CNE - Resolución 00785 de 2025
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 00785 de 2025
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN No. 00785 de 2025 (21 de febrero) Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición PACTO HISTORICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO ASIS, PUTUMAYO. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 5 de la Resolución No. 04049 de 2024 y, CONSIDERANDO Que, el artículo 45 de la Ley 1475 de 2011 estableció que los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco podrán acreditar ante el Consejo Nacional Electoral los testigos electorales por cada mesa de votación, quienes vigilarán el proceso de las votaciones, podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades. Que, el parágrafo del citado artículo facultó al Consejo Nacional Electoral para reglamentar las formas y los procedimientos de acreditación e identificación de testigos electorales y auditores. Que, en cumplimiento a lo mencionado, esta Corporación expidió la Resolución No. 04049 de 2024, en la cual reglamentó la actividad de los testigos electorales, auditores de sistemas y el reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y
reconocimiento y funcionamiento de los organismos de observación electoral. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Ibídem, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales que hayan inscrito candidatos a cargos o corporaciones públicas o promuevan el voto en blanco, así como los comités independientes de promotores del mismo, tienen derecho a estar representados durante los procesos de votación, a razón de un testigo por cada mesa de votación, de igual forma, establece que las coaliciones tendrán derecho a un testigo por cada mesa. Que, adicional a lo mencionado, el parágrafo del artículo primero de Resolución en cita establece que el testigo electoral podrá acreditarse para vigilar más de una mesa, pero en todo caso, en ninguna mesa de votación podrá actuar más de un testigo electoral por organización política, coalición o promoción del voto en blanco. ZapSign c524d740-55b3-451f-a34d-d77b436c459cResolución No. 00785 de 2025 Página 2 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición PACTO HISTORICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de
PUERTO ASIS, PUTUMAYO.
Que, el artículo segundo del mencionado acto administrativo definió que la postulación de los testigos se deberá realizar mediante la herramienta tecnológica dispuesta por el Consejo Nacional Electoral para tal fin, presentando la relación de los ciudadanos postulados como testigos electorales, a más tardar a las cinco de la tarde (5:00 p.m.) del viernes anterior a la fecha del certamen electoral, debiendo en todo caso señalar: nombres completos, documento de identidad, mesa(s) para la(s) que se hace la postulación. Que, a su vez, respecto a los testigos remanentes, el artículo cuarto de la Resolución No. 04049 de 2024, expedida por esta Corporación, estableció que se podrán postular de la siguiente manera:
1. En los puestos de votación de menos de diez (10) mesas, las organizaciones políticas con personería jurídica, los grupos significativos de ciudadanos, comités promotores del voto en blanco, y coaliciones, podrán tener hasta un (1) testigo electoral remanente o adicional.
2. En los puestos de votación de más de diez (10) mesas, hasta un diez por ciento (10%) de testigos electorales remanentes o adicionales. En caso de que el porcentaje arroje un resultado decimal, se aproxima al entero siguiente.
Que, la acreditación de los testigos que actuarán en las mesas de votación corresponde al Consejo Nacional Electoral de conformidad a lo descrito en el artículo quinto del acto administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos
administrativo en alusión. Que la citada disposición indica que, recibida la postulación, el Consejo Nacional Electoral realizará la verificación de la identidad de los ciudadanos postulados como testigos electorales, mediante el cruce de la información con el Archivo Nacional de IdentificaciónANI, y procederá a la correspondiente acreditación mediante la publicación de Acto Administrativo suscrito por la Presidencia del Consejo Nacional Electoral, el cual deberá contener el listado de los testigos electorales con la siguiente información: nombres completos, documento de identidad, organización política que representa, mesa(s) para la(s) que ha sido autorizado, o si es remanente. Que, el artículo 6 de la Resolución en cuestión especifica la manera en la que se identificarán los testigos electorales acreditados, que será con la presentación de la cédula o el documento que permita validar que esta se encuentra en trámite, adicionalmente deberá portar una credencial que, como mínimo, debe contener los nombres del ciudadano acreditado, el documento de identidad, agrupación política a la que representa, la(s) mesa(s) o la(s) comisión(es) en las que actuará, al igual que el código de verificación QR o similares que genere la herramienta tecnológica dispuesta para este fin. Las credenciales generadas ZapSign c524d740-55b3-451f-a34d-d77b436c459cResolución No. 00785 de 2025 Página 3 de 6
Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición PACTO HISTORICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO ASIS, PUTUMAYO. podrán presentarse a las autoridades electorales o policivas del puesto de votación donde ejercerá las atribuciones dispuestas, impresas o en formato digital. En mérito de lo expuesto, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ACREDITAR como Testigos Electorales de la Coalición PACTO HISTORICO, ante las mesas de votación que se instalarán para las elecciones atípicas de gobernador de PUTUMAYO que se realizarán el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO ASIS, PUTUMAYO, a los siguientes ciudadanos: CÉDULA DE CIUDADANÍA NOMBRES Y APELLIDOS ZONA NOMBRE DEL PUESTO MESA (S)
16635151 CARLOS JULIO RAMIREZ ERASO 01 INST. ED. CIUDAD DE ASIS 1 a 3
17626807 JORGE ELIECER LEDESMA 01 INST. ED. CIUDAD DE ASIS 7 a 9
18123583 ARNOLDO MADROÑERO CERON 01 INST. ED. CIUDAD DE ASIS 16 a 18
18183034 JAVIER IDELFONSO CHAVEZ MUÑOZ 01 INST. ED. CIUDAD DE ASIS 13 a 15
18188974 JESUS ARMANDO VEGA CUASPUD 01 INST. ED. CIUDAD DE ASIS 4 a 6
69016137 ZULEMA LONDOÑO FIERRO 01 INST. ED. CIUDAD DE ASIS 10 a 12
13 a 15
18188974 JESUS ARMANDO VEGA CUASPUD 01 INST. ED. CIUDAD DE ASIS 4 a 6
69016137 ZULEMA LONDOÑO FIERRO 01 INST. ED. CIUDAD DE ASIS 10 a 12 41103582 MARIA HELIA VALLEJO 01 I.E.ALVERNIA 8 a 15
41418360 NOHEMI EMPERATRIZ PABON BURBANO 01 I.E.ALVERNIA 1 a 7
10196142 LUIS FERNANDO MONTOYA ACEVEDO 01 ESCUELA SANTA TERESA 15 a 16
17675235 JAIME GUERRA LOMBANA 01 ESCUELA SANTA
TERESA
1 ZapSign c524d740-55b3-451f-a34d-d77b436c459cResolución No. 00785 de 2025 Página 4 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición PACTO HISTORICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de
PUERTO ASIS, PUTUMAYO.
18107179 JAVIER TUTISTAR MONTEZUMA 01 ESCUELA SANTA
TERESA
2
18107248 HORACIO CEBALLOS CEBALLOS 01 ESCUELA SANTA TERESA 3 a 4
26636473 NELLY ARCINIEGAS TAPIAS 01 ESCUELA SANTA
TERESA
5
39841181 MARIA SUSANA QUINTANA SALAZAR 01 ESCUELA SANTA TERESA 11 a 12
41100859 ISMAELINA PINTA CUELAN 01 ESCUELA SANTA
TERESA
7
69016178 NUBIA ROSERO BASANTE 01 ESCUELA SANTA TERESA 17 a 18
TERESA 11 a 12
41100859 ISMAELINA PINTA CUELAN 01 ESCUELA SANTA
TERESA
7
69016178 NUBIA ROSERO BASANTE 01 ESCUELA SANTA TERESA 17 a 18
69026911 PERCIDES ALEIDA GUERRA DELGADO 01 ESCUELA SANTA
TERESA
8
69029449 MONICA VARON VALLEJO 01 ESCUELA SANTA
TERESA
6
71654169 EMANUEL DE JESUS GUTIERREZ ZULETA 01 ESCUELA SANTA TERESA 9 a 10
18111531 HERIBERTO CARVAJAL HERRERA 01 COLEGIO SAN
FERNANDO
1
4522788 RODRIGO PINZON CAMACHO 02 COLEGIO SAN
NICOLAS
3
5299266 PASTOR NORBERTO CHAMORRO PEREZ 02 COLEGIO SAN
NICOLAS
4
10196142 LUIS FERNANDO MONTOYA ACEVEDO 02 COLEGIO SAN NICOLAS 13 a 14
18107855 OSCAR RUIZ GARCIA 02 COLEGIO SAN NICOLAS 1 a 2
30720874 ANA MEDINA TREJOS 02 COLEGIO SAN NICOLAS 11 a 12
87027790 JOSE LUBINO GUAQUEZ TORRES 02 COLEGIO SAN NICOLAS 5 a 6
1060650384 CARLOS FELIPE SALAZAR GUZMAN 02 COLEGIO SAN NICOLAS 9 a 10
ZapSign c524d740-55b3-451f-a34d-d77b436c459cResolución No. 00785 de 2025 Página 5 de 6
Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición PACTO HISTORICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de PUERTO ASIS, PUTUMAYO. 18187587 ELLERY OROZCO DE LA CRUZ 02 ESCUELA EL PRADO 1 a 3
43516576 FRANCIA MARIA OSORIO GOMEZ 02 ESCUELA EL JARDIN 1
1007305407 DELMERK ESCOBAR SOLARTE 02 ESCUELA EL JARDIN 7
18184049 SEGUNDO RUBIEL SOLARTE 99 LA CARMELITA
(CUEMBI)
1
97436295 JORGE ELIECER MINA 99 LA CARMELITA
(CUEMBI)
5 12123697 LUIS FERNANDO GONZALEZ SIERRA 99 SANTANA 5 18108611 ALVARO ARTURO TORO FLOREZ 99 SANTANA 2 a 3 69028121 DIANA PATRICIA PIAGUAJE ORTIZ 99 SANTANA 4 18186132 CARLOS JOSA HERNANDEZ 99 VILLA VICTORIA 1 a 2
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los siguientes Partidos y Movimientos Políticos con Personería Jurídica, acreditados en el presente acto
administrativo:
NO. ORGANIZACIÓN POLÍTICA DIRECCIÓN SEDE CIUDAD SEDE MAIL
1 PACTO HISTORICO CLLE 37 #28A-17 Bogotá D.C marb60co@yahoo.es ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del
1 PACTO HISTORICO CLLE 37 #28A-17 Bogotá D.C marb60co@yahoo.es ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Delegado en lo electoral y al Registrador Municipal de PUERTO ASIS, PUTUMAYO, a los correos electrónicos regdelenloelectoral@registraduria.gov.co y puertoasisputumayo@registraduria.gov.co, con el fin de que sean enviadas a los Delegados de Puesto de Votación del Registrador Nacional del Estado Civil. ZapSign c524d740-55b3-451f-a34d-d77b436c459cResolución No. 00785 de 2025 Página 6 de 6 Por la cual se acreditan a los testigos electorales de la Coalición PACTO HISTORICO, que actuarán ante las mesas de votación con ocasión a la elección atípica de gobernador que se realizará el 23 de febrero de 2025, en el municipio de
PUERTO ASIS, PUTUMAYO.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al Registrador Nacional del Estado Civil, a la Policía Nacional, a las Organizaciones de Observación Electoral debidamente acreditadas, y al Ministerio Público, para su conocimiento y lo de su competencia.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR el presente acto administrativo, en la página web del
Consejo Nacional Electoral, www.cne.gov.co.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los (21) días del mes de febrero de dos mil veinticinco (2025).
ÁLVARO HERNÁN PRADA ARTUNDUAGA
Presidente Vo.Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaria Técnica de Sala Revisó: Reynel David De La Rosa Saurith– Técnico Operativo Revisó y aprobó: José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral Víctor Julio Gómez Carvajal– Jefe Oficina de Tecnologías de la Información
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Universitario
Daniel Leonardo Quintero Castillo – Profesional Universitario ZapSign c524d740-55b3-451f-a34d-d77b436c459c Firmado digitalmente en ZapSign por