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CNE - INSTRUCTIVO CONJUNTO PGN - CNE

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - INSTRUCTIVO CONJUNTO PGN - CNE
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año

C N gr./ Consejo Nacional Electoral

PROCURADURIA COLOMBIA

GENERAL DE LA NACION INSTRUCTIVO CONJUNTO Entre la Procuraduría General de la Nación y el Consejo Nacional Electoral de Colombia El Procurador General de la Nación, en ejercicio de sus funciones, en especial las conferidas por el artículo 277 de la Constitución Política y el artículo 7, numerales 3,7 y 16 del Decreto Ley 262 de febrero de 2000, y el Consejo Nacional Electoral, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 265 de la Constitución Política y las Leyes 130 de 1994 y 1475 de 2011, suscriben de manera conjunta el presente instructivo ,con el propósito de buscar la colaboración armónica tendiente a garantizar la promoción, ejercicio y divulgación del derecho a la participación y de propender por la transparencia en los comicios electorales, a través de la capacitación para el fortalecimiento del control social e institucional con motivo de las elecciones a realizarse el 27 de octubre de 2019, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, teniendo en cuenta lo siguiente: CONSIDERACIONES Que, en el año 2019 se celebrarán en Colombia las elecciones de autoridades locales y departamentales (gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y ediles). El inciso segundo del artículo 2° de la Constitución Política establece que las autoridades de la República están instituidas, entre otras, para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y los particulares; así mismo, el artículo 113 de la Carta Política señala el principio de colaboración armónica entre los diferentes órganos del Estado para la realización de sus fines, siendo uno de ellos el desarrollo de

acciones de promoción de la participación ciudadana en la actividad democrática. Que el Consejo Nacional Electoral, tiene a su cargo tanto la vigilancia y control de las actividades electorales de las agrupaciones políticas, como de la Organización Electoral, así como velar por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías. Que a la Procuraduría General de Nación se le ha confiado la vigilancia tanto del cumplimiento del orden constitucional o legal, como de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas, la protección del interés público y la promoción de los derechos humanos, entre estos, el de la participación. Con el fin de fortalecer el control social e institucional, y así prevenir la ocurrencia de hechos que pongan en riesgo el actual proceso electoral, se hace necesaria la implementación de estrategias y acciones de capacitación tendientes a la promoción del derecho a la participación. Que las elecciones libres y transparentes requieren de un compromiso conjunto entre la sociedad civil y entidades públicas.

DISPONEN: Diseñar estrategias interinstitucionales de control y promoción sobre pedagogía electoral dirigida a la ciudadanía, para que apoyen el proceso de observación correspondiente, desde un enfoque de transparencia y prevención del riesgo electoral.

Diseñar estrategias interinstitucionales de carácter pedagógico, en materia de participación política y la prevención de la violencia política contra la mujer. Diseñar estrategias interinstitucionales de capacitación en materia de prevención de la desinformación en línea. Diseñar estrategias interinstitucionales para realizar seguimiento a las campañas políticas, a fin de garantizar el correcto ejercicio democrático por parte de los partidos políticos, movimientos y/o grupos

significativos de ciudadanos, con el fin de evitar conductas que inciten la xenofobia en la contienda electoral, así como expedir las regulaciones que se requieran para atender esta materia. Realizar, desde cada una de sus competencias, actividades conjuntas de sensibilización, dirigidas a servidores públicos y particulares, y a organizaciones políticas, orientadas al reconocimiento y prevención de los riesgos que puedan ocasionar conductas violatorias de las normas disciplinarias y administrativas en materia electoral, así como la regulación sobre financiación de campañas políticas, los deberes sobre rendición pública de cuentas sobre el volumen, origen y destino de los recursos. Presentar a la ciudadanía, de conformidad con las funciones y competencias de cada entidad, los canales interinstitucionales que permitan la recepción y tramite de quejas ciudadanas en aras de la protección del interés general cuando quiera que se encuentre en riesgo, ante el uso indebido de recursos públicos, en el desarrollo de las campañas electorales. Para ello, la ciudadanía podrá presentar quejas y denuncias en los correos: al Consejo Nacional Electoral, atencionalciudadano@cne.gov.co y a la Procuraduría General de la Nación, quejas@procuraduriaclov.co Promover la presentación de quejas o denuncias ciudadanas, calificadas y sustentadas, sobre posibles irregularidades en el proceso electoral, a través de la herramienta URIEL (Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral). 2 Promover el funcionamiento de las comisiones en los diferentes niveles encargados de coordinar, las diferentes instituciones que intervienen en la organización y vigilancia del proceso electoral, así como las que tienen a su cargo el orden público o la convivencia ciudadana, para la prevención y mitigación de riesgos

electorales en las regiones. Emitir informes especiales sobre irregularidades que se presenten en el marco del proceso electoral de identificación del riesgo y de las acciones estatales para su mitigación, cuando se requieran y en el marco de sus competencias constitucionales y legales. Realizar actividades de articulación, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, para la prevención e investigación de la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía. Las actividades que se desarrollen, en virtud del presente instructivo, serán coordinadas por parte de la Procuraduría General de la Nación, desde la Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales, y por el Consejo Nacional Electoral, desde su Presidencia. El presente instructivo no impide que la Procuraduría General de la Nación y el Consejo Nacional Electoral desarrollen o continúen desarrollando de manera autónoma las actuaciones que consideren pertinentes de acuerdo a sus funciones constitucionales y legales. Se suscribe la presente circular, en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del mes de mayo de 2019. cokrÉs-GraJUAN CARLOS R S ASTUDILLO Viceprocurador General de la Nación e• e Con ejo(cid:9) ac onal Electoral Presidente de la Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales

Visto bueno: (cid:9) Grupo de Control Electoral

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