página 6 de 33

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de ENVIGADO del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

De conformidad con el artículo 9 de la Resolución N.º 2857 del 2018, con base en los resultados de los cruces de las bases de datos , el Consej o Nacional Electora l podrá comisionar servidores públicos vinculados o adscritos a la Organización Electoral para la práctica de pruebas, incluidas visitas especiales a los municipios.

2.6. Caso concreto.

Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de rep arto del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal

2.6. Caso concreto.

Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de rep arto del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.

El despacho sustanciador consider ó pertinente verificar los registros de los ciudadanos inscritos para sufragar en las próximas elecciones de autoridades locales en el municipio de ENVIGADO. Para el efecto se cruzaron las bases de datos, entre las que se encuentran: SISBEN, ADRES, DPS, ANI y Censo Electoral, ve rificación que permitió comprobar a través de un procedimiento breve y sumario si existe o no inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.

Para la referida verificación, la Registraduría Nacional del Estado Civil durante el periodo de inscripciones, remitió al Consejo Nacional Electoral dentro de los diez (10) primeros días de cada mes el consolidado de inscripción de cédulas y las mencionadas bases de datos.

El análisis de datos se realizó conforme dispone el artículo 8 de la Resolución Nº. 2857 de 2018 expedida por esta Corporación, de manera simultánea, así: El registro del SISBEN a fin de identificar la afiliación de los ciudadanos en el mismo; el registro del ADRES teniendo en cuenta tanto el régimen contributivo como el subsidiado; el DPS para cor roborar información de los programas de del sector de inclusión social y reconciliación, el censo electoral con el propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023.

propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023. Para efectos de la decisión, se tom ó única y exclusivamente con base en el criterio general de coincidencia positiva sobre residencia electoral, es decir, la que coincida con el lugar de inscripción para votar y al menos se encuentre en alguna de las bases de datos utilizadas, un vínculo que permita establecer la relación con el municipio. En los casos en que la información suministrada en la inscripción de cédula de ciudadanía no coincidió como mínimo en una de las bases de datos anteriormente relacionadas, la Sala resolverá dejar sin efecto la última inscripción. El declarado trashumante no podrá volver a inscribir su cédula de ciudadanía para el mismo proceso electoral en el lugar del cual fue excluida como consecuenci a del procedimiento aquíResolución 5536 de 2023 Página 7 de 33

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de ENVIGADO del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

previsto, tampoco podrá ser designado ni ejercer como jurado de votación en tal entidad territorial. Lo anterior, sin perjuicio de l recurso de reposición que pueda presentar a efectos de probar su residencia electoral.

Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadas

Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadas anteriormente, relacionados con el municipio de ENVIGADO del departamento de

ANTIOQUIA.

Conforme a lo expuesto, una vez adelantados los procedimientos establecidos , recaudado el material probatorio y teniendo en cuenta la verificación de la información co ntenida en el censo electoral del municipio de ENVIGADO y el cruce las bases de datos (SISBEN, ADRES, DPS y ANI), la Sala procede a dejar sin efecto la inscripción de cédulas que se relacionan en la parte resolutiva teniendo en cuenta que se evidenció que no corresponde n a su s residencias electorales.

Lo anterior, sin perjuicio que el ciudadano pueda ejercer su derecho al voto, en el lugar en que tenía inscrita su cédula de ciudadanía previamente a dejar sin efecto la última inscripción y que corresponda en efecto, con su residencia electoral.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO : DEJAR SIN EFECTO la inscripción de las cédulas de ciudadanía realizada en el municipio de ENVIGADO, del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales a realizarse el veintinueve (29) de octubre del 2023, al no acreditarse la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación:

º C.C. NOMBRES

FECHA Y HORA DE

INSCRIPCIÓN 178697 RICO SASTOQUE JAIRO AUGUSTO 10/05/2023 11:09

acreditarse la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación:

º C.C. NOMBRES

FECHA Y HORA DE

INSCRIPCIÓN 178697 RICO SASTOQUE JAIRO AUGUSTO 10/05/2023 11:09 2773891 GIRALDO ISAZA JUAN CAMILO 16/02/2023 2:58:43 PM 3181195 MUNAR ALVAREZ FERNANDO 15/05/2023 12:58 3212994 MONTOYA ALZATE JUAN DAVID 16/05/2023 14:31 3317669 RODAS TORO JESUS MARIA 4/04/2023 12:08:56 PM 3353066 CARDONA SERNA JUAN AUGUSTO 30/05/2023 17:21 3380659 ACEVEDO LONDOÑO FRANCISCO JAVIER 11/05/2023 17:09 3399336 MARIN HENAO SINFOROSO 12/05/2023 13:52 3413777 SOLANO VELEZ HENRY ROBERTO 2/05/2023 15:58

3438521 GIRALDO MONTOYA GERMAN AUGUSTO 13/04/2023 3:00:14 PM

3438834 HENAO MUÑOZ DAVID ANDRES 11/04/2023 4:55:49 PM 3446750 AGUDELO POSADA OCTAVIO DE JESUS 2023/03/24 10:54:16 3473980 ALVAREZ GALINDEZ MILTON JAIBER 28/04/2023 3:34:12 PMResolución 5536 de 2023 Página 8 de 33

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de ENVIGADO del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

3474097 ESCOBAR PIEDRAHITA NICOLAS 2023/03/23 18:02:49 3479638 SALAZAR ARANGO JORGE ALBEIRO 30/05/2023 15:40

3506894 ARBOLEDA MONSALVE JUAN DIEGO 4/04/2023 2:03:45 PM 3515478 URIBE MAYA FRANCISCO ALBERTO 18/11/2022 12:23:06 PM 3535931 NARANJO GOMEZ JOSE JAMER 2023/03/23 12:41:23 3592535 GUTIERREZ MEJIA LUIS ALBERTO 4/04/2023 2:38:58 PM 3616563 GARCIA OCAMPO LUIS HERNANDO 24/01/2023 1:37:32 PM 3664264 VELEZ PALACIO JUAN FERNANDO 16/05/2023 15:43 4335822 CARMONA ARISTIZABAL CARLOS ALBERTO 26/05/2023 15:12 4389368 VELEZ VELEZ GUILLERMO ANTONIO 2023/03/14 14:22:20 4475181 MONTOYA RODRIGUEZ RUBEN DARIO 2023/03/31 18:06:04 5883920 MORALES CABEZAS AURELIANO 22/02/2023 2:25:48 PM

6784711 COLORADO ACOSTA CARLOS EMILIO 13/04/2023 2:47:07 PM

5883920 MORALES CABEZAS AURELIANO 22/02/2023 2:25:48 PM 6784711 COLORADO ACOSTA CARLOS EMILIO 13/04/2023 2:47:07 PM 6790344 MARTINEZ MARTINEZ BERNARDO ALBERTO 30/05/2023 14:19 6862529 ARGUMEDO MORA PEDRO NEL 12/04/2023 3:40:14 PM 7254482 OTAVO JAIME ALBERTO 2023/03/15 14:34:25 8011470 ZAPATA OCHOA HECTOR LEON 2023/03/27 8:22:50 8060757 ZAPATA OSPINA JAIRO ANDRES 19/04/2023 4:54:08 PM 8064416 ROBLEDO TOBON IVAN GUILLERMO 30/05/2023 12:04

8071393 SANCHEZ GANAN OSCAR DAVID 16/11/2022 8:40:17 AM

8127400 ECHEVERRY GALLEGO EFREN HORACIO 26/04/2023 12:07:56 PM

8129239 ROJAS OSORIO JUAN DAVID 21/02/2023 2:38:48 PM

8151488 PEREZ CAÑAS JUAN CARLOS 12/01/2023 3:22:26 PM 8160552 PUERTA CORDOBA GERMAN ALBEIRO 24/01/2023 2:31:44 PM 8161373 CAMARGO BELLO ANDRES DAVID 30/05/2023 18:34 8175304 ATEHORTUA RESTREPO JUAN GUILLERMO 2023/03/07 10:54:49 8213040 ARISTIZABAL ZULUAGA SERGIO 13/04/2023 6:57:25 PM 8215384 DIEZ GILDARDO ANTONIO 15/05/2023 16:37

8213040 ARISTIZABAL ZULUAGA SERGIO 13/04/2023 6:57:25 PM 8215384 DIEZ GILDARDO ANTONIO 15/05/2023 16:37 8220331 BARROS MACHUCA JUSTO MIGUEL 25/05/2023 9:15 8238154 ROLDAN PEREZ MIGUEL ARCANGEL 15/02/2023 5:59:09 PM 8244185 SIERRA YEPES GUSTAVO 8/02/2023 4:27:43 PM 8251156 PUERTA GAVIRIA FABIO DE JESUS 2023/03/16 16:37:07 8259777 USME MOTTA ROBERTO 15/02/2023 12:00:20 PM 8260707 RAMIREZ MONTOYA OSCAR 25/11/2022 3:48:04 PM 8263391 MARTINEZ URREA HUMBERTO 27/04/2023 11:27:04 AM 8275852 CANO ECHAVARRIA JOSE IGNACIO 24/11/2022 10:38:16 AM 8286923 PEREZ ROJAS LUIS FERNANDO 4/04/2023 11:16:40 AM 8288617 GIRALDO GOMEZ MAURICIO 29/05/2023 8:58 8290824 PARRA RAMIREZ VIRGILIO DE JESUS 2023/03/22 18:48:07 8296773 MEDINA GUILLERMO 24/04/2023 4:55:50 PM 8297191 JIMENEZ MORALES PEDRO ALEJANDRINO 3/04/2023 1:15:09 PM 8300940 PALACIO RESTREPO CARLOS ANIBAL 2023/03/07 16:24:46

8302697 ZULUAGA SALAZAR VICTOR LEON 7/02/2023 11:58:31 AM

8300940 PALACIO RESTREPO CARLOS ANIBAL 2023/03/07 16:24:46

8302697 ZULUAGA SALAZAR VICTOR LEON 7/02/2023 11:58:31 AM

8318636 ORTIZ SANCHEZ WILLIAM DE JESUS 17/05/2023 16:02

8319943 GOMEZ TOBON GILBERTO DE JESUS 14/04/2023 3:08:33 PM 8340704 SANTAMARIA GIRALDO HUMBERTO ANTONIO 15/02/2023 12:07:05 PM 8343201 RAMIREZ DIAZ SERVULO 2023/03/31 18:18:58 8344611 RIVILLAS ALVAREZ OSCAR ALONSO 10/01/2023 9:54:00 AM 8345659 MUÑOZ VELASQUEZ ALVARO 2023/03/22 15:46:30

8347830 BETANCUR SANCHEZ JAIME DE JESUS 31/05/2023 9:07

8348719 TABORDA GARCIA OSCAR DE JESUS 2023/03/10 14:58:50 8349739 VANEGAS MUÑETON WILLIAM DE JESUS 25/04/2023 3:12:53 PM 8352853 RENDON OBANDO HERNANDO 2023/03/30 16:12:31 8355200 GIRALDO CUARTAS LUIS ALBERTO 2023/03/28 18:52:34 8356992 LONDOÑO LONDOÑO JUAN PABLO 14/02/2023 5:23:00 PM 8357233 ANGULO GOMEZ ALVARO 3/05/2023 8:14Resolución 5536 de 2023 Página 9 de 33

8357233 ANGULO GOMEZ ALVARO 3/05/2023 8:14Resolución 5536 de 2023 Página 9 de 33

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de ENVIGADO del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

8357864 CASTRO ARIAS ESTEBAN 25/04/2023 6:39:49 PM 8358249 MEJIA ESCOBAR JUAN GUILLERMO 17/04/2023 11:38:25 AM 8406449 ALVAREZ VELASQUEZ JOSE ILDEBRANDO 2023/03/09 16:04:12 8408057 LONDOÑO RODRIGUEZ JAIME ALBERTO 29/05/2023 13:45 8432114 CARDONA HINCAPIE JAIDER DE JESUS 21/04/2023 8:11:38 AM 8432408 JIMENEZ FRANCO JUAN CAMILO 2023/03/21 9:39:28 8433979 JARAMILLO GIRALDO JUAN CAMILO 24/02/2023 3:55:22 PM 8457337 RAMIREZ RAMIREZ LUIS FERNANDO 9/11/2022 11:12:13 AM 8459122 MONSALVE OLIVEROS JUAN EUGENIO 2023/03/09 11:24:25 8460739 GRISALES RIOS GUILLERMO LEON 26/04/2023 3:23:41 PM 8463986 OCAMPO ZAPATA DIEGO ALEJANDRO 4/05/2023 13:47

8460739 GRISALES RIOS GUILLERMO LEON 26/04/2023 3:23:41 PM 8463986 OCAMPO ZAPATA DIEGO ALEJANDRO 4/05/2023 13:47 8466073 MONTOYA CASTAÑO VICTOR HUGO 16/05/2023 9:50 8473431 ALVAREZ VIVARES JESUS GUILLERMO 9/05/2023 15:38 8640531 MERCADO MOLINA EBER DE JESUS 29/05/2023 11:33 9069322 MARTINEZ CARAZO RODRIGO 29/10/2022 9:04:30 AM 9237486 PEREIRA TOSCANO JULIO ENRIQUE 11/01/2023 12:47:57 PM 9873053 GARCIA LEON LEONARDO 2023/03/28 19:19:47 9910608 ALCALDE VILLEGAS RICARDO ANDRES 11/04/2023 5:38:41 PM 10167426 ANGULO ORTEGA GUSTAVO ADOLFO 2023/03/29 11:40:07 10186560 RONDON GARCIA GUSTAVO ALONSO 24/04/2023 4:38:07 PM 10233219 CASTAÑO CARDENAS JULIAN 16/02/2023 5:46:35 PM 10250669 GOMEZ LOPEZ FABIO HERNAN 23/05/2023 11:48 10265076 IDARRAGA ARIAS JOSE ELIECER 3/04/2023 1:05:35 PM 11635269 MOSQUERA ASPRILLA CARLOS 26/05/2023 12:05 11804865 FLOREZ CUESTA HEILER 21/12/2022 2:13:38 PM 12233347 CARVAJAL ROCHA HERNANDO 14/04/2023 11:29:12 AM

11804865 FLOREZ CUESTA HEILER 21/12/2022 2:13:38 PM 12233347 CARVAJAL ROCHA HERNANDO 14/04/2023 11:29:12 AM 12265628 CHAVARRO PARRA ILDEFONSO 14/04/2023 8:38:10 AM 12275456 PALACIOS ALARCON ALBERT FERNELY 19/05/2023 13:07 12709901 MENDOZA DIAZ CELSO JOSE 21/04/2023 10:15:46 AM 15254163 MONTOYA GALLEGO JOSE LUIS 24/05/2023 15:21

15271457 ACEVEDO CAL

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