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CNE - Resolución 01052 de 2025

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 01052 de 2025
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2025

RESOLUCIÓN No. 01052 DE 2025 (07 de marzo)

Por la cual se otorga una comisión de servicios al municipio de Santa Cruz de Lorica en el departamento de Córdoba.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO

Que el Consejo Nacional Electoral ejerce las funciones previstas en el artículo 265 de la Carta Política y en el artículo 6 del Decreto 2085 de 2019.

Que la presidencia del Consejo Nacional Electoral en cabeza del Honorable Magistrado ÁLVARO HERNÁN PRADA ARTUNDUAGA mediante correo electrónico de fecha 07 de marzo de 2025, con ocasión a la realización de los “Diálogos por la Democracia Santa Cruz de Lorica - Córdoba” solicitó comisión de servicios para algunos funcionarios de la Corporación así:

“(…) Amablemente solicitamos la elaboración de la resolución de comisión de servicios para los funcionarios mencionados en el cuadro adjunto a este correo, quienes brindarán apoyo durante el Encuentro por la Democracia, el cual se llevará a cabo en el territorio de Santa Cruz de Lorica, Córdoba, los días 12 y 13 de marzo de 2025.

! Muchas gracias ¡

En ese mismo sentido

Respetado funcionario Edgar Asdrúbal León Rincón (…)”.

Que, de conformidad con los artículos 2.2.5.5.21 y 2.2.5.5.25 del Decreto 1083 de 2015, una de las situaciones administrativas en las que puede un servidor público, cumplir funciones mediante comisión se da cuando: “(…) La comisión de servicios se puede conferir al interior o al

de las situaciones administrativas en las que puede un servidor público, cumplir funciones mediante comisión se da cuando: “(…) La comisión de servicios se puede conferir al interior o al exterior del país, no constituye forma de provisión de empleos, se otorga para ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. (…)”.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO . Comisión de Servicios. Conferir comisión de servicios al municipio de Santa Cruz de Lorica en el departamento de Córdoba, con el objeto de brindar apoyo a la jornada de “CNE en Territorio” a los funcionarios:RESOLUCIÓN No. 01052 de 2025 Página de 2 de 2 Por la cual se otorga una comisión de servicios al municipio de Santa Cruz de Lorica en el departamento de Córdoba. No. NOMBRE COMPLETO CÉDULA CARGO IDA REGRESO 1 José Antonio Parra Fandiño 5.874.895 Director 12/03/2025 13/03/2025 2 Gloria Alexandra Lozano Bustos 52.531.002 Jefe de oficina 12/03/2025 13/03/2025 3 Ricardo Arturo Furque Primiciero 1.032.432.265 Técnico Operativo 4080 - 01 12/03/2025 13/03/2025 4 Edgar Asdrúbal León Rincón 80.902.421 Técnico Operativo

Técnico Operativo 4080 - 01 12/03/2025 13/03/2025 4 Edgar Asdrúbal León Rincón 80.902.421 Técnico Operativo 4080 - 01 12/03/2025 13/03/2025 5 Luz Ángela Hernández Cárdenas 1.069.738.880 Auxiliar administrativo

  • 5120-04

12/03/2025 13/03/2025 6 Mónica Estefanía Casas Camelo 1.019.021.249 Jefe de oficina 12/03/2025 13/03/2025

ARTÍCULO SEGUNDO. Duración. La presente comisión de servicios s e concede por el término de días señalados en el artículo primero de la presente a ctuación, para los a los funcionarios comisionados.

ARTÍCULO TERCERO. Gastos de la comisión La presente comisión de servicios genera el reconocimiento de gastos de transporte terrestre, tiquetes aéreos y viáticos a los que haya lugar.

Durante el término de la comisión de servicios, los funcionarios tendrán derecho a percibir la remuneración mensual que corresponde al cargo que desempeña.

ARTÍCULO CUARTO. Comunicar. Por conducto del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, comunicar el presente acto administrativo a los funcionarios comisionados, y la Dirección de Gestión Corporativa para el cumplimiento de lo aquí dispuesto.

ARTÍCULO QUINTO. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

ARTÍCULO QUINTO. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los siete (07) días de marzo del dos mil veinticinco (2025).

ÁLVARO HERNÁN PRADA ARTUNDUAGA

Presidente VB: Adriana Milena Charari Olmos, Secretaria Técnica de Sala. Elaboró Carlos Alberto Sierra Fernández

Aprobó: Plinio Alarcón Buitrago, Jefe de la Oficina Jurídica.

Revisó: Reynel David de la Rosa SaurithAuxiliar Administrativo

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