CNE - Resolución 5593 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 5593 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 5593 DE 2023 (26 de julio) Por medio de la cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la p osible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las atribuidas por el artículo 265 de la Constitución Política , el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 y co n fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. En concordancia con el calendario electoral establecido por la Registraduría Naciona l del Estado Civil, en el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 y el 29 de agosto del 2023, se llevará a cabo la inscripción de cédulas de ciudadanía para las elec ciones territoriales y locales que tendrán lugar el próximo 29 de octubre del 2023.
1.2. El Consejo Nacional Electoral mediante Acta de reparto del 6 de octubre del año 2022, designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA.
1.3 Mediante Auto MMA -027 del 11 de abril del 2023 el despacho avocó conocimiento y dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.
1.3 Mediante Auto MMA -027 del 11 de abril del 2023 el despacho avocó conocimiento y dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.
1.4 El Auto m encionado en el numeral anterior, fue notificado en debida forma a la Registraduría y a la Alcaldía del municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA. 1.5. En cumplimiento de lo dispuesto en el Auto del 11 de abril de 2023, la oficina de Censo Electoral de la Registr aduría Nacional del Estado Civil, el 09 de m ayo del 2023 entreg ó al despacho sustanciador las bases de datos del Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social -ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPSy Archivo Nacional de Identificación -ANI-. 1.6. El 21 de junio de 2023 la Registraduría Nacional del Estado Civil remitió el listado de cédulas inscritas en el departamento de ANTIOQUIA, entre los cuales se relaciona el nombre de los registrados a 31 de mayo de 2023, en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA.Resolución 5593 de 2023 Página 2 de 12
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimie nto administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar posible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de ANTIOQUIA.
2. CONSIDERACIONES
2.1. Competencia.
De conformidad con el artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 11 del Decreto 2241 de 1986, así como la L ey 1475 del 2011 y la Resolución 2857 de 2018 frente a lo dispuesto en el artículo 316 Superior, esta Corporación es competente para conocer, vigilar e inspeccionar los temas concernientes a la inscripción irregular de cédulas. 2.2. Inscripción de cédulas y residencia electoral.
De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 1475 del 2011, la inscripción para votar es un acto que se realiza de forma automática al momento de expedir la cédula de ciudadanía, sin embargo, la ley contempla que en caso de que el ciu dadano cambie el lugar de domicilio o residencia, dicho proceso se llevará a cabo dentro del año anterior al respectivo proceso electoral y se cerrará dos (2) meses antes de la respectiva jornada electoral de que se trate. Así las cosas, para el presente proceso electoral dicha inscripción se llevará a cabo durante el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 hasta el 29 de agosto del 2023.
De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se
periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 hasta el 29 de agosto del 2023.
De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de autoridades locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.
Para efectos de lo dispuesto en la norma en cita, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 precisa que, la residen cia es aquella en la que se encuentra registrado el votante en el censo electoral, pues mediante dicha inscripción declara bajo la gravedad del juramento residir en el municipio en el que se lleva a cabo la elección. La jurisprudencia1 señala que sólo cuando se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio el Consejo Nacional Electoral dejará sin efecto la última inscripción.
La Sección Quinta del Consejo de Estado2 ha delimitado el concepto de residencia electoral como el lugar en el que se encuentra registrado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde una persona habita, (ii) el lugar en el que una persona de manera regular está de asie nto, (iii)
1 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 2719. 30 de noviembre de 2001. C.P. MARIO ALARIO MÉNDEZ. Actor: DANIEL ARTURO
MORALES RIVEROS. Demandado: ALCALDE DEL MUNICIPIO DE FOSCA.
2 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 1203. 18 de noviembre de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: LUIS ÁNGEL VELÁSQUEZ MILLÁN. Demandado: ANDRÉS FELIPE RAMÍREZ RESTREPO - ALCALDE DE JAMUNDÍ- VALLE DEL CAUCA, PERÍODO 2020-2023.Resolución 5593 de 2023 Página 3 de 12
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimie nto administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
el lugar donde una persona ejerce su profesión u oficio, o (iv) el lugar en el que una persona posee alguno de sus negocios o empleo.
En ese orden de ideas , la Corporación en cita ha manifestado que no se puede limitar la residencia electoral a aquellas personas que solo habiten o residen en el municipio, dichos presupuestos materiales pueden determinar que una persona posea al mismo tiempo la opción de varias residencias electorales, tal como puede ocurrir con el domicilio. No obstante, respecto de aquélla, la ley establece que debe ser única y se determina por la decisión del ciudadano de inscribir su cédula en el municipio o en alguno de los municipios en relación con los cuales tiene uno cualquiera o varios de los vínculos previstos.
2.3. Fraude en inscripción de cédulas y trashumancia electoral.
El artículo 389 de la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal, modificado por
2.3. Fraude en inscripción de cédulas y trashumancia electoral.
El artículo 389 de la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal, modificado por el artículo 4 de la Ley 1864 de 2017, tipific ó como delito el fraude de inscripción irregular de cédulas, al señalar que “El que por cualquier medio indebido logre que personas habilitadas para votar inscriban documento o cédula de ciudadanía en una localidad, municipio o distrito diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ven taja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá en prisión de cuatro (4) a nueve (9) años y multa de cincuenta a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
La misma norma advierte que, e n igual pena incurrirá quien con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para terceros , inscriba su documento o cédula de ciudadanía en localidad, municipio, o distrito diferente a su lugar de nacimiento o residencia.
Asimismo, e l Consejo de E stado3 ha definido la trashumancia electoral como la acción de inscribir la cédula para votar por un determinado candidato u opción política en un lugar distinto al que se reside o en el que se encuentre un verdadero arraigo o interés, así mismo advirtió que aquel ciudadano (i) que no resida en el respectivo municipio, (ii) que no tenga asiento regular en el mismo, (iii) que no ejerza allí su profesión u oficio y (iv) que tampoco posea algún negocio o empleo serán declarados como trashumantes y en consecuen cia se
asiento regular en el mismo, (iii) que no ejerza allí su profesión u oficio y (iv) que tampoco posea algún negocio o empleo serán declarados como trashumantes y en consecuen cia se dejará sin efecto la inscripción de la cédula a través del procedimiento breve y sumario estipulado en la Resolución Nº. 2857 del 2018 del Consejo Nacional Electoral.
En ese mismo sentido, el Consejo Nacional Electoral en la Resolución N.º 2857 d e 2018 indicó que la trashumancia electoral consiste en participar indebidamente en elecciones de
3 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 0004. 29 de abril de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: DANIEL ELÍAS CEBALLOS BRITO. Demandado: DIPUTADOS A LA ASAMBLEA DE LA GUAJIRA, PERIODO 2020-2023.Resolución 5593 de 2023 Página 4 de 12
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimie nto administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
autoridades territoriales y decisiones de la misma naturaleza, mediante la inscripción de la cédula de ciudadanía sin tener residencia electoral en la respectiva circunscripción. 2.4 Procedimiento para dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
El Consejo Nacional Electoral debe someterse a los límites y formalidades establecidos en la Constitución y la ley en todas las actuaciones que adelante, incluida la orientada a comprobar
ciudadanía.
El Consejo Nacional Electoral debe someterse a los límites y formalidades establecidos en la Constitución y la ley en todas las actuaciones que adelante, incluida la orientada a comprobar la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.
En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la competencia para declarar sin efecto la inscripción cuando en el marco de un procedimiento breve y sumario se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio.
El procedimiento orientado a tal fin se encuentra desarrollado en la Resolución Nº. 2857 de 2018 proferida p or el Consejo Nacional Electoral. En el artículo 1 de la Resolución en cita faculta al Consejo Nacional Electoral para iniciar la actuación administrativa por trashumancia electoral para que de oficio o a solicitud de parte realice el procedimiento adminis trativo breve y sumario orientado a dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
Cuando se presente queja por parte de cualquier ciudadano , el Consejo Nacional Electoral estableció en el artículo 4 de la mencionada Resolución, los siguientes requisitos para que la queja sea tramitada por la autoridad electoral:
“Artículo cuarto. Requisitos de la queja . La queja que se presentará de manera escrita, o en el formulario diseñado para el efecto y deberá contener:
a) Nombres y apellidos completos del solicitante o de su apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y la dirección de notificación física y/o electrónica y manifestación de si acepta recibir notificación por este medio. b) El objeto de la queja.
con indicación del documento de identidad y la dirección de notificación física y/o electrónica y manifestación de si acepta recibir notificación por este medio. b) El objeto de la queja. c) Narración de los hechos en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que presuntamente no residen en el municipio donde se inscribieron para sufragar o de elementos probatorios que permitan identificarlos. Esta relación deberá entregarse igualmente, en medio digital. e) Indicación de las pruebas que pretende hacer valer o de aquellas cuya práctica solicita. f) Copia de la solicitud en medio magnético. g) Firma del solicitante.
PARÁGRAFO. - Cuando el ciudadano considere que la solicitud pone en riesgo su integridad o la de su familia, antes de presentar la queja, podrá solicitar ante el Ministerio Público el procedimiento especial de solicitud con identi ficación reservada, conforme lo dispone el parágrafo del artículo 4 de la Ley 1712 de 2014”.Resolución 5593 de 2023 Página 5 de 12
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimie nto administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
Asimismo, según el artículo 6 de la misma normativa, las quejas que no reúnan los requisitos señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.
Asimismo, según el artículo 6 de la misma normativa, las quejas que no reúnan los requisitos señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.
Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la queja y de la nueva solicitud que eventualmente de cida presentar el peticionario con cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Resolución N.º 2857 de 2018. 2.5 Control del Consejo Nacional Electoral para combatir la trashumancia electoral.
El Decreto 1294 del 2015 establec ió lo s mecanismos que posibilita n un control efectivo y oportuno por parte del Consejo Nacional Electoral sobre la inscripción de cédulas de ciudadanía para combatir la trashumancia electoral, el cual en su artículo 2.3.1.8.5, dispuso que la Registraduría Nacio nal del Estado Civil remitir á́ al Consejo Nacional Electoral, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes calendario durante el periodo de inscripciones y dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento de las mismas, el resultado del cruce de base de datos.
Así las cosas, u na vez se analice el comportamiento atípico en la inscripción de cédulas de ciudadanía en el departamento, se decretará el cruce de las bases de datos que servirán como soporte para adoptar decisiones. El cruce de la información suministrada en las bases de datos se realiza de forma simultánea considerando como prueba de residencia, la coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema
como soporte para adoptar decisiones. El cruce de la información suministrada en las bases de datos se realiza de forma simultánea considerando como prueba de residencia, la coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social , Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPS-, Archivo Nacional de Identificación -ANIy censo electoral.
Adicional, l a Registraduría Nacional del Estado Civil durante el periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía, pondrá a disposición del Consejo Nacional Electoral la siguiente información i) bases de datos de inscritos en el respectivo distrito o municipio, ii) Arc hivo Nacional de Identificación ANI, iii) Potencial de Inscritos y iv) Datos Históricos del Censo Electoral.
De conformidad con el artículo 9 de la Resolución N.º 2857 del 2018, con base en los resultados de los cruces de las bases de datos , el Consej o Na cional Electoral podrá comisionar servidores públicos vinculados o adscritos a la Organización Electoral para la práctica de pruebas, incluidas visitas especiales a los municipios. 2.6. Caso concreto.Resolución 5593 de 2023 Página 6 de 12
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimie nto administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de reparto del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.
El despacho sustanciador consider ó pertinente verificar los registros de los ciudadanos inscritos para sufragar en las próximas elecciones de autoridades locales en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA. Para el efecto se cruzaron las bases de datos, entre las que se encuentran: SISBEN, ADRES, DPS, ANI y Censo Electoral, verificación que permiti ó comprobar a través de un procedimiento breve y sumario si existe o no inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
Para la referida verificación, la Registraduría Nacional del Estado Civil durante el periodo de inscripciones, remitió al Consejo Nacional Electoral dentro de los diez (10) primeros días de cada mes el consolidado de inscripción de cédulas y las mencionadas bases de datos.
El análisis de datos se realizó conforme dispone el artículo 8 de la Resolución Nº. 2857 de 2018 expedida por esta Corporación, de manera simultánea, así: El registro del SISBEN a fin de identificar la afiliación de los ciudadanos en el mismo; el registro del ADRES teniendo en cuenta tanto el régimen contributivo como el subsidiado; el DPS para corroborar información de los programas de del sector de inclusión social y reconciliación, el censo electoral con el
de identificar la afiliación de los ciudadanos en el mismo; el registro del ADRES teniendo en cuenta tanto el régimen contributivo como el subsidiado; el DPS para corroborar información de los programas de del sector de inclusión social y reconciliación, el censo electoral con el propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023. Para efectos de la decisión, se tom ó única y exclusivamente con base en el criterio general de coincidencia positiva sobre residencia electoral, es decir, la que coincida con el lugar de inscripción para votar y al menos se encuentre en alguna de las bases de datos utilizadas, un vínculo que permita establecer la relación con el municipio. En los casos en que la información suministrada en la inscripción de cédula de ciudadanía no coincidió como mínimo en una de las bases de datos anteriormente relacionadas, la Sala resolverá dejar sin efecto la última inscripción. El declarado trashumante no podrá volver a inscribir su cédula de ciudadanía para el mismo proceso electoral en el lugar del cual f ue excluida como consecuencia del procedimiento aquí previsto, tampoco podrá ser designado ni ejercer como jurado de votación en tal entidad territorial. Lo anterior, sin perjuicio de l recurso de reposición que pueda presentar a efectos de probar su residencia electoral.
Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadasResolución 5593 de 2023 Página 7 de 12
Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadasResolución 5593 de 2023 Página 7 de 12
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimie nto administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
anteriormente, relacionados con el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA.
Conforme a lo expuesto, una vez adelantados los procedimientos establecidos , recaudado el material probatorio y teniendo en cu enta la verificación de la información contenida en el censo electoral del municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA y el cruce las bases de datos (SISBEN, ADRES, DPS y ANI), la Sala procede a dejar sin efecto la inscripción de cédulas que se relacionan en la par te resolutiva teniendo en cuenta que se evidenció que no corresponden a sus residencias electorales.
Lo anterior, sin perjuicio que el ciudadano pueda ejercer su derecho al voto, en el lugar en que tenía inscrita su cédula de ciudadanía previamente a deja r sin efecto la última inscripción y que corresponda en efecto, con su residencia electoral.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO : DEJAR SIN EFECTO la inscripción de las cé dulas de ciudadanía realizada en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA , del departamento de ANTIOQUIA
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO : DEJAR SIN EFECTO la inscripción de las cé dulas de ciudadanía realizada en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA , del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales a realizarse el veintinueve (29) de octubre del 2023, al no acreditarse la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a
continuación:
N.º C.C. NOMBRES FECHA Y HORA DE
INSCRIPCIÓN 582016 GODOY MORENO JOSE OLIVERIO 2/12/2022 11:25:08 AM 3100199 SOSA BEJARANO JOSE 27/02/2023 11:01:21 AM 3351172 MAYA PEREZ GABRIEL DARIO 2023/03/03 10:50:19 3389872 BARRERA BORJA MARIO 3/05/2023 11:21 3396837 CARVAJAL METAUTE JORGE ELIECER 28/04/2023 2:58:36 PM 3409464 GONZALEZ HOLGUIN JESUS EDUARDO 3/05/2023 15:32 3417298 HERNANDEZ FEDERICO ANTONIO 31/05/2023 10:49 3460369 LOPEZ ANTONIO MARIA 2/05/2023 10:35 3513797 CALLE GARCES PEDRO ANTONIO 24/01/2023 3:45:22 PM 3552988 MORENO RAMON ALONSO 31/05/2023 11:30 4920023 OTALORA CLAVIJO JOSE OSVAL 31/05/2023 15:42 8005427 URREGO LOPEZ VICTOR DANIEL 30/05/2023 11:55
4920023 OTALORA CLAVIJO JOSE OSVAL 31/05/2023 15:42 8005427 URREGO LOPEZ VICTOR DANIEL 30/05/2023 11:55
8030864 LONDOÑO BENITEZ DAVID ALEJANDRO 21/02/2023 11:29:11 AM 8032340 NARANJO LAINEZ SANTIAGO ALEJANDRO 2/02/2023 9:23:10 AM 8038016 GIRALDO SUAREZ SERGIO 3/01/2023 11:29:36 AM 8243402 BENITEZ FELIX HORACIO 2023/03/22 10:34:53 8297734 MUÑOZ OCAMPO JORGE ELIECER 13/01/2023 9:29:21 AM 8359566 LEZCANO MARTINEZ JOSE FERNANDO 4/05/2023 11:08 11796495 ALUMA ROA JHONNY 1/11/2022 3:38:05 PM 14445353 PANESSO GONZALEZ RAUL 3/05/2023 9:21 15400455 BENITEZ GARCIA JORGE ALBERTO 20/02/2023 2:20:52 PM 15401486 PRESIGA CANO JOSE RAMON 5/01/2023 10:13:41 AMResolución 5593 de 2023 Página 8 de 12
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimie nto administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
15402393 GIRON MACHADO FREY ELKIN 2023/03/17 10:41:45
para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
15402393 GIRON MACHADO FREY ELKIN 2023/03/17 10:41:45 15402490 MURIEL SEPULVEDA GONZALO DE JESUS 19/12/2022 9:43:44 AM 15402934 CARVAJAL USUGA OSCAR ALVEIRO 2023/03/02 16:18:19 15402959 HOLGUIN DAVID JHON JAIRO 3/02/2023 2:31:20 PM 15403116 VILLA RODRIGUEZ RUBEN DARIO 2023/03/13 16:39:57 15403182 DURANGO GARCES LUIS FERNANDO 19/05/2023 11:03 15403695 MURILLO DURANGO ARNALDO 25/04/2023 9:37:58 AM 15403923 JIMENEZ BORJA JOHN FREDY 10/05/2023 11:50 15403926 ALVAREZ QUIROS JORGE HUGO 15/05/2023 14:58 15404043 URREGO LOPEZ HECTOR ALONSO 17/02/2023 2:21:28 PM 15404834 JIMENEZ ZAPATA WILSON 2023/03/03 14:44:58 15405023 MADRID OVALLE EDUAR ALONSO 2023/03/15 10:53:36 15405066 MEJIA ZAPATA SERGIO ALBERTO 11/05/2023 15:20
15405498 LEZCANO SERNA EURLEY DE JESUS 11/11/2022 8:27:20 AM
15405908 VANEGAS BAENA SERGIO ANDRES 2/02/2023 4:09:23 PM
15405987 CARVAJAL LOPEZ JOHN JAIME 26/04/2023 8:37:14 AM
15405908 VANEGAS BAENA SERGIO ANDRES 2/02/2023 4:09:23 PM
15405987 CARVAJAL LOPEZ JOHN JAIME 26/04/2023 8:37:14 AM 15407311 CARDONA GIRALDO JAIME ESTEBAN 16/11/2022 11:42:46 AM 15526390 GIRALDO JOHN JAIRO 24/04/2023 9:17:31 AM 16650259 RUBIO FRANCO VICTOR HUGO 2023/03/14 12:08:02 17031022 RUBIO VANEGAS HUMBERTO 2023/03/31 15:27:53 17849348 FLOREZ URREGO RAFAEL 10/02/2023 10:43:44 AM 20231639 ELORZA RUBIO MARIA 2023/03/31 15:23:05 21404490 VELASQUEZ PATIÑO GLORIA EDILMA 25/04/2023 2:59:24 PM 21426378 ROLDAN ALEXANDRA MARIA 30/05/2023 11:52 21496724 FLOREZ ACEVEDO CARMEN 2023/03/29 11:36:11 21498800 FERNANDEZ RIVERA MARIA 29/05/2023 8:54 21499375 NOVOA MARIA DEL CARMEN 2023/03/30 9:12:43 21499553 QUIROS BENITEZ AMARIS DEL SOCORRO 15/05/2023 15:01 21499777 PRESIGA BENITEZ DOLLY DEL SOCORRO 4/01/2023 4:05:54 PM 21500681 FLOREZ CUREQUIA JOHANA CECILIA 12/05/2023 14:46
21501158 LEZCANO SERNA YURI PATRICIA 9/11/2022 9:26:15 AM
21500681 FLOREZ CUREQUIA JOHANA CECILIA 12/05/2023 14:46
21501158 LEZCANO SERNA YURI PATRICIA 9/11/2022 9:26:15 AM 21501522 HIGUITA CANO CLAUDIA PATRICIA 15/02/2023 11:03:55 AM 21506293 LOPEZ VIDALES MAGNOLIA 2023/03/31 10:20:08 21509285 PALACIO BLANCA LUZ 18/05/2023 8:54 21509366 VELASQUEZ SANCHEZ ALBA LUZ 18/05/2023 9:02 21529883 VAHOS URIBE LUZ ESTELLA 17/01/2023 12:01:52 PM 21586876 GIRALDO SUAREZ EIDER 19/01/2023 12:18:13 PM 21594693 LEZCANO SERNA BLANCA LIBIA 2023/03/02 14:11:41 21744905 CRUZ ARBOLEDA GLORIA FANNY 18/05/2023 15:30 22116625 HOYOS RAMIREZ MARIA NIDIA 9/02/2023 3:09:15 PM 25799735 ROLDAN CARO LUZDARIS 25/05/2023 11:47 26213783 MUÑOZ JARAMILLO MARIELA MARY 28/04/2023 12:51:40 PM 32100060 GONZALEZ ROBLEDO MELFI LIBIA 2/05/2023 10:53 32100255 ANGEL CASTRILLON ESTHER 28/02/2023 11:01:05 AM 32100663 RUBIO ELORZA LILIANA MARIA 2023/03/31 15:34:27 32100822 SEPULVEDA VARELA LAURA VICTORIA 2023/03/13 10:48:16
32100663 RUBIO ELORZA LILIANA MARIA 2023/03/31 15:34:27 32100822 SEPULVEDA VARELA LAURA VICTORIA 2023/03/13 10:48:16 32101122 CARVAJAL PANIAGUA YANETH STELLA 8/05/2023 8:56 32101319 URREGO IBARRA MARIA BETSABE 3/02/2023 8:39:20 AM 32101545 ALVAREZ CARVAJAL LUZ PIEDAD 2023/03/21 9:42:27 32101657 SALDARRIAGA SALDARRIAGA LILIANA MARIA 2/05/2023 12:02 32101698 HERNANDEZ PRESIGA DIANA PATRICIA 11/11/2022 9:23:41 AM 32102131 PIMIENTA CARTAGENA ANGELA MARIA 16/02/2023 2:45:55 PM 32102141 MOLINA MORENO OLGA ALEXI 2023/03/03 14:42:53 32102545 PEREZ MURILLO CONSUELO 28/04/2023 3:31:34 PM 32102821 HENAO CASTAÑEDA LILIANA MARIA 25/04/2023 9:40:00 AMResolución 5593 de 2023 Página 9 de 12
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimie nto administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SANTA FÉ DE ANTIOQUIA del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
32103152 QUINTERO LINA MARIA 2023/03/10 11:13:13
para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
32103152 QUINTERO LINA MARIA 2023/03/10 11:13:13 32104143 ALCARAZ MORENO LUZ AIDE 24/05/2023 16:04 32104182 CORREA VALDERRAMA SULEYDA 15/02/2023 8:27:46 AM 32104484 OSPINA ARENAS CLAUDIA EUGENIA 15/05/2023 15:07 32116437 GIRALDO SUAREZ NELCY 19/01/2023 12:20:51 PM 32116441 GIRALDO SUAREZ JULIETA 19/01/2023 12:23:12 PM 32182928 OQUENDO LOPEZ SOL BEATRIZ 7/02/2023 8:59:06 AM 32242132 CARVAJAL LOPEZ SONIA PATRICIA 6/01/2023 12:34:28 PM 32243632 ALZATE VALENCIA ANYULI 12/05/2023 10:11 32358332 GIL RESTREPO MARIA LUISA 11/05/2023 10:35 32452392 MEJIA MARTINEZ CRUZ EDILMA 3/05/2023 9:17 32484498 VELASQUEZ VASQUEZ MARIA LINDALIA 27/02/2023 2:18:30 PM 32505170 TORRES GIRALDO MARIA ISABEL DE LA MILAGROSA 2023/03/30 11:33:12 32536737 MONTOYA GARCES MARTHA LUCIA 2023/03/03 11:34:29
39158764 DIAZ TORDECILLA AIRIS DEL CARMEN 11/01/2023 9:13:50 AM
39175654 LOPEZ LOPEZ ELSY DEL SOCORRO 2023/03/30 14:34:05
39158764 DIAZ TORDECILLA AIRIS DEL CARMEN 11/01/2023 9:13:50 AM
39175654 LOPEZ LOPEZ ELSY DEL SOCORRO 2023/03/30 14:34:05 39435356 CASTAÑEDA GONZALEZ MARIBEL DEL SAGRARIO 3/04/2023 2:48:56 PM 42498762 ARZUAGA REYES MARIA JOSE 18/05/2023 8:56
42654604 MEDINA DURANGO LINDA MAR 14/02/2023 3:57:33 PM
42757962 CAMP
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