CNE - Resolución 5566 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 5566 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 5566 DE 2023 (26 de julio)
Por medio de la cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la p osible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de NECHÍ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las atribuidas por el ar tículo 265 de la Constitución Política , el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. En concordancia con el calendario electoral establecido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 y el 29 de agosto del 2023, se llevará a cabo la inscripción de cédulas de ciudadanía para las elec ciones territoriales y locales que tendrán lugar el próximo 29 de octubre del 2023.
1.2. El Consejo Nacional Electoral mediante Acta de reparto del 6 de octubre del año 2022, designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.
1.3 Mediante Auto MMA -027 del 11 de abril del 2023 el despacho avocó conocimiento y dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.
1.4 El Auto mencionado en el numeral ant erior, fue notificado en debida forma a la
dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.
1.4 El Auto mencionado en el numeral ant erior, fue notificado en debida forma a la Registraduría y a la Alcaldía del municipio de NECHÍ. 1.5. En cumplimiento de lo dispuesto en el Auto del 11 de abril de 2023, la oficina de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el 09 de mayo del 2023 entreg ó al despacho sustanciador las bases de datos del Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social -ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPSy Archivo Nacional de Identificación -ANI-.Resolución 5566 de 2023 Página 2 de 13
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determin ar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de NECHÍ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
1.6. El 21 de junio de 2023 la Registraduría Nacional del Estado Civil remitió el listado de cédulas inscritas en el departamento de ANTIOQUIA, entre los cuales se relaciona el nombre de los registrados a 31 de mayo de 2023, en el municipio de NECHÍ. 1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar posi ble inscripción
1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar posi ble inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de NECHÍ.
2. CONSIDERACIONES
2.1. Competencia.
De conformidad con el artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 11 del Decreto 2241 de 1986, así como la Ley 1475 del 2011 y l a Resolución 2857 de 2018 frente a lo dispuesto en el artículo 316 Superior, esta Corporación es competente para conocer, vigilar e inspeccionar los temas concernientes a la inscripción irregular de cédulas.
2.2. Inscripción de cédulas y residencia electoral.
De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 1475 del 2011, la inscripción para votar es un acto que se realiza de forma automática al momento de expedir la cédula de ciudadanía, sin embargo, la ley contempla que en caso de que el ciudadano cambie el lugar de domicilio o residencia, dicho proceso se llevará a cabo dentro del año anterior al respectivo proceso electoral y se cerrará dos (2) meses antes de la respectiva jornada electoral de que se trate. Así las cosas, para el presente proceso electoral dicha inscripción se llevará a cabo durante el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 hasta el 29 de agosto del 2023.
De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de autorida des locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.
De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de autorida des locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.
Para efectos de lo dispuesto en la norma en cita, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 precisa que, la residencia es aquella en la que se encuentra registrado el votante en el censo electoral, pues mediante dicha inscripción declara bajo la gravedad del juramento residir en el municipio en el que se lleva a cabo la elección. La jurisprudencia1 señala que sólo cuando se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio el Consejo Nacional Electoral dejará sin efecto la última inscripción.
1 Consejo de Estado, Sección Quinta. Ra d. 2719. 30 de noviembre de 2001. C.P. MARIO ALARIO MÉNDEZ. Actor: DANIEL ARTURO MORALES RIVEROS. Demandado: ALCALDE DEL MUNICIPIO DE FOSCA.Resolución 5566 de 2023 Página 3 de 13
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determin ar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de NECHÍ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
La Sección Quinta del Consejo de Estado2 ha delimitado el concepto de residencia electoral como el lugar en el que se encuentra registr ado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde
como el lugar en el que se encuentra registr ado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde una persona habita, (ii) el lugar en el que una persona de manera regular está de asiento, (iii) el lugar donde una persona ejerce su profesión u oficio, o (iv) el lugar en el que una persona posee alguno de sus negocios o empleo.
En ese orden de ideas , la Corporación en cita ha manifestado que no se puede limitar la residencia electoral a aquellas personas q ue solo habiten o residen en el municipio, dichos presupuestos materiales pueden determinar que una persona posea al mismo tiempo la opción de varias residencias electorales, tal como puede ocurrir con el domicilio. No obstante, respecto de aquélla, la ley establece que debe ser única y se determina por la decisión del ciudadano de inscribir su cédula en el municipio o en alguno de los municipios en relación con los cuales tiene uno cualquiera o varios de los vínculos previstos.
2.3. Fraude en inscripción de cédulas y trashumancia electoral.
El artículo 389 de la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal, modificado por el artículo 4 de la Ley 1864 de 2017, tipific ó como delito el fraude de inscripción irregular de cédulas, al señalar que “El que por cualquier medio indebido logre que personas habilitadas para votar inscriban documento o cédula de ciudadanía en una localidad, municipio o distrito diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá
diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá en prisión de cuatro (4) a nueve (9) años y multa de cincuenta a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
La misma norma advierte que, e n igual pena incurri rá quien con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para terceros , inscriba su documento o cédula de ciudadanía en localidad, municipio, o distrito diferente a su lugar de nacimiento o residencia.
Asimismo, e l Consejo de Estado 3 ha definido l a trashumancia electoral como la acción de inscribir la cédula para votar por un determinado candidato u opción política en un lugar distinto al que se reside o en el que se encuentre un verdadero arraigo o interés, así mismo advirtió que aquel ciudadano ( i) que no resida en el respectivo municipio, (ii) que no tenga asiento regular en el mismo, (iii) que no ejerza allí su profesión u oficio y (iv) que tampoco posea algún negocio o empleo serán declarados como trashumantes y en consecuencia se
2 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 1203. 18 de noviembre de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: LUIS ÁNGEL VELÁSQUEZ MILLÁN. Demandado: ANDRÉS FELIPE RAMÍREZ RESTREPO - ALCALDE DE JAMUNDÍ- VALLE DEL CAUCA, PERÍODO 2020-2023. 3 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 0004. 29 de abril de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: DANIEL ELÍAS CEBALLOS
2020-2023. 3 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 0004. 29 de abril de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: DANIEL ELÍAS CEBALLOS BRITO. Demandado: DIPUTADOS A LA ASAMBLEA DE LA GUAJIRA, PERIODO 2020-2023.Resolución 5566 de 2023 Página 4 de 13
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determin ar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de NECHÍ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
dejará sin ef ecto la inscripción de la cédula a través del procedimiento breve y sumario estipulado en la Resolución Nº. 2857 del 2018 del Consejo Nacional Electoral.
En ese mismo sentido, el Consejo Nacional Electoral en la Resolución N.º 2857 de 2018 indicó que la trashumancia electoral consiste en participar indebidamente en elecciones de autoridades territoriales y decisiones de la misma naturaleza, mediante la inscripción de la cédula de ciudadanía sin tener residencia electoral en la respectiva circunscripción.
2.4 Procedimiento para dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
El Consejo Nacional Electoral debe someterse a los límites y formalidades establecidos en la Constitución y la ley en todas las actuaciones que adelante, incluida la orientada a comprobar la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.
En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la
la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.
En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la competencia para declarar sin efecto la inscripci ón cuando en el marco de un procedimiento breve y sumario se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio.
El procedimiento orientado a tal fin se encuentra desarrollado en la Resolución Nº. 2857 de 2018 proferida por el Consejo Nacion al Electoral. En el artículo 1 de la Resolución en cita faculta al Consejo Nacional Electoral para iniciar la actuación administrativa por trashumancia electoral para que de oficio o a solicitud de parte realice el procedimiento administrativo breve y sumario orientado a dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
Cuando se presente queja por parte de cualquier ciudadano , el Consejo Nacional Electoral estableció en el artículo 4 de la mencionada Resolución, los siguientes requisito s para que la queja sea tramitada por la autoridad electoral:
“Artículo cuarto. Requisitos de la queja . La queja que se presentará de manera escrita, o en el formulario diseñado para el efecto y deberá contener:
a) Nombres y apellidos completos del solic itante o de su apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y la dirección de notificación física y/o electrónica y manifestación de si acepta recibir notificación por este medio. b) El objeto de la queja. c) Narración de los hechos en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que presuntamente
b) El objeto de la queja. c) Narración de los hechos en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que presuntamente no residen en el municipio donde se inscribieron para sufragar o de elementos probatorios que permitan identificarlos. Esta relación deberá entregarse igualmente, en medio digital. e) Indicación de las pruebas que pretende hacer valer o de aquellas cuya práctica solicita. f) Copia de la solicitud en medio magnético.Resolución 5566 de 2023 Página 5 de 13
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determin ar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de NECHÍ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
g) Firma del solicitante.
PARÁGRAFO. - Cuando el ciudadano considere que la solicitud pone en riesgo su integridad o la de su familia, antes de presentar la queja, podrá solicitar ante el Ministerio Público el procedimiento especial de solicitud con identificación reservada, conforme lo dispone el parágrafo del artículo 4 de la Ley 1712 de 2014”.
Asimismo, según el artículo 6 de la misma normativa, las quejas que no reúnan los requisitos señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.
Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la
señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.
Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la queja y de la nueva solicitud que eventualmente decida presentar el pe ticionario con cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Resolución N.º 2857 de 2018.
2.5 Control del Consejo Nacional Electoral para combatir la trashumancia electoral.
El Decreto 1294 del 2015 establec ió los mecanismos que pos ibilitan un control efectivo y oportuno por parte del Consejo Nacional Electoral sobre la inscripción de cédulas de ciudadanía para combatir la trashumancia electoral, el cual en su artículo 2.3.1.8.5, dispuso que la Registraduría Nacional del Estado Civil remitirá́ al Consejo Nacional Electoral, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes calendario durante el periodo de inscripciones y dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento de las mismas, el resultado del cruce de base de datos.
Así las cosas, u na vez se analice el comportamiento atípico en la inscripción de cédulas de ciudadanía en el departamento, se decretará el cruce de las bases de datos que servirán como soporte para adoptar decisiones. El cruce de la información suministrada e n las bases de datos se realiza de forma simultánea considerando como prueba de residencia, la coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social ,
coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social , Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPS-, Archivo Nacional de Identificación -ANIy censo electoral.
Adicional, la Registraduría Naci onal del Estado Civil durante el periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía, pondrá a disposición del Consejo Nacional Electoral la siguiente información i) bases de datos de inscritos en el respectivo distrito o municipio, ii) Archivo Nacional de Ide ntificación ANI, iii) Potencial de Inscritos y iv) Datos Históricos del Censo Electoral.Resolución 5566 de 2023 Página 6 de 13
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determin ar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de NECHÍ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
De conformidad con el artículo 9 de la Resolución N.º 2857 del 2018, con base en los resultados de los cruces de las bases de datos , el Consej o Nacional Electoral podrá comisionar servidores públicos vinculados o adscritos a la Organización Electoral para la práctica de pruebas, incluidas visitas especiales a los municipios.
2.6. Caso concreto.
Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de reparto del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal
2.6. Caso concreto.
Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de reparto del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.
El despacho sustanciador consider ó pertinente verificar los r egistros de los ciudadanos inscritos para sufragar en las próximas elecciones de autoridades locales en el municipio de NECHÍ. Para el efecto se cruzaron las bases de datos, entre las que se encuentran: SISBEN, ADRES, DPS, ANI y Censo Electoral, verificaci ón que permiti ó comprobar a través de un procedimiento breve y sumario si existe o no inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
Para la referida verificación, la Registraduría Nacional del Estado Civil durante el periodo de inscripciones, remitió al Consejo Nacional Electoral dentro de los diez (10) primeros días de cada mes el consolidado de inscripción de cédulas y las mencionadas bases de datos.
El análisis de datos se realizó conforme dispone el artículo 8 de la Resolución Nº. 2857 de 2018 expedida por esta Corporación, de manera simultánea, así: El registro del SISBEN a fin de identificar la afiliación de los ciudadanos en el mismo; el registro del ADRES teniendo en cuenta tanto el régimen contributivo como el subsidiado; el DPS para corroborar información de los programas de del sector de inclusión social y reconciliación, el censo electoral con el propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023.
propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023. Para efectos de la decisión, se tom ó única y exclusivamente con base en el criterio general de coincidencia positiva sobre residencia electoral, es decir, la que coincida con el lugar de inscripción para votar y al menos se encuentre en alguna de las bases de datos utilizadas, un vínculo que permita establecer la relación con el municipio. En los casos en que la información suministrada en la inscripción de cédula de ciudadanía no coincidió como mínimo en una de las bases de dato s anteriormente relacionadas, la Sala resolverá dejar sin efecto la última inscripción. El declarado trashumante no podrá volver a inscribir su cédula de ciudadanía para el mismo proceso electoral en el lugar del cual fue excluida como consecuencia del pr ocedimiento aquí previsto, tampoco podrá ser designado ni ejercer como jurado de votación en tal entidadResolución 5566 de 2023 Página 7 de 13
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determin ar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de NECHÍ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
territorial. Lo anterior, sin perjuicio de l recurso de reposición que pueda presentar a efectos de probar su residencia electoral.
Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadas
Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadas anteriormente, relacionados con el municipio de NECHÍ del departamento de ANTIOQUIA.
Conforme a lo expuesto, una vez adelantados los procedimientos establecidos , recaudado el material probatorio y teniendo en cuenta la verificación de la información contenida en el censo electoral del municipio de NECHÍ y el cruce las bases de datos (SISBEN, ADRES, DPS y ANI), la Sala procede a dejar sin efecto la inscripción de cédulas que se relacionan en la parte resolutiva teniendo en cuenta que se evidenció que no corresponde n a sus residencias electorales.
Lo anterior, sin perjuicio que el ciudadano pueda ejercer su derecho al voto, en el lugar en que tenía inscrita su cédula de ciudadanía previamente a dejar sin efecto la última inscripción y que corresponda en efecto, con su residencia electoral.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO : DEJAR SIN EFECTO la inscripción de las cé dulas de ciudadanía realizada en el municipio de NECHÍ, del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales a realizarse el veintinueve (29) de octubre del 2023, al no acreditarse la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación:
N.º C.C. NOMBRES FECHA Y HORA DE
INSCRIPCIÓN
3422920 BETIN PEREZ EDUARDO DE LOS SANTOS 2023/03/28 8:34:50
residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación:
N.º C.C. NOMBRES FECHA Y HORA DE
INSCRIPCIÓN 3422920 BETIN PEREZ EDUARDO DE LOS SANTOS 2023/03/28 8:34:50 3442154 ANGULO ESPEJO WALTER ANTONIO 2/05/2023 9:00 3670212 VILLALBA ESPEJO EDUARDO 2/05/2023 10:54 3671904 PINTO MESA JONAS 4/04/2023 3:11:23 PM 3960450 GOMEZ ARIAS JULIO SANTANDER 30/05/2023 9:20
6622471 LOPEZ HOYOS SEVERO MANUEL 6/02/2023 9:40:55 AM
7368744 MESTRA SIERRA JAIME JOSE 17/02/2023 10:57:30 AM 8031274 ECHEVERRIA GIL EDIL DE JESUS 23/05/2023 10:07 8051000 SAA MUÑOZ DAIMER NEL 10/05/2023 10:01 8051032 OVIEDO JARABA MARCELIANO ALBERTO 18/05/2023 10:13 8051073 CALDERIN ARTEAGA ANDRES FRANCISCO 29/11/2022 10:52:37 AM 8051492 JARABA ARIZA JOHN FREDY 20/04/2023 2:09:00 PM 8051721 MEJIA CORREA HADER WISNEY 2023/03/16 15:36:56 8051800 JARAMILLO TREJO YAIR ALBERTO 2023/03/29 10:39:23 8051837 LAMBRAÑO MORENO HENRY ANTONIO 20/04/2023 11:29:18 AMResolución 5566 de 2023 Página 8 de 13
8051837 LAMBRAÑO MORENO HENRY ANTONIO 20/04/2023 11:29:18 AMResolución 5566 de 2023 Página 8 de 13
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determin ar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de NECHÍ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
8052375 AGAMEZ RUIZ ADELKIS AMIN 18/01/2023 10:19:00 AM 8052458 FUENTES SEPULVEDA HENRY 14/02/2023 12:08:16 PM 8052558 MARQUEZ ENCISO WILMAN ALBERTO 2023/03/30 10:16:12 8202584 HERNANDEZ CALY FELIX MANUEL 31/05/2023 11:03 8370527 CALY SAJAYOR UBADEL ANTONIO 12/04/2023 8:44:17 AM 8372176 LEGUIA SALCEDO NERALDO 3/02/2023 3:44:41 PM 8372319 MARQUEZ CORREA WILSON MANUEL 3/05/2023 9:28 8372798 CABRERA VERGARA YONIS ENRIQUE 2023/03/24 9:17:54 8373437 DIAZ HERNANDEZ NEDER ENRIQUE 2/05/2023 11:10 8373700 PRASCA HERNANDEZ ALVARO DE JESUS 11/04/2023 8:53:44 AM 8373716 VILLADIEGO FUENTES ITALO ALFONSO 25/04/2023 2:58:27 PM 8373726 VALERIO SAMPAYO JOSE ALEJANDRO 31/05/2023 11:03
8373716 VILLADIEGO FUENTES ITALO ALFONSO 25/04/2023 2:58:27 PM 8373726 VALERIO SAMPAYO JOSE ALEJANDRO 31/05/2023 11:03 8373880 DIAZ ARDILA ALBEIRO DE JESUS 8/05/2023 8:18 8374207 SEVERICHE FERNANDEZ RAFAEL ALFREDO 23/05/2023 14:20
8756860 MARQUEZ HERAZO MARCOS FIDEL 12/04/2023 2:58:56 PM
8788484 AGUILAR CARCAMO JUAN ALBERTO 12/04/2023 9:54:07 AM
9116014 PEREZ VEGA BLAS CANDELARIO 11/04/2023 10:22:57 AM 9195565 MEJIA AGUAS JOSE PRUDENCIO 30/01/2023 2:32:42 PM 9302410 MARTINEZ URBINA JORGE ELIECER 2/05/2023 9:01 10772024 PACHECO HERNANDEZ JAMETH JAVID 20/02/2023 2:19:08 PM 10887848 MEZA BALDOVINO EMIL OMAR 26/04/2023 2:37:13 PM 10902383 MARTINEZ DIAZ FELIX FRANCISCO 23/05/2023 15:53 11052383 DIAZ RUIZ JUAN CARLOS 2023/03/28 15:42:36 11152600 ARRIETA VAQUERO QUIRINO MANUEL 31/05/2023 9:28 11154580 CASTELLANO ORTEGA RODRIGO MARIA 3/05/2023 12:00
14880283 SEPULVEDA BLANDON WILSON DE JESUS 11/04/2023 11:20:32 AM
11154580 CASTELLANO ORTEGA RODRIGO MARIA 3/05/2023 12:00 14880283 SEPULVEDA BLANDON WILSON DE JESUS 11/04/2023 11:20:32 AM 15037812 ARRIETA MEDINA OSWALDO EMIRO 12/05/2023 14:30
15303987 ANDREUS MERCADO CRISTOBAL WILLIAM 28/04/2023 2:12:19 PM
15306599 CAMARGO ARIAS ENOL ALBERTO 13/04/2023 11:23:29 AM 15308573 AGAMEZ MUENTES FERNANDO EMILIO 6/02/2023 8:26:51 AM 15308903 NISPERUZA NISPERUZA ALCIDES ANTONIO 25/05/2023 9:14 15665134 SOTO VASQUEZ FREDDY MANUEL 25/05/2023 9:57
15669517 VILLALOBO HERRERA EULISES MANUEL 21/02/2023 11:42:54 AM
15678252 CORREA CALDERIN NEVER ANTONIO 3/04/2023 9:04:20 AM 15679579 SOTO VASQUEZ JORGE LUIS 24/04/2023 8:57:30 AM 16114047 TORO TORO WILSON 7/02/2023 10:54:52 AM 17653867 CAMACHO POVEDA ARNOLDO 2023/03/21 10:20:36 17973842 BOLAÑO ARAUJO DEIBER ELIAS 16/01/2023 10:53:53 AM 18776361 MERCADO DIAZ HECTOR JOSE 15/05/2023 11:16 19871619 PAYARES RAMIREZ MARTIN JOSE 16/05/2023 8:31
21639252 CORREA OYOLA DEYANIRA ROSA 16/11/2022 10:49:48 AM
19871619 PAYARES RAMIREZ MARTIN JOSE 16/05/2023 8:31
21639252 CORREA OYOLA DEYANIRA ROSA 16/11/2022 10:49:48 AM 21647080 RAMOS ZABALETA OLIVA MARIA 27/01/2023 9:06:31 AM 21647494 OSPINA PEDRAZA VICTORIA EUGENIA 16/05/2023 14:16 22115481 GOMEZ FLOREZ CARMEN EMILIA 12/05/2023 15:57 22807061 VILLEGAS MOLINA INELDA 10/02/2023 8:45:53 AM 30571029 JIMENEZ SIERRA SIRIS DEL CARMEN 31/05/2023 10:47 32802583 MOZO BROCHERO LUZ MEYRIS 27/02/2023 9:34:27 AM 34940906 SIERRA SIERRA SIXTA FADIL 8/05/2023 8:53 37615509 ARANDA EMILSE 2/05/2023 10:56
39268672 JIMENEZ GONZALEZ LUZ DAMARIS 13/04/2023 8:41:01 AM
39268895 LENIS DIAZ YOLANDA LUCIA 13/02/2023 11:16:30 AM 39271506 ROBLES GAMBOA ELIDA ROSA 18/04/2023 9:44:57 AM 39271522 MORELO HOYOS LUISA 8/11/2022 2:22:41 PM 39278553 HERRERA MONTIEL LUISA MARIA 19/05/2023 8:44Resolución 5566 de 2023 Página 9 de 13
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determin ar la
39278553 HERRERA MONTIEL LUISA MARIA 19/05/2023 8:44Resolución 5566 de 2023 Página 9 de 13
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determin ar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de NECHÍ del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
39285126 HERRERA HEREDIA YENIS MISLEDIS 2023/03/29 10:39:32 39318297 MORENO MARTINEZ ANA YULIS 26/05/2023 11:53 42793340 ARGUELLO SERPA NIYEDIS DEL SOCORRO 2023/03/22 11:12:37 43698828 MONTES VERGARA YURBY JAINE 19/05/2023 10:16 43698844 PACHECO VILLEGAS ALEXANDRA MARIA 10/02/2023 9:03:08 AM 43699016 MONTIEL ALVAREZ NANCY ESTER 29/05/2023 15:10 43699149 CARDENAS ROMERO MARTHA LIGIA 18/01/2023 10:22:35 AM 43699294 HENAO BALDOVINO LUZ DARY 2023/03/31 9:29:55 43699303 HERNANDEZ PAYARES MIREYA 2023/03/17 10:17:38 43699583 BORJA OSORIO MABEL GREGORIA 12/12/2022 3:17:44 PM 43804378 GONZALEZ ZAMBRANO ADALGISA 17/02/2023 2:39:33 PM
43888812 CARO BANQUET YONADIS EDITH 26/12/2022 11:09:54 AM
43804378 GONZALEZ ZAMBRANO ADALGISA 17/02/2023 2:39:33 PM 43888812 CARO BANQUET YONADIS EDITH 26/12/2022 11:09:54 AM 43889977 MORALES MARICHAL MALVIRIS ADRIANA 12/05/2023 8:46 43890492 OLIVERA CRESPO YURIS NAYGIVIS 2/05/2023 9:03 43890906 SIERRA VERGARA NADIS ELENA 10/04/2023 8:28:44 AM 43891009 TEJADA VERGARA LUZ DARY 2/05/2023 8:27 43893929 TAPIA NOGUEA GABINA 25/05/2023 15:47 43896012 NUÑEZ CALDERA DENNIS 20/02/2023 10:25:52 AM 43897414 NUÑEZ HERNANDEZ MARELVIS MARIA 1/02/2023 3:14:08 PM 45520197 ORDOÑEZ REYES INDRIS JOHANNA 2023/03/21 9:58:49
52895687 HERNANDEZ GUERRA NERVA ROSA 26/04/2023 2:41:31 PM
64565508 PEREZ DONADO ROSELI ISABEL 3/02/2023 9:41:16 AM
64577556 TUIRAN VILLEGA TATIANA ELENA 31/10/2022 2:22:43 PM 71183763 CALDERON SILVA YANQUED DE JESUS 18/04/2023 10:49:00 AM 71720771 OSPINA PEDRAZA ANGEL ALFONSO 2023/03/21 9:56:34 71948856 TRILLOS PEDROZO JESUS EDUARDO 11/05/2023 8:20
71720771 OSPINA PEDRAZA ANGEL ALFONSO 2023/03/21 9:56:34 71948856 TRILLOS PEDR
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