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CNE - Resolución 5564 de 2023

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 5564 de 2023
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2023

RESOLUCIÓN No. 5564 DE 2023 (26 de julio)

Por medio de la cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la p osible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de MUTATÁ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las atribuidas por el ar tículo 265 de la Constitución Política , el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 y con fundamento en los siguientes:

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

1.1. En concordancia con el calendario electoral establecido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 y el 29 de agosto del 2023, se llevará a cabo la inscripción de cédulas de ciudadanía para las elec ciones territoriales y locales que tendrán lugar el próximo 29 de octubre del 2023.

1.2. El Consejo Nacional Electoral mediante Acta de reparto del 6 de octubre del año 2022, designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.

1.3 Mediante Auto MMA -027 del 11 de abril del 2023 el despacho avocó conocimiento y dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.

1.4 El Auto mencionado en el numeral ant erior, fue notificado en debida forma a la

dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.

1.4 El Auto mencionado en el numeral ant erior, fue notificado en debida forma a la Registraduría y a la Alcaldía del municipio de MUTATÁ. 1.5. En cumplimiento de lo dispuesto en el Auto del 11 de abril de 2023, la oficina de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el 09 de mayo del 2023 entreg ó al despacho sustanciador las bases de datos del Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social -ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPSy Archivo Nacional de Identificación -ANI-.Resolución 5564 de 2023 Página 2 de 13

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de MUTATÁ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

1.6. El 21 de junio de 2023 la Registraduría Nacional del Estado Civil remitió el listado de cédulas inscritas en el departamento de ANTIOQUIA, entre los cuales se relaciona el nombre de los registrados a 31 de mayo de 2023, en el municipio de MUTATÁ. 1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar pos ible inscripción

1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar pos ible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de MUTATÁ.

2. CONSIDERACIONES

2.1. Competencia.

De conformidad con el artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 11 del Decreto 2241 de 1986, así como la Ley 1475 del 2011 y la Resolución 2857 de 2018 frente a lo dispuesto en el artículo 316 Superior, esta Corporación es competente para conocer, vigilar e inspeccionar los temas concernientes a la inscripción irregular de cédulas.

2.2. Inscripción de cédulas y residencia electoral.

De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 1475 del 2011, la inscripción para votar es un acto que se realiza de forma automática al momento de expedir la cédula de ciudadanía, sin embargo, la ley contempla que en caso de que el ciudadano cambie el lugar de domicilio o residencia, dicho proceso se llevará a cabo dentro del año anterior al respectivo proceso electoral y se cerrará dos (2) meses antes de la respectiva jornada electoral de que se trate. Así las cosas, para el presente proceso electoral dicha inscripción se llevará a cabo durante el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 hasta el 29 de agosto del 2023.

De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de autori dades locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.

De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de autori dades locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.

Para efectos de lo dispuesto en la norma en cita, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 precisa que, la residencia es aquella en la que se encuentra registrado el votante en el censo electoral, pues mediante dicha inscripción declara bajo la gravedad del juramento residir en el municipio en el que se lleva a cabo la elección. La jurisprudencia1 señala que sólo cuando se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio el Consejo Nacional Electoral dejará sin efecto la última inscripción.

1 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 2719. 30 de noviembre de 2001. C.P. MARIO ALARIO MÉNDEZ. Actor: DANIEL ARTURO MORALES RIVEROS. Demandado: ALCALDE DEL MUNICIPIO DE FOSCA.Resolución 5564 de 2023 Página 3 de 13

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de MUTATÁ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

La Sección Quinta del Consejo de Estado2 ha delimitado el concepto de residencia electoral como el lugar en el que se encuentra regis trado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde

como el lugar en el que se encuentra regis trado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde una persona habita, (ii) el lugar en el que una persona de manera regular está de asiento, (iii) el lugar donde una persona ejerce su profesión u oficio, o (iv) el lugar en el que una persona posee alguno de sus negocios o empleo.

En ese orden de ideas , la Corporación en cita ha manifestado que no se puede limitar la residencia electoral a aquellas personas que solo habiten o residen en el municipio, dichos presupuestos materiales pueden determinar que una persona posea al mismo tiempo la opción de varias residencias electorales, tal como puede ocurrir con el domicilio. No obstante, respecto de aquélla, la l ey establece que debe ser única y se determina por la decisión del ciudadano de inscribir su cédula en el municipio o en alguno de los municipios en relación con los cuales tiene uno cualquiera o varios de los vínculos previstos.

2.3. Fraude en inscripción de cédulas y trashumancia electoral.

El artículo 389 de la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal, modificado por el artículo 4 de la Ley 1864 de 2017, tipific ó como delito el fraude de inscripción irregular de cédulas, al señalar que “El que por cualquier medio indebido logre que personas habilitadas para votar inscriban documento o cédula de ciudadanía en una localidad, municipio o distrito diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá

diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá en prisión de cuatro (4) a nueve (9) años y multa de cincuenta a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

La misma norma advierte que, e n igual pena incur rirá quien con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para terceros , inscriba su documento o cédula de ciudadanía en localidad, municipio, o distrito diferente a su lugar de nacimiento o residencia.

Asimismo, e l Consejo de Estado 3 ha definido la trashumancia electoral como la acción de inscribir la cédula para votar por un determinado candidato u opción política en un lugar distinto al que se reside o en el que se encuentre un verdadero arraigo o interés, así mismo advirtió que aquel ciudadano (i) que no resida en el respectivo municipio, (ii) que no tenga asiento regular en el mismo, (iii) que no ejerza allí su profesión u oficio y (iv) que tampoco posea algún negocio o empleo serán declarados como trashumantes y en consecuencia se dejará sin efecto la inscripción de la cédula a través del procedimiento breve y sumario estipulado en la Resolución Nº. 2857 del 2018 del Consejo Nacional Electoral.

2 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 1203. 18 de noviembre de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: LUIS ÁNGEL VELÁSQUEZ MILLÁN. Demandado: ANDRÉS FELIPE RAMÍREZ RESTREPO - ALCALDE DE JAMUNDÍ- VALLE DEL CAUCA, PERÍODO 2020-2023.

VELÁSQUEZ MILLÁN. Demandado: ANDRÉS FELIPE RAMÍREZ RESTREPO - ALCALDE DE JAMUNDÍ- VALLE DEL CAUCA, PERÍODO 2020-2023. 3 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 0004. 29 de abril de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: DANIEL ELÍAS CEBALLOS BRITO. Demandado: DIPUTADOS A LA ASAMBLEA DE LA GUAJIRA, PERIODO 2020-2023.Resolución 5564 de 2023 Página 4 de 13

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de MUTATÁ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

En ese mismo sentido, el Consejo Nacional Electoral en la Resolución N.º 2857 de 2018 indicó que la trashumancia electoral consiste en participar indebidamente en elecciones de autoridades territoriales y decisiones de la misma naturaleza, mediante la inscripción de la cédula de ciudadanía sin tener residencia electoral en la respectiva circunscripción.

2.4 Procedimiento para dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.

El Consejo Nacional Electoral debe someterse a los límites y formalidades establecidos en la Constitución y la ley en todas las actuaciones que adelante, incluida la orientada a comprobar la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.

En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la

la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.

En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la competencia para declarar sin efecto la inscrip ción cuando en el marco de un procedimiento breve y sumario se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio.

El procedimiento orientado a tal fin se encuentra desarrollado en la Resolución Nº. 2857 de 2018 proferida por el Consejo Naci onal Electoral. En el artículo 1 de la Resolución en cita faculta al Consejo Nacional Electoral para iniciar la actuación administrativa por trashumancia electoral para que de oficio o a solicitud de parte realice el procedimiento administrativo breve y sumario orientado a dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.

Cuando se presente queja por parte de cualquier ciudadano , el Consejo Nacional Electoral estableció en el artículo 4 de la mencionada Resolución, los siguientes requisitos para que la queja sea tramitada por la autoridad electoral:

“Artículo cuarto. Requisitos de la queja . La queja que se presentará de manera escrita, o en el formulario diseñado para el efecto y deberá contener:

a) Nombres y apellidos completos del sol icitante o de su apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y la dirección de notificación física y/o electrónica y manifestación de si acepta recibir notificación por este medio. b) El objeto de la queja. c) Narración de los hechos en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que presuntamente

b) El objeto de la queja. c) Narración de los hechos en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que presuntamente no residen en el municipio donde se inscribieron para sufragar o de elementos probatorios que permitan identificarlos. Esta relación deberá entregarse igualmente, en medio digital. e) Indicación de las pruebas que pretende hacer valer o de aquellas cuya práctica solicita. f) Copia de la solicitud en medio magnético. g) Firma del solicitante.

PARÁGRAFO. - Cuando el ciudadano considere que la solicitud pone en riesgo su integridad o la de su familia, antes de presentar la queja, podrá solicitar ante elResolución 5564 de 2023 Página 5 de 13

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de MUTATÁ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

Ministerio Público el procedimiento especial de solicitud con identificación reservada , conforme lo dispone el parágrafo del artículo 4 de la Ley 1712 de 2014”.

Asimismo, según el artículo 6 de la misma normativa, las quejas que no reúnan los requisitos señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.

Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la

señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.

Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la queja y de la nueva solicitud que eventualmente decida presentar el peticionario con cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Resolución N.º 2857 de 2018.

2.5 Control del Consejo Nacional Electoral para combatir la trashumancia electoral.

El Decreto 1294 del 2015 establec ió los mecanismos que p osibilitan un control efectivo y oportuno por parte del Consejo Nacional Electoral sobre la inscripción de cédulas de ciudadanía para combatir la trashumancia electoral, el cual en su artículo 2.3.1.8.5, dispuso que la Registraduría Nacional del Estado Civ il remitirá́ al Consejo Nacional Electoral, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes calendario durante el periodo de inscripciones y dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento de las mismas, el resultado del cruce de base de datos.

Así las cosas, u na vez se analice el comportamiento atípico en la inscripción de cédulas de ciudadanía en el departamento, se decretará el cruce de las bases de datos que servirán como soporte para adoptar decisiones. El cruce de la información suministrada en las bases de datos se realiza de forma simultánea considerando como prueba de residencia, la coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociale s –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social ,

coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociale s –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social , Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPS-, Archivo Nacional de Identificación -ANIy censo electoral.

Adicional, la Registraduría Na cional del Estado Civil durante el periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía, pondrá a disposición del Consejo Nacional Electoral la siguiente información i) bases de datos de inscritos en el respectivo distrito o municipio, ii) Archivo Nacional de I dentificación ANI, iii) Potencial de Inscritos y iv) Datos Históricos del Censo Electoral.

De conformidad con el artículo 9 de la Resolución N.º 2857 del 2018, con base en los resultados de los cruces de las bases de datos , el Consej o Nacional Electoral podráResolución 5564 de 2023 Página 6 de 13

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de MUTATÁ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

comisionar servidores públicos vinculados o adscritos a la Organización Electoral para la práctica de pruebas, incluidas visitas especiales a los municipios.

2.6. Caso concreto.

Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de repart o del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal

2.6. Caso concreto.

Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de repart o del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.

El despacho sustanciador consider ó pertinente verificar los registros de los ciudadanos inscritos para sufragar en las próximas elecciones de autoridades locales en el municipio de MUTATÁ. Para el efecto se cruzaron las bases de datos, entre las que se encuentran: SISBEN, ADRES, DPS, ANI y Censo Electoral, verific ación que permitió comprobar a través de un procedimiento breve y sumario si existe o no inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.

Para la referida verificación, la Registraduría Nacional del Estado Civil durante el periodo de inscripciones, remitió al Consejo Nacional Electoral dentro de los diez (10) primeros días de cada mes el consolidado de inscripción de cédulas y las mencionadas bases de datos.

El análisis de datos se realizó conforme dispone el artículo 8 de la Resolución Nº. 2857 de 2018 expedida por esta Corporación, de manera simultánea, así: El registro del SISBEN a fin de identificar la afiliación de los ciudadanos en el mismo; el registro del ADRES teniendo en cuenta tanto el régimen contributivo como el subsidiado; el DPS para corrobor ar información de los programas de del sector de inclusión social y reconciliación, el censo electoral con el propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023.

propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023. Para efectos de la decisión, se tom ó única y exclusivamente con base en el criterio general de coincidencia positiva sobre residencia electoral, es decir, la que coincida con el lugar de inscripción para votar y al menos se encuentre en alguna de las bases de datos utilizadas, un vínculo que permita establecer la relación con el municipio. En los casos en que la información suministrada en la inscripción de cédula de ciudadanía no coincidió como mínimo en una de las bases de d atos anteriormente relacionadas, la Sala resolverá dejar sin efecto la última inscripción. El declarado trashumante no podrá volver a inscribir su cédula de ciudadanía para el mismo proceso electoral en el lugar del cual fue excluida como consecuencia del procedimiento aquí previsto, tampoco podrá ser designado ni ejercer como jurado de votación en tal entidad territorial. Lo anterior, sin perjuicio de l recurso de reposición que pueda presentar a efectos de probar su residencia electoral.Resolución 5564 de 2023 Página 7 de 13

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de MUTATÁ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadas

Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadas anteriormente, relacionados con el municipio de MUTATÁ del departamento de ANTIOQUIA.

Conforme a lo expuesto, una vez adelantados los procedimientos establecidos , recaudado el material probatorio y teniendo en cuenta la verificación de la información contenida en el censo electoral del municipio de MUTATÁ y el cruce las bases de datos (SISBEN, ADRES, DPS y ANI), la Sala procede a dejar sin efecto la inscripción de cédulas que se relacionan en la parte resolutiva teniendo en cuenta que se evidenció que no corres ponden a su s residencias electorales.

Lo anterior, sin perjuicio que el ciudadano pueda ejercer su derecho al voto, en el lugar en que tenía inscrita su cédula de ciudadanía previamente a dejar sin efecto la última inscripción y que corresponda en efecto, con su residencia electoral.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO : DEJAR SIN EFECTO la inscripción de las cé dulas de ciudadanía realizada en el municipio de MUTATÁ, del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales a realizarse el veintinueve (29) de octubre del 2023, al no acreditarse la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación:

N.º C.C. NOMBRES FECHA Y HORA DE INSCRIPCIÓN 699211 LOPEZ RICARDO ANTONIO 2023/03/28 10:23:53

la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación: N.º C.C. NOMBRES FECHA Y HORA DE INSCRIPCIÓN 699211 LOPEZ RICARDO ANTONIO 2023/03/28 10:23:53 3480432 RIVERA JESUS ANTONIO 14/04/2023 9:13:25 AM 3532958 DOMICO SINIGUI LEONEL 2023/03/17 11:52:48 5176742 IGLESIAS MENDOZA GABRIEL ENRIQUE 26/05/2023 15:12 6324524 VASQUEZ LOZANO LISIMACO 2023/03/01 10:45:32 6706390 AGUIRRE BERRIO MISAEL 27/01/2023 2:32:37 PM 6706483 DAVID JORGE ELIECER 8/05/2023 10:03 6706622 DIAZ CORDERO FERNANDO 10/11/2022 10:04:26 AM 7246380 MARIN ECHEVERRI JAIRO DE JESUS 23/05/2023 10:02 8027411 PARRA RESTREPO MANUEL SANTIAGO 25/04/2023 2:48:00 PM 8111097 DOMICO ERAQUIO 2023/03/23 11:50:33 8111105 BAILARIN JOSE LUIS 2023/03/30 15:53:50 8111610 HERRERA ARBOLEDA JOSE EFRAIN 2023/03/27 8:24:35 8111643 TORRES PEÑATA JORGE LUIS 28/04/2023 9:47:59 AM 8112661 QUEVEDO GULFO JAIME ALEXANDER 12/05/2023 8:15 8113049 DURANGO CANO MAURICIO 2023/03/21 9:01:48

8112661 QUEVEDO GULFO JAIME ALEXANDER 12/05/2023 8:15 8113049 DURANGO CANO MAURICIO 2023/03/21 9:01:48 8168095 LEON BERTEL JOSE FRANCISCO 17/01/2023 2:29:42 PM 8173892 MEDRANO PEREIRA RUBEN DARIO 2023/03/06 9:02:37Resolución 5564 de 2023 Página 8 de 13

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de MUTATÁ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

8337836 GARCES GARCES BERTULFO 4/04/2023 3:07:23 PM 8339485 ARISMENDI BARRERO HENRY DE JESUS 7/02/2023 11:02:19 AM 8412956 GOEZ RENGIFO ARGEMIRO 18/04/2023 11:29:26 AM 8413136 DAVID URREGO ELKIN DE JESUS 3/04/2023 9:19:17 AM 8413834 SEPULVEDA BORJA FRANCISCO ANTONIO 3/04/2023 10:25:55 AM 8416036 LOAIZA ARBOLEDA RODRIGO 12/05/2023 11:30 8416236 DAVID DAVID WALTER DE JESUS 4/05/2023 8:30 8416520 ALVAREZ CORREA ROMIS EDUARDO 10/05/2023 16:33 8417226 GOEZ USUGA BELMIRO 28/11/2022 10:21:02 AM

8416520 ALVAREZ CORREA ROMIS EDUARDO 10/05/2023 16:33 8417226 GOEZ USUGA BELMIRO 28/11/2022 10:21:02 AM

8424651 ESPINOSA MURIEL LUIS ALVARO 25/04/2023 10:29:50 AM 8426107 CORREA HIDALGO JOSE LUIS 14/12/2022 2:15:22 PM 8437241 BAÑOL RIOS RAUL ERNEY 16/05/2023 16:13 9204214 HERRERA PETRO ELKIN ANTONIO 23/05/2023 10:04 9955689 SIERRA GALLEGO LUIS ALONSO 2023/03/21 14:16:02 10897658 TELEIGUA PEÑA EFRAIN MANUEL 8/05/2023 14:27 10899977 HERNANDEZ GONZALEZ FRANCISCO JAVIER 10/05/2023 10:24 11901941 SEPULVEDA BENITEZ GABRIEL DE JESUS 2023/03/06 11:21:38 12002194 CHAVERRA CHALA ANIBAL 7/02/2023 9:22:16 AM 12721742 LEON ALVEAR LUIS ROBERTO 29/05/2023 10:49 12910844 FLOREZ RODRIGUEZ OSCAR 2023/03/06 11:12:00 15075831 MOGROVEJO VERGARA EMILIO ALBERTO 2023/03/29 10:05:54 15324269 JIMENEZ GIRALDO OSCAR ENRIQUE 12/04/2023 10:27:30 AM 15330938 GOMEZ MORENO FERNANDO ALBERTO 5/12/2022 8:28:14 AM 15405203 NANCLARES ZAMORA JUAN BAUTISTA 2023/03/10 15:45:27

15330938 GOMEZ MORENO FERNANDO ALBERTO 5/12/2022 8:28:14 AM 15405203 NANCLARES ZAMORA JUAN BAUTISTA 2023/03/10 15:45:27

15510916 JARAMILLO ZAPATA WILSON FABIAN 19/01/2023 11:26:19 AM

15512162 GONZALEZ ALVAREZ NELSON ANTONIO 6/01/2023 11:52:38 AM

16700652 IBARGUEN CUCHALA LUIS HUMBERTO 25/04/2023 9:01:34 AM 18411311 LOZANO CALDERON JOSE KENNEDY 27/01/2023 9:04:21 AM 21697171 DOMICO PERNIA MARIELA 2023/03/30 14:45:42 21698218 DOMICO DOMICO HERMINIA 25/05/2023 8:47 21743694 CASTAÑO MANCO LUZ ELENA 5/12/2022 8:31:14 AM 21881065 BAILARIN OLGA 2023/03/30 15:38:54 21914016 MORENO LOPEZ MARIA FELICITA 2023/03/28 8:39:33 26285721 RESTREPO RUIZ MARIA JOSEFA 2023/03/16 9:29:32 30078567 CAÑAVERAL LOAIZA MARIA VIRGINIA 24/04/2023 4:41:36 PM 30078758 GIRALDO GOEZ ANA BERTOLDINA 24/02/2023 10:35:58 AM 30078901 MARTINEZ MARIA MARGARITA 23/01/2023 4:18:13 PM 30079151 MEJIA RODRIGUEZ ALEIDA 20/02/2023 9:33:13 AM

30078901 MARTINEZ MARIA MARGARITA 23/01/2023 4:18:13 PM 30079151 MEJIA RODRIGUEZ ALEIDA 20/02/2023 9:33:13 AM

30079627 TORRES PEÑATA LIRA DEL CARMEN 24/05/2023 8:14 30079720 SANTANA ZAENS CELIA ROSA 14/04/2023 2:27:32 PM 30079878 DOGARI NEILA 2023/03/23 11:54:16 30079964 DURANGO CUARTAS ALCIRA 10/11/2022 9:11:19 AM 30665907 MARTINEZ MARTINEZ LINEY MARIA 3/02/2023 9:17:36 AM 32091453 HERNANDEZ RAMIREZ YUDIAN ANDREA 12/05/2023 10:02 32101997 PALACIO LONDOÑO DIANA LUCIA 10/02/2023 9:27:45 AM 32206135 ZAPATA VARGAS MARGOTH MARIA 2023/03/23 10:09:43 32255449 ECHAVARRIA SALAS RUBILSEN 6/01/2023 11:55:13 AM 32272479 CAICEDO SEPULVEDA VETINANCY 2023/03/24 10:58:35 32294134 BEDOYA VELEZ ANGELA DEL CARMEN 22/11/2022 4:43:22 PM 32355192 PEREZ OSPINO MARELVIS 23/05/2023 15:22 35011269 OVIEDO CUADRADO AIDA MARIA 23/05/2023 15:05 39156719 MIRANDA SAENZ MARTICELA 23/05/2023 14:46 39159610 CASTRO LUNA YOMAIRA 25/01/2023 8:27:22 AM

39156719 MIRANDA SAENZ MARTICELA 23/05/2023 14:46 39159610 CASTRO LUNA YOMAIRA 25/01/2023 8:27:22 AM 39214332 RESTREPO ROJAS MARIA NURY 2/05/2023 10:56 39309739 AGUIRRE TORRES ISMENIA 18/04/2023 10:12:27 AM 39309777 MADRID RIVERA PATRICIA ANDREA 8/05/2023 9:13Resolución 5564 de 2023 Página 9 de 13

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de MUTATÁ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

39321135 LOPEZ HERNANDEZ MIRLEDIS MARIA 2023/03/06 9:27:28 39408577 SEPULVEDA BORJA FLOR MARIA 2023/03/21 14:12:40 39412913 CARRILLO RIVAS LEGUIS PATRICIA 11/05/2023 10:41 39420531 RUIZ JIMENEZ MARIBEL 29/05/2023 9:20 39428069 GIRALDO LUZ EDENIA 4/05/2023 14:38 42652332 MARTINEZ DIAZ DORALBA 15/05/2023 10:37 42658481 JULIO ESCOBAR ONIRIS 2023/03/03 10:59:30

42683728 OSORIO TORRES GLORIA LUCIA 28/04/2023 2:13:26 PM

43016203 DIAZ CORREA LUZ ELENA 27/01/2023 10:13:19 AM

42683728 OSORIO TORRES GLORIA LUCIA 28/04/2023 2:13:26 PM 43016203 DIAZ CORREA LUZ ELENA 27/01/2023 10:13:19 AM 43025770 DIAZ CORREA ANGELA MARIA 26/05/2023 15:36 43038243 GOMEZ ESPINOSA TERESA DEL NIÑO JESUS 17/05/2023 9:44 43140551 ZAPATA DEBORA 3/05/2023 10:56 43142893 GIRALDO RESTREPO MARIA GICELA 2023/03/27 8:26:26 43143563 DUARTE BORJA CLARA ROSA 25/04/2023 10:25:47 AM 43145202 BLANQUIZET MESTRA LUZ MARINA 10/05/2023 11:06 43147310 DURANGO RUEDA EUMELIA 17/11/2022 11:36:15 AM 43147356 MEJIA VELASQUEZ DANNY LUZ 31/05/2023 12:00 43260715 HURTADO FERNANDEZ ANGELA PATRICIA 4/04/2023 10:00:41 AM 43271208 MARTINEZ POLO YUDIS MARIA 2023/03/06 11:08:13 43450248 QUINTERO CIRO MARIA DILAMAR 27/02/2023 3:19:09 PM 43485689 BETANCUR GUISAO ROSANGELA 15/05/2023 8:45 43500945 MONA RAIGOSA BEATRIZ ELENA 14/04/2023 8:46:06 AM 43508019 ZAPATA RENGIFO LUZ MARLENY 18/04/2023 11:34:24 AM 43656093 GARCIA GIRLEZA 8/05/2023 10:24

43508019 ZAPATA RENGIFO LUZ MARLENY 18/04/2023 11:34:24 AM 43656093 GARCIA GIRLEZA 8/05/2023 10:24 43775707 OROZCO QUIROGA GLORIA PATRICIA 11/05/2023 16:15 43775859 DOGARI LICENIA 2023/03/28 11:08:01 43776168 BAILARIN DOMICO ANGELI

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