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CNE - Resolución 00747 de 2025

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 00747 de 2025
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2025

RESOLUCIÓN No. 00747 de 2025 (21 de febrero) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO GUZMAN, PUTUMAYO. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 04049 de 2024 y, CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 04049 de

2024, en la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. ZapSign a55d4474-f635-4423-9dc0-0344cba33d6bResolución No. 00747 de 2025 Página 2 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador

que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO GUZMAN, PUTUMAYO. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, a más tardar a las cinco de la tarde (5:00 p.m.) del viernes anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 04049 de 2024, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera:

1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.

2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente.

Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral

Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de IdentificaciónANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión especifica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas ZapSign a55d4474-f635-4423-9dc0-0344cba33d6bResolución No. 00747 de 2025 Página 3 de 6

que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas ZapSign a55d4474-f635-4423-9dc0-0344cba33d6bResolución No. 00747 de 2025 Página 3 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO GUZMAN, PUTUMAYO. podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de gobernador de PUTUMAYO que se realizarán el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO GUZMAN, PUTUMAYO, a los siguientes ciudadanos: CÉDULA DE CIUDADANÍA NOMBRES Y APELLIDOS ZONA NOMBRE DEL PUESTO MESA (S)

18188230 ALEXANDER BUILES 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

1

40077414 DRISLEY ORTEGA CALVACHE 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

6

1006955906 CARLOS JAVIER SACANAMBUY JURADO 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

12

MUNICIPAL

1

40077414 DRISLEY ORTEGA CALVACHE 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

6

1006955906 CARLOS JAVIER SACANAMBUY JURADO 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

12

1022408298 MARIA ARGENIS ALVARADO

DOMINGUEZ

00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

8

1059905340 CARLOS EMILIO GUERRON 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

16

1077873806 WILSON ANDRES HERRERA SANCHEZ 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

9

1124850612 OSCAR MONTENEGRO NASTACUAZ 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

2

1124855074 VIKY JURADO JANSASOY 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

11

1124857931 YOLANDA ULLOA QUINTERO 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

5

1125178207 CRISTIAN ESTIVEN MENESES NARVAEZ 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

15 ZapSign a55d4474-f635-4423-9dc0-0344cba33d6bResolución No. 00747 de 2025 Página 4 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO GUZMAN, PUTUMAYO.

1125179946 MIRIAN NATHALIA PARRA 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

17

que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO GUZMAN, PUTUMAYO.

1125179946 MIRIAN NATHALIA PARRA 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

17

1125183050 DORIS OMAIRA MUTUMBAJOY YAPO 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

13

1125183607 DARLYN YINETH RODRIGUEZ HERRERA 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

3

1125184335 VIVIANA CAROLINA PEREZ

MUCHAVISOY

00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

10

1125184527 YARLEDY GALEANO 00 PUESTO CABECERA

MUNICIPAL

4

1117263265 MARIA ELENA BELLO OLARTE 99 EL GALLINAZO 1

1117267605 PAOLA ANDREA FLOREZ GUTIERREZ 99 EL GALLINAZO 2

1119212517 JHON ARLEDY CASTRO OVIEDO 99 EL GALLINAZO 3

1006956805 YUBERLI PORTILLA GIRALDO 99 EL JAUNO 2

1010081887 LAUREN TATIANA JIMENEZ CABEZA 99 EL JAUNO 1

17705855 ALFONSO PEÑA GUTIERREZ 99 EL RECREO 2

17706042 ADIN RAMOS POLANIA 99 EL RECREO 1

1006956120 JHON KENER JIMENEZ BUITRON 99 GALILEA 2 1006956121 GERLY DARWIN JIMENEZ BUITRON 99 GALILEA 1 27361973 LORENI ORTIZ ROVIS 99 MANGALPA 1 1151968266 LEONELA ORTIZ CALDERON 99 MANGALPA 2

1117264939 YEIMY YOHANA CORREA GUAÑARITA 99 MAYOYOQUE 2

27361973 LORENI ORTIZ ROVIS 99 MANGALPA 1 1151968266 LEONELA ORTIZ CALDERON 99 MANGALPA 2

1117264939 YEIMY YOHANA CORREA GUAÑARITA 99 MAYOYOQUE 2

ZapSign a55d4474-f635-4423-9dc0-0344cba33d6bResolución No. 00747 de 2025 Página 5 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO GUZMAN, PUTUMAYO. 1117265563 PEDRO SANDOVAL CARABALI 99 MAYOYOQUE 1 1117493318 JAMILTON ORTIZ CUELLAR 99 MAYOYOQUE 3 17708373 GUILLERMO BOCANEGRA LOSADA 99 QUINORO (JOSE

MARIA) 1 1125178966 DIEGO SANTANA BECERRA 99 QUINORO (JOSE

MARIA)

2

1006955871 ADRIANA MELIZA KLINGER MARTINEZ 99 SANTA LUCIA 2

1006957041 BLANCA NUBIA QUINTERO RODRIGUEZ 99 SANTA LUCIA 3

1125179905 DERLY DANIELA ILES KLINGER 99 SANTA LUCIA 1

17659791 JESUS OPOCUE TROCHES 99 CABILDO NASA JUAN

TAMA 1

40595435 JOES FIGUEROA ROJAS 99 VEREDA SACHAMATE 1

40595549 NIRAMA LOPEZ GONZALEZ 99 VEREDA ALTO

BARANDA

1

TAMA 1

40595435 JOES FIGUEROA ROJAS 99 VEREDA SACHAMATE 1

40595549 NIRAMA LOPEZ GONZALEZ 99 VEREDA ALTO

BARANDA

1

1125180137 WILMER ARIAS LLANTEN 99 VEREDA LAS PERLAS 1

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los siguientes Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, acreditados en el presente acto

administrativo:

NO. ORGANIZACIÓN POLÍTICA DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL

1 CONSTRUIR SOBRE LO

CONSTRUIDO (PARTIDO

LIBERAL, FUERZA DE LA

PAZ) Bogotá D.C Jonnyoritoputumayo@gmail.co m ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo ZapSign a55d4474-f635-4423-9dc0-0344cba33d6bResolución No. 00747 de 2025 Página 6 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO GUZMAN, PUTUMAYO. electoral y al Registrador Municipal de PUERTO GUZMAN, PUTUMAYO, a los correos

que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO GUZMAN, PUTUMAYO. electoral y al Registrador Municipal de PUERTO GUZMAN, PUTUMAYO, a los correos electrónicos regdelenloelectoral@registraduria.gov.co y puertoguzmanputumayo@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del

Consejo Nacional Electoral, www.cne.gov.co.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los (21) días del mes de febrero de dos mil veinticinco (2025).

ÁLVARO HERNÁN PRADA ARTUNDUAGA

Presidente Vo.Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaria Técnica de Sala Revisó: Reynel David De La Rosa Saurith– Técnico Operativo Revisó y aprobó: José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral Víctor Julio Gómez Carvajal– Jefe Oficina de Tecnologías de la Información

Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario

Daniel Leonardo Quintero Castillo – Profesional Universitario ZapSign a55d4474-f635-4423-9dc0-0344cba33d6b Firmado digitalmente en ZapSign por

ÁLVARO HERNÁN PRADA ARTUNDUAGA Fecha: 21/02/2025 21:35:57.036 (UTC-0300)

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