CNE - Resolución 01122 de 2024
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 01122 de 2024
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN No. 01122 DE 2024 (7 de febrero) Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018, la Resolución No. 3134 de 2018, modificada por la Resolución No. 3941 de 2019, y en consideración a las siguientes:
CONSIDERACIONES
Que, el artículo 112 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo No. 1 de 2003, establece que los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que se declaren en oposición al gobierno, podrán ejercer libremente la función crítica frente a éste, así como plantear y desarrollar alternativas políticas, además, la norma constitucional señala que, para el ejercicio de la oposición, las organizaciones políticas tendrán acceso a la información y documentación oficial con las restricciones constitucionales y legales, al uso de los medios de comunicación social del Estado o en aquellos que hagan uso del espectro electromagnético, al derecho a la réplica en los mismos medios de comunicación y a participar
en las mesas directivas de los cuerpos colegiados, según su representación en ellos, entre otros aspectos. Que, en desarrollo del artículo 152 constitucional y en virtud del procedimiento legislativo especial para la paz, fue expedida la Ley 1909 del 9 de julio de 2018, mediante la cual se adoptó el estatuto de la oposición y algunos derechos de las organizaciones políticas independientes, ese estatuto, está dirigido al ejercicio y la protección especial del derecho a la oposición, siendo un claro desarrollo de lo dispuesto en el artículo 112 Superior, en el cual se reconoce a los partidos y movimientos políticos con personería jurídica como titulares de determinadas garantías para el ejercicio de la oposición política, así como también derivado de la interpretación que ha realizado la jurisprudencia constitucional, dichos derechos también se le reconocen a determinadas organizaciones políticas independientes. Resolución No. 01122 de 2024 Página 2 de 6 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018. Que, la citada Ley, reguló, en su artículo sexto la presentación de las declaraciones políticas por parte de las Organizaciones Políticas, estableciendo que “Dentro del mes siguiente al
inicio del Gobierno, so pena de considerarse falta al régimen contenido en la Ley 1475 de 2011 y ser sancionadas de oficio por la Autoridad Electoral, las organizaciones políticas deberán optar por: 1. Declararse en oposición. 2. Declararse independiente. 3. Declararse organización de gobierno. Las organizaciones políticas que inscribieron al candidato electo como Presidente de la República, gobernador o alcalde se tendrán como de gobierno o en coalición de gobierno. En consecuencia, mientras dure su mandato no podrán acceder a los derechos que se le reconocen a las organizaciones políticas de oposición o independientes, en la presente ley. Parágrafo. Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”. Que, en cuanto a las declaraciones políticas de oposición, independencia o gobierno, que realicen las organizaciones políticas, en los términos del artículo 9° de la Ley 1909 de 2018, deberán registrarse ante la correspondiente Autoridad Electoral, para su respectiva inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas. Que, mediante la Resolución No. 5436 de 2022, el Consejo Nacional Electoral reconoció personería jurídica al PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ. Que, los siguientes candidatos elegidos fueron avalados o inscritos en coalición por el PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ, como gobernadores y alcaldes en las elecciones territoriales realizadas el 29 de octubre de 2023: Departamento Municipio Circunscripción Tipo de inscripción Candidato Electo
BOLÍVAR - DEPARTAMENTAL COALICIÓN YAMIL HERNANDO ARANA PADAUI
CUNDINAMARCA - DEPARTAMENTAL COALICIÓN JORGE EMILIO REY ÁNGEL
GUAINÍA - DEPARTAMENTAL COALICIÓN ARNULFO RIVERA NARANJO
GUAVIARE - DEPARTAMENTAL COALICIÓN YEISON FERNEY ROJAS MARTÍNEZ
HUILA - DEPARTAMENTAL COALICIÓN RODRIGO VILLALBA MOSQUERA
LA GUAJIRA - DEPARTAMENTAL COALICIÓN JAIRO ALFONSO AGUILAR DELUQUE
PUTUMAYO - DEPARTAMENTAL COALICIÓN CARLOS ANDRÉS MARROQUÍN LUNA
SUCRE - DEPARTAMENTAL COALICIÓN LUCY INÉS GARCÍA MONTES
VALLE - DEPARTAMENTAL COALICIÓN DILIAN FRANCISCA TORO TORRES
ANTIOQUIA PUERTO BERRIO MUNICIPAL COALICIÓN ROBINSON ALBERTO BAENA ZULUAGA
ARAUCA SARAVENA MUNICIPAL COALICIÓN JUAN IGNACIO CIFUENTES SANTOS
BOYACÁ CHITARAQUE MUNICIPAL COALICIÓN CARLOS ALBERTO AMADOR RAMOS
BOYACÁ COMBITA MUNICIPAL COALICIÓN JUAN CARLOS SARMIENTO SARMIENTO
BOYACÁ OICATA MUNICIPAL COALICIÓN NENDY JOSÉ FAGUA CAINA
BOYACÁ PACHAVITA MUNICIPAL AVAL JOSÉ JACINTO MORALES SANABRIA
BOYACÁ PANQUEBA MUNICIPAL COALICIÓN JESÚS ALEJANDRO PUENTES MARTÍNEZ
BOYACÁ PESCA MUNICIPAL COALICIÓN EDGAR RICARDO GÁMEZ AMAYA
BOYACÁ SAMACÁ MUNICIPAL COALICIÓN WILSON CASTIBLANCO GIL
BOYACÁ SOGAMOSO MUNICIPAL COALICIÓN MAURICIO BARÓN GRANADOS BOYACÁ SUTAMARCHAN MUNICIPAL COALICIÓN MIGUEL ANDRÉS RODRÍGUEZ SAAVEDRA Resolución No. 01122 de 2024 Página 3 de 6 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
BOYACÁ TUNJA MUNICIPAL AVAL MIKHAIL KRASNOV
BOYACÁ TUTA MUNICIPAL COALICIÓN WILBER JAIME SALAMANCA PINEDA
BOYACÁ VENTAQUEMADA MUNICIPAL COALICIÓN OSCAR CAMILO MONTAÑEZ BOHÓRQUEZ
CAUCA LÓPEZ (MICAY) MUNICIPAL AVAL JOHN HAROLD GARCÍA RIASCOS
CAUCA PIENDAMO MUNICIPAL COALICIÓN JOHN FREIMAN URBANO URRUTIA
CAUCA PURACE (COCONUCO) MUNICIPAL AVAL JORGE ARMANDO ANDRADE MOLANO
CAUCA ROSAS MUNICIPAL COALICIÓN MARCO ANTONIO ROJAS CARVAJAL
CAUCA VILLA RICA MUNICIPAL COALICIÓN MARÍA EDIS DINAS
CHOCO CERTEGUI MUNICIPAL COALICIÓN EDWAR ANTONIO MORENO MOSQUERA
CHOCO JURADO MUNICIPAL COALICIÓN DENIO JIMÉNEZ RIVAS
CHOCO LLORO MUNICIPAL COALICIÓN LUZ STELLA SERNA MORENO
CHOCO MEDIO SAN JUAN MUNICIPAL COALICIÓN EDUARD ALONSO MURILLO MURILLO
CHOCO NOVITA MUNICIPAL COALICIÓN ALBERTO WILLIAMS RIVAS ASPRILLA
CÓRDOBA PUERTO LIBERTADOR MUNICIPAL AVAL RAMON ALBERTO RUBIO DURANGO
CUNDINAMARCA GIRARDOT MUNICIPAL COALICIÓN SALOMÓN SAID ARIAS
CUNDINAMARCA SOACHA MUNICIPAL COALICIÓN VÍCTOR JULIÁN SÁNCHEZ ACOSTA
CUNDINAMARCA UBAQUE MUNICIPAL AVAL JHOANNY OSWALDO GARZÓN AGUAS
GUAVIARE EL RETORNO MUNICIPAL COALICIÓN JHONNY JAIBER CASANOVA LÓPEZ
GUAVIARE MIRAFLORES MUNICIPAL COALICIÓN EDWIN IOVANNI DIAZ
HUILA CAMPOALEGRE MUNICIPAL COALICIÓN VÍCTOR RAMON VARGAS SALAZAR
META CASTILLA LA NUEVA MUNICIPAL COALICIÓN LENITO ELIECER CASTRO CIFUENTES
META GRANADA MUNICIPAL COALICIÓN JUAN CARLOS MENDOZA RENDON
META PUERTO CONCORDIA MUNICIPAL COALICIÓN MIRTO ELIO URREA ROLDAN
META PUERTO GAITÁN MUNICIPAL COALICIÓN LUIS CESAR PÉREZ GAITÁN META SAN CARLOS DE GUAROA MUNICIPAL COALICIÓN CARLOS ALBERTO PINEDA RUIZ
META URIBE MUNICIPAL COALICIÓN DEISON CANTOR RODRÍGUEZ NARIÑO ANCUYA MUNICIPAL COALICIÓN DOLORES ELIZABETH PORTILLA ACOSTA NARIÑO ARBOLEDA (BERRUECOS) MUNICIPAL COALICIÓN MARILUZ CRISTINA DELGADO GAVIRIA NARIÑO BUESACO MUNICIPAL COALICIÓN OSWALDO PABÓN DIAZ NARIÑO CONTADERO MUNICIPAL COALICIÓN DAVID ALBEIRO BENAVIDES ARTEAGA NARIÑO FRANCISCO PIZARRO (SALAHONDA) MUNICIPAL COALICIÓN FRANCISCA MIREYA BALLECILLA CASTILLO
NARIÑO IPIALES MUNICIPAL COALICIÓN JOSÉ AMÍLCAR PANTOJA IPIALES
NARIÑO MOSQUERA MUNICIPAL COALICIÓN KAREN LIZETH PINEDA PINEDA
NARIÑO OLAYA HERRERA MUNICIPAL AVAL BREINER PAREDES ESTUPIÑÁN
NARIÑO PROVIDENCIA MUNICIPAL COALICIÓN JOSÉ FLORENCIO PORTILLO ASMAZA
NARIÑO PUERRES MUNICIPAL AVAL GRACIELA ESMERALDA LUCERO HERNÁNDEZ
NARIÑO RICAURTE MUNICIPAL AVAL JOSÉ RICARDO BENAVIDES MORAN
NARIÑO SAMANIEGO MUNICIPAL COALICIÓN ARMANDO WILLIAN ANDRADE IBARRA
NARIÑO SAN BERNARDO MUNICIPAL COALICIÓN JAIRO ARLEY IBARRA MORENO
NARIÑO SANTA BARBARA (ISCUANDE) MUNICIPAL AVAL SIFREDO BARROS PINILLOS
NARIÑO SAPUYES MUNICIPAL COALICIÓN LEIDY YAQUELINE RODRÍGUEZ MENESES
NARIÑO TAMINANGO MUNICIPAL COALICIÓN HERMES FERNANDO LATORRE CALVACHE
NARIÑO TUMACO MUNICIPAL COALICIÓN FÉLIX ANTONIO HENAO CASANOVA
NORTE DE SAN EL TARRA MUNICIPAL COALICIÓN EYDER ROBLES ORTIZ
NORTE DE SAN PAMPLONA MUNICIPAL COALICIÓN KLAUS FABER MOGOLLÓN
PUTUMAYO COLON MUNICIPAL COALICIÓN JINNETH VALENTINA TORRES MONTERO
QUINDÍO MONTENEGRO MUNICIPAL COALICIÓN GUSTAVO ADOLFO PAVA BUSCH
SANTANDER BARRANCABERMEJA MUNICIPAL COALICIÓN JONATHAN STIVEL VÁSQUEZ GÓMEZ
SANTANDER BOLÍVAR MUNICIPAL COALICIÓN RONIVER RAÚL PÉREZ GALEANO
SANTANDER CEPITA MUNICIPAL COALICIÓN PEDRO PABLO CARREÑO QUIÑONEZ
SANTANDER GALÁN MUNICIPAL COALICIÓN SOFIA MEDINA SERRANO SANTANDER MATANZA MUNICIPAL COALICIÓN MÓNICA STELLA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ SANTANDER SABANA DE TORRES MUNICIPAL COALICIÓN DARÍO BUCHENICOW CABALLERO CHIQUILLO
SANTANDER VÉLEZ MUNICIPAL COALICIÓN ORLANDO ARIZA ARIZA Resolución No. 01122 de 2024 Página 4 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
SUCRE COLOSO (RICAURTE) MUNICIPAL AVAL DAGER MANRIQUE PATERNINA ALQUERQUE
SUCRE MORROA MUNICIPAL COALICIÓN LUIS GERMAN RODRÍGUEZ DOMÍNGUEZ
TOLIMA FLANDES MUNICIPAL COALICIÓN ANA JUDITH GAMBOA MANTILLA
VALLE CANDELARIA MUNICIPAL COALICIÓN GESSICA VALLEJO VALENCIA VALLE DAGUA MUNICIPAL COALICIÓN KAROL VILLAREJO Que, conforme a lo expuesto, se procederá de oficio, a realizar la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, como Organización de Gobierno, en los departamentos y municipios donde el PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ avaló o inscribió en coalición, a los gobernadores y alcaldes electos en las elecciones
territoriales realizadas el 29 de octubre de 2023, conforme el cuadro que antecede. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en las siguientes
circunscripciones, conforme a lo expuesto: Departamento Municipio Circunscripción Declaración
BOLÍVAR - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
GUAINÍA - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
GUAVIARE - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
HUILA - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
LA GUAJIRA - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
PUTUMAYO - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
SUCRE - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
VALLE - DEPARTAMENTAL GOBIERNO
ANTIOQUIA PUERTO BERRIO MUNICIPAL GOBIERNO
ARAUCA SARAVENA MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ CHITARAQUE MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ COMBITA MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ OICATA MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ PACHAVITA MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ PANQUEBA MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ PESCA MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ SAMACÁ MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ SOGAMOSO MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ SUTAMARCHAN MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ TUNJA MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ TUTA MUNICIPAL GOBIERNO
BOYACÁ VENTAQUEMADA MUNICIPAL GOBIERNO
CAUCA LÓPEZ (MICAY) MUNICIPAL GOBIERNO
CAUCA PIENDAMO MUNICIPAL GOBIERNO
CAUCA PURACE (COCONUCO) MUNICIPAL GOBIERNO
CAUCA ROSAS MUNICIPAL GOBIERNO
CAUCA VILLA RICA MUNICIPAL GOBIERNO
CHOCO CERTEGUI MUNICIPAL GOBIERNO
CHOCO JURADO MUNICIPAL GOBIERNO
CHOCO LLORO MUNICIPAL GOBIERNO
CHOCO MEDIO SAN JUAN MUNICIPAL GOBIERNO
CHOCO NOVITA MUNICIPAL GOBIERNO CÓRDOBA PUERTO LIBERTADOR MUNICIPAL GOBIERNO Resolución No. 01122 de 2024 Página 5 de 6
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018.
CUNDINAMARCA GIRARDOT MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA SOACHA MUNICIPAL GOBIERNO
CUNDINAMARCA UBAQUE MUNICIPAL GOBIERNO
GUAVIARE EL RETORNO MUNICIPAL GOBIERNO
GUAVIARE MIRAFLORES MUNICIPAL GOBIERNO
HUILA CAMPOALEGRE MUNICIPAL GOBIERNO
META CASTILLA LA NUEVA MUNICIPAL GOBIERNO
META GRANADA MUNICIPAL GOBIERNO
META PUERTO CONCORDIA MUNICIPAL GOBIERNO
META PUERTO GAITÁN MUNICIPAL GOBIERNO
META SAN CARLOS DE GUAROA MUNICIPAL GOBIERNO
META URIBE MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO ANCUYA MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO ARBOLEDA (BERRUECOS) MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO BUESACO MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO CONTADERO MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO FRANCISCO PIZARRO (SALAHONDA) MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO IPIALES MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO MOSQUERA MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO OLAYA HERRERA MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO PROVIDENCIA MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO PUERRES MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO RICAURTE MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO SAMANIEGO MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO SAN BERNARDO MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO SANTA BARBARA (ISCUANDE) MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO SAPUYES MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO TAMINANGO MUNICIPAL GOBIERNO
NARIÑO TUMACO MUNICIPAL GOBIERNO
NORTE DE SAN EL TARRA MUNICIPAL GOBIERNO
NORTE DE SAN PAMPLONA MUNICIPAL GOBIERNO
PUTUMAYO COLON MUNICIPAL GOBIERNO
QUINDÍO MONTENEGRO MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER BARRANCABERMEJA MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER BOLÍVAR MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER CEPITA MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER GALÁN MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER MATANZA MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER SABANA DE TORRES MUNICIPAL GOBIERNO
SANTANDER VÉLEZ MUNICIPAL GOBIERNO
SUCRE COLOSO (RICAURTE) MUNICIPAL GOBIERNO
SUCRE MORROA MUNICIPAL GOBIERNO
TOLIMA FLANDES MUNICIPAL GOBIERNO
VALLE CANDELARIA MUNICIPAL GOBIERNO VALLE DAGUA MUNICIPAL GOBIERNO ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la ley 1437 de 2011. ARTÍCULO TERCERO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al PARTIDO POLÍTICO LA
FUERZA DE LA PAZ al siguiente correo electrónico:
ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN
No. REPRESENTANTE LEGAL CIUDAD SEDE MAIL
POLÍTICA SEDE
PARTIDO POLÍTICO LA VÍCTOR HUGO GOLÚ 1 - - victorgolumontenegro@hotmail.com FUERZA DE LA PAZ MONTENEGRO Resolución No. 01122 de 2024 Página 6 de 6 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral, al PARTIDO POLÍTICO LA FUERZA DE LA PAZ, como ORGANIZACIÓN DE GOBIERNO, en los departamentos y municipios que, en coalición o por aval, inscribió al candidato electo como gobernador o alcalde, en las respectivas circunscripciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1909 de 2018. ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos. ARTÍCULO QUINTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la DIRECCIÓN DE VIGILANCIA E INSPECCIÓN ELECTORAL, mediante el correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia. ARTÍCULO SEXTO. COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio de la Asesoría de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a los gobernadores y alcaldes referidos en el numeral primero de la parte resolutiva, así como a las respectivas
Corporaciones Públicas. ARTÍCULO SÉPTIMO. PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en el Diario Oficial y en la página web del Consejo Nacional Electoral. Dada en Bogotá D.C., a los siete (7) días del mes de febrero de dos mil dos veinticuatro (2024).
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ
Presidente MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL Vicepresidenta Ponencia: Proyectada por la Asesoría de Inspección y Vigilancia CNE., conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificado por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19. Aprobada en Sesión de Sala Plena del 7 de febrero de 2024 Vo.Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaría Técnica de Sala CNE Revisó: Reynel David de La Rosa Vo.Bo. José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Especializado