🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CNE - Resolución 5614 de 2023

CNE - Consejo Nacional Electoral

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CNE - Resolución 5614 de 2023
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2023

RESOLUCIÓN No. 5614 DE 2023 (26 de julio)

Por medio de la cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la p osible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de YARUMAL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las atribuidas por el a rtículo 265 de la Constitución Política , el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 y con fundamento en los siguientes:

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

1.1. En concordancia con el calendario electoral establecido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 y el 29 de agosto del 2023, se llevará a cabo la inscripción de cédulas de ciudadanía para las elec ciones territoriales y locales que tendrán lugar el próximo 29 de octubre del 2023.

1.2. El Consejo Nacional Electoral mediante Acta de reparto del 6 de octubre del año 2022, designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.

1.3 Mediante Auto MMA -027 del 11 de abril del 2023 el despacho avocó conocimiento y dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.

1.4 El Auto mencionado en el numeral an terior, fue notificado en debida forma a la

dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.

1.4 El Auto mencionado en el numeral an terior, fue notificado en debida forma a la Registraduría y a la Alcaldía del municipio de YARUMAL. 1.5. En cumplimiento de lo dispuesto en el Auto del 11 de abril de 2023, la oficina de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el 09 de m ayo del 2023 entreg ó al despacho sustanciador las bases de datos del Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social -ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPSy Archivo Nacional de Identificación -ANI-.Resolución 5614 de 2023 Página 2 de 10

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de YARUMAL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

1.6. El 21 de junio de 2023 la Registraduría Nacional del Estado Civil remitió el listado de cédulas inscritas en el departamento de ANTIOQUIA, entre los cuales se relaciona el nombre de los registrados a 31 de mayo de 2023, en el municipio de YARUMAL. 1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar po sible inscripción

1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar po sible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de YARUMAL.

2. CONSIDERACIONES

2.1. Competencia.

De conformidad con el artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 11 del Decreto 2241 de 1986, así como la Ley 1475 del 2011 y la Resolución 2857 de 2018 frente a lo dispuesto en el artículo 316 Superior, esta Corporación es competente para conocer, vigilar e inspeccionar los temas concernientes a la inscripción irregular de cédulas.

2.2. Inscripción de cédulas y residencia electoral.

De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 1475 del 2011, la inscripción para votar es un acto que se realiza de forma automática al momento de expedir la cédula de ciudadanía, sin embargo, la ley contempla que en caso de que el ciudadano cambie el lugar de domicilio o residencia, dicho proceso se llevará a cabo dentro del año anterior al respectivo proceso electoral y se cerrará dos (2) meses antes de la respectiva jornada electoral de que se trate. Así las cosas, para el presente proceso electoral dicha inscripción se llevará a cabo durante el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 hasta el 29 de agosto del 2023.

De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de autor idades locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.

De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de autor idades locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.

Para efectos de lo dispuesto en la norma en cita, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 precisa que, la residencia es aquella en la que se encuentra registrado el votante en el censo electoral, pues mediante dicha inscripción declara bajo la gravedad del juramento residir en el municipio en el que se lleva a cabo la elección. La jurisprudencia1 señala que sólo cuando se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio el Consejo Nacional Electoral dejará sin efecto la última inscripción.

1 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 2719. 30 de noviembre de 2001. C.P. MARIO ALARIO MÉNDEZ. Actor: DANIEL ARTURO MORALES RIVEROS. Demandado: ALCALDE DEL MUNICIPIO DE FOSCA.Resolución 5614 de 2023 Página 3 de 10

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de YARUMAL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

La Sección Quinta del Consejo de Estado2 ha delimitado el concepto de residencia electoral como el lugar en el que se encuentra regi strado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde

como el lugar en el que se encuentra regi strado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde una persona habita, (ii) el lugar en el que una persona de manera regular está de asiento, (iii) el lugar donde una persona ejerce su profesión u oficio, o (iv) el lugar en el que una persona posee alguno de sus negocios o empleo.

En ese orden de ideas , la Corporación en cita ha manifestado que no se puede limitar la residencia electoral a aquellas persona s que solo habiten o residen en el municipio, dichos presupuestos materiales pueden determinar que una persona posea al mismo tiempo la opción de varias residencias electorales, tal como puede ocurrir con el domicilio. No obstante, respecto de aquélla, la ley establece que debe ser única y se determina por la decisión del ciudadano de inscribir su cédula en el municipio o en alguno de los municipios en relación con los cuales tiene uno cualquiera o varios de los vínculos previstos.

2.3. Fraude en inscripción de cédulas y trashumancia electoral.

El artículo 389 de la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal, modificado por el artículo 4 de la Ley 1864 de 2017, tipific ó como delito el fraude de inscripción irregular de cédulas, al señalar que “El que por cualquier medio indebido logre que personas habilitadas para votar inscriban documento o cédula de ciudadanía en una localidad, municipio o distrito diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá

diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá en prisión de cuatro (4) a nueve (9) años y multa de cincuenta a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

La misma norma advierte que, e n igual pena incu rrirá quien con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para terceros , inscriba su documento o cédula de ciudadanía en localidad, municipio, o distrito diferente a su lugar de nacimiento o residencia.

Asimismo, e l Consejo de Estado 3 ha definid o la trashumancia electoral como la acción de inscribir la cédula para votar por un determinado candidato u opción política en un lugar distinto al que se reside o en el que se encuentre un verdadero arraigo o interés, así mismo advirtió que aquel ciudadan o (i) que no resida en el respectivo municipio, (ii) que no tenga asiento regular en el mismo, (iii) que no ejerza allí su profesión u oficio y (iv) que tampoco posea algún negocio o empleo serán declarados como trashumantes y en consecuencia se

2 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 1203. 18 de noviembre de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: LUIS ÁNGEL VELÁSQUEZ MILLÁN. Demandado: ANDRÉS FELIPE RAMÍREZ RESTREPO - ALCALDE DE JAMUNDÍ- VALLE DEL CAUCA, PERÍODO 2020-2023. 3 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 0004. 29 de abril de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: DANIEL ELÍAS CEBALLOS

2020-2023. 3 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 0004. 29 de abril de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: DANIEL ELÍAS CEBALLOS BRITO. Demandado: DIPUTADOS A LA ASAMBLEA DE LA GUAJIRA, PERIODO 2020-2023.Resolución 5614 de 2023 Página 4 de 10

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de YARUMAL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

dejará sin efecto la inscripción de la cédula a través del procedimiento breve y sumario estipulado en la Resolución Nº. 2857 del 2018 del Consejo Nacional Electoral.

En ese mismo sentido, el Consejo Nacional Electoral en la Resolución N.º 2857 de 2018 indicó que la trashumancia electoral consiste en participar indebidamente en elecciones de autoridades territoriales y decisiones de la misma naturaleza, mediante la inscripción de la cédula de ciudadanía sin tener residencia electoral en la respectiva circunscripción.

2.4 Procedimiento para dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.

El Consejo Nacional Electoral debe someterse a los límites y formalidades establecidos en la Constitución y la ley en todas las actuaciones que adelante, incluida la orientada a comprobar la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.

Constitución y la ley en todas las actuaciones que adelante, incluida la orientada a comprobar la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.

En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la competencia para declarar sin efecto la inscri pción cuando en el marco de un procedimiento breve y sumario se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio.

El procedimiento orientado a tal fin se encuentra desarrollado en la Resolución Nº. 2857 de 2018 proferida por el Consejo Nac ional Electoral. En el artículo 1 de la Resolución en cita faculta al Consejo Nacional Electoral para iniciar la actuación administrativa por trashumancia electoral para que de oficio o a solicitud de parte realice el procedimiento administrativo breve y sumario orientado a dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.

Cuando se presente queja por parte de cualquier ciudadano , el Consejo Nacional Electoral estableció en el artículo 4 de la mencionada Resolución, los siguientes requisitos para que la queja sea tramitada por la autoridad electoral:

“Artículo cuarto. Requisitos de la queja . La queja que se presentará de manera escrita, o en el formulario diseñado para el efecto y deberá contener:

a) Nombres y apellidos completos del so licitante o de su apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y la dirección de notificación física y/o electrónica y manifestación de si acepta recibir notificación por este medio. b) El objeto de la queja. c) Narración de los hech os en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya.

medio. b) El objeto de la queja. c) Narración de los hech os en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que presuntamente no residen en el municipio donde se inscribieron para sufragar o de elementos pro batorios que permitan identificarlos. Esta relación deberá entregarse igualmente, en medio digital. e) Indicación de las pruebas que pretende hacer valer o de aquellas cuya práctica solicita.Resolución 5614 de 2023 Página 5 de 10

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de YARUMAL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

f) Copia de la solicitud en medio magnético. g) Firma del solicitante.

PARÁGRAFO. - Cuando el ciudadano considere que la solicitud pone en riesgo su integridad o la de su familia, antes de presentar la queja, podrá solicitar ante el Ministerio Público el procedimiento especial de solicitud con identificación reservada, conforme lo dispone el parágrafo del artículo 4 de la Ley 1712 de 2014”.

Asimismo, según el artículo 6 de la misma normativa, las quejas que no reúnan los requisitos señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.

Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la

señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.

Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la queja y de la nueva solicitud que eventualmente decida presentar el peticionario con cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Resolución N.º 2857 de 2018.

2.5 Control del Consejo Nacional Electoral para combatir la trashumancia electoral.

El Decreto 1294 del 2015 establec ió los mecanismos que posibilitan un control efectivo y oportuno por parte del Consejo Nacional Electoral sobre la inscripción de cédulas de ciudadanía para combatir la trashumancia electoral, el cual en su artículo 2.3.1.8.5, dispuso que la Registraduría Nacional del Estado Ci vil remitirá́ al Consejo Nacional Electoral, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes calendario durante el periodo de inscripciones y dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento de las mismas, el resultado del cruce de base de datos.

Así las cosas, u na vez se analice el comportamiento atípico en la inscripción de cédulas de ciudadanía en el departamento, se decretará el cruce de las bases de datos que servirán como soporte para adoptar decisiones. El cruce de la información suministrada en las bases de datos se realiza de forma simultánea considerando como prueba de residencia, la coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Social es –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social ,

coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Social es –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social , Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPS-, Archivo Nacional de Identificación -ANIy censo electoral.

Adicional, la Registraduría N acional del Estado Civil durante el periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía, pondrá a disposición del Consejo Nacional Electoral la siguiente información i) bases de datos de inscritos en el respectivo distrito o municipio, ii) Archivo Nacional de Identificación ANI, iii) Potencial de Inscritos y iv) Datos Históricos del Censo Electoral.Resolución 5614 de 2023 Página 6 de 10

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de YARUMAL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

De conformidad con el artículo 9 de la Resolución N.º 2857 del 2018, con base en los resultados de los cruces de las bases de datos , el Consej o Nacional Electoral podrá comisionar servidores públicos vinculados o adscritos a la Organización Electoral para la práctica de pruebas, incluidas visitas especiales a los municipios.

2.6. Caso concreto.

Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de repar to del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal

2.6. Caso concreto.

Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de repar to del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.

El despacho sustanciador consider ó pertinente verificar lo s registros de los ciudadanos inscritos para sufragar en las próximas elecciones de autoridades locales en el municipio de YARUMAL. Para el efecto se cruzaron las bases de datos, entre las que se encuentran: SISBEN, ADRES, DPS, ANI y Censo Electoral, verif icación que permitió comprobar a través de un procedimiento breve y sumario si existe o no inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.

Para la referida verificación, la Registraduría Nacional del Estado Civil durante el periodo de inscripciones, remitió al Consejo Nacional Electoral dentro de los diez (10) primeros días de cada mes el consolidado de inscripción de cédulas y las mencionadas bases de datos.

El análisis de datos se realizó conforme dispone el artículo 8 de la Resolución Nº. 2857 de 2018 expedida por esta Corporación, de manera simultánea, así: El registro del SISBEN a fin de identificar la afiliación de los ciudadanos en el mismo; el registro del ADRES teniendo en cuenta tanto el régimen contributivo como el subsidiado; el DPS para corrob orar información de los programas de del sector de inclusión social y reconciliación, el censo electoral con el propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023.

propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023. Para efectos de la decisión, se tom ó única y exclusivamente con base en el criterio general de coincidencia positiva sobre residencia electoral, es decir, la que coincida con el lugar de inscripción para votar y al menos se encuentre en alguna de las bases de datos utilizadas, un vínculo que permita establecer la relación con el municipio. En los casos en que la información suministrada en la inscripción de cédula de ciudadanía no coincidió como mínimo en una de las bases de datos anteriormente relacionadas, la Sala resolverá dejar sin efecto la última inscripción.Resolución 5614 de 2023 Página 7 de 10

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de YARUMAL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

El declarado trashumante no podrá volver a inscribir su cédula de ciudadanía para el mismo proceso electoral en el lugar del cual fue excluida como consecuencia d el procedimiento aquí previsto, tampoco podrá ser designado ni ejercer como jurado de votación en tal entidad territorial. Lo anterior, sin perjuicio de l recurso de reposición que pueda presentar a efectos de probar su residencia electoral.

Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadas

Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencionadas anteriormente, relacionados con el municipio de YARUMAL del departamento de

ANTIOQUIA.

Conforme a lo expuesto, una vez adelantados los procedimientos establecidos , recaudado el material probatorio y teniendo en cuenta la verificación de la información conten ida en el censo electoral del municipio de YARUMAL y el cruce las bases de datos (SISBEN, ADRES, DPS y ANI), la Sala procede a dejar sin efecto la inscripción de cédulas que se relacionan en la parte resolutiva teniendo en cuenta que se evidenció que no co rresponden a su s residencias electorales.

Lo anterior, sin perjuicio que el ciudadano pueda ejercer su derecho al voto, en el lugar en que tenía inscrita su cédula de ciudadanía previamente a dejar sin efecto la última inscripción y que corresponda en efecto, con su residencia electoral.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO : DEJAR SIN EFECTO la inscripción de las cé dulas de ciudadanía realizada en el municipio de YARUMAL, del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales a realizarse el veintinueve (29) de octubre del 2023, al no acreditarse la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación:

N.º C.C. NOMBRES FECHA Y HORA DE

INSCRIPCIÓN

elecciones de autoridades locales a realizarse el veintinueve (29) de octubre del 2023, al no acreditarse la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación:

N.º C.C. NOMBRES FECHA Y HORA DE

INSCRIPCIÓN 4813740 RENTERIA RENTERIA JESUS ENIL 26/01/2023 2:26:11 PM 8016175 JARAMILLO AREIZA EDILBERTO 8/05/2023 11:33 8153191 ZAPATA TORRES EDISON ALEXANDER 29/05/2023 14:57 8372133 PALACIN RODRIGUEZ GUSTAVO DE JESUS 14/02/2023 2:46:52 PM 11232587 GARZON RODRIGUEZ HENRY ARMANDO 28/02/2023 10:35:36 AM 13496525 FLOREZ ALVARADO MOISES 2023/03/16 15:12:19 15271620 RESTREPO MEJIA RAMON ARTURO 28/04/2023 9:45:10 AM 15272182 ESTRADA ROJAS JOHN FREDY 11/04/2023 3:19:55 PM 15316951 MEJIA EUSE LUBIN DANILO 1/02/2023 10:00:22 AMResolución 5614 de 2023 Página 8 de 10

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de YARUMAL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

15318585 ROJAS LOPEZ LUIS ENRIQUE 3/02/2023 3:32:38 PM

de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

15318585 ROJAS LOPEZ LUIS ENRIQUE 3/02/2023 3:32:38 PM 15318662 JARAMILLO RUIZ FRANCISCO JAVIER 30/05/2023 11:06

15319610 PATIÑO MARTINEZ MARIO DE JESUS 17/01/2023 9:35:51 AM 15320228 CARVAJAL MARTINEZ ANIBAL DE JESUS 28/04/2023 10:05:41 AM 15323066 VARGAS JARAMILLO NORBERTO HERNANDO 2023/03/06 10:04:14 15326740 RESTREPO FLOREZ CARLOS FABIAN 28/04/2023 10:12:32 AM 15355257 LOPEZ ALVAREZ EDILBERTO 12/04/2023 3:57:49 PM 15371263 ARBELAEZ QUINTERO JUAN CARLOS 13/04/2023 8:17:32 AM 15505551 SIERRA ATEHORTUA JOSE ALEJANDRO 2023/03/16 9:32:49

21491098 BEJARANO QUIÑONES FABIOLA DEL CARMEN 10/05/2023 15:03

21588920 VILLA CEBALLOS CLAUDIA PATRICIA 16/02/2023 9:42:43 AM

21674089 BEDOYA ROMAN LUZ MARINA 27/02/2023 3:41:00 PM 21812114 MUÑOZ MEJIA LILIANA MARIA 28/04/2023 8:21:31 AM 22057827 MEDINA RESTREPO ALBA DORIS 2023/03/17 10:22:56

22057892 MAZO IMUES LETICIA DE JESUS 24/04/2023 3:13:08 PM

22057827 MEDINA RESTREPO ALBA DORIS 2023/03/17 10:22:56

22057892 MAZO IMUES LETICIA DE JESUS 24/04/2023 3:13:08 PM 22188165 BARRIENTOS RUA NANCY EDIT 9/02/2023 3:20:34 PM 22188810 VASQUEZ VELASQUEZ DORA MARIA 30/05/2023 8:45

32118618 BUELVAS HERRERA YAMILE DEL CARMEN 3/02/2023 8:59:53 AM

32225974 URIBE ALVAREZ LUCIDIA DE LAS MISER 17/04/2023 8:57:55 AM

32550950 ZAPATA ZAPATA VIRGELINA DEL CARMEN 2/01/2023 11:49:35 AM 32552609 BUSTAMANTE TORRES LUCIDIA DEL CARMEN 20/01/2023 9:31:11 AM 32553287 BARRIENTOS VELEZ ROSALBA 30/11/2022 2:40:27 PM 32554084 PARRA METAUTE MARIA ROSMIRA 17/04/2023 3:26:44 PM 32555123 PEREZ MADRIGAL ROSA AURORA 2023/03/24 10:16:11 32555386 ROJAS MARTINEZ MARIA NELLY 24/02/2023 9:37:48 AM 32559380 OQUENDO CHAVARRIA LUZ HELIDA 29/10/2022 8:56:26 AM 32560023 GOMEZ PEREZ SOELIA AMPARO 2023/03/21 14:33:33 32561656 DAVID MARIA CAROLINA 12/05/2023 9:26 32563966 MORENO MAZO AYDE LUCIA 8/05/2023 14:50

32561656 DAVID MARIA CAROLINA 12/05/2023 9:26 32563966 MORENO MAZO AYDE LUCIA 8/05/2023 14:50 33366530 LOPEZ LOPEZ PILINLORENA 2023/03/21 15:51:34

34332185 FERNANDEZ ORDOÑEZ YURI MARIA 14/02/2023 9:32:52 AM

35602781 TAPIAS BEJARANO ANA VITILIA 3/02/2023 8:27:10 AM

43057186 LOPEZ EUSSE FLOR MARINA 28/02/2023 2:50:45 PM

43438865 ARANGO EMILSE DEL SOCORRO 20/04/2023 3:04:55 PM

43473880 VALENCIA RIVERA MIRIAM JOVANA 12/04/2023 3:53:10 PM

43531388 AREIZA TORRES GILMA INES 12/01/2023 9:14:13 AM 43834380 TABORDA CHAVARRIA CLAUDIA CECILIA 12/04/2023 10:39:07 AM 43873457 HIGUITA OSSA NATALIA ANDREA 30/05/2023 11:03 52800131 NARVAEZ SOTELO NOHEMY 12/05/2023 11:20 70142157 RODRIGUEZ SERNA DIEGO FABIAN 16/02/2023 10:45:39 AM 71081398 SANCHEZ URIBE LUIS ENRIQUE 2023/03/02 14:10:19 71374074 RENGIFO MARTINEZ ALEXANDER 4/11/2022 10:26:19 AM

98466769 CARDONA QUINCHIA WILMAR DE JESUS 2023/03/31 10:28:03

98529016 LOPEZ GUTIERREZ DELVIS DE JESUS 2023/03/23 14:42:02

98466769 CARDONA QUINCHIA WILMAR DE JESUS 2023/03/31 10:28:03 98529016 LOPEZ GUTIERREZ DELVIS DE JESUS 2023/03/23 14:42:02 98591479 MIRA VASQUEZ GUSTAVO IGNACIO 15/05/2023 15:35 1001772887 GAVIRIA OCAMPO JONATHAN ARLEY 24/02/2023 11:32:26 AM 1001773211 ROJAS MARTINEZ ANDRES 23/02/2023 3:35:11 PM 1001774064 TORRES AGUDELO SALOME 10/04/2023 10:26:33 AM 1007507623 BARRIENTOS RUA MICHAEL DANEVIS 6/02/2023 2:28:03 PM 1007585290 VERGARA TABORDA KELLY MANUELA 12/04/2023 10:44:41 AM 1007797763 SOTELO SUAREZ ARIEL 24/04/2023 2:35:31 PM 1017224375 GUZMAN HERNANDEZ LAURA CAROLINA 2/01/2023 11:43:45 AM 1017232965 RESTREPO TORRES JUAN DAVID 15/05/2023 12:26 1020434433 MEJIA BUILES SEBASTIAN 15/05/2023 15:32 1020442149 GOMEZ LOPERA JUAN ESTEBAN 18/01/2023 3:18:14 PMResolución 5614 de 2023 Página 9 de 10

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de YARUMAL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones

Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de YARUMAL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.

1035867533 MARIN SIERRA JHOANN MAURICIO 2023/03/21 13:05:49 1036627378 ARREDONDO DIANA MARCELA 2/02/2023 9:47:15 AM 1036784830 LOPEZ VALENCIA MARIA ALEJANDRA 13/04/2023 10:58:20 AM 1041630177 MORENO MAZO DEISY CAROLINA 8/05/2023 14:56 1041630659 CARDENAS LOPERA KAREN DAHIANA 23/05/2023 12:31 1042762528 MAZO RAMIREZ KELLY DAYANA 2023/03/16 11:22:39 1042762741 DIAZ PEREZ NATALIA ANDREA 31/05/2023 8:23

1042764039 JARAMILLO RUIZ MARTHA LUZ 17/02/2023 12:48:49 PM

1042765637 VERA MUNERA MARTHA LILI 27/01/2023 12:27:02 PM 1042769492 TORRES ZAPATA MANUEL ESTEBAN 2/01/2023 11:38:18 AM 1042773452 SALDARRIAGA JIMENEZ MARIANA 18/04/2023 10:31:57 AM 1044500129 ARBOLEDA GARCIA SANDRA VIVIANA 27/01/2023 9:53:10 AM 1045078340 ORREGO VILLEGAS YORLEDYS 24/02/2023 4:00:56 PM

1044500129 ARBOLEDA GARCIA SANDRA VIVIANA 27/01/2023 9:53:10 AM 1045078340 ORREGO VILLEGAS YORLEDYS 24/02/2023 4:00:56 PM 1045421923 MORALES CORREA LUZ ADRIANA 5/12/2022 8:39:35 AM 1053868224 DUQUE LEON SERGIO ALEJANDRO 2023/03/29 12:45:25 1055838188 ACEVEDO CARDONA SANTIAGO 2023/03/13 16:02:15 1068809718 TORREGLOSA PACHECO ELIAS GREGORIO 24/05/2023 9:38 1069267400 DAVILA CORDOBA JHON ARGEMIRO 2023/03/14 14:31:19 1090532644 FLOREZ HENAO ANGEL CAMILO 2023/03/21 8:36:10

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución a las partes pertinentes conforme con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo undécimo de la Resolución N.º 2857 del 2018 proferida por el Consejo Nacion al Electoral, concordante con el artículo 70 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO: FIJAR en lugar público del despacho de la Registraduría Municipal del municipio de YARUMAL, del departamento de ANTIOQUIA, copia de la parte resolutiva de este acto administrativo por el

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...