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CNE - Resolución 0003 de 2026

Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 0003 de 2026
Autor
Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2026

RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 0003 de 2026 (15 de enero) Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político La Fuerza, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026, en el municipio de GIRON, SANTANDER. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional electoral, y CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y

2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, hasta las veintitrés con cincuenta y nueve (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458

fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: ZapSign fbfc5163-c591-4e92-86f3-c8b2357ab58cPágina 2 de 7 Resolución No. 0003 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político La Fuerza, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON, SANTANDER. “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.

2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.

Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral

corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,

autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales del partido político La Fuerza, ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de alcalde, que se realizarán el 18 de enero de 2026, en el municipio de GIRON, SANTANDER a los siguientes ciudadanos:

CÉDULA DE

CIUDADANÍA

NOMBRES Y

APELLIDOS MUNICIPIO ZONA NOMBRE

DEL PUESTO

TIPO DE

TESTIG

O MESA (S) 30209795

MABEL NAYIBE

RUEDA

DELGADO

GIRON 02

COLEGIO

NUESTRA

SEÑORA

DE BELEN

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 2, 3, ZapSign fbfc5163-c591-4e92-86f3-c8b2357ab58cPágina 3 de 7 Resolución No. 0003 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político La Fuerza, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON, SANTANDER. 4, 5, 6, 7, 8, 9 91179178 TOMAS

ALVAREZ

TORRES

GIRON 03

COL JUAN

CRISTOBA

L

MARTINEZ

PRINCI

PAL 1, 10,

4, 5, 6, 7, 8, 9 91179178 TOMAS

ALVAREZ

TORRES

GIRON 03

COL JUAN

CRISTOBA

L

MARTINEZ

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 2, 20, 21, 22, 23, 24, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 91179178 TOMAS

ALVAREZ

TORRES

GIRON 03

COL.LUIS

CARLOS

GALAN/SE

DE A

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 91179949

JOSE LUIS

RODRIGUEZ

CALDERON

GIRON 03

COLEGIO

MARIO

MORALES

DELGADO

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 91179949

JOSE LUIS

RODRIGUEZ

CALDERON

GIRON 03

COL. LUIS

CARLOS

GALAN

SEDE E

PRINCI PAL 1, 2, 3,

4, 5 91276193

VICTOR MANUEL

DULCEY

VILLAMIZAR

GIRON 01

COLEGIO

FRANCISC

O

SERRANO

MUÑOZ

SEDE A

PRINCI PAL 1, 2, 3,

4 91350851

NORBERTO

ALVAREZ

TORRES

GIRON 03

COLEGIO

SANTA CRUZ

O

SERRANO

MUÑOZ

SEDE A

PRINCI PAL 1, 2, 3,

4 91350851

NORBERTO

ALVAREZ

TORRES

GIRON 03

COLEGIO

SANTA CRUZ

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 1005157029

DANIEL

ESTEBAN LUNA

MARTINEZ

GIRON 02

COLEGIO

FACUNDO

NAVAS

MANTILLA

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 2, 20, 21, 22, 23, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 1005157029

DANIEL

ESTEBAN LUNA

MARTINEZ

GIRON 02

COLEGIO

DIANA

TURBAY

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 14, 2, 3, 4, 5, 6, 7, ZapSign fbfc5163-c591-4e92-86f3-c8b2357ab58cPágina 4 de 7 Resolución No. 0003 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político La Fuerza, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON, SANTANDER. 8, 9 1007193755

JUREINNY

DAYANNA LUNA

RUEDA

GIRON 01

ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON, SANTANDER. 8, 9 1007193755

JUREINNY

DAYANNA LUNA

RUEDA

GIRON 01

COL.LUIS

CARLOS

GALAN/SE

DE B

PRINCI PAL 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9

1007193755

JUREINNY

DAYANNA LUNA

RUEDA

GIRON 01

COLEGIO

PORTAL

CAMPEST

RE NORTE

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 1093762433

YURLEY

CATERINE ORTIZ

LEAL

GIRON 02

SENA

PALENQU

E

PRINCI PAL 1, 2, 3,

4, 5 1095910421

FABIAN ALEXIS

BADILLO

MARTINEZ

GIRON 01

COL.NIÑO

JESUS DE

PRAGA

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 1095910421

FABIAN ALEXIS

BADILLO

MARTINEZ

GIRON 01

COLEGIO

FRANCISC

O

SERRANO

MUÑOZ

SEDE A

PRINCI

PAL 10, 11, 12, 6, 7, 9 1095910421

FABIAN ALEXIS

BADILLO

MARTINEZ

GIRON 01

COL.SAN

JUAN DE

GIRON

SEDE A

PRINCI

PAL 10, 11, 12, 6, 7, 9 1095910421

FABIAN ALEXIS

BADILLO

MARTINEZ

GIRON 01

COL.SAN

JUAN DE

GIRON

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 04

COL.NIEVE

S CORTES

PICON/SE

DE A

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 04

COL.SERR

ANO

MUÑOZ/

SEDE B

PRINCI PAL 1, 10, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8,

9 1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 04

COL

FACUNDO

NAVAS

SEDE D

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 04

JARDIN

INFANTIL

DUENDECI

LLO DE

GIRON

PRINCI PAL 1, 2, 3,

4, 5 1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 04

COL

SERRANO

MUÑOZ

DUENDECI

LLO DE

GIRON

PRINCI PAL 1, 2, 3,

4, 5 1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 04

COL

SERRANO

MUÑOZ PRINCI PAL 1, 2, 3

ZapSign fbfc5163-c591-4e92-86f3-c8b2357ab58cPágina 5 de 7 Resolución No. 0003 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político La Fuerza, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON, SANTANDER.

SEDE C

1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 04

COLEGIO

NIEVES

CORTES

SD B - LAS

ROSITAS

PRINCI PAL 1, 2, 3, 4, 5, 6

1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 04

SALON

COMUNAL

BALCONE

S DE

GIRON PRINCI PAL 1, 2, 3

1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 98

CENTR

PENITENCI

ARIO

PALOGOR

DO

PRINCI

PAL 1 1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 99 ACAPULC

O

PRINCI PAL 1, 2, 3,

4, 5 1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON GIRON 99 CANTALTA PRINCI PAL 1, 2

CALDERON

GIRON 99 ACAPULC

O

PRINCI PAL 1, 2, 3,

4, 5 1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON GIRON 99 CANTALTA PRINCI PAL 1, 2

1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 99 EL

RECREO PRINCI PAL 1, 2

1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON GIRON 99 CHOCOA PRINCI PAL 1, 2, 3

1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 99 CHOCOITA PRINCI PAL 1, 2, 3,

4 1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 99 LAS

BOCAS PRINCI PAL 1, 2

1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 99 MARTA PRINCI

PAL 1 1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON GIRON 99 MOTOSO PRINCI PAL 1, 2

1095911411

MAURICIO

SIERRA

CALDERON

GIRON 99 LLANO

GRANDE PRINCI PAL 1, 2, 3

1095911626

DANIELA

ANDREA GALVIS

PEREIRA

GIRON 01

COLEGIO

FRANCISC

O

SERRANO

MUÑOZ

SEDE A PRINCI PAL 5, 8

1095917776

JOSE LUIS

MARTINEZ

SERRANO

GIRON 01

COLEGIO

SAN JUAN

DE GIRON

SEDE B

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 2, 3,

1095917776

JOSE LUIS

MARTINEZ

SERRANO

GIRON 01

COLEGIO

SAN JUAN

DE GIRON

SEDE B

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 ZapSign fbfc5163-c591-4e92-86f3-c8b2357ab58cPágina 6 de 7 Resolución No. 0003 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político La Fuerza, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON, SANTANDER. 1095939520

SANDRA

PATRICIA

JIMENEZ

CUESTA

GIRON 01

COLEGIO

GABRIEL

GARCIA

MARQUEZ

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 1095939520

SANDRA

PATRICIA

JIMENEZ

CUESTA

GIRON 02

COL.ROBE

RTO

GARCIA

PEÑA/SED

E A

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 2, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 3, 30, 4, 5, 6, 7, 8, 9 1095950353

INGRID PAOLA

20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 3, 30, 4, 5, 6, 7, 8, 9 1095950353

INGRID PAOLA

MARTINEZ

RUEDA GIRON 99 PANTANO PRINCI PAL 1, 2, 3

1095950353

INGRID PAOLA

MARTINEZ

RUEDA

GIRON 99

ESCUELA

EL

TABLAZO

SECTOR

CABAÑA

BAJA

PRINCI

PAL 1 1095950353

INGRID PAOLA

MARTINEZ

RUEDA

GIRON 99

COLEGIO

AGUADA

DE

CEFERINO

PRINCI

PAL 1 1098609531

MARYORY

TATIANA LEAL

NEIRA

GIRON 03

COLEGIO

VILLAS DE

SAN JUAN

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 1099362488

ELIZABETH

GONZALEZ

SINUCO

GIRON 02

COLISEO

CUBIERTO

CIUDADEL

A VILLAMIL

PRINCI

PAL 1, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente coalición, acreditada en el

presente acto administrativo: ZapSign

7, 8, 9

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente coalición, acreditada en el

presente acto administrativo: ZapSign fbfc5163-c591-4e92-86f3-c8b2357ab58cPágina 7 de 7 Resolución No. 0003 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político La Fuerza, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON, SANTANDER. NO. ORGANIZACIÓN POLÍTICA DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL 1 La Fuerza Finca Villa de los Ángeles Motoso GIRON luna.dayannaabogada@gma il.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo

Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo

Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de enero de dos mil veintiseis (2026).

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO

Presidente Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información

Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign fbfc5163-c591-4e92-86f3-c8b2357ab58c Firmado digitalmente en ZapSign por

CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO Fecha: 14/01/2026 20:35:31.876 (UTC-0500)

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