CNE - Resolución 0306 de 2026
Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 0306 de 2026
- Autor
- Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN SALA PLENA No. 0306 DE 2026 (21 de enero 2026)
Por la cual se ADICIONA la Resolución 10029 del 7 de octubre de 2025 “ Por la cual se CORRIGE la Resolución No 09779 del 23 de septiembre de 2025 “Por medio de la cual se REPONE PARCIALMENTE la Resolución de 09535 de 2025 y se toman otras decisiones”
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 109 y 265 de la Constitución Política, y 24 de la Ley 1475 de 2011 y,
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución No. 09535 del 16 de septiembre de 20251, se asignaron los espacios adicionales en medios de comunicación social del Estado a las organizaciones políticas declaradas en oposición para la vigencia 2025, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 13 de la Ley 1909 de 2018.
Que los artículos primero y segundo de la Resolución No. 09535 del 16 de septiembre de 2025, fueron objeto de reposición por la Resolución No 09779 del 23 de septiembre de 2025.
Que por la Resolución No. 10029 de 2025 del 7 de octubre de 20252, se corrigieron los artículos primero y segundo de la Resolución 09779 del 23 de septiembre de 2025.
Que esta Corporación, mediante Resolución No. 10268 del 20 de octubre de 2025, aclaró la denominación de la organización política anteriormente identificada como “Partido Verde Oxígeno”, estableciendo que su nombre correcto es “Partido Oxígeno”, razón por la cual en la
denominación de la organización política anteriormente identificada como “Partido Verde Oxígeno”, estableciendo que su nombre correcto es “Partido Oxígeno”, razón por la cual en la presente resolución se hará referencia a dicha colectividad bajo esta última denominación.
Que los espacios que alude la Resolución No. 09535 de 2025, fueron asignados hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta agotar los recursos, contado a partir de la firma del acta de inicio del contrato suscrita entre el contratista y el supervisor designado por el Consejo Nacional Electoral.
Que para el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución No. 09535 de 2025, se suscribió el contrato de prestación de servicios CPS-CNE-017-2025, que tiene por objeto “Prestar los servicios de Agencia Central de Medios para otorgar espacios adicionales en medios de comunicación social a organizaciones políticas que ejercen su derecho fundamental a la oposición .”. El valor total del contrato se fijó en la suma de SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE
MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS PESOS
1 Por medio de la cual se asignan los espacios adicionales en medios de comunicación social del Estado y los que hacen uso del espacio electromagnético, de acuerdo con lo previsto en los artículos 112 de la Constitución Política y 13 de la Ley 1909 de 2018 a las organizaciones políticas declaradas en oposición para la vigencia 2025. 2 Por la cual se CORRIGE la Resolución 09779 del 23 de septiembre de 2025, “Por medio de la cual se
oposición para la vigencia 2025. 2 Por la cual se CORRIGE la Resolución 09779 del 23 de septiembre de 2025, “Por medio de la cual se REPONE PARCIALMENTE la Resolución 09535 de 2025 y se toman otras decisiones.”Resolución Sala Plena No. 0306 de 2026 Página 2 de 8
Por la cual se ADICIONA la Resolución 10029 del 7 de octubre de 2025 “ Por la cual se CORRIGE la Resolución No 09779 del 23 de septiembre de 2025 “Por medio de la cual se REPONE PARCIALMENTE la Resolución de 09535 de 2025 y se toman otras decisiones”
M/CTE ($7.479.982.322) . El término de ejecución del contrato se pactó hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta agotar los recursos, lo primero que ocurra.
Que el Contrato CPS-CNE-017-2025 fue objeto de adición por la suma TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y UN PESOS M/CTE ($3.739.991.161) , y se prorrogó el plazo de ejecución del contrato por un (01) mes, hasta el 31 de enero de 2026, según consta en la ADICIÓN No. 01 Y PRÓRROGA No. 01 AL CONTRATO No. CPS-CNE-017-2025, SUSCRITO ENTRE EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL Y UNIÓN TEMPORAL UT POR EL CNE 2025, el 30 de diciembre de 2025.
Que la adición y prórroga del Contrato CPS-CNE-017-2025 se sustentó en lo siguiente:
“3. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD:
Que la adición y prórroga del Contrato CPS-CNE-017-2025 se sustentó en lo siguiente:
“3. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD:
El Consejo Nacional Electoral, en su calidad de autoridad suprema en materia de inspección, vigilancia y control de la organización electoral, y en ejercicio de las competencias que le confieren los artículos 40, 112 y 265 de la Constitución Política, así como la Ley Estatutaria 1909 de 2018 – Estatuto de la Oposición, el Decreto 2085 de 2019 y las Resoluciones CNE Nos. 3134 de 2018 y 3941 de 2019, considera necesario adicionar el contrato vigente cuyo objeto está orientado a la asignación, gestión y seguimiento de los espacios adicionales en medios de comunicación social del Estado y en aquellos que hacen uso del espectro electromagnético, en cumplimiento de las obligaciones derivadas del Estatuto de la Oposición.
La prórroga por un (01) mes y la adición presupuestal por valor de TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y UN PESOS M/CTE ($3.739.991.161), equivalente al 50% del valor inicial del contrato, tiene como p ropósito garantizar la continuidad de las actividades contratadas, así como ampliar la cobertura en medios y asegurar la adecuada difusión de los espacios asignados a las organizaciones políticas declaradas en oposición, en cumplimiento de las disposicione s legales y reglamentarias vigentes.
La necesidad de esta adición y prorroga se sustenta en la obligación jurídica, política e institucional del Estado colombiano, a través del Consejo Nacional Electoral, de
reglamentarias vigentes.
La necesidad de esta adición y prorroga se sustenta en la obligación jurídica, política e institucional del Estado colombiano, a través del Consejo Nacional Electoral, de asegurar el ejercicio efectivo del derecho fundamental a la oposición, reconocido en los artículos 40 y 112 de la Constitución y desarrollado por la Ley Estatutaria 1909 de
2018. En virtud del artículo 13 de dicha Ley, la Autoridad Electoral debe asignar y garantizar los espacios adicionales en medios de comunicación social del Estado y los que hacen uso del espectro electromagnético, cubriendo con cargo al Presupuesto General de la Nación los costos derivados de dicha obligación.
La prórroga y adición presupuestal permitirá mantener las condiciones técnicas, operativas y de calidad en la transmisión de los espacios en medios de comunicación, asegurar la continuidad del servicio y fortalecer las estrategias de visibilidad institucional de carácter académico y participativo, los cuales resultan esenciales para la difusión de los avances en la implementación del Estatuto de la Oposición y para la pedagogía democrática que promueve el Consejo Nacional Electoral.
En el marco del contrato vigente, se requiere además garantizar el cumplimiento de las obligaciones técnicas que incluyen la programación y validación de los espacios asignados con los medios de comunicación; la presentación de informes mensuales de ejecución que contengan la información técnica, documental y fotográfica de losResolución Sala Plena No. 0306 de 2026 Página 3 de 8
Por la cual se ADICIONA la Resolución 10029 del 7 de octubre de 2025 “ Por la cual se CORRIGE la Resolución No 09779 del 23 de septiembre de 2025 “Por medio de la cual se REPONE PARCIALMENTE la Resolución de 09535 de 2025 y se toman otras decisiones”
espacios emitidos; el control detallado de la ejecución presupuestal en tiempo real a través de herramientas tecnológicas compartidas con la Entidad; la atención de los requerimientos de supervisión y el manejo confidencial de la información suministrada.”
Que el contratista UNIÓN TEMPORAL UT POR EL CNE 2025, en virtud de la adición y la prórroga del contrato CPS-CNE-017-2025 mencionada, comunicó a la Oficina de Comunicación Estratégicas de la Corporación , que se cuenta con noventa y cuatro (94) minutos en el servicio público de televisión de cubrimiento nacional , y de sesenta y tres (63) minutos en el servicio público de radio nacional para realizar la distribución.
Que en atención a lo anterior, para la distribución de los espacios del mes de enero de 2026, se aplicarán los criterios establecidos en la Resolución No 09535 de 2025, mitad en partes iguales y mitad en proporción al número de curules en el Congreso, en cumplimiento al literal d del artículo 13 de la Ley 1909 de 2018, por consiguiente, la distribución queda de la siguiente manera:
DECLARACIONES POLÍTICAS DE NIVEL NACIONAL A CORTE DE ENERO 2026
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
CURULES
SENADO
CURULES
CÁMARA
TOTAL,
CURULES
50%
PARTES
IGUALES
EN
MINUTOS
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
CURULES
SENADO
CURULES
CÁMARA
TOTAL,
CURULES
50%
PARTES
IGUALES
EN
MINUTOS
50%
NÚMERO
DE
CURULES
TOTAL,
MINUTOS
TV Y RADIO
TOTAL
GENERAL 1 PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO 12 16 28 15,7 36,6 52,3
52 2 PARTIDO OXÍGENO 0 1 1 15,7 1,3 17
17 3
PARTIDO LIGA
GOBERNANTES
ANTICORRUPCIÓN – LIGA 0 1 1 15,7 1,3 17
17 4 PARTIDO CAMBIO RADICAL 11 19 30 15,7 39,3 54,95
55 5
MOVIMIENTO
SALVACIÓN NACIONAL 0 0 0 15,7 0 15,7
16
TOTAL, CURULES 23 37 60 ------ ------ ------ TOTAL, MINUTOS 78,5 78,5
157 Que, como resultado de dicho procedimiento, los espacios a emitir en franja prime hasta el treinta y uno (31) de enero de 2026 se distribuirán de la siguiente manera: noventa y cuatro (94) minutos en el servicio público de televisión de cubrimiento nacional y sesenta y tres (63) minutos en el servicio público de radio nacional, estos ú ltimos equivalentes, para efectos de su contabilización y programación, a tres mil setecientos ochenta (3.780) segundos,
(94) minutos en el servicio público de televisión de cubrimiento nacional y sesenta y tres (63) minutos en el servicio público de radio nacional, estos ú ltimos equivalentes, para efectos de su contabilización y programación, a tres mil setecientos ochenta (3.780) segundos, garantizando en todo caso la proporcionalidad legal y la igualdad entre las agrupacionesResolución Sala Plena No. 0306 de 2026 Página 4 de 8
Por la cual se ADICIONA la Resolución 10029 del 7 de octubre de 2025 “ Por la cual se CORRIGE la Resolución No 09779 del 23 de septiembre de 2025 “Por medio de la cual se REPONE PARCIALMENTE la Resolución de 09535 de 2025 y se toman otras decisiones”
políticas destinatarias, distribuyéndose conforme a las tablas incluidas a continuación, una para televisión y otra para radio, que hacen parte integral de la presente Resolución. Luego de aplicar la fórmula matemática para asignar los espacios en las proporciones que dispone la Ley, el resultado arrojó un valor en números enteros y decimales. Por tanto, se hace necesario ajustar los decimales a enteros para que se pueda realizar las emisiones. Teniendo en cuenta que el Legislador no incorporó en la Ley 1909 de 2019 una regla matemática para aproximar los decimales a enteros , la Sala considera procedente aplicar el criterio jurisprudencial por el Consejo de Estado , particularmente en la providencia proferida dentro del expediente 25000-23-41-000-2021-00589-01, que refiere que cuando la aplicación de operaciones matemáticas arroja cifras decimales que deben ser aproximadas para su ejecución material, la administración puede acudir a la regla aritmética del redondeo ,
operaciones matemáticas arroja cifras decimales que deben ser aproximadas para su ejecución material, la administración puede acudir a la regla aritmética del redondeo , aproximando la cifra al entero más cercano, y al entero superior cuando el decimal es igual o superior a cinco (5). Que en atención a lo señalado en el párrafo anterior, para efectos de una mejor comprensión de la distribución de los espacios, la Sala metodológicamente procede a realizar la asignación en dos tablas para diferenciar los tiempos y espacios de televisión y radio, así:
DECLARACIONES POLÍTICAS DE NIVEL NACIONAL A CORTE DE ENERO 2026
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
CURULES
SENADO
CURULES
CÁMARA
TOTAL,
CURULES
50%
PARTES
IGUALES
50%
NÚMERO
DE
CURULES
TOTAL,
MINUTOS
TV
TOTAL
GENERAL
MINUTOS
TV 1
PARTIDO
CENTRO DEMOCRÁTICO 12 16 28 9,4 21,9 31,3 31 2 PARTIDO OXÍGENO 0 1 1 9,4 0,78 10,2 10
3
PARTIDO LIGA
GOBERNANTES
ANTICORRUPCI ÓN – LIGA 0 1 1 9,4 0,78 10,2 10
4
PARTIDO
CAMBIO RADICAL 11 19 30 9,4 23,5 32,9 33
5
MOVIMIENTO
SALVACIÓN NACIONAL 0 0 0 9,4 0 9,4 9
PARTIDO
CAMBIO RADICAL 11 19 30 9,4 23,5 32,9 33
5
MOVIMIENTO
SALVACIÓN NACIONAL 0 0 0 9,4 0 9,4 9
TOTAL, CURULES 23 37 60 ------ ------ TOTAL, MINUTOS 47 47 94 93Resolución Sala Plena No. 0306 de 2026 Página 5 de 8
Por la cual se ADICIONA la Resolución 10029 del 7 de octubre de 2025 “ Por la cual se CORRIGE la Resolución No 09779 del 23 de septiembre de 2025 “Por medio de la cual se REPONE PARCIALMENTE la Resolución de 09535 de 2025 y se toman otras decisiones”
DECLARACIONES POLÍTICAS DE NIVEL NACIONAL A CORTE DE ENERO 2026
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
CURULES
SENADO
CURULES
CÁMARA
TOTAL,
CURULES
50%
PARTES
IGUALES
50%
NÚMERO
DE
CURULES
TOTAL,
MINUTOS
RADIO TOTAL
GENERAL
MINUTOS
RADIO 1 PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO 12 16 28 6,3 14,70 21,00 21 2 PARTIDO OXÍGENO 0 1 1 6,3 0,525 6,825 7
3
PARTIDO LIGA
GOBERNANTES
ANTICORRUPCIÓN – LIGA 0 1 1 6,3 0,525 6,825 7
4 PARTIDO CAMBIO
3
PARTIDO LIGA
GOBERNANTES
ANTICORRUPCIÓN – LIGA 0 1 1 6,3 0,525 6,825 7 4 PARTIDO CAMBIO RADICAL 11 19 30 6,3 15,75 22,05 22
5
MOVIMIENTO
SALVACIÓN NACIONAL 0 0 0 6,3 0,00 6,30 6
TOTAL, CURULES 23 37 60 ------ ------ TOTAL, MINUTOS 31,50 31,50 63 63
Que, en consecuencia, resulta procedente adicionar la Resolución No. 10029 de 2025 del 7 de octubre de 2025, en lo relacionado con el número de espacios asignados en el mes de enero para la vigencia 2026, manteniéndose incólumes las demás disposiciones que no sean objeto de modificación. Que estando en trámite de rotación de la ponencia 25166 el Juzgado Veintitrés Laboral del Circuito de Bogotá, mediante Auto del 13 de enero de la presente anualidad, dentro del trámite de la acción de tutela radicado 11001310502320220046400, interpuesta por el Partido Centro Democrático contra el Consejo Nacional Electoral y otros, requirió a la Corporación solicitando un informe detallado acerca de las acciones implementadas para demostrar la asignación de los espacios que regula los artículos 12 y 13 de la Ley 1909 de 2019.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ADICIONAR la Resolución 10029 del 7 de octubre de 2025 en el sentido de asignar los espacios del mes de enero de 2026, a los Partidos y Movimientos
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ADICIONAR la Resolución 10029 del 7 de octubre de 2025 en el sentido de asignar los espacios del mes de enero de 2026, a los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica declarados en oposición al Gobierno Nacional, en ciento cincuenta y siete (157) espacios adicionales para su difusión en los servicios públicos de radio nacional y televisión de cubrimiento nacional, los cuales se emitirán en franja prime hasta elResolución Sala Plena No. 0306 de 2026 Página 6 de 8
Por la cual se ADICIONA la Resolución 10029 del 7 de octubre de 2025 “ Por la cual se CORRIGE la Resolución No 09779 del 23 de septiembre de 2025 “Por medio de la cual se REPONE PARCIALMENTE la Resolución de 09535 de 2025 y se toman otras decisiones”
treinta y uno (31) de enero de 2026, correspondiendo a radio nacional un total de sesenta y tres (63) minutos, los cuales, para efectos de su contabilización en dicho medio, se expresan en tres mil setecientos ochenta (3780), segundos, y cada espacio será de treinta (30) segundos, y en televisión un total de noventa y cuatro (94) minutos, dado que en este servicio cada espacio tiene una duración de un (1) minuto, para un total general de ciento cincuenta y siete (157) espacios, los cuales serán distribuidos entre las agrupaciones políticas el siguiente número de intervenciones:
DECLARACIONES POLÍTICAS DE NIVEL NACIONAL A CORTE DE ENERO 2026
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
CURULES
SENADO
CURULES
CÁMARA
TOTAL,
DECLARACIONES POLÍTICAS DE NIVEL NACIONAL A CORTE DE ENERO 2026
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
CURULES
SENADO
CURULES
CÁMARA
TOTAL,
CURULES
50%
PARTES
IGUALES
50%
NÚMERO
DE
CURULES
TOTAL,
MINUTOS
TV
TOTAL
GENERAL
MINUTOS
TV 1
PARTIDO
CENTRO
DEMOCRÁTIC O 12 16 28 9,4 21,9 31,3
31 2 PARTIDO OXÍGENO 0 1 1 9,4 0,78 10,2
10 3
PARTIDO
LIGA
GOBERNANT
ES
ANTICORRUP CIÓN – LIGA 0 1 1 9,4 0,78 10,2
10 4
PARTIDO
CAMBIO RADICAL 11 19 30 9,4 23,5 32,9
33 5
MOVIMIENTO
SALVACIÓN NACIONAL 0 0 0 9,4 0 9,4
9
TOTAL, CURULES 23 37 60 ------ ------ TOTAL, MINUTOS 47 47 94 93
DECLARACIONES POLÍTICAS DE NIVEL NACIONAL A CORTE DE ENERO 2026
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
CURULES
SENADO
CURULES
CÁMARA
TOTAL,
CURULES
50%
PARTES
IGUALES
50%
NÚMERO
DE
CURULES
TOTAL,
POLÍTICA
CURULES
SENADO
CURULES
CÁMARA
TOTAL,
CURULES
50%
PARTES
IGUALES
50%
NÚMERO
DE
CURULES
TOTAL,
MINUTOS
RADIO
TOTAL
GENERAL
MINUTOS
RADIO
TOTAL SEGUNDOS 1 PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO 12 16 28 6,3 14,70 21,00 21 1.260Resolución Sala Plena No. 0306 de 2026 Página 7 de 8
Por la cual se ADICIONA la Resolución 10029 del 7 de octubre de 2025 “ Por la cual se CORRIGE la Resolución No 09779 del 23 de septiembre de 2025 “Por medio de la cual se REPONE PARCIALMENTE la Resolución de 09535 de 2025 y se toman otras decisiones”
DECLARACIONES POLÍTICAS DE NIVEL NACIONAL A CORTE DE ENERO 2026
NO. ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
CURULES
SENADO
CURULES
CÁMARA
TOTAL,
CURULES
50%
PARTES
IGUALES
50%
NÚMERO
DE
CURULES
TOTAL,
MINUTOS
RADIO
TOTAL
GENERAL
MINUTOS
RADIO
TOTAL
SEGUNDOS 2 PARTIDO OXÍGENO 0 1 1 6,3 0,525 6,825 7 420
3
PARTIDO LIGA
GOBERNANTES
ANTICORRUPCIÓN
– LIGA
TOTAL
SEGUNDOS 2 PARTIDO OXÍGENO 0 1 1 6,3 0,525 6,825 7 420
3
PARTIDO LIGA
GOBERNANTES
ANTICORRUPCIÓN – LIGA 0 1 1 6,3 0,525 6,825 7 420 4 PARTIDO CAMBIO RADICAL 11 19 30 6,3 15,75 22,05 22 1.320
5
MOVIMIENTO
SALVACIÓN NACIONAL 0 0 0 6,3 0,00 6,30 6 360
TOTAL, CURULES 23 37 60 ------ ------ TOTAL, MINUTOS 31,50 31,50 63 63 3.780
ARTÍCULO SEGUNDO: DISTRIBUIR. En virtud de lo dispuesto en el artículo primero la presente Resolución, y teniendo en cuenta el resultado de los cálculos efectuados para la asignación de espacios en los servicios públicos de radio nacional y televisión de cubrimiento nacional, la distribución de los espacios correspondientes al mes de enero de 2026 entre los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica declarados en oposición al Gobierno Nacional, se realizará conforme al número de intervenciones que a cada uno le corresponda, de acuerdo con la proporción legalmente establecida para cada medio de difusión.
ARTÍCULO TERCERO: MEDIDAS ADMINISTRATIVAS. En el evento que no sea posible realizar las emisiones de los espacios en mención en el término previsto en la adición y prórroga por efecto de disponibilidad en los canales de televisión y las emisoras de radio de
realizar las emisiones de los espacios en mención en el término previsto en la adición y prórroga por efecto de disponibilidad en los canales de televisión y las emisoras de radio de acuerdo con la ofert a, la Supervisión del Contrato adelantará las gestiones administrativas, técnicas y contractuales necesarias para garantizar la emisión de los espacios contratados.
ARTÍCULO CUARTO. DELEGACIÓN. Se delega a la Oficina de Comunicaciones Estratégicas para que realice la convocatoria y el sorteo de los espacios.
ARTÍCULO QUINTO. RECURSOS. Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO. Notificar la presente Resolución a:
− Partido Centro Democrático: info@centrodemocratico.com y secretariageneral@centrodemocratico.com − Partido Cambio Radical: cambio@partidocambioradical.orgResolución Sala Plena No. 0306 de 2026 Página 8 de 8
Por la cual se ADICIONA la Resolución 10029 del 7 de octubre de 2025 “ Por la cual se CORRIGE la Resolución No 09779 del 23 de septiembre de 2025 “Por medio de la cual se REPONE PARCIALMENTE la Resolución de 09535 de 2025 y se toman otras decisiones”
− Partido Liga Gobernantes Anticorrupción: ligainfo@soyliga.org info@ligadegobernantesanticorrupcion.com − Partido Oxígeno: contacto@verdeoxigeno.com y
toman otras decisiones”
− Partido Liga Gobernantes Anticorrupción: ligainfo@soyliga.org info@ligadegobernantesanticorrupcion.com − Partido Oxígeno: contacto@verdeoxigeno.com y comunicacionesverdeoxigeno@gmail.com − Movimiento salvación Nacional: Juanuribe@salvacionnacional.com y Comunicaciones@salvacionnacional.com − UT POR EL CNE 2025: carolina.madridutcne2025@gmail.com. − Juzgado Veintitrés Laboral del Circuito de Bogotá: jlato23@cendoj.ramajudicial.gov.co.
ARTÍCULO SÉPTIMO. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., el veintiuno (21) de enero de dos mil veintiséis (2026).
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Presidente
ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ
Vicepresidente
Aprobada en Sala Plena, a los veintiún (21) días del mes de enero de dos mil veintiséis (2026) Aclara voto: Magistrado Álvaro Echeverry Londoño VB: Adriana Milena Charari Olmos, secretaria técnica de Sala.
Revisó: Plinio Alarcón Buitrago, Jefe de la Oficina Jurídica.
Revisó: Marisol Rojas IzquierdoJefe Oficina de Comunicaciones Estratégicas
VB: Adriana Milena Charari Olmos, secretaria técnica de Sala.
Revisó: Plinio Alarcón Buitrago, Jefe de la Oficina Jurídica.
Revisó: Marisol Rojas IzquierdoJefe Oficina de Comunicaciones Estratégicas
Proyectó: Fary Yizeth Escarraga VarónProfesional Universitario.
Revisó: Reynel David de la Rosa SaurithAuxiliar Administrativo