CNE - Resolución 00007 de 2024
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 00007 de 2024
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2024
CN=/ Consejo Nacional Electoral RESOLUCIÓN 00007 DE 2024 03 de enero “Por medio de la cual se ordena la apertura del proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa electrónica SASI-002 de 2023CNE, para contratar el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales para garantizar el desplazamiento de los servidores públicos, contratistas y/o demás personal que sus servicios al Consejo Nacional Electoral, en cumplimiento de su misión institucional” EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley 80 de 1993, el literal a) del numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 2085 de 2019, y, CONSIDERANDO: Que, mediante convocatoria pública el Consejo Nacional Electoral dio inicio al proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica SASI-002 de 2023, cuyo objeto consiste en: “Contratar el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales para garantizar el desplazamiento de los servidores públicos, contratistas y/o demás personal que sus servicios al Consejo Nacional Electoral, en cumplimiento de su misión institucional” el cual se encuentra contemplado en el Plan Anual de Adquisiciones del CNE y fue aprobado en el Comité de Contratación de la entidad. Que, de conformidad con lo estipulado en el numeral 2 del artículo 2 literal a) de la Ley 1150 de 2007, el día 22 de diciembre de 2023, el Consejo Nacional Electoral publicó en
Secop Il, el aviso de convocatoria, los estudios previos, el análisis del Sector, el proyecto de pliego de condiciones y los demás anexos que hacen parte del proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica SASI-002 de 2023. La documentación referida se puede consultar en el siguiente Link: https: //www.secop.gov.co/CO1BusinessLine/Tendering/ContractNoticeView/Index?notice=
C01.NTC.5346212
Que, el CNE cuenta con un presupuesto oficial para atender la ejecución del objeto de la presente contratación de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($232.243.868). Incluido IVA y demás impuestos a que haya lugar, así como todos los Página 2 de 5 “Por la cual se ordena la apertura de la Selección Abreviada por Subasta Inversa electrónica SASI-002 de 2023CNE, para contratar el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales para garantizar el desplazamiento de los servidores públicos, contratistas y/o demás personal que sus servicios al Consejo Nacional Electoral, en cumplimiento de su misión institucional”. gastos y erogaciones en que pueda incurrir el contratista por causa o con ocasión de la ejecución del contrato. Que el presente proceso de selección se encuentra respaldado con el certificado de disponibilidad No. 724 del tres (03) de enero de 2024 por valor de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS MI/CTE ($232.243.868) expedido por el área de presupuesto de la
Dirección de Gestión Corporativa del Consejo Nacional Electoral. Que, como se señaló en los estudios y documentos previos, la modalidad de selección para la celebración del contrato corresponde a la Selección Abreviada por Subasta Inversa Electrónica, de acuerdo con lo previsto por el numeral 2 del artículo 2 literal a) de la Ley 1150 de 2007, en el Decreto 1082 de 2015 y demás normas aplicables. Que, dado que no se recibieron solicitudes de limitaciones a Mipymes, el proceso queda abierto para cualquier interesado. Que dentro del término de publicidad de que trata el artículo 2.2.1.1.2,1.4 del Decreto 1082 de 2015, se recibieron observaciones al proyecto de pliego de condiciones del proceso de selección, las cuales se atendieron a través de documento de respuestas debidamente publicado en la plataforma SECOP Il. Que, se hace necesario nombrar un Comité Evaluador que se encargue de la evaluación de las ofertas y recomiende el ofrecimiento más favorable dentro de la presente convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2,2.3 Decreto No.1082 de 2015. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 1 y Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.5 “La entidad estatal debe ordenar la apertura del proceso de selección, mediante acto administrativo de carácter general, sin perjuicio de lo dispuesto en las disposiciones especiales para cada modalidad de selección” Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la Selección Abreviada por Subasta
Inversa Electrónica SASI-002 de 2023 del Consejo Nacional Electoral, cuyo objeto es: Página 3 de 5 “Por la cual se ordena la apertura de la Selección Abreviada por Subasta Inversa electrónica SASI-002 de 2023CNE, para contratar el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales para garantizar el desplazamiento de los servidores públicos, contratistas y/o demás personal que sus servicios al Consejo Nacional Electoral, en cumplimiento de su misión institucional”. “contratar el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales para garantizar el desplazamiento de los servidores públicos, contratistas y/o demás personal que sus servicios al Consejo Nacional Electoral, en cumplimiento de su misión institucional” PARÁGRAFO: El presente proceso se encuentra respaldado por Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 724 del 03 de enero de 2024 por valor de DOSCIENTOS
TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS
SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($232.243.868).
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente proceso se adelantará por la modalidad de Selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial, bajo el procedimiento regulado por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 y demás normas aplicables.
ARTÍCULO TERCERO: Adoptar y publicar en el Sistema Electrónico de Contratación Pública — SECOP ll, el Pliego de Condiciones Definitivo elaborado por la Entidad para la
Selección Abreviada por Subasta Inversa electrónica No. SASI -002 de 2023 del Consejo Nacional Electoral, que hace parte integral de este Acto Administrativo, el cual podrá ser consultado por los interesados junto con los demás documentos en el enlace: https://www.secop.gov.co/CO1BusinessLine/Tendering/ContractNoticeView/Index?n otice=C01.NTC.5346212; y en la Dirección de Gestión Corporativa del CNE ARTÍCULO CUARTO: Adoptar el siguiente cronograma de actividades:
SUSTENTO TÉRMINO LEGAL FECHA
ACTIVIDAD LUGAR
NORMATIVO Artículos PLATAFORMA Acto administrativo de apertura,| 2.2.1.1.1.7.1., SECOP Ilpublicación de pliego de condiciones| 2.2.1.1.2.1.3. y 03 de enero Fecha de publicación definitivo y respuesta a observaciones a| 2.2.1.1.2.1.5. de 2024 proyecto de pliego de condiciones. Decreto 1082 de 2015 Formulación de observaciones PLATAFORMA Inciso segundo . - [04 de enero por parte de los proponentes a : El término establecido| SECOP IlNumeral 4 articulo de 2024 los pliegos de condiciones por la Entidad o 30 Ley 80 de 1993 (17:00 pm) definitivos Inciso segundo|Hasta el término PLATAFORMA 05 de enero Respuestas a las observaciones Numeral 4 articulo 30jestablecido por - lal A SECOP Ile Ley 80 de 1993 Entidad Página 4 de 5
“Por la cual se ordena la apertura de la Selección Abreviada por Subasta Inversa electrónica SASI-002 de 2023CNE, para contratar el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales para garantizar el desplazamiento de los servidores públicos, contratistas y/o demás personal que sus servicios al Consejo Nacional Electoral, en cumplimiento de su misión institucional”. La Entidad Estatal PLATAFORMA puede modificar los SECOP Ilpliegos de condiciones Articulo 89 Ley 1474ja través de Adendas 05 de enero Fecha límite para expedir Adendas de 2011 y Artículolexpedidas antes del an e 2.2.1.1,2,2,1 vencimiento del plazo| para presentar ofertas. (Hasta 1 día hábil antes] al cierre). , 10 de enero|PLATAFORMA CIERRE, RECEPCIÓN Y APERTURA| Articulo 30 Ley 80 |El término establecido] de 2024 9:00/SECOP IlDE OFERTAS de 1993 por la Entidad am El Término razonablelHasta el 11|PLATAFORMA Verificación de los requisitos[Numeral 7 Articulo . establecido por lajde enero del SECOP Ilhabilitantes 30 Ley 80 de 1993 Entidad 2024 Numeral 8 Articulo PLATAFORMA 30 Ley 80 de 1993, SECOP Ilen concordancia con El Término razonable Publicación Informe -Requisitosjel numeral 4 del 11 de enero establecido por la habilitantes. artículo de 2024 Entidad 2.2.1.2,1,2,20. del
Decreto 1082 de 2015 Hasta el 16 Traslado - Plazo para presentar : Numeral 8 Articulo[Tres (3) días hábiles ende enero de Observaciones al Informe — Requisitos 30 Ley 80 de 1993 lla selección abreviada [2024 (17:00 Habilitantes pm) Respuesta a observaciones El Término razonable 17 de enero presentadas al Informe de Evaluación establecido por la de 2024 Preliminar Numeral 8 Articulo Entidad o .. [80 Ley 80 de 1993 [El Término razonable Publicación Informe de Evaluación 17 de enero o establecido por lal Definitivo de 2024 Entidad 18 de La fecha | enero de Numeral 9 Articulo PROCEDIMIENTO DE SUBASTA Establecida por la | 2024 30 Ley 80 de 1993 Entidad (10:00 am) o a La fecha | 18 de Publicación de Acto Administrativo de| Numeral 9 Articulo Establecida por la | enero de Adjudicación 30 Ley 80 de 1993 : Entidad 2024 Procedimiento La fecha | 19 de Firma del conty rleagaltizaoció n Interno Establecida por la | enero de de Contratación Entidad 2024 Página 5 de 5 “Por la cual se ordena la apertura de la Selección Abreviada por Subasta Inversa electrónica SASI-002 de 2023CNE, para contratar el suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales e internacionales para garantizar el desplazamiento de los servidores públicos, contratistas y/o demás personal que sus servicios al Consejo Nacional Electoral, en cumplimiento de su misión institucional”.
Las fechas antes indicadas podrán ser modificadas mediante adenda de conformidad con la ley y el reglamento.
ARTÍCULO QUINTO: El Comité Evaluador será designado por memorando suscrito por el ordenador del gasto.
El Comité Evaluador, estará sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales, lo cual debe ser manifestado de manera oportuna para adoptar las medidas del caso. Adicionalmente, deberá conocer el contenido de los estudios y documentos previos y de los Pliegos de Condiciones definitivos para entregar la evaluación jurídica, financiera, técnica y económica, así como la recomendación de la decisión a adoptar conforme la evaluación, dentro del cronograma fijado en el presente Acto.
ARTÍCULO SEXTO: Convocar a las Veedurías Ciudadanas para realizar el control social al presente proceso de contratación de conformidad con lo señalado en el artículo 66 de Ley 80 de 1993 y el numeral 5 del artículo 2.2.1.1.2.1.5 Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015, convocatoria que se entiende efectuada con la publicación del presente documento en el Sistema Electrónico de Contratación Pública — SECOP ll.
ARTÍCULO SÉPTIMO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Sistema Electrónico de Contratación Pública — SECOP ll.
Dada en la ciudad de Bogotá, D. C., a los tres (03) días del mes de enero de 2024.
Proyectó: Iván Camilo Rodríguez
Revisó: Magda Gabriela Páez
Aprobó: Martha Margarita Salazar (65%. Sálico