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CNE - Auto alegatos conclusión art. 25 08752

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Auto alegatos conclusión art. 25 08752
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año

AUTO (31 de marzo de 2025) Por medio d el cual se INCORPORAN PRUEBAS y se CORRE TRASLADO para presentar alegatos de conclusión a un excandidato a la ALCALDÍA de BARRANCOMINAS y a su respectivo exgerente de campaña , así como a los distintos excandidatos a los CONCEJOS MUNICIPALES de BARRANCOMINAS e INÍRIDA, de los DEPARTAMENTOS de GUAINÍA y SAN JOSÉ DEL GUAVIARE, sus respectivos exgerentes de campaña , avalados por la AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIENTES – EN LIQUIDACIÓN ; dentro del expediente identificado con el radicado No. CNE-E-DG-2024-08752. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las contenidas en el artículo 265 numeral 6 de la Constitución, las leyes 130 de 1994, 1475 de 2011, y 1437 de 2011 y de conformidad con los siguientes:

1. ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS y PROCEDIMIENTO 1.1. La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral profirió Resolución No. 06235 del 19 de noviembre de 2024, por medio de la cual resolvió abrir investigación administrativa y formular cargos en contra de un (1) excandidato a la ALCALDÍA de BARRANCOMINAS, su respectivo exgerente de campaña y catorce (14) excandidatos a los CONCEJOS de los MUNICIPIOS de BARRANCOMINAS e INÍRIDA, del DEPARTAMENTO de GUAINÍA, y SAN JOSÉ DEL exgerente de campaña y catorce (14) excandidatos a los CONCEJOS de los MUNICIPIOS de BARRANCOMINAS e INÍRIDA, del DEPARTAMENTO de GUAINÍA, y SAN JOSÉ DEL GUAVIARE, del DEPARTAMENTO de GUAVIARE, y sus respectivos exgerentes, por la presunta transgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, así como en contra de la AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIEN TES - EN LIQUIDACIÓN , por la presunta vulneración del deber de diligencia consagrado en el artículo 8 y el numeral primero del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011, en el marco de las elecciones celebradas el pasado 29 de octubre de 2023. 1.2. La Resolución No. 06235 de 2024 fue notificada de la siguiente manera:

NOMBRES NOTIFICACIÓN

VENCIÓ

TÉRMINO PARA

DESCARGOS

PRESENTACIÓN DE

DESCARGOS

1 VILLAMIZAR MARCHENA MARCHENA

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó

2 WAGNER ELIAN MARÍN ROJAS

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó

3 ABRAHAM CHÁVEZ PADILLA

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentóAuto 31 de marzo de 2025 Página 2 de 5 Radicado CNE-E-DG-2024-08752

4 KELLY JOHANNA ARIAS SUCERQUIA 16-01-2025

Cartelera 16-01-2025 Radicado CNE-E-DG-2024-08752

4 KELLY JOHANNA ARIAS SUCERQUIA 16-01-2025

Cartelera 16-01-2025 No presentó 5

ALSIDES ANGARITA GONZÁLEZ

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 6

LUIS ANTONIO BARRERA RODRÍGUEZ

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 7

EMELINA RIVERA GAITÁN

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 8

GEMILO GAITÁN ROJAS

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 9

JESSICA PAOLA RODRÍGUEZ MEDINA

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 10

EVARISTO RODRÍGUEZ FLÓREZ

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 11

JOSÉ EDUARDO GAITÁN GAITÁN

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 12

MARTÍN RODRÍGUEZ FLORES

12-12-2024 Correo electrónico 12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 12

MARTÍN RODRÍGUEZ FLORES

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 13

NELSON GRAJALES

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 14

HERNÁN ROMERO ROJAS

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 15

VITELIO MARTÍNEZ GAITÁN

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 16

XIOMARA PÉREZ GAITÁN

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 17

ALEX OSVALDO RODRÍGUEZ

JARAMILLO

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 18

NIDIA MAYERBI SABANA YEPES

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 19

ANDRÉS FERNANDO HERNÁNDEZ

CRESPO

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 20

KEWIN JESÚS RUEDA AGUAS

12-12-2024 Correo

CRESPO

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 20

KEWIN JESÚS RUEDA AGUAS

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 21

LUISA MARÍA AGUDELO VANEGAS

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 Presentó 31-12-2024

CNE-E-DG-2025-000068

22

AGRUPACIÓN POLÍTICA

INDEPENDIENTES – EN LIQUIDACIÓN

12-12-2024 Correo electrónico 03-01-2025 No presentó 23

MINISTERIO PÚBLICO

12-12-2024 Correo electrónico 12-12-2024 No presentó 1.3. El día 15 de enero de 2025, la señora DAIMI LINDO SOLANO, Asesora de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Corporación remitió oficio por medio del cual certificó que los ciudadanos VILLAM IZAR MARCHENA, WAGNER ELIAN MARÍN, ABRAHAM

CHÁVEZ PADILLA, KELLY JOHANNA ARIAS, ALSIDES ANGARITA GONZÁLEZ, LUIS

ANTONIO BARRERA, EMELINA RIVERA GAITÁN, GEMILO GAITÁN ROJAS, JESSICA

PAOLA RODRÍGUEZ, EVARISTO RODRÍGUEZ FLOREZ, JOSÉ EDUARDO GAITÁN,

ANTONIO BARRERA, EMELINA RIVERA GAITÁN, GEMILO GAITÁN ROJAS, JESSICA

PAOLA RODRÍGUEZ, EVARISTO RODRÍGUEZ FLOREZ, JOSÉ EDUARDO GAITÁN,

MARTIN RODRÍGUEZ FLORES, NELTON GRAJALES, HERNÁN ROMERO ROJAS,

VITELIO MARTÍNEZ GAITÁN, XIOMARA PÉREZ GAITÁN, ALEX OSVALDO RODRÍGUEZ, NIDIA MAERBI SABANA, ANDRÉS FERNANDO HERNÁNDEZ, KEWIN JESÚS RUEDA AGUAS, LUISA MARÍA AGUDELO VANEGAS no tienen sanciones previamente impuestas por el incumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, e indicó que la AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIENTES - EN LIQUIDACIÓN tampocoAuto 31 de marzo de 2025 Página 3 de 5 Radicado CNE-E-DG-2024-08752 tiene sanciones previas por incumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 y numeral 1° del artículo 10 de la Ley 1475 de 2011.

2. ACERVO PROBATORIO 2.1. El día 31 de diciembre de 2024, a través del correo electrónico institucional y mediante escrito con radicado No. CNE-E-DG-2025-000068, la señora LUISA MARÍA AGUDELO VANEGAS presentó escrito de descargos, por medio del cual anexó los siguientes

documentos:

2.1.1. Carta de Renuncia a la candidatura al Concejo de San José del Guaviare – Guaviare. VANEGAS presentó escrito de descargos, por medio del cual anexó los siguientes documentos:

2.1.1. Carta de Renuncia a la candidatura al Concejo de San José del Guaviare – Guaviare. 2.1.2. Formulario 8B. Lista definitiva de candidatos inscritos al Concejo del municipio de San José del Guaviare – Guaviare. 2.1.3. E-26 CON. Acta de escrutinio Municipal del Concejo del municipio de San José del Guaviare – Guaviare.

3. CONSIDERACIONES La finalidad principal de los medios de prueba es llevar a la autoridad administrativa al convencimiento de los hechos que se presentan en el proceso. En este sentido, el inciso 3 del artículo 47 de la Ley 1437 de 2011, por medio del cual se regula el procedimiento administrativo sancionatorio, establece que no se tomarán en cuenta las pruebas practicadas de manera ilegal y serán rechazadas las pruebas que resulten inconducentes, impertinentes y superfluas.

Teniendo en cuenta lo anterior, este Despacho considera innecesario el decreto de pruebas adicionales a las que ya obran en el expediente, y atendiendo a lo establecido en el numeral 5 del artículo 13 de la Ley 1475 de 2011, procederá a correr traslado a l os sujetos vinculados a la presente investigación, así como al Ministerio Público, por el término de quince (15) días hábiles, para que presenten sus alegatos de conclusión y así adoptar la decisión correspondiente en el presente caso. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, a través del Magistrado Sustanciador,

ORDENA:

correspondiente en el presente caso. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral, a través del Magistrado Sustanciador,

ORDENA:

ARTÍCULO PRIMERO: INCORPORAR al expediente con radicado No. CNE-EDG-202408752 las pruebas documentales aportadas por la excandidata LUISA MARÍA AGUDELO VANEGAS, con el valor legal que les correspondaAuto 31 de marzo de 2025 Página 4 de 5

Radicado CNE-E-DG-2024-08752

ARTÍCULO SEGUNDO: CONCLUIR el periodo probatorio y, en consecuencia, CORRER traslado a los investigados, por el término de quince (15) días, contados a partir de la comunicación del presente auto, según lo prescrito en el numeral 5 del artículo 13 de la Ley 1475 de 2011, para que presenten los alegatos de conclusión dentro del pr esente procedimiento de investigación administrativa.

PARÁGRAFO PRIMERO: El mismo plazo se le concede al MINISTERIO PÚBLICO para que intervengan con la misma finalidad.

PARÁGRAFO SEGUNDO: REMÍTASE copia magnética del expediente a las partes.

ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el contenido del presente proveído , a quienes se

relacionan a continuación:

a) A los siguientes excandidatos y exgerentes de campaña que se investigan:

No INVESTIGADOS IDENTIFICACIÓN CORREO ELECTRÓNICO

1. VILLAMIZAR MARCHENA

MARCHENA

1121708860 villamizarmarchenamarchena2020@gmail.com

2. WAGNER ELIAN MARÍN ROJAS 1124798105 wagnermarin1998@gmail.com

1. VILLAMIZAR MARCHENA

MARCHENA

1121708860 villamizarmarchenamarchena2020@gmail.com

2. WAGNER ELIAN MARÍN ROJAS 1124798105 wagnermarin1998@gmail.com

3. ABRAHAM CHÁVEZ PADILLA 19001531 abrahamchavez1979@gmail.com

4. KELLY JOHANNA ARIAS SUCERQUIA 100792994 kellyjohannaariassucequia@gmail.com

5. ALSIDES ANGARITA GONZÁLEZ 19007645 gonzalezalcides2023@gmail.com

6. LUIS ANTONIO BARRERA RODRÍGUEZ 1120332186 emelinariveragaitan@gmail.com

7. EMELINA RIVERA GAITÁN 1120333354 emelinariveragaitan@gmail.com

8. GEMILO GAITÁN ROJAS 19007604 villamizarmarchenamarchena2020@gmail.com

9. JESSICA PAOLA RODRÍGUEZ MEDINA 1148945497 villamizarmarchenamarchena2020@gmail.com

10. EVARISTO RODRÍGUEZ FLÓREZ 1121710051 yesidgaitang106@gmail.com

11. JOSÉ EDUARDO GAITÁN GAITÁN 1124798301 joseduardogaitang10@gmail.com

12. MARTÍN RODRÍGUEZ FLORES 1121710245 rodriguezflorezmartin33@gmail.com

13. NELSON GRAJALES 86044889 nelsongrajales29@gmail.com

14. HERNÁN ROMERO ROJAS 1121719914 romeroher2022@gmail.com

15. VITELIO MARTÍNEZ GAITÁN 1122654620 martinezgaitanvitelio@gmail.com

14. HERNÁN ROMERO ROJAS 1121719914 romeroher2022@gmail.com

15. VITELIO MARTÍNEZ GAITÁN 1122654620 martinezgaitanvitelio@gmail.com

16. XIOMARA PÉREZ GAITÁN 1124778751 cvelasquezromero18@gmail.com

17. ALEX OSVALDO RODRÍGUEZ JARAMILLO 1120582243 alexrodriguez@gmail.com

18. NIDIA MAYERBI SABANA YEPES 41240539 nidiasa_123@hotmail.com

19. ANDRÉS FERNANDO HERNÁNDEZ CRESPO 1120576142 andrewfhc@gmail.com

20. KEWIN JESÚS RUEDA AGUAS 1121882502 kewinjesusruedaaguas@gmail.com

21. LUISA MARÍA AGUDELO VANEGAS 1120583683 luisagudelov@hotmail.comAuto 31 de marzo de 2025 Página 5 de 5

Radicado CNE-E-DG-2024-08752 b) A la AGRUPACIÓN POLÍTICA INDEPENDIENTES – EN LIQUIDACIÓN a los correos electrónicos: jdp297@hotmail.com; elisb10@hotmail.com ; movimiento@independientes.com y movimiento@independientesco.com c) Al Ministerio Público, al correo electrónico: notificaciones.cne@procuraduria.gov.co PARÁGRAFO: En caso de no poderse surtir la comunicación al correo electrónico, se deberá proceder de conformidad con el artículo 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO CUARTO: Contra el presente Auto NO PROCEDE recurso alguno.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO CUARTO: Contra el presente Auto NO PROCEDE recurso alguno.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ALTUS ALEJANDRO BAQUERO RUEDA

Magistrado

Aprobó: Roberto José Rodríguez Carrera – Asesor

Revisó: Aly Díaz – Profesional.

Proyectó: Laura Victoria Londoño Acosta

Radicado No. CNE-E-DG-2024-08752

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