CNE - Resolución 5793 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 5793 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 5793 de 2023 (2 de agosto)
Por medio de la cual se ACEPTA EL DESISTIMIENTO y SE CANCELA EL REGISTRO del logo -símbolo del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”, que promueve por medio del apoyo ciudadano a BENJAMIN FERNANDO VILLA RAMIREZ, identificado con cédula de ciudadanía número 10.195.299, a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE LA VIRGINIA, RISARALDA , en el marco de las elecciones de autoridades locales a realizarse el 29 de octubre de 2023 radicado CNE-EDG-2023-004523.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política y los artículos 39 de la Ley 130 de 1994 y 13 de la Ley 1475 de 2011 y, con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS
1.1. Mediante oficio RDE-DGE-0604, radicado CNE-E-DG-2023-004523 del 20 de febrero del 2023, la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil trasladó solicitud de registro del logo símbolo del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO ”, para la recolección de apoyos requeridos en la inscripción de candidatura a la Alcaldía Municipal de LA VIRGINIA, RISARALDA, para las elecciones de 29 de octubre de 2023.
requeridos en la inscripción de candidatura a la Alcaldía Municipal de LA VIRGINIA, RISARALDA, para las elecciones de 29 de octubre de 2023.
1.2. Mediante radicado CNE-E-DG-2023-015793 del veintinueve (29) de junio de 2023, los miembros del comité inscriptor del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”, a saber, LUIS FELIPE POSDA ZAPATA, FELIPE ANDRÉS VELÁSQUEZ ACEBEDO y CARLOS ARTURO SERNA URIBE, presentaron el desistimiento de la inscripción del logo símbolo en los siguientes términos:
“Por medio de la presente me permito informar que se tomó la decisión de desistir con la aspiración por medio del GSC denominado A (sic) VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO a la alcaldía del municipio de LA VIRGINA, por tal razón a partir de la fecha se informa que no se realizará más recolección de apoyos para tal fin y se da por terminada dicha recolección”.Resolución No. 5793 de 2023 Página 2 de 6
Por medio de la cual se ACEPTA EL DESISTIMIENTO y SE CANCELA EL REGISTRO del logo -símbolo del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”, que promueve por medio del apoyo ciudadano a BENJAMIN FERNANDO VILLA RAMIREZ, identificado c on cédula de ciudadanía número 10.195.299, a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE LA
VIRGINIA, RISARALDA, en el marco de las elecciones de autoridades locales a realizarse el 29 de octubre de 2023 radicado CNE -EDG-2023-004523.
2. ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
2.1. El 22 de febrero de 2023 se asignó al Magistrado Álvaro Hernán Prada Artunduaga el expediente, radicado con No. CNE-E-DG-2023-004523, según consta en el acta de reparto No. 12.
2.2. A través de la Resolución No. 2399 de fecha 23 de marzo de 2023, la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral, decidió REGISTRAR el siguiente símbolo, emblema o logotipo del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”:Resolución No. 5793 de 2023 Página 3 de 6
Por medio de la cual se ACEPTA EL DESISTIMIENTO y SE CANCELA EL REGISTRO del logo -símbolo del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”, que promueve por medio del apoyo ciudadano a BENJAMIN FERNANDO VILLA RAMIREZ, identificado c on cédula de ciudadanía número 10.195.299, a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE LA VIRGINIA, RISARALDA, en el marco de las elecciones de autoridades locales a realizarse el 29 de octubre de 2023 radicado CNE -EDG-2023-004523. 2.3. Mediante radicado CNE-E-DG-2023-015793 del veintinueve (29) de junio de 2023, los miembros del comité inscriptor del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “ LA
DG-2023-004523. 2.3. Mediante radicado CNE-E-DG-2023-015793 del veintinueve (29) de junio de 2023, los miembros del comité inscriptor del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “ LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”, a saber, LUIS FELIPE POSDA ZAPATA, FELIPE ANDRÉS VELÁSQUEZ ACEBEDO y CARLOS ARTURO SERNA URIBE, presentaron el DESISTIMIENTO DEL GRUPO SIGNIFICATIVO DE CIUDADANOS y a su vez la ANULACIÓN DE LA POSTULACIÓN DE LA CANDIDATURA de BENJAMIN FERNANDO VILLA RAMIREZ, identificado con cédula de ciudadanía número 10.195.299 , a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE LA VI RGINIA, RISARALDA , con ocasión a las elecciones de 29 de octubre de 2023.
3. CONSIDERACIONES
El artículo 18 de la Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento A dministrativo y de lo Contencioso Administrativo-, sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 de 2015, regula el desistimiento en los procesos administrativos, de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 18. DESISTIMIENTO EXPRESO DE LA PETICIÓN. Los interesados podrán desistir en cualquier tiempo de sus peticiones, sin perjuicio de que la respectiva solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales, pero las autoridades podrán continuar de oficio la actuación si la consideran necesaria por razones de interés público; en tal caso expedirán resolución motivada.” (…)
respectiva solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales, pero las autoridades podrán continuar de oficio la actuación si la consideran necesaria por razones de interés público; en tal caso expedirán resolución motivada.” (…)
La Corte Constitucional en Sentencia C -951 de 2014 1 se pronunció respecto de l desistimiento, señalando:
(…) “ Esta disposición reproduce el texto del artículo 8 del Código Contencioso Administrativo2 y se aviene con el carácter dispositivo de este derecho, como mecanismo de control de los actos de la administración. Esto es, tanto se puede ejercer el derecho de manera activa para solicitar información, documentos o una determinada actuación de la auto ridad, como para, en su dimensión negativa desistir de la solicitud. Si bien, aunque permite continuar con el trámite de oficio le impone a las autoridades la carga de exponer de manera expresa las razones de interés público que lo justifican, que priman sobre la decisión del anterior peticionario.
Conclusión
Habida cuenta que la facultad de desistimiento de las peticiones prevista en la norma constituye una dimensión del derecho de petición del cual puede disponer su titular, el artículo 18 será declarado exequible.” (…)
4. CASO CONCRETO
1Corte Constitucional. M.P. María Victoria Sáchica. Control de Constitucionalidad del Proyecto de Ley No. 65 de 2012 del Senado y Proyecto de Ley No. 227 de 2013 de Cámara de Representantes catalogado “Por medio del cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.
Senado y Proyecto de Ley No. 227 de 2013 de Cámara de Representantes catalogado “Por medio del cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. 2Declarado exequible por la Corte Suprema de Justicia mediante Sentencia 122 del 17 de octubre de 1984, únicamente en cuanto no se excedieron las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 58 de 1982.Resolución No. 5793 de 2023 Página 4 de 6
Por medio de la cual se ACEPTA EL DESISTIMIENTO y SE CANCELA EL REGISTRO del logo -símbolo del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”, que promueve por medio del apoyo ciudadano a BENJAMIN FERNANDO VILLA RAMIREZ, identificado c on cédula de ciudadanía número 10.195.299, a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE LA VIRGINIA, RISARALDA, en el marco de las elecciones de autoridades locales a realizarse el 29 de octubre de 2023 radicado CNE -EDG-2023-004523. Mediante radicado CNE-E-DG-2023-015793 del veintinueve (29) de junio de 2023, los miembros del comité inscriptor del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “ LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”, a saber, LUIS FELIPE POSDA ZAPATA, FELIPE ANDRÉS VELÁSQUEZ ACEBEDO y CARLOS ARTURO SERNA URIBE, presentaron el DESISTIMIENTO DEL GRUPO SIGNIFICATIVO DE CIUDADANOS y a su vez la
ANDRÉS VELÁSQUEZ ACEBEDO y CARLOS ARTURO SERNA URIBE, presentaron el DESISTIMIENTO DEL GRUPO SIGNIFICATIVO DE CIUDADANOS y a su vez la ANULACIÓN DE LA POSTULACIÓN DE LA CANDIDATURA de BENJAMIN FERNANDO VILLA RAMIREZ, identificado con cédula de ciudadanía número 10.195.299 , a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE LA VI RGINIA, RISARALDA , con ocasión a las elecciones de 29 de octubre de 2023.
Con lo expuesto, se concluye que el Grupo Significativo de Ciudadanos denom inado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”, presentó su desistimiento o renuncia expresa para participar en la recolección de apoyos requeridos para la inscripción de candidatura a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE LA VIRGINIA, RISARALDA , con ocasión a las elecciones de 29 de octubre de 2023 y, en consecuencia, declinó también de su peticiónResolución No. 5793 de 2023 Página 5 de 6
Por medio de la cual se ACEPTA EL DESISTIMIENTO y SE CANCELA EL REGISTRO del logo -símbolo del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”, que promueve por medio del apoyo ciudadano a BENJAMIN FERNANDO VILLA RAMIREZ, identificado c on cédula de ciudadanía número 10.195.299, a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE LA
VIRGINIA, RISARALDA, en el marco de las elecciones de autoridades locales a realizarse el 29 de octubre de 2023 radicado CNE -EDG-2023-004523. relativa al registro de su logo-símbolo, lo que conlleva a que la Corporación acepte dicha solicitud.
En mérito de lo expuesto, El Consejo Nacional Electoral
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: ACEPTAR EL DESISTIMIENTO y CANCELAR EL REGISTRO del logo -símbolo del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”, que promueve por medio del apoyo ciudadano a BENJAMIN FERNANDO VILLA RAMIREZ, identificado con cédula de ciudadanía número 10.195.299, a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE LA VIRGINIA, RISARALDA , en el marco de las elecciones de autoridades locales a realizarse el 29 de octubre de 2023 radicado CNE-EDG-2023-004523.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR a los miembros del comité inscriptor del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO ”, en los términos del artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo, así:
INFORMACIÓN GENERAL DEL COMITÉ Nombre del Comité Dirección de correspondencia Correo electrónico Teléfono de contacto
“LA VIRGINIA NUESTRO
SENTIMIENTO”
CALLE 8 N 6-16
LA VIRGINIA,
RISARALDA
gerencialaposada@hotmail.com 3104554700
INFORMACIÓN INSCRIPTORES
Nombres y Apellidos Cédula Correo electrónico
SENTIMIENTO”
CALLE 8 N 6-16
LA VIRGINIA,
RISARALDA
gerencialaposada@hotmail.com 3104554700
INFORMACIÓN INSCRIPTORES
Nombres y Apellidos Cédula Correo electrónico LUIS FELIPE POSADA ZAPATA 10.018.660 gerencialaposada@hotmail.com FELIPE ANDRES VELASQUEZ ACEVEDO 14.252.697 feanveac2009@hotmail.com CARLOS ARTURO SERNA URIBE 10.197.598 cserna@empresascasu.com
INFORMACIÓN DEL ASPIRANTE A LA CANDIDATURA
BENJAMIN FERNANDO VILLA RAMIREZ 10.195.299 villabenjamin@yahoo.com
ARTÍCULO TERCERO: INCORPORAR en el capítulo respectivo del Registro único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, la decisión contenida en el presente acto administrativo.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR a la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil en la dirección electrónica autorizada
logoselecciones2023@registraduria.gov.co.Resolución No. 5793 de 2023 Página 6 de 6
Por medio de la cual se ACEPTA EL DESISTIMIENTO y SE CANCELA EL REGISTRO del logo -símbolo del Grupo Significativo de Ciudadanos denominado “LA VIRGINIA NUESTRO SENTIMIENTO”, que promueve por medio del apoyo ciudadano a BENJAMIN
FERNANDO VILLA RAMIREZ, identificado c on cédula de ciudadanía número 10.195.299, a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE LA VIRGINIA, RISARALDA, en el marco de las elecciones de autoridades locales a realizarse el 29 de octubre de 2023 radicado CNE -EDG-2023-004523.
ARTÍCULO QUINTO: COMUNICAR el contenido de la presente decisión a la Asesoría de Inspección y Vigilancia de la Corporación, para los fines a que haya lugar.
ARTÍCULO SEXTO: Contra la presente resolución procede el recurso de reposición que deberá interponerse por escrito en la dili gencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los dos (2) días del mes de agosto de dos mil veintitrés (2023)
FABIOLA MÁRQUEZ GRISALES
Presidenta
ÁLVARO HERNÁN PRADA ARTUNDUAGA
Vicepresidente Magistrado Ponente
Aprobado en Sesión de Sala Plena del dos (2) de agosto de dos mil veintitrés (2023)
V.B.: Adriana Milena Charari Olmos, Asesoría Secretaría General
Revisó: Reynel David de la Rosa Saurith.
Aprobado en Sesión de Sala Plena del dos (2) de agosto de dos mil veintitrés (2023)
V.B.: Adriana Milena Charari Olmos, Asesoría Secretaría General
Revisó: Reynel David de la Rosa Saurith.
Proyectó: Ángela García
Revisó: Ángela Gualdrón