CNE - Resolución 0005 de 2026
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 0005 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN ACREDITACIÓN No. 0005 de 2026 (14 de enero) Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político Conservador Colombiano, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026, en el municipio de GIRON, SANTANDER. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 09458 de 2025 del Consejo Nacional electoral, y CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco, podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 09458 de 2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y
2025, a través de la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, hasta las veintitrés con cincuenta y nueve (23:59) del domingo anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458
fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 09458 de 2025, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera: ZapSign 4769e4af-0f9d-4b12-9434-eac2193460c2Página 2 de 6 Resolución No. 0005 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político Conservador Colombiano, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON, SANTANDER. “(…)1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.
2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente. (…)” Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación y escrutinio corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión.
Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral
corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de Identificación - ANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión, específica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,
autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales del partido político Conservador Colombiano, ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de alcalde, que se realizarán el 18 de enero de 2026, en el municipio de GIRON, SANTANDER a los siguientes ciudadanos:
CÉDULA DE
CIUDADANÍA
NOMBRES Y
APELLIDOS MUNICIPIO ZONA NOMBRE
DEL PUESTO
TIPO DE
TESTIG
O MESA (S)
5646024 ALEJANDRO
ALMEIDA RUEDA GIRON 99 CHOCOITA PRINCI PAL 1 11378644 GUILLERMO GIRON 02 SENA PRINCI 1
ZapSign 4769e4af-0f9d-4b12-9434-eac2193460c2Página 3 de 6 Resolución No. 0005 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político Conservador Colombiano, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON,
SANTANDER.
VELANDIA
GALEANO
PALENQU
E PAL
19282684 JORGE ELIECER
GAITAN GIRON 02
COLEGIO
FACUNDO
NAVAS
MANTILLA
PRINCI
PAL 2 28152803
SONIA ODILA
BARAJAS
BARAJAS
GIRON 02
COL.ROBE
GAITAN GIRON 02
COLEGIO
FACUNDO
NAVAS
MANTILLA
PRINCI
PAL 2 28152803
SONIA ODILA
BARAJAS
BARAJAS
GIRON 02
COL.ROBE
RTO
GARCIA
PEÑA/SED
E A
PRINCI
PAL 2
28157041 MIREYA RUEDA
CONTRERAS GIRON 01
COL.SAN
JUAN DE
GIRON
PRINCI
PAL 1 31288463
MARIA DEL
PILAR MALES
VARGAS
GIRON 02
COLEGIO
FACUNDO
NAVAS
MANTILLA
PRINCI
PAL 10
37549684 YANETH ABRIL
CRISTANCHO GIRON 04
COL.SERR
ANO
MUÑOZ/
SEDE B
PRINCI
PAL 1
37720980 LIBIA GOMEZ
TORRES GIRON 04
COL
FACUNDO
NAVAS
SEDE D
PRINCI
PAL 1
47437741 YESENYA
AMADO FORERO GIRON 04
COL
FACUNDO
NAVAS
SEDE D
PRINCI
PAL 2
60277111 LUCIA BARAJAS
BARAJAS GIRON 02
COLISEO
CUBIERTO
CIUDADEL
A VILLAMIL
PRINCI
PAL 2
63318967 MARIA ISABEL
ROJAS GOMEZ GIRON 04
COLEGIO
NIEVES
CORTES
SD B - LAS
ROSITAS
PRINCI
PAL 1 63338314
FLOR ELVA
GUERRERO
SALAZAR
GIRON 02
COLEGIO
NUESTRA
SEÑORA
DE BELEN
PRINCI
PAL 2
63352814 ALBA YANETH
BARON GIRON 04
COL
SERRANO
FLOR ELVA
GUERRERO
SALAZAR
GIRON 02
COLEGIO
NUESTRA
SEÑORA
DE BELEN
PRINCI
PAL 2
63352814 ALBA YANETH
BARON GIRON 04
COL
SERRANO
MUÑOZ
SEDE C
PRINCI
PAL 1 63486655
ELSA CARMEN
ROSA
GUALDRON
RUEDA
GIRON 01
COLEGIO
SAN JUAN
DE GIRON
SEDE B
PRINCI
PAL 3
63487420 JAZMIN JAIMES
CORZO GIRON 02 SENA
PALENQU
PRINCI
PAL 2 ZapSign 4769e4af-0f9d-4b12-9434-eac2193460c2Página 4 de 6 Resolución No. 0005 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político Conservador Colombiano, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON,
SANTANDER.
E
63489825 YOLANI PINILLA
VERA GIRON 03
COL JUAN
CRISTOBA
L
MARTINEZ
PRINCI
PAL 2
63490923 SILIA PATRICIA
ORTIZ GALVIS GIRON 01
COL.NIÑO
JESUS DE
PRAGA
PRINCI
PAL 1 63502375
YANNETH
QUIROGA
CASTELLANOS
GIRON 02
COLEGIO
NUESTRA
SEÑORA
DE BELEN
PRINCI
PAL 1 63552571
ROSA HELENA
BALLESTEROS
BARRERA
GIRON 04
COL.NIEVE
S CORTES
PICON/SE
COLEGIO
NUESTRA
SEÑORA
DE BELEN
PRINCI
PAL 1 63552571
ROSA HELENA
BALLESTEROS
BARRERA
GIRON 04
COL.NIEVE
S CORTES
PICON/SE
DE A
PRINCI
PAL 2 63558533 MAYRA
ALEJANDRA
PEREZ GODOY
GIRON 03
COLEGIO
MARIO
MORALES
DELGADO
PRINCI
PAL 1 79386312
MANUEL
HERREÑO
TRASLAVIÑA
GIRON 03
COL. LUIS
CARLOS
GALAN
SEDE E
PRINCI
PAL 2 91134467 EDWIN
HERNANDEZ
SALAZAR
GIRON 01
COLEGIO
PORTAL
CAMPEST
RE NORTE
PRINCI
PAL 2 91152119
OTONIEL
VALERO
VALDERRAMA
GIRON 03
COLEGIO
VILLAS DE
SAN JUAN
PRINCI
PAL 1 91181388
JUAN PABLO
VERA
CALDERON
GIRON 01
COL.NIÑO
JESUS DE
PRAGA
PRINCI
PAL 2
91475401 JOSE ALVEIRO
MORA ALVAREZ GIRON 03
COL. LUIS
CARLOS
GALAN
SEDE E
PRINCI
PAL 1 91491803
EDGAR ENRIQUE
MORENO
HERNANDEZ
GIRON 01
COL.LUIS
CARLOS
GALAN/SE
DE B
PRINCI
PAL 2 1007770052
ANDREA
JULIANA PARRA
PINZON
GIRON 02
COLEGIO
DIANA
TURBAY
PRINCI
PAL 1 1095911922
GALAN/SE
DE B
PRINCI
PAL 2 1007770052
ANDREA
JULIANA PARRA
PINZON
GIRON 02
COLEGIO
DIANA
TURBAY
PRINCI
PAL 1 1095911922
LEIDY TATIANA
ORDOÑEZ
SERRANO
GIRON 99 CHOCOA PRINCI
PAL 1 1095912709
YURLEY
AMANDA
MARTINEZ AVILA
GIRON 02
COLEGIO
DIANA
TURBAY
PRINCI
PAL 2
1095915354 CARLOS
ANDRES GIRON 03 COLEGIO
SANTA
PRINCI
PAL 2 ZapSign 4769e4af-0f9d-4b12-9434-eac2193460c2Página 5 de 6 Resolución No. 0005 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político Conservador Colombiano, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON,
SANTANDER.
DUARTE
MANTILLA CRUZ
1095919035
ALBA LUCIA
GAITAN
BARAJAS
GIRON 02
COLISEO
CUBIERTO
CIUDADEL
A VILLAMIL
PRINCI
PAL 1 1095925345
FABIO ANDRES
AYALA
RODRIGUEZ
GIRON 01
COLEGIO
SAN JUAN
DE GIRON
SEDE B
PRINCI
PAL 2
1095939168 ARLEY SAUL
VARGAS RUEDA GIRON 01
COL.LUIS
CARLOS
GALAN/SE
DE B
PRINCI
PAL 1 1095940675
WILLIAM
ARMANDO
SEDE B
PRINCI
PAL 2
1095939168 ARLEY SAUL
VARGAS RUEDA GIRON 01
COL.LUIS
CARLOS
GALAN/SE
DE B
PRINCI
PAL 1 1095940675
WILLIAM
ARMANDO
RIBERO AMAYA
GIRON 04
COL.SERR
ANO
MUÑOZ/
SEDE B
PRINCI
PAL 2
1095940766 LEIDY MARCELA
VEGA SANTOS GIRON 03
COL.LUIS
CARLOS
GALAN/SE
DE A
PRINCI
PAL 2
1095956697 JEAN CARLOS
PLATA RUEDA GIRON 01
COLEGIO
PORTAL
CAMPEST
RE NORTE
PRINCI
PAL 1
1096539274 BRAYAN ARIAS
GUALDRON GIRON 01
COLEGIO
GABRIEL
GARCIA
MARQUEZ
PRINCI
PAL 1 1097488911 LAURA
CAROLINA
AGUIRRE
AMADO
GIRON 04
JARDIN
INFANTIL
DUENDECI
LLO DE
GIRON
PRINCI
PAL 1 1098649746
JORGE ELIECER
GAITAN
BARAJAS
GIRON 01
COLEGIO
GABRIEL
GARCIA
MARQUEZ
PRINCI
PAL 2 1098679408
MIRIAM ROCIO
SANDOVAL
CUADROS
GIRON 03
COL JUAN
CRISTOBA
L
MARTINEZ
PRINCI
PAL 1 1098679408
MIRIAM ROCIO
SANDOVAL
CUADROS
GIRON 03
COLEGIO
SANTA CRUZ
PRINCI
PAL 1 1098720891
MARLY ZULAY
URUBURO
SARMIENTO
1098679408
MIRIAM ROCIO
SANDOVAL
CUADROS
GIRON 03
COLEGIO
SANTA CRUZ
PRINCI
PAL 1 1098720891
MARLY ZULAY
URUBURO
SARMIENTO
GIRON 01
COLEGIO
FRANCISC
O
SERRANO
MUÑOZ
SEDE A
PRINCI
PAL 2
1098720891 MARLY ZULAY GIRON 01 COL.SAN PRINCI 2
ZapSign 4769e4af-0f9d-4b12-9434-eac2193460c2Página 6 de 6 Resolución No. 0005 de 2026 Por la cual se acreditan a los testigos electorales del partido político Conservador Colombiano, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de alcalde que se realizará el 18 de enero de 2026 en el municipio de GIRON,
SANTANDER.
URUBURO
SARMIENTO
JUAN DE
GIRON PAL
1098766331 DIANA
CAROLINA
VARGAS
CUCAITA
GIRON 02
COL.ROBE
RTO
GARCIA
PEÑA/SED
E A
PRINCI
PAL 1 1098773538
ANDRES FELIPE
ALVAREZ
ORTEGA
GIRON 04
COL.NIEVE
S CORTES
PICON/SE
DE A
PRINCI
PAL 1 1099738131
JUAN DAVID
CASTAÑEDA
TORRES
GIRON 03
COL.LUIS
CARLOS
GALAN/SE
DE A
PRINCI
PAL 1
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo
JUAN DAVID
CASTAÑEDA
TORRES
GIRON 03
COL.LUIS
CARLOS
GALAN/SE
DE A
PRINCI
PAL 1
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la siguiente coalición, acreditada en el
presente acto administrativo:
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL 1 Conservador Colombiano Cll 40 No. 26-73 GIRON wmantilla09@hotmail.com ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo Electoral, al correo electrónico regdelenloelectoral@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del Consejo
Nacional Electoral, www.cne.gov.co.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del mes de enero de dos mil veintiseis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente Vo.Bo. Presidencia Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director Vigilancia e Inspección Electoral Luis Arnulfo Morales Guzmán – Jefe de Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario ZapSign 4769e4af-0f9d-4b12-9434-eac2193460c2
Firmado digitalmente en ZapSign por