CNE - Resolución 011 de 2021
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 011 de 2021
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2021
bo 4d
[ORGAMZACIÓN ELECTORAL)
HL —
REGISTRADURÍA
NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
RESOLUCIÓN No. 011
DE (10 noviembre 2021) Por la cual se reconoce el Promotor / Vocero de una Iniciativa de Revocatoria del mandato y se inscribe el Comité Promotor LOS REGISTRADORES ESPECIALES DEL ESTADO CIVIL DE VALLEDUPAR EN LA CIRCUNSCRIPCION ELECTORAL DEL CESAR, En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto — Ley 1010 de 2000, las Leyes Estatutarias 134 de 1994 y 1757 de 2015, y CONSIDERANDO Que el cinco (05) de noviembre de 2021 los señores ELSIDO ENRIQUE GUTIERREZ BROCHERO, DIANA MILENA PEDROZA SEPULVEDA, LICETH CECILIA ARIZA AMAYA, YAIR ALFONSO SIMANCA DIAZ, JOHAN SAITH VERGARA ARRIETA y PAOLA CERCHAR PEREZ, presentaron ante la Registraduría Especial del Estado Civil de Valledupar, la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar la CABILDO ABIERTO denominada “CANCELACION Y RETIRO DEL SECOP | de LA INVITACION 001 2021 "PROCESO DE LIBRE CONCURRENCIA DE OFERENTES PARA LA SELECCIÓN DE UN ALIADO ESTRATEGICO, QUIEN ASUMIRA POR SU CUENTA Y
RIESGO LA INVERSION, OPTIMIZACION, REHABILITACION, OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y REVERSION DE LA INFRAESTRUCTURA ASOCIADA CON LOS
SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN EL AREA DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ES.A.E.S.P POR EL TERMINO DE DURACION
DEL CONTRATO” Y BUSQUEDA DE ALTERNATIVAS DISTINTAS PARA FORTALECER A
EMDUPAR S.A. E.S.P”.
Que en la solicitud se consigna como vocero de la iniciativa al señor ELSIDO ENRIQUE GUTIERREZ BROCHERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.724.887. Que en la solicitud se señalan como integrantes del Comité Promotor a los siguientes ciudadanos:
No. NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE CIUDADANÍA
DIANA MILENA PEDROZA SEPULVEDA 1065568715
-
|— LICETH CECILIA ARIZA AMAYA 49793480
N
| YAIR ALFONSO SIMANCA DIAZ 77187326
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A JOHAN SAITH VERGARA ARRIETA 1065590981
| D
N PAOLA CERCHAR PEREZ 49786272
Que los Artículo 6 y 7% de la Ley Estatutaria 1757 de 2015 señalan los requisitos para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, estableciendo que para la inscripción el Promotor o Comité Promotor deberá diligenciar el formulario diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Que el señor ELSIDO ENRIQUE GUTIERREZ BROCHERO, al momento de presentar ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, la solicitud de inscripción para adelantar el Cabildo Abierto denominado "CANCELACION Y RETIRO DEL SECOP | de LA INVITACION 001 2021 "PROCESO DE LIBRE CONCURRENCIA DE OFERENTES PARA
LA SELECCIÓN DE UN ALIADO ESTRATEGICO, QUIEN ASUMIRA POR SU CUENTA Y
RIESGO LA INVERSION, OPTIMIZACION, REHABILITACION, — OPERACION,
MANTENIMIENTO Y REVERSION DE LA INFRAESTRUCTURA ASOCIADA CON LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN EL AREA DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ES.A.E.S.P POR EL TERMINO DE DURACION A, corona
ORGPANIZACIRÓN EL ECTORAL
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 011 de 10 de noviembre de 2021 Por la cual se reconoce el Vocero de un Cabildo Abierto y se inscribe el Comité Promotor DEL CONTRATO” Y BUSQUEDA DE ALTERNATIVAS DISTINTAS PARA FORTALECER A EMDUPAR S.A. E.S.P”, allegó el citado formulario, así como también anexó la exposición de motivos. Que los Registradores Especiales del Estado Civil de Valledupar - Cesar, una vez radicada la solicitud de inscripción por parte del vocero de la iniciativa, procedió a la revisión de los requisitos exigidos en la Ley 1757 de 2015 para la inscripción de mecanismos de participación ciudadana, encontrando que la inscripción de la propuesta para adelantar el Cabildo Abierto denominado “CANCELACION Y RETIRO DEL SECOP | de LA INVITACION 001 2021 "PROCESO DE LIBRE CONCURRENCIA DE
OFERENTES PARA LA SELECCIÓN DE UN ALIADO ESTRATEGICO, QUIEN ASUMIRA
POR SU CUENTA Y RIESGO LA INVERSION, OPTIMIZACION, REHABILITACION,
OPERACION, MANTENIMIENTO Y REVERSION DE LA INFRAESTRUCTURA ASOCIADA CON LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO — Y ALCANTARILLADO EN EL AREA DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ES.A.E.S.P POR EL TERMINO DE DURACION DEL CONTRATO” Y BUSQUEDA DE ALTERNATIVAS DISTINTAS PARA FORTALECER A EMDUPAR S.A. E.S.P” se encuentra ajustada a la Ley. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 3”, de la Resolución No. 4745 del 7 de junio de 2016, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, que señala: “ARTICULO TERCERO. Verificación de los requisitos legales para Inscripción del Promotor y/o Comité Promotor. (...) PARAGRAFO: El funcionario electoral deberá verificar que los ciudadanos que se pretenden constituir como promotores de la iniciativa, son ciudadanos en ejercicio y que la información registrada en el formulario corresponde a los nombres y número de identificación que se encuentran en la base de datos del Archivo Nacional de Identificación — ANI.”, se procedió a la verificación de la información, encontrando que el Promotor/Vocero de la iniciativa y los integrantes del comité promotor son ciudadanos en ejercicio y la información registrada en el formulario de inscripción, corresponde a los nombres y número de identificación que se encuentra en la base de datos del Archivo Nacional de Identificación — ANI. Que, la solicitud de inscripción parae l Cabildo Abierto denominado “CANCELACION Y RETIRO DEL SECOP | de LA INVITACION 001 2021 "PROCESO DE LIBRE
CONCURRENCIA DE (OFERENTES PARA LA SELECCIÓN DE UN ALIADO
ESTRATEGICO, QUIEN ASUMIRA POR SU CUENTA Y RIESGO LA INVERSION,
OPTIMIZACION, REHABILITACION, OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y REVERSION DE LA INFRAESTRUCTURA ASOCIADA CON LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN EL AREA DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ES.A.E.S.P POR EL TERMINO DE DURACION DEL CONTRATO” Y BUSQUEDA DE ALTERNATIVAS DISTINTAS PARA FORTALECER A EMDUPAR S.A. E.S.P” es presentada por un vocero, el cual fue designado por un comité inscriptor, a quien de acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 5 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015 le corresponde: "Para todos los efectos legales, el vocero del comité promotor será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa popular legislativa o normativa, así como la vocería durante el trámite del referendo, la consulta popular de origen ciudadano o de la revocatoria del mandato” Que en virtud de lo anterior este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Declarar que la inscripción para adelantar la Iniciativa de Cabildo Abierto denominado “CANCELACION Y RETIRO DEL SECOP | de LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 011 de 10 de noviembre de 2021 Por la cual se reconoce el Vocero de un Cabildo Abierto y se inscribe el Comité Promotor INVITACION 001 2021 "PROCESO DE LIBRE CONCURRENCIA DE OFERENTES PARA LA
SELECCIÓN DE UN ALIADO ESTRATEGICO, QUIEN ASUMIRA POR SU CUENTA Y
RIESGO LA INVERSION, OPTIMIZACION, REHABILITACION, OPERACIÓN,
MANTENIMIENTO Y REVERSION DE LA INFRAESTRUCTURA ASOCIADA CON LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN EL AREA DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ES.A.E.S.P POR EL TERMINO DE DURACION DEL CONTRATO” Y BUSQUEDA DE ALTERNATIVAS DISTINTAS PARA FORTALECER A EMDUPAR S.A. E.S.P, cumple con el lleno de los requisitos legales establecidos en la Ley Estatutaria 1757 del 6 de julio de 2015.
ARTÍCULO SEGUNDO: Reconocer como Vocero de la iniciativa al señor ELSIDO ENRIQUE GUTIERREZ BROCHERO, identificado con cédula de ciudadanía No.
12.724.887.
PARÁGRAFO: Para todos los efectos legales, el vocero de la iniciativa, será el responsable de las actividades administrativas, financieras, de campaña de la iniciativa, así como de la vocería durante el presente trámite.
ARTÍCULO TERCERO: Reconocer a los siguientes ciudadanos como integrantes del
Comité Promotor de la presente iniciativa así: No. NOMBRES Y APELLIDOS CÉDULA DE CIUDADANÍA 1 DIANA MILENA PEDROZA SEPULVEDA 1065568715 2 | LICETH CECILIA ARIZA AMAYA 49793480 3 | YAIRALFONSO SIMANCA DIAZ 77187326 4 | JOHAN SAITH VERGARA ARRIETA 1065590981
5 | PAOLA CERCHAR PEREZ 49786272
ARTÍCULO CUARTO: Asignar el consecutivo CA-2021-11-001-012-001 a la Iniciativa ciudadana “CANCELACION Y RETIRO DEL SECOP | de LA INVITACION 001 2021 "PROCESO DE LIBRE CONCURRENCIA DE OFERENTES PARA LA SELECCIÓN DE UN ALIADO ESTRATEGICO, QUIEN ASUMIRA POR SU CUENTA Y RIESGO LA INVERSION,
OPTIMIZACION, REHABILITACION, OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y REVERSION DE LA INFRAESTRUCTURA ASOCIADA CON LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN EL AREA DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ES.A.E.S.P POR EL TERMINO DE DURACION DEL CONTRATO” Y BUSQUEDA DE ALTERNATIVAS DISTINTAS PARA FORTALECER A EMDUPAR S.A. E.S.P” para adelantar la Cabildo Abierto denominada, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 1757 de 2015.
ARTÍCULO QUINTO: Notificar de la presente resolución al vocero de la iniciativa y al mandatario.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar el presente acto administrativo al Ministerio Público, al Consejo Nacional Electoral y a a Registraduría Delegada en lo Electoral-Dirección de
Gestión Electoral.
ARTÍCULO SEPTIMO: Enviar copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicaciones y Prensade la Registraduria Nacional del Estado Civil, para su publicación en la página web de la Entidad.
ARTÍCULO OCTAVO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.
E corona
LORGANZACIÓN ELECTORAL) eS
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 011 de 10 de noviembre de 2021 Por la cual se reconoce el Vocero de un Cabildo Abierto y se inscribe el Comité Promotor COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Valledupar, a los diez (10) días del mes de noviembre de 2021. | Onledor house O
VANESSA AROCA ARAUJO DELEINE MARGARITA VENCE JIMENEZ
Registradores Especiales Del Estado Civil a REGISTRADURÍA Ma o NACIONAL DEL ESTADO CIVIL DILIGENCIA DE NOTIFICACION PERSONAL En Valledupar — Cesar, a los diez (10) días del mes de noviembre de 2021, siendo las 17:00 horas, comparece el ciudadano LICETH CECILIA ARIZA AMAYA, identificado con cedula de ciudadanía No 49.793.480 expedida en ValleduparCesar, con el fin de NOTIFICARSE PERSONALMENTE del contenido de la decisión: Acto que se notifica: . [RESOLUCION No 011
Fecha de expedición: 10 DE NOVIEMBRE 2021
Expedido por: REGISTRADORES ESPECIALES DE VALLEDUPAR Folios Anexos: TRES (03) Recursos que proceden: N/A Autoridad ante quien debe imponerse: N/A Plazos para interponerse: N/A En constancia se firma
El Notificado, Ese bra | LICETH CECILIA ARIZA AMAYA .793.480 expedida en Valledupar — Cesar Fiúncionario qu
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VANESSA AROCA ARAUJO
C.C. No 49.721.184 Expedida en Malledupar - Cesar
Cargo: Registrador Especial Del Estado Civil
Registraduria Especial del Estado Civil Valledupar - Cesar o Calle 15 N 11 - 47 — 5 5745885 - 910 — Valledupar LA REGISTRADURÍA www.registraduria.gov.co ] z e DEL SIGLO XX! —— Ea
REGISTRADURÍA
NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Te OFICIO DDC — REG - E — VALL — 0910 - 26 - 01375 1 10 de noviembre de 2021. k
Señor
ELSIDO ENRIQUE GUTIERREZ BROCHERO
Vocero Comité CABILDO ABIERTO Ciudad Asunto: Notificación y entrega de los formularios de recolección de apoyos Cordial saludo. En atención a la solicitud de inscripción de una iniciativa ciudadana para adelantar Cabildo Abierto denominad "CANCELACION Y RETIRO DEL SECOP | de LA
INVITACION 001 2021 "PROCESO DE LIBRE CONCURRENCIA DE
OFERENTES PARA LA SELECCIÓN DE UN ALIADO ESTRATEGICO, QUIEN
ASUMIRA POR SU CUENTA Y RIESGO LA INVERSION, OPTIMIZACION,
REHABILITACION, OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y REVERSION DE LA
INFRAESTRUCTURAPRESTADA CON LOS SERVICIOS — PUBLICOS
DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN EL AREA DE
PRESTACION DE SERVICIOS DE ES.A.E.S.P POR EL TERMINO DE DURACION
DEL CONTRATO” Y BUSQUEDA DE ALTERNATIVAS DISTINTAS PARA
FORTALECER A EMDUPAR S.A. E.S.P” radicada ante la Registraduría Especial de Valledupar, me permito informar que una vez revisada la documentación aportada, se profirió la Resolución No. 011 del 10 de Noviembre de 2021 “Por la cual se reconoce el Vocero de una Iniciativa Legislativa y se inscribe el Comité Promotor” de manera atenta remito la siguiente documentación para notificarlo y hacerle entrega de los formularios requeridos para que continúen con el trámite del
Mecanismo de Participación: A Circular 001 de enero 25 de 2021 emitido por el CNE.
T Resolución No. 0150 del 21 de enero de 2021 emitido por el CNE. U Informe de ingresos y gastos formulario 14 MPC. P Formulario de recolección de apoyos en PDF. Formulario E-26 revocatorias l S Como consecuencia de lo anterior, la Registraduría Nacional del Estado Civil elaboró el Formulario para la recolección de apoyos para la (MPC) denominada: “CANCELACION Y RETIRO DEL SECOP | de LA INVITACION 001 2021
"PROCESO DE LIBRE CONCURRENCIA DE OFERENTES PARA LA
SELECCIÓN DE UN ALIADO ESTRATEGICO, QUIEN ASUMIRA POR SU
Registraduria Especial del Estado Civil Valledupar - Cesar ES Calle 15 N 11 - 47 — 5 5745885 - 910 - Valledupar LA REGISTRADURÍA www.registraduria.gov.co DELSIGLO XXI -—— o REGISTRADURÍA
Ds A NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
CUENTA Y RIESGO LA INVERSION, OPTIMIZACION, REHABILITACION,
OPERACION, MANTENIMIENTO Y REVERSION DE LA
INFRAESTRUCTURAPRESTADA CON LOS SERVICIOS — PUBLICOS
DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO EN EL AREA DE
PRESTACION DE SERVICIOS DE ES.A.E.S.P POR EL TERMINO DE DURACION DEL CONTRATO” Y BUSQUEDA DE ALTERNATIVAS DISTINTAS PARA FORTALECER A EMDUPAR S.A. E.S.P.” registrada con número de radicado CA2021-11-001-012-001; el cual se entrega adjunto a esta comunicación. Es importante tener en cuenta que, al momento de reproducir el formulario debe ser duplicado de tal forma que en la misma hoja quede el espacio para la recolección de los apoyos (anverso) y el tema a tratar y la exposición de motivos (reverso). El formulario NO puede sufrir ninguna modificación en su forma y contenido (salvo el registro que realice cada uno de los ciudadanos) y las reproducciones que se hagan del mismo deben ser fiel copia del original. Se le informa al Vocero lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, que cita: “Quince días después de la entrega de los formularios de los que trata este artículo, o del vencimiento del plazo para la recolección de firmas, o su prórroga si la hubiere, el promotor o comité promotor deberá entregar los estados contables de la campaña de recolección de apoyos de cualquier propuesta sobre mecanismo de participación ciudadana. En los estados contables figurarán los aportes, en dinero o en especie, que cada persona natural o jurídica realice durante la campaña respectiva”. (Subrayado fuera del texto). Se le informa al Vocero lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Estatutaria 1757
de 2015, que cita: “Quince días después de la entrega de los formularios de los que trata este artículo, o del vencimiento del plazo para la recolección de firmas, o su prórroga si la hubiere, el promotor o comité promotor deberá entregar los estados contables de la campaña de recolección de apoyos de cualquier propuesta sobre mecanismo de participación ciudadana. En los estados contables figurarán los aportes, en dinero o en especie, que cada persona natural o jurídica realice durante la campaña respectiva”. (Subrayado fuera del texto). Teniendo en cuenta lo anterior y conforme al parágrafo del artículo 15 de la predicha Ley, cita: “(...) El Registrador del Estado Civil correspondiente no podrá certificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales cuando el promotor no haya entregado los estados contables dentro del plazo contemplado en esta ley ¡Me Finalmente, debemos destacar lo señalado en la respuesta emitida por parte del Ministerio de Salud y Protección Social bajo radicado No. 202121000531051 de fecha 7 de abril del año en curso (se anexa copia), con relación a la actividad de Registraduria Especial del Estado Civil Valledupar - Cesar a Calle 15 N 11 - 47 — 5 5745885 - 910 — Valledupar LA REGISTRADURIA www.registraduria.gov.co DELSIGLO XXi-——— a REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL recolección de apoyos por parte de los Voceros de los Mecanismos de Participación Ciudadana, puesto que determinó viable la aplicación de las medidas de bioseguridad contenidas en la Resolución 666 de 2020, modificada por las
Resoluciones 223 y 392 de 2021 proferidas por el Ministerio, que establecieron entre otras medidas de bioseguridad los cuatro componentes generales para asumir riesgos de contagio que son: El lavado y desinfección de manos. a El distanciamiento físico (2 metros entre persona y persona). N Los espacios con adecuada ventilación. El uso correcto del tapabocas de manera obligatoria 2
VANESSA AROCAARAUJO DELEINE MARGARITA VENCE JIMENEZ
Registradores Especiales Del Estado Civil FBM Registraduria Especial del Estado Civil Valledupar - Cesar s Calle 15 N 11 - 47 — 5 5745885 - 910 — Valledupar LA REGISTRADURÍA www.registraduria.gov.co Ñ DELSIGLO XXI -———