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CNE - Resolucion 04296 de 2024

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolucion 04296 de 2024
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2024

RESOLUCIÓN No. 04296 de 2024 (21 de agosto) Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA de OPOSICIÓN, por INDEPENDENCIA, emitida por el MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL – MAIS, frente al Gobierno municipal de SAMPUÉS - SUCRE. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018 y, CONSIDERANDO Qué, a través de la Resolución No. 01384 del 21 de febrero del 2024, el Consejo Nacional Electoral ordenó inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las declaraciones políticas emitidas por el MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL - MAIS, frente algunos gobiernos locales, entre los cuales se encuentra la declaración política frente a la administración municipal de SAMPUÉS

  • SUCRE, así:

DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN FECHA

SUCRE SAMPUÉS MUNICIPAL OPOSICIÓN 31-1-2024

Qué, el artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que “Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”. Qué, mediante solicitud allegada a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral, por la

doctora MARTHA ISABEL PERALTA EPIEYU, quien funge como Representante Legal del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL - MAIS, presentó la solicitud de modificación de declaración política en sentido de INDEPENDENCIA, con radicado de entrada CNE-E-DG-2024-011878, en el cual remite el oficio respecto de la Circunscripción Municipal anteriormente referida, así:

SOLICITUD DE

DECLARACIÓN MODIFICACIÓN CARGO

DEPARTAMENTO MUNICIPIO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARANTES

INICIAL DE DECLARANTE

DECLARACIÓN

MARTHA ISABEL REPRESENTANTE

SUCRE SAMPUÉS MUNICIPAL OPOSICIÓN INDEPENDENCIA PERALTA EPIEYU LEGAL Resolución No. 04296 de 2024 Página 2 de 3

Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA de OPOSICIÓN, por INDEPENDENCIA, emitida por el MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL – MAIS, frente al Gobierno municipal de SAMPUÉS - SUCRE. Por lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral pronunciarse sobre la inscripción o modificación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los

estatutos de cada partido o movimiento político con personería jurídica, en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y, a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018. Que, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos del MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL - MAIS, en relación con la autoridad competente y del procedimiento para efectuar la declaración política, se advierte que la misma fue emitida conforme a lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 47 de los estatutos vigentes de dicha organización política. Así las cosas, se procederá a la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de la declaración política adoptada de acuerdo con lo previsto en sus estatutos y suscritas por la autoridad estatutariamente habilitada por el MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL - MAIS, para tales fines. En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA, emitida por el MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL – MAIS, en sentido de INDEPENDENCIA, frente al gobierno municipal de SAMPUÉS - SUCRE.

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente modificación y anotación en el Registro Único de Partidos,

Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, lo anterior en los términos del artículo 70 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO TERCERO: RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.

Resolución No. 04296 de 2024 Página 3 de 3 Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA de OPOSICIÓN, por INDEPENDENCIA, emitida por el MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL – MAIS, frente al Gobierno municipal de SAMPUÉS - SUCRE.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR. el presente acto administrativo, por intermedio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, al MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL - MAIS a los correos electrónicos: maisejecutivonacional@gmail.com /

juridicamaisnacional@gmail.com / maissecretariageneral@gmail.com.

ARTÍCULO QUINTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Corporación a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral al correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia.

ARTÍCULO SEXTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Oficina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano de la Corporación, al alcalde municipal de SAMPUÉS - SUCRE, así como al Concejo Municipal de esa territorialidad.

ARTÍCULO SÉPTIMO: PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en la página web del

Consejo Nacional Electoral.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veintiún (21) días del mes de agosto de dos mil veinticuatro (2024).

MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL

Presidenta CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO Vicepresidente Ponencia: Proyectada por la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral, conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificado por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19. Aprobada en Sesión de Sala Plena del 21 de agosto de 2024 Vo. Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaria Técnica de Sala CNE Revisó: Reynel David de la Rosa.- Técnico operativo Revisó y Aprobó: José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral

Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Especializado

Radicado: CNE-E-DG-2024-011878

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