CNE - Resolución 00756 de 2025
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 00756 de 2025
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN No. 00756 de 2025 (21 de febrero) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO LEGUIZAMO, PUTUMAYO. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 04049 de 2024 y, CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 04049 de
2024, en la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. ZapSign 17a49c8b-ea81-4bd1-a82f-e6144be83287Resolución No. 00756 de 2025 Página 2 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador
que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO LEGUIZAMO, PUTUMAYO. Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, a más tardar a las cinco de la tarde (5:00 p.m.) del viernes anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 04049 de 2024, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera:
1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.
2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente.
Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral
Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de IdentificaciónANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión especifica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas ZapSign 17a49c8b-ea81-4bd1-a82f-e6144be83287Resolución No. 00756 de 2025 Página 3 de 6
que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas ZapSign 17a49c8b-ea81-4bd1-a82f-e6144be83287Resolución No. 00756 de 2025 Página 3 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO LEGUIZAMO, PUTUMAYO. podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de gobernador de PUTUMAYO que se realizarán el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO LEGUIZAMO, PUTUMAYO, a los siguientes ciudadanos: CÉDULA DE CIUDADANÍA NOMBRES Y APELLIDOS ZONA NOMBRE DEL PUESTO MESA (S)
1676477 JOSE ALIRIO CABRERA GALLEGO 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
9
6716889 ONECIMO CAIMITO MENA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
10
26636290 AMANDA LOZANO OSPINA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
6
MUNICIPAL
9
6716889 ONECIMO CAIMITO MENA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
10
26636290 AMANDA LOZANO OSPINA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
6
26636829 YOLDY YAIGUAJE PAYOGUAJE 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
2
26637192 RAQUEL SANJUAN GRIFA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
4
26637824 LEDY PATRICIA DUSSAN PERAFAN 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
11
26638093 ELISABET MORALES MACHOA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
7
41059840 MATILDE LOPEZ RODRIGUEZ 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
16 ZapSign 17a49c8b-ea81-4bd1-a82f-e6144be83287Resolución No. 00756 de 2025 Página 4 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO LEGUIZAMO, PUTUMAYO.
69028756 YOLIMA ENEY ZAMBRANO GUERRERO 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
19
69070136 NEYDA CANTINCUS PERAFAN 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
26
97446493 ERASMO SANJUAN CALLEJAS 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
15
MUNICIPAL
19
69070136 NEYDA CANTINCUS PERAFAN 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
26
97446493 ERASMO SANJUAN CALLEJAS 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
15
97446809 CARLOS ANTONIO CABEZAS MONAGA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
28
97448593 PEDRO LOPEZ INMUNDA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
17
1006812989 BELLA LISETH LANZA MAGALLANES 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
18
1006814307 DIANA MAYERLI MANCHOLA
RODRIGUEZ
00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
1
1006870096 DAGNA DANIELA MAGALLANES
RIECOCHE
00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
23
1033809817 JULIAN ANDRES RIASCOS NOFUYA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
22
1117265831 KERLI JOHANA LOAIZA ORTIZ 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
20
1122722381 JOSE GREGORIO RODRIGUEZ
RODRIGUEZ
00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
14
1122723284 LIASIRLEY RODRIGUEZ AGUINDA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
21
1122725793 GILMA ROSA MARTINEZ VALENCIA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
29
1122726764 DALIA MASICAYA GOMEZ 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
8 ZapSign
21
1122725793 GILMA ROSA MARTINEZ VALENCIA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
29
1122726764 DALIA MASICAYA GOMEZ 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
8 ZapSign 17a49c8b-ea81-4bd1-a82f-e6144be83287Resolución No. 00756 de 2025 Página 5 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO LEGUIZAMO, PUTUMAYO.
1122728381 VIANEY MASICAYA JIPA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
13
1122730080 MARLY VIVIANA CRUZ COCA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
12
1122730640 VERSAVIA CRUZ GREFA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
3
1122730685 DIANA PAOLA DAZA SALCEDO 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
27
1122730795 DAINER ALEXIS PAMA PIANDA 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
30
1122730974 MARIA ISABEL TRUJILLO LOZANO 00 PUESTO CABECERA
MUNICIPAL
31
6715340 PAULO EMILIO CUELLAR 99 PUERTO OSPINA 1 69023561 ANA ROSA ANGULO 99 PUERTO OSPINA 2 1122724515 YUVERNEY FIGUEROA 99 PUERTO OSPINA 3
MUNICIPAL
31
6715340 PAULO EMILIO CUELLAR 99 PUERTO OSPINA 1 69023561 ANA ROSA ANGULO 99 PUERTO OSPINA 2 1122724515 YUVERNEY FIGUEROA 99 PUERTO OSPINA 3
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los siguientes Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, acreditados en el presente acto
administrativo:
NO. ORGANIZACIÓN POLÍTICA DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL
1 CONSTRUIR SOBRE LO
CONSTRUIDO (PARTIDO
LIBERAL, FUERZA DE LA
PAZ) Bogotá D.C Jonnyoritoputumayo@gmail.co m ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo electoral y al Registrador Municipal de PUERTO LEGUIZAMO, PUTUMAYO, a los correos ZapSign 17a49c8b-ea81-4bd1-a82f-e6144be83287Resolución No. 00756 de 2025 Página 6 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición CONSTRUIR SOBRE LO CONSTRUIDO (PARTIDO LIBERAL, FUERZA DE LA PAZ), que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO LEGUIZAMO, PUTUMAYO. electrónicos regdelenloelectoral@registraduria.gov.co y
que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO LEGUIZAMO, PUTUMAYO. electrónicos regdelenloelectoral@registraduria.gov.co y puertoleguizamo@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del
Consejo Nacional Electoral, www.cne.gov.co.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los (21) días del mes de febrero de dos mil veinticinco (2025).
ÁLVARO HERNÁN PRADA ARTUNDUAGA
Presidente Vo.Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaria Técnica de Sala Revisó: Reynel David De La Rosa Saurith– Técnico Operativo Revisó y aprobó: José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral Víctor Julio Gómez Carvajal– Jefe Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario
Daniel Leonardo Quintero Castillo – Profesional Universitario ZapSign 17a49c8b-ea81-4bd1-a82f-e6144be83287 Firmado digitalmente en ZapSign por