CNE - Reglas electorales para la cultura democrática
CNE - Consejo Nacional Electoral
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CNE - Reglas electorales para la cultura democrática
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- —
REGLAS ELECTORALES
PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA ¡CNE, con transparencia reafirma tu voto!
REGLAS ELECTORALES
PARA LA CULTURA
DEMOCRÁTICA
TABLA DE
CONTENIDO
1 3
PRESENTACIÓN
EL CNE Y LAS
PÁG. 5 AGRUPACIONES POLÍTICAS
PÁG. 15 2
3.1 PERSONERÍAS JURÍDICAS
PÁG. 16
3.2 REGISTRO ÚNICO DE PARTIDOS
EL CONSEJO PÁG. 18
3.3 GARANTÍAS PARA EL
NACIONAL
FUNCIONAMIENTO DE LOS
ELECTORAL
PARTIDOS POLÍTICOS PÁG. 9 PÁG. 19
5 6
El CNE Y LAS EL CNE Y LA TRANSPARENCIA
ENCUESTAS ELECTORAL PÁG. 63 PÁG. 71
6.1 TRIBUNALES DE GARANTÍAS
PÁG. 72
6.2 TESTIGOS
PÁG. 73
6.3 OBSERVACIÓN ELECTORAL
PÁG. 76
6.4 VEEDURÍAS
PÁG. 83 4
EL CNE Y LAS CAMPAÑAS ELECTORALES PÁG. 23 4.1 TRASHUMANCIA 4.6 PROPAGANDA PÁG. 24 PÁG. 47
4.2 GRUPOS SIGNIFICATIVOS DE 4.7 FINANCIACIÓN DE
CIUDADANOS CAMPAÑAS PÁG. 29 PÁG. 50
4.3 CONSULTAS DE AGRUPACIONES 4.8 CUENTAS CLARAS
POLÍTICAS PÁG. 54
PÁG. 34 4.9 PRESENTACIÓN DE INFORMES
4.4 INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS DE INGRESOS Y GASTOS PÁG. 37 PÁG. 55 4.5 REVOCATORIAS DE INSCRIPCIÓN 4.10 REPOSICIÓN DE GASTOS PÁG. 40 PÁG. 60
8
7 EL CNE COMO GARANTE
DEL ESTATUTO DE
OPOSICIÓN
PÁG. 97
EL CNE Y LOS ESCRUTINIOS
PÁG. 87 9
EL CNE Y LA
7.1 ESCRUTINIOS Y
PREVENCIÓN DE LOS
RECLAMACIONES
DELITOS ELECTORALES
PÁG. 88
7.2 DELEGADOS DEL CONSEJO PÁG. 109
NACIONAL ELECTORAL
PÁG. 93
7.3 DECLARACIÓN DE ELECCIÓN 10 DISPOSICIONES
PÁG. 95
LEGALES
PÁG. 121
1
PRESENTACIÓN
Por: Heriberto Sanabria Astudillo
Presidente Consejo Nacional Electoral Desde septiembre de 2018, el nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE) inició una labor acorde con los retos que impone el fortalecimiento de la democracia en Colombia. Las facultades otorgadas por la Constitución Política de 1991 al CNE requieren del concurso y trabajo armónico con su aliado institucional, la Registraduría Nacional del Estado Civil, institución con la que se forma la Organización Electoral. Por tal motivo, los aspectos que identifican el sistema político y electoral colombiano requieren del trabajo consciente y coordinado —pero autónomo— de cada uno de los magistrados que integran el CNE. De allí que se destaque la sólida formación académica de sus miembros, quienes, con experiencia, aportan a la toma de decisiones administrativas que dan cimiento a la planeación, ejecución y acción de los certámenes electorales. Sin duda, el conocimiento sobre la normatividad electoral dificulta en ocasiones la comprensión de la acción política en democracia. También se observa que los actores que participan en las contiendas bajo los parámetros del pluralismo son el reflejo de las voluntades de asociación que actúan en defensa de sus programas políticos. Una adecuada identificación de nuestro marco legal permitirá afianzar el cumplimiento de los deberes relacionados con el registro de afiliados, la rendición de cuentas, la inclusión y la apertura a la participación bajo criterios de democratización y de respeto a las reglas que habilitan las candidaturas, o, bien, ejercer los derechos que recientemente ha dispuesto el Estatuto de la Oposición.
Todo ello permite un sistema de partidos fuerte, coherente, cercano a la ciudadanía y con vocación de poder, y 6 habilita su reconocimiento, como organizaciones, por las personas que hacen del ejercicio del derecho al voto un compromiso con la cultura democrática de nuestro país. Este material pedagógico está dirigido a toda la ciudadanía, con la que el CNE reafirma su compromiso ético, jurídico y social. El nuevo CNE dispuso que 2019 sería el Año del Nuevo Ciudadano, y esta cartilla quiere reflejar la disposición de esta entidad de aportar a la participación política, tarea en la que el objetivo es otorgar herramientas didácticas y formativas destinadas a la construcción de paz en democracia. El CNE cree que la formación de ciudadanos conscientes, informados, libres y autónomos hará que ellos sean a su vez garantes, observadores y veedores de las contiendas electorales, y también actores fundamentales en el cumplimiento de las competencias del CNE como autoridad electoral. Esta institución puede decirle con franqueza a la sociedad colombiana que en el CNE encontrarán servidores públicos comprometidos con la transparencia, con vocación por la atención, pero, sobre todo, hallarán trabajadores y trabajadoras que darán respuesta oportuna y eficaz a sus solicitudes. Como Presidente del Consejo Nacional Electoral entrego la presente cartilla, no sin antes invitar de manera cordial a la sociedad colombiana a que juntos construyamos cotidianamente un Estado Social de Derecho que reconozca en la diferencia un valor democrático, y en ella la fuerza que nos permita transitar desde el respeto hacia la paz. 7
REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA
2
EL CONSEJO
NACIONAL ELECTORAL CNE, con transparencia reafirma tu voto ¿Qué es la Organización Electoral? Es un grupo de órganos autónomos e independientes que se encarga de todos los temas relacionados con las elecciones por voto popular. La forman la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC) y el Consejo Nacional Electoral (CNE). ¿Qué es el Consejo Nacional Electoral (CNE)? Es la máxima autoridad electoral; es el encargado de inspeccionar, vigilar y controlar los procesos democráticos del país. Es autónomo e independiente. 10 Por mandato constitucional, el CNE también regula, inspecciona, vigila y controla toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos, y de sus representantes legales, directivos y candidatos, con lo cual garantiza el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden. ¿Cuáles son los antecedentes del CNE? El Consejo Nacional Electoral tiene su antecedente histórico más antiguo en el Gran Consejo Electoral del año
1888. Sesenta años después, hacia 1948 y por la Ley 89, se creó la Corte Electoral, con mayores funciones y 1888 Gran Consejo capacidad. En 1957, comenzando Electoral el Frente Nacional, se introdujo 1948 Ley 89 una modificación por la cual partiCorte cipaban los dos expresidentes más
Electoral 1957 antiguos y cuatro miembros designados por la Corte Suprema de 1985 Consejo Nacional Justicia. En 1985 hubo una nueva
electoral 1991 reforma que ajustó las competencias del órgano electoral, y se cambió el nombre a Consejo Nacional Electoral. Finalmente, la Constitución Política de 1991 dispuso que el CNE estaría formado por nueve miembros elegidos por el Congreso. ¿Cómo está compuesto el CNE? Está compuesto por diez magistrados, nueve escogidos por el Congreso de la República en pleno, y un delegado transitorio con voz, pero sin voto, designado por el partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (FARC), como resultado de los Acuerdos de Paz de La Habana, firmados en noviembre de 2016. 11 REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA CNE, con transparencia reafirma tu voto ¿Cuáles son las funciones del CNE? Regular, inspeccionar, controlar y vigilar toda la actividad electoral. El artículo 265 de la Constitución Política establece las funciones del CNE: Ejercer la suprema 1 inspección y vigilancia de la organización electoral. 2 Posesionar al Registrador Nacional del Estado Civil. 3 Revocar avales Conocer y decidir 4 definitivamente los recursos que se interpongan contra las decisiones de sus delegados sobre escrutinios generales y, en tales casos, hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales correspondientes. Servir de cuerpo consultivo 5 del Gobierno en materias de su competencia, presentar proyectos de acto legislativo y de ley, y recomendar proyectos de decreto. 12 6 Velar por el cumplimiento de las normas sobre partidos y movimientos políticos y de las
disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías; y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías. 8 Distribuir los aportes que 7 para el financiamiento de las campañas electorales Efectuar el escrutinio y para asegurar el general de toda derecho de participación votación nacional, política de los ciudadanos hacer la declaratoria establezca la ley. de elección y expedir las credenciales a 9 que haya lugar. Reconocer la Reglamentar personería jurídica 10 la participación de los partidos de los partidos y y movimientos movimientos políticos políticos. en los medios de comunicación social del Estado. 11 12 13 Colaborar para la realización de Darse su consultas internas propio de los partidos y reglamento. Las demás que movimientos para le confiera la la escogencia de ley. sus candidatos. 13
REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA
3
EL CNE Y LAS
AGRUPACIONES POLÍTICAS CNE, con transparencia reafirma tu voto 3.1 PERSONERÍAS JURÍDICAS ¿Qué es una personería jurídica? Es un estatus que tienen las agrupaciones políticas, que les permite acceder a derechos y contraer ciertos deberes y obligaciones. Para obtener personería jurídica, según el artículo 108 de la Constitución de 1991, las agrupaciones políticas deben alcanzar al menos el 3 % de los votos válidos para las elecciones nacionales de Cámara de Representantes o Senado. Por otro lado, las agrupaciones políticas que cuentan con personería jurídica deben cumplir con un mínimo de requisitos para mantenerla; esto es, realizar al menos cada 2 años congresos y convenciones nacionales, y alcanzar el porcentaje del 3 % en las elecciones de Congreso. Este requisito del porcentaje no se aplica a las circunscripciones de minorías étnicas, en las cuales bastará únicamente haber alcanzado representación en el Congreso. ¿Quién reconoce y otorga las personerías jurídicas? Según los artículos 108 y 265, numeral 9, de la Constitución Política, y del artículo 3 de la Ley 130 de 1994, el Consejo Nacional Electoral es el órgano encargado de reconocer o cancelar las personerías jurídicas a las agrupaciones políticas, previa verificación del cumplimiento de los 16 requisitos que establece la ley para tal propósito. DERECHOS personería jurídica Después de cada elección nacional, Inscribir el CNE emite una resolución en la candidaturas que se detalla la lista de agrupaciones políticas que mantienen, obtieRecibir nen o pierden su personería jurídica, financiación estatal y con esta información se actualiza el Registro Único de Partidos. Acceder a espacios de publicidad ¿Qué derechos y deberes Gozar de los se obtienen con el derechos que reconocimiento de la establece el Estatuto de la Oposición personería jurídica? Con la obtención de la personería jurídica, las agrupaciones políticas tienen derecho a inscribir candidaturas, propias o en coalición, a cualquier cargo de elección popular sin ningún requisito adicional; a recibir financiación estatal para sus gastos de funcionamiento; a acceder a espacios de publicidad para la promoción y difusión de sus programas y plataformas ideológicas; y a poder gozar de los derechos que establece el Estatuto de la Oposición. En cuanto a sus obligaciones, las agrupaciones políticas con personería jurídica deben ajustar su organización y funcionamiento a los principios de transparencia, objetividad, moralidad y equidad de género; desarrollar sus estatutos con los requisitos mínimos que señala la ley; utilizar y promover mecanismos de democracia interna; responder por las violaciones y faltas que cometan; rendir cuentas; y mostrar transparencia en sus actuaciones, entre otras. 17 REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA CNE, con transparencia reafirma tu voto 3.2 REGISTRO ÚNICO DE PARTIDOS ¿Qué es el Registro Único de Partidos? Es la herramienta que contiene la información sobre los partidos y movimientos políticos, con y sin personería jurídica, con sus respectivas actas de fundación, estatutos y reformas, plataformas ideológicas o programas, registros de afiliados, logosímbolos y declaraciones políticas. ¿Quién maneja el Registro Único de Partidos? Según el artículo 3.º de la Ley 1475 de 2011, el CNE es el encargado de llevar el Registro Único de Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas, tarea que va ligada a las competencias constitucionales que le asigna el artículo 265 de la Constitución Política, pues esta herramienta le permite tener la información mínima necesaria para poder ejercer sus competencias. Para consolidar esta información de la mejor manera posible, el CNE expidió las resoluciones 0266 y 1002 Ley CNE Según Artículo3 1475 se encarga del 18 de 2019, a través de las cuales se crea el Registro Único de Partidos y se establecen los procedimientos correspondientes al manejo de la información de las agrupaciones políticas.
3.3 GARANTÍAS PARA EL
FUNCIONAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS ¿El Estado financia a los partidos políticos? Sí. La financiación pública o estatal es una de las garantías para que los partidos puedan ejercer sus derechos políticos en condiciones de autonomía. Este es un elemento importante para la transparencia de la democracia y la representación de sus ideas políticas. Por mandato del artículo 109 EL ESTADO de la Constitución Política, el Estado aporta a la finanaporta a la financiación
ciación del funcionamiento a través FONDO permanente de los partidos DE FINANCIACIÓN y movimientos políticos con POLÍTICA DEL CNE personería jurídica, a través del Fondo Nacional de Financiación Política del CNE, de acuerdo con las reglas de distribución contenidas en el artículo 17 de la Ley 1475 de 2011. 19 REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA CNE, con transparencia reafirma tu voto ¿Cómo acceder a estos recursos? Dentro de los primeros cuatro meses de cada año, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica deberán presentar sus informes de patrimonio, ingresos y gastos anuales ante el Consejo Nacional Electoral, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 1475 de 2011. Se utilizarán para ello los formatos que están dispuestos en el aplicativo ‘Cuentas Claras’ (www.cnecuentasclaras.gov.co). ¿En qué se deben invertir estos recursos? Según el artículo 18 de la Ley 1475 de 2011, estos recursos deben ser utilizados para financiar las siguientes actividades: Ley Artículo18 2011 1475 Para el funcionamiento de sus estructuras regionales, locales y sectoriales. Para la inclusión de mujeres, jóvenes y minorías étnicas en el proceso político. 20 Para el funcionamiento de los centros y fundaciones de estudio, investigación y capacitación. Para dar apoyo y asistencia a sus bancadas. Para impartir cursos de formación y capacitación política y electoral. Para la divulgación de sus programas y propuestas políticas. Para el ejercicio de mecanismos de democracia interna previstos
en sus estatutos. 21
REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA
G J ITA : - e a . % E, e hs y7 3 ; A Es a pa ] A y v 2
e Pit" A 4
EL CNE Y LAS
CAMPAÑAS ELECTORALES CNE, con transparencia reafirma tu voto 4.1 TRASHUMANCIA ¿Qué es la trashumancia electoral? La trashumancia electoral, conocida comúnmente como ‘trasteo de votos’, consiste en inscribir la cédula de un ciudadano en un lugar distinto (municipio o ciudad) al de su residencia electoral, con el objetivo de participar indebidamente en las elecciones de autoridades territoriales y locales (Consejo Nacional ElectoralResolución N.° 2857 de 2018). ¿Qué es la residencia electoral? El artículo 316 de la Constitución Política establece que en las elecciones de carácter local sólo podrán participar los ciudadanos “residentes en el respectivo municipio”. De igual manera, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 definió que la residencia electoral “será aquella en donde se encuentre registrado el votante en el censo electoral. Se entiende que, con la inscripción, el votante declara, bajo la gravedad de juramento, residir en el respectivo municipio”. Según la sentencia del Consejo de Estado proferida el 14 de marzo de 2019, se considera como residencia electoral: • El lugar donde habita el ciudadano • El lugar donde ejerce su profesión u oficio • El lugar donde posee alguno de sus negocios o empleo • El lugar en el que una persona de
manera regular está de asiento 24 ¿Cuál es la autoridad que investiga y sanciona la trashumancia electoral? El Consejo Nacional Electoral investigará por iniciativa propia, o ante las quejas de ciudadanos, todos aquellos hechos que constituyan una inscripción irregular de cédulas de ciudadanía. ¿Quién puede presentar quejas por hechos relacionados con la trashumancia? Todo ciudadano podrá presentar las quejas relacionadas con trashumancia ante el Consejo Nacioquejas nal Electoral. Estas quejas también podrán presentarse en las sedes de trashumancia las Registradurías Municipales del Estado Civil o en las Auxiliares del Consejo Nacional respectivo municipio. Electoral Registradurías Además, se puede enviar Municipales o información sobre hechos de Auxiliares trashumancia a través del correo electrónico: trashumancia@cne.gov.co. ¿Qué debe contener una queja por trashumancia electoral? Según la Resolución 2857 de 2018 del Consejo Nacional Electoral, se recomienda que una queja por trashumancia electoral contenga por lo menos la siguiente información: • Nombres y apellidos completos de la persona que presenta la queja. • Número de documento de identidad. 25 REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA CNE, con transparencia reafirma tu voto • Relación de nombres o números de cédulas de personas que presuntamente no residen en el municipio donde se inscribieron para ejercer su derecho al voto. • Hechos (lugar, fecha, modo) que sustentan la queja. • Aportar las pruebas que puedan validar la información relacionada con la queja. • Entregar queja en medio digital y físico.
- Firma del solicitante. ¿Puede ser anónima una queja por trashumancia?
Si un ciudadano considera que su integridad personal y la de su familia están en peligro por cuenta de la queja que va a instaurar, antes de radicarla podrá solicitar a la Procuraduría General de la Nación la activación de un procedimiento especial para salvaguardar su identidad y mantenerla en reserva. ¿La trashumancia electoral es un delito? Los hechos que sustentan la trashumancia electoSí ral también pueden ser investigados por la Fiscalía General de la Nación bajo la tipificación de ‘Fraude en inscripción de cédulas’, delito establecido en el artículo 389 del Código Penal. La pena de prisión establecida en este artí- pena de culo está entre los cuatro (4) y los nueve (9) prisión años, además de una multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos 4 9 entre y legales mensuales vigentes, penas que se años podrán aumentar cuando la conducta sea realizada por un servidor público. 26 ¿En qué consiste la investigación que realiza el CNE para determinar si una persona es trashumante? El Consejo Nacional Electoral, como autoridad competente para investigar los hechos que puedan constituir trashumancia electoral, realizará un procedimiento que consiste en confrontar la información de inscripción con algunas de las bases de datos estatales, como Sisbén, Censo Electoral, DPS, Adres, para verificar si en realidad la persona y su número de cédula inscrita tienen residencia electoral en el lugar donde aquella se registró.
A la persona que sea objeto de investigación se le notificará sobre la apertura de dicho procedimiento y ella podrá ejercer su derecho a la defensa aportando las pruebas que corroboren que efectivamente se trata de su residencia electoral. El Consejo Nacional Electoral, después de analizar la situación y las pruebas, podrá dejar sin efecto la inscripción de la cédula de ciudadanía, decisión que puede ser confrontada mediante la presentación de un recurso de reposición. Cuando el CNE declare que una persona es trashumante, ¿qué efectos produce esa decisión? El declarado trashumante no podrá volver a inscribir su cédula de ciudadanía para el mismo proceso electoral 27 REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA CNE, con transparencia reafirma tu voto en el lugar del cual fue excluida. Tampoco podrá ejercer como jurado de votación en tal entidad territorial. Lo anterior no quiere decir que la persona investigada no pueda ejercer su derecho al voto, sino que simplemente deberá hacerlo en el lugar de residencia electoral que verdaderamente le corresponda (Resolución 2857 de 2018, CNE). ¿Se debe inscribir la cédula al cumplir la mayoría de edad? Cuando una persona obtiene por primera vez su No documento de identidad al cumplir la mayoría de edad, automáticamente la Registraduría Nacional del Estado Civil la habilita para ejercer el derecho al voto en el lugar de residencia registrado. ¿Se puede cambiar el lugar de votación? Los ciudadanos que ya han ejercido su derecho Sí al voto y que deseen cambiar el lugar donde van a votar deberán acercarse a cualquier sede de la Registraduría Nacional del Estado Civil a inscribir su
cédula en un puesto de votación que corresponda a su lugar de residencia electoral. ¿Los extranjeros pueden participar en las elecciones? Los extranjeros con cédula de extranjería, que sean residentes en Colombia y que tengan más de 18 años, pueden inscribir su cédula para ejercer el derecho al voto únicamente en las elecciones locales. 28 ¿Cuál es el período de inscripción de cédulas? Se pueden inscribir ante la Registraduría Nacional del Estado Civil dentro del año anterior al proceso electoral y hasta dos meses antes de las respectivas elecciones. 4.2 GRUPOS SIGNIFICATIVOS DE CIUDADANOS ¿Qué son los Grupos Significativos de Ciudadanos? Los Grupos Significativos de Ciudadanos (GSC) son una expresión de participación política electoral y ciudadana diferente a la de los partidos políticos. Su ejercicio consiste en recoger un número determinado de firmas para avalar candidaturas para las elecciones a cualquier cargo de elección popular. 29 REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA CNE, con transparencia reafirma tu voto ¿Cómo se forma un Grupo Significativo de Ciudadanos (GSC)? Un GSC se forma por un grupo de ciudadanos y tiene un Comité Promotor, el cual estará integrado por tres (3) ciudadanos. Junto con la solicitud de registro, que se presenta ante la Registraduría correspondiente, se debe entregar en medio magnético el logosímbolo que identifica al Comité. Este registro debe hacerse como máximo un mes antes del cierre de la inscripción de candidatos y candidatas, pues es un requisito indispensable para iniciar el proceso de recolección de firmas.
GCS El Comité Promotor deberá tiene presentar un número de firmas Comité Promotor válidas que equivalga por lo el registro menos al 20 % del resultado de debe hacerse dividir el número de ciudadanos 1 mes aptos para votar en la respectiva antes de circunscripción electoral entre cierre de el número de curules o cargos por proveer. En ningún caso este número de apoyos debe ser inferior a 50.000. Para aspirar a la Presidencia de la República, un GSC debe recoger al menos el 3 % del total de votos válidos de las pasadas elecciones presidenciales. Para mayor información sobre requisitos, formularios y procedimientos para la inscripción de las candidaturas por firmas, visite la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil: www.registraduria.gov.co 30 ¿Pueden los Grupos Significativos de Ciudadanos hacer cambios en la inscripción de candidatos? Se pueden hacer de acuerdo con las causales Sí contempladas en el artículo 31 de la Ley 1475 de 2011. Artículo31 Ley Por falta de aceptación 1475 de las candidaturas o En el caso de que renuncia a las mismas el CNE, mediante dentro de los cinco (5) un procedimiento días hábiles siguientes 2011 de revocatoria de a la fecha de cierre de inscripción, haya las inscripciones. declarado que un candidato se encuentra inhabilitado, la agrupación política que En caso de muerte lo avaló podrá modificar o incapacidad física su inscripción hasta un permanente, el anterior (1) mes antes de la fecha
plazo se amplía hasta de la votación. ocho (8) días para la votación. ¿Los Grupos Significativos de Ciudadanos pueden utilizar logosímbolos? Sí. Con ello podrán generar una mayor identidad con sus posibles electores durante un certamen electoral. 31 REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA CNE, con transparencia reafirma tu voto ¿Ante quién deben registrar los GSC sus logosímbolos? Después de inscrito el Comité Promotor ante la Registraduría, el Consejo Nacional Electoral tiene la competencia de registrar los logosímbolos que identifican a cada Grupo Significativo de Ciudadanos, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 130 de 1994. ¿Qué requisitos deben tener los símbolos, emblemas o logotipos? El artículo 35 de la Ley 1475 de 2011 regula el uso de los símbolos, emblemas o logotipos por los partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos, coaliciones o comités promotores durante los procesos electorales. Estos deben cumplir los siguientes criterios: • No utilizar imágenes religiosas. • No utilizar el nombre o la imagen de una persona determinada, si no se tiene su autorización previa y expresa. • No utilizar nombres de personajes históricos. Simón • No utilizar símbolos de otros Bolívar partidos o movimientos políticos registrados ante el CNE. • No utilizar símbolos que puedan generar confusión con otros previamente registrados ante el CNE. • No utilizar la denominación ‘Partido’ ‘Partido’.
- No utilizar símbolos patrios. 32 ¿Cómo deben reportar sus ingresos y gastos los GSC?
Una vez inscrito el Comité ante la Registraduría correspondiente, el GSC deberá presentar los libros de contabilidad que se diligenciarán durante el proceso de promoción y/o de recolección de firmas. Los GSC también deben tramitar, ante el Fondo Nacional de Financiación Política del CNE, su inscripción, registro, y los códigos de acceso para el aplicativo ‘Cuentas Claras’. Hay que saber que los GSC tienen la obligación legal de reportar los ingresos y gastos económicos por cualquier concepto en el que hayan incurrido durante el período de recolección de firmas y hasta cinco días después de la inscripción de la respectiva candidatura. En el momento de presentar ese informe, debe acompañarse, en anexo separado, el informe de los gastos de recolección de firmas y debe cargarse en el aplicativo Cuentas Claras, tal como lo hacen los demás partidos. Igualmente, si se trata de una campaña cuyo tope de gastos es igual o superior a doscientos (200) salarios mí- nimos legales mensuales vigentes, se deberá nombrar un gerente de campaña y proceder a abrir una cuenta única bancaria para la administración de los recursos. Por otra parte, si un GSC no formaliza la inscripción de su candidatura, debe presentar el informe de ingresos y gastos en los que haya incurrido durante el proceso de recolección de firmas. Esto debe hacerlo a más tardar el día siguiente de la fecha que se establezca como plazo máximo para la inscripción de candidaturas y listas.
33 REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA CNE, con transparencia reafirma tu voto Todos los informes que se presenten se rendirán bajo la gravedad del juramento ante el Consejo Nacional Electoral, según la Resolución 0882 de 2019. ¿Existen requisitos adicionales para los Grupos Significativos de Ciudadanos? Los GSC deberán otorgar, en el momento de la inscripción, una póliza de seriedad de la candidatura, por la cuantía que fije el Consejo Nacional Electoral, la cual no podrá exceder el equivalente al 1 % del fondo que se constituya para financiar a los partidos y movimientos en el año correspondiente. Esta garantía se hará efectiva si el candidato o la lista de candidatos no obtienen al menos la votación requerida para tener derecho a la reposición de gastos de la campaña, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 130 de 1994. 4.3 CONSULTAS DE AGRUPACIONES POLÍTICAS ¿Qué son las consultas de las agrupaciones políticas? Son los mecanismos de participación democrática y política que los partidos, movimientos políticos, coaliciones y grupos significativos de ciudadanos pueden activar para seleccionar sus candidaturas o tomar decisiones internas. 34 ¿Cuáles son los tipos de consultas? Internas Participan únicamente militantes de los partidos (existe registro de afiliados) y se regulan por las disposiciones previstas en los estatutos de los partidos y los movimientos políticos. Populares Participan ciudadanos en general, inscritos
en el censo electoral. No se deben confundir con el mecanismo de participación ciudadana de consulta popular, pues, a pesar de ser homónimas, unas se hacen para la toma de decisiones internas de los partidos, y las otras para que la ciudadanía se pronuncie en las urnas sobre temas que les afectan. Interpartidistas Son aquellas convocadas entre agrupaciones políticas, previo acuerdo suscrito por los directivos nacionales o departamentales. Estas pueden ser, a su vez, populares o internas. ¿Las agrupaciones políticas financian la realización de las consultas? Según la Ley 1475 de 2011, el Estado será el encargado No de proporcionar la logística necesaria para garantizar que este mecanismo democrático funcione. La Organización Electoral será la competente para la realización de las consultas de los partidos y movimientos 35 REGLAS ELECTORALES PARA LA CULTURA DEMOCRÁTICA CNE, con transparencia reafirma tu voto políticos, e incluirá el suministro de tarjetas electorales o instrumentos de votación electrónica, la instalación de puestos de votación, y la realización del escrutinio. Las agrupaciones políticas que participan en las consultas ¿tienen derecho a la reposición de gastos? Mediante el sistema de reposición de gastos por Sí votos obtenidos, el CNE fija los gastos permitidos y los valores de reposición para cada período electoral. ¿Cuáles son las normas aplicables en las consultas? El Consejo Nacional Electoral reglamentará, por resolución, la convocatoria y realización de las consultas, en las
que garantizará la igualdad entre los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos que participen en ellas. En cuanto a financiación y propaganda en las consultas populares, se aplicarán las normas que rigen para las elecciones ordinarias; y en las internas, las disposiciones e
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.