CNE - Auto alegatos conclusión art. 25 08752
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Auto alegatos conclusión art. 25 08752
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- —
AUTO (31 de marzo de 2025) Por medio d el cual se INCORPORAN PRUEBAS y se CORRE TRASLADO para presentar alegatos de conclusión a un excandidato a la ALCALDÍA de BARRANCOMINAS y a su respectivo exgerente de campaña , así como a los distintos excandidatos a los CONCEJOS MUNICIPALES de BARRANCOMINAS e INÍRIDA, de los DEPARTAMENTOS de GUAINÍA y SAN JOSÉ DEL GUAVIARE, sus respectivos exgerentes de campaña , avalados por la AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIENTES – EN LIQUIDACIÓN ; dentro del expediente identificado con el radicado No. CNE-E-DG-2024-08752. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las contenidas en el artículo 265 numeral 6 de la Constitución, las leyes 130 de 1994, 1475 de 2011, y 1437 de 2011 y de conformidad con los siguientes:
1. ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS y PROCEDIMIENTO 1.1. La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral profirió Resolución No. 06235 del 19 de noviembre de 2024, por medio de la cual resolvió abrir investigación administrativa y formular cargos en contra de un (1) excandidato a la ALCALDÍA de BARRANCOMINAS, su respectivo exgerente de campaña y catorce (14) excandidatos a los CONCEJOS de los MUNICIPIOS de BARRANCOMINAS e INÍRIDA, del DEPARTAMENTO de GUAINÍA, y SAN JOSÉ DEL exgerente de campaña y catorce (14) excandidatos a los CONCEJOS de los MUNICIPIOS de BARRANCOMINAS e INÍRIDA, del DEPARTAMENTO de GUAINÍA, y SAN JOSÉ DEL GUAVIARE, del DEPARTAMENTO de GUAVIARE, y sus respectivos exgerentes, por la presunta transgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, así como en contra de la AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIEN TES - EN LIQUIDACIÓN , por la presunta vulneración del deber de diligencia consagrado en el artículo 8 y el numeral primero del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones celebradas el pasado 29 de octubre de 2023. 1.2. La Resolución No. 06235 de 2024 fue notificada de la siguiente manera:
NOMBRES NOTIFICACIÓN
VENCIÓ
TÉRMINO PARA
DESCARGOS
PRESENTACIÓN DE
DESCARGOS
1 VILLAMIZAR MARCHENA MARCHENA
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó
2 WAGNER ELIAN MARÍN ROJAS
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó
3 ABRAHAM CHÁVEZ PADILLA
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentóAuto 31 de marzo de 2025 Página 2 de 5 Radicado CNE-E-DG-2024-08752
4 KELLY JOHANNA ARIAS SUCERQUIA 16-01-2025
Cartelera 16-01-2025 Radicado CNE-E-DG-2024-08752
4 KELLY JOHANNA ARIAS SUCERQUIA 16-01-2025
Cartelera 16-01-2025 No presentó 5
ALSIDES ANGARITA GONZÁLEZ
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 6
LUIS ANTONIO BARRERA RODRÍGUEZ
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 7
EMELINA RIVERA GAITÁN
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 8
GEMILO GAITÁN ROJAS
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 9
JESSICA PAOLA RODRÍGUEZ MEDINA
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 10
EVARISTO RODRÍGUEZ FLÓREZ
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 11
JOSÉ EDUARDO GAITÁN GAITÁN
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 12
MARTÍN RODRÍGUEZ FLORES
12-12-2024 Correo electrónico 12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 12
MARTÍN RODRÍGUEZ FLORES
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 13
NELSON GRAJALES
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 14
HERNÁN ROMERO ROJAS
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 15
VITELIO MARTÍNEZ GAITÁN
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 16
XIOMARA PÉREZ GAITÁN
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 17
ALEX OSVALDO RODRÍGUEZ
JARAMILLO
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 18
NIDIA MAYERBI SABANA YEPES
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 19
ANDRÉS FERNANDO HERNÁNDEZ
CRESPO
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 20
KEWIN JESÚS RUEDA AGUAS
12-12-2024 Correo
CRESPO
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 20
KEWIN JESÚS RUEDA AGUAS
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 21
LUISA MARÍA AGUDELO VANEGAS
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 Presentó 31-12-2024
CNE-E-DG-2025-000068
22
AGRUPACIÓN POLÍTICA
INDEPENDIENTES – EN LIQUIDACIÓN
12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 23
MINISTERIO PÚBLICO
12-12-2024 Correo electrónico 12-12-2024 No presentó 1.3. El día 15 de enero de 2025, la señora DAIMI LINDO SOLANO, Asesora de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Corporación remitió oficio por medio del cual certificó que los ciudadanos VILLAM IZAR MARCHENA, WAGNER ELIAN MARÍN, ABRAHAM
CHÁVEZ PADILLA, KELLY JOHANNA ARIAS, ALSIDES ANGARITA GONZÁLEZ, LUIS
ANTONIO BARRERA, EMELINA RIVERA GAITÁN, GEMILO GAITÁN ROJAS, JESSICA
PAOLA RODRÍGUEZ, EVARISTO RODRÍGUEZ FLOREZ, JOSÉ EDUARDO GAITÁN,
ANTONIO BARRERA, EMELINA RIVERA GAITÁN, GEMILO GAITÁN ROJAS, JESSICA
PAOLA RODRÍGUEZ, EVARISTO RODRÍGUEZ FLOREZ, JOSÉ EDUARDO GAITÁN,
MARTIN RODRÍGUEZ FLORES, NELTON GRAJALES, HERNÁN ROMERO ROJAS,
VITELIO MARTÍNEZ GAITÁN, XIOMARA PÉREZ GAITÁN, ALEX OSVALDO RODRÍGUEZ, NIDIA MAERBI SABANA, ANDRÉS FERNANDO HERNÁNDEZ, KEWIN JESÚS RUEDA AGUAS, LUISA MARÍA AGUDELO VANEGAS no tienen sanciones previamente impuestas por el incumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, e indicó que la AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIENTES - EN LIQUIDACIÓN tampocoAuto 31 de marzo de 2025 Página 3 de 5 Radicado CNE-E-DG-2024-08752 tiene sanciones previas por incumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 y numeral 1° del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011.
2. ACERVO PROBATORIO 2.1. El día 31 de diciembre de 2024, a través del correo electrónico institucional y mediante escrito con radicado No. CNE-E-DG-2025-000068, la señora LUISA MARÍA AGUDELO VANEGAS presentó escrito de descargos, por medio del cual anexó los siguientes
documentos:
2.1.1. Carta de Renuncia a la candidatura al Concejo de San José del Guaviare – Guaviare. VANEGAS presentó escrito de descargos, por medio del cual anexó los siguientes documentos:
2.1.1. Carta de Renuncia a la candidatura al Concejo de San José del Guaviare – Guaviare. 2.1.2. Formulario 8B. Lista definitiva de candidatos inscritos al Concejo del municipio de San José del Guaviare – Guaviare. 2.1.3. E-26 CON. Acta de escrutinio Municipal del Concejo del municipio de San José del Guaviare – Guaviare.
3. CONSIDERACIONES La finalidad principal de los medios de prueba es llevar a la autoridad administrativa al convencimiento de los hechos que se presentan en el proceso. En este sentido, el inciso 3 del artículo 47 de la Ley 1437 de 2011, por medio del cual se regula el procedimiento administrativo sancionatorio, establece que no se tomarán en cuenta las pruebas practicadas de manera ilegal y serán rechazadas las pruebas que resulten inconducentes, impertinentes y superfluas.
Teniendo en cuenta lo anterior, este Despacho considera innecesario el decreto de pruebas adicionales a las que ya obran en el expediente, y atendiendo a lo establecido en el numeral 5 del artículo 13 de la Ley 1475 de 2011, procederá a correr traslado a l os sujetos vinculados a la presente investigación, así como al Ministerio Público, por el término de quince (15) días hábiles, para que presenten sus alegatos de conclusión y así adoptar la decisión correspondiente en el presente caso. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, a través del Magistrado Sustanciador,
ORDENA:
correspondiente en el presente caso. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, a través del Magistrado Sustanciador,
ORDENA:
ARTÍCULO PRIMERO: INCORPORAR al expediente con radicado No. CNE-EDG-202408752 las pruebas documentales aportadas por la excandidata LUISA MARÍA AGUDELO VANEGAS, con el valor legal que les correspondaAuto 31 de marzo de 2025 Página 4 de 5
Radicado CNE-E-DG-2024-08752
ARTÍCULO SEGUNDO: CONCLUIR el periodo probatorio y, en consecuencia, CORRER traslado a los investigados, por el término de quince (15) días, contados a partir de la comunicación del presente auto, según lo prescrito en el numeral 5 del artículo 13 de la Ley 1475 de 2011, para que presenten los alegatos de conclusión dentro del pr esente procedimiento de investigación administrativa.
PARÁGRAFO PRIMERO: El mismo plazo se le concede al MINISTERIO PÚBLICO para que intervengan con la misma finalidad.
PARÁGRAFO SEGUNDO: REMÍTASE copia magnética del expediente a las partes.
ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el contenido del presente proveído , a quienes se
relacionan a continuación:
a) A los siguientes excandidatos y exgerentes de campaña que se investigan:
No INVESTIGADOS IDENTIFICACIÓN CORREO ELECTRÓNICO
1. VILLAMIZAR MARCHENA
MARCHENA
1121708860 villamizarmarchenamarchena2020@gmail.com
2. WAGNER ELIAN MARÍN ROJAS 1124798105 wagnermarin1998@gmail.com
1. VILLAMIZAR MARCHENA
MARCHENA
1121708860 villamizarmarchenamarchena2020@gmail.com
2. WAGNER ELIAN MARÍN ROJAS 1124798105 wagnermarin1998@gmail.com
3. ABRAHAM CHÁVEZ PADILLA 19001531 abrahamchavez1979@gmail.com
4. KELLY JOHANNA ARIAS SUCERQUIA 100792994 kellyjohannaariassucequia@gmail.com
5. ALSIDES ANGARITA GONZÁLEZ 19007645 gonzalezalcides2023@gmail.com
6. LUIS ANTONIO BARRERA RODRÍGUEZ 1120332186 emelinariveragaitan@gmail.com
7. EMELINA RIVERA GAITÁN 1120333354 emelinariveragaitan@gmail.com
8. GEMILO GAITÁN ROJAS 19007604 villamizarmarchenamarchena2020@gmail.com
9. JESSICA PAOLA RODRÍGUEZ MEDINA 1148945497 villamizarmarchenamarchena2020@gmail.com
10. EVARISTO RODRÍGUEZ FLÓREZ 1121710051 yesidgaitang106@gmail.com
11. JOSÉ EDUARDO GAITÁN GAITÁN 1124798301 joseduardogaitang10@gmail.com
12. MARTÍN RODRÍGUEZ FLORES 1121710245 rodriguezflorezmartin33@gmail.com
13. NELSON GRAJALES 86044889 nelsongrajales29@gmail.com
14. HERNÁN ROMERO ROJAS 1121719914 romeroher2022@gmail.com
15. VITELIO MARTÍNEZ GAITÁN 1122654620 martinezgaitanvitelio@gmail.com
14. HERNÁN ROMERO ROJAS 1121719914 romeroher2022@gmail.com
15. VITELIO MARTÍNEZ GAITÁN 1122654620 martinezgaitanvitelio@gmail.com
16. XIOMARA PÉREZ GAITÁN 1124778751 cvelasquezromero18@gmail.com
17. ALEX OSVALDO RODRÍGUEZ JARAMILLO 1120582243 alexrodriguez@gmail.com
18. NIDIA MAYERBI SABANA YEPES 41240539 nidiasa_123@hotmail.com
19. ANDRÉS FERNANDO HERNÁNDEZ CRESPO 1120576142 andrewfhc@gmail.com
20. KEWIN JESÚS RUEDA AGUAS 1121882502 kewinjesusruedaaguas@gmail.com
21. LUISA MARÍA AGUDELO VANEGAS 1120583683 luisagudelov@hotmail.comAuto 31 de marzo de 2025 Página 5 de 5
Radicado CNE-E-DG-2024-08752 b) A la AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIENTES – EN LIQUIDACIÓN a los correos electrónicos: jdp297@hotmail.com; elisb10@hotmail.com ; movimiento@independientes.com y movimiento@independientesco.com c) Al Ministerio Público, al correo electrónico: notificaciones.cne@procuraduria.gov.co PARÁGRAFO: En caso de no poderse surtir la comunicación al correo electrónico, se deberá proceder de conformidad con el artículo 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO CUARTO: Contra el presente Auto NO PROCEDE recurso alguno.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO CUARTO: Contra el presente Auto NO PROCEDE recurso alguno.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ALTUS ALEJANDRO BAQUERO RUEDA
Magistrado
Aprobó: Roberto José Rodríguez Carrera – Asesor
Revisó: Aly Díaz – Profesional.
Proyectó: Laura Victoria Londoño Acosta
Radicado No. CNE-E-DG-2024-08752