CNE - Resolución 04297 de 2024
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 04297 de 2024
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN No. 04297 de 2024 (21 de agosto)
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA de INDEPENDENCIA, por OPOSICIÓN, emitida por el PARTIDO CAMBIO RADICAL frente al Gobierno departamental de MAGDALENA.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018 y,
CONSIDERANDO
Qué, a través de la Resolución No. 01385 del 21 de febrero del 2024, el Consejo Nacional Electoral ordenó inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las declaraciones políticas emitidas por el PARTIDO CAMBIO RADICAL, frente algunos gobiernos locales, entre los cuales se encuentra la declaración política frente a la administración departamental de MAGDALENA, así:
CIRCUNSCRIPCIÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO DECLARACIÓN FECHA
DEPARTAMENTAL MAGDALENA - INDEPENDENCIA 31-1-2024
Qué, el artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que “Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.
Qué, mediante solicitud allegada a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral , por el doctor GERMÁN EDMUNDO CÓRDOBA ORDÓÑEZ, quien funge como Representante Legal del PARTIDO CAMBIO RADICAL, presentó la solicitud de modificación de declaración política
Qué, mediante solicitud allegada a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral , por el doctor GERMÁN EDMUNDO CÓRDOBA ORDÓÑEZ, quien funge como Representante Legal del PARTIDO CAMBIO RADICAL, presentó la solicitud de modificación de declaración política en sentido de OPOSICIÓN, con radicado de entrada CNE-E-DG-2024-012197, en el cual remite el oficio respecto de la Circunscripción Departamental anteriormente referida, así:
DEPARTAMENTO CIRCUNSCRIPCIÓN DECLARACIÓN
INICIAL
SOLICITUD DE
MODIFICACIÓN DE
DECLARACIÓN
DECLARANTES CARGO
DECLARANTE
MAGDALENA DEPARTAMENTAL INDEPENDENCIA OPOSICIÓN GERMAN EDMUNDO
CÓRDOBA ORDOÑEZ REPRESENTANTE LEGALResolución No. 04297 de 2024 Página 2 de 3
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA de INDEPENDENCIA, por OPOSICIÓN, emitida por el PARTIDO CAMBIO RADICAL frente al Gobierno departamental de MAGDALENA.
Por lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9° del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral pronunciarse sobre la inscripción o modificación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraciones políticas que emitan las organizaciones política s frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o
declaraciones políticas que emitan las organizaciones política s frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político con personería jurídica, en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y, a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018
Que, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos del PARTIDO CAMBIO RADICAL, en relación con la autoridad competente y del procedimiento para efectuar la declaración política, se advierte que la misma fue emitida conforme a lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 10 y el numeral 6 del artículo 12 de los estatutos vigentes de dicha organización política.
Así las cosas , se procederá a la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas , de la declaraci ón política adoptada de acuerdo con lo previsto en sus estatutos y suscrita s por la autoridad estatutariamente habilitada por el PARTIDO CAMBIO RADICAL, para tales fines.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO : INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA, emitida por el PARTIDO CAMBIO RADICAL en sentido de OPOSICIÓN, frente al gobierno departamental de MAGDALENA.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una
emitida por el PARTIDO CAMBIO RADICAL en sentido de OPOSICIÓN, frente al gobierno departamental de MAGDALENA.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICACIÓN. El presente acto se entenderá notificado una vez se efectúe la correspondiente modificación y anotación en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas , lo anterior en los términos del artículo 70 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO TERCERO: RECURSOS. Contra el presente acto administrativo no proceden recursos.Resolución No. 04297 de 2024 Página 3 de 3
Por medio de la cual se ORDENA INSCRIBIR en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN POLÍTICA de INDEPENDENCIA, por OPOSICIÓN, emitida por el PARTIDO CAMBIO RADICAL frente al Gobierno departamental de MAGDALENA.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR. el presente acto administrativo, por intermedio del Grupo de Atención al Ciudadano y G estión Documental, al PARTIDO CAMBIO RADICAL a los correos electrónicos: german.cordoba@partidocambioradical.org,
ella.ayus@partidocambioradical.org y cambioradical@partidocambioradical.org
ARTÍCULO QUINTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por intermedio del Grupo de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Corporación a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral al correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia.
ARTÍCULO SEXTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Oficina
Vigilancia e Inspección Electoral al correo electrónico inspeccionyvigilancia@cne.gov.co, para lo de su competencia.
ARTÍCULO SEXTO: COMUNICAR el presente acto administrativo, por medio de la Oficina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano de la Corporación, a la Gobernación de MAGDALENA, así como a la Asamblea Departamental de esa territorialidad.
ARTÍCULO SÉPTIMO: PUBLÍQUESE el presente acto administrativo en la página web del
Consejo Nacional Electoral.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los veintiún (21) días del mes de agosto de dos mil veinticuatro (2024).
MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL
Presidenta
CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO
Vicepresidente
Ponencia: Proyectada por la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral, conforme Inc. 8, del artículo 2, Resolución No. 3134/18 modificado por el artículo 1° de la Resolución No. 3941/19.
Aprobada en Sesión de Sala Plena del 21 de agosto de 2024 Vo. Bo. Adriana Milena Charari Olmos – Secretaria Técnica de Sala CNE Revisó: Reynel David de la Rosa.- Técnico operativo Revisó y Aprobó: José Antonio Parra Fandiño – Director de Vigilancia e Inspección Electoral
Proyectó: Sebastián Beltrán Conde – Profesional Especializado
Radicado: CNE-E-DG-2024-012197